vino vermut deben pagar contribución industrial..^rt. 3.. Nota. Decreto de 13 de octubre de 1926, arbitrio de bebidas. Apéndice

INDICE CRONOLOGICO R. D. de 6 de junio de 1891, sobre arbitrio de Pesas y Medídas. Apéndice. Ley de 27 de julio de 1895, prohibe la fabricación de vi

3 downloads 117 Views 137KB Size

Recommend Stories


LAS COOPERATIVAS NO DEBEN PAGAR IMPUESTOS
LAS COOPERATIVAS NO DEBEN PAGAR IMPUESTOS David Esteller Ortega * El Acto Cooperativo El acto cooperativo como acto jurídico autónomo esta reconocido

Decreto 1478 de Julio 13 de 1994
Decreto 1478 de Julio 13 de 1994 por el cual se establecen los requisitos y procedimientos para el reconocimiento de personería jurídica de institucio

Decreto 1860 de Agosto 3 de 1994
Decreto 1860 de Agosto 3 de 1994 por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 115 de 1994, en los aspectos pedagógicos y organizativos generales. El

DECRETO 104 DE 1994 (enero 13)
DECRETO 104 DE 1994 (enero 13) Por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial y prestacional de la rama judicial, del Ministerio Público

Story Transcript

INDICE CRONOLOGICO

R. D. de 6 de junio de 1891, sobre arbitrio de Pesas y Medídas. Apéndice. Ley de 27 de julio de 1895, prohibe la fabricación de vino ^ artificiales. Art. t.°. Nota. Reglamento de la Contribucicítt industrial. 28 de mayo de 1896. Art. qy. Nota. R. D. de 22 de diciembre de 1908, relativo a las instrucciones técnicas para la calificación de alimentos. Art. i.'. Nota.

Ley de 12 de junio de 1911, suprimiendo el iinpuesto de Consumos. Apéndice. Ley de 4 de julio de 1918. Jornada mercantil. Art. 49. Nota. R. D. de 14 de septiembre de 1920, relativo a la calificación de alimentos. Art. i.°. Nota.

Orden de 9 de a^osto de 1923, relativa al cierre de tabernas y expendedurías de bebidas alcohólicas. Capítulo VI. Nota. Orden de 27 de diciembre de 1923, exceptuando del cierre de doce horas a determinados establecimientos. Capítulo VI. Nota. Orden dc 10 de abril de 1924, equipara ]as sidrerías a los bares, a los efe^tos de la excepción del cierre. Capítulo VI. Nota. R. D. de 1 de aeptiembre de 1924, jornada en los establecimientos de venta de bebidas. Art. 49. Nota. Decreto de 4 de octubre de 1924. Reglamento de Alcoholes. Art. q.°. Nota. Capítulo XI. Nota. Reglan^nto de Sanidad. 9 de febrero de 1926. Art. 9a. Notas. Decreto de 27 de abril de 1926, eximiendo a los fabricantes de vermut de la contribución industrial. Art. 3.•. Nota. Ley de 29 de abril de 1926. Ley del Vino. Art. i.°. Nota. Artículo 49. Capítulo XI. Capítulo XIV. Notas. R. O. de 3 de julio de 1926, declarando que los fabricantes de

212

ESTATtJTO 1)EL VINO

vino vermut deben pagar contribución industrial. .^rt. 3.°. Nota. Decreto de 13 de octubre de 1926, arbitrio de bebidas. Apéndice.

R. O. de 15 de octubre de 1926, circulación del vermut. Artículo 3.° Nota. R. O. de 1 de febrero de 1927, graduación de vinos a los efectos de la devolución del impuesto de Alcoholes. Capítulo XI. Nota. Circular de 13 de agoato de 1927, devolución del impuesto de Alcoholes. Capítulo XI. Nota.

R. O. de 17 de agoato de 1927, devolución del impucsto a los vinos secos. Capítulo XI. Nota. R. O. de 30 de noviembre de 1927, devolución del impuesto de Alcoholes a los exportadores. Capitulo XI. Nota. R. O. de 7 de diciembre de 1927, suspendiendo la aplicación del artículo 33 de la ley de Vinos y Alcoltoles. Capítulo XI. Nota. R. D. de 2b de agoato de 1928, Comité permanente para la vigilancia de la exportación. Art. 73. I`rota. Orden de 10 de octubre de 1928, exención del impuesto de Transportes de los vinos y bebidas alcohólicas importados. Artículo 39. Nota.

Decreto de 14 de enero de 1929 (I_ey de g de septiembre de 1931). Ley de Contrabando y Defraudación. Art. ga. Nota. Ley de 26 de julio de 1929, Propiedad industrial, texto refundido en 3o de abril de 1930. Capítulo IV. Nota y Art. 33• Orden de 11 de diciembre de 1929, creando e] Registro de Exportadores. Art. ^3. Nota. R. O. de 27 de enero de 1930, normas aclaratorias de la Orden de II de diciembre de 19zg. Art. q4. Nota. Texto refundido de la ley de Propiedad industrial de 30 de abril de 1930. Art. 33. Nota. R. O, de 12 de mayo da 1930, aplaza el cumplimiento de la de II de dicieanbre de 1929. Art. 74. Nota. R. O. de 23 de aeptiembre de 1930, requisitos para la exportación. Art. 74. Nota.

Decreto de 24 de octubre de 1931, circulación y estadística del vino. Antecedentes del capítulo IiI del Estatuto. Capítulo III. Nota.

INDICE CRONOLOGICO

`Zli

Decreto de 5 da diciembre de 1931, organizacíón de Sindicatos de Criadores Exportadores. Art. 77. Nota. Ley de 11 de marzo de 1932. Capítulo XI. Nota.

Orden de 18 de marzo de 1932, devotución del impuesto de Alcoholes. Capítulo XI. Nota. Circular de 5 da abril de 1932, devolución del ímpuesto de Alcoholes a los vínos dulces exportados. Capítulo XI. Nota. Decreto de 8 de septiembre da 1932, Estatuto del Vino. Elevado a Ley en z6 de mayo de r933• Circular de lg de octubre de 1932, nuevas plantaciones de vifiedos. Art. 68. Nota. Orden de 15 de octubre da 1932, normas para la constitución de ]as Juntas Vitivinícolas. Art. t8g. Nota. Circular de 15 de octubre de 1932, instruccíones a los inspectores de alcoholes para perseguir el fraude. Art. Ir. Nota. Orden de 25 de octubre de 1932, normas para solicítar y obtener el número en el Registro de Embotelladores. Artículo qq. Nota. Orden de 4 da noviembre de 1932, instrucciones a los gobernadores para el cumplimiento cíe los artículos rr y r6 dcl Estatuta del Vino. Art. rr. Nota. Decreto de 4 de noviambra da 1932, represíón de fraudes. Art. 50. Nota. Decreto de 4 de noviembre de 1932, normas para la constitución del Instituto del Vino. Art. Sq. Nota. Aviso de 15 de noviembre de 1932, rectificaciones del texto del Estahlto del Vino. Art. 8.° y apartados Ib y 20. Orden de 6 de diciembre de 1932, ampliando el plazo para presentar las declaraciones. Art. rt. Nota. Convenio antifiloxérico internacional de 9 de dieiembre de 1932. Art. 67. Nota. I,ey de 17 de diciembre de 1932, Inodifica el artículo ^34 del Estatuto municipal y el ^3 de su Reglamento sobre Expar!tación de vinos. Apéndice. Orden de i l de enero de 1933, relativa a la obligación de incluir el vino en el precio del cubierto. Art. 43. Nota. Decreto de 14 de adero de 1933, aprobando el Reglarnento

214

ESTATU20

DEL

VINO

del Instituto Nacional del Vino y Organización corporativa. Artículo 88. Nota. Decreto de 28 de enero de 1933, amplía la representación dcl Instituto Nacional del Vino con vocales parlamentarios. Articulo 8g. Nota. Orden de 14 de febrero de 1933, aclaración sobre el impuesto de bebidas que autoriza el Estatuto municipal. Apéndice. Orden de 15 da febrero de 1933, sobre exportación de vi-

nos a Francia. Art. q4. Nota. Tratado de Comercio con Alemanía de 18 de febrero de 1933. Art. qq. Orden de 9 de marzo de 1933, distribuyendo los contingentes de exportación a Francia y aclarando la de is de febrero. Artículo q4. Notas. Decreto de 24 de mayo de 1933, Comisión para el estudio de la supresión de arbitrios que gravan aI vino. Apéndice. Ley de 26 de mayo de 1933, modifica el artículo 8i del Estatuto del Vino. Art. 8i. Arreglo comercial con Francia de 14 de junio de 1933. Artículo 7q. Reglamento del G^erpo de Veedores de 16 de junio de 1833. Art. si. Nota. Orden de 22 de tunio da 1933. Impuesto de Transportes de las heces de vino. Art. 39. Nota. Decreto de 28 de septiembre de 1933. Reglamento de las Juntas Vitivinícolas. Art. 8g. Orden de 31 de octubre de 1933, vinos dulces y secos y presentación de declaraciones. tículo ts. Nota.

Art. 8^ Nota. Art. ti. Nota. Ar-

^J.Ld;.^ al^6et;.^

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.