Universidad Interamericana de P.R. recinto de Bayamón

Universidad Interamericana de P.R. recinto de Bayamón Leyes que regulan el uso y la contaminación de los recursos naturales del Agua Yomaris Rodrígu

2 downloads 53 Views 146KB Size

Story Transcript

Universidad Interamericana de P.R. recinto de Bayamón

Leyes que regulan el uso y la contaminación de los recursos naturales del Agua

Yomaris Rodríguez Alexandra López

El agua es el preciado líquido que ha sido objeto de reglamentación extensa para conservar sus abastos y para proteger su calidad. En Puerto Rico existen varias leyes federales y locales administradas por diferentes agencias de gobierno relacionadas de forma directa o indirecta con el recurso agua. Las dos jurisdicciones (federal y local) y las diferentes agencias promueven el desconocimiento y la confusión de las disposiciones legales aplicables o relacionadas con este recurso. Las fuentes de contaminación del agua son varias: -

disposición inadecuada de los desperdicios humanos, doméstico e industriales

-

descargas de aguas negras sin tratar

-

inadecuados pozos

-

derrames de petróleo, aceites y sustancias peligrosas

-

entre otras mas

No existe una sola ley o una sola agencia concentrada en todo lo que tiene que atenderse para proteger la cantidad y la calidad del recurso. La principal agencia federal que administra las leyes ambientales es Environmental Protection Agency (EPA) Exposición de motivos: Declarar una política nacional que alentara a una armonía productiva y agradable entre el hombre y su medio ambiente para promover los esfuerzos que impidan o eliminar los daños al medio ambiente y biosfera. Agencias que la regulan: Congreso de la política ambiental Nacional Funciones: (a) Autoriza y ordena en la mayor medida políticas reglamentos y leyes públicas de E.U. deberá

interpretarse y administrarse bajo esta ley. (b) Dar un informe de calidad Ambiental anual al presidente. (c) el funcionario antes de cualquier declaración deberá consultar y obtener comentarios de cualquier agencia federal. En Puerto Rico existen varios organismos gubernamentales locales que tienen algún tipo de relación o inherencia con el agua. La Junta de Calidad Ambiental (JCA), el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales y el Departamento de Salud son los organismos con la principal responsabilidad. Las agencias locales trabajan en coordinación con la EPA y administran algunos programas bajos leyes federales. Clean Water Act (CWA): (a) Esta ley la administra la EPA la cual se encarga de mantener química, física y biológicamente las aguas del país, requiriendo que se de atención debida al mejoramiento de la calidad del agua para así proteger la vida acuática, los peces y la vida silvestre. Funciones: Establece límites de fuentes en una industria de ancho y base en forma de calidad que garantice la protección de las aguas receptoras. Permite realizar muchos de los aspectos permisos, administración y ejecución del programa EPDES.

National Pollutant Discharge Elimination Program (EPDES): Este va dirigido a reglamentar las descargas que van directamente a aguas navegable, también trabajan mediantes permisos para industrias y municipios para las descargas de las escorrentías.

La ley prohíbe las descargas de aceites y sustancias peligrosas que pueden ser dañinas a las aguas arrojarlas por alcantarillas o tubos. La EPA también se encarga de alguna emergencia de algún derrame cuentan por un protocolo de limpieza y control de la misma. La ley requiere que los estados adopten las normas para la calidad del agua en su jurisdicción. Existe una Ley federal llamado Oil Polution act que su propósito es Procura evitar la contaminación de las aguas a causa de derrames de aceites acarreado por tranqueros o a causa de cualquier otra fuente. Agencia que lo regula: Opa. Función: Estableció límites de responsabilidad y mayor para los vertidos de petróleo. Provee un plan de acción para la limpieza como sanciones por su violación.

La Junta de Calidad Ambiental tiene el poder delegado de la EPA para imponer multas por las violaciones que ocurran. La Junta de Calidad Ambiental administra y está encargada de la ley sobre el control de contaminación de las aguas, sin embargo el grueso del control sobre contaminación de las aguas está bajo la jurisdicción la EPA. La Junta de Calidad Ambiental se ocupa de evitar la contaminación de las aguas mediante reglas y normas de la calidad de agua, ya que todos estos programas se llevan a cabo en coordinación con la EPA. La ley sobre Política Publica Ambiental Exposición de motivos: " sirvió para declarar como su política pública ambiental utilización de "todos los medios y medidas prácticas con el propósito de alentar y promover el bienestar general, para crear y mantener las condiciones bajo las cuales los seres humanos y la naturaleza puedan existir en armonía productiva y cumplir con

las necesidades sociales y económicas y cualesquiera otras que puedan surgir con las presentes y futuras generaciones de puertorriqueños." Artículos que regulan el Agua: Artículo 14: La Junta queda autorizada para administrar el Fondo Rotatorio para el Control de la Contaminación del Agua de Puerto Rico que se creó en virtud del Artículo 16 de la Ley Núm. 44 de 21 de junio de 1988, según enmendada, según requerido por el Título VI de la Ley Federal de Agua Limpia. Artículo 15: Se autoriza a la Junta de Calidad Ambiental a participar y asistir al Departamento de Salud en la administración del Fondo Rotatorio Estatal de Agua Potable de Puerto Rico creado en virtud de la Ley Núm. 44 de 21 de junio de 1988 y según lo requiere el Título de la Ley Federal de Agua Potable. Tiene El reglamento para la certificación de planos y documentos que la Junta de Calidad Ambiental establece unos requisitos para construcción para así evitar y controlar la contaminación de las aguas subterráneas. Todo a estos aplica a proyectos en construcción que solicite permisos para tanques subterráneos sistemas sépticos y el control de erosión y sedimentación. El departamento de agricultura federal existe Natural Resources Conservation Service esto ofrece a los agricultores el manejo y prácticas para evitar la erosión

y la

sedimentación de los suelos y evitar contaminar los cuerpos de aguas. En Puerto Rico el departamento de agricultura administra la ley de plaguicidas y dispositivos para evitar y controlar la contaminación a las aguas. Por otro lado la autoridad de acueductos y alcantarillados este se encarga el servicio de agua adecuado

conforme a los requisitos del Safe Drinking Water Act. Propósito

Asegurar la protección de la salud humana y la prevención de los peligros del aguas potable de la salud mediante el control y reglamentación de sistemas de agua potable y

las pruebas de agua potable. Definiciones de: Agua potable: aguas destinadas al consumo humano. Agua No potable: aguas no aptas para el consumo humano ya que no están reguladas y tienen contaminantes que pueden hacer daños. Agencias que la regulan: Ministro del medio ambiente o ministro de cualquier otra administración de esta ley asignados bajo el acto de consejo ejecutivo. Funciones: Investigar problemas y recomendar normas a la potabilidad, la obtención, tratamiento, seguimiento, análisis y distribución de agua potable y el transporte. (b) desarrollar, implementar y facilitar los cursos capacitación y programas relacionados con la potabilidad, la obtención, tratamiento, análisis y distribución de agua potable.y la ley para proteger la pureza de las aguas potables. La ley para conservación, el desarrollo y uso de los recursos de agua de Puerto Rico, Su Propósito mantener el grado de pureza de las aguas de P.R que requieran el bienestar, la seguridad y el desarrollo del país, asegurar el abasto de agua que precisen las generaciones puertorriqueñas presentes y futuras. Agencias que regulan o personas encargada: El secretario de salud, Comité de Recursos de Agua, Junta de calidad Ambiental, Junta de Planificación; Funciones de las Agencias: El Comité de recursos de Agua: El Secretario nombrará un Comité de Recursos de Agua para asesorarle en la preparación del plan integral de uso, conservación y desarrollo de los recursos de agua y para auxiliarlo en cualquier otra función que la ley encomiende. El secretario y

algunas de sus funciones: Promulgar los criterios de uso óptimo

beneficioso y razonable de las aguas y establecer las prioridades de consumo que se observaran en la administración del sistema de permisos y franquicias. Preparar, adoptar y mantener un plan integral de conservación y protección de los acuíferos y aguas superficiales en P.R. en coordinación con la Junta de planificación y La Junta de

Calidad Ambiental. Función de la junta de calidad ambiental y la junta de planificación: En la preparación e implementación del plan integral de uso, conservación y desarrollo de los recursos de agua, el Secretario observará estrictamente las normas y determinaciones que al efecto de la calidad y potabilidad de las aguas adopten la Junta de Calidad Ambiental y el Departamento de Salud, respectivamente. Es política pública del ELA mantener el grado de pureza de las aguas de Puerto Rico que requiera el bienestar, la seguridad y el desarrollo del país. El gobierno del ELA administrara y protegerá ese patrimonio a nombre y en beneficio de la población puertorriqueña, así mismo es política del ELA lograr la distribución más equitativa y justa de sus aguas. Mediante la ley y el reglamento se controla el uso, aprovechamiento y el desarrollo de las aguas y los cuerpos de agua, se prohíbe construir, establecer u operar un sistema de toma de agua, ni usar o aprovechar las aguas y los cuerpos de aguas de PR sin el correspondiente permiso por el DRNA. La ley para protección del recursos agua y cuencas hidrográficas es la estrategia del plan es desarrollar acuerdos cooperativos entre el gobierno federal, gobierno local, las comunidades, los negocios y los ciudadanos para trabajar y mejorar los programas existentes de calidad de agua. Como también parte del tema del agua se encuentra involucrado y de suma importancia los Humedales, los cuales estos ayudan a recargar las aguas subterráneas y a filtrar el agua de sedimentos y contaminantes y también sirve como hábitat para muchos especies de animales, plantas y etc. La mayoría de las leyes con referencia a humedales o a uno de sus componentes promueven a la conservación de este tipo de terreno por su valor ecológico, y solamente la sección 404 del Clean Water Act

establece un programa para regular la descarga de material de dragado o de relleno en aguas de los Estados Unidos, incluyendo los humedales. Las actividades en aguas de los Estados Unidos reguladas en este y le confiere poder al gobierno para multar por violar el estado de derecho aplicable a los humedales. El gobierno federal y el gobierno del estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico han promulgado leyes en protección de toda la ecología y beneficios de un humedal. Mediante ellas se protegen las aguas superficiales y subterráneas, la fauna y la flora. Algunas reglamentan específicamente un humedal, mientras otras reglamentan o protegen algún componente interrelacionado con el ecosistema de un humedal. Las agencias federales intervienen directamente con los humedales son la EPA, el cuerpo de ingenieros del ejército de los Estados Unidos, el Fish & Wildlife Service y el departamento de agricultura. En las leyes locales es política pública del Estado Libre Asociado de PR proteger a los humedales, entre ellos los pantanos y las ciénagas

para su preservación,

conservación, restauración y manejo. La agencia encargada de declarar el Caño o Ciénaga Tiburones como reserva natural es la Junta de Planificación de la ley para designar humedales Ley Num. 314 de 24 de diciembre de 1998. En cuanto a la protección de los humedales en Puerto Rico, solo se administran y protegen por el Departamento de Recursos Naturales aquellos humedales que hayan sido declarados reservas naturales. Existen Leyes locales que reglamentan

o protegen algún

componente del ecosistema de un humedal, en colaboración de las agencias tales

como: La Junta de Calidad Ambiental, La Junta de Planificación y el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales. El agua es una fuente natural libre pero acompañada de riesgos gracias a los animales humanos que la contaminamos sin medir los riesgos. Para esto existen leyes y reglamentos federales y estatales que ayudan a que las aguas estén más limpias y que su uso no sea un riesgo tanto para los animales como para las personas. Gracias a estas leyes también podemos preservar y conservar más los humedales que son vitales para alguna especie y crear conciencia de lo que estamos haciendo mal. Es bueno que los gobiernos se preocupen e impongan leyes para controlar el mal uso de las aguas y de los humedales.

Referencias: Feliciano- López, D. (1999). Cap.6 El recurso Agua.Cap.7. Los humedales. El ambiente y las leyes en Puerto Rico lo que todos queremos saber (pp.59-93). Rincón, Puerto Rico. U.S. Environmental Protection Agency. (1969). http://.www.google.com P.R. Lexjuri. (n.a.). Leyes Ambientales del uso de Agua en P.R. y leyes federales

http://.www.google.com

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.