Valor estratégico de la gestión de la Propiedad Intelectual en Instituciones de Enseñanza Superior en México

Valor estratégico de la gestión de la Propiedad Intelectual en Instituciones de Enseñanza Superior en México. Ponente/Autora: Yordanka Masó Dominico1

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Valor estratégico de la gestión de la Propiedad Intelectual en Instituciones de Enseñanza Superior en México. Ponente/Autora: Yordanka Masó Dominico1 Área Temática: d.2.8. Seminario “Gestión del talento universitario. La universidad emprende”. Resumen: La jerarquía de la Educación Superior en el mundo que se transforma, está apoyada en tres criterios que la determinan: pertinencia, calidad e internacionalización. En tal sentido, la Universidad como institución social, tiene un compromiso con la sociedad global y la economía del conocimiento que marcan y definen nuestros tiempos, al satisfacer de manera holística, en los procesos y productos, las expectativas de la sociedad en cuanto a: la formación de recursos humanos, el desarrollo económico y social de carácter local y nacional, el avance del conocimiento científico y tecnológico, en fin, al aumento del compromiso práctico y ético con la sociedad. Una de las herramientas más eficaces para que las universidades logren este cometido, es generar las capacidades necesarias para identificar, proteger, administrar y transferir eficientemente los derechos intelectuales que emanan de sus resultados de investigación, desarrollo e innovación, lo que se conoce como gestión de la propiedad intelectual. Palabras caves: Universidad; gestión de la propiedad intelectual; propiedad intelectual

Abstract: The hierarchy of higher education in the changing world, is supported on three criteria that determine relevance, quality and internationalization. As such, the University as a social institution, is committed to the global society and knowledge economy that mark and define our times, to meet holistically, processes and products, expectations of society in terms of: the training of human resources, economic and social development of local and national character, the advancement of scientific and technological knowledge, finally, increased practical and ethical commitment to society. One of the most effective for universities to achieve this goal, is to generate the necessary tools to identify, protect, manage and efficiently transfer the intellectual property rights arising from the results of research, development and innovation capacities, which is known as management intellectual property. Keyword: university, management of intellectual property, intellectual property

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Doctorante en Gestión Educativa. Maestría en Educación. Máster en Gerencia de la Ciencia y la Innovación Tecnológica. Máster en Técnicas de Comercio. Licenciada en Derecho. Coordinadora de Maestrías y Docente del Instituto Tecnológico de la Construcción, Sede Zacatecas. Docente de la Universidad Interamericana para el Desarrollo (UNID, Sede Zacatecas). Líneas de investigación: Derechos de Propiedad Intelectual, Gestión de la Propiedad Intelectual en Instituciones de Enseñanza Superior, plagio, infracciones de Propiedad Intelectual, estrategias de enseñanza-aprendizaje. Publicaciones recientes: Libro de Actas del VI Congreso Internacional sobre Calidad y Accesibilidad de la Formación Virtual (CAFVIR 2015): Aprendizaje significativo de la Propiedad Intelectual a través de Plataforma en Moodle. Revista Multiversidad Management: Atención consciente en la educación contemporánea (febrero-marzo 2015); Nuevas realidades, nuevos retos: derechos de autor versus recursos educativos abiertos (octubre-noviembre 2014); Propiedad Intelectual ¿para qué sirve?”, (abril-mayo 2014).

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A manera de introducción En un mundo global, globalizado y globalizante, tierra, mano de obra y capital han dejado de ser los únicos factores que explican el éxito de un Estado. La creatividad y la innovación son los nuevos motores de la economía mundial, y el bienestar nacional depende cada vez más de la estrategia que adopte un país para explotar su capital intelectual. Un sistema de propiedad intelectual eficaz constituye la base de tal estrategia. Es por ello que en una economía basada en los conocimientos e impulsada por la innovación tecnológica, el sistema de propiedad intelectual constituye una herramienta dinámica de creación de riqueza, puesto que brinda un incentivo para que las empresas y los individuos creen e innoven, y proporciona un medio fértil para el desarrollo y el comercio de los activos intelectuales, así como un entorno estable para las inversiones nacionales e internacionales. En tal contexto, resulta confuso para muchos el fenómeno de la gestión de la PI en su rol como herramienta competitiva, idioma y moneda de cambio en la economía del conocimiento (Saravia, 2012). Sin embargo, con la irrupción de la sociedad del conocimiento, las problemáticas y paradojas que esta arrastra, las universidades en su rol de instituciones generadoras y diseminadoras del conocimiento (Etzkowitz, Webster, Gebhardt y Cantisano, 2000), se han convertido en pieza esencial de los sistemas de gestión de la innovación y de los derechos intelectuales que se generan por consecuencia. Tal como refiere Baldini (2006) “el papel de las universidades en el fomento de la transferencia de tecnología y el crecimiento económico es ahora considerado como un elemento clave de las políticas nacionales de ciencia y tecnología”. Es por todo ello esencial que las universidades asuman el papel que les corresponde en la ejecución de sistemas de gestión eficaces en materia de propiedad intelectual, para así asegurar el retorno de las inversiones acometidas en los procesos de innovación, no sólo para la propia universidad y sus creadores, sino para toda la sociedad en su conjunto.

Propiedad Intelectual: acicate de la economía del conocimiento Cada vez más, y a consecuencia de la revolución que se ha producido en las tecnologías de la información y el crecimiento de la economía del sector servicios, los activos intangibles pasan a ser más valiosos que los activos tangibles, convirtiéndose en la principal fuente de crecimiento económico y, en muchos países desarrollados, también de bienestar para la población en general. Es así como en los últimos 30 años, la base para la creación de valor, ha pasado de ser el capital físico material al capital intelectual inmaterial. Como los activos intelectuales se vuelven cada vez más valiosos, los derechos de propiedad intelectual (PI), asociados con ellos, cobran cada vez mayor importancia. Ahora bien, ¿todos saben y dominan lo que en realidad significa la PI? Evidentemente no. Por lo cual se hace preciso definir los alcances reales y objetivos de la PI. La PI se puede conceptuar como la protección legal que nacional e internacionalmente se brinda a toda creación del intelecto humano, las cuales son únicas y con valor añadido, resultantes del ingenio, la creatividad y la capacidad inventiva del ser humano. Los derechos de PI protegen los intereses de los creadores al ofrecerles prerrogativas en relación con sus creaciones (OMPI, 2011). 2

La Declaración Mundial sobre la Propiedad Intelectual, la define como: Cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección, incluidas las invenciones científicas y tecnológicas, las producciones literarias o artísticas, las marcas y los identificadores, los dibujos y modelos industriales y las indicaciones geográficas (Labariega, 2011, p. 23).

Los derechos de PI, al igual que cualquier otro derecho de propiedad, permiten al creador o al titular de una creación intelectual, beneficiarse de su obra o inversión. La razón de ser de la protección legal que la PI le confiere a los autores o creadores, es el llamado “derecho exclusivo” o “ius excluendi”, es decir, sólo el titular de la creación intelectual tiene los derechos para utilizar, vender, exportar, licenciar o autorizar a otra persona a hacer uso de la creación protegida en un territorio determinado y por tiempo establecido en el marco legal imperante. A nivel internacional existe la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), organismo del sistema de organizaciones de las Naciones Unidas dedicado al uso de la PI, establece que la PI, como sistema, se divida en dos grandes ramas: El derecho de autor y los derechos conexos, que comprende los derechos sobre las expresiones artísticas y literarias (novelas, poesía, obras de teatro, películas, música, obras artísticas y arquitectónicas), los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio o televisión. La propiedad industrial, en que quedan comprendidas las patentes de invención, las marcas, los diseños industriales, los circuitos integrados y las indicaciones geográficas. Las múltiples modalidades que integran la PI se ilustran en la Figura 1.

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PROPIEDAD INTELECTUAL

Derechos de Autor y Derechos Conexos

Obras artísticas y literarias

Derechos vecinos o conexos

Propiedad Industrial

Creaciones industriales

Signos distintivos

Invenciones

Marcas comerciales

Modelos de utilidad

Avisos comerciales

Diseños industriales

Nombres comerciales

Secretos industriales

Denominaciones de origen

Figura 1. Ramas y modalidades integrantes de la Propiedad Intelectual. Fuente: OMPI (2014): http://www.wipo.int/portal/es/

Ahora bien, si se ubica este tema en el contexto del aporte que ofrece la educación superior al desarrollo de los países, regiones y el planeta en general, es obligatoria la conexión de la PI, en el incentivo de la innovación tecnológica, como alternativa en la búsqueda de desarrollo económico de las naciones. Lo anterior, aluden Rubio y López-Cózar (2007, p. 4) es “gracias al talento y al sacrificio personal y económico de varias personas, que ya sea de forma aislada o colectivamente, ponen todo su empeño en trabajar para dar a conocer hechos nuevos”. Lo anterior justifica que: Todas las actividades que supongan la obtención de nuevos productos o el establecimiento de nuevos procesos, merecen la protección del ordenamiento jurídico, a favor de quienes ponen su capacidad investigadora al servicio del avance de la ciencia. Ello es así, porque el esfuerzo dedicado a esta actividad, en la que normalmente tanto costes y tantos riesgos se asumen, no debe entenderse huérfano desde el punto de vista jurídico. Es por tanto justo, que quien haya favorecido con su labor investigadora al avance científico, reciba una adecuada contraprestación del Estado, en términos de protección para su obra. Por esta razón la ley reconoce a favor del creador una serie de derechos, tendentes a impedir el uso de su creación por terceros contra su voluntad (Rubio y López-Cózar, 2007, p. 5).

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La innovación tecnológica en los nuevos escenarios globales Actualmente, en medio de la segunda década del siglo XXI, los procesos de globalización al que quedan sometidas prácticamente todas las sociedades del mundo, están dando lugar a un nuevo tipo de sociedad, la sociedad global o globalizada, que se identifica como el innegablemente hecho de vivir en un solo mundo. La globalización provoca cambios cruciales en cada una de sus diferentes dimensiones, lo cual implica vivir en una sociedad entrelazada, interdependiente e intercomunicada, unidos por una economía global, caracterizada por constantes e incesantes cambios, sobre todo en materia tecnológica. Como anteriormente se ha referido, tradicionalmente la ventaja competitiva de las empresas se apoyaba en la gestión de los activos y el predominio en el acceso a los insumos de producción. Hoy en día la economía del conocimiento ha desplazado esta práctica para conceder especial valor a la materialización de productos y procesos innovadores, derivados de actos creativos, de la aportación intelectual del capital humano. Lo anterior justifica que la innovación tecnológica sea en la actualidad un capítulo importante en la historia del pensamiento económico de distintas escuelas como un elemento indispensable de conformación de desarrollo de las naciones. Para Pavón e Hidalgo (1997), la innovación es el conjunto de actividades inscritas en un determinado período de tiempo y lugar, que conducen a la introducción con éxito en el mercado, por primera vez, de una idea en forma de nuevos o mejores productos, servicios o técnica de gestión y organización. Por su parte Drucker (2006), consideraba que: “toda organización necesita tener una capacidad esencial: la de innovar”. Para Drucker (2006), la innovación: […] es la herramienta específica de los empresarios innovadores; el medio por el cual explotar el cambio como una oportunidad para un negocio diferente [...] Es la acción de dotar a los recursos con una nueva capacidad de producir riqueza. La innovación crea un 'recurso'. No existe tal cosa hasta que el hombre encuentra la aplicación de algo natural y entonces lo dota de valor económico” (Drucker, 2006, p. 259).

A esta apretada síntesis conceptual, se puede adicionar el concepto de Barba (2011), quien de manera peculiar, actualizada y sobre todo acertada, aborda el impacto y significado actual de la innovación: La innovación representa una nueva manera de hacer las cosas que resulta en un cambio positivo para la empresa y para sus clientes. La innovación sería todo cambio basado en conocimiento que genera valor, tanto de la propia empresa como de su oferta (Barba, 2011, p. 24)

Los conceptos anteriores tienen un mismo denominador común en su generalidad: el ver a la innovación como un proceso integral. Definitivamente cualquiera que sea la filiación a la hora de definir la innovación, debe pautar obligatoriamente las tres etapas: creación, transformación y comercialización. Es así como la innovación termina con la introducción exitosa en el mercado del nuevo producto, procesos o servicios; si estos no son aceptados en el mercado, no existe innovación. Contrasta la visión de Oppenheimer (2014), respecto al futuro de América Latina ante al reto de ¡crear o morir!. El autor es objetivo al momento de reconocer que esta región es una de las más atrasadas del mundo en lo que hace a la innovación productiva y asevera que la innovación y la creatividad son los pilares del progreso y las claves del éxito en el siglo XXI; pero reconoce que “desafortunadamente de estos temas no se está hablando lo suficiente en nuestros países” (Oppenheimer, 2014, p. 20). 5

En todo este acontecer, no se debe perder de vista un elemento trascendental: la empresa innovadora deberá contar con la propiedad de los resultados creados por su propia innovación, de lo contrario no tendría caso la inversión en I+D+i (investigación+ desarrollo+ innovación). Es por ello que la protección legal que estipula la PI, aparece en el mundo económico como un incentivo para la innovación, sin ella el proceso innovador sería una falacia, ya que sin la protección que confiere el sistema de PI, nadie invertiría en creaciones innovadoras. En tal sentido, la razón de ser del sistema de PI es ofrecer un candado protector de los resultados que emanan de la actividad creativa, lo cual se logra a través del registro de las creaciones intelectuales nacidas del ámbito innovador, sobre las cuales recae un derecho exclusivo o monopólico, que impide que terceros inescrupulosos se aprovechen del resultado de la actividad innovadora. Es decir, al proteger por medio de la PI los resultados que emanen de una innovación, sólo el que haya registrado dichos derechos será el único encargado de explotar dichos resultados en el mercado nacional que resulte, y todo aquel que intente usar dichas creaciones sin el consentimiento de su creador, podrá ser responsable de acciones civiles, penales y administrativas por concepto de infracción de derechos protegidos por terceros. En tal sentido, en una economía de mercado, la recompensa del esfuerzo innovador sólo puede ser la perspectiva de beneficios futuros. Por lo tanto, los ingresos obtenidos por las empresas innovadoras deben ser suficientemente elevados para compensar los costos de I+D+i en que haya sido necesario incurrir. Los autores Pesquera, Casares, Coto e Inglada (2010), explican que si el esfuerzo innovador no se ve recompensado, la inversión en I+D+i que finalmente se realice será inferior a la óptima, ya que cuando la empresa que desarrolló dicha innovación no es capaz de apropiarse del valor de su inversión, sus incentivos a innovar se desvanecen. Siendo así, es necesario buscar el punto de equilibrio que garantice la continuidad de los esfuerzos destinados a desarrollar nuevas innovaciones, al tiempo que se facilita la mayor difusión posible de los beneficios conseguidos por ellas. En ausencia de un mecanismo adecuado para la protección de la innovación, sería evidenciado un desinterés en el proceso de innovación, ya que éste no sería redituable para la empresa innovadora, financieramente hablando. El mecanismo usualmente utilizado por las compañías innovadoras a nivel mundial es el famoso y controversial sistema de patentes, que forma parte de los derechos de PI Es así que la PI se instituye como el arma que asegura los triunfos de una innovación. Sin esta protección legal, las innovaciones no serán más que triunfos robados. Por otro lado, la PI permitirá a los emprendedores licenciar la explotación de los resultados que deseen comercializar, por medio de la cesión total o parcial de los derechos de uso o de comercialización a terceros (Barba, 2011).

Rol de la universidad en el contexto emprendedor Tradicionalmente, las universidades han sido vistas como lugares donde se desarrolla la educación superior y la investigación básica. Sin embargo, en las últimas décadas se ha reconocido que las universidades se constituyen en un factor clave para el desarrollo de la economía basada en el conocimiento que les ha pedido asumir este papel mediante la participación en actividades de cooperación en investigación (PILA Network, 2011). 6

De ahí que pensar en innovación dentro del contexto de la academia, demande el definir cuál es el rol que juega la universidad en la conformación de lo que frecuentemente se define como ecosistema de innovación y emprendimiento, visto como aquella red de esfuerzos, personas y programas que están impulsando a diferentes niveles la creación de nuevas empresas en nuestros países. Para los escépticos y unilaterales la universidad debería mantenerse al margen y jugar sólo el papel de proveedor del recurso humano. Sin embargo, en los últimos años, los gobiernos han promovido la innovación y el uso del sistema de PI, en particular en las universidades. Así quedó establecido en la Conferencia General de la UNESCO celebrada en París en el 2007. En agosto del propio año, en un evento en Tokio, la Universidad de Naciones Unidas (UNU) y la UNESCO coincidieron en el punto de vista de que es más que necesario un cambio estratégico en las instituciones de educación superior en nuestra sociedad de hoy. El documento marco de este último evento, dejó establecido que: La globalización incorpora nuevos e importantes temas en el ámbito de la educación y la investigación, no sólo científica (tecnologías de la información y la comunicación, nanotecnología, cambio climático, desarrollo sostenible), sino también social y cultural (ética y valores, migración, salud y bienestar, diversidad cultural, liderazgo intercultural y espíritu empresarial, reconciliación y construcción de la paz). En un mundo que cada vez exige mayores competencias, cooperación y conectividad, los centros de enseñanza superior se convierten en unas plataformas internacionales vitales para la colaboración y el diálogo, así como para el intercambio y análisis de nuevas ideas innovadoras (ONU, 2007, p. 34).

No obstante, las acciones de política carecen de incentivos específicos o soluciones prácticas sobre cómo las universidades pueden participar en estos asuntos. Es entonces preciso, implementar mecanismos adecuados que permitan promover la modernización de las prácticas de gestión de la PI en las instituciones de educación superior, con el fin de potenciar la colaboración entre la universidad y la industria, y contribuir así con el desarrollo económico y social (PILA Network, 2011). De lo anterior resulta que para definir cuál debería ser el posicionamiento estratégico de la universidad en el ya aludido ecosistema, es necesario identificar cómo dentro de esa máquina, el engranaje académico-universitario puede jugar el papel que mejor le corresponde y que va mucho más allá de aquellas limitadas visiones. Y es que una universidad, así como cualquier otra institución pública o privada con capacidad para generar innovaciones, debe diseñar e implementar una política de PI que defina los incentivos y establezca los mecanismos más adecuados para estimular el desarrollo de la innovación, facilitar su transferencia y realzar su valor. Las universidades tienen la misión de guiar y capacitar a sus alumnos y profesores sobre cuáles son los pasos a seguir para que sus proyectos puedan ser elegibles a la protección legal de los resultados que de ellos se deriven desde su creación. Sólo de esta forma las investigaciones de los estudiantes y académicos podrán generar un retorno económico para la propia universidad y todo su contexto, dado que los recursos son escasos, por lo que hay que optimizarlos y rentabilizarlos.

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Lo anterior sólo sucederá si se genera conocimiento con valor agregado, lo cual estaría dado por su protección legal, de manera que finalmente esto se revierta en un beneficio económico para todo el país por el retorno de la inversión realizada en su creación, y es que hoy en el espacio áulico universitario existe un gran potencial en investigación e innovación que debe ser potenciado y explotado mucho más.

Valor estratégico de la gestión de la PI en las Instituciones de Enseñanza Superior Para definir un esquema apropiado de cómo gestionar eficazmente los derechos de PI en el ámbito universitario, es preciso iniciar por definir el significado del término gestión. En tal sentido, se alude que la gestión, vista desde su concepción holística, forma parte de cualquier actividad humana, en cualquier plano: doméstico, laboral, social. La misma se desarrolla con el fin de establecer un orden, un método y está regida por una lógica. Mediante los procesos y funciones de la gestión se intenta aprovechar al máximo los recursos disponibles con el objetivo de alcanzar el máximo de resultados (Ponjuán, 1999). El diccionario de la Real Academia Española de la Lengua, presenta a la gestión, desde el punto de vista léxico, como la acción efecto de gestionar, acción y efecto de administrar. Algunos autores, definen que la gestión es la capacidad de alcanzar lo propuesto, ejecutando acciones y haciendo uso de recursos técnicos, financieros y humanos. De ahí que se pudiera hacer una distinción entre los conceptos de "gestión" y de "administración". Donde la gestión es el todo y la administración es una parte del todo, tiene que ver con el manejo y uso de los recursos. Por lo tanto, para una buena gestión es necesario tener un buen esquema de administración; o simplemente, la buena administración es fundamental para la buena gestión (Botero, 2009). Si concatenamos el tema de la gestión, con el contenido que integra la PI, se obtiene una interesante integración. Primero se debe establecer que, innegablemente por muchos años han sido los activos tangibles los que han constituido la parte más importante del valor de la empresa, y se les ha considerado como el factor principal a la hora de determinar la competitividad de la empresa en el mercado. Sin embargo, en los últimos años, la situación ha variado de manera significativa. El correcto aprovechamiento de las herramientas de PI, se traduce en la protección de la innovación y el apoyo en la incursión de los mercados, al existir certeza jurídica sobre la propiedad de los nuevos activos generados, además de la capacidad de preservar la posición predominante en el mercado. Tomando en consideración lo ya argumentado, a menudo, se tiene la sensación de que los derechos de PI crean barreras al acceso a las innovaciones en materia de salud y agricultura, pero lo cierto es que no es la PI en sí la que impone obstáculos, sino más bien la manera en la que se usa y gestiona, en especial en las instituciones del sector público (como las universidades, los institutos nacionales de investigación y las organizaciones sin ánimo de lucro).

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En tal contexto, sin conocimientos fundamentales sobre el funcionamiento del sistema de la PI, recorrer los canales de la investigación, desarrollo e innovación, que acontezcan como resultado de las actividades que nacen en el seno de las universidades, será toda una pesadilla para los autores y titulares de los derechos intelectuales que surgen por consecuencia. De ahí que las universidades, como ámbito de generación de conocimiento por excelencia, se han constituido en actores claves en los sistemas nacionales de innovación, no sólo por su capacidad para generar desarrollos tecnológicos sino también por ser formadoras de recursos humanos especializados (Lima, 2004). Estos cambios han incrementado la toma de conciencia sobre la importancia de administrar, preservar y proteger los derechos de propiedad intelectual generados en las universidades. Lima (2004) destaca algunos factores que han contribuido a generar esta mayor conciencia: a) La sistemática apropiación y a veces explotación de los resultados innovadores generados en las universidades y financiados con fondos públicos, por parte de empresas o inclusive grupos de investigación ajenos a su generación. b) La importancia económica de los bienes intangibles en general y el valor potencial del conocimiento protegido, en cuanto permite un mejor posicionamiento frente a terceros y mayores ventajas a la hora de negociar su transferencia. c) El interés y exigencia del sector empresarial en relación a la protección como condición para el financiamiento de ciertas actividades de I+D de manera de asegurarse ventajas competitivas en el mercado. d) La explotación efectiva de los resultados obtenidos, sea a través de la transferencia de la titularidad o del otorgamiento de licencias de explotación. e) La obtención de beneficios económicos como consecuencia de la explotación, que resultan otra fuente de recursos susceptible de ser reinvertida para la generación de nuevas líneas de investigación. f)

El beneficio social alcanzado por el acceso a los resultados de la investigación por parte de la sociedad (resultados que si no son protegidos difícilmente sean desarrollados y explotados) y, a su vez, el hecho que la Universidad sea titular de desarrollos innovativos protegidos le permite decidir quién puede utilizarlos gratuitamente y quien deberá pagar una licencia de explotación o uso.

Por su parte, Vela (2000), alude que actualmente la actividad universitaria está vinculada a una gestión apropiada del nuevo conocimiento en el sentido de: i) ii) iii) iv) v)

Los modos de producción intelectual y científico; La difusión y transmisión de conocimientos y saberes; La gestión de la propiedad intelectual e industrial; La circulación de los recursos humanos con elevados niveles de formación y experiencias; y El uso de inventos y su comercialización.

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La gestión de la PI es un proceso novedoso, renovado y necesario para cualquier organización moderna. Gracias a una gestión eficaz, los derechos de PI son aprovechados de manera adecuada, en aras de dar respaldo legal a las creaciones intelectuales y a los creadores y titulares de éstas. Es por ello que gestionar eficazmente la propiedad intelectual de una institución se ha convertido en una de las actividades medulares de creación de valor que apoya la competitividad de las organizaciones (OMPI, 2013). La gestión de la PI comprende una serie de actividades conducentes a la maximización económica de los conocimientos propios, de conocimientos ajenos y de conocimientos del dominio público, mediante una combinación creativa que asegure la aplicación de los desarrollos tecnológicos en el mercado, lo cual se traducirá en beneficios económicos y sociales (OMPI, 2011). Las actividades más importantes que se comprenden dentro de una adecuada gestión de los derechos de PI en el ámbito universitario, podemos apreciarlas en la Figura 2:

Figura 1. Elementos de la gestión de la PI. Fuente: Elaboración propia

Cabe señalar que con el objetivo de incentivar la transferencia del conocimiento generado en las Universidades al sector productivo, algunos países han promulgado leyes que estimulan la innovación tecnológica y regulan el resultado de la misma. Tal es el caso de la Ley Bayh-Dole, promulgada el 12 de diciembre de 1980 en los Estados Unidos de América, en virtud de la cual los beneficiarios de fondos federales para actividades de I+D como las universidades, conservan la titularidad de las invenciones desarrolladas a partir de investigaciones con fondos federales, así como el derecho a conceder licencias a empresas y demás interesados (Cervantes, s.f.). Bayh-Dole, ha servido como catalizador del aumento de los beneficios sociales y económicos de la financiación pública de la investigación (OCDE, 2003). Es más, algunos países como Alemania, Austria, Francia, Dinamarca, Alemania, Noruega, Japón, Taiwán y Brasil, haciéndose eco de la Ley de Bayh-Dole, han reformado sus leyes de propiedad intelectual a favor de la concesión de derechos de propiedad intelectual a las Universidades.

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Principales problemáticas asociadas a la gestión de la PI en las universidades mexicanas En los últimos cinco años y en lo que va de 2014, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) ha recibido 81,733 solicitudes de patentes, entre 89 y 93% del total de solicitudes se tramita por empresas, los inventores independientes registran entre 5 y 6%, mientras que las universidades e institutos de investigación generan sólo entre 3 y 4% (IMPI en cifras, 2015). Lo anterior, pone en evidencia el bajo dinamismo innovador que las empresas, universidades y centros de investigación mexicanos experimentan. El escaso dinamismo innovador que presenta la economía mexicana, medido en términos de la relación innovación–gestión de la propiedad intelectual, pone de manifiesto la necesidad de modificar la presente tendencia y elevar la gestión de la propiedad intelectual, buscando no sólo estar dentro de las diez economías con mayor número de solicitudes recibidas, sino que éstas sean presentadas en su mayoría por nacionales mexicanos. Las 10 universidades con más solicitudes de patentes en México son: 1) el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey con 238 solicitudes de patente, 2) la Universidad Nacional Autónoma de México con 233, 3) la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla con 98, 4) el Instituto Politécnico Nacional con 90, 5) la Universidad Autónoma de Nuevo León con 72, 6) la Universidad Autónoma Metropolitana con 51, 7) la Universidad de Guanajuato con 49, 8) la Dirección General de Educación Superior Tecnológica de la SEP con 30 (agrupa instituciones tecnológicas de nivel superior incorporadas a la SEP), 9) la Universidad Autónoma de Sinaloa con 20 y 10) la Universidad Autónoma del Estado de México con 17 (Forbes, 2014). La Red de Propiedad Intelectual en Latinoamericana, configurada por un proyecto que concluyó en el año 2011, se encargó de realizar un diagnóstico general sobre las prácticas y uso de la PI en las Universidades, utilizando la adaptación de la metodología AIDA, desarrollada inicialmente por el Centre de Recherche Públic Henri Tudor de Luxemburgo, para el análisis del nivel de concienciación de la PI en PYMES en el marco del proyecto IPeuropAware (Nr. SI2.479203), financiado por el programa CIP – Competitiveness and Innovation Framework Programme de la Unión Europea (PILA Network, 2011). Resulta oportuno referir que el método AIDA se basa en la suposición de que, esquemáticamente, la explotación óptima de la PI se desarrolla en los siguientes pasos sucesivos (niveles de AIDA):

A

Atención

Conocimiento / conciencia

I

Interés

Protección

D

Deseo

Gestión

A

Acción

Explotación

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En México, como en otros países miembros del proyecto, la técnica de recolección de la información fue un cuestionario, aplicado a 15 Instituciones de Enseñanza Superior (IES) nacionales (públicas y privadas), que reveló en su informe (PILA México, 2009) que las principales barreras a las que se enfrentan las IES mexicanas en el desarrollo de la PI en sus instituciones son: •

Problemas para llevar a cabo proyectos de innovación de forma coordinada entre varias universidades.



Falta de experiencia en redactar contratos de transferencia de tecnología. Se realiza por los encargados de comercialización sin la asistencia de abogados expertos en los temas.



Cierta actitud derrotista en ciertas instituciones, como si los asuntos de la PI fueran ajenos al ámbito de la comunidad universitaria.



Limitada capacitación para los investigadores para que se familiaricen con las herramientas de PI y su uso en cada caso.



Existe mucho presupuesto para investigar que no termina en productos registrables y que tengan un impacto real en el desarrollo económico regional y poder competitivo de la industria.



Escasa formación específica de personal encargado en aspectos administrativos y técnicos de la PI.



Limitado apoyo para abordar el nivel de burocracia requerido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.



Hay una falta de contactos estratégicos con empresas nacionales e internacionales.



Cuando, en ocasiones, se dan convenios con universidades extranjeras y empresas multinacionales, el poder de negociación es bajo y los contratos no son del todo justos.

Asimismo, el referido el informe de México (PILA México, 2009) reveló la existencia de ciertos factores condicionantes para el establecimiento de un sistema de protección de los bienes intangibles, así como su gestión y explotación eficaz, los cuales fueron señalados por las IES entrevistadas: Factores del marco nacional: Elevado nivel de burocracia del organismo nacional mexicano IMPI (Instituto mexicano de la propiedad industrial). Falta de claridad de los criterios de la existencia de novedad en una invención. Factores a nivel institucional: Falta difusión de la PI a nivel institucional. Ausencia de materias relativas a la PI en los planes de estudios de grado y postgrado. 12

Factores estratégicos: Dificultad en los trámites relacionados con la solicitud de derechos de PI. Factores financieros: Falta recursos suficientes para descargar a los profesores de sus actividades docentes y que puedan dedicarse más a la investigación. Faltan recursos para financiar proyectos que conduzcan a productos patentables. Factores de recursos humanos: Falta personal para realizar las actividades de redacción, edición y revisión de patentes para su aseguramiento. Falta capacitación del personal universitario para gestionar y explotar la PI. Falta capacitación de los investigadores para que se familiaricen con las herramientas de PI. Es necesario que el personal dedicado a gestionar la PI disponga de más tiempo, ya que normalmente se tienen varios cargos a la vez.

Aspectos a considerar en el diseño de un modelo de gestión de la propiedad intelectual en las Instituciones de Enseñanza Superior en México Teniendo en cuenta las principales problemáticas arrojadas por el estudio realizado a partir de los resultados de la metodología AIDA, se pueden ofrecer algunos lineamientos que deberán ser tenidos en consideración para implementar en las IES mexicanas, sistemas eficaces que permitan la gestión de los activos de PI obtenidos de la interacción de las IES en su interior y con respecto a terceros colaboradores. La idea se basa en retomar algunos de los niveles de AIDA, complementados con otras acciones inherentes a un sistema de PI propio del contexto de las IES en México. Como apoyo a lo anterior, serán tenidos en cuenta los resultados del proyecto PILA Network “Red de Propiedad Intelectual e Industrial en Latinoamérica”, la investigación realizada con referencia al diseño y propuesta de estrategias para la enseñanza de la PI en Zacatecas, México (Masó, 2014), así como los modelos propuestos por Conceição, Heitor y Oliveira, (1998), Rogers, Takegami y Yin (2001), Siegel, Waldman, Atwater y Link (2004) y Macho-Stadler y Pérez-Castrillo (2010).

A continuación se grafica el contenido del diseño propuesto:

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Programa de incentivos

Cultura/ conocimientos

Identificación de oportunidades de protección

Transferencia de resultados

Gestión de derechos de PI

Figura 3. Propuesta del diseño de un modelo de gestión de la PI para las Instituciones de Enseñanza Superior en México. Fuente: Elaboración propia.

A continuación se definirán los aspectos que han de ser tenidos en cuenta para el desarrollo del sistema de gestión en cada uno de niveles propuestos anteriormente:

NIVEL PROPUESTO

ASPECTOS A CONSIDERAR Este nivel es uno de los más importantes para el desarrollo de un sistema de gestión eficaz de los derechos de PI.

Cultura/ conocimientos

Es urgente educar a las personas (docentes, investigadores y estudiantes) en materia de PI. Para ello será preciso incluir la formación en PI como parte de los programas de capacitación a docentes y demás personal relacionado con el proceso de I+D+i, para así permitir que se familiaricen con diferentes herramientas y normativas que refrenda el marco normativo regulador de los derechos de PI en el país; capacitar al personal jurídico de las universidades como apoyo imprescindibles a las actividades relacionadas con la PI; diseñar puestos de gestores en materia de PI los cuales serán capacitados como especialistas en la materia; incluir como parte del currículum de pregrado y posgrado una materia relacionada con los procesos de emprendimiento, innovación y PI. 14

Por último, las IES deberán incluir en sus normativas las cuestiones tocantes a la protección, titularidad, comercialización e incentivos vinculados con los derechos de PI, y difundir dichas normas entre el personal involucrado con dichas actividades.

Identificación de oportunidades de protección

Para que este nivel realmente tenga un sentido estratégico, respecto a los derechos de PI, será necesario crear una estructura de gestión propia de esta actividad, que si bien no es algo nuevo, está ausente en la mayoría de la IES mexicanas, se trata de las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRI), las cuales se encargan de promover la conciencia y formación continua en materia de PI, dentro de la comunidad universitaria, así como facilitar la transferencia al sector productivo de aquellos resultados de investigación que resulten de las IES. Además son las que establecen, mantienen y fomentan el vínculo necesario e inexistente en la IES mexicanas, con el sector productivo, capitalizando así las actividades de I+D+i al tiempo que se genera un beneficio para toda la entidad universitaria, la empresa y la sociedad en general. Será además preciso que se genere un fondo financiero para solventar los costos que en materia de protección legal en México y el extranjero, sean precisos realizar. La ausencia de métodos sistemáticos, de procedimientos propios de gestión de PI, en particular en lo referente a la divulgación de los resultados, la vigilancia tecnológica y la investigación de vanguardia, son factores que imposibilitan que las IES se apropien y capitalicen el valor de sus derechos de PI.

Gestión de derechos de PI

Es por ello necesario estructurar un sistema que permita gestionar eficazmente dichos derechos y que a la vez sirva como puente de comunicación y coordinación entre los diferentes departamentos y partes interesadas implicadas en los procesos de I+D+i que se gestan al interior de la universidad o la involucren con agentes externos. No se debe olvidar que un sistema de gestión para que funcione correctamente necesita recursos financieros y personal calificado con conocimientos técnicos, particularmente con respecto a la valorización y la explotación de los derechos de PI.

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Transferencia de resultados

No sirve de nada desarrollar resultados innovadores que no sean transferibles y comercializados de manera efectiva en el mercado, ya sea directa o indirectamente pero que en cualquier situación ofrezca dividendos financieros para la IES y sus colaboradores. Lo anterior es función de las OTRI, al tiempo que desarrollan estrategias para la valoración de activos intangibles generados en los procesos de I+D+i, así como ejecutan acciones de vigilancia tecnológica para que permitan a las IES el diseño de estrategias que faciliten y aperturen el desarrollo de líneas de investigación y/o recursos para dichas actividades. Por otro lado, dichas oficinas deberán valorizar y evaluar la pertinencia tecnológica y comercial de nuevas tecnologías como resultado de procesos de I+D+i en los distintos sectores industriales, previas al proceso de protección. Un aspecto esencial de este proceso será el empleo oportuno y según amerite el caso de acuerdos de confidencialidad de la información que permitan salvaguardar las creaciones previo al proceso de solicitud de registro o cualquier otra circunstancia que amerite preservar la información (resultados, avances, desarrollos, entre otros) que se generen durante el proceso de I+D+i. Las IES deberán estructurar, diseñar y ejecutar políticas institucionales que permitan incentivar la protección y explotación de la PI. Para ello deberán definirse en sus reglamentos internos y demás normativas el reconocimiento a la actividad científica de los investigadores como parte de la carga académica (horas de trabajo).

Programa de incentivos

En tal sentido se recomienda que dichas políticas aborden que para los ascensos en la carrera académica, se deberá priorizar la producción científica en toda su magnitud, especialmente para aquellos casos en que se obtenga la titularidad de los derechos. Asimismo las políticas institucionales deberán definir la distribución equitativa de las regalías producto de la explotación de las creaciones (licencias, cesiones) y su distribución entre todos los actores implicados. Se sugiere que como arte de los procesos de evaluación, se incluya el desempeño del sujeto en la gestión de la PI.

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Es necesario además contemplar incentivos para los estudiantes que se involucren y participen creativa y activamente en los proyectos de profesores e investigadores con vínculos directos o indirectos con la IES, siempre y cuando genere dicha participación ganancias para la institución universitaria.

A manera de conclusión La investigación, la innovación y su desarrollo ulterior, son el gran motor de avance económico de las naciones en esta economía global. De ahí que sean innegables los beneficios que se obtienen a partir de los nuevos productos que buscan mejorar y hacer más viable la vida del ser humano, para lo cual es preciso establecer mecanismos encargados de difundir, transferir y estimular la generación de nuevas y mejoradas creaciones intelectuales a favor de todas las naciones. En la economía contemporánea, existe un reconocimiento cada vez mayor de que las cuestiones vinculadas a los procesos de innovación, son esenciales para el progreso de las naciones, por lo que se precisan políticas y sistemas que permitan establecer las condiciones marco adecuadas para una gestión eficaz de los elementos que integran dichos proceso. En tesitura con lo anterior, el papel de las universidades en el fomento de la transferencia de tecnología y el crecimiento económico es considerado mundialmente como un elemento clave de las políticas científicas y tecnológicas nacionales. Un eslabón esencial de dicho reconocimiento es el que ameritan la regulación y protección adecuadas que deben ofrecerse a los derechos de propiedad intelectual que nacen en el seno de la universidad y su interacción con el resto de los elementos del ecosistema de innovación. Lo anterior merece gestionarse apropiadamente de manera tal que se fomente el fortalecimiento y protección legal de los resultados en los sistemas de innovación per se, el perfeccionamiento del vínculo universidad-empresa, así como capitalizar a la institución académica en el marco de sus actividades de investigación, para generar procesos novedosos, gratificantes y de incentivo a nuevas innovaciones y reconocimiento a sus creadores.

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