92 de 26 de noviembre, se publican las mismas para general conocimiento

VITORIA-GASTEIZ Cultura Convocatoria y Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para proyectos culturales que se realicen durante el año 20

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VITORIA-GASTEIZ Cultura Convocatoria y Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para proyectos culturales que se realicen durante el año 2008. En sesión ordinaria celebrada por la Junta de Gobierno Local el día 25 de enero de 2008, se han aprobado la Convocatoria y las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones para proyectos culturales en el ámbito de VitoriaGasteiz. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, se publican las mismas para general conocimiento. Vitoria-Gasteiz, 31 de enero de 2008.

Fdo. Dª Nieves Diaz de Corcuera JEFE DE ÁREA DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE CULTURA

CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ PARA PROYECTOS CULTURALES QUE SE REALICEN DURANTE EL AÑO 2008. PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA 1.-

La convocatoria de subvenciones tiene por objeto ayudar a sufragar los gastos ocasionados por la organización y realización de PROYECTOS CULTURALES que se celebren durante el año 2008 en Vitoria-Gasteiz y cuyo fin primordial sea la oferta de manifestaciones y recursos culturales que complementen la oferta cultural ya existente en nuestra ciudad.

2.-

Las acciones culturales objeto de subvención deberán tener un carácter abierto y dirigirse a toda la población de Vitoria-Gasteiz, podrán suponer nuevas experiencias o bien dar continuidad a programas ya existentes, deberán realizarse y finalizarse dentro del año 2008 y estarán enmarcados dentro del ámbito de actuación del Departamento Municipal de Cultura, en alguna de las siguientes áreas: Cultura Formativa; Cultura Creativa; Difusión Cultural y Patrimonio Cultural.

3.-

No serán objeto de la presente convocatoria: - Los proyectos que se desarrollen fuera del ámbito territorial de VitoriaGasteiz. - Los proyectos que incluyan acciones que vayan en menoscabo de los distintos planes municipales transversales aprobados en el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, Plan de Igualdad de Género, Plan Joven, Plan de Drogodependencias, Plan de Euskera y Plan de Inmigración. - Los proyectos que incluyan acciones que supongan la conculcación de cualquiera de los derechos fundamentales amparados por nuestro ordenamiento jurídico, todo ello con el objeto de respetar los derechos y libertades de todas las personas. - Los proyectos culturales paralelos a los ofertados desde el Departamento de Cultura del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, a menos que supongan un complemento. - Los proyectos destinados a las personas socias de la entidad solicitante. - Los proyectos que sean competencia específica y estén incluidos en otras líneas de ayuda o colaboraciones de otros Departamentos u Organismos Municipales, del Territorio Histórico o de la Comunidad Autónoma Vasca. - Los proyectos que incluyan acciones que impliquen el maltrato a animales. - El apoyo a infraestructura y mantenimiento de locales de las entidades solicitantes, así como los gastos de los locales necesarios para el desarrollo de los proyectos. - Los gastos de publicidad e información a los medios de comunicación de la entidad organizadora. - Los gastos de revistas propias. - Los gastos derivados de excursiones. - Los proyectos culturales que sean o vayan a ser objeto de convenio o financiación municipal durante el presente ejercicio. - Las acciones que tengan por objeto el diseño, desarrollo, perfeccionamiento, modificación y/o mantenimiento de páginas web o portales de contenido cultural en internet, así como el mantenimiento y explotación de bases de datos al igual que aquellas que tengan por objeto la edición digital de revistas y/o periódicos y la realización de productos de consulta on-line.

- Las acciones que tengan por objeto la realización de trabajos previos o preparativos de actividades o programas culturales que se ejecutarán en un ejercicio económico diferente al de la concesión de la subvención. SEGUNDA.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN La concesión de las subvenciones objeto de esta Convocatoria se efectuará en régimen de concurrencia competitiva. TERCERA.- ENTIDADES BENEFICIARIAS. 1.- Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Fundaciones y Asociaciones Culturales constituidas sin ánimo de lucro, que tengan fijado su domicilio social en Vitoria-Gasteiz, y se encuentren legalmente constituidas y registradas en el Registro General de Asociaciones y Entidades del Gobierno Vasco y en el Registro General de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento. 2.- El ámbito de actuación de las Asociaciones solicitantes y el del proyecto presentado será el municipio de Vitoria-Gasteiz. 3.- Quedan expresamente excluidas de acceder a esta convocatoria, las Asociaciones citadas que tengan pendiente la justificación de alguna otra subvención económica concedida por este Ayuntamiento o no se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias respecto al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. En este último caso, la concesión de la subvención quedará en suspenso hasta que la Asociación solicitante acredite estar al corriente en dicho cumplimiento, para lo cual dispondrá de un plazo de 10 días desde que se le comunique tal circunstancia. En caso de no acreditarlo en el plazo determinado, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. CUARTA.- CRÉDITO PRESUPUESTARIO Y CUANTÍA MÁXIMA Las subvenciones que se conceden al amparo de esta Convocatoria se imputarán al crédito presupuestario de la partida 06.16.4511.489.33 del presupuesto del año 2008 del Departamento de Cultura, hasta un total de 50.000 €. En el supuesto de que el Presupuesto Municipal para el ejercicio 2008 contemplara un crédito distinto al de la citada partida presupuestaria, se entenderá que el crédito máximo disponible para la presente Convocatoria será el que se asigne para el Presupuesto Municipal del ejercicio 2008. QUINTA.1.-

ORGANOS COMPETENTES PARA LA VALORACIÓN, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN.

El órgano colegiado competente para la valoración de las solicitudes y propuesta de concesión estará formado por la Concejalía Delegada del Área de Educación, Cultura y Deporte, la Dirección del Departamento de Cultura, la Jefatura del Servicio de Actividades Culturales y dos técnicos/as del Departamento de Cultura. Dicha comisión elevará propuesta de concesión de subvención al órgano competente para resolver. Asimismo, el órgano de valoración confeccionará una relación de suplentes por orden de prioridad, para el caso de que alguno o algunos de los beneficiarios renunciaran a la subvención concedida. Dicha relación se adjuntará a la propuesta de concesión que se eleve al órgano competente para resolver.

2.-

El órgano instructor será el/la técnico/a que presta el asesoramiento jurídico en el Departamento de Cultura y que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de Resolución.

3.-

El órgano competente para resolver la concesión de subvenciones será la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

SEXTA.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN 1.-

El plazo de presentación de solicitudes es desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava hasta el día 14 de marzo de 2008 incluido.

2.-

La documentación que deben presentar las Entidades Solicitantes es la indicada en las bases reguladoras específicas.

SÉPTIMA.- PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN 1.-

El acuerdo de resolución de solicitudes se dictará en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado resolución expresa, se entenderá desestimada dicha solicitud.

2.-

Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa y en ella se indicarán los recursos que caben contra la misma.

3.-

La resolución se notificará mediante correo postal con acuse de recibo al domicilio facilitado por la Entidad solicitante a efectos de notificaciones en su solicitud, siempre de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

OCTAVA.- RECURSOS Contra la presente Convocatoria y sus bases específicas podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha aprobado la presente Convocatoria, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL del Territorio Histórico de Álava y, contra la resolución expresa o presunta de éste, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo ContenciosoAdministrativo de Vitoria-Gasteiz en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso o en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca la desestimación presunta del recurso.

BASES ESPECÍFICAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA PROYECTOS CULTURALES QUE SE VAYAN A REALIZAR EN EL AÑO 2008 PRIMERA.- OBJETO. La presente normativa establece las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, con cargo a los créditos de su presupuesto, para el fomento de la cultura en nuestra ciudad, por parte de Asociaciones y Entidades que desarrollan su actividad en este ámbito y abierta a toda la ciudadanía. 1.-Proyectos objeto de subvención: 1.-

La convocatoria de subvenciones tiene por objeto ayudar a sufragar los gastos ocasionados por la organización y realización de PROYECTOS CULTURALES que se celebren durante el año 2008 en Vitoria-Gasteiz y cuyo fin primordial sea la oferta de manifestaciones y recursos culturales que complementen la oferta cultural ya existente en nuestra ciudad y abiertas a toda la ciudadanía.

2.-

Las acciones culturales objeto de subvención deberán tener un carácter abierto y dirigirse a toda la población de Vitoria-Gasteiz, podrán suponer nuevas experiencias o bien dar continuidad a programas ya existentes, deberán realizarse y finalizarse dentro del año 2008 y estarán enmarcados dentro del ámbito de actuación del Departamento Municipal de Cultura, en alguna de las siguientes áreas: Cultura Formativa; Cultura Creativa; Difusión Cultural y Patrimonio Cultural.

2.-

No serán objeto de subvención: - Los proyectos que se desarrollen fuera del ámbito territorial de VitoriaGasteiz. - Los proyectos que incluyan acciones que vayan en menoscabo de los distintos planes municipales transversales aprobados en el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, Plan de Igualdad de Género, Plan Joven, Plan de Drogodependencias, Plan de Euskera y Plan de inmigración. - Los proyectos que incluyan acciones que supongan la conculcación de cualquiera de los derechos fundamentales amparados por nuestro ordenamiento jurídico, todo ello con el objeto de respetar los derechos y libertades de todas las personas. - Los proyectos culturales paralelos a los ofertados desde el Departamento de Cultura del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, a menos que supongan un complemento. - Los proyectos destinados a las personas socias de la entidad solicitante. - Los proyectos que sean competencia específica y estén incluidos en otras líneas de ayuda o colaboraciones de otros Departamentos u Organismos Municipales, del Territorio Histórico o de la Comunidad Autónoma Vasca. - Los proyectos que incluyan acciones que impliquen el maltrato a animales.

- El apoyo a infraestructura y mantenimiento de locales de las entidades solicitantes, así como los gastos de los locales necesarios para el desarrollo de los proyectos. - Los gastos de publicidad e información a los medios de comunicación de la entidad organizadora. - Los gastos de revistas propias. - Los gastos derivados de excursiones. - Las acciones que tengan por objeto el diseño, desarrollo, perfeccionamiento, modificación y/o mantenimiento de páginas web o portales de contenido cultural en internet, así como el mantenimiento y explotación de bases de datos al igual que aquellas que tengan por objeto la edición digital de revistas y/o periódicos y la realización de productos de consulta on-line. - Las acciones que tengan por objeto la realización de trabajos previos o preparativos de actividades o programas culturales que se ejecutarán en un ejercicio económico diferente al de la concesión de la subvención. SEGUNDA.- ENTIDADES BENEFICIARIAS. 1.-

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Fundaciones y Asociaciones Culturales constituidas sin ánimo de lucro, que tengan fijado su domicilio social en Vitoria-Gasteiz, y se encuentren legalmente constituidas y registradas en el Registro General de Asociaciones y Entidades del Gobierno Vasco y en el Registro General de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento.

2.-

El ámbito de actuación de las Asociaciones solicitantes y el del proyecto presentado será el municipio de Vitoria-Gasteiz.

3.-

Quedan expresamente excluidas de acceder a esta convocatoria, las Asociaciones citadas que tengan pendiente la justificación de alguna otra subvención económica concedida por este Ayuntamiento o no se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias respecto al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. En este último caso la concesión de la subvención quedará en suspenso hasta que la Asociación solicitante acredite estar al corriente en dicho cumplimiento, para lo cual dispondrá de un plazo de 10 días desde que se le comunique tal circunstancia. En caso de no acreditarlo en el plazo determinado, se archivará su petición de subvención sin más trámite.

TERCERA.- COMPROMISO DE COLABORACIÓN. La solicitud de subvención de esta Convocatoria conlleva el compromiso por parte de la Asociación peticionaria de colaborar con el Departamento de Cultura en los términos que se señalen en el acuerdo de concesión. CUARTA.- SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN. 1.-

Las Asociaciones interesadas deberán presentar la siguiente documentación: - Solicitud de subvención mediante impreso que se adjunta en el Anexo I de estas bases. - Proyecto del servicio o programa para cuya financiación se presenta solicitud, según Anexo II de estas bases. - Acreditación del poder de representación de quien firma la solicitud y fotocopia del D.N.I. de la persona física, representante legal de la Asociación solicitante, sólo en el caso de solicitar subvención por primera vez o en el caso de que la persona representante de la Asociación haya cambiado con respecto a la última solicitud de subvención presentada al Departamento Municipal de Cultura.

- Documentación que acredite estar legalmente constituida e inscrita en el Registro General de Asociaciones y en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. (sólo en el caso de solicitar por primera vez subvención al Departamento Municipal de Cultura). - Certificación expedida por la entidad bancaria, en la que conste el número de cuenta y titular de la misma, teniendo en cuenta que dicha titularidad ha de ser ostentada por la Asociación y no por persona física alguna (sólo en el caso de solicitar por primera vez subvención al Departamento Municipal de Cultura). - Las Asociaciones solicitantes de las ayudas deberán presentar certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativa de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social o, en su caso, exentas de las mismas y Certificado de la Diputación Foral de Álava de estar al corriente de las obligaciones tributarias o, en su caso, firmar los impresos de los anexos III y IV de las Bases reguladoras específicas. - Fotocopia de la Tarjeta de Identificación Fiscal, (sólo en el caso de solicitar por primera vez subvención al Departamento Municipal de Cultura). - Declaración jurada de no estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.(Anexo V) 2.-

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz recabará de oficio de la Intervención General certificación acreditativa de que la entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias con esta Administración.

3.-

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz podrá reclamar la presentación de otros documentos para proveer mejor a la resolución de las peticiones que se presentan.

4.-

Toda la documentación deberá presentarse en las Oficinas Centrales de Información y Registro del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, sitas en la Plaza de España, número 1 y en el Palacio Europa o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Igualmente podrá ser presentada en las Oficinas de Atención Ciudadana que se encuentran ubicadas en los Centros Cívicos Lakua, Aldabe, El Pilar, Hegoalde, Iparralde, Judimendi , Arriaga, Abetxuko y Polideportivo de Ariznabarra..

5.-

El plazo de presentación es el indicado en el apartado 6 de la Convocatoria.

QUINTA.- SUBSANACIÓN DE LOS DEFECTOS EN LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA. Si las solicitudes de subvención no vinieran cumplimentadas en todos los términos o no fueran acompañadas de la documentación exigida o complementaria señalada en estas bases, se requerirá a la entidad interesada para que en el plazo de 10 días se subsanen las faltas, apercibiéndole de que, en caso contrario, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

SEXTA.- INFORMACIÓN Y ASESORAMIENTO. La Agencia para las Asociaciones y el Voluntariado ERDU, sita en el Centro Cívico El Campillo, calle Santa María, número 4, teléfono 945161687 y correo electrónico [email protected], ofrecerá información, apoyo, orientación y asesoramiento a las Asociaciones que presentan la correspondiente solicitud de subvención dentro del marco de esta Convocatoria y si así lo requieren. SÉPTIMA.- REQUISITOS

Y CRITERIOS QUE REGIRÁN LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES

PARA SU ESTUDIO Y VALORACIÓN.

1.Serán requisitos imprescindibles: - Presentar la solicitud y el resto de la documentación requerida en estas bases y en el plazo indicado. - Para aquellas entidades que hubieran resultado beneficiarias de subvención durante el año 2007, haber presentado la Memoria y Justificación de gastos del programa subvencionado así como la devolución en plazo de todo el material cedido por el Ayuntamiento. 2.-

El órgano colegiado competente para la valoración de las solicitudes indicado en el apartado quinto de la Convocatoria, realizará una propuesta concreta para priorizar, asignar o denegar subvención a la entidad solicitante, teniendo en cuenta los siguientes criterios:

- Calidad e interés del proyecto desde el punto de vista cultural. Hasta un máximo de 35 puntos. Se valorará la importancia cultural del proyecto; personas beneficiarias del proyecto (número y colectivo concreto); implicación de otros colectivos en la gestión del proyecto; alcance del proyecto; calidad de la metodología del proyecto. - Originalidad y/o carácter innovador del proyecto. Hasta un máximo de 30 puntos. Se valorará la novedad, la originalidad y la no existencia de programas similares. - Viabilidad técnica y económica del proyecto. Hasta un máximo de 15 puntos. Se valorará la posibilidad real de la puesta en marcha del proyecto cultural tanto a nivel técnico como económico (autofinanciación), con independencia de la aportación económica municipal y de otros ingresos procedentes de las administraciones públicas. - Utilización del euskera en el desarrollo del programa. Hasta un máximo de 10 puntos. - Desarrollo de acciones que promuevan la Igualdad de Género. Hasta un máximo de 5 puntos. - Desarrollo de acciones que promuevan la tolerancia y el conocimiento de la pluralidad cultural. Hasta un máximo de 5 puntos. Serán seleccionados aquellos proyectos que en aplicación de estos criterios, obtengan al menos 50 puntos sobre los 100 posibles, y uno único por Asociación. OCTAVA.- CRÉDITO MÁXIMO, CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES Y CÁLCULO DE LAS MISMAS. 1.- Las ayudas que se conceden al amparo de la presente Convocatoria se imputarán al crédito presupuestario de la partida 06.16.4.5.1.1.489.33 del Presupuesto del ejercicio 2008 del Departamento de Cultura, con una dotación máxima de 50.000 €. 2.- El total de la cantidad con la que se subvencionen los proyectos seleccionados no superará el 50% del presupuesto total del proyecto. 3.- Para la cuantificación del importe de la subvención que corresponda, a cada uno de los proyectos seleccionados se aplicará un sistema de reparto proporcional, en

virtud del cual el importe global del crédito de la convocatoria se distribuirá en proporción a la respectiva puntuación que, en aplicación de los criterios establecidos en el punto 2 de la base séptima, hubieran obtenido en la fase de valoración, aplicada a la cantidad solicitada al Departamento de Cultura, y respetando en todo caso el límite establecido en el apartado anterior. NOVENA.- RESOLUCIÓN DE LAS SUBVENCIONES El órgano colegiado de valoración, elevará propuesta de concesión de subvención a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento que es el órgano competente para resolver. El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, dentro del acuerdo de concesión de la subvención, especificará: - La cuantía de la subvención y forma de pago de la misma. - La conformidad con la acción o servicios que se subvencionan o, en su caso, las modificaciones que son necesarias introducir para que el abono de la subvención tenga lugar. - La naturaleza de la subvención y las condiciones en las que se otorga. La naturaleza y la periodicidad de los medios de control que puedan establecerse. - Que la resolución pone fin a la vía administrativa y los recursos que proceden contra la misma. DÉCIMA.- COMPATIBILIDAD CON OTRAS SUBVENCIONES O AYUDAS. 1.

Las subvenciones previstas en la presente Convocatoria son compatibles con otras que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra Institución pública o privada, siempre que de ello no se derive sobrefinanciación. Caso de producirse ésta, esto es, cuando el importe total de la suma de las diferentes subvenciones o ayudas obtenidas sea superior al presupuesto que resulte aprobado en la actividad, se reducirá el importe de la subvención en la cantidad correspondiente al exceso.

2.

Aquellas Asociaciones que hayan solicitado y, en su caso, obtenido subvención de cualesquiera otras Administraciones o Entes para el desarrollo del proyecto presentado en esta Convocatoria, han de hacer constar en el programa del mismo (Anexo II) la Administración o Ente al que han solicitado subvención, así como, en su caso, el importe concedido.

UNDÉCIMA.- ABONO DE LA SUBVENCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE GASTOS. 1.

El pago del 80% del total de la subvención se realizará previo a la justificación, debido a que las asociaciones que acceden a ellas no cuentan, en la mayoría de los casos, con ningún tipo de recurso para hacer frente al proyecto presentado, al tratarse de Asociaciones sin ánimo de lucro. El 20% restante se abonará a la finalización de la actividad y una vez justificada.

2.

Las Asociaciones beneficiarias de subvención deberán justificar la cantidad total invertida en el desarrollo del proyecto cultural, independientemente de la subvención recibida, en los siguientes términos y dentro del mes siguiente a la finalización de la actividad: - Facturas y/o recibos en original o en copia autenticada por el Departamento Municipal de Cultura justificativos del total de la cantidad total invertida en el desarrollo del proyecto cultural, independientemente de la subvención recibida, en los conceptos establecidos. En cualquiera de los dos casos (original o fotocopia) no se admitirá la justificación si no va acompañada del Certificado cuyo modelo aparece en los Anexos VI y VII.

- Memoria explicativa del proyecto realizado, con valoración de los resultados obtenidos. - Un ejemplar de los estudios, programas, publicaciones, carteles anunciadores y cuanta documentación gráfica y escrita haya sido elaborada en la actividad objeto de la subvención. - Balance de ingresos y gastos conforme al modelo del ANEXO VIII 3.

En el supuesto de que el importe total de las facturas presentadas no cubriera la cuantía de la subvención concedida o en el caso de no poder llevarse a cabo el proyecto subvencionado, deberá señalarse dicha circunstancia a los efectos de su reintegro al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, no pudiéndose hacer uso de cantidad alguna para ninguna otra actividad ni gasto no imputable directamente a los contenidos del proyecto cultural. Dicho reintegro se efectuará mediante ingreso de la cuantía que corresponda en el número de cuenta del Departamento de Cultura.

4.-

Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria en el número de cuenta facilitado por la Entidad en su solicitud y en el plazo máximo de 30 días desde la fecha del documento contable de Orden de Pago tal y como viene establecido en el Plan de Pagos Municipal aprobado por Resolución de la Concejala Delegada del Área de Gobierno de Hacienda, de fecha 4 de julio de 2006

DUODÉCIMA.- OBLIGACIONES DE LA ASOCIACIÓN BENEFICIARIA. Las Asociaciones beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente Convocatoria deberán cumplir, en todo caso, las siguientes obligaciones: - Aceptar la subvención concedida. En este sentido, si en el plazo de quince días tras la fecha de recepción de la notificación de concesión de subvención, las Asociaciones beneficiarias no renuncian expresamente y por escrito a la misma, se entenderá que ésta queda aceptada. - Utilizar la subvención para el concreto destino para el que ha sido concedida. - Acreditar ante el Departamento de Cultura la realización de la actividad, así como el cumplimiento de los requisitos y condiciones que determinen la concesión de la ayuda. - Realizar toda la publicidad de las actividades subvencionadas en las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma Vasca. - Hacer mención expresa del patrocinio del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz en programas, carteles anunciadores, fotografías y demás materiales gráficos, escritos o sonoros que se elaboren con motivo del proyecto subvencionado, para lo cual se insertará el logotipo del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. - Comunicar por escrito cualquier variación o modificación que se pretenda efectuar en el programa objeto de subvención, requiriéndose la expresa aprobación de la Junta de Gobierno Local para su realización. - Dar cuenta al Ayuntamiento de los documentos que se le soliciten como seguimiento del proyecto subvencionado. - No podrá colocar publicidad del programa cultural subvencionado en lugares en los que no esté permitido según se recoge en la Ordenanza de Limpieza, Recogida y Transporte de residuos de Vitoria-Gasteiz, en vigor desde el 17 de agosto de 2005. - Facilitar cuanta información le sea requerida por el Departamento de Cultura, la Intervención del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, el Tribunal Vasco de Cuentas Públicas u otros órganos competentes.

- Las establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones y en la Ordenanza Municipal de Subvenciones. DECIMOTERCERA.- PÉRDIDA DE LA SUBVENCIÓN. Las Asociaciones beneficiarias podrán llegar a perder la subvención total o parcial concedida, a propuesta de la Comisión de Valoración, previa apertura de expediente, en los siguientes supuestos: - Si se hubiesen falseado los datos de la solicitud y/o de la documentación exigida. - Si no se hubiese destinado la subvención a los fines y actividades para los que fue concedida. - Si se hubieran incumplido las obligaciones establecidas. - En los supuestos establecidos en el artículo 20 de la Ordenanza Municipal de Subvenciones. DECIMOCUARTA.- PROCEDIMIENTO DE REINTEGRO. El Procedimiento de reintegro para la devolución de la subvención concedida, se ajustará a lo regulado en la Ordenanza Municipal de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz DECIMOQUINTA.- INFRACCIONES Y SANCIONES. El régimen de infracciones y sanciones se ajustará a lo establecido en la Ordenanza Municipal de Subvenciones y Ayudas del Ayuntamiento de VitoriaGasteiz. DECIMOSEXTA.- INTERPRETACIÓN. 1.

Cualquier duda que pudiera surgir en torno a la interpretación de estas Bases, será resuelta por la Junta de Gobierno Local.

1.

Será norma básica de aplicación la Ordenanza Municipal de Subvenciones y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.

2.

Las Ordenanzas reflejadas en estas bases pueden ser consultadas a través de la página Web del Ayuntamiento www.vitoria-gasteiz.org

ANEXO I SOLICITUD DE SUBVENCIÓN PARA PROYECTOS O SERVICIOS CULTURALES D/Dña ......................................................................................................... con D.N.I .............................. , con domicilio en.............................................. .................................................................................................................. Teléfono......................................, C/ ........................................................... ................................................................................................... CP........... En su calidad de ......................................... ASOCIACIÓN/COMISIÓN/JUNTA .................................................................................................................. Domiciliada en ............................................................................................. Con teléfono ..............................................Fax ........................................... E.Mail ......................................................................................................... Inscrita en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco con fecha ....... .................. y número en el Registro Municipal de Asociaciones ......................... EXPONE: Que a la vista de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de servicios o proyectos culturales realizada por el Departamento de Cultura del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, y teniendo conocimiento de las bases expresadas en la misma, SOLICITA: Le sea concedida una subvención de ...............................................€ para el proyecto ...................................................................................................... , cuyo coste total asciende a...........................................................€, para lo cual se adjuntan los documentos requeridos cuya veracidad certifico. En Vitoria-Gasteiz, a ....de ..... de 2008 (Firma y sello de la entidad solicitante)

Documentos que se adjuntan 1.2.3.4.5.NIF de la Entidad.................................o fotocopia del DNI de la persona física o representante de la Asociación. Datos bancarios: Entidad Nº c/c o libreta Titular D.N.I. El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informa que los datos personales que Vd. nos proporciona serán incluidos en los ficheros automatizados de datos de carácter personal titularidad de esta entidad, cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal en el ámbito de sus competencias. Si lo desea puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a la Oficina de Información Central del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en la siguiente dirección: Plaza de España, s/n, 01001 Vitoria-Gasteiz, y en todas las Oficinas de Atención Ciudadana.

ANEXO II ESQUEMA DEL PROYECTO A SUBVENCIONAR

Fundamentación del proyecto. Objetivos que persigue. Descripción del proyecto. Población a la que se dirige. Número de participantes previstos. Recursos humanos y materiales a utilizar. Presupuesto de ingresos y gastos. Otras subvenciones y/o ayudas económicas demandadas, previstas y/o recibidas. Formas de evaluación del proyecto. Información sobre la entidad solicitante: número de personas socias, voluntarias; relación de programas y actividades desarrollados durante el curso o año natural anterior. Otras informaciones adicionales que la entidad estime oportuno.

ANEXO III DECLARACIÓN JURADA (relativa a personal asalariado)

D/Dña ......................................................................................................... con D.N.I .............................. , con domicilio en.............................................. .................................................................................................................. Teléfono......................................, C/ ........................................................... ................................................................................................... CP........... En su calidad de ......................................... ASOCIACIÓN/COMISIÓN/JUNTA .................................................................................................................. Domiciliada en ............................................................................................. Con teléfono ..............................................Fax ........................................... E.Mail ......................................................................................................... Inscrita en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco con fecha ....... .................. y número en el Registro Municipal de Asociaciones ......................... DECLARA bajo juramento, y para la Convocatoria de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para el desarrollo de servicios o proyectos culturales realizada por el Departamento de Cultura, que la Entidad/Asociación a la que representa no cuenta con personal asalariado a su cargo. Y para que conste donde proceda así lo firma En Vitoria-Gasteiz, a……..de……………………..de 200

(Firma y sello de la Entidad solicitante)

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informa que los datos personales que Vd. nos proporciona serán incluidos en los ficheros automatizados de datos de carácter personal titularidad de esta entidad, cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal en el ámbito de sus competencias. Si lo desea puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a la Oficina de Información Central del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en la siguiente dirección: Plaza de España, s/n, 01001 Vitoria-Gasteiz, y en todas las Oficinas de Atención Ciudadana.

ANEXO IV AUTORIZACIÓN

D/Dña ......................................................................................................... con D.N.I .............................. , con domicilio en.............................................. .................................................................................................................. Teléfono......................................, C/ ........................................................... ................................................................................................... CP........... En su calidad de ......................................... ASOCIACIÓN/COMISIÓN/JUNTA .................................................................................................................. Domiciliada en ............................................................................................. Con teléfono ..............................................Fax ........................................... E.Mail ......................................................................................................... Inscrita en el Registro General de Asociaciones del Gobierno Vasco con fecha ....... .................. y número en el Registro Municipal de Asociaciones ......................... AUTORIZA al Departamento de Cultura del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz a que, previamente a la resolución de la Convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para el desarrollo de servicios o proyectos culturales realizada por el Departamento de Cultura, recabe de oficio la información necesaria de la Hacienda Foral de Álava para acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Entidad o Asociación a la que representa con la mencionada Hacienda Foral.

En Vitoria-Gasteiz, a…....de…………………….de 2008

(Firma y sello de la Entidad solicitante)

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informa que los datos personales que Vd. nos proporciona serán incluidos en los ficheros automatizados de datos de carácter personal titularidad de esta entidad, cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal en el ámbito de sus competencias. Si lo desea puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a la Oficina de Información Central del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en la siguiente dirección: Plaza de España, s/n, 01001 Vitoria-Gasteiz, y en todas las Oficinas de Atención Ciudadana.

ANEXO V DECLARACIÓN JURADA

D/Dña ......................................................................................................... con D.N.I .............................. , con domicilio en.............................................. .................................................................................................................. Teléfono......................................, C/ ........................................................... ................................................................................................... CP........... En su calidad de ......................................... ASOCIACIÓN/COMISIÓN/JUNTA .................................................................................................................. Domiciliada en .............................................................................................

DECLARA bajo juramento, y para la Convocatoria de Subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para Proyectos Culturales, que la Entidad/Asociación a la que representa no se encuentra sancionada administrativamente o penalmente con la imposibilidad de obtención de ayudas públicas, ni incursa en prohibición legal que le inhabilite para ello, incluyendo las producidas por incurrir en discriminación por razón de sexo, según lo dispuesto en la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres. Y para que conste donde proceda así lo firma

En Vitoria-Gasteiz, a……..de……………………..de 2008

(Firma y sello de la Entidad solicitante)

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informa que los datos personales que Vd. nos proporciona serán incluidos en los ficheros automatizados de datos de carácter personal titularidad de esta entidad, cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal en el ámbito de sus competencias. Si lo desea puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a la Oficina de Información Central del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en la siguiente dirección: Plaza de España, s/n, 01001 Vitoria-Gasteiz, y en todas las Oficinas de Atención Ciudadana.

ANEXO VI ESCRITO QUE DEBE ENCABEZAR LA PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS JUSTIFICATIVAS DE LA SUBVENCIÓN (EN CASO DE PRESENTAR FOTOCOPIAS) D./Dña. ...................................................................................................... en representación de .................................................................................... CERTIFICA: Que las facturas, recibos o justificantes de gastos que se aportan son copias de los respectivos originales y se generaron como consecuencia de la ejecución de 1 ……………………………………………………y financiado por la aportación del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Dichos originales se encuentran disponibles para cualquier inspección que estimen oportuna. Y para que sirva como justificante, en cumplimiento de la Ordenanza Municipal Reguladora de Subvenciones y Ayudas. En Vitoria-Gasteiz, a

de

2008

FIRMADO (PRESIDENTE/A DE LA JUNTA) Y SELLO DE LA ENTIDAD:

1

Deberán de especificar programa u objeto concreto de la subvención

ANEXO VII ESCRITO QUE DEBE ENCABEZAR LA PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS JUSTIFICATIVAS DE LA SUBVENCIÓN (EN CASO DE PRESENTAR ORIGINALES) D./Dña. ...................................................................................................... en representación de .................................................................................... CERTIFICA: Que las facturas, recibos o justificantes de gastos que se aportan se generaron como consecuencia de la ejecución de 2……………………………………………………y financiado por la aportación del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. Y para que sirva como justificante, en cumplimiento de la Ordenanza Municipal Reguladora de Subvenciones y Ayudas. En Vitoria-Gasteiz, a

de

2008

FIRMADO (PRESIDENTE/A DE LA JUNTA) Y SELLO DE LA ENTIDAD:

2

Deberán de especificar programa u objeto concreto de la subvención

ANEXO VIII BALANCE DE INGRESOS Y GASTOS DEL PROYECTO/ACTIVIDAD INGRESOS:

-

Subvención del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz _________________

-

Subvención de otras Administraciones _________________________

-

Aportación de la Entidad solicitante____________________________

-

Aportación de usuarios _____________________________________

-

Aportación de otras entidades ________________________________ Total INGRESOS

GASTOS: Tipo

Ayuntamiento

Entidad

Otras Admon

Gastos de personal Compra de material Transporte Suministros Servicios profesionales Inversiones Otros Total GASTOS

Vitoria-Gasteiz, a

de Fdo:

El Presidente/a o Responsable Financiero

de 2008

Total

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