TEMA 5: EL CICLO CONTABLE

TEMA 5: EL CICLO CONTABLE Los distintos usuarios de la información contable necesitan que dicha información le sea suministrada de forma periódica, y

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Economía de la Empresa.- Tema 5: La información contable en la empresa 2º de Bachillerato TEMA 5: La Información contable en la empresa PRESENTACIÓN

TEMA 5 EL ACTO ADMINISTRATIVO
TEMA 5 EL ACTO ADMINISTRATIVO EL ACTO ADMINISTRATIVO: CONCEPTO, CLASES Y ELEMENTOS. SU MOTIVACIÓN Y NOTIFICACIÓN. EFICACIA Y VALIDEZ DE LOS ACTOS ADMI

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TEMA 5: EL CICLO CONTABLE Los distintos usuarios de la información contable necesitan que dicha información le sea suministrada de forma periódica, y no cuando la empresa cese su actividad. Por ello, la actividad empresarial se fragmenta en ejercicios económicos. El ejercicio económico suele ser el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año (aunque existen empresas que definen un periodo anual distinto como su ejercicio económico). Se denomina Ciclo contable al conjunto de operaciones que se realizan a lo largo del ciclo económico con el fin de determinar el resultado y la situación económicofinanciera de la empresa. El ciclo contable implica la realización de una serie de operaciones que se repiten sistemáticamente en cada ejercicio económico. Esas operaciones se agrupan en las siguientes etapas: - Apertura de la contabilidad - Desarrollo del ciclo contable o registro de operaciones del ejercicio económico. - Conclusión o registro de operaciones de fin del ejercicio económico. 1. APERTURA DE LA CONTABILIDAD La apertura de la contabilidad se realiza al comenzar las actividades de la empresa y al inicio de cada ejercicio económico, y consiste en la apertura de los libros de contabilidad. Para llevar a cabo la apertura de la contabilidad se requiere conocer cuál es el patrimonio de la empresa en esa fecha, lo que se conocerá mediante la elaboración del inventario. Una vez obtenido el inventario, ya se podrá realizar la apertura de la contabilidad. 1.1. El inventario Conviene recordar que el inventario es la relación, detallada y valorada, del conjunto de bienes, derechos y obligaciones que constituyen el patrimonio de la empresa, en un momento determinado. El inventario tiene una estructura que se podría dividir en las siguientes partes: a) Encabezado, en el que consta el nombre de la empresa y la fecha de realización del inventario. b) Cuerpo, donde se relaciones los distintos elementos patrimoniales debidamente clasificados y valorados. c) Pie, donde se halla el patrimonio neto de la empresa por diferencia entre los bienes y derechos y las obligaciones. 1.2. Asiento de apertura de la contabilidad El inventario realizado al comienzo del ejercicio coincide completamente, tanto en cuanto a elementos que integra como a su valoración, con el balance de situación final del ejercicio anterior (el balance de situación final de un ejercicio es igual al balance de situación inicial del ejercicio siguiente). Partiendo de los datos contenidos en el inventario o balance de situación final del ejercicio anterior se elabora el asiento de 1

apertura, con el que se inicia la contabilización de un nuevo ejercicio, quedando así registradas en el libro diario las cuentas que a esa fecha tienen saldo deudor o acreedor. El asiento de apertura tendrá la siguiente estructura: Nº

Código

1

Cuentas

Debe

Cuentas con saldo deudor (normalmente de activo)

Haber

XXXXX

Cuentas con saldo acreedor (normalmente de pasivo y neto)

XXXXX

2. OPERACIONES DEL EJERCICIO ECONÓMICO La fase de desarrollo comprende la contabilización de las operaciones que tienen lugar durante el ejercicio. Los hechos contables se registran mediante asientos en el libro diario, se trasladan a las cuentas en el libro mayor, y desde la información que suministra éste se elabora, en su caso, el balance de comprobación o de sumas y saldos, cuyo objeto es verificar que el proceso contable se realiza de forma correcta, y con cuya elaboración termina la fase de desarrollo del ciclo contable. 2.1. El Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.) Los impuestos se dividen en impuestos directos e impuestos indirectos. Los impuestos directos son aquellos que gravan directamente la fuente de la riqueza, es decir, la renta obtenida por las personas físicas (I.R.P.F.) o el beneficio de las sociedades (Impuesto sobre Sociedades). Por el contrario, los impuestos indirectos no gravan la fuente de la riqueza sino determinadas manifestaciones de dicha riqueza como es el consumo. El IGIC es un impuesto indirecto que grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios que tienen lugar en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma Canaria. Cuando adquirimos bienes o servicios soportamos IGIC que nos factura el proveedor o acreedor. Ejemplo: Compramos mercancías a crédito por 5.000 €, facturando el vendedor un 5% de IGIC. Nº

Código

Cuentas

Debe

600

Compras de mercaderías

5.000

4727

IGIC Soportado

Haber

250

5% s/5.000

400

Proveedores

5.250

Cuando nosotros prestamos servicios o vendemos bienes, repercutiremos IGIC al comprador. Ejemplo: Vendemos mercancías a crédito por 10.000 €, más el 5% de IGIC. 2



Código

Cuentas

Debe

430

Clientes

10.500

4777

IGIC Repercutido

Haber 500

5% s/10.000

700

Ventas de mercaderías

10.000

Con carácter general, el IGIC se liquida en Hacienda por trimestres naturales, debiendo llevar a cabo la liquidación contable del IGIC el último día de cada trimestre, es decir, el 31 de marzo, el 30 de junio, el 30 de septiembre, y el 31 de diciembre. No obstante, las empresas presentarán la correspondiente declaración-liquidación en Hacienda durante los 20 primeros días siguientes a la finalización del trimestre, salvo en el último trimestre del año cuyo plazo de presentación abarca todo el mes de enero. Trimestre

Periodo que comprende

Plazo de presentación declaración



Del 1 de enero al 31 de marzo

Del 1 al 20 de abril



Del 1 de abril al 30 de junio

Del 1 al 20 de julio



Del 1 de julio al 30 de septiembre

Del 1 al 20 de octubre



Del 1 de octubre al 31 de diciembre

Del 1 al 31 de enero del año siguiente

La liquidación contable del IGIC se lleva a cabo saldando las cuentas de IGIC soportado e IGIC repercutido el último día del trimestre. Si el IGIC repercutido es mayor que el IGIC soportado, la diferencia deberá ingresarse al presentar la declaración-liquidación. Si el IGIC soportado es mayor que el repercutido, la empresa tiene derecho a solicitar su devolución o a compensar su importe con IGIC a pagar en próximas liquidaciones. EJEMPLO: Una empresa presenta los siguientes datos: Trimestre

IGIC Repercutido

IGIC Soportado



10.000

8.000



11.000

15.000



14.000

8.000

Los asientos a realizar serían: 31/03/2010



Código

Cuentas

Debe

Haber

4777

IGIC Repercutido

10.000

4727

IGIC Soportado

8.000

4757

H.P., acreedora por IGIC

2.000

3

Cuando se presente la declaración-liquidación se hará el siguiente asiento (dentro de los 20 primeros días del mes de abril): Nº

Código

Cuentas

Debe

4757

H.P., acreedora por IGIC

2.000

572

Bancos, c/c

Haber 2.000

30/06/2010



Código

Cuentas

Debe

4777

IGIC Repercutido

11.000

4727

H. P., deudora por IGIC

4.000

4727

IGIC Soportado

Haber

15.000

30/09/2010



Código

Cuentas

Debe

Haber

4777

IGIC Repercutido

14.000

4727

IGIC Soportado

8.000

4707

H. P., deudora por IGIC

4.000

4757

H. P., acreedora por IGIC

2.000

Es importante tener presente que las cuentas de IGIC soportado e IGIC repercutido nunca van al balance de situación, ya que se cierran contablemente con la última liquidación del año. Igualmente, no deben aparecer en el balance, al mismo tiempo, las cuentas de “Hacienda Pública, deudora por IGIC” y “Hacienda Pública, acreedora por IGIC”, ya que siempre se intentarán compensar las cantidades correspondientes a las devoluciones del IGIC, ya que existe un plazo de un año para su compensación. Una vez transcurrido ese plazo se pierde el derecho a la compensación o devolución. 2.2. El balance de comprobación El balance de comprobación (o balance de sumas y saldos) permite verificar si se han producido errores al anotar los hechos contables en el libro diario o al traspasar sus asientos al libro mayor. El Código de Comercio establece la obligatoriedad de elaborar, al menos al final de cada trimestre, un balance de comprobación, formando parte del libro de inventario y cuentas anuales. En el balance de comprobación se recogen las sumas deudoras y acreedoras de todas las cuentas del libro mayor, así como los saldos, deudores o acreedores, de dichas cuentas.

4

Sumas Cuentas

Deudoras

Saldos

Acreedoras

Deudores Acreedores

3. OPERACIONES DE FIN DE EJERCICIO ECONÓMICO El cierre del ejercicio contiene, a su vez, las siguientes fases: a) La regularización contable, que tiene por objeto realizar ajustes sobre las anotaciones realizadas en la etapa de desarrollo con el fin de reflejar la imagen fiel del patrimonio y resultado. b) La determinación del resultado, que consiste en cerrar todas las cuentas de gastos e ingresos que forman parte del resultado. c) El asiento de cierre, que consiste en saldar todas las cuentas patrimoniales, cargando aquellas cuentas que presenten saldo acreedor, y abonando aquellas otras que tengan saldo deudor. d) Elaboración de las cuentas anuales. 3.1. Regularización En esta fase se procede al ajuste de la información contable elaborada durante el ejercicio, a la realidad económica del momento de cierre. En el proceso de regularización suele ser necesario llevar a cabo las siguientes operaciones: - Regularización de existencias. - Reclasificación de cuentas. - Periodificación de ingresos y gastos. - Correcciones valorativas. 3.1.1. Regularización de existencias Las transacciones con existencias se suelen desglosar en distintas operaciones, registrando por un lado las compras de existencias (cuentas de gastos) y por otro las ventas (cuentas de ingresos). La función de las cuentas propias de las existencias (ej: Mercaderías) queda reservada a expresar el valor de las existencias en la fecha del balance. Al principio del ejercicio, el valor de las existencias queda reflejado en el asiento de apertura, y mantiene su saldo todo el año. En la fecha de cierre del ejercicio, el saldo de las cuentas de existencias no se corresponde con el valor de las existencias finales, siendo necesario proceder a su cálculo extracontable y realizar el ajuste correspondiente. En este apartado se trata de comprobar cuál ha sido la variación del saldo de las existencias desde el inicio del ejercicio hasta el final. Si el saldo de las existencias finales es mayor que el saldo de las existencias iniciales, significará que no se han consumido todas las compras y que, por tanto, una parte de éstas forma parte de las existencias finales. Si, por el contrario, el saldo de las existencias finales es menor que 5

el saldo de las existencias iniciales, ello indicará que se han consumido todas las compras más una parte de las existencias iniciales. La variación de existencias se determina de la siguiente forma: Variación de existencias = Existencias iniciales – Existencias finales Por tanto, el consumo de existencias, también denominado coste de las ventas, se puede determinar de la siguiente forma: Consumo de existencias = Compras ± Variación de existencias Para trasladar este cálculo al libro diario, se abrirá una cuenta denominada “variación de existencias de…” que nos va a permitir: a) Ajustar el saldo de las cuentas de existencias al valor de las existencias finales. b) Reflejar el coste de las existencias consumidas, facilitando el posterior cálculo del resultado Supóngase que una empresa presentaba, a comienzos del año 2009 un saldo en su cuenta de mercaderias de 3.000 €. Al cierre del ejercicio, y según el inventario extracontable, el valor de las mercaderías en almacén es de 2.500 €. D

Mercaderías (1)

H

3.000

En primer lugar, habría que dejar la cuenta de existencias correspondiente (en este caso mercaderías) con saldo cero: Nº

Código

Cuentas

Debe

610

Variación de existencias de mercaderías

3.000

300

Mercaderías

Haber 3.000

Ahora, tendríamos lo siguiente: D

Mercaderías (1) 3.000 3.000

H

D

Var. Exist. Mercaderias 3.000

6

H

A continuación, una vez que la cuenta de existencias tiene saldo cero, registraremos en la misma el saldo final real que debe tener: Nº

Código

Cuentas

Debe

300

Mercaderías

2.500

610

Variación de existencias de mercaderías

D

Mercaderías (1)

H

D

3.000 3.000

Haber 2.500

Var. Exist. Mercaderias 3.000

H

2.500

2.500

3.1.2. Reclasificación de cuentas Esta etapa tiene por objeto traspasar cantidades de una cuenta a otra con el fin de ajustar la información contable a la realidad. Dentro de esta etapa se procederá a reclasificar partidas registradas inicialmente a largo plazo, en las cuentas relativas al corto plazo, por quedar ahora un periodo no superior al año para su vencimiento. 3.1.3. Periodificación de ingresos y gastos Tal y como establece el principio del devengo, los ingresos y gastos producidos en un ejercicio se determinan conforme a la corriente real que los mismos representan, con independencia de si éstos han sido cobrados o pagados. La periodificación es el proceso mediante el cual se garantiza la correcta imputación de los ingresos y gastos al ejercicio, poniendo el énfasis en dos aspectos: - Los desfases temporales que pudieran existir entre la corriente real y la corriente monetaria, los cuales generan gastos e ingresos contabilizados en el ejercicio que, sin embargo, corresponden a otro posterior. - La contabilización de los ingresos y gastos relacionados con operaciones no formalizadas. En el primer aspecto, nos encontramos con gastos e ingresos que se han ido registrando durante el ciclo contable, pero que deben ser objeto de ajuste en la fase de periodificación, ya que una parte del ingreso o del gasto no corresponde al ejercicio que se va a cerrar, sino al siguiente. Por tanto, se trata de minorar el ingreso o el gasto, tomando como contrapartida alguna de estas cuentas relacionadas con las operaciones de explotación (también existen ajustes relacionados con operaciones financieras):

7

a) Gastos anticipados. Son gastos que se han contabilizado en el ejercicio que se cierra, pero que pertenecen al siguiente. Es un elemento de activo. b) Ingresos anticipados. Son ingresos contabilizados en el ejercicio que se cierra y que corresponden al siguiente. Es un elemento de pasivo. El periodo de permanencia de estas partidas en el balance va a ser muy corto, ya que en cuanto se abra el ejercicio siguiente van a desaparecer. El motivo es que esos gastos e ingresos se consideraron en el ejercicio anterior como anticipados, ya que pertenecían al siguiente. Una vez abierto el siguiente ejercicio, esos gastos e ingresos dejan de ser anticipados y se convierten en gastos e ingresos del ejercicio que se acaba de abrir. Debido a su corta permanencia en la empresa, estos ajustes por periodificación se sitúan en el activo o pasivo corriente, y al final. Así, tendremos el siguiente esquema de balance, una vez añadidas estas partidas:

ACTIVO

PATRIMONIO NETO Y PASIVO

ACTIVO NO CORRIENTE

PATRIMONIO NETO

Inmovilizado intangible

Fondos propios

Inmovilizado material PASIVO NO CORRIENTE Inversiones financieras a largo plazo

Deudas a largo plazo

ACTIVO CORRIENTE

PASIVO CORRIENTE

Existencias

Deudas a corto plazo

Deudores comerciales

Acreedores comerciales

Inversiones financieras a corto plazo

Periodificaciones a corto plazo

Periodificaciones a corto plazo Efectivo Cuadro 1. Balance de situación ordenado

Ejemplo: Supóngase que una empresa paga, el 1 de septiembre de 2010, 600 € en concepto de seguro anual de un camión que utiliza para el transporte de mercancías a los clientes. El seguro abarca el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2010 al 31 de agosto de 2011. En la fecha de pago de la prima del seguro (1 de septiembre de 2010) se registraría lo siguiente: 8



Código

Cuentas

625

Primas de seguros

572

Bancos, c/c

Debe

Haber

600 600

En la fase de periodificación, sin embargo, debemos tener en cuenta que el gasto de 600 € por primas de seguros no corresponde completamente al año 2010. Concretamente sólo pertenece al año 2010 el periodo que va desde el 1 de septiembre hasta el 31 de diciembre (4 meses). Los 8 meses que median desde el 1 de enero de 2011 al 31 de agosto de 2011 constituyen gasto del ejercicio siguiente. Por tanto, a 31 de diciembre debemos hacer el siguiente asiento en la fase de periodificación: Nº

Código

Cuentas

480

Gastos anticipados

625

Primas de seguros

Debe

Haber

400 400

600 ×8 12

Al inicio del ejercicio siguiente, ya el gasto corresponderá a ese ejercicio, por lo que, una vez hecho el asiento de apertura, se llevará a cabo el registro de la siguiente operación: Nº

Código

Cuentas

625

Primas de seguros

480

Gastos anticipados

Debe

Haber

400 400

De esta forma se eliminarán los gastos anticipados (ya no son anticipados porque pertenecen a este ejercicio) y se reconocerá como gasto por primas de seguros el correspondiente a los 8 primeros meses del año. En el otro aspecto que se señalaba al principio de este apartado, tendremos que registrar gastos e ingresos devengados en el ejercicio y pendientes de contabilizar porque: a) El gasto o ingreso no esté debidamente formalizado en la fecha de cierre (por ejemplo, que no se haya recibido la factura). b) Se trate de un gasto o un ingreso devengado y no vencido (por ejemplo, los intereses generados por un préstamo recibido que se pagarán al año siguiente). 3.1.4. Correcciones valorativas Entre estas correcciones valorativas se encuentran las amortizaciones del inmovilizado (material o intangible). Se entiende por amortización la depreciación (pérdida de valor) irreversible que sufren los elementos de inmovilizado por su participación en el proceso productivo. Esta depreciación debe reconocerse como un consumo de activo mediante la correspondiente cuenta de gasto. La contrapartida de la cuenta de gasto es una cuenta compensadora de activo, que se colocará en el Balance de situación en la misma partida donde figura el elemento al que se refiere minorando su valor. 9

El proceso de amortización pretende reflejar año a año, y de forma aproximada, la depreciación sufrida por los elementos de inmovilizado, distribuyendo la pérdida total de valor entre los ejercicios durante los que se estima que van a permanecer esos inmovilizados en la empresa. Supongamos que una empresa adquiere una máquina a 1 de enero de 2010 por 25.000 €, estimando un valor residual de 3.000 € y sabiendo que se va a utilizar durante 10 años. La amortización anual sería: Cuota anual: (25.000 – 3.000)/10 = 2.200 €/año Nº

Código

Cuentas

Debe

681

Amortización del inmovilizado material

2.200

281

Amortización acumulada del inmov. material

Haber 2.200

La cuenta 681 registra el gasto por amortización del año 2010, mientras que la 281 se colocará en el balance de situación dentro del inmovilizado material con signo negativo. Los elementos del inmovilizado se amortizarán por el tiempo que hayan estado en la empresa durante el ejercicio. Por ejemplo, si una empresa adquiere un elemento de transporte el 1 de marzo de 2010, habiendo costado 48.000 €, estimando un valor residual nulo y una vida útil de 10 años, la cuota de amortización del año 2010 será: Cuota de amortización =

48.000 10 × = 4.000 10 12

Otra de las correcciones valorativas a realizar se refiere a las posibles pérdidas por deterioro de algún elemento de activo, produciéndose esta situación cuando el valor contable supera el importe recuperable. A diferencia de las amortizaciones, estas pérdidas son pérdidas potenciales y reversibles. Estos deterioros de valor se tratarán en el caso particular de las existencias.

3.2. Determinación del resultado Una vez realizados los pasos anteriores, ya podemos determinar el resultado del ejercicio. Para ello, se cerrarán las cuentas de gastos e ingresos (grupos 6 y 7), tomando como contrapartida la cuenta de resultado del ejercicio: Nº

Código 129

Cuentas

Debe

Resultado del ejercicio

XXXXX

Cuentas de los grupos 6 y 7 con saldo deudor Cuentas de los grupos 6 y 7 con saldo acreedor 129

Haber

Resultado del ejercicio

XXXXX YYYYY YYYYY

10

De esta forma quedan saldadas las cuentas de los grupos 6 y 7, que no aparecerán en el asiento de cierre ni en el balance de situación. El resultado del ejercicio quedará reflejado en la cuenta 129 como un incremento o disminución del patrimonio neto, e irá en el balance de situación dentro de los fondos propios (en el patrimonio neto). 3.2.1. Impuesto sobre beneficios Una vez determinado el resultado del ejercicio, ha de tenerse en cuenta de que se trata del resultado antes de impuestos. Cuando una empresa obtiene beneficios debe pagar impuestos sobre su cuantía, y estos impuestos constituyen un gasto más a tener en cuenta al determinar el resultado en la fecha de cierre. En nuestro caso, nosotros registraremos como gasto por impuesto el 30% (el tipo general del impuesto sobre sociedades) del beneficio antes de impuestos. Este gasto se contabilizará de la siguiente forma: Nº

Código 6300

Cuentas

Debe

Impuesto corriente

Haber

XXXXX

(30% del saldo del resultado del ejercicio)

4752

H. P., acreedora por impuesto sobre sociedades

XXXXX

Como nuevamente hemos abierto una cuenta del grupo 6 (que no va al asiento de cierre ni al balance), tendremos que saldarla tomando como contrapartida la cuenta de resultado del ejercicio. Nº

Código

Cuentas

129

Resultado del ejercicio

6300

Impuesto corriente

Debe

Haber

XXXXX XXXXX

De esta forma, el resultado que figura en la cuenta 129 será el resultado del ejercicio después de impuestos. Por otra parte, si una empresa obtiene pérdidas en un ejercicio, no tendrá que pagar impuestos ese año y, además, tendrá el derecho a compensar las pérdidas sufridas con los beneficios de los 10 ejercicios económicos siguientes. En este caso, igualmente debemos registrar el impuesto sobre beneficios a fin de poder reconocer el derecho que tiene la empresa a compensar las pérdidas, reconociendo como dicho derecho el 30% (el tipo general) de la pérdida antes de impuestos. Como las pérdidas se van a compensar en el pago del impuesto de ejercicios futuros, la cuenta a utilizar será la que se refiera al impuesto diferido: Nº

Código

Cuentas

Debe

4745

Créditos por pérdidas a compensar del ejercicio

6301

Impuesto diferido

Haber

XXXXX XXXXX

11

Posteriormente se saldará la cuenta del impuesto diferido con la cuenta “129. Resultado del ejercicio”. Nº

Código

Cuentas

6301

Impuesto diferido

129

Resultado del ejercicio

Debe

Haber

XXXXX XXXXX

Durante el ejercicio económico, a la empresa le pueden haber practicado retenciones a cuenta del impuesto sobre sociedades, y, normalmente, habrá efectuado pagos fraccionados a cuenta de dicho impuesto. Ambos conceptos se registran a través de la cuenta “473. Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta”, que podemos considerar como un impuesto que se paga anticipadamente durante el ejercicio y que se compensará en la liquidación contable del impuesto. A la hora de registrar el impuesto sobre sociedades al final del ciclo contable, debemos cancelar la cuenta 473, ya que esta cuenta no figura nunca en un balance de situación. En el caso de empresarios individuales, esta cuenta se salda al final de año con cargo a la cuenta “102. Capital”, no registrándose impuesto sobre beneficios en este tipo de empresas. En las sociedades, la cuenta 473 se salda en el asiento de contabilización del impuesto sobre sociedades. EJEMPLOS: 1. Una empresa presenta un beneficio antes de impuestos por valor de 50.000 €, habiendo efectuado pagos a cuenta del impuesto por 4.000, y habiendo soportado retenciones por 2.000 €. Nº

Código 6300

Cuentas

Debe

Impuesto corriente

Haber

15.000

30% s/50.000

473

H.P., retenciones y pagos a cuenta

6.000

4752

H. P., acreedora por impuesto sobre sociedades

9.000

2. Una empresa presenta un beneficio de 30.000 € antes de impuestos. El saldo de la cuenta 473 es de 12.000 €. Nº

Código 6300

Cuentas

Debe

Impuesto corriente

9.000

Haber

30% s/30.000

4709

H.P., deudora por devolución de impuestos

473

H.P., retenciones y pagos a cuenta 12

3.000 12.000

3. Una empresa presenta unas pérdidas de 10.000 € antes e impuestos. El saldo de la 473 es de 2.000 €. Nº

Código

Cuentas

Debe

4709

H.P., deudora por devolución de impuestos

2.000

473

H.P., retenciones y pagos a cuenta

4745

Créditos por pérdidas a compensar del ejercicio

Haber 2.000

3.000

30% s/10.000

6301

Impuesto diferido

3.000

3.3. Asiento de cierre Una vez saldadas todas las cuentas de gastos e ingresos sólo quedarán abiertas las cuentas representativas de elementos patrimoniales, las cuales figurarán en el balance de situación final como expresión de la situación patrimonial y financiera y de los resultados de la empresa. Para cerrar la contabilidad del ejercicio se ha de conseguir que todas las cuentas representativas de elementos patrimoniales queden con saldo cero. Esto se logrará mediante un último asiento en el libro diario, denominado asiento de cierre, y que presenta la siguiente estructura: Nº

Código

Cuentas

Debe

Cuentas con saldo acreedor (normalmente de pasivo y neto)

Haber

XXXXX

Cuentas con saldo deudor (normalmente de activo)

XXXXX

3.4. Elaboración de las cuentas anuales En el tema 4 se describían las cuentas anuales de la empresa. De esas cuentas anuales sólo se tratarán en esta asignatura el balance de situación (ya visto desde el tema 2) y la cuenta de pérdidas y ganancias, en cuya estructura nos centraremos a continuación. La cuenta de pérdidas y ganancias se presenta en forma de lista, en la que se separan los ingresos y gastos del ejercicio por tipos de resultados. Así, una primera distinción es la de resultado de las operaciones continuadas y el resultado de operaciones interrumpidas. Las operaciones continuadas son las operaciones habituales del tráfico normal de una empresa. Dentro del resultado de las operaciones continuadas se distinguen tres resultados intermedios: resultado de explotación, resultado financiero y resultado antes de impuestos. Posteriormente se tiene en cuenta el efecto impositivo y se obtiene el resultado del ejercicio, procedente de operaciones continuadas: - Resultado de explotación: Ingresos de explotación – Gastos de explotación. - Resultado financiero: Ingresos financieros – Gastos financieros. 13

- Resultados antes de impuestos: Resultado de explotación + Resultado financiero. - Resultado de las operaciones continuadas: Resultado antes de impuestos – Impuesto sobre beneficios. Las operaciones interrumpidas se definen como aquellas líneas de negocio o áreas geográficas significativas que la empresa, bien a enajenado, o bien tiene previsto enajenar dentro de los doce meses siguientes. (Debe) Haber A. RESULTADO DE EXPLOTACIÓN 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Importe neto de la cifra de negocios Aprovisionamientos Otros ingresos de explotación Gastos de personal Otros gastos de explotación Amortización del inmovilizado

B. RESULTADO FINANCIERO 1. Ingresos financieros 2. Gastos financieros C. RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS (A + B) I. Impuesto sobre beneficios D. RESULTADO DEL EJERCICIO (C – I)

4. APLICACIÓN DEL RESULTADO Las sociedades deben aprobar las cuentas anuales de cada ejercicio dentro de los seis meses siguientes al cierre del mismo (es decir, tienen de plazo hasta el 30 de junio). Junto con las cuentas anuales se debe aprobar la propuesta de distribución del resultado. Una vez aprobadas las cuentas anuales, la cuenta “129. Resultado del ejercicio”, que figuraba en el balance final del ejercicio anterior, debe quedar con saldo cero. Para ello se distribuirá su saldo de conformidad con el acuerdo adoptado por la Junta General de Accionistas de la Sociedad. Si la cuenta “129. Resultado del ejercicio” no quedara con saldo cero, al llegar al 31 de diciembre se traspasarían a ella las cuentas de gastos e ingresos del ejercicio, con lo cual se estaría reflejando en dicha cuenta, no sólo el resultado del presente ejercicio, sino parte del resultado del ejercicio anterior. A la hora de repartir el resultado debemos tener en cuenta lo siguiente: - La Ley de Sociedades Anónimas obliga a que las empresas destinen una cantidad equivalente al 10% de los beneficios de cada ejercicio a la Reserva legal, hasta que ésta alcance, al menos, un saldo igual al 20% del capital social. - Si los estatutos de la sociedad así lo dispusieran, una parte del resultado también tendría que destinarse a las reservas estatutarias. - Las sociedades pueden destinar, una vez atendidas las exigencias legales y estatutarias, una parte del beneficio del ejercicio a las reservas voluntarias. 14

- Si se acuerda repartir dividendos a los accionistas, se reconocerá el pasivo correspondiente en la cuenta “525. Dividendo activo a pagar” hasta que se efectúe su pago. - También se puede destinar una parte del beneficio del ejercicio para compensar pérdidas de ejercicios anteriores. - La parte del beneficio que quede pendiente de reparto y cuyo destino se decidirá en un momento posterior, se registrará en la cuenta “120. Remanente”. Nº

Código

Cuentas

Debe

Haber

129

Resultado del ejercicio

XXXXX

112

Reserva legal

1141

Reservas estatutarias

X

113

Reservas voluntarias

X

525

Dividendo activo a pagar

X

120

Remanente

X

XX

Si la empresa ha obtenido pérdidas, cuando se aprueben las cuentas anuales del ejercicio en la Junta General de accionistas, se realizará el siguiente asiento: Nº

Código

Cuentas

Debe

121

Resultados negativos de ejercicios anteriores

129

Resultado del ejercicio

Haber

XXXXX XXXXX

La cuenta “121. Resultados negativos de ejercicios anteriores” debe dividirse en subcuentas, a fin de que cada una de ellas recoja las pérdidas de un solo ejercicio. En el ejemplo anterior, podría emplearse la siguiente cuenta “1210. Resultado negativo del ejercicio 2010”.

15

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