Una mirada hacia el Paquete Económico 2015 y otros temas fiscales

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Breves Fiscales Impuestos y Servicios Legales 9 de diciembre de 2014

Una mirada hacia el Paquete Económico 2015 y otros temas fiscales En breve El pasado 13 de noviembre fue publicada la Ley de Ingresos de la Federación para 2015 y el Presupuesto de Egresos de la Federación 2015 (PEF) aprobado por la Cámara de Diputados. El Paquete Económico 2015, no presentó modificaciones al marco fiscal actual. El próximo 15 de diciembre culmina el periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión para dar paso a la Comisión Permanente que sesionará del 16 de diciembre de 2014 al 31 de enero de 2015. Aún quedan temas pendientes en el Congreso para lo que resta de la legislatura como: seguridad social y laboral, lavado de dinero, seguridad y medidas para incentivar la inversión a través de zonas económicas estratégicas. Destacan otros temas fiscales pendientes en el ejecutivo federal como lo son: contabilidad electrónica y operaciones relevantes.

En detalle Paquete Económico 2015 La Ley de Ingresos de la Federación 2015 fue aprobada sin modificaciones importantes al marco fiscal actual, bajo las siguientes estimaciones macroeconómicas: • • • • •



Precio promedio del barril de petróleo crudo: ajustado a la baja a 79 dólares estadounidenses. Crecimiento económico del 3.7%. Inflación de 3.0%. Tipo de cambio se ajustó de 13.0 pesos por dólar a 13.40 por dólar. Se espera un nivel de ingresos públicos de 4,694,677.4 millones de pesos (mdp), lo que representa un crecimiento de 1.6% en términos reales respecto a lo aprobado para 2014. Los ingresos tributarios tendrán un crecimiento del 7.5%, real lo que puede traducirse en mayor fiscalización fiscal para alcanzar estos niveles de recaudación.

Por otra parte, el régimen de intereses, continúa con la tasa de retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) del .60% sobre el capital y por los intereses pagados a

bancos extranjeros, permanece la tasa de retención del ISR del 4.9% sobre los intereses. Respecto al acreditamiento sobre el ISR, los estímulos fiscales que continúan, son los siguientes: •







Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) causado a combustibles fósiles en sus procesos productivos para la elaboración de otros bienes. Derecho especial sobre minería, artículo 268 de la Ley Federal de Derechos, siempre que los ingresos brutos totales anuales sean menores a 50 millones de pesos. IEPS pagado en la adquisición de diésel por personas físicas con actividades empresariales, excepto minería, para el consumo final como combustible en maquinaria en general, y en actividades agropecuarias o silvícolas. Acreditamiento del 50% de la cuota erogada por el uso autopistas, aplicable a contribuyentes dedicados exclusivamente al transporte terrestre público y privado.

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Se incorporaron los estímulos fiscales otorgados anteriormente por el ejecutivo federal mediante el decreto de beneficios fiscales publicado el 26 de diciembre de 2013: •









Crédito fiscal autorizado por el Comité Interinstitucional por las aportaciones efectuadas a proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional. Deducción de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas (PTU) pagada para determinar los pagos provisionales del ISR. Deducción adicional del 5% del costo de lo vendido de los bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación, donados a instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles . Deducción adicional aplicable a los contribuyentes que empleen a personas con discapacidad, equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a dichas personas. Eximir a las personas morales que reciban Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) de personas físicas por servicios profesionales o por otorgarles el uso o goce temporal de bienes de proporcionar la constancia de retención del ISR e Impuesto al Valor Agregado (IVA) por los pagos realizados, siempre y cuando se señale expresamente en el CFDI el monto de los impuestos retenidos.

Se incorporaron medidas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, por lo que el SAT establecerá a través de sus reglas de carácter general: a) Un esquema ágil para que las devoluciones del IVA para los contribuyentes de los sectores de exportación, primario, generados de proyectos de inversión en activo fijo y de producción y distribución de alimentos y medicinas, se efectúen en un máximo de 20 días hábiles. b) La emisión del calendario correspondiente para que, a partir de 2015, se realice el ingreso de la información contable a través de su página de internet. c) Permitir a los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal, presentar las declaraciones bimestrales correspondientes al ejercicio fiscal 2014 a más tardar en enero de 2015. El PEF contempla: •

Un gasto neto total previsto de 4, 694, 677.4 millones de pesos y corresponde al total de los ingresos aprobados en la Ley de Ingresos, lo que representa un 1.6% de crecimiento real respecto a lo aprobado en 2014.

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• •

Se prevé un déficit presupuestario de 641 mil 510 millones de pesos. Derivado de la Reforma Energética surgieron nuevos ramos administrativos como la Comisión Reguladora de Energía y la Comisión Nacional de Hidrocarburos.

Temas relevantes por venir en el Congreso de la Unión Dentro de los temas pendientes en el Congreso para lo que resta de la legislatura están: •

Una iniciativa que propone crear la Unidad de Medida y Actualización del salario mínimo, propuesta por el Ejecutivo Federal, y que busca desvincular el salario mínimo de ciertos supuestos y montos que lo utilizan como unidad de cuenta en la legislación federal vigente.

En otros temas descatan en el Senado, dos minutas recibidas de la Cámara de Diputados relativas a las reformas para: • Homologar las bases de ISR e IMSS. • Otorgar la Pensión Universal de Salud que incluye una propuesta de rebalanceo de cuotas de seguro social. Adicionalmente, en la Cámara de Diputados el PRI buscará modificar la Ley Federal del Trabajo con el fin de que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) actualice a, más tardar el 1 de julio de 2015, las tablas de enfermedades de trabajo y evalúe las incapacidades permanentes resultantes de los riesgos de trabajo. Otro tema que podría estar contemplado en la Cámara de Diputados, es el marco jurídico sobre la Ley para la prevención del lavado de dinero. La Comisión de Hacienda y Crédito Público celebró un foro con expertos para analizar el tema. Dentro de los temas que más interesan para su actualización, se encuentran: • Modificar los límites de pago en efectivo para los avisos, notificaciones y reportes a la autoridad para la identificación de clientes. • Simplificar los procesos administrativos. • Revisar los criterios sobre medios de pago en operaciones de actividades vulnerables. Vale la pena señalar que el actual periodo de sesiones concluye el 15 de diciembre y es el penúltimo periodo ordinario de la actual Legislatura. El periodo ordinario de sesiones

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siguiente abarcará de febrero a abril 2015, y estará enmarcado por el escenario electoral de los comicios intermedios de 2015, por lo que será un periodo de movimientos de legisladores interesados en contender por nuevos cargos, así como de legisladores interesados en que sus iniciativas o promesas de campaña se concreten en leyes antes del cierre de la legislatura, por lo que puede esperarse la discusión de otros temas en materia de seguridad, justicia, medidas anticorrupción, competitividad, salud y medio ambiente. Temas fiscales con el ejecutivo federal a)Contabilidad electrónica El 4 de diciembre, el SAT publicó un anteproyecto de Séptima Resolución de Modificaciones a la RMF 2014, misma que se encuentra pendiente de publicación en el DOF. Se establece que los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad en medios electrónicos deberán cumplir con la obligación a partir de las fechas y de lo que a continuación se señala: A) Respecto del catálogo de cuentas y balanza de comprobación, y el cumplimiento de la obligación de entregar contabilidad electrónica de manera mensual: I.

A partir del 1 de enero de 2015, los siguientes: a) Instituciones que componen el sistema financiero. b) Contribuyentes cuyos ingresos acumulables declarados o que se debieron declarar correspondientes al ejercicio 2013 sean iguales o superiores a 4 millones de pesos.

II. A partir del 1 de enero de 2016, los siguientes: a) Contribuyentes cuyos ingresos acumulables declarados o que se debieron declarar correspondientes al ejercicio 2013 sean inferiores a 4 millones de pesos. b) Contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Título II, Capítulo VIII de la Ley del ISR.

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c) Las personas morales a que se refiere el Título III de la Ley del ISR. d) Contribuyentes que se inscriban al RFC durante el ejercicio 2014 ó 2015. III. A partir del primer día del mes siguiente a aquel en que se inscribieron al RFC, aquellos contribuyentes que se inscriban a partir del 1 de enero de 2016. B) Respecto de las pólizas y auxiliares, y el cumplimiento de la disposición de entregar contabilidad en medios electrónicos a requerimiento de la autoridad: I.

A partir del 1 de enero de 2015, los siguientes: a) Instituciones que componen el sistema financiero. b) Personas morales cuyos ingresos acumulables declarados o que se debieron declarar correspondientes al ejercicio 2013 sean iguales o superiores a 4 millones de pesos.

II. A partir del 1 de enero de 2016, los siguientes: a) Personas morales cuyos ingresos acumulables declarados o que se debieron declarar correspondientes al ejercicio 2013 sean inferiores a 4 millones de pesos. b) Personas físicas. c) Contribuyentes dedicados a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Título II, Capítulo VIII de la Ley del ISR. d) Las personas morales a que se refiere el Título III de la Ley del ISR. e) Contribuyentes que se inscriban al RFC durante el ejercicio 2014 ó 2015. III. A partir del primer día del mes siguiente a aquel en que se inscribieron al RFC, aquellos contribuyentes que se inscriban a partir del 1 de enero de 2016. Adicionalmente, se modifican los plazos y la periodicidad para el envío de la información contable de:

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I. El catálogo de cuentas II. Los archivos relativos a las balanzas de comprobación para: a) Las personas morales, excepto aquellas a que se encuentren en el supuesto previsto en el inciso c) siguiente; b) Las personas físicas; c) Contribuyentes emisores de valores que coticen en las bolsas de valores concesionadas o en las bolsas de valores ubicadas en los mercados reconocidos. Estos contribuyentes presentaran información trimestralmente de acuerdo a las siguientes fechas: Meses Enero, Febrero y Marzo Abril, Mayo y Junio Julio, Agosto y Septiembre. Octubre, Noviembre y Diciembre.

Plazo 3 de mayo 3 de agosto 3 de noviembre 3 de marzo

d) Personas morales y físicas dedicadas a las actividades agrícolas, silvícolas, ganaderas o de pesca, que hayan optado por realizar pagos provisionales del ISR en forma semestral por virtud de lo que establece una Resolución de Facilidades Administrativas; e) Personas morales Asimismo, se establecen las reglas de envío de la información relacionadas con la validación por parte de la autoridad, donde ésta determine que los archivos contienen errores informáticos. Finalmente, se establece que los contribuyentes que modifiquen posteriormente la información de los archivos ya enviados para subsanar errores u omisiones, efectuarán la sustitución de éstos, a través del envío de los nuevos archivos, dentro de los 5 días hábiles posteriores a aquel en que tenga lugar la modificación de la información por parte del contribuyente. b) Operaciones relevantes Finalmente, derivado de la obligación de los contribuyentes de declarar las operaciones relevantes referidas en el artículo 31-A del Código Fiscal de la Federación, descritas en la forma oficial 76 “Información de operaciones PwC

relevantes”, el SAT amplió el plazo al 31 de enero de 2015 para cumplir con la citada obligación. No obstante, la forma oficial 76 “Información de operaciones relevantes”, ha presentado diversas dificultades en cuanto al alcance y objeto de las operaciones establecidas por la autoridad en dicha forma. La autoridad hacendaria se encuentra trabajando con el fin de aclarar los conceptos señalados en la forma, y los contribuyentes puedan cumplir con su obligación de una manera más certera. Entre los temas que se han abordado en las mesas de trabajo con la autoridad hacendaria, se encuentran: 1) El sector empresarial solicitó que las operaciones a reportar sean de 2015 en adelante. Esta posición fue apoyada por PRODECON. Posición que se encuentra bajo evaluación de la autoridad. Sin embargo, la autoridad insiste en que sean también las de 2014, con la posibilidad de que se reporten en febrero de 2015. 2) El sector empresarial solicitó que la información se presente de manera anual, pero la autoridad insiste en que sea mensualmente. Existe la posibilidad de que la información se presente al menos de manera trimestral, en los primeros días del segundo mes posterior al trimestre correspondiente. 3) Se pidió especificar la información, y evitar la duplicidad de aquella solicitada a través del formato de operaciones relevantes y la presentada en otros avisos. La autoridad dijo que esto le implicaría cambios tecnológicos importantes, pero quedó abierto el tema. 4) En particular para el sector financiero, se expuso que este sector tiene ya una carga de trabajo importante por la presentación de diversa información, por lo que para el caso específico del sector se evaluará un paquete especial, donde podrán incluirse:  La información a presentar sea a partir de 2015.  No se reporten operaciones que se realicen en mercados reconocidos.  Las derivadas sólo se informarán en lo relativo a partes relacionadas.

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Breves Fiscales Impuestos y Servicios Legales 9 de diciembre de 2014

Contactos Mauricio Hurtado Socio líder de Impuestos y Servicios Legales de PwC México [email protected] (55) 5263 6045 Pedro Carreón Socio líder de Análisis y Estrategia de Política Fiscal [email protected] (55) 5263 6068 Brenda García Gerente Senior de Análisis y Estrategia de Política Fiscal [email protected] (55) 5263 5759

www.pwc.com/mx/impuestos-servicioslegales El contenido de este documento es meramente informativo y de ninguna manera debe considerarse como una asesoría profesional, ni ser fuente para la toma de decisiones. En todo caso, deberán consultarse las disposiciones fiscales y legales, así como a un profesionista calificado.

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