Unidad 3. Informe sobre el examen

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Unidad 3

• Informe sobre el examen

INFORME SOBRE EL EXAMEN DE ESTADOS FINANCIEROS 1. OBJETIVO Identificar los elementos que integran el informe, comúnmente llamado dictamen, que resulta de un examen de estados financieros practicado por contador público independiente de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas. 2. DEFINICIÓN DE DICTAMEN1 El dictamen es el documento que suscribe el Contador Público conforme a las normas de su profesión, relativo a la naturaleza, alcance y resultado del examen realizado sobre los estados financieros de la entidad de que se trate. La importancia del dictamen en la práctica profesional es fundamental, ya que usualmente es lo único que el público conoce de su trabajo. 3. ELEMENTOS QUE LO INTEGRAN A) CARATULA La carátula o primera hoja del cuaderno del dictamen, hace una alusión genérica al trabajo realizado. Contiene la siguiente información: 1. Será elaborado en papel membretado de la firma de contadores públicos o del profesional que realizó el examen; ello a efecto de identificar al responsable por dicho dictamen. 2. En la parte central de la hoja hará la referencia expresa de que el cuaderno contiene un dictamen, el nombre de la empresa o entidad a la que se practicó el examen, y la fecha y periodo a que alude el dictamen. 3. Lugar y fecha de emisión del dictamen.

1

Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoría, Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Boletín 4010 Dictamen del Auditor, IMCP, México, 1996.

B) EL DICTAMEN Destinatario Generalmente el dictamen se dirige a los accionistas o a quien haya contratado los servicios del auditor. Presentación Hasta el año de 1973 el Instituto Mexicano de Contadores Públicos había venido recomendando a la profesión la utilización de dos tipos de presentación de texto del dictamen: uno con párrafos de alcance y opinión, y otro de un solo párrafo. Ambos textos la práctica dio en llamarlos Dictamen Tradicional. A partir de 1974 surgió la recomendación de un nuevo texto de dictamen, más corto y simplificado, al que se le asignó el nombre de Dictamen Nuevo. A partir de entonces se dejó a criterio del auditor el utilizar cualquiera de las tres presentaciones referidas. Durante el año de 1991 entra en vigor una nueva normatividad que deja sin efecto las disposiciones anteriormente señaladas y se presenta a la profesión un nuevo texto de dictamen aplicable a los dictámenes que sean emitidos sobre estados financieros referentes a ejercicios terminados al 31 de diciembre de 1991. Dicho texto, actualizado a la fecha (1996) y aplicable cuando el contador público no tuvo limitaciones durante el desarrollo de su trabajo, o salvedades a su opinión, constituyéndose en un dictamen limpio que es el más genérico, a continuación se transcribe: He examinado los estados de situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 19... y 19..., y los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera que les son relativos, por los años que terminaron en esas fechas. Dichos estados financieros son responsabilidad de la administración de la compañía. Mi responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los mismos con base en mi auditoría. Mis exámenes fueron realizados de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas, las cuales requieren que la auditoría sea planeada y realizada de tal manera que permita obtener una seguridad razonable de que los estados financieros no contienen errores importantes, y de que están preparados de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados. La auditoría consiste en el examen, con base en pruebas selectivas, de la evidencia que soporta las cifras y revelaciones de los estados financieros; asimismo, incluye la evaluación de los principios de contabilidad utilizados, de las estimaciones significativas efectuadas por la administración y de la presentación de los estados financieros tomados en su conjunto. Considero que mis exámenes proporcionan una base razonable para sustentar mi opinión. En mi opinión, los estados financieros antes mencionados presentan razonablemente, en todos los aspectos importantes, la situación financiera de Compañía X, S.A., al 31 de diciembre de 19... y 19... y los resultados de sus operaciones, las variaciones en el capital contable y los cambios en la situación financiera, por los años que terminaron en esas fechas, de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados.

El Boletín 4010 Dictamen del Auditor, de la Comisión de Normas y Procedimientos de Auditoría del I.M.C.P., además de la recomendación del texto apuntada, presenta otras recomendaciones de texto de dictamen cuando se le presentan al auditor circunstancias que provocan la emisión de dictámenes con salvedades, negativo, con abstención de opinión, u otros asuntos importantes que requieran ser mencionados en el dictamen. Se recomienda al lector acudir a la referencia bibliográfica en cita para ampliar el análisis y estudio de este tema. Firma Siempre deberá aparecer el nombre y firma del contador público para mantener la responsabilidad profesional individual de quien suscribe el dictamen; sin embargo, el dictamen puede redactarse utilizando la primera persona de plural (ejemplo: hemos examinado; en nuestra opinión; etc.) cuando sea una firma de contadores públicos quien lo suscriba. Fecha del Dictamen Como regla general, la fecha del dictamen debe ser la misma en la que el auditor concluya el trabajo de auditoría de estados financieros; es decir, cuando se retira de las oficinas de la entidad una vez obtenida la evidencia de la información que esté dictaminando. Existen casos de excepción a lo referido y es cuando existen eventos o transacciones que es necesario revelar en los estados financieros y que ocurren una posterioridad a la fecha de terminación de la auditoría; en cuyo caso se puede recurrir a las dos siguientes opciones: (1) Utilizar dos o más fechas; es decir, dejando la fecha original de terminación de la auditoría y mencionando en seguida la nueva fecha referida exclusivamente al evento subsecuente revelado en una nota a los estados financieros; (2) Cambiar la fecha del dictamen a la del evento subsecuente. C) ESTADOS FINANCIEROS Generalmente, el dictamen del auditor se referirá al balance general y a los estados de resultados, de variaciones en el capital contable y de cambios en la situación financiera. Sin embargo, en ciertos casos es posible que el auditor emita un dictamen solamente sobre el balance general y no sobre los otros estados financieros básicos. Asimismo, el auditor podrá emitir una opinión sin salvedades sobre uno de los estados financieros y una con salvedades o una opinión negativa o abstenerse de opinar sobre otros, si las circunstancias así lo requieren. D) NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS Por limitaciones prácticas de espacio, la mayor parte de las veces no se puede presentar en el cuerpo de los estados financieros toda la información necesaria para una revelación suficiente; por tal motivo, las entidades acostumbran ampliar su información mediante notas a los estados financieros.

Es conveniente tener presente que los estados financieros y las note relativas deben ser preparados por la entidad y son responsabilidad de ella; sin embargo, el auditor puede ofrecer sugerencias en la preparación de dichos estados y notas o participar en su redacción, sin que ello implique relevar a la empresa de la responsabilidad de su contenido y presentación. En términos generales, las notas a los estados financieros son explicaciones que amplían el origen y significado de los datos y cifras que se presentan en dichos estados, aluden a políticas o procedimientos contables, reglas particulares, cambios de un periodo a otro en las citadas políticas o procedimientos, o proporcionan información acerca de ciertos eventos económicos que han afectado o podrían afectar a la entidad. Debido a lo anterior, las notas explicativas a que se ha hecho referencia, forman parte de los estados financieros. El auditor deberá comprobar que las notas incluyen toda aquella información básica que por motivos prácticos no se puede presentar en el cuerpo de los estados financieros y que se considera indispensable para que exista una revelación suficiente. La inclusión de información básica e indispensable se refiere exclusivamente a cuestiones importantes, por lo que se debe evitar la incorporación de información intrascendente que pueda causar que pase inadvertido lo relevante. Como guía para el cumplimiento de esta obligación del auditor, a continuación se presenta la información que usualmente se incluye como notas a los estados financieros: 1. Descripción de la naturaleza u objeto de la entidad. 2. Principales políticas contables relativas a: a) Bases de consolidación y tratamiento de las inversiones permanentes en compañías asociadas y subsidiarias no consolidadas, incluyendo la lista de todas las empresas sujetas a consolidación; b) Tratamiento de las transacciones en moneda extranjera y valuación de los activos y pasivos en dichas monedas; c) Método de valuación de las inversiones temporales; d) Método para incrementar la estimación para cuentas incobrables; e) Método de valuación aplicado a inventarios y en su caso estimación para baja de valor por obsolescencia u otros motivos; f) Método para expresar el valor de registro de los inmuebles, maquinaria y equipo; g) Métodos, vidas útiles y tasas de depreciación, agotamiento y amortización de los inmuebles, maquinaria y equipo; h) Tratamiento contable del mantenimiento, reparaciones, renovaciones y mejoras;

i) Método para el registro de intereses devengados en el periodo en que los inmuebles, maquinaria y equipo se encuentran en proceso de construcción o instalación, hasta el momento en que entran en operación; j) Método para registrar los gastos preoperativos, de investigación y desarrollo u otros intangibles y su amortización; k) Revelación de las bases de cálculo de la reserva para garantía de productos vendidos; l) Planes de pensiones, acumulación de prima de antigüedad y otros beneficios al personal; m) Contabilización de las provisiones de Impuesto sobre la Renta y Participación de los Trabajadores en las Utilidades, la cual incluye, en su caso, la explicación de la política seguida con respecto a impuestos diferidos; n) Política para amortización de los intereses por cobrar y por pagar; o) Determinación de los ingresos por ventas en abonos y otros créditos diferidos. 3. Información relevante en relación con las cuentas por cobrar, inventarios, activo fijo y otros renglones que lo ameriten de los estados financieros. 4. Vencimientos, tasas de interés y garantías otorgadas del pasivo. 5. Contingencias y compromisos contraidos, dando particular importancia a los compromisos de mantener ciertas razones financieras y a no poder repartir utilidades libremente, según se acostumbre convenir en los contratos de préstamos a largo plazo. 6. Información sobre movimientos en el capital social y aplicación de utilidades retenidos. 7. Integración del capital social preferente y los dividendos que devenga, así como los dividendos acumulativos pendientes de pago. 8. Partidas que integran el capital social, tales como utilidades y superávit por revaluación capitalizados. 9. Determinación de la utilidad obtenida por acción en el periodo. 10. Comentarios sobre utilidades o pérdidas extraordinarias. 11. Hechos posteriores que afecten sustancialmente la situación financiera y/ o resultado de las operaciones de la entidad. 12. Transacciones entre compañías subsidiarias, asociadas y afiliadas. 13. Efecto significativo en la situación financiera o resultados de operación derivados de falta de comparabilidad de los estados financieros o inconsis tencia en la aplicación de principios de contabilidad.

Las notas no substituyen la información que el auditor debe presentar en su dictamen; sin embargo, puede hacer referencia a ellas para simplificar el contenido de su opinión. Cuando exista un dictamen con salvedad, una abstención de opinión o una opinión negativa que se derive de un hecho explicado en una nota, deberá mencionarse en el dictamen la esencia de la nota, haciendo referencia a ella para que el lector pueda enterarse de información más detallada. Cuando las notas son insuficientes, el auditor deberá incluir la información que estime indispensable en su dictamen; consignando la salvedad correspondiente. Cuando las notas contengan datos o comentarios no auditados, el auditor deberá indicar con precisión ese hecho en el dictamen. En el caso de estados financieros que se publiquen, el auditor deberá cerciorarse que se incluyan todas las notas explicativas a los estados financieros y en caso de omisión deberá tomar todas las medidas que estén a su alcance para lograr su publicación completa. Presentación de las Notas Las notas a los estados financieros se presentan en hojas por separado al balance general por ser éste el estado financiero más genérico y en virtud de que cualquier situación que se trate en las notas afecta a dicho estado. Las notas deben estar referenciadas a un número con el capítulo o renglón al que se contraiga. Asimismo, es necesario señalar al pie del balance que su contenido está sujeto a la información que se deriva de las notas de la 1 a la n adjuntas. Características de las Notas a los Estados Financieros En función a la naturaleza y finalidad para lo que se formulan, pueden concentrarse en cuatro las características de las notas a los estados financieros. CLARIDAD. Las notas deben ser formuladas y redactadas en un lenguaje sencillo que permita que cualquiera de los lectores de los estados financieros puedan entender fácilmente la información que se pretende decir en los mismos; es decir, deberá evitarse en lo posible el uso de términos sofisticados o tecnicismos de orden contable que puedan ser de difícil comprensión para algunas personas no familiarizadas con ellos. INTEGRIDAD. Los asuntos a explicar en las notas deben tratarse de la manera más completa posible con objeto de que se muestren todos los asuntos de que se trate. El ejemplo clásico del cambio de método de valuación de inventarios es objetivo por cuanto hay que señalar la modificación en la aplicación de principios de contabilidad, la cuantificación de la diferencia y el reflejo o consecuencia de dicha falta de consistencia en los renglones de inventarios y resultados.

PRECISIÓN. Las notas deben ser mostradas en los términos adecuados. Se deben utilizar palabras que transmitan la idea que se quiere sea transmitida; debe evitarse, hasta donde sea posible, que el lector se forme juicios equivocados por una palabra mal empleada. Muchas veces se ha visto confusión en los conceptos ya que para un sinnúmero de personas son sinónimos ingresos y productos, gastos y egresos, reserva y provisión, etcétera. BREVEDAD. Si bien es necesario que las notas contengan toda la información que se pretende transmitir, se debe procurar ser lo más breve posible en su redacción para los fines siguientes: invitar a la lectura y facilitar el entendimiento de la misma.

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