A N T E C E D E N T E S

1/10 CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE CÓMPUTO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A TRAVÉS DE L

3 downloads 92 Views 391KB Size

Story Transcript

1/10

CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE CÓMPUTO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN REPRESENTADA POR EL MTRO. EDUARDO CONTRERAS ROJANO, DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ COMO “LA SECRETARÍA”, Y LA EMPRESA “SISTEMAS CONTINO, S.A. DE C.V.”, REPRESENTADA POR EL C. CELESTINO ANELL COYOTL EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL A QUIEN SE LE DENOMINARÁ COMO “CONTINO”, SUJETÁNDOSE LAS PARTES AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS ANTECEDENTES a).- El día 24 de abril de 2013, la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a través de la Dirección General de Administración, remitió oficios de invitación a diversas empresas para participar en la Licitación Simplificada N° LS-108T00000-009-13, RELATIVA A LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE CÓMPUTO. b).- De conformidad con los oficios de invitación, el día 6 de mayo del mismo año, se celebró el Acto de la Junta de Presentación y Apertura de Proposiciones Técnicas y Económicas siendo presidido por la Comisión integrada para la referida licitación. c).- El día 8 de mayo de 2013, se dio notificación del fallo correspondiente en el que resultó adjudicado “EL PROVEEDOR” con las partidas en licitación que en la cláusula Primera se mencionan. d).- Que para la presente contratación se cuenta con los Dictámenes de Suficiencia Presupuestal números SSE/D-794/2013, SSE/D-0760/2013, SSE/D-0797/2013 y SSE/D0785/2013; y los Registros de Procedimientos de Adquisición e Inversión, números 108T/00137A/2013, 108T/00109A/2013, 108T/00140A/2013 y 108T/00126A/2013. DECLARACIONES I.- DE “LA SECRETARÍA”: a).- Que está facultada para celebrar el presente contrato, conforme a los artículos 1, 9 fracción III, 10, 15 fracción X y 16 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado; 186 fracciones III y XXXIII y 213 del Código Financiero para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1° fracción I, 2° fracción II inciso b), 3 fracción I, 9, 10, 26 fracción II, 60, 61, 62, 64, 65, 73, 79 y demás relativos a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 1, 2, 4, 8, 26 fracciones XVI, XXIII y XXX inciso a) del Reglamento Interior de la Secretaria de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

2/10

b).- Que señala como su domicilio para los efectos de este contrato el ubicado en la Av. Xalapa No. 301, Esq. Boulevard Adolfo Ruiz Cortines, Col. Unidad del Bosque, C.P. 91010 de esta ciudad, con R.F.C. SFP000520C28. c).- Que de acuerdo a lo señalado en los antecedentes, se celebra el presente contrato con “EL PROVEEDOR” II.- DE “EL PROVEEDOR” a).- Que es una Sociedad Mercantil debidamente constituida conforme a las leyes mexicanas, justificándolo con la escritura pública número 12,389 de fecha 22 de junio de 1989, pasada ante la fe del Notario Público No. 1, Francisco Ramírez Govea, de la ciudad de Veracruz, Ver., cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad Sección Comercio, de esa misma ciudad, bajo el número 566 del 07 de julio de 1989. b).- Que su representante acredita su personalidad mediante el Instrumento Público número 29,572 de fecha 22 de abril del 2006, pasada ante la fe del Notario Público No. No. 28, Lic. Francisco Samuel Arias González, de la ciudad de Veracruz, Ver. c).- Que señala como domicilio para los efectos legales de este contrato el ubicado en la calle Lucio Blanco No. 103 de la Unidad Magisterial, de esta ciudad, con Tels. 8-14-79-70, 8-14-79-72 y 8-15-90-02, e-mail: [email protected] y con R.F.C. SCO890622BT5. d).- Que cuenta con la capacidad suficiente para la venta del equipo de cómputo, materia de este contrato y que es su voluntad obligarse en los términos del presente instrumento. CLÁUSULAS OBJETO PRIMERA.- “EL PROVEEDOR” vende a “LA SECRETARÍA” a precio fijo los bienes correspondientes a las partidas No. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9 y 10 de la Licitación Simplificada señalada en el antecedente a) cuyas cantidades, características y especificaciones se encuentran contenidas en el anexo único de este contrato, el cual debidamente suscrito pasa a formar parte integrante de este acuerdo de voluntades. MONTO Y FORMA DE PAGO SEGUNDA.- “LA SECRETARÍA” pagará a “EL PROVEEDOR” la cantidad total de $844,421.00 (ochocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos veintiún pesos 00/100 M.N.) más el IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, misma que será liquidada dentro de los 30 días naturales posteriores a la total entrega de los bienes. “EL PROVEEDOR” se obliga a desglosar el Impuesto al Valor Agregado en la facturación correspondiente.

3/10

La facturación previa coordinación con la Subdirección de Adquisiciones y Control de Inventarios de “LA SECRETARÍA” debe ser a nombre de la Secretaría de Finanzas y Planeación, ubicada en la Av. Xalapa No. 301, Col. Unidad del Bosque, C.P. 91010 en Xalapa, Ver., con R.F.C. SFP000520C28. “EL PROVEEDOR” acepta que el pago se efectúe mediante depósito electrónico a su cuenta No. 012905004455956306, del Banco BANCOMER. Las partes acuerdan que “LA SECRETARÍA” no hará pago alguno por ningún otro concepto a “EL PROVEEDOR”. ENTREGA TERCERA.- “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar libre a bordo los bienes objeto de este contrato a entera satisfacción de “LA SECRETARÍA” en el Almacén de la Secretaría de Finanzas y Planeación, ubicado en el Km. 3.5 de la carretera Federal Xalapa-México, en Banderilla Ver., de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 hrs., en un plazo de 10 días naturales contados a partir de la suscripción del presente contrato. GARANTÍA DE CALIDAD CUARTA.- “EL PROVEEDOR” se obliga a garantizar la buena calidad de los bienes objeto del presente instrumento contra cualquier defecto de fabricación, vicios ocultos, por un término mínimo de tres años en piezas, contados a partir de su total recepción, comprometiéndose a cambiar a entera satisfacción de “LA SECRETARÍA” los que resulten defectuosos, por otros similares de la calidad requerida y totalmente nuevos, bastando para ello el requerimiento a sus oficinas. SUPERVISIÓN QUINTA.- “EL PROVEEDOR” acepta que “LA SECRETARÍA” analice en los lugares que crea convenientes la calidad de los bienes y que realice las visitas a las instalaciones de “EL PROVEEDOR” cuando lo considere necesario para verificar su capacidad. DERECHOS DE AUTOR SEXTA.- “EL PROVEEDOR” se responsabiliza totalmente de cualquier violación o infracción a las disposiciones relativas a la propiedad industrial de patentes o marcas, eximiendo de esta a “LA SECRETARÍA”. INTRANSFERIBILIDAD SÉPTIMA.- Acuerdan las partes que los derechos y obligaciones del presente contrato, no podrán cederse o traspasarse bajo ninguna modalidad en favor de persona alguna. La contravención a esto traerá como consecuencia la rescisión del mismo, sin responsabilidad alguna para “LA SECRETARÍA”. RESCISIÓN ADMINISTRATIVA OCTAVA.- “LA SECRETARÍA” podrá rescindir administrativamente el presente contrato en caso de incumplimiento de las obligaciones por parte de “EL PROVEEDOR”, sin necesidad de declaración judicial previa, así como revocarlo anticipadamente cuando

4/10

concurran razones de interés público, conforme a lo dispuesto por el artículo 79 y demás relativos del Capítulo I, Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. PENA CONVENCIONAL NOVENA.- “EL PROVEEDOR” se compromete a pagar a “LA SECRETARÍA” como pena convencional EL TRES AL MILLAR por cada día de atraso en la entrega de los bienes objeto del presente, o de los requisitos o documentos exigibles que con base en las disposiciones legales debiera presentar conforme al presente contrato o con motivo del mismo, misma que será calculada sobre el monto total de los bienes que no sean entregados en tiempo, forma y con la calidad requerida, importe que será descontado al momento de efectuarse el pago y en su caso se procederá a hacer efectiva la póliza de fianza de cumplimiento respectiva, conforme a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; misma penalidad se aplicará por cada día de atraso en la entrega de la póliza de fianza de cumplimiento de contrato. Se entenderá como atraso en la entrega de los bienes, cuando “EL PROVEEDOR” no los presente con la calidad requerida. En consecuencia; el plazo se computará hasta la recepción de conformidad de los mismos por parte de “LA SECRETARÍA”. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DÉCIMA.- Con el fin de garantizar el debido cumplimiento de este contrato, la buena calidad de los bienes objeto del mismo, el pago de daños y perjuicios ocasionados por su incumplimiento, el pago de las penas convencionales y todas las obligaciones contraídas, “EL PROVEEDOR” otorga póliza de fianza expedida por compañía legalmente autorizada para ello por el importe de $84,442.10 (ochenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y dos pesos 10/100 M.N.) equivalente al 10% (Diez por ciento) del monto total del contrato adjudicado en la Licitación Simplificada referida en el antecedente a) del presente; sin incluir el concepto del I.V.A., a favor de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para este efecto la compañía afianzadora deberá cumplir con los siguientes requisitos: a).- Deberá aceptar expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido por los artículos 95, 95 Bis y 118 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. b).- Se deberá de comprometer a pagar hasta la cantidad importe de la fianza, en caso de que su fiado no justifique plenamente y a satisfacción de la Secretaría de Finanzas y Planeación el cumplimiento del contrato, inclusive las cláusulas penales. c).- La fianza estará vigente a partir de la firma del contrato y por un año más de la fecha en que se reciban de conformidad los bienes objeto del mismo y sólo podrá cancelarse por orden escrita de la Secretaría de Finanzas y Planeación.

5/10

d).- La afianzadora acepta plenamente que la fianza seguirá vigente en caso de que se le concedan a “EL PROVEEDOR”, prórrogas o esperas en los mismos términos y plazos, sin necesidad de hacerlo constar por escrito. e).- La afianzadora reconoce plenamente la facultad de la Procuraduría Fiscal de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz para hacer efectiva esta garantía. f).- En caso de controversia sobre la interpretación de la presente, la afianzadora se somete a la jurisdicción de los tribunales de la ciudad de Xalapa, Veracruz. TÉRMINO DE ENTREGA DE LA PÓLIZA DÉCIMA PRIMERA.- “EL PROVEEDOR” se compromete a entregar la Póliza de Fianza señalada en la cláusula anterior en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la suscripción del presente instrumento. CONFIDENCIALIDAD DÉCIMA SEGUNDA.- “EL PROVEEDOR” se obliga a mantener en estricta confidencialidad y a no revelar información alguna que se desprenda de la ejecución de las obligaciones emanadas del presente instrumento, en caso contrario, le serán aplicables las sanciones que señala el artículo 73 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. AMPLIACIÓN DÉCIMA TERCERA.- Las partes acuerdan que podrá acordarse el incremento de los bienes objeto de este contrato, mediante la modificación correspondiente, dentro de los seis meses posteriores a su firma, siempre que el monto total de las modificaciones, no rebase en conjunto el veinte por ciento del monto total de la partida que se amplia y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, conforme a lo que dispone el artículo 65 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de los Bienes Muebles del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. ADHESIÓN DÉCIMA CUARTA.- “EL PROVEEDOR” se compromete a sostener los precios y demás condiciones de contratación, en caso de que alguna o algunas de las dependencias o entidades del Poder Ejecutivo del Estado o cualesquiera de las instituciones que contempla la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz, decida adherirse a dicha contratación, en términos de lo que establece el artículo 55 fracción XIV de la referida ley. AUSENCIA DE VICIOS DEL CONSENTIMIENTO DÉCIMA QUINTA.- Las partes manifiestan que en el presente contrato no existe error, dolo o mala fe ni lesión alguna que pudiera invalidarlo, comprometiéndose a cumplirlo en cualquier tiempo, lugar y bajo las condiciones especificadas.

6/10

PERSONALIDAD DÉCIMA SEXTA.- Las partes se reconocen mutua y recíprocamente, la personalidad con que se ostentan en este acto jurídico y externan libremente su voluntad para obligarse en los términos y cláusulas de este contrato. JURISDICCIÓN DÉCIMA SÉPTIMA.- Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato las partes convienen en someterse expresamente a la jurisdicción y competencia de los tribunales del fuero común de la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, renunciando al fuero que les corresponda en atención a sus domicilios presentes o futuros. Enteradas las partes del alcance, contenido y fuerza legal del presente instrumento lo firman en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz, el día 13 de mayo de dos mil trece. POR “LA SECRETARÍA”

POR “EL PROVEEDOR”

MTRO. EDUARDO CONTRERAS ROJANO DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

C. CELESTINO ANELL COYOTL REPRESENTANTE LEGAL

7/10

ANEXO DEL CONTRATO QUE CELEBRAN LA SECRETARÍA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE Y LA EMPRESA SISTEMAS CONTINO, S.A. DE C.V., DERIVADO DE LA LICITACIÓN SIMPLIFICADA Nº LS- LS-108T00000-009-13, PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE CÓMPUTO. PART.

1

DESCRIPCIÓN

U.M.

CANT.

EQUIPO

69

COMPUTADORA MARCA DELL MODELO: OPTIPLEX 990USFF DE ALTO EQUIPO RENDIMIENTO

1

COMPUTADORA DE ESCRITORIO MARCA HP 6300 PRO COMPACTA  PROCESADOR INTEL CORE i3-3220 (3.30GHZ, CACHE DE 3MB, 2 NÚCLEOS) DE SEGUNDA GENERACIÓN.  CHIPSET INTEL Q75 EXPRESS.  FACTOR DE FORMA REDUCIDO.  MEMORIA SDRAM DDR3 DE 4GB, 1333 MHZ EXPANDIBLE A 16GB, 4 RANURAS DE MEMORIA.  DISCO DURO SATA DE 500GB, 7200 RPM.  UNIDAD ÓPTICA GRABADOR DE DVD SATA SUPERMULTI.  TARJETA DE VIDEO GRÁFICOS INTEL HD GRAPHICS.  INTERFAZ DE RED CONEXIÓN DE RED INTEL 82579LM GIGABIT ETHERNET INTEGRADA.  MONITOR LCD 18.5” RESOLUCIÓN 1366 x 768 MARCA HP.  INCLUYE TECLADO Y MOUSE DE LA MISMA MARCA QUE EL CPU.  SISTEMA OPERATIVO WINDOWS 8 PRO CON DAWNGRADE A WINDOWS 7.  SERVICIOS Y GARANTÍA HP TOTAL CARE: 3 AÑOS EN PIEZAS, MANO DE OBRA, A DOMICILIO.

2

3

 PROCESADOR TERCERA GENERACIÓN INTEL CORE 17-2600 (2.8 GHZ, 8MB CACHE, 4 NUCLEOS).  4GB DE MEMORIA DDR3 SDRAM 1600 MHZ.  DISCO DURO SATA DE 500GB 7200 RPM DE 2.5”.  MONITOR DELL, SERIE PROFESIONAL S2440L, VGA/DVI, HDMI.  TARJETA DE VIDEO INTEL (1 DisplayPort, 1 VGA, SIN ADAPTADOR).  MOUSE Y TECLADO DELL.  UNIDAD DE 16x /DVD+/-RW.  SISTEMA OPERATIVO WINDOWS 7 PROFESIONAL, CON MODO XP, 64BIT, ESPAÑOL.  GARANTÍA Y SOPORTE DE 3 AÑOS. COMPUTADORA DE ESCRITORIO PARA DISEÑO MARCA APPLE MODELO: EQUIPO IMAC 21.5”

2

8/10

 PROCESADOR INTEL CORE I5 QUAD CORE DE 2.7 GHz (TURBO BOOST DE HASTA 3.2 GHz) CON 6 MB DE CACHE L3.  MEMORIA DE 8 GB (DOS DE 4 GB) DDR3 DE 1600 MHz.  DISCO DURO DE 1TB (5400 RPM), CONFIGURABLE A FUSIÓN DRIVE DE 1 TB.  PROCESADOR GRÁFICO NVIDIA GeForce GT 640M CON 512 MB DE MEMORIA GDDR5.  CAMARA FaceTime HD.  BOCINAS ESTÉREO, MICRÓFONO DOBLE, PUERTO PARA AUDÍFONOS.  RANURA PARA TARJETA SDXC, CUATRO PUESTOS USB 3, DOS PUERTOS Thunderbolt, SALIDA MINI DisplayPort, COMPATIBLE CON DVI, VGA Y DVI DE DOBLE ENLACE.  GIGABIT ETHERNET 10/100/1000BASE-T (CONECTOR RJ-45).  RED WIRELESS WI-FI 802.11n, COMPATIBLE CON IEEE 802.11a/b/g.  BLUETOOTH WIRELESS 4.0.  PANTALLA RETROILUMINADA POR LED DE 21.5 PULGADAS (DIAGONAL) CON TECNOLOGÍA IPS, RESOLUCIÓN DE 1920 X 1080 CON SOPORTE PARA MILLONES DE COLORES.  MAGIC MOUSE Y TECLADO INALÁMBRICO ESPAÑOL.  SISTEMA OPERATIVO OS X MOUNTAIN LION.  GARANTÍA Y SERVICIO DE 3 AÑOS APPLE CARE PROTECTION PLAN. 4

TABLETA DIGITALIZADORA MARCA WACOM MODELO: BAMBOO CREATE PEN & TOUCH

EQUIPO

1

EQUIPO

2

 AEA ACTIVA: 21.59 x 13.72 cm.  PRECISIÓN +/- 0.5 mm PARA LÁPIZ  COMPATIBILIDAD WINDOWS 7, VISTA SP2 Ó XP SP3, MAC OS X (10.5.8 Ó SUPERIOR).  INTERFAZ USB ESTÁNDAR.  FRECUENCIA MÁXIMA DE INFORMES 133 pts/sec.  AMBIDIESTRO REVERSIBLE PARA USUARIOS DIESTROS O ZURDOS.  DIMENSIONES DE LA TABLETA 35.05 X 20.83 cm.  NIVELES DE SENSIBILIDAD A LA PRESIÓN 1024.  PESO 640G. 5

IMPRESORA A COLOR TAMAÑO TABLOIDE MARCA XEROX MODELO: PHASER 7800DN LASER  IMPRESORA A COLOR.  IMPRESIÓN A DOBLE CARA (TABLOIDE) AUTOMÁTICA Y CAPACIDAD PARA 620 HOJAS.  VELOCIDAD DE IMPRESIÓN: COLOR, BLANCO Y NEGRO: A UNA CARA

9/10

               6

HASTA 45 PPM A4 (210 x 297 mm), HASTA 22 ppm A3 (297 x 432 mm), IMPRESIÓN A DOBLE CARA AUTOMÁTICA HASTA 45 ppm A4 (210 x 297 mm) HASTA 15 ppm A3 (297 x 432 mm). BANDEJA 1 CAPACIDAD DE 100 HOJAS Y TAMAÑOS PERSONALIZADOS DE 88 x 99 a 320 x 1219 mm. BANDEJA 2 CAPACIDAD DE 520 HOJAS Y TAMAÑOS PERSONALIZADOS 140 x 182 a 297 x 432 mm. BANDEJA DE SALIDA (DE SERIE): BANDEJA RECOGEDORA DESPLAZADORA DOBLE DE 250 HOJAS CADA BANDEJA. IMPRESIÓN DE LA PRIMERA PÁGINA EN SOLO 9 SEGUNDOS, EN COLOR/9 SEGUNDOS EN BLANCO Y NEGRO. RESOLUCIÓN DE IMPRESIÓN, MEJORADO: 1200 x 2400 x 1 ppp, MODO FOTOGRÁFICOS: 600 x 600 x 8 ppp, NORMAL: 1200 x 600 x 1 ppp. ÁREA DE IMPRESIÓN MÁXIMA 5 mm DESDE TODOS LOS BORDES. MEMORIA (SERIE MAX) 2 GB. DISCO DURO 160 GB (MÍNIMO) PROCESADOR 1,33 GHz. LENGUAJE DE IMPRESIÓN, ADOBE POSTSCRIPT 3, PCL 5c, PCL 6, ADOBE PDF-Direct VERSIÓN 1.6 CAPACIDAD DE CONEXIÓN ETHERNET 10/100/1000Base-T, USB2.0, INALÁMBRICA EXTERNA OPCIONAL 802.11 b,g,n. PRODUCCIÓN MÁXIMA HASTA 225,000 PÁGINAS MENSUALES. CONTROLADORES DE IMPRESIÓN Windows: POSTSCRIPT, PCL5, PCL6 MACINTOSH, UNIX Y LINUX: POSTSCRIPT XEROX. GLOBAL PRINT DRIVER XEROX. MOBILE EXPRESS DRIVER. FUENTES, 13 POSTSCRIPT Y 39 PCL. GARANTÍA EN SITIO DE UN AÑO.

IMPRESORA A COLOR MARCA XEROX MODELO: 6600  IMPRESORA A COLOR.  VELOCIDAD DE IMPRESIÓN: COLOR, BLANCO Y NEGRO: A UNA CARA HASTA 35 PPM A4 (210 x 297 mm).  BANDEJA MULTIFUNCIÓN CAPACIDAD DE 150 HOJAS Y TAMAÑOS PERSONALIZADOS DESDE 76.2 x 127 HASTA 216 x 356 mm.  BANDEJA 1 CAPACIDAD DE 550 HOJAS Y TAMAÑOS PERSONALIZADOS DE 148 x 210 HASTA 216 x 356 mm. x 1219 mm.  CAPACIDAD DE ADMISIÓN DE PAPEL, CAPACIDAD NORMAL DE 700 HOJAS, CAPACIDAD MÁXIMA DE 1250 HOJAS.  SALIDA DE PAPEL CAPACIDAD DE SALIDA 250 HOJAS.  IMPRESIÓN DE LA PRIMERA PÁGINA EN SOLO 9 SEGUNDOS POR HOJA EN BLANCO Y NEGRO/10 SEGUNDOS EN COLOR.  RESOLUCIÓN DE IMPRESIÓN HASTA 600 x 600 x 4 ppp (1200 x 1200

EQUIPO

2

10/10

         

CALIDAD IMAGEN MEJORADA). ÁREA DE IMPRESIÓN MÁXIMA 4.1 mm DESDE TODOS LOS BORDES. MEMORIA (SERIE MAX) 256 B / 768 MB. DISCO DURO 160 GB (MÍNIMO) PROCESADOR 533 MHz. LENGUAJE DE IMPRESIÓN, ADOBE POSTSCRIPT 3 ORIGINAL, PCL 5c, PCL 6, XPS, EMULACIÓN PDF. CAPACIDAD DE CONEXIÓN ETHERNET 10/100/1000Base-T, USB2.0, INALÁMBRICA EXTERNA OPCIONAL (802.11 b,g,n). PRODUCCIÓN MÁXIMA HASTA 80,000 PÁGINAS MENSUALES. CONTROLADORES DE IMPRESIÓN Windows XP y POSTERIORES, Mac OS 10.5 y POSTERIORES, XEROX. GLOBAL PRINT DRIVER XEROX. MOBILE EXPRESS DRIVER. FUENTES, 176 POSTSCRIPT, 88 PCL. GARANTÍA EN SITIO DE UN AÑO.

8

SOFTWARE CorelDRAW GRAPHICS SUITE X6, ESPAÑOL, PARA Windows 7 Profesional de 32 Bits.

9

COMPUTADORA PORTÁTIL MARCA HP MODELO: PROBOOK 4540S

PIEZA

1

EQUIPO

1

EQUIPO

1

 PROCESADOR INTEL CORE™ i5-3210M (2,50 GHZ, CACHÉ L3 DE 3 MB, 2 NÚCLEOS).  MEMORIA SDRAM DDR3 DE 4GB, 1333MHZ EXPANDIBLE A 8GB.  SISTEMA OPERATIVO WINDOWS 7 PROFESIONAL ORIGINAL 64 BITS.  DISCO DURO SATA II 7200RPM DE 500 GB.  INTEL HD GRAPHICS 4000.  REALTEK ETHERNET (10/100/1000) INTEGRADA.  BLUETOOTH 2.1, INTEL 802.11 b/g/n.  UNIDAD ÓPTICA DV±RW SUPERMULTI DLDVD-ROM.  PANTALLA LED CON RETROILUMINACIÓN, ANTIRREFLEJO CON 15.6 “, EN DIAGONAL.  3 USB 2.0, 1 USB 3.0, 1 VGA, 1 HDMI, 1 RJ-11,1 RJ-45.  SERVICIOS Y GARANTIA HP TOTAL CARE: 3 AÑOS EN PIEZAS, MANO DE OBRA, A DOMICILIO. 10

COMPUTADORA PORTÁTIL DE ALTO RENDIMIENTO MARCA ASUS MODELO: N56VJ-MX2-H    

PROCESADOR INTEL CORE™ i7 3610QM 2.3 GHz. CHIPSET INTEL HM76. DDR3 1600 MHz SDRAM, 8 GB, 2 X SO-DIMM. SISTEMA OPERATIVO WINDOWS 8 64 BITS.

11/10

 PANTALLA 15.6” HD (1366X768) FULL HD (1920x1980) WIDE VIEW ANGLE LED BLACKLIGHT GLARE PANEL.  TARJETA GRÁFICA NVIDIA GeForce GT 635M CON 2 GB DDR3 VRAM.  DISCO DURO 2.5” SATA 1 TB.  UNIDAD ÓPTICA, BLU-RAY DVD COMBO, SUPER-MULTI DVD, BLU-RAY READER.  LECTOR DE TARJETAS 3 EN 1 (SD/MS/MS PRO/MMC).  HD WEB CAMARA.  INTERFACES, 1 x VGA PORT/MINI D-SUB 15-PIN FOR EXTERNAL MONITOR 1X USB 3.0 PORT(S) 1 X HDMI ,1X SPIDIF SPEAKER OUT.  AUDIO, BANG & OLUFSEN ICEPOWER® SONICFOCUS.  SERVICIOS Y GARANTÍA DE 1 AÑO.

POR “LA SECRETARÍA”

POR “EL PROVEEDOR”

MTRO. EDUARDO CONTRERAS ROJANO DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

C. CELESTINO ANELL COYOTL REPRESENTANTE LEGAL

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.