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UNIVERSIDAD DISTRITAl FRANCISCOJOSEDE CAlDAS CONSEJOSUPERIORUNIVERSITARIO RESOlUCON NoO04de 2003 (Marzo 4 de 2003)
Por el cual se establecen las escalassalariales de las distintas CBtegDlfasde empleos de la UnivelSidadDistrital FranciscoJosé de Caldasy se dictan otras disposiciones. 8 Consep SuperiorUniversitaoode la UniverskjadDistritalFranciscoJoséde Cak1asen usode susabibuconeslegalesy estatutarias,y CONSIDERANDO
Que medianteAcuerdoNoOO3/03 det4 de marzo/O3 el Consep SuperiorUniversitario adoptóel régimensalárialde los empleadosPúblicosAdministrativosde la Universidad. Que respetandotos límites máximossalarialesestablecidos~r el GobiernoNack)nalen desarrollodel artículo 12 de la ley 4a de 1992, se hace necesarioestablecerlas escalas para los conceptossalarialesconsignadosen la precitadaprovidenciaadministrativaasí comodetenT1inar los términosy condick>nes parasu reconocimientD y pago. Queen méritode k>expuesto, RESUELVE
ARnCULO 10. Asignación Básica. La AsignaciónBásicamensualfijada por el Con~jo
SuperiorUniversitariocon baseen el DecretoNadonalNo 689 de abril 10 de 2002 es la
siguiente:
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NIvel ~~-
2.441.554 2.441.554
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UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESOlUaON No 004/2003 (Marzo 4 de 2003)
Por el cual se establecen las escalassalariales de /as distintas categoliBs de empleos de la UniversidadOistrital Francism José de Caldasy .sedictan otras disposiciones. Página2
AR11CULO2°. Gastos de Representación: LosporcentajessOOre la asignaciónbásica mensualreconocidosa los empleadospertenecientesal Nivel Directivocomo gastosde representadón,continuaránvigentesasí: GRADO
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SALARIAL
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ARnCULO ]O. Prima Técnica. la prima técnica se ~erá para los empleos per'tenedentesal NiveJDirectivo,~r, Ejecutivoy Profesionaly se liquidarásobre la asignaciónbásicamensual, en los siguientesJX)rcentajes: --
GRADO SALARIAL
NIVEL DIRECTIVO
NIVEL ASESOR
I Ha$ta ~ SQ%
NIVEL EJECUTIVO
I Ha~ el 5Q%
NIVEL PRO~SJ~~L
J~~~ Hasta
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el 40%
-. ~el400/0 , Hasta ef 400/0 f Hasta ef 4()0/0
J~J~-~ I Hasta --
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I Hastael 40% PARÁGRAFO. Para liquidar la prima técnK:ase multiplica la asignaciónbásica lXJret porcentaje correspondiente, según el siguiente cuadro:
UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCSCO JOSEDE CALDAS CONSEJOSUPERIORUNIVERSITARIO RESOLUCIÓN No 04/2003 (Marzo 4 de 2003) Por el cual se establecen las escalas salariales de las distintas C8tegD1fas de en"P/eDS de la Universidad Distrital FrallcisaJ José de Caldas , se dictan otras disposiciones. Página3
ARncuLO 4°. Auxilio de Transporte. Elauxiliode tranSfX>rte sere:onoceráa favorde k>sempleados cuya remuneración mensual sea hasta dos V8:es et salario mínimo legal vigente. Para el año 2002 la aJanUa del auxilk>de transporte ~btecido !X)r et Gobierno Nack>nalascM!ndea la suma de b'einta Y cuatro mil pesos ($34.000.00) moneda corriente mensuales o proporcional al tiempo servido. No se tendrá derecho a este auxilio, cuando el funck)nario disfrute de vacaciones, se encuenb'e en uso de licerxja, su~ndkjo en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre el servk:k>.
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Por el cual se establecen las escalassalariales de las distintas categorlas de empleos de la UniversidadDis;1I,~1FranciscoJosé de Caldasy.se dictan otras disposiciones. Página4
ARTICULO5°. SUbsidiode aRmentación.El subsidiode alimentacióna que tienen derecholos empleadospúblicosde la UniverskjadDistritBlque devenguenuna asignación básk:amensualno superiora setecientossesentaY siete mil ciento sesentay anca pesos ($767.165.00) moneda corriente, será de veintiséis mH novedentos veinte pesos ($26.920.00)monedacorrientemensualeso proporcional al tiem~ servido.Nosetendrá derechoa este auxilk>,cuandoel funck>nariodisfrutede vacaciones,se enalentre en uso de Ik:enda,suspendidoen el ejen::k:k> de sus funcioneso cuandola Entidadsuministreel servicio. ARnCULO 6°. V-'ticos. La escala de viáticos para los EmpleadosPúbflCOs de la Universcad~strital será la contenidaen los siguientescuadros y su incremento se hará de acuerdoa lo que determineel GobiernoNack>nal cadaaro. COMISIONES DE SERVICIOS EN EL INTERIOR DEL PAlS
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Por el cual se establecen las escalassalariales de las distintas categorías de empleos de la UnivelSidad~uital Francisco.1DSé de Caldasy se dictan otras disposiciones. Página5
COMISIONES DE SERVICIOS EN EL EXTERIOR VIAncos DIARIOS EN DOLARES ESTADOUNIDENSES PARA COMISIONES EN: --ESTADOS CENTRO EUROPA, UNIDOS, ASIA., AMERICA, OCEANtA Y EL CARIBE CANADA, Y MEJICO, ARGENTINA
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I Hasta
! 345.493 599.280 ¡
818.111 1.053.743 1.302.385 1.984.760
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Para determinar el valor de los viáticos únicamente se tendrá en aJenta la asignación básiCamensual, de conformidad con k>estableciOOen el articulo 6°.del De:reto No. 45 de enero 10 de 1999.
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Por el cual se establecen /6s scslas sal.riales de las distintas categDlias de BII'Ip/eosde la UniversidadDistrital FranciscoJosé de Caldasy se dictan otras disposiciones-.
Página6 A los miembrosdel ConsejoSuperiorUniversitario,se les lK1uidará viáticoshasta JX)rel máximo valor fijado en las escalas referidas. Los viáticos estarán destinados a propordonar1e al empleadomanutencióny alojamiento.
No habrá lugar al pagode viáticoso su pagose autorizaráen forma proJX)rcional, cuando en el caso de otorgamientode a>misionesde servick>para atender invitacionesde gobiernosexuanjeros,de organismosintemadonaleso de entidadespriVadaslos gastos para manutenáón y alojamientoo para cualquierade ellos fueren sufragadospor el respectivogobierno,organismoo entkJad.En ningún caso podrán pagarse viáOCOS aJandoel comisionadorecibaviáücosde otra entidado institudón.
En las comisiones, la UniverskjadJXxiráconcederpreviasolicitudy autorización,además de los viáticos, los gasms de b'ansporre o hará el reconocimientoy pago de los correspondientes peajesy aros costosde b'ansporte. En k>scasosen que ef docenteo empleadono utilice vehículosde la Universidad,pero haya soo autorizado mediante acto administrativo a viajar en vehículo propk>,la Universidad le re:onocerá los gastos de peaje, combustible y lubricantes, previa presentadón de los COf'reSIX>ooientes comprobantesde pago. En este casoel docenteo empleadoviajará bajo su res~sabilidad y la Universidadno asumirágastosdiferentesa los anteriormente menck>nados,sin prejuiciOde k>sdere:hosasociadosa su condk:iónde profesoruniversitarioo empleadode la Universidad. Las cuentas rx>r concepto de b"ansporte deberán contener la ídentifK:ación del acto administrativo Queautoriza el pago, el tlQuete expedido rx>rla empresa que haya prestado el servk;io, o en su defecto, el documento soporte que compruebe satisfactDriamente la utilización del gasto.
Cuando el b'ansporte se efectúe rXJr empresas organizadas,cuyas tarifas tengan aprobadón dicial, las cuentas de que trata el presente párrafo no requerirán comprobante.En casosespecialesen que el b'ansportese realiceen automóvil,lanchao cabalgadura, deberáacompañarse el comprobantefirmado, a)n el númerode cédula o NIT por la personaque suministrael servicio.Si esto no fuere posibledeberápresentarse una relack>nfirmadapor su inmediatosuperk>r. Los viáticosde comisk>nes conferidasantes de la vgencia de la p-esenteresoluCiónno estaránsujetosa k>establecidoen ella. Parala realizadónde prácticasacadémk:as,sólo .. se podrár8:onocerrKJrconceptode viátk:oshasta$65.000rKJrdía pernoctado.
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UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANaSCO JOSEDE CALDAS CONSEJOSUPERIORUNIVERSITARIO RESOLUCIÓN No 004/2003 (Marzo 4 de 2003)
Por el cual se establecen las 5C8/as salariales de las distintas' C8tegOiias de enJP/eo$ de la Universidad Distrital Francisa1 José de Caldas y .se dictan otras disposickJnes. Página7
La Universidadpodráooncejer avancesen dineroal comisKJnado paraefectosde cumplir la laborconferidaen la comisión,los cualesdeberánser IegaHzados dentrode loscinco(5) díassiguientesdel regresoa su sede habitualde b"abajo,para lo cual deberápresentar constanciasde pennanendafinnadaspor el funck>narioOdirectivode la enWad visitada, o JX)rla primeraautorijad JX)líticao militardel lugaren dondese cumplkSla comisión. El comisionadodeberá rendir informede la comisiónal superOrrespectivodentro de los doco (5) días siguientesa la terminaciónde la misma.En casode que no se rinda dcho infonne no se aprobará la IegalizaCÜ1o reconocimientorespectivo.No se autorizarán viátiCOS a personasque tengan pendientela legalizadónde avancesanterk>res,a menos que se trate de una prórrogade la comiSiÓn que se esta cumplienOO. B comisionadoen el momento de recibir el pago del avance oonockJoautorizarápor escritoal pagadorrespectivopara que de su salarioo de susprestacionesse descuenteel valor del avanceno legalizado. Si ocurriere la cancelaCióno suspensión de una comisión,o si fuerecumplidaen un ténnino menoral previsto,el comisionadose obliga a reintejrar en fonna inmediataa la Tesorería,el valor de k>sviáticosY de k>sgastosde viaje recibcos y no causados. Losvaloresy los rangoscorresportdente5a la escalade vláocos,tanto para comisiones
comoparala realizaCión de práctk:aS académk:as contenkjos en la ~te
resoludón,se
Reajustaránanualmenteen un porcentajeigual al incrementodel Índice de Pre::iosal Consumidor(I.P.C) Naci>nalque regisb"eel DANEa 31 de didembrede cadaaño. En todos los casoslos viáticOsse reconoceránúnicamenteaJandohaya sido expedidala disponibilKiadpresupuestalrespectivacon anücipacióna la fecha de realizaciónde la comisióno de la practK:aacadémica. ARnCULO 7°. Horas Extras, dominicales y festivos. 8 pago de mas extras, dominica~sy festivoso el reconocimientodel descansocompensatDrio se sujetaráa los siguientesrequisitos: a). Paraquienesdesempeñe1cargosde secretari>asignadosal Despachodel Rector, Despachodel VicerTectDry SecretariaGeneral, siempre que latx>renen jornadas superioresa 44 horassemanales.Sok>se podránreconocerhorasextrasmáximoa dos (2) secretariosde los referidosen forma precedente.
UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCOJOSEDE CALDAS CONSEJOSUPERIORUNIVERSITARIO RESOLUCIÓN NQJ4/2003 (Marzo 4 de 2003) Por el cual se establecen las 8C8/aS salariales de las distintas categOlfas de empleos de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas y se dictan otras disposiciones.
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b). Paraquienesdesempeñencargosde conductorasignadosal Despachodel Rector, VK:errector, secretaríaGeneral,Idexud, DecanabJras de Facultad y Servidos Generales,siemprequelaoorenenjornadassuperiores a 44 horassemanales. c). Para Ingenierosy operadoresde la O'icina Asesorade Sistemassiempreque laborenen jornadassuperioresa 44 horassemanales. d) Paraoperark>sde la Secciónde Publk:adonessiempreque 1atX)ren en jornadas superk>res a 44 horassemanales. e) 8 trabajo suplementario deberá ser autorizado previamente¡x>r el Director Administrativomediantecomunicación escrita en la que se especifk:¡uenlas actividadesque hayande desan'Ollarse. f) 8 re:onocimientDdel tiempo de trabajo suplementariose hará por resoJudón motivada. g) En ningúncasopodrápagarsemensualmentepor horas exb'a, domincales Y festivosmásdel 50% de la asignaciónbásicade cadafuncionark>.8 excedentese re:onoceráa razónde un día de descansocompensatoriorxx cadaocho (8) horas laboradaso pfOIX)rcionatmente por fracción. ARnCULO SO. Prima Secretarial: la prima secretarial se reconocerá para k>sempleos pertenecientes al nivel administrativo, cuya denominación es Secfetark>y se liquidará sobre la asignación básica mensual, en los siguientes fXJI~jes: Más de un (1) año y hasta b"e5 (3) años de servicio continuo a la entidad el 3% de la asignaCiÓn básica mensual; Más de tres (3) Y hasta ocho (8) años de servick> continuo a la entidad el 5% de la asignack>n básk:a mensual; más de ocho (8) años y hasta quince (15) años de servido continuo a la entidad el 7% de la asignación básk:a mensual; Más de quince (15) añosel 9% de la asignaciónbásicamensual.
ARTICULO 90. Prima Semestral. la Universidadreconocerá37 díasde salark>como
primasemestral.Paraliquidarla primasemestralse tendránen cuentalos siguientes factoressalariales:
a.
b. c. d. e. f.
Asignaciónbásicamensual Gastosde representación Primatécnica SUbsidiode alimentación Auxitiode transporte BonificaciónIX)rservick>s prestados
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Paraliquidarla prima semesb-al,se tendrá en cuenta la cuantíade DSfactoresseñalados en los literalesprecedentesa 30 de junio de cadaaRo. PARÁGRAFO. Cuandoa 30 de junk>de cada año, el empleadono hayatrabajadoel año competo tendrá derechoal reconocimientoy pago en forma protX)rdonalde la prima semestralsiempreque hubierep~ sus servk::k>sa la entk1ad JX)r un término mínimo de seis (6) mesesy rxO(X)rcionalmente siempreque hubieren 1a00rad0tres (3) meses completosen el respectivosemestre.
Tambiénse tendrá derecooal reconocimientoy pago proJX)rcional de esta prima cuando el empleadose retire del servicioy haya prestadosus selVicbsfXJfun términomínimode 6 mesesteniendo en cuenta los factoresseftaladosen forma precedentecausadosa la fechade retiro. No obstante k) dispuesto en ef ~nte parágrafo, aJa~ un funcionark>pase def serviciO de una entklad a otra, el tiempo laborado en la primera se computará para efectos de la liquidación de esta prima, siempre que 00 haya solución de continuidad en el serv1cK>. Se entenderá que huoo solución de continuidad cuando medie más de 15 días hábiles entre el retiro de una entidad y el ingreso a cXra. ARncuLO 100. Bonificación por Servidos prestados: la tx>nificaciónrx;Jrservicios prestados a que tienen derecho los empleados públk:OSde la Unive~d, continuará reconociéndose como hasta ahora y será equivalente al cincuenta fX)r ciento (50%) del vakx" conjuntD de la asignación básica mensual y los gastos de representación, que correspondan al funcionario en la fedIa en que se cause el derecho a percibir1a,siempre que no devengue una remuneración mensual por concepto de as~naCión básica y gastos de representación superior a setecientos sesenta Y ocho mil novecientos od1enta y seis pesos ($768.986.00) moneda corriente para el aoo 2002.
Parak>sdemás empleadosla tXJnifcaciónpor servk:ios prestadosserá equivalenteal treinta y cinco (35%) del vak>rconjunto de k>sdos factoresde salario señaladosen el indso anterior. ARTICULO 11°. Prin8 por AntigOedad.La primaJX>f antigüe:iadse recDnocerá y cancelará de acueroo con siguientes porcentajes: Más de cuabo (4) y hasta nueve (9) años consecutiVOSde servici> en la ent:kiadel 3% de la asignación básk:a mensual; Más de nueve (9) y hasta catorce (14) años de servk:b consecutiVOen la entidad 5% de la asignación básk:a mensual; Más de catorce (14) años de servk:iOConswJtiVOen la entidad el 7% de la asignación básiCamensual.
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UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCSCO JOSE DE C~L~.s CONSEJO SUPERIOR UNIVERSITARIO RESOLUCÓN No04/2003 (Marzo 4 de 2003) PDr el Cll6¡ se e6t81J/«:&, las ~las salaríade las d~~ caiegc:.-
en1pieDsde la Uni~skIad
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FrBnclsaJ JMé de Caldas'Y .
d~iJI,..
de
dk;t"all otras Págita10
ARTICULO120. la presenteResofuciá1rige a partirde la fed1ade su pu~KSn, surte efectosfiscalesa partir del 1 de septiembrede 2002. PUBUQUESE,COMUNIQUESEy aJMPLASE.
Dadoen~,
D.C. a k)scuatro (4) dÍas del mes de marzo de ,m mil tres ( 2003).
Se anexa Certificación ~~:c.~
R8Ws6: H. ~
firmada por el Secretario del Consejo Superior Universitario.