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UNA CONFERENCIA INEDITA EN TACUARI por EFRAIM CARDOZO Damos a conocer un documento de la mayor importancia que ha permanecido inedito hasta nuestros dias, a pesar de correr impreso desde poco tiempo despues de haber sido compuesto y de ilustrar uno de los episodios mas importantes de la historia de la emancipation paraguaya. Se trata del texto de una conversacion entre el general Manuel Belgrano, representante de la Junta Gubernativa de Buenos Aires y comandante del ejercito auxiliar enviado al Paraguay, y el canonigo Jose Agustin de Molas, capellan de las tropas paraguayas que se opusieron a las portenas. La conferencia fue mantenida el 10 de marzo de 1811, al dia siguiente de la batalla de Tacuari y a orillas de este rio, y en ella se articulan mejor que en cualquier otro documento conocido, las posiciones de Buenos Aires y de Asuncion en visperas de la revolucion que dio al traste con el ultimo gobierno espanol en el Paraguay. El relato de la conversacion, presuntivamente hecho por el mismo Molas, fue impreso en Montevideo we mismo afio, en un folleto de ocho paginas de texto, de 15 X 21 centimetros, sin caratula. La primera pagina esta encabezada con el escudo de armas de la Ciudad de Montevideo, y tiene la siguiente portada: "CONFERENCIA QUE TUVO EL CAPELLAN / del Exercito del Paraguay, D. Jose Agustin / de Molas con el General D. Manuel Bel / grano el dia 10 de marzo de 1811: / en el Arroyo de Taquari". El texto asume la forma de dialogo entre Belgrano y el Capellan, muy imparcialmente transcripto, tanto que pareciera una version taquigrafica. Su verismo es tal que terming abruptamente con la siguiente acotacion, a modo de colofon: "Aqui sobrevino una furiosa lluvia con relampagos, y rayos, por cuya causa se terminaron las conferencias". Al pie de la ultima pagina, que es la octava, se estampan las senas do imprenta, lugar de impresion y ano de la misma: "En la Imprenta de la Ciudad de Montevideo / ano de 1811". Seguramente los realistas espanoles, encastillados en el Cabildo de Montevideo, no vieron con muy buenos ojos la excesiva fidelidad con que se reproducian las opiniones de Belgrano, por mas que ellas aparecieran refutadas con sagacidad por Molas, y resolvieron no permitir la circulation del folleto. Pero es posible tambien que los desordenados acontecimientos de la epoca dificultaran y aim impidieran su difusion. Cualquiera fuera la razon, lo cierto es que el folleto paso inadvertido entonces y hasta nuestros dias. La "Gaceta de Buenos Ayres", presta siempre a salir al paso de la dialectica contra rrevolucionaria, jamas lo menciono, ni a decir verdad ninguno de los cronistas e historiadores de la epoca, argentinos o paraguayos, hizo alusion siquiera de la importante conferencia entre Belgrano y Molas. La unica exception es Carlos R. Centurion, que en su "Historia de las Letras Paraguayas" ofrece una somera referencia, extraida de unos apuntes del Padre Aveiro, obrantes en el archivo del Arzobispado de Asuncion, pero tampoco sin referirse al impreso de nuestro comen tario '. Ann como pieza bibliografica, el folleto escapo a la curiosidad de los bibliofilos del Rio de la Plata. Zinny no lo menciona en su minucioso escrutinio de la bibliografia paraguaya 2. El primero, hasta ahora en colacionarlo fue Horacio Arredondo (hijo) en su "Bibliografia Uruguaya. Contribution", publicada en la Revista del Instituto Historico y Geografico del Uruguay, en 1929 6. 1
El unico ejemplar conocido del folleto forrnaba parte de la biblioteca del hombre pnblico uruguayo, doctor Gustavo Gallinal, no hate mucho tiempo fallecido, el cual, en 1951 lo facilito, a nuestro pedido, al doctor Carlos Pastore, para su verification y copia. La transcripcion que hacemos del importante documento ha sido posible gracias a esa gentileza. La batalla de Tacuari se libro el 9 de marzo de 1811 y terming en forma inesperada, con una capitulacion generosamente concedida por el comandante de las fuerzas paraguayas, teniente coronel Manuel Atanacio Cavanas, cuando Belgrano, viendolo today perdido, habia tornado algunas disposiciones desesperadas, como la de quernar sus papeles y ponerse al frente de sus raleadas tropas, resuelto a perecer antes que caer prisionero, "que lo vi sin remedio", segun informo a la Junta de Buenos Aires, poco despues '. A las tres de la tarde los portenos levantaron bandera blanca y detenido el combate, el parlamentario don Alberto de Calcena y Echeverria, uno do los paraguayos incorporados al ejercito auxiliar, llego al cuartel de Cavanas, dando votes "que admitiria cualquier partido" y manifestando que Belgrano "no habia venido a conquistar al Paraguay sino a auxiliarlo", y que "le era dolorosa la efusion de sangre entre hermanos, parientes y paisanos" ". Consultados los oficiales principales, ninguno do ellos fue de parecer que se concediera capitulacion a Belgrano, a menos que siquiera entregara los armamentos de que tan necesitado estaba el Paraguay 6; pero Cavanas se aparto de ese dictamen, y atento a que las municiones estaban concluidas Canto quo el ultimo asalto fue a arma blanca, los caballos cansados, los numerosos heridos sin asistencia por perdida del botiquin y los prisioneros sin seguridad, resolvio, bajo su exclusiva responsabilidad, conceder la capitulacion solicitada y al instante escribio a Belgrano para info marle que le permitiria retirarse al otro lado del Parana, con armas y bagajes, siempre que no hicieran nuevas hostilidades. La razon alegada para esta determination fue que segun las manifestaciones del parlamentario Calcena, el ejercito enviado por Buenos Aires habia venido "no a hostilizar la provincia del Paraguay, sino a auxiliarla" '. Belgrano se conformo, al momento, con las condiciones de Ca,,-aflas y le anuncio su proposito de principiar la evacuation al cia siguiente. "Pero si usted gustare -le ana dig en la carta que le escribio- que adelantemos mas la negociacion para que la Provincia se persuada que mi obje'o no ha sido conquistarla sino facilitarle medios para su adelantamiento, felicidad y comunicacion con la capital, sirvase decirmelo, y le dare mis proposiciones" $. Todo esto ocurrio en lo que restaba del dia 9, despues de las tres de la tarde en que ceso el combate. El dia 10 aparece en escena el canonigo Molas, conversando con Belgrano a orillas del mismo rio Tacuari, vale decir en el escenario de la batalla. jue enviado por Cavanas a recoger las proposiciones prometidas por Belgrano, o su presencia en el campamento porteno solo fue consecuencia de las escenas de elusion que siguieron inmediatamente al cese de las hostilidades, segun todos los relatos? 9. De cualquier modo, puede establecerse que la conversation tuvo lugar el dia 10, antes de las tres de la tarde, hora en que Belgrano inicio su marcha en direccion a Itapua, despues de hacer Ilegar a Cavanas un plan de ocho puntos para la solucion de las dificultades entre Buenos Aires y Asuncion 'o. En cierto modo, esa conversation sirvio a Belgrano de antecedente util para algunas de sus proposiciones concretas, como, por e emplo, las referentes a la reposition en especies o dinero del ganado y caballada requisados a los paraguayos. El texto de la conferencia se comenta por si solo. Alli estan nitidamente expresadas las quejas del
Paraguay contra Buenos Aires, asi como tambien el concepto de autodeterminacion que guio a las tropas paraguayas en su resistencia a Buenos Aires. El Paraguay se insurrecciono contra las fuerzas que venian del Sur para imponerle una solucion politica, en que no habia intervenido, del grave problema de la desintegracion del Virreinato, como tambien se sublevaria contra los europeos que habian alentado y dirigido esa resistencia. La palabra "libertad" es voceada por Molas al comenzar su platica con Belgrano. Ocurrio ello el 10 de marzo de 1811. El 14 de mayo, apenas dos meses despues, esa misma palabra adquirirfa significado historieo de trascendencia permanente. Buenos Aires, 25 de febrero de 1957. Conferencia que tuvo el capelldn del Exercito del Paraguay D. Jose Agustin de Molas con el general D. Manuel Belgra no el dia 10 de marzo de 1811, en el Arroyo de TaquarI BELGR4,NO No he venido a conquistar al Paraguay, sino a auxiliarla, para que valiendose los hijos de ells de las fuerzas de mi mando, recobrasen sus derechos obtenidos por los Espanoles Europeos violentamente, y para que hagan un Congreso general libremente, y elijan un Diputado. CAPELLAN: Exmo. Senor: Mis paisanos tenian toda libertad quando el Congreso general del 24 de Julio, y el Sr. Velasco unicamente propuso su parecer fundado en las solidas razones que acreditan los Oficios recibidos de Cadiz, y la Isla de Leon, dirigidos al Ilustrisimo Sr. Obispo, y en las gracias concedidas al Administrador de Correos de esta Ciudad mandadas practicar por la Administration general de Buenos Aires: nuestro Governador dixo en alta voz, que these cada uno libremente el parecer que les asistia, protestando seguir lo que resolviesemos como si fuese propio de e1. Cuatro Europeos que hay en la Provincia no se persuada V. E. que lean capaces de violentarnos, y nosotros sabriamos defendernos de ellos como ha visto V. E. en la batalla de Paraguari, y en la de ayer. BELGRANO: Estos pocos Europeos los han alucinado, para que no conozcan la esclavitud en que los tienen. CAPELLAN: Tambien hay en mi Patria sugetos de luzes, y direccion que puedan discenir esa ilusion, y esclavitud que supone V. E. BELGRANO: Me persuadi que los Paraguayos agradesiesen, el bien que yo les venia a hater; y sepasasen a mi Exercito, como lo han hecho los Cordovezes, y otras Provincias. CAPELLAN: Permitame, Excelentisimo Senor, bablarle con toda fran. queza, y libertad sin faltarle al debido respeto, ya que V. E. me honra con el dulce epiteto de Amigo, y Hermano; Mis Paysanos estaban muy lejos de creer este bien; pues sabian que su Mayor general Machain (cuando tuve el honor de estar con el en las margenes del Teviquari) amenazaba a toda la casa de Yegros por haber cumplido las ordenes de su Xefe en la prision del Parlamentario D. Ignacio Warnes, por que se le encontraron papeles para particulares; adjudicando todas las haciendas de aquel al Rey, y amenazando con la vida al Sr. Governador, al Ylustrisimo Sr. Obispo, y a los individuos del Cabildo, como me lo dixo el mismo Machain en presencia de muchos Oficiales, que ahora mismo, si gusta V. E. puede examinarlos, pues se hallan aqui en su Exercito; a que se agrega que el 3
referido Machain me manifesto ciento sesenta cahezas de ganado traidas de la Estancia del Rosario; y ademas de esto un Soldado de V.E. prisionero en Paraguari, declaro al Sr. Governador el 21 de Enero en mi presencia, que el dia antes del ataque V. E. exorto a sus tropas concediendoles dos horas de saqueo. BELGRANO: Ese Soldado era un malvado que se me habia agregado en Yaguaretecora, y se deserto en Ibicui, y por los enganos de el, y la ligereza de su Paysano Machain, me veo en el dia en tan mal predicamento con los Paraguayos. CAPELLAN: Es verdad, V. E. esta en mal concepto con mis Paysanos, y tal es el encono que tiene con estas tropas por los perjuicios tan grandes que ha ocasionado V. E. a las Haciendas en toda la Provincia, que para contener el furor de ellos quando V. E. levanto la Vandera Parlamentaria fue preciso que mis Generates D. Manuel Cavanas, y D. Juan Manuel Gamarra, usasen de toda su autoridad. Lo otro V. E. lo sabra. BELGRANO: Eche mano del Ganado de los Paraguayos, por que los boteros del Parana tomaron mil cabezas que me traian de Corrientes para el consumo de mis tropas. CAPELLAN: El abance del ganado por los boteros fue muy posterior, como lo acredita este Oficio (se lo dio a leer, pues el Comandante Aguirre, quando wino a Taquari le dexo al Capellan ) El abance fue el 7 de Febrero, y las tropas de V. E. sacaron multitud de ganado de las Estancias del finado D. Francisco Cavanas, de 1). Roque Fleytas, de D. Tomas Marmot, y de otros muchos a principios de Enero. Tambien su Mayor general me dixo en el Teviquari, que de los potreros ocultos de Misiones habia sacado setecientos cavallos. BELGRANO: Hoy tengo de pasar Oficio a su General, y en uno de los articulos dire, que me ofresco a pagar o en las mismas especies, o en dinero, 1pero como sabremos el numero de los animales? CAPELLAN: Cada vecino sabe el numero de ganados, y cavallos que tiene, o sino se puede arreglar haciendo un calculo prudente. .r BELGRANO: La Espana esta perdida: sobre Cadiz caera el Ingles; Catalufia toda es de los Franceses, dexando unicamente a Tarragona para por medio de esta comunicacion sorprehendernos los enemigos de nuestro Rey FERNANDO. Elio salio de este Puerto con 60 Veteranos para Virrey de Buenos Aires; pero sin titulo, despachado verbalmente por un Ministro de Estado Ilamado Bardaji: Elio es enemigo de todos los Americanos: a todos los Marinos de Montevideo los echo a Espana: Velasco los tiene enganados, diciendo, que Elio venia con 6 mil hombres: en la gran Capital de Buenos Ayres todos los dias tenemos noticias;y aqui les ocultan todas; estan todos ciegos, amigo mio y hermano. CAPELLAN: Aqui sabemos los progresos de la Espana: nuestro Governador es un hombre de las mejores qualidades: Sabemos que Elio viene no con 60 Veteranos, sino con 6 mil. Velasco no nos ha dado esta noticia: en el Campamento de Taquari la adquirimos por la via de la vanda del Parana: Velasco ha llamado a las viudas, cuyos maridos han perecido en la bataIla de Paraguari, para socorrerlas; es sin numero las virtudes que lo adorn an. BELGRANO:
~Cual•es son estas raras qualidades? ,Sera el enganarlos con capa de santidad? ZQuando ha dado asiento a sus Paysanos? CAPELLAN: Para numerar las qualidades del Sr. Velasco necesito tiempo, por que son infinitas: asiento me da dado muchas veces aun quando Yo era un triste monigote: es verdad que no he admitido. BELGRANO: Hermano mio: nosotros tenemos los mismas derechos de representar a nuestro Soberano, como tienen los Pueblos de Espana, segun declaro la Junta Central: pues si tenemos los mismos derechos tporque no gobernamos nosotros mismos a nuestra Patria, quando tenemos hombres tan doctos en nuestro propio Pais, y no admitir ya a los Europeos, que el man atrazado, y miserable quiere vejarnos? CAPELLAN: Convengo con V. E. que nosotros tenemos los mismos derechos que los Pueblos de Espana; por esta razon se instalaron Juntas en todos los Reynos de ella; pero con dependencia siempre de la Central, o la Regencia; pero no para representar por si mismos sin referencia a esta, como quiere Buenos-Ayres. BELGRANO: ~Como haremos, que esta Provincia quede unida a la Capital, y olvidar los recentimientos que hasta aqui hemos experimentado tan infelizxnente. CAPELLAN: Esta Provincia propuso a la Capital una correspondencia fraternal, y armoniosa quando la resolution del 24 de Julio; suspendiendo si todo reconocimiento de superioridad hasta la aprobacion de la Regencia legitimamente establecida, reconocida, y obedecida por las Potencias Aliadas, y hasta en este mismo Continente, y la Junta de Buenos-Ayres, desentendiendose de los motivos, y razones de aquella, respondio con amenazas. BELGRANO: La Exma. Junta no amenazo a la Provincia sino a los Xefes: jpero por que no quieren obedecer a la Junta quando ella es Capital? CAPELLAN: Por que el Pueblo de Buenos-Ayres no tiene autoridad por Capital de subyugar a las demas Provincias, sino unicamente representar sus derechos peculiares, como cada Provincia los tiene, y la autoridad del Virrey, que se tomo el Pueblo, no debe extenderse a las demas Provincias, porque ya cesaba esta. EELGRANO: Un Americano de las fuzes de Vm. no debe proferir tales expresiones; pues entonces quedaria el Cuerpo Poltico acefalo. CAPELLAN: Del mismo modo quedaria Buenos-Ayres respecto de la Regencia. BELGRANO: La Regencia ya no existe. CAPELLAN: Despues veremos. Aqui sobrevino una furiosa lluvia con relampagos, y rayon; por cuya causa se terminaron las conferencias. En la Imprenta de la Ciudad de Montevideo, ano de 1811. NOT AS 5
1. Carlos R. Centurion, Historic de las letras paraguayas, T. I, pigs. 197198. Buenos Aires, 1947. 2. Antonio Zinny, Bibliografia Historica del Paraguay y Misiones, en "Revista National", Ts. 4 a 10. Buenos Aires, 1887-1889. 3. Horacio Arredondo (H), Bibliografia Uruguaya. Contribution, en "Revista del Instituto Historico y Geografico del Uruguay", T. 6, N4 2. Montevideo, 1929. 4. De Belgrano a la Junta, marzo 14, 1811, en Museo Mitre, Documentos del Archivo de Belgrano, T. 3, pig. 190. Buenos Aires, 1915. 5. De Cavaiias a Belgrano, marzo 9, 1811, en Museo Mitre, Documentos..., T. 3, pig. 298. 6. Acts del Cabildo de Asuncion, marzo 28, 1811, en Cecilio Biez, Historic Diplomdtica del Paraguay, T. 1, pig. 129. Asuncion, 1930. 7. De Cavanas a Belgrano, marzo 9, 1811, cit. 8. De Belgrano a Cavanas, marzo 9, 1811, en Museo Mitre, Documentos..., T. 3, pig. 199. 9. Segun Centurion, locus cit. Molas fue comisionado por Cavanas juntamente con Antonio Tomis Yegros. 10. De Machafn a Belgrano, s/f., en Museo Mitre, Documentos..., T. 3, pig. 213.
DOCUMENTOS INDEPENDENCIA I INTRODUCCION El 14 y 15 de Mayo de 1961 la nation paraguaya memorara el sesquicentenario de la revolucion de la independencia. Nuestro Instituto esta estudiando su intervention en los actos con que se recordard el fausto y trascendental aniversario. Pero antes que nada ha decidido o f recer la importance documentation de aquellos sucesos en las columns de HISTORIA PARAGUAYA. Van en esta edition los documentos del aho 1810. En el volumen NQ 4 (an"o 1959) se ofrecerdn los de enero-abril, en el NQ 5 (1960-1961), consagrado en forma especial y total a la Revolucion, los de mayo-junio 1811, y en el N0 7 (1962) los de juliodiciembre de 1811. Esta sera una de las o f rendas, y de seguro no de las menos importantes, que los hombres congregados en el Instituto Paraguayo de Investigations Historicas hartin a la patria con profunda devotion en el sesquicentenario de la revolution de la independencia. Hacemos seguidamente un breve comentario a coda uno de los documentos publicados en esta edition. NQ 1 Caspe a Velasco. Esta nota abre, puede decirse, el periodo pre-revolucionario. NQ 2 Ha--do a Velasco se transparenta en la comunicacivn el fanatismo y la frfa intransigencia que caracterizara al hi~storico cabildo de Asuncion en el periodo revolucionario. N9 3 Convocatoria del Congreso. NQ 4 Bando de Velasco sobre la supuesta expedition al Rio de la Plata. Ante la alarma provocada por las imprudentes deciaraciones del enviado de la Junta de Buenos Aires, coronel Espinola el gobernador las desmiente. N9 5 Bando de Velasco prorrogando la fecha del congreso. Se amplia el plazo para la reunion de la asamblea para que puedan asistir hombres de la campaiia. N9 6 Manifiesto al Congreso. N9 7 Bando invitando a un tedium por la victoria de las armas espanolas. Se invita a todos los vecinos estantes y habitantes a asistir a un tedium el 25 de julio (En la Catedral). N9 8 Acta de reconocimiento del Congreso de Regencia. El gobernador informa por bando a la Provincia las resolutions del Congreso del 24 de julio. N9 9 Bando de Velasco. Desmiente nuevamente que se proyecte mandar una expedition a Buenos Aires; promete derramar su sangre en defensa de la Provincia. NQ 10 Bando de Velasco. Pide que se traigan las armas para ser compuestas, y luego devueltas. N9 11 Bando de Velasco sobre formation de un cuerpo de urbanos. El gobernador ordena que a tal efecto se forme "la lista y reset a de los Individuos de esta Ciudad"-. N9 12 Nota de vecinos reclamando la censura. Los mas importantes vecinos de la capital pidgin se estab ezca la censura para evitar la comunicacion con la Junta de Buenos Aires. NQ 13 Proclama del gobernador y el Cabildo contra la Junta de Buenos Aires. Se contesta a las amenazas y represalias del gobierno de Buenos Aires. 7
N9 14 Proclama de Velasco. Condena la venida de la ex. pedicion Belgrano. Promete de nuevo el gobernador morir entre sus subditos. N9 15 Proceso a porten"istas. Importante declaration tomada a Santiago Araoz, sobre un plan para derrocar a Velasco. N" 1. DEL FISCAL CASPE A VELASCO. LE RECOMIENDA VIGILE A LOS FRANCESES Por el oficio que con fecha de 20 del corriente, se sirbio pasarme V. S. quedo enterado, del Juzgado de Vigilancia, que ha establecido al cargo del Comandante de esquadra Don Tomas de Ortega Fernandez, en cumplimiento de las Ordenes, y facultades, que para ello le ha conferido, el Excelentisimo Senor Virrey, por convenir asi a is seguridad, del Estado y buen Orden. De mi parte con la vigilancia que corresponde, velare y procedere, contra cualesquiera Yndividuo aun que goze fuero por previlegiado que sea, que promueba y sobstenga, las maximas detestables del partido Frances, con qualesquiera otro sistema contrario, o perjudicial, a la Conservation de estos Dominios, bajo la arma de Dominacion de nuestro Augusto Soberano, Don Fernando Septimo, y demas que me inserta, dando a V. E. parte de toda ocurrencia en la materia, para que se les aplique, la Pena, a que sean acrehedores. Dios guarde a V. S. muchos anos. - Asuncion 23 de Febrero de 1810. A. N. A. Vol. 211. ANTONIO CASPE. Senor Brigadier y Gobernador Yntendente Don Bernardo de Velazco. NQ 2. HAEDO A VELASCO. SOME VIGILANCIA LOS FRANCESES He recibido el Officio reservado de V. S. Con fecha de 20 de Febrero proximo pasado, en que se sirve comunicarme que en cumplimiento de las Ordenes del Exmo. Senor Virrey y facultades que concede a V. S. ha establecido en esta Ciudad un Juzgado de Vigilancia, al cargo del Comandante de Esquadron Don Tomas de Ortega Fernandez, para quo ce le persiga, no solo a los que promueben, difunden, o sostieren las maximas detestables del Partido Frances, y qualquiera otro sistema, o perjudicial a la conservation de estos Dominios en union v dependencia de la Metropoli, bajo la amable dominasion de Nuestro Augusto Soberano; sino tambien, a los que para Ilegar a tan perversos fines, esparcen falsas y funestas noticias sobre el estado de la Nacion, inspiran desconfianzas del Gobierno Supremo; y del Superior de estos Dominios, intentan alterar su forma, y constitusion con depresion de las autoridades legitimas; y en fin a todos los que directa o indirectamente atacan la seguridad del Estado, y del orden publico por alguno de los medios que sugiere una artificiosa malicia: lo que ha tenido V. E. a bien desirme para mi inteligencia, en el concepto de que la expresada comision no exceptua a este Juzgado de velar y proceder siempre los obgetos mencionados, contra cualquiera Yndividuo, aun que goze fuero por previlegiado quo sea; dando a V. S. parte do toda ocurrencia: de todo lo qual quedo enterado para darle ei devido cumplimiento. Nuestro Senor guarde a V. S. muchos anos. - Asuncion y Marzo 1 de 1810. A. N. A. Vol. 211. Doctor BERNARDO DE HAEDO. Senor Gobernador Yntendente Don Bernardo
de Velasco. NQ 3. CONVOCATORIA DEL CONGRESO. B. N. R. J. Col. R. B. NQ 4. BANDO DE VELASCO. SOME LA SUPUESTA EXPEDICION AL PLATA. Don Bernardo de Velazco, y Huydobro, Brigadier de los Reales Ejercitos, Gobernador Militar y Politico e Yntendente de la Provincia del Paraguay, y Treinta Pueblos de Misiones de Yndios Guaranis, y Tapes del Uruguay, y Parana Campanas Adyacentes. Por quanto: ha llegado a mis oidos la sencible noticia de que varios vecinos de las Campanas ban desamparado sus domicilios, y Familias de resultas de las faltas y malignas votes divulgadas de la venida del Coronel Don Jose de Espinola, de que se trata de reunir una Expedicidn para las costas del Rio de la Plata: Por tanto, teniendo repetidas pruebas de la confianza que merece a los fieles habitantes de esta Provincia la palabra de su Gobernador, que con el Ylustre Cabildo vela incensantemente por so felicidad, he dispuesto se haga saber al vecindario por los respectivos Jueces de los Partidos que aquieten sus animos, desechen el vano temor, descansen en el seno de sus Familias, y esten firmemente persuadidos, que si llega el caso de que esta Fiel Provincia tenga que usar de las Armas para hacer respetar 1os derechos de Nuestro legitimo Monarca el Senor Don Fernando Septimo (que Dios guarde) su Gobernador y los Principales vecinos nos pondremos al frente, y participaremos de la Gloria que nos proporcionara el valor, patriotismo, y fidelidad que en todo tiempo ban manifestado estos Provincianos, quando se les ha puesto en la necesidad do defender sus hogares y encargo a los expresados Jueces cuiden bajo la mas estrecha responsabilidacL que no se esparzan rumores perjudiciales en el distrito de su mando remitiendo con la devida seguridad a disposition de este Gobierno a los que directa, o indirectamente intenten perturbar la tranquilidad que reyna en la Provincia, y sacando copia de esta Circular en el instante que la reciban, la publicaran por Bando, y franquearan para que la trasiaden los que pidieren, devolviendola el ultimo con las correspondientes anotaciones. Dada en la Asuncion del Paraguay a dos de Julio de mil ochocientos diez. - Vernardo de Velasco. Es copia. - Velasco. A. N. A. Vol. 211. NQ 5. BANDO DE VELASCO PRORROGANDO LA FECHA DEL CONGRESO El Gobernador prorroga la celebration del Congreso anunciado en su manifiesto. 1 Bernardo de Velasco y Huydobro, Brigadier de los Reales Ejercitos, Gobernador Militar y Politico, e Yntendente de la Provincia del Paraguay, y treinta Pueblos de Misiones de Yndios Guaranis, y Tapes del Uruguay, y Parana, Campanas Adyacentes. - Por quanto: atendiendo a que la intemperie de la estacion, y larga distancia, de donde tiene que concurrir a esta Capital una parse considerable de los que deven asistir a la junta general anunciada en el Manifiesto que se publics el 28 pasado, y teniendo presente, que la gravedad del asunto, cuya deliberaci6n deve hacerse en ella exige la mas serie meditation, en los que han de prestar sus sufragios, y han de componer el voto general de la Provincia, se ha acordado en Cabildo celebrado con mi asistencia en este dia que se prorrogue la celebration del Congreso para el dia veinte y quatro del corriente, epoca en que pueden todos estar instruidos del asunto, y la estacion permite a algunos ancianos respetables de la Campana tener parte en una determinacion, que importa a la 9
felicidad de toda la Provincia, y conservation de los derechos de Nuestro Rey el Senor Don Fernando Septimo: Por tanto, he •dispuesto se publique por Bando la expresada resolution, fijandose en los parages publicos, y encargo a este Noble, y fiel vecindario continue dando pruebas de su confianza en los Magistrados, y respetuosa subordinacidn a sus mandatos de las ideas de buen orden, armoniosa amistad, y conservacion de la tranquilidad publica en el concepto que si alguno, lo que no espero, olvidado de lo que se debe asimismo, y a sus convencinos, intentase perturbar la tendra inmediatamente sobre su cuello el seguir de la Justicia. Dado en Is Asuncion del Paraguay a dos de Julio de mil ochocientos diez. - Bernardo de Velasco. - Por mandato de su Senorfa: JACINTO RUIZ. Escribano publico y de Gobierno. Es copia. Velasco. A. N. A. Vol. 211. NQ 6. BANDO DE VELASCO. TEDEUM CELEBRANDO LA VICTORIA DE LAS ARMAS ESPAF OLAS Don Bernardo de Velasco y Huydobro, Brigadier de los Reales Ejercitos, Comandante General Gobernador Militar y Politico e Yntendente de la Provincia del Paraguay y treinta Pueblos de Misiones de Yndios Guaranis y Tapes del Uruguay y Parana Campanas adyacentes. Por quanto: no satisfecho el amor al Rey y Patriotismo de los nobles vocales del Congreso que acaba de celebrarse con haber dispuesto la Jura del Supremo Consejo de Regencia de Espaiia e Yndias, pidieron unanimemente que sin disolverse la Junta se procediera a este acto tan deseado por todo el Pueblo como en efecto se realizo con la mayor solemnidad y efusi6n de los sentimientos mss tiernos de fidelidad, y homenaje a los Representantes del Soberano. Por tanto debiendo tributarse al Dios de los Ejercitos las gracias por las victorias conseguidas por nuestros hermanos de Espana contra el tirano de la Europa, implorando la Divina clemencia para que asista con sus auxilios al Supremo Consejo de la Regencia en sus Soberanas resoluciones, y sea el medio escogido por la Providencia para restituir al Trono a nuestro amado Rey el Senor Don Fernando Septimo; ordeno y mando a todos los vecinos estantes y habitantes de esta Capital asistan a la Misa y Te Deum que se cantara en la Yglesia Catedral maiiana veinte y cinco del corriente poniendo cada uno en sus respectivas pertenencias las luminarias que permiten sus facultades desde esta nocbe hasta la del Jueves inclusive para que con estas senales de regocijo se desahoguen sus leales corazones y den una prueba del eficaz y sincero interes que toman por la suerte de la Metropoli, que es superior a todos los reveses de la fortuna: y a fin de que nadie lo ignore he mandado expedir este Bando, que se publicara en la forma acostumbrada en tales casos y fijara en los Parages publicos, remitiendose al mismo efecto los correspondientes testimonios a las Villas, Departamentos, Poblaciones y Partidos del distrito de este Gobierno. Dado en la Asuncion del Paraguay a los veinte y quatro del mes de Julio de mil ochocientos diez. BERNARDO DE VELASCO. Por mandato de S. S. - Jasinto Ruiz. Escribano publico y del Gobierno. NQ 7. MANIFIESTO AL CONGRESO.
N° 8. ACTA DE RECONOCIMZIENTO DEL CONSEJO DE REGENCIA Ano 1810. Volumen 211. Acta de reconocimiento de la Regencia de Espana y algunas resoluciones respecto a la Junta de Buenos Aires. A. N. A. Vol. 211. Don Bernardo de Velasco y Huydobro Brigadier de los Reales Ejercitos, Gobernador Yntendente y Comandante general de la Provincia del Paraguay y de los treinta Pueblos de Misiones de Yndios Guaranies y Tapes del Uruguay y Parana Campanas Adyacentes. En el Congreso general de esta Provincia celebrado el 24 del corriente se ha acordado por unanime aclamacion de mas de doscientos vocales que asistieron a dl, la Acta del tenor siguiente: Que inmediatamente y sin Jura del Supreme Consejo de Regencia legitima Representante de Nuestro Soberano el Senor Don Fernando septimo respecto a que segun los incontestables Documentos que se han leido, y teniendo presentes no puede dudarse de su legitima instalacion, y reconocimiento por las Provincias de Espana, Naciones aliadas y hasta en este mismo continente. Que se guarde armoniosa correspondencia y fraternal amistad con la Junta Provisional de Buenos Aires suspendiendo todo reconocimiento de superioridad en ella, hasta tanto que S. M. resuelva lo que sea de su Soberano agrado, en vista de los Pliegos que la expresada Junta Provisional dice haber embiado con un Oficial al Gobierno Soberano legitimamente establecido en Espafia, y del parte que se darn por esta Provincia. Que en atencion a estarnos asechando la Potencia vecina segun manifiesta la misma Junta, disponga a Nuestro Gobernador y Comandante general se forme una Junta de Guerra para tratar y poner inmediatamente en ejecucion los medios que se adopten para la defensa de esta Provincia que en prueba de so fidelidad al Rey esta pronta a sacrificar las vidas y haciendas de sus habitantes, por la conservation de los dominios de S. M. Que se de cuenta al Supremo Consejo de Regencia y se conteste a la Junta Provisional de Buenos Aires con arreglo a lo resuelto y acordado en esta Acta, que original se archivara para perpetua memoria y la firmaron con S. S. los Senores arriba expresados y demas que forman este respetable Congreso; de que doy fe. Por tanto he resuelto se manifieste al Publico para su inteligencia, y que continuando los sentimientos de moderation, fidelidad y union que hasta aqui he observado con la mayor complacencia, denuncie al Gobierno lo que meresca su atencion, no dude de su vigilancia en mantener el buen orden, y evite toda discusion, y controvercia sobre puntos ya decididos por el juicio general de la Provincia, en el concepto que se considerara como Reo de estado a el que directa o indirectamente por escrito o de palabra intente pertarbar la tranquilidad publica formando corrillos y persuadiendo ideas contrarias, o que debiliten la preinserta determination; y encargo a las Justicias procedan con todo rigor contra los Refractarios, y empenen su celo y patriotismo en precaber unos males que aun que los con sidero remotos, podrian introducido la cizana en el Pueblo, e inspirarles desconfianza en los Magistrados, cuidando principalmente de examinar los Pasageros sobre el lugar de su procedencia, Patria y objeto de su venida a esta Provincia, observando sus producciones, y conducta. Y para que Ilegue a noticia de todos se publicara por Bando en la forma ordinaria y se fijara en los lugares publicos. Dado en la Asuncion del Paraguay, a veinte y siete de Julio de este presente ano de mil ochocientos diez. Bernardo Velazco. - Por mandato de S. S. Jazinto Ruiz, Escribano Publico y del Gobierno. 11
En la Asuncion del Paraguay en el expresado dia, mes y ano, Yo el Escribano de Gobierno sali del Cuerpo de Guardia acompanado de un Piquete de Soldados y Tambos de estilo haciendo cabeza el sargento Don Pedro Morales; y en los Parages publicos y acostumbrados hice publicar el Bando antecedente por voz del Negro Venancio Rosa, que hizo de pregonero, fijando los correspondientes ejempiares; lo que pongo por diligencia para que conste y de ello doy fe. R UIZ. A. N. A. Vol. 211. NQ 9. BANDO DE VELASCO. En la Junta General de Provincia celebrada el veinte y quatro del Corriente se ha dispuesto, per unanime y general aprobacion Publica, se apronten cinco o seis mil hombres, para el servicio y defensa de la Patria, con el digno y saludabie fin de ponerla a cubierto de las asechanzas de la Potencia vezina, y haviendose formado una Junta de Guerra para deliberar sobre tan importante objeto; se ha resuelto por ahora, entre otras cocas aquartelar en esta Ciudad doscientos hombres, a quienes se abonara el sueldo mensual de ocho pesos. Y no tratandose en la actualidad de forzar a nadie al servicio, sino de admitir en e1 a todos los Voluntarios que vengan a presentarse en este Govierno; prevengo a Umds, lo publiquen y hagan entender asi en sus respectivos Partidos, empenando todo su celo y Patriotismo, para que los mozos solteros, se han los primeros a presentarse gustoso; muy seguros, de que en ningun caso saldran de la Provincia como se le ofreze este Govierno, en lo que deven estar firmemente persuadido; pues todo su servicio to desempeiiaran dentro de los limites de la Patria. Asi mismo haran Umd. entender a todos, ser falsas las vozes que se han esparcido en la Campana, con la venida del Ceronel Dn.Jose Espinola, de que se yban amandar mil hombres a Buenos Aires: nada hay de esto; y lo que imports por ahora es, que Umds. con su conocido amor a la Patria, les persuadas que no tienen que temer; Que no den credito a vozes vagas, esparcidas muchas vezes con sobrada malicia pa-derramar Is confucion y el desorden entre los buenos; Y que deven depositar toda su confianza en el Govno. y sus ofertas; En cuio supuesto pueden venir mis seguros de qe. en nada seles faltara; Seran mui bien tratados, y que en cualquiera acontecimto. qe. ocurre, su Govno. ha de ser su General y el Primer Patriota qe. derramara su sangre con ellos; Por lo que, reencargo al celo de Umds. procuren infundir en todos confianza, y dcspreciar recelos hijos de la confusion, y manifestar ales que hayan d.e ser voluntarios, qe. solo las leyes Militares los han de regir y governaran como el Rey to manda; y de ningun modo la arvitrariedad ni el abuso: Que seran religiosamte. pagados sue sueltos; Y por ultimo, que todas sus fatigas van aser consagradas ala Patria, par quien y ,para quien mucho deve escusarse y todo es poco; Y si llegase el remoto case de salvarla de enemigos, en mi tendran el primer voluntario, el primer Capitan, y el mejor companero. Y para que esta circular tenga el mas pronto curso y cumplimto. encargo a Ums, la vayan copiando cada uno, y dirigiendo al que se siga, poniendo acontinuacion la nota o diligencia que acredite su recivo y remision. Dios gue a Ums ma. anos. Asuncion 27 de julio de 1810. Bernardo de Velasco. En Quiyndi 15 de Agosto de 1810. Publique esta sircular en numeroso concurso que ocurrieron a la Mica parroquial. Jose Luis Mora. Al comisionado de Carapegua, y partido vecino. A. N. A. Vol. 231.
N° 10. BANDO DE VELASCO. SOBRE RECOLECCION DE ARMAS Consecuente a lo resuelto en la Junta General de Provincia sobre el apresto de tropas para ocurrir a la defensa y seguridad de la Patria; y siendo preciso en circunstancias tan criticas como las del dia ponen en el mejor estado de servicio todas las Armas del Reales Ejercitos y particulares; prevengo a Vuestra merced publiquen en sus respectivos Partidos que todos los que tengan armas de fuego descompuestas, o que no se hallen perfectamente buenas, las traigan a este Gobierno para que inmediatamente Sean compuestas y debueltas a sus respectivos Duenos sin que tengan que pagar cosa alguna; pues el Gobierno solo quiere que cada Dueno tenga corrientes las suyas. Y poniendo a continuation la diligencia con la que acrediten Vuestra merced haber publicado esta disposicion la pasaria al comisionado que se siga para que se haga lo mismo. Dios guarde a V. M. muchos anos - Asuncion 28 de Julio de 1810. Bernardo de Velasco. En cumplimiento del orden - A los comisionados de costa abajo. A. N. A. Vol. 211. N° 11. BANDO DE VELASCO FORMACION DE UN CUERPO DE URBANOS. Don Bernardo de Velasco y Huydobro, Brigadier de los Reales Ejer citos Gobernador Militar y Politico, Intendente de Real Hazienda y Comandante General del Paraguay y Misiones. Por quanto en atencion a lo resuelto por la Junta general de Provincia se base preciso tratar de ponerla en estado de defensa; y siendo una de las partes que deben formarla Ordenar un Cuerpo urbano en esta Ciudad: por tanto hago saver a todos sus vecinos y habitantes, que ya es Ilegado el tiempo de empesar a alistarse y arreglarse para quando la Patria los necesite que yo sere el Comandante de este respetable Cuerpo, que para su Gobierno economico debera tener un segundo mio, y la fuerza efectiba de el, debera componerse de todos los Ciudadanos y habitantes sin distincion de Patricios ni forasteros: Todos somos Espanoles y todos hermanos, y todos tenemos la mas sagrada obligation de trabajar y morir por la Patria. En su consecuencia he dispuesto que por pane de este Gobierno el Capitan Don Carlos Genovez, y por la del Ylustre Cabildo el Caballero Regidor Don Jose Garcfa del Barrio empiesen a formar la lista y Resena de los Yndividuos de esta Ciudad, tornado razon almismo tiempo de las Armas que tengan los particulares. Y para que el Publico este enterado de esta disposition mando se publique por Bando y se fige en los parages acostumbrados para que llegue a noticia de todos, de quienes espero solamente pruebas de su constante lealtad y amor al orden, que ya tienen manifestado de un modo mui propio y digno de esta esclarecida Ciudad de la Asuncion en la cual es fecho a treinta de Julio de mil y ochocientos y diez. Bernardo de Velasco - Por mandado de S. S. Jazinto Ruiz - Escribano publico y de Gobierno. En la Asuncion del Paraguay en el expresado dia mes y ano Yo el Escribano de Gobierno sali del Cuerpo de Guardia acompanado de un Piquete de Soldado y Tambor de estilo haciendo Cabeza el Sarjento veterano Don Pedro Garcia; y en los Parages publicos y acostumbrados Nice publicar el Bando antecedente por vos del mulato. Pregonero, fijando los correspondiente que hizo de Ejemplares; to que pongo por diligencia para que conste, y de ello doy fe. R U I Z. A. N. A. Vol. 211. N° 12. NOTA DE VECINOS PIDIENDO LA CENSURA 13
Haviendose nos puesto presente un pedimento para subscribirlo formado a nombre del Pueblo y firmado de los Sefiores Yndividuos del Ylustre Cabildo y de otros en considerable numero del estado secular en solicitud de que se abra y reconosca la correspondencia del proxinio Correo: hemos acordado pedir a ese Gobierno separadamente lo mismo por nuestra Parte, como to hacemos por este Oficio, supuestos los Datos y motivos urgentes que en aquel se exponen, y con el objeto unicamente de que se torte toda inteligencia contraria al sosten de lo resuelto por la Provincia en el Congreso de 24 de Julio ultimo. Dios guarde a V. S. muchos anos - Asuncion y Septiembre 9 de 1810. Antonio Atigal de Arcos y Matas - Jose Baltazar de Casajus - Don Juan Bautista Quin de Valdovinos Miguel Perez Portillo - Dn Bartolome Jose de Amarilla. Senor Gobernador Yntendente Ynterino. Los que avajo subscriben vecinos y residentes de esta Provincia siendo cerciorados con el mayor sentimiento de que no hay providencia disposici•on o determination alguna que tome este Gobierno en beneficio coman de que no se habise clandestinamente a los parciales de la Junta Provicional de Buenos Aires do la misma Junta de que es buen testigo ei escandaloso numero de chasques que ban pasado por Corrientes remitidos de esta Ciudad habiendo expresa prohibition del Gobierno nuebamente sesave que Rocamora fue habisado por dos extraordinarios de la determinacion tornado por el Senor Gobernador Don Bernardo de Velasco de pasar a Misiones con tropa. Estos datos acompanados con los indicios mas que behemente que ha trascendido al Publico de que no faltan sujetos entre nosotros que apesar de haberse conformado con el dictamen General de la Provincia hablan mal de el y se manifiestan con expresiones muy parciales del sistema de Gobierno adoctado en Buenos Aires v to ocurrido en la Ciudad de Cordova en donde se sabe que la parcialidad oculta y no la fuerza armada de Buenos Aires ha reducido aquella ciudad a su Ymperio son pues todos estos echos que tenemos a la vista los que pide un eficas remedio ornedios pretervatidos de nuestra sang conducta. En esta inteligencia y no ygnorando los que subscriben que la principal defensa de esta Provincia en eldia consiste en la actibidad y diligencia del Gefe pero que todo ello se trata en donde no hay secreto como que no lopuede haber habiendo entre nosotros infidentes ocultos de cuya existencia no tenemos la menor duda por to que se hate necesario descubrirlos por cualquiera bia y no habiendo otra que la de la Correspondencia del Correo de Buenos Ayres suplicamos a V. S. sesirva reconocerla toda a excecion de la del Ylustre Cabildo Secular y Eclesiasticos y de sue Gefes respectivos. No ygnoran los que subscriben la grabedad de la materia que pide pero todo debe ceder a la salud publica y mucho mas que de cada Yndividuo debe considerarse e interesado en esta operation de que pende su seguridad. Como la flaqueza humana admite otros muchos extrabios fuera de material de Estado es muy factible que en una Correspondencia unibersal se encuentren algunos ejemplares de estos cuya publication seria perjudicial a los ynteresados y nada util a la Republica seria lo mas Conveniente que para el examen y reconocimiento de la correspondencia se hasociase V. S. con el Ylustrisimo Senor Obispo y el Reverendo Padre Fray Ynocencio Canete personas en quienes el Publico tiene enfianzas y que verificado el escrutinio se entreguen las Cartas y Papeles que no tengan conexion con el asunto principal a sus respectivos dueflos guardandose el mas imbiolable secreto acerca de
otras materias que pueda contener la Correspondencia y aun seria acertado que V. S. el Ylustrisimo Seior Obispo y el Padre Maestro Cafiete se obligasen a ello con Juramento para remover de este modo cualesquiera escrupulo empacho omenos confianza quo pudiera afligir a los sujetos aquienes tocase parte de este incombeniente obrando en to demas con los delinquentes de estedo que resulten con arreglo a leyes. En esta Consideracion suplicamos a V. S. sesirba tomar el medio expresado reconociendo la correspondencia de Buenos Ayres que debe llegar dentro de tree o cuatro dfas y purgar la Republica de Yndividuos que no merezcan ser parte de ella pues asi to exije la dignidad de la Provincia nuestra lealtad patriotismo y seguridad Publica. Doctor Bernardo de Haedo - Antonio de Recalde - Pedro de Ozcaris - Jose de Arza Bernardo de Argana - Pedro Pablo Martinez - Jose Garcia del Barrio - Francisco Riera Joaquin Enterined - Francisco Diez de Bedoya -- Juan Antonio Fernandez - Miguel de Herrero - Juan Francisco DeCoud - Manuel Samaniego - Pedro Regalado Barboza Sebastian Antonio Martinez - Jose Diaz. A. N. A. Vol. 212. NQ 13. PROCLAMA DEL GOBERNADOR Y EL CABILDO CONTRA LA JUNTA DE BUENOS AYRES. Amados Conciudadanos: La Junta Gobernativa de Buenos Aires estimando en poco no responde al parte que se le dio de vuestra determination del veinte y cuatro de julio sino con amenazas desentendiendose de las razones y motivos que tubisteis para vuestra sabia resolution: El Gobierno de Espafia subsiste legitimamente establecido, y reconocido: vosotros jurasteis obedecerlo: La Junta de Buenos Aires no lo reconoce: y vuestros magistrados solo llaman vuestra atencion sobre este punto. Es verdad que tendremos tal vez que pelear por no obedecer a la Junta de Buenos Aires: pero mayor peligro nos cercaria si obedecieramos a quien no obedece a la representation soberana de la Nacion. Todo el Perou que era del Virreynato deBuenos Aires se ha separado de su Capital desconociendo a la Junta como opuesta a la soberania; y la Provincia del Paraguay, no debe ser menos Teal y menos generosa que las provincias hermanas. Si obedecieramos a la Junta de Buenos Aires, tendriais que it a combatir en su defensa, y despues sufririais el castigo de vuestra infidencia: Pues quanto mejor sera poder luchar por el propio pais y por los Derechos de nuestro legftimo monarca: Esta resolucion no solo es mas generosa sino la mas conforme a vuestro honor y patriotisrio; y si es preciso morir, moriremos en nuestra Patria en su defensa y en defensa de los Derechos de Nuestro amado Rey, y no de la Junta de Buenos Aires que no sabiendo lo que son Ins Paraguayos su valor y fidelidad, los desprecia. Pero vuestros Magistrados que conocen vuestro esfuerzo y lealtad, esperan que uno y otro resuenen en breve en los cuatro angulos de la tierra, y quela Junta de Buenos Aires, haga de vosotros el concepto que os mereceis por vuestras virtudes, valentia y fidelidad - Asuncion del Paraguay Septiembre 11 de 1810. Por mandato del Senor Gobernador Interino y del Ilustre Cabildo Jazinto Ruiz Escribano publico y de Gobierno. A. N. A. Vol. 211. N° 14. PROCLAMA DE VELASCO EL GOBERNADOR DEL PARAGUAY Heroicos Provincianos: Nuestros Enemigos, ese puiiado de bandidos embiados por la Junta insurreccional de Buenos Aires contra esta noble Provincia, os ha hecho el mayor agravio en creeros capazes de la seduccidn, y del miedo: el intrepido Xefe de la Expedition a la Ciudad de Corrientes, les ha dado una prueba de que no los tememos, y 15
los valerosos Comandantes de las Partidas del Para na Dn. Fulgencio Yegros y Dn Pablo Tompson han recivido a Ins Emisarios de los rebeldes dela manera mas propia para convencerlos, que aquf no tiene lugar la intriga, y la falasia, unicos medios con que han pensado suplir la debilidad de sus fuerzas. No hay arbitrio por infame que sea, que los insurgentes no hayan puesto en execution para separarnos del animo de la justicia, y del honor. Todos sabeis, que entre las Tropas de la desgraciada Ciudad de Buenos Ayres vienen varios hijos expurios de esta Provincia. ,Que fundamentos tiene esa Junta turbulenta para deducir que sus honrados Parientes, y Paysanos habian de seguir sus detestables ideas?. Ellos son los primeros, que vengaran la injuria que se les hate dando una prueba al Mundo entero delos fieles sentimientos, que les animan, Sabed mas, era cabala de facciosos en sus sesiones sanguinarias ha resuelto y maquinado el asesinato de nuestro Governador ,Acaso por que Yo dejara de existir se acabarfa nuestra fidelidad? Faltaria un caudillo que os condujera a la victoria, y exterminara a ese conjunto de salteadores, que invocan a nuestro desgraciado Rey Dn. Fernando Septimo, y atacan infamemente sus Derechos, y los de sus fieles vasallos? Almas viles, que seducidos por una politica corrompida, que no han sabido aplicar, prefieren la destruction de un Pais, que les ha dado el ser a su desmesurada ambition; Han hecho todo to posible para imitar altirano Napoleon, pero les faltan luces, y Exercitos. No creeis a los que pretenden persuadiros con estudiosa malicia, que viene contra nosotros un formidable Exercito: son indignos del nombre Espanol los que tales especies propalan, y si vuelto justo enojo puede contenerse denuncialos al Govierno, y vereis prontamente castigada su infamia! jA lag Armas! valerosos habitantes de esta exemplar Provincia, la Divina Providencia nos protege visiblemente; ella nos ha propor cionado canones, y Fusiles, pero vuestras Lanzas son todavfa mas temibles: Soy viejo enla Guerra, y conosco quanto vale esta clase de armas manejadas oportunamente por manos como las vuestras. Morird con gusto en medio de vosotros, y tendre la gloria de acabar mis cansados dfas al frente de una Provincia heroica, y de unos subditos amables, en cuya defensa me parece un corto sacrificio el de mi vida. Asuncion del Paraguay 10 de Diciembre de 1810. Bernardo de Velasco A. N. A. Vol. 4. N° 15. PROCESO A PORTENISTAS A. N. A. Vol. 61. 1810. Diciembre. En la Ciudad de la Asuncion del Paraguay a veinte de Diciembre de mil ochocientos diez. el Senor Governador Intendente Dr. Bernardo de Velasco y Huidobro Brigadier de los Reales Exercitos, y Comandante general de Armas de esta Provincia y la de Misiones dixo: Que haviendo mandado a Dn Santiago Araoz para el Fuerte de Borbon por ciertas consideraciones que para ello tubo con el objeto de mantener en quietud, y mejor armonia esta Provincia, hizo fuga de dho Fuerte por el rio al muy poco tiempo de su llegada, en una Canon que dice comprd a los indios Infieles de Nacion Bayas con dos soldados que se trajo con sigo hasta lag inmediaciones del Villa Real, en donde fue preso -por orden de aquel Comandante, y remitio a disposition de este Gcvierno Ynsistiendo el expresado Dn Santiago Araos en que quiere hater presente la conspiracion que estaba formada por algunos delos Individues que le acompanaron a su destino, y otros de esta Ciudad para el mes proximo de Enero. Por tanto para proceder a su debido esclarecimiento debio mandar y mand que el referido Dn Santiago Araos comparesca a prestar su Declaration al tenor del presente auto, y asi lo mandd y firmo SSa.de que doy fe.
Ante mi VELASCO JUSTO RUIZ Esccno. ppco. y de Govno. En la Ciudad de la Asuncion del Paraguay a veinte y dos de Diciembre de mil ochocientos diez, el Sr.Governador Intendente hizo compareeer en su presencia a Dn Santiago Araoz a efecto de tomarle su declaracidn a quien por ante mi le recivio su Senoria juramento que lo hizo por Dios Nro. Sr. y una Serial de Cruz, bajo el qual prometio decir Verdad de lo que supiere y le fuere preguntado, y siendole al tenor del antecedente Auto, dixo: Que haviendo sido mandado embarcado para el Fuerte de Borbon en compania de Dn Pedro Nolasco Domecq, Dn Narciso de Echague, Dn Jose Fortunato de Ros, D.Jose Luis Mora y el Pe. Fr. Jose Baoa llegaron a dho Fuerte el trece o catorce de Octubre ultimo poco rods o menos y hechose cargo de todo al Comandante Dn Pedro Antonio MieYes, llamo a parte a Dn Narciso de Echague, y le mostro en su quarto el Oficio que habia ido de este Govierno, en el cual se decia que era Reos de alta consideration y que estubiese con D. Juan Garcia Parga en que le decia que el referido Parga venia con animo de formar una Compaiiia de Soldados para Custodia del Sr Governador con el fin de asegurar mejor la empresa, cuia Carta segun se expresa Roa la habia visto D.Narciso de Echague por quanto aquel le dixo a este, a bien que Ud la ha visto; cuia conversation aplaudio el Comandante Dn Pedro Antonio Mieres, y despues de verificada la prision de todos los que quedan expresados, era la determination decapitar en primero lugar al Sr.Governador Intendente, a su Sobrino el Dr. Dn. Benito Velasco, a Dn. Jose de Elizalde, al Ayudante Maior D Juan dela Cuesta, al Alcalde de Seg voto Dn Antonio de Recalde, al Dr. D.Jose Garcia Oliveros, a D.Jose Garcia del Barrio, a Don Bernardo de Argana, al Administrador de Correos D. Bernardo Jovellanos por haber manifestado una Real Orden falsal del Consejo de Regencia, al Sr. Coronel D. Pedro Gracia y a Dn Juan Jose Machain, desterrado a los demas a los Presidios del Apa y Borbon, cuio Plan era el que estaba formado para ponerlo en cumplimiento por el mes de Enero, pues para ello habia recivido el Dr. Dn Pedro Somellera Asesor del Govierno dos Cartas, la una del Dr. Casteli vocal de la Junta de Buenos Ayres, y la otra del Dr. Allende en la que se le encargaba no se apartase un punto de to que la Junta de Buenos Ayres Ie ordenaba, tratando de executar todo aquello que les pareciese conveniente a su intento,- y despues dar cuenta de lo acaecido a la Junta de Buenos Aires; que to que lleva expuesto el declarante es lo mismo que oyu a Dn Narciso de Echague y a D. Jose Fortunato de Roa, presente todos los demas y el Comandante a quien dirigian la palabra. Que la menta del declarante en haberse lucido del Fuerte de Borbon con dos Soldados y un Presidiario fue venirse a presentar a este Govierno con el intento de dar parte de quanto queda expresado para seguridad del Govierno y de todos los demas, mediante a que Begun su conciencia, el exponente no infiere por que razon o cause pudo haber sido mandado con los demas a aquel destino, y que esto fue lo que to movio para asegurar a los dos Soldados y el Presidiario que le acompanasen en que nada les sucederia, una vez que expudiesen al Sr.Govr. todo quanto queda enarrado, y que aunnue se trajeran consido dos fusiles los quales se perdieron en el Rio por haberse dado buelta la canoa en que venian, siempre era la intention del declarante entregarlos al Sr. Governador, lo que no pudo verificar por el accidente arriba expresado: todo loqual hubiera cumplido el declarante puntualmente a no haber sido preso en la inmediacion de Villa Real por orden del Comandante de dha Villa. Que todo quanto ha dicho y declarado es la verdad en cargo del juramento que ha prestado en que se afirino y ratifico bide que le fue esta su declaration sin tener que anadir ni quitar; que es de edad de treinta y ocho afios; y lo 17
afirmo con su Senoria de que doy fe. En este estado y al tiempo de firmar el declarante, no lo pudo hazer por tener enferma la mano; de que asi mismo doy fe. VELASCO Ante mi Jazinto Ruiz Essno. ppco. y de Govierno.