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SECRETARÍA DE SERVICIOS COMUNES Y FONDOS EUROPEOS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA LA INSTALACIÓN DE ESTRUCTURAS TEMPORALES PARA EVENTOS QUE REQUIERA LA COORDINACIÓN GENERAL DE LA ALCALDÍA.
Código de verificación : PY91b09a36f0b292
1. OBJETO DEL CONTRATO El contrato tendrá por objeto la realización de servicios para la instalación de estructuras temporales que sean necesarias en los actos institucionales, culturales, deportivos, recreativos o de cualquier otra naturaleza, en aquellos actos públicos de interés municipal en cuyo desarrollo haya de intervenir la Coordinación General de la Alcaldía. Todos los actos serán consecuencia de fines propios del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP). Los servicios objeto del presente contrato deberán ser requeridos a la empresa adjudicataria, en todo caso, por la Coordinación General de la Alcaldía.
Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp
Estos servicios incluyen la organización, transporte, montaje, alquiler y desmontaje con elementos prefabricados de estructura modular aportados por la empresa. Asimismo se incluyen los servicios de personal técnico especializado para el montaje con material propio del Ayuntamiento de Madrid.
2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. El servicio a prestar consiste en la organización, transporte, instalación y retirada de elementos de infraestructura de eventos, necesarios para el desarrollo de actos institucionales, culturales, deportivos, recreativos o de cualquier otra naturaleza. Para todo ello, el adjudicatario deberá disponer de los adecuados medios técnicos que posibiliten acometer los requerimientos de cada uno de los distintos actos, debiendo ejecutarse de acuerdo a una programación, a fin de cumplir los plazos establecidos para ello. Cuando la Administración lo requiera, el contratista deberá proveer personal de montaje especializado, en el lugar, hora y fecha que se solicite, para que bajo las instrucciones de la Secretaría de Servicios Comunes y Fondos Europeos, se C/ Montalbán, 13ª planta 28014 MADRID T.:915 882 880 Firmado por: JUAN FELIPE MARTINEZ DE LA MALLA Fecha: 28-01-2014 14:38:05 Autor
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ejecuten montajes de estructuras con material modular propiedad del Ayuntamiento de Madrid (sistema modular marca PERI Arena y andamio modular PERI UP Rosett).
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Todos los servicios serán prestados previa orden de trabajo formulada por la Secretaría de Servicios Comunes y Fondos Europeos mediante correo electrónico o telefónicamente. En este último caso, habrá de confirmarse posteriormente por correo electrónico. El contratista deberá adaptarse en cada actuación a las necesidades de colocación y recogida de las estructuras en función de lo que determinen los Servicios Técnicos dependientes de la Secretaría de Servicios Comunes y Fondos Europeos, a fin de evitar en lo posible la obstrucción de la vía pública, el riesgo de los viandantes u otras circunstancias que lo justifiquen. El adjudicatario deberá atender todas las órdenes de trabajo que reciba con una antelación mínima de 24 horas a la fecha de realización del montaje que se solicita, debiendo asumir las dificultades e imprevistos que pudieran surgir para efectuar el mismos, así como el desmontaje correspondiente y la retirada de las estructuras.
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Los servicios apreciados como urgentes podrán ser comunicados a la empresa de la forma expresada en los párrafos anteriores, con una antelación mínima 12 horas. La apreciación del carácter urgente de un servicio, tanto si implica la organización, transporte, colocación y retirada de estructuras temporales, como si sólo requiere personal técnico de montaje, corresponderá a la Secretaría de Servicios Comunes y Fondos Europeos. Este tipo de servicios únicamente podrá ser requerido para las siguientes actuaciones:
Tarimas hasta 1,50 m. de altura y hasta 64 m2.
Tarimas desde 1,51 m. de altura y hasta 64 m2.
Rampas hasta 60 m2.
Gradas con asientos hasta 70 asientos.
Personal especializado para el montaje con material propio del Ayuntamiento de Madrid.
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3. NORMATIVA A APLICAR La normativa general aplicable para el siguiente contrato de servicios será la que a continuación se describe, siendo un listado orientativo y no exhaustivo, no excluyendo otra normativa de aplicación particular para este tipo de servicios:
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R.D. 2816/82, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas. R.D. 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. R.D. 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. UNEEN 132001:2012 Instalaciones para espectadores. Parte 1: Características generales para espacios de visión de espectadores. UNEEN 132003:2006 Instalaciones para espectadores. Parte 3: Elementos de separación. Requisitos. UNEEN 132004:2008 Instalaciones para espectadores. Parte 4: Asientos. Características de los productos. UNEEN 132006:2013 Instalaciones para espectadores. Parte 6: Gradas (temporales) desmontables. UNEEN 199111:2003 Eurocódigo 1: Acciones en estructuras. Parte 11. Acciones generales. Pesos específicos, pesos propios y sobrecargas de uso en edificios.
4. MEDIOS MATERIALES Y PERSONALES QUE APORTA EL CONTRATISTA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Las empresas concursantes habrán de disponer para la ejecución del contrato los siguientes medios materiales y personales: 1.1.1
Medios materiales
La prestación del servicio cuya contratación se propone, se realizará con los materiales, con certificado de homologación, que proporcione la empresa contratista. En cualquier caso, los utensilios, maquinaria y herramientas necesarias para la prestación de los servicios descritos en el apartado 2, serán suministrados
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por la empresa adjudicataria, siendo de su responsabilidad el uso y retirada de los mismos.
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Los precios unitarios incluirán todas las actividades necesarias para la organización, transporte, colocación, montaje, desmontaje, alquiler por un plazo de 7 días y retirada de estructuras temporales proporcionados por el contratista, así como el personal técnico cualificado necesario, independientemente del horario de trabajo en el que se requieran las operaciones anteriores. El contratista deberá disponer de una Oficina Técnica que evalúe in situ los montajes con complejidad estructural y proponga soluciones técnicas con la brevedad que requiera la urgencia del caso. Dicha oficina deberá presentar la documentación que se requiere para cada servicio, entre la que se encuentran los planos técnicos del diseño de la estructura de montaje en formato de AUTOCAD con detalles de planta, alzado y 3D, así como el despiece y peso de materiales utilizados en cada montaje. Respecto al sistema modular de montaje, el adjudicatario deberá disponer de capacidad para proporcionar el material necesario para afrontar en todo momento, tanto los servicios que ordinariamente se ejecutan, como aquellos que con carácter urgente pudieran presentarse, estableciéndose como cantidades mínimas para el servicio la disponibilidad de las siguientes estructuras temporales o elementos de montaje:
Gradas: 1.000 asientos de carcasa individual.
Estructuras tubulares para la instalación de tarimas, escenarios, rampas de acceso y torres para instalación de pantallas acústicas (P.A.): 3.000 m2
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de estructura tubular, que permitan realizar los montajes necesarios, según las configuraciones a establecer en función de las necesidades. Los requisitos técnicos que deberá reunir el sistema modular proporcionado por el contratista serán los siguientes:
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Estarán calculados para soportar una sobrecarga de uso en la estructura fundamental a plena carga con público en módulos de asiento y módulos de acceso de 500Kg./m2 y en zona de escaleras de 750Kg./m2. Contarán con las bases de apoyo y arriostramiento para soportar las acciones dinámicas previstas a causa del viento, movimiento de personas, etc. La capacidad portante de escenarios deberá permitir cargas puntuales en zona de pantallas LED de hasta 600 Kg/m2, para eventos donde la disposición de pantallas requiera una superficie reforzada.
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Todos dispondrán de pavimento resistente a la humedad, con tratamiento antideslizante y con capacidad portante de 500Kg./m 2, petos y barandillas laterales y traseras con barrotes de seguridad verticales.
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Las gradas deberán ser de estructura totalmente cerrada para evitar el peligro de caída de objetos. El asiento deberá tener un ancho mínimo de 50 cm x 40 cm fondo y 40 cm respaldo (desde el nivel de asiento), montado sobre estructura autoportante rígida. El espacio libre para paso de público entre asientos de carcasa individual no podrá ser inferior a 35 cm. La inclinación de la grada sea mayor o igual a 10º, no podrá desarrollarse en un único plano, con la alternativa de arranque desde suelo. La plataforma en pasillos de tribuna deberán de ser de más de un ancho de pasillo, para permitir pasillos de medida variable que puedan ajustarse al diseño de zonas, siendo la medida mínima de 60 cm. La anchura de peldaños de tribuna no será inferior a 140 cm. La huella de peldaño deberá ser como mínimo de 38 cm y la contrahuella 19 cm, debiendo estar la contrahuella cerrada para evitar la caída de objetos. Las barandillas de protección laterales y traseras deberán tener barrotes verticales y una altura mínima de 110 cm y 150 cm., respectivamente.
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Las escaleras de tribunas serán de peldaño cerrado, ancho variable y madera antideslizante ignífuga. Las escaleras de acceso por tramos de zanca, de 100cm de ancho mínimo, con barandillas de seguridad y peldaños chapa perforada de acero galvanizado.
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Las rampas serán de estructura inclinada, con una capacidad portante mínima de 500Kg./m2 y superficie de madera antideslizante e ignifuga.
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Las rampas de construcción mixta deberán estar formadas por estructura modular como base de apoyo, vigas de carga para adaptación a inclinaciones variables y estarán cubiertas con tablero de madera antideslizante e ignifuga. Deberán tener una capacidad portante mínima de 800 kg/m2 y estarán calculadas para soportar cargas dinámicas. La s rampas deberán adaptarse in situ a superficies colindantes irregulares, en su desarrollo y terminaciones.
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Las torres deberán incluir vigas para instalación de Pantallas Acústicas (P.A.), con una resistencia de al menos 1.750Kg. y el correspondiente lastre de seguridad.
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Las tarimas y escenarios, cuya altura de sea igual o superior a 150cm. deberán contar con barandillas de protección laterales y trasera.
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Cumplirán con las condiciones de protección contra incendios, incluidos certificados de resistencia al fuego de materiales, con indicación de las medidas que sean de obligación cumplimiento.
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Las instalaciones cumplirán con las condiciones de evacuación, demostrando el cumplimiento de la normativa vigente (pasillos, escaleras, etc.).
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La totalidad de los elementos modulares para el montaje de escenarios, rampas, torres y graderíos temporales, deberán estar homologados – certificados y ser compatibles entre ellos, para permitir el acoplamiento de manera contigua de los módulos, formando una estructura portante compacta y rígida con garantía de seguridad iguales a la de los escenarios o graderíos permanentes. Cada uno de los elementos deberá acoplarse entre sí de una forma sencilla y rápida.
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El sistema modular será tal que admita su adaptación a las dimensiones que se disponen en los lugares de instalación, permitiendo un replanteo gráfico donde se definan todos los parámetros que son condicionantes (sistemas de fijación, distribución de escaleras, zonas de acceso a gradas, barandillas laterales y frontales, espacios de acceso y asientos, etc.).
1.1.2
Medios de transporte
La Empresa dispondrá de medios de transporte capaces y suficientes para el traslado, con la necesaria diligencia, de los materiales, medios auxiliares y personal que se exigen para la prestación del servicio, contando todos ellos con todos los permisos de circulación y transporte de materiales necesarios. Para la ejecución del contrato con el Ayuntamiento de Madrid, la empresa adjudicataria pondrá a disposición como mínimo los siguientes medios:
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Un camión tres ejes capacidad útil mínima de 12.000 Kg., con grúa auto carga. Un camión dos ejes capacidad útil mínima de 8.000 Kg., con grúa auto carga. Un camión de dos ejes capacidad útil mínima de 3.500 Kg., para transporte a zonas de difícil acceso.
Dicho equipamiento deberá cumplir la normativa sectorial correspondiente y estar, por tanto, debidamente homologado.
1.1.3
Medios personales
La empresa adjudicataria deberá aportar el personal necesario para atender a la prestación del servicio, siendo imprescindible un encargado responsable de la ejecución de todos los trabajos asignados por los Servicios Técnicos Municipales que ejercerá el control y supervisión de los mismos. C/ Montalbán, 13ª planta 28014 MADRID T.:915 882 880 Firmado por: JUAN FELIPE MARTINEZ DE LA MALLA Fecha: 28-01-2014 14:38:05 Autor
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El personal adscrito a la ejecución del contrato dependerá laboral y jerárquicamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al personal a su cargo, sin que en ningún caso pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la Administración contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato. En caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido a los operarios durante el desempeño de su trabajo, el adjudicatario cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance en modo alguno al Ayuntamiento de Madrid. El personal de montaje y desmontaje es estimativo. El adjudicatario deberá disponer y gestionar el personal necesario para que los servicios se realicen sin ningún tipo de problemas. Los medios personales mínimos, su titulación y años de experiencia, para el eficaz desempeño de los servicios son los siguientes:
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Un Encargado Responsable por servicio – Técnico competente según se define en la legislación vigente, 4 años de experiencia. Un Técnico de Seguridad y Salud Laboral – Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, 4 años de experiencia. Un Inspector de Control – Técnico competente, según se define en la legislación vigente, 4 años de experiencia. Oficial montador cualificado para trabajo en altura, 60 horas de Prevención de Riesgos – Oficial de 1ª, 3 años de experiencia. Cuatro montadores cualificados para trabajo en altura, 60 horas de Prevención de Riesgos – Oficiales de 2ª, 2 años de experiencia.
El contratista deberá aportar antes de cada montaje un listado incluyendo los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación. El contratista deberá presentar antes de cada montaje la documentación que requiera la normativa en materia de Seguridad Laboral, como el nombramiento de un Recurso Preventivo y demás instrucciones que regule la instalación de este tipo de estructuras.
5. LUGAR DE EJECUCIÓN C/ Montalbán, 13ª planta 28014 MADRID T.:915 882 880 Firmado por: JUAN FELIPE MARTINEZ DE LA MALLA Fecha: 28-01-2014 14:38:05 Autor
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Los diversos emplazamientos de instalación ubicados dentro del Área Municipal donde se realicen los servicios encomendados por la Secretaría de Servicios Comunes y Fondos Europeos. Igualmente el almacén de Montaje de Actos Públicos en el Camino de Hormigueras Nº 133, para los trabajos realizados con material propio del Ayuntamiento de Madrid.
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6. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES El adjudicatario del presente contrato quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, y las que se pudieran aprobar, en materia de prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado en por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero y Igualmente es de aplicación el real Decreto 773/1997, 30 de mayo sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. Lo anterior obliga al adjudicatario a: -
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La utilización de los equipos de protección individual necesarios para realizar tareas de montaje y desmontaje: botas de seguridad, guantes de seguridad, casco de seguridad y, en su caso, arnés anticaída. Nombrar un Recurso Preventivo, cuando sea de aplicación, que se responsabilizará de la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. Presentar al inicio de cada montaje una copia del documento TC2 (Relación Nominal de Trabajadores), convenientemente sellada, de todo el personal que intervenga al inicio de cada montaje, tal y como lo recoge la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para trabajos con estructura de andamiaje.
Se comprobará antes del inicio del montaje y desmontaje el cumplimiento de estas medidas. Su incumplimiento impedirá la realización de dichas tareas.
7. PRECIO UNITARIO DE LICITACIÓN El número y tipología de los servicios previstos se ha calculado en base a la experiencia de actos desarrollados en ejercicios anteriores y su frecuencia anual, estimándose que serán los siguientes (precios IVA no incluido):
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INSTALACIÓN DE ESTRUCTURAS TEMPORALES - AÑO 2014 PRECIO MATERIAL PROPORCIONADO POR EL CONTRATISTA - IVA EXCLUIDO ESTRUCTURAS MODULARES Precios unitarios LICITACIÓN (1) DESCRIPCIÓN TARIMAS HASTA 1,50 M DE ALTURA TARIMA DESDE 1,51 M DE ALTURA RAMPAS GRADA CON ASIENTOS CA
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ESTRUCTURAS EN VERTICAL
0 - 64 m2 (€/unid) Mayor de 64 m2 (€/m2) 0 - 64 m2 (€/unid) Mayor de 64 m2 (€/m2) 0 - 60 m2 (€/unid) Mayor de 60 m2 (€/m2) 0 -70 asientos (€/unid) Mayor de 70 asientos (€/asiento) 0 - 150 m3 (€/m3) Mayor de 150 m3 (€/m3)
Unidades
Precio ud.
TOTAL
2,00 78,00 3,00 455,00 8,00 139,00 2,00 110,00 800,00
1.850,00 33,00 2.200,00 37,00 2.175,00 38,00 1.820,00 26,00 25,00
3.700,00 2.574,00 6.600,00 16.835,00 17.400,00 5.282,00 3.640,00 2.860,00 20.000,00
370,00 20,00 IMPORTE SIN IVA
PLAN DE MONTAJE, UTILIZACIÓN Y DESMONTAJE (PMUD)
2,00
1.800,00
7.400,00 86.291,00 3.600,00
PRECIO MATERIAL PROPORCIONADO POR EL AYUNTAMIENTO - IVA EXCLUIDO Precios unitarios LICITACIÓN DESCRIPCIÓN Hora Hombre Montador (€/hora)
Unidades
Precio ud.
TOTAL
47,00
30,50
1.433,50
IMPORTE DEL CONTRATO SIN IVA
91.324,50
IVA (21 %)
19.178,15
IMPORTE DEL CONTRATO CON IVA
110.502,65
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NOTAS: (1) Los precios unitarios con material de estructuras de la Empresa Adjudicataria incluyen: 7 días de alquiler del material para cada montaje, transporte, desmontaje y retirada.
8.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO a. La Empresa adjudicataria deberá contar con los medios materiales y de personal requeridos en el apartado 4. para atender a la prestación del servicio contratado, garantizando la calidad y seguridad del mismo, y para el cumplimiento de las indicaciones y requerimientos que se especifiquen por los Servicios Técnicos Municipales. b. El Contratista está obligado a entregar e instalar los bienes objeto del suministro, en el tiempo y lugar especificados para cada montaje por los servicios Técnicos Municipales y de conformidad con lo estipulado en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas.
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c. La Empresa adjudicataria estará obligada a redactar en cada uno de los montajes de estructuras que legalmente lo requieran, un Plan de Seguridad y Salud, si hay un Proyecto de Seguridad y Salud proporcionado por el promotor del acto, que deberá ser aprobado por la Dirección Facultativa, en su caso, o – en caso de no existir Proyecto una Evaluación de Riesgos Específica.
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d. En aquellos montajes de estructuras en que, según la Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de los Riesgos Relativos a la Utilización de Equipos de Trabajo, sea obligatorio elaborar un Plan de Montaje, Utilización y Desmontaje (PMUD), la Empresa adjudicataria lo elaborará y nombrará un Director de Montaje, en aplicación del RD 2177/04 sobre equipos de trabajo para realizar trabajos temporales en altura. e. La Empresa adjudicataria estará obligada a realizar, en cada uno de los montajes de estructuras en que no hay riesgos de caída en altura, los documentos técnicos necesarios que garanticen la estabilidad de todas las estructuras montadas, así como realizar la Evaluación de Riesgos Específica de los trabajos. f.
El contratista deberá presentar al inicio de cada montaje una copia del documento TC2 (Relación Nominal de Trabajadores), convenientemente sellada, de todo el personal que intervenga al inicio de cada montaje, tal y como lo recoge la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para trabajos con estructura de andamiaje.
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g. Los vehículos tendrán permanentemente actualizado el permiso de circulación, la tarjeta de inspección técnica y la tarjeta de transporte de mercancías. h. Serán de responsabilidad del contratista los daños o perjuicios que puedan ocasionarse a terceros durante la ejecución del servicio, siendo a cargo del adjudicatario las indemnizaciones que deban satisfacerse como consecuencia de las lesiones que aquellos sufran en sus bienes y derechos. El Contratista está obligado a contratar una póliza de responsabilidad civil que cubra los riesgos que pudieran producirse en la ejecución del contrato por un importe mínimo de 1.000.000,00 euros, con una franquicia máxima de 1.500 euros, correspondiendo el riesgo no cubierto por tal franquicia a la empresa adjudicataria. i.
Asimismo, la empresa adjudicataria contará con una póliza de seguros en concepto de responsabilidad civil a nombre del Ayuntamiento de Madrid, que cubra las tareas de Dirección Técnica de los técnicos municipales que intervengan, por importe de seiscientos mil euros (600.000 euros), con una franquicia máxima de 1.500,00 euros, correspondiendo el riesgo no cubierto por tal franquicia a la empresa adjudicataria.
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j.
El adjudicatario se compromete a mantener los mismos estándares de calidad actualizando los equipos utilizados en función de la evolución tecnológica.
k. El adjudicatario estará obligado a proporcionar ropa de trabajo al personal que asigne para la ejecución de los trabajos contratados. Así como, en su caso, los equipos de protección individual necesarios para el desarrollo de sus tareas, de acuerdo con la normativa de prevención de riesgos.
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l.
El personal y los vehículos de la empresa adjudicataria que intervengan en la ejecución del servicio deberán someterse a las normas de seguridad y control señaladas por el Ayuntamiento de Madrid. Dicho personal deberá llevar en todo momento vestimenta debidamente identificada con el anagrama de su empresa y, en el caso de ser pertinente, lucirá en sitio visible la tarjeta que los servicios de seguridad de los correspondientes emplazamientos les facilite, a fin de asegurar su necesaria identificación.
m. La empresa designará un responsable único del servicio para la coordinación y seguimiento de los trabajos, que será asimismo el interlocutor válido con la Administración. En caso de ausencia, la empresa deberá proceder a su sustitución por otra persona en el plazo máximo de 24 horas. n. Después de cada intervención, el adjudicatario hará llegar a Secretaría de Servicios Comunes y Fondos Europeos una relación valorada, sin cargo, donde figure pormenorizadamente detallado el servicio realizado, para su conformidad, con carácter previo a la expedición de la factura correspondiente.
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