ACTA NÚMERO DIEZ - DOS MIL QUINCE

ACTA NÚMERO DIEZ - DOS MIL QUINCE De SESION ORDINARIA celebrada en la Sala de Sesiones “ALICIA ORTEGA SOBRADO” de la Municipalidad de Carrillo, al ser
Author:  Alicia Salazar Paz

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ACTA NÚMERO DIEZ - DOS MIL QUINCE De SESION ORDINARIA celebrada en la Sala de Sesiones “ALICIA ORTEGA SOBRADO” de la Municipalidad de Carrillo, al ser las dieciséis horas de hoy martes DIEZ DE MARZO DEL DOS MIL QUINCE. MIEMBROS PRESENTES: Sra. Ana Isabel Quintero Vargas, Presidenta Municipal Prof. Rita María Chaves Picón, Regidora Suplente (hoy propietaria, suple al regidor Robert Miranda) Sr. José Francisco Contreras Villarreal, Regidor Suplente (hoy propietario, suple al regidor Marco Contreras) Sra. Ligia del Carmen Guido Guido, Regidora Suplente Sra. Ana Isabel Morales Morales, Regidora Suplente (hoy propietaria, suple al regidor René Contreras) Sra. María Auxiliadora Acevedo Bonilla, Sindica Propietaria Sr. Rodolfo Espinoza Ortega, Sindico Propietario Bach. Ronald Francisco Pizarro Canales, Sindico Propietario Sra. Haydee Vallejos Vallejos, Síndica Suplente Sr. Carlos Alberto Contreras Angulo, Sindico Suplente Lic. Carlos Gerardo Cantillo Álvarez, Alcalde Municipal Sra. Mayela Canales Líos, Secretaria Concejo Municipal Sra. Sandra María Ondoy Ondoy, Secretaria Auxiliar (brinda soporte al Concejo Municipal) MIEMBROS AUSENTES: Prof. René Contreras Sandoval, Vicepresidente Municipal (en inspección Sardinal, caso Argeri Jaén) Sr. Robert Antonio Miranda Amador, Regidor Propietario (en inspección Sardinal, caso Argeri Jaén) Lic. Marco Vinicio Contreras Líos, Regidor Propietario Licda. Cruz Méndez Corea, Regidora Propietaria (se encuentra fuera del país) Sra. Ana Laura Betancourt Méndez, Regidora Suplente (se encuentra fuera del país) Ing. Rafael Francisco Borge Campos, Sindico Suplente Dra. Annes Yadely Villafuerte Villafuerte, Sindica Propietaria Sra. Cecilia Ortega Ortega, Sindica Suplente (en inspección Sardinal, caso Argeri Jaén) Licda. Ericka Matarrita Carrillo, Asesora Legal Concejo Municipal (Capacitación UNGL, San José) AGENDA 1.Comprobación del quórum, presentes doña Rita Chaves en sustitución del regidor Robert Miranda, José Francisco Contreras en sustitución del regidor Marco Vinicio Contreras, Ana Isabel Morales en lugar del regidor René Contreras y esta servidora Ana Quintero, damos por abierta la sesión correspondiente al día de hoy. 2.Lectura, revisión y aprobación de Actas Anteriores: De SESIÓN ORDINARIA Nº 08-2015 del 24-02-2015, y De SESION ORDINARIA Nº 09-2015 del 03-03-2015 3.Lectura, trámite y acuerdos de la Correspondencia 4.Informes de Regidores y Alcalde Municipal 5.Cierre de la Sesión CAPITULO I.- LECTURA, REVISION Y APROBACION DE ACTAS ANTERIORES ARTÍCULO 1.- Para hoy tenemos la lectura, revisión y aprobación del acta de la SESION ORDINARIA Nº 08-2015 celebrada el día 24 de febrero del 2015, hecha la revisión página por página y sin observación alguna sometida a votación se aprueba con el voto de los cuatro regidores presentes. ---- Presidenta Municipal: Buenas tardes don Omar (Delegado Cantonal de la GAR), de la reunión que sostuvimos el martes pasado con la Viceministra de Seguridad Pública, ya me llamaron el viernes –no tengo a la Secretaria acá- pero ya quedó fijada la fecha tenemos que el 23 de marzo a las 2 de la tarde vamos a estar en Cocopalm, ya se coordinó una audiencia nuevamente con la Comisión para ver los avances, yo le aviso para que nos reunamos. Entonces para que usted se dé por enterado que día nos estará convocando nuevamente la señora Viceministra. También tenemos para hoy el acta de la SESION ORDINARIA Nº 09-2015 del 03 de marzo de 2015, hecha la revisión y sin observación alguno, sometida a votación se aprueba con el voto de los regidores presentes.. CAPITULO II.- LECTURA, TRÁMITE Y ACUERDOS DE LA CORRESPONDENCIA ARTÍCULO 2.2.1.- Manifiesta la señora PRESIDENTA MUNICIPAL: Le comentaba al señor Alcalde que hay un acuerdo tomado por el Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria del 03 de febrero, relacionado con una licitación donde se le adjudicaba también al licenciado Evans Ramos Sibaja la licitación para la Tramitación de tres abogados para el Cobro Judicial de Servicios y Tributos, yo me imaginé que ya había salido la publicación pero está “durmiendo el sueño de los justos” entonces solicito al Concejo que se tome un acuerdo urgente y que vaya en este sentido: “SE DISPONE: acoger el Recurso de Revocatoria presentado por el licenciado EVANS RAMOS SIBAJA, contra el acuerdo 2, inciso 33, emitido en la Sesión Ordinaria Nº 47-2014 celebrada el 25 de noviembre de 2014; y se procede a adicionar a dicho acuerdo la adjudicación del licenciado Evans Ramos Sibaja en la Licitación Pública número 2013-LN-000002-01 “CONTRATACIÓN DE TRES PERSONAS FÍSICAS O JURÍDICAS PARA LA TRAMITACIÓN DEL COBRO JUDICIAL DE SERVICIOS Y TRIBUTOS

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MUNICIPALES”, manteniéndose incólume las adjudicaciones efectuadas a los licenciados CARLOS ECHEVERRÍA ALFARO y JOHANNA MORENO BUSTOS. De igual manera, se le solicita a la SECRETARIA DEL CONCEJO que proceda hacer las publicaciones correspondientes y a la ADMINISTRACIÓN a la firma de los contratos respectivos”. Entonces hubo problema pero esto hay que mandarlo ya no podemos atrasarlo más, que la Secretaría del Concejo proceda hacer la publicación correspondiente. Los que estén a favor en la toma de este acuerdo que levanten la mano y que quede definitivamente aprobado para su trámite. SE ACUERDA: Con el voto de los regidores presente se APRUEBA la iniciativa planteada para que la SECRETARIA DEL CONCEJO MUNICIPAL proceda a la publicación en el Diario Oficial del acuerdo tomado, y con la misma cantidad de votos (4) este acuerdo se declara DEFINITIVAMENTE APROBADO para su ejecución lo más pronto posible. 2.2.- También manifiesta la señora PRESIDENTA MUNICIPAL, como hoy no tenemos mociones les traigo una iniciativa para que se tome un acuerdo que les estoy presentando yo donde literalmente indico lo siguiente: Siendo que desde el viernes 6 de marzo fue el último día para

fueran presentadas ante la Secretaría del Concejo Municipal las oposiciones, observaciones u objeciones al Proyecto del Plan Regulador Playa Hermosa- El Coco- Babia Azul, y que según acordó este Concejo Municipal, los representantes de la Municipalidad de Carrillo que formaran parte de la Comisión Tripartita son los funcionarios NELSON CASCANTE de la Dirección Jurídica y JORGE DÍAZ LORIA del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, propongo que el expediente que compila todas las oposiciones, observaciones y objeciones al Proyecto del Plan Regulador Integral Playa Hermosa- El Coco- Bahía Azul sea remitido formalmente a estos funcionarios y que a su vez se encarguen de coordinar con las otras entidades la confección del Informe Técnico que deberán presentar a este Concejo Municipal con cada una de las resoluciones sobre lo presentado por los interesados. O sea, las objeciones están ya en poder de la Secretaría del Concejo y yo lo que les pido es que toda esa documentación se remita a Nelson y a Jorge Díaz para que como miembros de dicha Comisión y de la Comisión de Planes Reguladores procedan a coordinar con las otras entidades (INVU e ICT) a la confección de los informes técnicos. Por tanto los compañeros que están a favor de acoger ésta iniciativa que les estoy presentando en forma urgente que levanten la mano. SE ACUERDA: Con el voto de los regidores presentes este Concejo Municipal DISPONE aprobar la iniciativa planteada para que las OPOSICIONES, OBSERVACIONES U OBJECIONES AL PROYECTO DEL PLAN REGULADOR PLAYA HERMOSA- EL COCO- BAHIA AZUL, se remitan a los miembros municipales que han sido nombrados para formar parte de la COMISION TRIPARTITA siendo ellos los funcionarios NELSON CASCANTE ARCE, Director Jurídico, y JORGE DIAZ LORIA, Jefe a.i. Departamento de Zona Marítimo Terrestre; para que juntos con los representantes de la Comisión de Planes Reguladores (regidores René Contreras y Robert Miranda), procedan coordinar con las otras entidades (INVU e ICT) la confección de los informes técnico. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. 2.3.- Del señor LUIS CARLOS RIVAS ANGULO, Asesor Comunal del Alcalde Municipal, se recibe el oficio MC-AMC-056-2015, por medio del cual manifiesta al Concejo lo siguiente>: Con instrucciones del Alcalde Municipal y para los efectos que correspondan, les traslado Resolución N°85-2015 del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial de San José, Sección Tercera, de las once horas y cincuenta minutos del veintisiete de febrero del dos mil quince y referente al Proceso Jerarquía Impropia (Municipal) interpuesto por Inversiones Recreativas del Coco Sociedad Anónima y Linda Tierra de Playas del Coco Sociedad Anónima, Expediente N°13-001703-1027-CA-8. SE ACUERDA: Con relación al citado oficio este Concejo Municipal DISPONE con el voto de los regidores presentes que se traslade toda la documentación a la DIRECCION JURIDICA de esta Municipalidad y al geógrafo JORGE DIAZ LORIA, Jefe a.i. del Departamento de Zona Marítimo Terrestre, para que valoren lo solicitado y brinden su recomendación al Concejo. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. 2.4.- También del señor LUIS CARLOS RIVAS ANGULO, Asesor Comunal del Alcalde Municipal, se recibe el oficio MC-AMC-060-2015; por medio del cual manifiesta al Concejo lo siguiente: Con instrucciones del Alcalde Municipal y para los efectos que correspondan, les traslado Resolución N°90-2015 del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Sección Tercera, Segundo Circuito Judicial de San José, de las ocho horas y quince minutos del seis de marzo del dos mil quince y referente al Proceso Jerarquía Impropia (Municipal) interpuesto por el señor Juan José Trejas Fonseca, Expediente N°14-008198-1027-CA. SE ACUERDA: En atención al citado oficio este Concejo Municipal DISPONE con el voto de los regidores presentes que se traslade a la licenciada ERICKA MATARRITA CARRILLO, Asesora Legal del Concejo Municipal, para su análisis y recomendación al respecto. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.

2.5.- Del señor WEN CHIEH CHUNG, Gerente General, Promoción y Mercadeo Internacional G&E S.A. se recibe oficio a través del cual hace la siguiente solicitud; Estimados señores

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del consejo municipal Por medio de la presente nosotros Promoción y Mercadeo Internacional G&E S. les solicito el permiso pertinente para colocar un stand 10 x 10 mts , para un evento en playa El Coco para nuestro cliente SCA con su marca Saba el día 05 de Abril en un horario de 10:00am a 5:00pm, el cual incluye: 2 cabinas sanitarias, 30 vallas carrileras, área de balance boarding ,12 sillas, 6 mesas playeras para área de descanso, área de batidos, área de música el cual contara con un Dj, también se contara con personal de limpieza durante y después del evento. Anteriormente hemos realizado eventos en diferentes playas en caso de ser necesario hacer algún pago por favor hacerlo saber con la mayor brevedad posible. Al email: [email protected]/ [email protected]. SE ACUERDA: Visto y analizado el citado oficio este Concejo Municipal dispone comunicar al señor WEN CHIEH CHUNG, Gerente General, Promoción y Mercadeo Internacional G&E S.A. que una de las razones por las que se rechaza dicha solicitud es porque la zona pública según criterio de la Procuraduría deberá de ser utilizada únicamente para actividades culturales y deportivas y no podemos como gobiernos local autorizar actividades lucrativas. 2.6.- Del ingeniero DENNIS CALDERON VALVERDE, Jefe Departamento de Catastro y Bienes inmuebles, se recibe oficio a través del cual manifiesta lo siguiente; Segregación del plano G-498591·1983 de la finca 5·46404-000 de la Municipalidad de Carrillo a favor de Julio Alberto Sánchez Castañeda. Reciban un cordial saludo. Por este medio vuelvo a remitir respuesta al oficio MC-SCM0661- 2014 del acuerdo municipal N°2, inciso 2, de Sesión Ordinaria 32-2014 del 12 de agosto del 2014 en relación con el oficio OCBI-INT-103-2014 de autorización de segregar el lote descrito por el plano catastrado G498591-1983 de la finca 5-46404-000 a nombre de la Municipalidad de Carrillo a favor del señor Julio Alberto Sánchez Castañeda. Al respecto, vuelvo a remitir copia completa del expediente por así haberse solicitado por parte del Concejo Municipal, con un total de 8 páginas. SE ACUERDA: Visto y analizado el citado oficio este Concejo Municipal por unanimidad de votos dispone solicitarle al señor Julio Alberto Sánchez Castañeda, que presente los documentos que demuestren como adquirió dicho lote, para realizar la búsqueda en las actas. 2.7.- Del ingeniero HENRY WONG CARRANZA, Director Ejecutivo Polo Turístico Golfo de Papagayo; se conoce el oficio PGP-199-2015 a través del cual se está dirigiendo a los Concejos Municipales de Carrillo y Liberia, haciendo referencia al siguiente ASUNTO: Obras para garantizar el acceso a la zona pública y al Refugio de Playa Iguanita. Además indica: Como es de conocimiento de los honorables miembros del Concejo Municipal, la Dirección Ejecutiva del Proyecto del Polo Turístico Golfo de Papagayo, en cumplimiento de las funciones que le son asignadas por la Ley 6758 y su Reglamento, ha venido generando políticas de desarrollo en la zona del Polo Turístico Golfo de Papagayo y por ende en las áreas comprendidas de "Playa Iguanita" a fin de contar con acceso adecuado de los particulares a la zona del Refugio Iguanita y a la zona pública principalmente. Dadas las competencias territoriales Municipales que representa el acceso al área de playa Iguanita y los inconvenientes mostrados por el mantenimiento y reparación de las vías tras el deterioro propio de los embates del tiempo, con el objetivo de iniciar con la reparación y el mejoramiento de dicho acceso, tras la búsqueda de apoyo dentro de algunas otras instancias de la administración pública a fin de cumplir el cometido constitucional de "eficiencia de la administración" y garantizar con ello el libre y seguro tránsito hacia la zona pública, tema de especial interés por esta oficina ejecutora. Es necesario con esto encontrar la anuencia de los señores miembros del Concejo Municipal en virtud de sus competencias, a fin de hacer posible la ejecución de las obras y poder emprender el proyecto de reparación de la calle que permite el ingreso a la zona indicada, siendo posible estas propuestas de desarrollo a través del Establecimiento de niveles o canales fluidos y permanentes de información de entes públicos a raíz de una coordinación institucional como la hemos venido teniendo con las Municipalidades en cuya jurisdicción se encuentra el proyecto del Polo Turístico Golfo de Papagayo y con el MOPT, esto conforme lo expresa también la Sala Constitucional en diversas sentencias entre las que se citan: “SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. San José, a las doce horas y cero minutos del diecinueve de octubre del dos mil siete. IV.- EL PRINCIPIO DE COORDINACIÓN INTERADMINISTRATIVA. Uno de los principios rectores de la organización administrativa lo constituye la coordinación que debe mediar entre todos los entes y órganos públicos al ejercer sus competencias y prestar los servicios que el ordenamiento jurídico les ha asignado. La coordinación, en cuanto asegura la eficiencia y eficacia administrativas, es un principio constitucional virtual o implícito que permea el entero ordenamiento jurídico administrativo y obliga a todos los entes públicos. La coordinación puede ser interorgánica –entre los diversos órganos que conforman un ente público no sujetos a una relación de jerarquía- o intersubjetiva, esto es, entre los entes públicos, cada uno con personalidad jurídica, presupuesto propio, autonomía y competencias específicas. La autonomía administrativa o de otro grado de cuya titularidad gozan los entes públicos los obliga a coordinar sus acciones, puesto que, no pueden estar sometidos recíprocamente a relaciones de jerarquía por su naturaleza interorgánica. La coordinación administrativa tiene por propósito evitar las duplicidades y omisiones en el ejercicio de las funciones administrativas de cada ente público, esto es, que sean desempeñadas de forma racional y ordenada. La coordinación se logra a través del establecimiento de niveles o canales fluidos y permanentes de información entre los entes públicos, todo lo cual se puede lograr a través de reuniones, informes o la creación de instancias formales de coordinación. Tanta relevancia posee la coordinación interadministrativa que, en ocasiones, el legislador se ocupa de la misma regulándola de forma expresa y precisa. Así, el Código Municipal establece en su artículo 6º que “La municipalidad y los demás órganos y entes de la Administración Pública deberán coordinar sus acciones. Para tal efecto

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deberán comunicar, con la debida anticipación, las obras que proyecten ejecutar". (Ver además las sentencias 15218-07, 151-12)”. Por las razones expuestas, se expone ante ustedes nuestro deseo expreso y manifiesto de buscar la planificación de las obras necesarias para facilitar el acceso de TODOS los particulares al área de Playa Iguanita y contar mediante la presente gestión con la anuencia y apoyo Municipal. ---- Presidenta Municipal: Con relación a esta nota yo he estado bastante brava, porque yo le conté a usted que Pipo (Alcalde de Liberia) me llamó el viernes, él estuvo reunido con el asistente del ingeniero Correa (Director Regional del MOPT), también con Walter Torres del ICT, y él me llamó por el asunto de Iguanita y las palabras de Pipo fueron de que a ellos les daba miedo entrar a reparar aquella famosa cuesta de Iguanita porque está en terrenos de Carrillo y que le daba miedo parar en la cárcel, entonces fue lo que yo comenté con usted, porque si la Muni de Liberia estaba anuente de arreglar ese acceso para tenerlo bonito en Semana Santa, entonces eso fue lo que acordamos de que mandaran la nota para valorar urgente la cuestión de un posible “convenio”, después de ahí me cambiaron las reglas del juego y ya de un momento a otro no era Pipo en el escenario sino el ICT, y ya Pipo dijo que no, que la Muni de Liberia no iba a mandar el tractor, se acuerda que lo hablamos y creíamos que era que iban a mandar el tractor, entonces ahora el ICT le manda esta nota al Concejo Municipal. Sin embargo, buscando por ahí ya había un acuerdo del Concejo Municipal que se tomó en junio del año pasado donde se tomó el siguiente acuerdo, nosotros dijimos no es que estemos en oposición de arreglar la calle a Iguanita –esa famosa cuestita que ellos quieren- sino que nosotros ya tenemos dentro del plan de desarrollo unas gestiones y que no se está contemplando, entonces el acuerdo del Concejo que se tomó en la Sesión Ordinaria 24-2014 del 17 de junio, dice así· “Visto y analizado el citado oficio este Concejo Municipal dispone comunicarle a la Municipalidad de Liberia que no es que este Municipalidad no tenga interés en la reparación de dicho camino, sino que en estos momentos estamos priorizando obras en el cantón por ordenes de la Sala Constitucional. Además este Concejo autoriza que la Municipalidad de Liberia intervenga con la maquinaria en nuestra jurisdicción, pero de previo a hacer este tipo de gestión se coordine con la Unidad Técnica de Gestión Vial o la Junta Vial de la Municipalidad de Carrillo”, o sea, no es que dijimos no es que en estos momentos no podemos hacerlo, entonces a raíz de esta nota Ericka lo que me propone es que la Muni puede colaborar no con recursos porque no es eso lo que ellos están pidiendo, sino con las especificaciones técnicas por medio de la Unidad Técnica de Gestión Vial para asesorarlos. --- Alcalde Municipal: Bueno en este caso como bien lo ha expresado la señora Presidenta ya hay un acuerdo del Concejo Municipal autorizando a la Municipalidad de Liberia para que ellos intervengan la cuesta que es lo único que le corresponde al cantón de Carrillo, es nada más decirle al ICT que ya se autorizó a la Muni de Liberia para que intervenga el área que le corresponde a Carrillo y que solamente coordine con la Junta Vial nuestra. ----- Presidenta Municipal: Prácticamente sería transcribirle ese mismo acuerdo del 17 de junio de 2014, directamente al señor Henry Wong, Director Ejecutivo del Polo Turístico Golfo de Papagayo, los que estén a favor de esta propuesta que levanten la mano. SE ACUERDA: En atención al oficio planteado este Concejo Municipal con el voto de los regidores presentes DISPONE, que se transcriba literalmente al ingeniero HENRY WONG CARRANZA, Director Ejecutivo del Polo Turístico Golfo Papagayo, el texto del acuerdo Nº3, inciso 8, emitido en la Sesión Ordinaria Nº24, celebrada el día 17 de junio del 2014, mismo que textualmente dice: Visto y analizado el citado oficio este Concejo Municipal dispone comunicarle a la Municipalidad de Liberia que no es que este Municipalidad no tenga interés en la reparación de dicho camino, sino que en estos momentos estamos priorizando obras en el cantón por ordenes de la Sala Constitucional. Además este Concejo autoriza que la Municipalidad de Liberia intervenga con la maquinaria en nuestra jurisdicción, pero de previo a hacer este tipo de gestión se coordine con la Unidad Técnica de Gestión Vial o la Junta Vial de la Municipalidad de Carrillo. ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO. 2.8.- Del biólogo HENRY ABARCA MORALES, Gestor Ambiental Municipal se recibe oficio a través del cual manifiesta lo siguiente; En virtud de los acontecimientos suscitados el pasado viernes 06 de marzo, debido a la quema de grandes extensiones de caña de azúcar en las propiedades que se ubican en el margen izquierdo del RíoTempisque y que por acción de la dirección del viento afectan a la comunidad de Filadelfia con residuos de hollin y polvo, es menester solicitarles tomar un acuerdo para convocar a los funcionarios del Ingenio CATSA para que expliquen las razones por las cuales realizaron la quema supra indicada y además conocer las posibles soluciones a la problemática que tiene años de presentarse afectando la salud de los pobladores. De la misma forma es necesario convocar con carácter de urgencia a funcionarios del MAG, Ministerio de Salud, MINAE, Municipalidad de Liberia y C.C.S.S para de manera conjunta tomar las acciones legales o administrativas que sean procedentes para solucionar este problema de manera definitiva. SE ACUERDA: Este Concejo Municipal dispone comunicarle al señor Henry Abarca que este tipo de explicaciones que está pidiendo ya la Comisión de Emergencia Municipal lo canalizo en conjunto con el señor Alcalde y que eventualmente si se requiere o usted requiere como geólogo la participación se nombran del Concejo Municipal dos representantes que serian las señoras María Auxiliadora Acevedo y Rita María Chávez Picón y que en el momento que se reúnan, dialogar en ese sentido con la gente de CATSA. 2.9.- De la señora DAYSG ACHOY ZUÑIGA, Secretaria, Asociación de Desarrollo de los Planes de Belén, se recibe oficio a través del cual hace la siguiente solicitud; Estimados señores reciban un cordial saludo así como los mejores éxitos en sus funciones, de parte de la Asociación de

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Desarrollo de Planes de Belén y a la vez solicitarles con todo respeto nos concedan una audiencia ya sea Ordinaria o Extraordinario, para exponerles un gran Proyecto de gran importancia para nuestra comunidad así también para el Cantón de Carrillo, por lo que esperamos nos brinden su gran colaboración a nuestra solicitud. Para notificaciones de la misma; Daysg Achoy, secretaria de la Asociación de Desarrollo los Planes, costado sur del Marco de la Plaza de Fútbol, Los planes, Carrillo, Guanacaste, Teléfono: 2651-10-59. SE ACUERDA: Este Concejo Municipal por unanimidad de votos dispone celebrar Sesión Extraordinaria el día 8 de junio del año en curso para atender a la Asociación de Desarrollo Integral de Planes de Belén a las 4 p.m. Comuníquese lo dispuesto. 2.10.- Del MBA MIGUEL GOMEZ COREA, Gerente General de Coopeguanacaste S.A. se recibe oficio a través del cual hace la siguiente invitación; La COOPERATIVA DEELECTRIFICACION RURAL DE GUANACASTE R.L. COOPEGUANACASTE R.L realizará su LXII Asamblea Anual de Delegados el día domingo 22 de marzo del 2015 a partir de las 09 ;00 horas, en nuestro nuevo Centro de Convenciones a un costado de la plaza de futbol de COOPEGUANACASTE R.L., Santa Cruz. Guanacaste. El Consejo de Administración y la Gerencia General han considerado muy importante y además de especial relevancia, el participarle a usted en calidad de INVITADO ESPECIAL a esta Asamblea con la seguridad de que podrán acompañarnos, en un acto de Canta trascendencia para la vida de COOPEGUANACASTE R.L. Para esta ocasión se designaron dos espacios. Su aceptación y consecuente asistencia, merecerán de nuestra parte. Le agradecemos confirmar su participación por correo electrónico: [email protected]. al teléfono 2680-92-92 o al fax 2680-0606, con la señora Yenory Dijeres Gutiérrez. SE ACUERDA: Este Concejo Municipal por unanimidad de votos dispone nombrar al señor Carlos Contreras Angulo como representante de este Concejo Municipal para que participe en la LXII Asamblea Anual de Delegados el día domingo 22 de marzo del 2015 a partir de las 09 ;00 horas, en nuestro nuevo Centro de Convenciones a un costado de la plaza de futbol de COOPEGUANACASTE R.L., Santa Cruz. Comuníquese lo dispuesto. 2.11.- Del señor OSCAR GUTIÉRREZ OBANDO, Presidente, Asociación de Desarrollo de Filadelfia se recibe oficio y dice lo siguiente; en calidad de presidente de la Asociación de Desarrollo hace constar lo siguiente: En Sesión ordinaria N°819 celebrada el 28 de febrero del 2015, se toma en Acuerdo 9: "Donar calles del Barrio Bambú 2 en Filadelfia, propiedad actual de la Asociación de Desarrollo Integral de Filadelfia, a la Municipalidad de Carrillo - Guanacaste." ACUERDO FIRME. Comuníquese a las partes involucradas. Febrero 28 del 2015, en la ciudad de Filadelfia, Guanacaste. SE ACUERDA: Visto y analizado el citado oficio este Concejo Municipal dispone pedir criterio con respecto a dicha solicitud al ingeniero Adrian Alfaro Rivera, Jefe de la Unidad Técnica de Gestión Vial. 2.12.- De la licenciada KARLA MARINA NUÑEZ RUIZ, Primera Vice Alcaldesa Municipal se recibe copia de oficio dirigida al ingeniero Adrian Alfaro Rivera, Jefe de la Unidad Técnica de Gestión Vial y dice lo siguiente; Deseándole éxito en sus funciones por este medio, respetuosamente, procedo a dar traslado para su cumplimiento el Acuerdo N° 1. inciso 11, emitido en la Sesión Ordinaria N° 05-2015, celebrada el día 03 de febrero del año en curso. En dicho Acuerdo se conoce el oficio presentado por la Señora María Antonieta Ugalde Duran, por medio del cual solicita al Concejo realizar una inspección para un muro construido hace ocho años, y que durante las épocas de invierno ha recibido muchas aguas pluviales, situación que ha provocado que este muro se debilite. Ante tal situación se procede a dar traslado para que se realice la inspección solicitada por la Señora Ugalde. Todo esto en cumplimiento de la RESOLUCIÓN NÚMERO OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO-DOS MIL ONCE DE LAS NUEVE HORAS DIECINUEVE MINUTOS DEL VEINTE DE OCTUBRE DEL DOS MIL ONCE, inciso b). de la Alcaldía Municipal, de igual manera le solicito mantenerme informada sobre las gestiones realizadas para el cumplimiento de este acto. SE ACUERDA; Tomar nota del citado oficio. 2.13.- Del ingeniero JOHNNY LEYVA BADILLA, Diputado Nacional, Asamblea Legislativa se recibe copia de oficio dirigida al geógrafo Jorge Díaz Loria, Jefe a.i. Departamento de Zona Marítimo Terrestre y dice lo siguiente; Con atento saludo, mediante la presente le solicito el envío a mi despacho la siguiente información relacionada a las concesiones de Polo Turístico del Golfo de Papagayo; Nº de Concesión

Área de Concesión

la Monto del Pago Avalúo de de Impuestos de Concesión la Concesión

la Propietario de la Concesión.

La anterior petición de información se fundamenta en los artículos 27 y 30 de la Constitución Política en correlacion con el artículo 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional y en ejercicio de la tutela de derecho de petición, el derecho a ser informado y de obtener pronta respuesta dentro del plazo procesal correspondiente que dicta el bloque de legalidad que regula su actuación. SE ACUERDA: Tomar nota del citado oficio. 2.14.- De la señora NOEMY ALVAREZ VILLARREAL, Presidenta, Asociación de Desarrollo Específica Pro Cen Cinai de Belén se recibe oficio el cual dice lo siguiente;

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La Junta Directiva de la Asociación de Desarrollo Específica Pro CEN CINAI de Belén, Carrillo, les saluda muy cordialmente y a la vez aprovecho la oportunidad para informarles sobre las múltiples necesidades que nos encontramos, como: la instalación eléctrica en mal estado, tuvimos un conato de incendio, los ventanales quebrados, el cierre perimetral en mal estado, prácticamente el estado de la edificación se encuentra en estado insalubre para la atención de los niños y las niñas que atiende nuestro Centro de Educación y Nutrición, por lo que les solicito valorar posibilidad de asignar presupuesto para financiar cualquiera de estas necesidades. SE ACUERDA: Este Concejo Municipal dispone comunicarle a la señora Noemy Álvarez que se reúna con el Concejo de Distrito de Belén y posteriormente este le este brindando el informe al Concejo Municipal que es lo que procede en estos casos. 2.15.- Del doctor CARLOS EDUARDO CESPEDES OROZCO, Director, Área de Salud de Carrillo se recibe oficio y dice así; Asunto: remisión de denuncia por problemas de recolección de residuos sólidos, sita en Playas del Coco de Carrillo. Reciba un cordial saludo, y a la vez con el aval de este despacho, le remito oficio CH-ARS-CA-ER-0166-2015 suscrito por el Lic. Rafael Ángel Quirós Quirós del Equipo de Regulación de la Salud y carta del Comité de Caminos Barrio Canales, sobre lo indicado en el epígrafe anterior. Se solicita respuesta al respecto al denunciante con copia a esta dependencia. SE ACUERDA: Este Concejo Municipal dispone pasar el citado oficio a la ADMINISTRACION para lo que corresponda. 2.16.- Del licenciado CARLOS CASCANTE GUTIERREZ, Auditor Interno Municipal se recibe el siguiente informe; Asunto: Remisión del Informe No. MC-AI-001-2015 sobre el informe de labores de la Auditoría Interna del año 2014. Me permito remitirle el presente informe No. MC-AI-001-2015, preparado por esta Unidad de Auditoría Interna Municipal, producto del estudio realizado sobre las labores ejecutadas por la Auditoría Interna Municipal correspondiente al período 2014. El citado estudio se llevo a cabo en cumplimiento del Plan anual de Trabajo del año 2015 de la Unidad de Auditoría Interna Municipal y en cumplimiento del artículo 22 inciso g) de la Ley General de Control Interno No. 8292. SE ACUERDA; Visto y analizado el citado oficio este Concejo dispone analizarlo en reunión de hacienda el próximo martes. 2.17.- Del señor CARLOS ALBERTO CHANTO CANALES, Vecino de Filadlefia; se recibe oficio a través del cual solicita a este Concejo Municipal una Licencia Temporal de Licores para ser explotada en la actividad denominada EXPO-CARRILLO a celebrarse del 19, 20, 21, 22 y 26, 27, 28 y 29 de marzo, 2015, en la ciuadad de Filadelfia. Agradeciendo su atención, me suscribo con las más altas muestras de estima y consideración SE ACUERDA: En atención a la solicitud planteada este Concejo Municipal con el voto de los regidores presentes DISPONE otorgar al señor CARLOS ALBERTO CHANTO CANALES una LICENCIA TEMPORAL DE LICORES para su explotación en la actividad denominada EXPO-CARRILLO a realizarse durante los días del 19 al 22 y del 26 al 29 de marzo de 2015, respectivamente. Comuníquese lo dispuesto al interesado, también al señor ALCALDE MUNICIPAL y al Departamento COORDINACION DE HACIENDA para que analicen lo referente al pago por la citada licencia. Acuerdo definitivamente aprobado.

2.18.- Del licenciado ENOC SANDOVAL RIVERA, Director Escuela Castilla de Oro y con el visto bueno del Supervisor del Circuito 05; se recibe oficio a través del cual solicita el nombramiento y juramentación de los miembros para la JUNTA DE EDUCACION ESCUELA CASTILLA DE ORO, y nos remite la nómina de cinco miembros ya que por la poca población no se logró hacer ternas siendo éstas las personas que están dispuestas a colaborar con el centro educativo. La reunión con los padres de familia y personal administrativo se llevó a cabo el día 17 de febrero en dicha institución. SE ACUERDA: En atención al oficio planteado este Concejo Municipal con el voto de los regidores presentes DISPONE: nombrar como miembros para la JUNTA DE EDUCACION ESCUELA CASTILLA DE ORO a las siguientes personas:  Sara Mendoza Díaz, cédula de identidad 5-208-382  Cecilia Angulo Chavarría, cédula de identidad 5-199-455  Ericka Espinoza García, cédula de residencia 155822557428  Nancy Caravaca Angulo, cédula de identidad 1-1515-0596  Keila Raquel Valdez Gutiérrez, cédula de identidad 5-369-625 Comuníquese lo dispuesto, a fin de que se coordine con la Secretaria de la Alcaldía Municipal la juramentación de las citadas personas para su legal funcionamiento, Acuerdo definitivamente aprobado. 2.19.- Del señor OSCAR CHAVARRIA DIAZ, y NOEMY CONTRERAS ANGULO, Presidente y Secretaria de la Asociación de Desarrollo Integral de Santa Ana de Belén, Carrillo, Guanacaste, cedula jurídica número 3-002-045860, nos dirigimos a ustedes muy respetuosamente solicitándoles la respectiva juramentación del Comité adscrito a nuestra Asociación, denominado COMITÉ DE CAMINOS DEL PALESTINA DE BELEN, para el periodo 2015-2016, ya que dicho comité cuenta con nueva Junta Directiva, electa el día 28 de Setiembre del 2014 y deseamos que cuenten con todo el apoyo necesario de nuestra parte y de ustedes como ente Municipal. Lo miembros de la nueva Junta Directiva que hay que juramentar son los siguientes:

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Presidenta: Eldy Angulo Gomez, cedula 5-165-795 Vice-Presidente: Víctor Manuel Cubillo Marchena, cedula 5-204-585 Secretario: Josue Daniel Guido Ortega, cedula 6-390-027 Tesorero: Hugo Angulo Ángulo, cedula 5-269-557 Vocal 1: Uranía Viales Gutierrez, cedula 5-258-877 Vocal 2: Johanna Viales Ortega, cedula 5-325-366 Vocal 3: Agustin Camareno Ramirez, cedula 5-142-013 Fiscal: Erick Angulo Angulo, cedula 5-225-492 Estaremos recibiendo cualquier notificación o comunicación al respecto al fax 2670-04-81. SE ACUERDA; Visto y analizado el citado oficio este Concejo Municipal dispone pasar el citado oficio a la licenciada Rocío Villalobos Soto, Promotora Social de la Unidad Técnica de Gestión Vial para que proceda a la juramentación del Comité de Caminos de Palestina de Belén. 2.20.- Del señor LUIS GUSTAVO MATA VEGA, Ministro, Ministerio de Seguridad Pública se recibe copia de oficio dirigida a la licenciada Bernardita Marín Salazar, Vice Ministra Administrativa, Ministerio de Seguridad Pública por medio de la cual manifiesta lo siguiente; Para lo de su cargo y el trámite respectivo, le remito copia del oficio N° MC-SCM-0152015, suscrito por la señora Cindy Magaly Cortés Miranda, Secretaria Auxiliar del Concejo Municipal de Carrillo Guanacaste, quien transcribe el texto del Acuerdo 3, inciso 5, emitido en la Sesión Ordinaria N° 01 -2015, celebrada el día 06 de enero del 2015, relacionado con inversiones de esa Municipalidad para mejorar la infraestructura policial y fortalecer la seguridad ciudadana en varias comunidades de la zona, especialmente, en cuanto al caso de la Delegación de Palmira. SE ACUERDA: Dar por conocido el citado oficio. 2.21.- De los señores GUNTHER DALLMAYR, Presidente y MELISSA ELIZONDO AGÜERO, Vicepresidenta, CONCABACA Playas del Coco, se recibe copia de oficio dirigida al ingeniero Adrian Alfaro Rivera, Jefe de la Unidad Técnica de Gestión Vial y dice lo siguiente; Como es de su conocimiento el comité ha estado solicitando la colaboración de la Municipalidad de Carrillo para colocar melaza en las calles de algunos barrios de Playas del Coco. El 11 de Noviembre del 2014 y 16 de diciembre se presentó una carta haciendo esta solicitud a la Municipalidad y el 16 de diciembre del 2014 se lo solicitamos al Consejo Municipal. El 9 de Enero del corriente año tuvimos la aprobación del Consejo lMC-SCM-l055-2014). Luego Doña Rocío nos informó que usted le confirmó la puesta de la melaza en los próximos 8 días hábiles desde esa fecha. Pues esto no se cumplió y lamentablemente las veces que hemos ido personalmente hasta la Municipalidad hemos recibido una palmada en la espalda y su promesa de que en esa semana se resolvía. Ya han pasado más de 2 semanas de nuestra última visita donde se justificó que era un problema con el camión dañado, pero hemos visto que en otras comunidades como Belén si se ha colocado melaza. Dadas todas estas circunstancias queremos saber qué es lo que está pasando ya que la situación en nuestros barrios es insostenible. Han aumentado los casos de enfermedades y alergias por la cantidad de polvo, ya que es época de viento y con las calles así estamos literalmente tapados de tierra. Nosotros como Comité organizado estamos siempre dispuestos a colaborar con la Municipalidad para poder darle solución a los problemas que aquejan a Playas del Coco, pero no podemos lograr nuestros objetivos solos, necesitamos que se cumplan los compromisos que la municipalidad asume. Quedamos a la espera de su respuesta y de una solución urgente a este tema. Esta solicitud lo hacemos en el ejercicio de nuestro derecho de petición y pronto respuesta garantizado en los artículos 27 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional. SE ACUERDA: Dar por conocido el citado oficio. 2.22.- De los señores GUNTHER DALLMAYR, Presidente y MELISSA ELIZONDO AGÜERO, Vicepresidenta, CONCABACA Playas del Coco, se recibe copia de oficio dirigida al licenciado Carlos Gerardo Cantillo Álvarez, Alcalde Municipal y dice lo siguiente; Le agradecemos por tomarse el tiempo y responder (AM-AC-0772015) nuestra solicitud, lástima que esa respuesta sea una vez más, como en los últimos años, uno justificación del por qué no se cumple con la recolección de basura establecida y no una solución al problema que tenemos en Playas del Coco. Somos un comité organizado que siempre hemos colaborado con todas las Instituciones Gubernamentales para solucionar los problemas de nuestra comunidad, pero para lograr nuestros objetivos necesitamos que esas instituciones cumplan con sus funciones. Nosotros conocemos la problemática de que los camiones se dañan, que el camión llega un día a la zona turística de playas del coco y otro día a los barrios y si hay demasiada basura (ya que la población ha ido en aumento) y el camión se llena, se va 01 botadero y yo no regreso a terminar el recorrido yesos zonas quedan sin recolección por 15 días o más con las terribles consecuencias que esto trae a niveI ambiental y de salud. Como ya lo dijimos el problema no es nuevo, pero nos alarmo que no se hoya previsto en todos estos años darle una real solución ya que el crecimiento demográfico es continuo y los índices de contaminación en el área también han aumentado, así como los virus y enfermedades como el dengue y lo chikungunya. Nuevamente nos ponemos o su disposición paro colaborar y trabajar en conjunto con las diferentes instituciones que tienen incumbencia en el tema de la recolección de basura, pero necesitamos soluciones y no justificaciones. Quedamos a lo espera de su pronta respuesta. Esta solicitud lo hacemos en el ejercicio de nuestro derecho de petición y pronto respuesta garantizado en los artículos 27 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 32 de la Ley de Jurisdicción Constitucional. SE ACUERDA: Dar por conocido el citado oficio.

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2.23.- Del licenciado CARLOS GERARDO CANTILLO ALVAREZ, Alcalde Municipal se recibe oficio a través del cual manifiesta lo siguiente; He recibido en este despacho documento que firma Ileana Vásquez Méndez en calidad de secretaria de la Asociación Cultural Renacer Tempisqueño de Guanacaste, quienes solicitan ayuda para poder llevar a cabo los diferentes proyectos que se mencionan en el documento; por lo que se las traslado a los señores Miembros del Concejo Municipal para que sean analizadas las peticiones planteadas y estudiar la posibilidad de ayuda. SE ACUERDA: Vista la solicitud planteada por el grupo Renacer Tempisqueño este Concejo Municipal dispone trasladar dicha nota a la Comisión de Hacienda para analizar si es factible la ayuda y así valorar darle la sesión extraordinaria que están solicitando. 2.24.- De la señora EDITH KROGMANN REIMERS, se recibe oficio, REFERENCIA: CONCESIÓN No. 5-002429-Z-000 DEDIKROS.A. en mi calidad de Presidente con facultades de Apoderada Generalísima sin Límite de Suma de la empresa DIKRO S.A., con cédula jurídica número 3101- 014035, respetuosamente manifiesto: PRIMERO: Que soy propietaria de la concesión numero 5-002429-Z-000 de DIKRO S.A. ubicada en playa Hermosa de Guanacaste, según consta en escritura numero sesenta y dos de la notaria GLENDA RODRIGUEZ CARMONA, inscrita el 18 de enero de dos mil trece, bajo el tomo: 2013 Asiento: 00006144. SEGUNDO: Que en el año 2014 inicié un trámite de solicitud de traspaso de concesión a favor de INMOBILIARIA MAR AZUL DE PLAYA HERMOSA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con cédula jurídica número 3-102- 670302, ante esta municipalidad, la cual se me negó, indicándome está institución que me mantuviera a la espera del nuevo plan regulador de la zona de Playa Hermosa. CUARTA: Manteniéndome a la espera del nuevo plan regular de la zona de playa Hermosa, como esta municipalidad me indico, se ha vencido recientemente el plazo para construcción de vivienda que se me otorgo en la escritura de concesión, siendo este de veinticuatro meses después la fecha de su inscripción, QUINTO: El motivo por el cual no he realizado ninguna construcción, es porque mi intención desde hace muchos meses atrás y como consta en mi expediente, ha sido traspasar esta propiedad a favor de INMOBILIARIA MAR AZUL DE PLAYA HERMOSA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. SEXTO: Habiéndose vencido este período, solicito a ustedes una vez mas y de la manera más respetuosa posible, se me otorgue una prórroga del plazo para construcción de vivienda en dicha propiedad como en anteriormente lo había hecho, y consta en mi expediente. SÉPTIMO: Que solicito una audiencia con el Concejo de esta Municipalidad para exponer con mayor claridad nuestra solicitud. Para este propósito y para recibir cualquier notificación, indico el siguiente número de fax: 2670-0106. SE ACUERDA: Visto y analizado el citado oficio este Concejo Municipal dispone pasarla al Departamento de Zona Marítimo Terrestre para que brinde un informe al respecto.

2.25.- De las señoras LAURA E. OSORIO CASCANTE y MARIELOS ALVARADO ALVARADO, Presidente y Secretaria, respectivamente, de la ASOCIACION GRUPO DE MUJERES EMPRENDEDORAS DE CORRALILLOS (AGRUMEC), cédula jurídica 3-002-685380; se recibe oficio por medio del cual solicitan una PATENTE TEMPORAL DE LICORES para su explotación en una actividad bailable que tienen programada para el día sábado 21 de marzo del año en curso, a partir de las 19 horas y hasta las 23 horas, en el Salón Multiuso de la comunidad y a beneficio de nuestra asociación para el desarrollo de un proyecto hidropónico, somos amas de casa y jefas de hogar que estamos capacitadas para ayudarnos a salir adelante trabajando arduamente, les agradecemos de antemano la ayuda que puedan brindarnos al respecto. SE ACUERDA: En atención a la solicitud planteada este Concejo Municipal con el voto de los regidores presentes DISPONE otorgar a la ASOCIACION GRUPO DE MUJERES EMPRENDEDORAS DE CORRALILLOS (AGRUMEC) una LICENCIA TEMPORAL DE LICORES para su explotación durante la actividad bailable que tiene programada realizar el sábado 21 de marzo del año en curso, en las instalaciones del Salón Comunal de Corralillos; a partir de las 19 horas y hasta la 23 horas. Asimismo, comuníquese lo dispuesto al ALCALDE MUNICIPAL y al Departamento COORDINACION DE HACIENDA para que se analice lo respectivo al pago por la citada licencia. Acuerdo definitivamente aprobado. 2.26.- Del señor JOSE GERARDO ALVAREZ RAMIREZ, Gerente General de Fabrica de Tubos Campeón se recibe oficio a través del cual informa lo siguiente; La presente es para comunicarle que la Señora Ana Lía Núñez Méndez, portadora de la Cedula de Identidad 1-1203-0474 dejo de laborar para esta empresa a partir del 27 de Febrero del 2015. Por lo antes mencionado la empresa no se hace responsable, de los trámites que la Señora Núñez Méndez gestione de la fecha mencionada en adelante. SE ACUERDA; Pasar el citado oficio al Departamento de Proveeduría para lo que corresponda.

2.27.- De las señoras KATTYA PIZARRO ABARCA y MARIA ENID PIZARRO R. en su calidad de Presidenta y Secretaria de la ASOCIACION Y COMITÉ DEL ADULTO MAYOR DE ARTOLA; se recibe oficio a través del cual nos comunican que con motivo de la actividad que tienen programada realizar el domingo 29 de marzo en dicha comunidad (Carreras de Cintas), requieren de una Patente Temporal de Licores para su explotación desde las doce mediodía. Manifiestan estar anuente al pago que se designe por la referida patente.

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SE ACUERDA: En atención al oficio planteada este Concejo Municipal con el voto de los regidores presentes DISPONE otorgar a la ASOCIACION Y COMITÉ DEL ADULTO MAYOR DE ARTOLA; una LICENCIA TEMPORAL DE LICORES para su explotación durante la actividad (Carreras de Cintas) que tienen programada realizar el domingo 29 de marzo del año en curso, a partir de las doce mediodía. Comuníquese lo dispuesto a las interesadas, al ALCALDE MUNICIPAL y al Departamento COORDINACION DE HACIENDA para que analicen lo respectivo al pago por la citada licencia. Acuerdo definitivamente aprobado. 2.28.- De la joven JENNIFER SALAZAR JIMENEZ, vecina de Playas del Coco y portadora de la cédula de identidad Nº 1-1237-0150; se recibe oficio por medio del cual manifiesta al Concejo Municipal lo siguiente: Solicito un permiso para realizar una fiesta de cumpleaños en la playa en Playas del Coco (calle La Chorrera, segunda entrada a la playa), el día 28 de marzo por la noche desde las 9:30 pm hasta las 12 medianoche. Es una celebración sin fines de lucro, nos comprometemos a guardar el orden público y a recoger la basura. Les agradecemos cualquier ayuda, ya que es una actividad muy importante para mí y toda mi familia. SE ACUERDA: Comuníquese a la interesada que por tratarse de una actividad privada, no es competencia de este Concejo Municipal el otorgamiento de dicho permiso, pero si siempre se lleva la actividad debe de resguardarse el orden público y cuidar de la limpieza del espacio que se utilice, en procura de esto, no hay inconveniente alguno para que realice su fiesta de cumpleaños. Acuerdo definitivamente aprobado. 2.29.- De la señora MARIA GOMEZ MATARRITA, en su calidad de Presidenta de la JUNTA DE EDUCACION ESCUELA LIDER PASO TEMPISQUE; se conoce oficio a través del cual manifiesta al Concejo lo siguiente: Con fundamento en lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, Ley Nº 9047, solicito la aprobación y ubicación de una licencia temporal de licores para su explotación en una actividad bailable que tienen programada para el día sábado 18 de abril de 2015, con horario desde las ocho de la noche hasta las doce medianoche, actividad que se llevará a cabo en las instalaciones del Salón Comunal de Paso Tempisque. No omite manifestar que está anuente al pago por el derecho de la citada licencia. SE ACUERDA: En atención al oficio planteada este Concejo Municipal con el voto de los regidores presentes DISPONE otorgar a la señora MARIA GOMEZ MATARRITA, en su calidad de Presidenta de la JUNTA DE EDUCACION ESCUELA LIDER PASO TEMPISQUE una LICENCIA TEMPORAL DE LICORES para su explotación durante la actividad bailable que tienen programada para el sábado 18 de abril del año en curso, en las instalaciones del Salón Comunal de Paso Tempisque. Comuníquese lo dispuesto a la interesada, también al señor ALCALDE MUNICIPAL y al Departamento COORDINACION DE HACIENDA para que analicen lo respectivo al pago por la referida licencia. Acuerdo definitivamente aprobado. 2.30.- De la licenciada ROXANA ARGUEDA CARBAJAL, Coordinadora Administración de la Información y arquitecto ANTONIO FARAH MATARRITA, Líder Planeamiento Turístico del Instituto Costarricense de Turismo se recibe oficio a través del cual solicitan lo siguiente; De acuerdo con la contratación 2014CO-000145-0001200001MERLlNK, el Instituto Costarricense de Turismo en conjunto con la Escuela de Ciencias Geográficas de la Universidad Nacional, continuarán con la actualización de los atractivos turísticos cantonales o por Concejo de Distrito; como parte del conjunto de políticas, estrategias y acciones que se establecen en el Plan Nacional de Turismo 20102016. Los funcionarios de la Universidad Nacional que estarán a cargo de esta labor son: Kimberly Mondragón Alemán. Julio Moraga Peralta Manuel Solano Mayorga. Por lo anterior, les informamos que estos funcionarios se estarán comunicando con ustedes y coordinando el trabajo para este año: 1. Aquellas Municipalidades o Concejos de Distrito que ya suministraron la información los funcionarios de las Universidad Nacional estarán coordinando la actualización de los atractivos correspondientes por medio de una ficha de registro de información, 2. Por otra parte para aquellas Municipalidades o Concejos de Distrito que aún no hayan enviado la lista de los 5 atractivos, solicitados según oficio MPD-P-031-2014. Les solicitamos su colaboración al respecto. Para ello debe tomar en consideración lo siguiente: "lndicar cuáles son los 5 atractivos turísticos más importantes del cantón es decir, nombrar los 5 sitios que definitivamente un turista no debe de perderse en una visita a su cantón y cuyos sitios generen flujos de desplazamientos importantes durante todo el año". "Cada sitio identificado debe de venir con su respectiva dirección física lo más detalladamente posible y ordenada de la siguiente forma", SE ACUERDA: Este Concejo Municipal por unanimidad de votos dispone pasar el citado oficio a la ADMINISTRACION para que dé respuesta del mismo. 2.31.- Del licenciado CARLOS GERARDO CANTILLO ALVAREZ, Alcalde Municipal se recibe oficio a través del cual remite lo siguiente; Por ser de su competencia, adjunto les remito oficio ADICOCO-P-15-023, entregado en mi Despacho el día 04 de marzo del año en curso y suscrito por los señores Héctor Orozco Umaña y Francisco García Gutiérrez, Vicepresidente y Tesorero de la Junta

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Directiva de la Asociación de Desarrollo Integral de Playas del Coco de Sardinal, el cual contiene el informe económico general de ingresos y egresos de las Fiestas Populares celebrada los días 29, 30 y 31 de enero, 01 y 02 de febrero del 2015. SE ACUERDA: Tomar nota del citado oficio. ----- Alcalde Municipal: Ahora que lee este informe muy alagador de Playas del Coco, se me han acercado varios vecinos de la comunidad y me han externado dos cosas. 1.- Que porque no se conforma una comisión de fiestas así seleccionada y desde ahora que el Concejo la nombre y yo me atreví a pedirle nombres, que me dieran una lista de personas que consideraban que podían, para que se encarguen de las fiestas de fin de año porque ya las fiestas de Filadelfia vienen muriendo, lo que pasa es que igual si no se hacen con tiempo siempre va a suceder lo mismo van a ser una fiesta muy raquítica. 2.- Una propiedad que cumpla las condiciones para que se convierta en campo ferial porque la actividad donde se hace la actividad pertenece a la escuela y me indican que para el 2016 está planeado construir la escuela nueva en Filadelfia, entonces el municipio de igual forma tiene que ir pensando en guardar algunos recursos y comprar una propiedad apta para este tipo de actividades, entonces no se si próximamente vemos aquí en el concejo lo nombres, las propuestas para que se logre conformar esta comisión y que los recursos que se obtengan sean a beneficio de un próximo campo ferial para que ayuden o se aporten recursos para ir pensando en una propiedad acá en Filadelfia. 2.32.- Del licenciado CARLOS GERARDO CANTILLO ALVAREZ, Alcalde Municipal se recibe oficio el cual literalmente dice; Para su conocimiento y atención, adjunto les remito oficio suscrito por las señoras Dunia Gabriela García Jaén y Ana Lucía Picado Picado, Presidenta y Secretaria de la Asociación de Desarrollo Específica de Cultura Popular de Playas del Coco de Sardinal, mediante el cual solicitan colaboración y apoyo con asignación de presupuesto para diferentes actividades que tienen programas para este año. SE ACUERDA: Este Concejo Municipal dispone pasar el citado oficio a la COMISION DE HACIENDA para su análisis respectivo. 2.33.- De la señora ADRIANA LARA VIALES, Presidenta, Asociación de Acueducto de Altos del Roble se recibe nota la cual literalmente dice; Muy respetados señores reciban un cordial saludo de parte de los miembros de la junta directiva y demás habitantes del pueblo de la cascada y altos del roble como bien ustedes tienen conocimiento del problema que nuestros pueblos vienen arrastrando desde ya hace mucho tiempo con la escases de agua y que hasta el momento no se ha hecho nada sobre la construcción del pozo con esta situación se nos ajuntan más problemas con ellos los ingresos son menos si no les llega agua no hay mucho dinero que recaudar contamos con un ramal de tubería de aproximadamente mil metros los cuales ya cumplieron su vida útil mas la técnica que se está utilizando para poder obtener ese poquito de liquido se tiene que tener una válvula casi en su totalidad serrada de la cual esa presión está dañando mucho la tubería cada dos o tres veces por semana se está reventando un tubo en su totalidad así que nuestro objetivo a recurrir a ustedes es para solicitarles una ayuda o donación de algunos materiales de mucho necesidad entre ellos tubo, uniones y pegamento La tubería que se necesita es de dos media de alta presión igualmente con las uniones liza de dos y media. NO quedas más que darles las gracias por la atención brindada. SE ACUERDA: Este Concejo Municipal dispone comunicarle a la señora Adriana Lara que está en tercer debate la autorización para que el concejo municipal proceda a la donación del lote para la construcción y posteriormente estaríamos valorando una partida específica para dicha construcción. 2.34.- Del licenciado CARLOS CASCANTE GUTIERREZ, Auditor Interno Municipal, se recibe el siguiente informe; Asunto: Remisión del Informe No. MC-AI-08S-2014 sobre el informe de patentes comerciales y patentes de licores 2013. Me permito remitirle el presente informe No. MC-AI085-2014, preparado por esta Unidad de Auditoría Interna Municipal, producto del estudio realizado sobre las patentes comerciales y patentes de licores del período 2013. El citado estudio se llevo a cabo en cumplimiento del Plan anual de Trabajo del año 2014 de la Unidad de Auditoría Interna Municipal y en cumplimiento del artículo 22 inciso g) de la Ley General de Control Interno No. 8292.SE ACUERDA: Visto y analizado el citado oficio este Concejo Municipal dispone darlo por conocido. A la vez se le comunica al señor auditor que se le concede audiencia para el martes 01 de junio para que informe al concejo sobre el informe realizado.

2.35.- De la señora JEANNETTE ORTEGA OTEGA y el señor ORLANDO ARCE MAYORGA, vecinos de Playas del Coco, diagonal a la Guardia de Asistencia Rural; se recibe oficio a través del cual manifiestan al Concejo lo siguiente: Nosotros JEANNETTE ORTEGA ORTEGA, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad número 5-132-536, comerciante, Divorciada, y ORLANDO ARCE MAYORGA, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 2-214-108, Divorciado, Comerciante, somos socios accionistas de la sociedad denominada SODAS UNIDAS DE PLAYAS DEL COCO S.A, con cédula de persona jurídica número 3-101405562, manifestamos que en este año 2015, se otorgó un permiso para remodelar un local comercial ubicado dentro de la concesión otorgada a la sociedad en la cual somos accionistas. El permiso otorgado para remodelación es el asignado con el número 039-2015, lo que nos extraña es que nosotros como socios y representantes legales de la sociedad Sodas Unidad S.A. no hemos firmado ningún documento por parte de Sodas Unidas de Playas del Coco S.A. Es por lo anterior que le solicitamos de la manera más atenta, nos brinden una copia de la documentación aportada para que esta honorable institución haya dado el permiso correspondiente de remodelación. Agradecemos de antemano la atención y ayuda brindada, sin otro particular nos suscribimos.

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SE ACUERDA: En atención al oficio planteado, este Concejo Municipal con el voto de los regidores presentes DISPONE que se traslade al DEPARTAMENTO DE CONSTRUCCIONES, a fin de que se les brinde a los Administrados la copia de la documentación aportada en su momento para el trámite del permiso de remodelación. Con la misma cantidad de votos el presente acuerdo se declara DEFINITIVAMENTE APROBADO para su trámite urgente. 2.36.- Del ingeniero ADRIÁN VINICIO ALFARO RIVERA, Encargado Unidad Técnica Gestión Vial, se recibe oficio al cual literalmente dice; De conformidad con el oficio ORSC- 436-2014 emitido por el Instituto de Desarrollo Rural dirigido al Consejo Municipal, se hace referencia al dictamen C-125-1992 y C-279-2007 pronunciado por la Procuraduría General de la República en donde se indica que para efectos de otorgar el visado de planos es necesario un acuerdo del consejo municipal que estipule “La aceptación de obras y áreas públicas por parte de la municipalidad” para el acceso del asentamiento COOPE BELÉN, antes de emitir este acuerdo dicho oficio se remite a este unidad para un criterio técnico respecto al estado y cumplimiento de los requisitos necesarios para declararlo público. Se presentaron ante la Unidad Técnica de Gestión Vial (UTGV) los requisitos correspondientes para la aceptación del acceso con número de presentación según INDER 2014-62999-C como calle pública, dicho acceso cuenta con un derecho de vía de 14 metros con una longitud aproximada 294.72 metros y un área de 4019 metros cuadrados, de igual manera se encuentra en optimas condiciones para proceder a su aceptación. Mediante el acercamiento de los vecinos del lugar hacia esta Unidad Técnica también se hace referencia a que existe un tramo que da continuidad al acceso que el INDER desea donar y no se encuentra declarado como público, de tal forma se toman las medidas del caso y se les solicitó los arreglos necesarios para realizar la aceptación del acceso como tal, a continuación se procede por parte de los vecinos a el levantamiento y la presentación del croquis donde se estipula que tiene que una longitud aproximada de 312.92 metros y un área de 4147 metros cuadrados con el relastreo solicitado así como la delimitación de las cercas teniendo como derecho de vía 14 metros. Soporte fotográfico:

De acuerdo con dictamen de la Procuraduría General de la República C-116-94 en el que se indica: "Esta Dependencia, en dictamen Nº C- 007-92 de 15 de enero de 1992, aclaró que: "la determinación, tanto de si una calle o camino es público o privado, como de la eventual orden de reapertura, le corresponde al Ministerio de Obras Públicas y Transportes o bien a la Municipalidad del lugar, según la delimitación de competencias que realizan los artículos 1º, 2º, 32 y 33 de la Ley General de Caminos Públicos." Por su parte, encontramos en la Ley de Caminos Públicos (5060), definida la competencia en cuanto a la administración de caminos públicos, según se trate de: carreteras primarias, carreteras secundarias y carreteras terciarias; en estos casos correspondiendo al Ministerio de Obras Públicas y Transportes su apertura o declaratoria. En los casos de caminos vecinales, calles locales y caminos no clasificados, la competencia corresponde a la Municipalidades. Basándonos en el punto anterior, y, habiendo efectuado la inspección pertinente de la vía que, cumple con los requisitos para la condición de pública y siendo un camino vecinal, es competencia de la municipalidad administrar este tipo de vías, de conformidad con los artículos 1º, 2º, 32 y 33 de la Ley General de Caminos Públicos, esta Unidad da la viabilidad técnica para que el acceso en mención tenga la condición de pública con un derecho de vía oficial de 14,00 m a lo largo de todo su recorrido. Por los motivos expuestos anteriormente, se le solicita a este distinguido Concejo Municipal tomar el acuerdo correspondiente para la declaratoria oficial de este acceso como CALLE PUBLICA, INDER COOPE BELÉN - SOCORRO MENDEZ. SE ACUERDA: Visto y analizado el citado oficio este Concejo Municipal con cuatro votos a favor dispone autorizar al señor Alcalde Municipal a la firma de declaratoria oficial de este acceso como CALLE PUBLICA, INDER COOPE BELÉN - SOCORRO MENDEZ. 2.37.- De la licenciada ERICKA MATARRITA CARRILLO, Asesora Legal del Concejo se recibe oficio MC-ALCM-021-2015, el cual literalmente dice;

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En cumplimiento del acuerdo No. 2, Inciso 13, emitido en Sesión Ordinaria No. 45-2014 del 11 de noviembre de 2014 (oficio MC-SCM-962-2014, recibido a fecha 20 de noviembre de 2014) y acuerdo No. 2, Inciso 10, emitido en Sesión Ordinaria No. 46-2014 del 18 de noviembre de 2014 (oficio MC-SCM991-2014, recibido a fecha 12 de diciembre de 2014) presento para su análisis la resolución recomendativa referente al Recurso de Apelación contra la resolución MC-DCBI-RES-195-2013 interpuestos por Adrian Guzman Oreamuno, cédula de identidad numero uno – quinientos setenta y dos -quinientos quince, actuando en su condición de apoderado generalísimo de TERESA OREAMUNO VALDÉS, cédula de identidad número ocho – cero sesenta y nueve – ochocientos tres,. RECURSO DE APELACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN MC-DCBI-RES-195-2013 INTERPUESTO POR ADRIAN GUZMAN OREAMUNO, EN SU CONDICIÓN DE APODERADO GENERALISIMO DE TERESA OREAMUNO VALDÉS RESULTANDO: Que a fecha veinte de marzo de dos mil trece, el Departamento de valoraciones de la Municipalidad de Carrillo, realizó avalúo administrativo No. 10-2013, sobre la propiedad identificada en plano catastro G450354-1981, con un área de 1688.06 m2, ubicada 150 de Norte de Club de Playa Pacifico, Playas del Coco, Sardinal, Carrillo, Guanacaste. (Visible de folios 7 a 14).Que a fecha treinta y uno de julio de dos mil trece, Adrián Guzmán Oreamuno, cédula de identidad numero uno – quinientos setenta y dos – quinientos quince, actuando en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de Teresa Oreamuno Valdés, cédula de identidad número ocho – cero sesenta y nueve – ochocientos tres, interpone Recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra del Avalúo 10-2013,. (Visible de folios 16 a 21).Que mediante Resolución No. MC-DCBI-RES-195-2013 de las diez horas del día siete de agosto del dos mil trece, el Departamento de Valoraciones, resolvió el Recurso de Revocatoria indicando: “…SE RESUELVE. PRIMERO. Por lo tanto se declara sin lugar el recurso de revocatoria presentado contra el valúo N°10-2013 presentado por TERESA OREAMUNO VALDÉS. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 19 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles, Ley 7509, podrá presentar formal recurso de apelación ante el Concejo Municipal dentro de los quince días hábiles siguientes a esta notificación.” (Visible a folios 24 y 25).Que la resolución anterior le fue notificada a el recurrente a fecha veintinueve de agosto de dos mil trece.- (Visible a folio 22).A fecha trece de setiembre de dos mil trece, Adrián Guzmán Oreamuno, cédula de identidad numero uno – quinientos setenta y dos – quinientos quince, actuando en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de Teresa Oreamuno Valdés, cédula de identidad número ocho – cero sesenta y nueve – ochocientos tres, interpone Recurso de apelación contra de la resolución MC-DCBIRES-195-2013. Mediante acuerdo 4, inciso 2, aparte 2, de la Sesión Ordinaria N° 38-2013 de fecha diecisiete de setiembre de dos mil trece, el Concejo Municipal traslada Recurso de Apelación interpuesto por Adrián Guzmán Oreamuno cédula de identidad numero uno – quinientos setenta y dos – quinientos quince, actuando en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de Teresa Oreamuno Valdés, cédula de identidad número ocho – cero sesenta y nueve – ochocientos tres, al Asesor Legal Lic. Roberto Madrigal Chavarría (oficio MC-SCM-933-2013).Que mediante oficio DCBI-INT-128-2014 de fecha ocho de setiembre de dos mil catorce, el Ingeniero Álvaro Rojas Solorzano, eleva ante el Concejo Municipal Recurso de Apelación en subsidio en contra del avalúo No. 10-2013, interpuesto por Adrián Guzmán Oreamuno, cédula de identidad numero uno – quinientos setenta y dos – quinientos quince, actuando en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de Teresa Oreamuno Valdés, cédula de identidad número ocho – cero sesenta y nueve – ochocientos tres. Que mediante acuerdo Nº2, inciso 26, aparte d, el Concejo Municipal de Carrillo en la Sesión Ordinaria Nº 41-2014 celebrada el día 14 de octubre del 2014, resuelve rechazar el recurso de apelación en subsidio interpuesto por Adrián Guzmán Oreamuno, cédula de identidad numero uno – quinientos setenta y dos – quinientos quince, actuando en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de Teresa Oreamuno Valdés, cédula de identidad número ocho – cero sesenta y nueve – ochocientos tres en contra del avalúo No. 10-2013.A fecha cinco de octubre de dos mil catorce, Adrián Guzmán Oreamuno, cédula de identidad numero uno – quinientos setenta y dos – quinientos quince, actuando en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de Teresa Oreamuno Valdés, cédula de identidad número ocho – cero sesenta y nueve – ochocientos tres, presenta ante el Concejo Municipal nota solicitando la resolución del recurso de apelación interpuestos a fecha trece de setiembre de dos mil trece. Mediante acuerdo 2, inciso 13, de la Sesión Ordinaria N° 45-2014 de fecha once de noviembre de dos mil catorce, el Concejo Municipal traslada Recurso de Apelación interpuesto por Adrián Guzmán Oreamuno, cédula de identidad numero uno – quinientos setenta y dos – quinientos quince, actuando en su condición de Apoderado Generalísimo sin límite de suma de Teresa Oreamuno Valdés, cédula de identidad número ocho – cero sesenta y nueve – ochocientos tres, a la Asesora Legal Licda. Ericka Matarrita Carrillo (oficio MC-SCM-962-2014).CONSIDERANDO: Argumenta la apelante que el avalúo confirmado por la oficina de valoraciones, no cumple con la legislación vigente, toda vez que se realiza con fundamento en las recientes reformas hechas al Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítima Terrestre y no a la luz de la reciente historia de la Municipalidad de Carrillo, pues en este sentido la Alcaldía Municipal mediante resolución AM-MC-9302011 reconoce que los criterios del Órgano de Normalización Técnica de la Dirección General de Tributación Directa para el Cantón de Carrillo son excesivamente altos, desproporcionados y no se

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ajustan a la realidad cantonal. Asimismo esgrime que la valoración presenta unas series de inconsistencias que lo hacen jurídicamente improcedente, ya que la misma se efectuar tomando en consideración las reformas al Reglamento de la Ley sobre la Zona Marítima Terrestre, lo que no justifica la realización de un nuevo avalúo, cuando el efectuado tiene plena justificación social y jurídica. De la misma forma refuta que el porcentaje aplicado en el avalúo es errónea puesto que en el mismo se utiliza como parámetro la zona 505-03-U03 (zona urbana residencial) y para la fijación del canon se aplica el cuatro por ciento de uso recreativo, cuando debe utilizarse el tres por ciento de uso residencial. A criterio del Recurrente Yerra el avalúo al no tomar en consideración los criterios establecidos por el artículo 50 del Reglamento a Ley sobre la zona marítima terrestre para la determinación del valor por metros cuadrado y no valorar correctamente los aspectos en cuanto a forma, topografía, nivel, vía y servicios, por lo que solicita se deje sin efecto el avalúo fiscal No. 10-2013 y la confirmación hecha por el Departamento de Valoraciones. En cuanto a los alegatos de la recurrente es menester indicar que a la luz del artículos 50 del Reglamento a la Ley de la Zona Marítima Terrestre reformado mediante Decreto Ejecutivo N°37278-MPH-T-DDL del doce de octubre de dos mil doce, las valoraciones sobre los terrenos ubicados en zona marítima terrestre para la fijación del canon, deberán efectuarse por un profesional en las ramas de ingeniería civil, arquitectura, topografía o ingeniería agrónoma, utilizando para ello las metodología de valoración que al efecto realice el Órgano de Normalización Técnica basado en las plataformas de valores para zonas homogéneas; siendo de esta forma y en el caso que nos ocupa como denota el avalúo No. 10-2013 que el mismo se efectuó por un profesional en Ingeniería agrónoma, debidamente colegiado y con apego a la Plataformas de Valores para zonas homogéneas emitidas por la Dirección General de Hacienda para el Cantón de Carrillo, mismas que fueron publicadas en La Gaceta N° 56 del veintiuno de marzo de dos mil doce, por lo que contrario a lo externado por la recurrente el procedimiento seguido por el Gobierno Local no devienen en contravención con el ordenamiento jurídico, asimismo las presuntas valoraciones efectuadas por la Alcaldía Municipal, no dan pie al desapego de los criterios esgrimidos por el Órgano de Normalización Técnica, toda vez que dicha institución ha sido creado por ley11 como asesor obligatorio de los municipios en cuanto la fijación de parámetros de valores sobre inmuebles. Al respecto la Sala Constitucional al resolver un recurso de amparo presentado contra el artículo 12 de la Ley Sobre Bienes Inmuebles, señaló: “(...)... De este modo, atañe al Estado garantizar la fijación de parámetros de valores que deben considerarse dentro de un contexto nacional, no local; aunque el impuesto haya sido creado con un destino municipal ello no lo califica como un asunto de “intereses y servicios locales”, porque en el contacto con la realidad se constata que lo que están en juego son intereses públicos mayores que impactan a todo el país. Los informes son claros al establecer la necesidad de no fragmentar los valores de las propiedades entre las distintas municipalidades, situación que efectivamente podría ocurrir si no existe un órgano que uniforme y estandarice valores de los terrenos en todo el país, o suministre modelos de depreciación, tasas de vida útil, etc. Una valoración de las propiedades realizada de forma separada por cada Administración Tributaria, irradiaría sus consecuencias negativas más allá de la localidad. De ahí que, el Órgano de Normalización Técnica como órgano desconcentrado garantiza una función técnica y ejerce una competencia nacional dentro de todo el aparato de la Administración Pública, incluida la Municipal...(...)” Resolución N° 3075-2011 del 9 de marzo del 2011,(Cursiva y destacado no son del propio).De lo expuesto debe destacarse que los criterios emitidos por el Órgano de Normalización Técnica, de acuerdo a lo dispuesto por el legislador, no son otra cosa que parámetros o lineamientos de valoración, elaborados a partir de estudios técnicos realizados al efecto, y que obligatoriamente deberán ser utilizados por las municipalidades al realizar los avalúos respectivos dentro de su jurisdicción., motivo por el cual yerra la apelante al indicar que es contrario a derecho su aplicación. Por otra parte, en cuanto a la improcedencia de la realización del avalúo impugnado el mismo numeral 50 del Reglamento a Ley sobre la zona marítima terrestre al que hace alusión el recurrente es claro al establece la obligación de las Municipalidades de efectuar valoraciones de los terrenos otorgados en concesión, cuya vigencia será cinco años a partir de su firmeza, de ello y según los documentos constantes en los expedientes administrativos, la ultima valoración realizada por la Dirección General de Hacienda a la propiedad concesionada a la recurrente es la número 42-2005 del 14 de febrero de 2005, mismo que adquirió su firmeza ese mismo año para empezar su vigencia desde el año 2006; habiéndose de esta forma fenecido en plazo de validez del mismo, por lo cual el ayuntamiento se encontraba en plena facultad legal para realizar la valoración con los instrumentos técnicos vigentes, contrario a lo expuestos por el reclamante. Ahora bien, en cuanto al porcentaje establecido para el cobro de canon, debe necesariamente indicarse que la concesión inscrita en el partido de Guanacaste bajo la matricula 000784-Z-000, a nombre de la recurrente, ostenta un USO RECREATIVO, misma que de acuerdo a lo establecido en el Plan Regulador de Playas del Coco aprobado por la Municipalidad de Carrillo en Sesión Nº 06-81, Acuerdo Nº 5, inciso 4, del 06 de febrero de 1981 y publicado en La Gaceta Nº83 del 4 de mayo de 1983, cuyos principales usos son los siguientes: 1. Vivienda unifamiliar, 2. Vivienda multifamiliar, 3. Vivienda aislada para usos turísticos (alojamiento de huéspedes), motivo por el cual en aplicación de lo establecido en el artículo 49 del Reglamento a la Ley de la Zona Marítima Terrestre, corresponde la fijación 4% sobre el valor total del avalúo para efectos del pago de canon, destacándose de esta forma que yerra la recurrente en su alegato.

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Véase Articulo 12 de la Ley Sobre Bienes Inmuebles, Ley No. 7509

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Respectos a la soflama de que el avalúo no valoro en su totalidad aspectos en cuanto a forma, topografía, nivel, vía y servicios, se debe indicar que tanto la valoración como la explicación técnica otorgada mediante resolución DCBI-INT-128-2014 de fecha ocho de setiembre de dos mil catorce, por la Oficina de Valoraciones, en el punto séptimo de sus considerandos, estableció: “Que en el avalúo N° 10-2013 según la memoria de cálculo adjunta al mismo, en los parámetros utilizada fueron de un inmueble de 1688.06 metros cuadrados con un frente a calle de 24.58 metros y con -1,50 metros de nivel de la calle de lastre, con una topografía inclinada, con servicios 1 correspondiente a que no hay acera ni cordón ni caño y con servicios 2 correspondiente a la disponibilidad de agua, luz y teléfono, además como muestra el plano catastro del bien inmueble sujeto al avalúo numero G-00450354-1981 el lote es irregular. ...”(Cursiva y destacado no son del propio).De lo expuesto se colige como el municipio ha considerado todos los elementos antes mencionados, por lo cual no lleva razón la recurrente en su posición. POR TANTO: Procedo a recomendar a este honorable concejo Municipal lo siguiente: RECHAZAR EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO por Adrian Guzman Oreamuno, cédula de identidad numero uno – quinientos setenta y dos -quinientos quince, actuando en su condición de apoderado generalísimo de TERESA OREAMUNO VALDÉS, cédula de identidad número ocho – cero sesenta y nueve – ochocientos tres, contra la resolución MC-DCBI-RES-195-2013, en virtud de las consideraciones expuestas. Comunicar a la sociedad recurrente que contra el acuerdo del Concejo Municipal cabrá recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal Administrativo, en el término de quince días hábiles posteriores a la notificación, según lo establece el numeral 19 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles. Ley No. 7509, debiéndose presentar el mismo ante el Concejo Municipal quien se pronunciara sobre su admisibilidad a la luz del numeral 34 del Reglamento a la Ley sobre Bienes Inmuebles Notificar a la sociedad recurrente al medio señalado. Enviar copia del acuerdo tomado a la Oficina de valoraciones y al Departamento de Zona Marítima Terrestre.SE ACUERDA: Visto y analizado el citado oficio y a través de la recomendación emitida por la licenciada Ericka Matarrita Carrillo, Asesora Legal del Concejo este Concejo Municipal dispone RECHAZAR EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO por Adrian Guzman Oreamuno, cédula de identidad numero uno – quinientos setenta y dos -quinientos quince, actuando en su condición de apoderado generalísimo de TERESA OREAMUNO VALDÉS, cédula de identidad número ocho – cero sesenta y nueve – ochocientos tres, contra la resolución MC-DCBI-RES-195-2013, en virtud de las consideraciones expuestas. Comunicar a la sociedad recurrente que contra el acuerdo del Concejo Municipal cabrá recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal Administrativo, en el término de quince días hábiles posteriores a la notificación, según lo establece el numeral 19 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles. Ley No. 7509, debiéndose presentar el mismo ante el Concejo Municipal quien se pronunciara sobre su admisibilidad a la luz del numeral 34 del Reglamento a la Ley sobre Bienes Inmuebles. Notificar a la sociedad recurrente al medio señalado. Enviar copia del acuerdo tomado a la Oficina de valoraciones y al Departamento de Zona Marítima.

2.38.- De la licenciada ERICKA MATARRITA CARRILLO, Asesora Legal del Concejo se recibe oficio MC-ALCM-022-2015, el cual literalmente dice; En cumplimiento con lo estipulado en el artículo 21 del Reglamento de Sesiones y Comisiones Municipales de la Municipalidad de Carrillo, publicado en La Gaceta no. 31 del Jueves 13 de febrero de 2014 y al oficio numero MC-SCM-0810-2014 (recibido a fecha 25 de noviembre de 2014) presento para su análisis la resolución recomendativa referente al Recurso de Apelación contra el avalúo 81-2014 interpuestos por Maritza Barrera Gutiérrez, cédula de identidad número cinco – cientos setenta y uno – doscientos veinticinco, actuando en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de SERVICIOS CENTINELA R.B SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos veinticinco mil seiscientos sesenta y cinco. RECURSO DE APELACIÓN CONTRA EL AVALUO 81-2014 INTERPUESTO POR MARITZA BARRERA GUTIERREZ, EN SU CONDICIÓN DE APODERADA GENERALISIMA DE SERVICIOS CENTINELA R.B SOCIEDAD ANONIMA RESULTANDO: Que a fecha veinte de marzo de dos mil trece, el Departamento de valoraciones de la Municipalidad de Carrillo, realizó avalúo administrativo No. 81-2014, sobre la propiedad identificada en plano catastro G0194531-1994, con un área de 1728 m2, ubicada bodegas detrás de Luperon, Playas del Coco, Sardinal, Carrillo, Guanacaste. (Visible de folios 13 a 16).El avalúo 81-2014, fue notificado a fecha trece de octubre del dos catorce. (visible a folio 14).A fecha tres de noviembre de dos mil catorce, Maritza Barrera Gutiérrez, cédula de identidad número cinco – cientos setenta y uno – doscientos veinticinco, actuando en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de SERVICIOS CENTINELA R.B SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos veinticinco mil seiscientos sesenta y cinco, presenta desacuerdo en contra del 81-2014. (Visible a folio 17).Que mediante Resolución No. MC-DCBI-RES-487-2014 de las ocho horas del día cuatro de noviembre del dos mil catorce, el Departamento de Valoraciones, resolvió el Recurso de Revocatoria indicando: “…SE RESUELVE. PRIMERO. Por lo tanto se declara sin lugar la oposición presentada contra el avalúo N°81-2014 presentado por MARITZA BARRERA GUTIÉRREZ, en representación de SERVICIOS CENTINELA R.B SOCIEDAD ANONIMA. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 19 de la Ley de

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Impuestos sobre Bienes Inmuebles, Ley 7509, podrá presentar formal recurso de apelación ante el Concejo Municipal dentro de los quince días hábiles siguientes a esta notificación.” (Visible a folio 19).Que la resolución anterior le fue notificada a el recurrente a fecha cuatro de noviembre de dos mil catorce.- (Visible a folio 18).A fecha veinticuatro de noviembre de dos mil catorce, Maritza Barrera Gutiérrez, cédula de identidad número cinco – cientos setenta y uno – doscientos veinticinco, actuando en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de SERVICIOS CENTINELA R.B SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos veinticinco mil seiscientos sesenta y cinco, interpone Recurso de apelación contra el avalúo N° 81-2014. Mediante oficio MC-SCM-0810-2014 el Concejo Municipal traslada Recurso de Apelación interpuesto por Maritza Barrera Gutiérrez, cédula de identidad número cinco – cientos setenta y uno – doscientos veinticinco, actuando en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de SERVICIOS CENTINELA R.B SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos veinticinco mil seiscientos sesenta y cinco, a la Asesora Legal.CONSIDERANDO: Indica la recurrente que no objeta el valor dado al terreno ya que esta consiente que el mismo se realizo de conformidad con la plataforma de valores de terrenos de zonas homogéneas emitidas por el Órgano de Normalización Técnica de la Dirección General de Hacienda, no obstante no está de acuerdo con la valorización efectuada a la construcción toda vez que se le está dando un valor por encima del costo inicial de construcción y de las valoraciones efectuadas para efectos de préstamos comerciales, situación que va en contra de la sana critica racional y la lógica jurídica pues el valor de las construcciones nunca podría superar el costo de la construcción y jamás revalorizarse en esas dimensiones como lo establece el avalúo municipal. Por lo que solicita se rectifique el valor asignado al inmueble matricula de folio real 5087993-000 propiedad de mi representada, afectando la parte de construcciones e instalación es únicamente, cuyo valor asignado por metro cuadrado a la nave comercial y al galerón como lo describe el avalúo esta desproporcionado y fuera de la realidad. Respecto a los argumentos expuestos, es menester indicar que a la luz de la Ley de Impuestos sobre bienes inmuebles, Nro.7509, se establecen las formas para modificar la base imponible de los inmuebles, destacando de ellas la valoración general o individual, para lo cual se contará con el Órgano de Normalización Técnica como órgano técnico especializado y asesor obligatorio de las municipalidades (artículo 10 y 10 bis en relación con el 12); o la modificación automática cuando concurran las circunstancias previstas por el legislador en el artículo 14 de la Ley. Siendo de esta forma, los permisos constructivos y los gravámenes hipotecarios causales de modificaciones automáticas, si estos registran un valor mayor al establecido por el municipio, no obstante los mismos no constituyen factores ponderantes en la realización de avalúo individuales, puesto que para ello la norma establece el apego a los lineamientos del Órgano de Normalización Técnica de la Dirección General de Hacienda, (articulo 2 y 12), y el avalúo N°81-2014 se encuentra basado en el Manual de valores de bases unitarios de tipología publicada en el Alcance Digital N°22 de la Gaceta N°23 del 1 de febrero de 2013, y a la cual se adhirió la Municipalidad de Carrillo, mediante la publicación en el Diario Oficial La Gaceta N°114 del 14 de junio del 2013, tal y como se le ha hecho ver la recurrente desde la notificación de la valoración. POR TANTO: Procedo a recomendar a este honorable concejo Municipal lo siguiente: RECHAZAR EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO por Maritza Barrera Gutiérrez, cédula de identidad número cinco – cientos setenta y uno – doscientos veinticinco, actuando en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de SERVICIOS CENTINELA R.B SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos veinticinco mil seiscientos sesenta y cinco, en virtud de las consideraciones expuestas. Comunicar a la sociedad recurrente que contra el acuerdo del Concejo Municipal cabrá recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal Administrativo, en el término de quince días hábiles posteriores a la notificación, según lo establece el numeral 19 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles. Ley No. 7509, debiéndose presentar el mismo ante el Concejo Municipal quien se pronunciara sobre su admisibilidad a la luz del numeral 34 del Reglamento a la Ley sobre Bienes Inmuebles Notificar a la sociedad recurrente al medio señalado. Enviar copia del acuerdo tomado a la Oficina de valoraciones. SE ACUERDA: Visto y analizado el citado oficio y a través de la recomendación emitida por la licenciada Ericka Matarrita Carrillo, Asesora Legal del Concejo este Concejo Municipal dispone RECHAZAR EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO por Maritza Barrera Gutiérrez, cédula de identidad número cinco – cientos setenta y uno – doscientos veinticinco, actuando en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de SERVICIOS CENTINELA R.B SOCIEDAD ANONIMA, cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos veinticinco mil seiscientos sesenta y cinco, en virtud de las consideraciones expuestas. Comunicar a la sociedad recurrente que contra el acuerdo del Concejo Municipal cabrá recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal Administrativo, en el término de quince días hábiles posteriores a la notificación, según lo establece el numeral 19 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles. Ley No. 7509, debiéndose presentar el mismo ante el Concejo Municipal quien se pronunciara sobre su admisibilidad a la luz del numeral 34 del Reglamento a la Ley sobre Bienes Inmuebles. Notificar a la sociedad recurrente al medio señalado. Enviar copia del acuerdo tomado a la Oficina de valoraciones.

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2.39.- De la licenciada ERICKA MATARRITA CARRILLO, Asesora Legal del Concejo se recibe oficio MC-ALCM-023-2015, el cual literalmente dice; En cumplimiento del acuerdo No. 2, Inciso 03, emitido en Sesión Ordinaria No. 46-2014 del 18 de noviembre de 2014 (oficio MC-SCM-9842014, recibido a fecha 12 de diciembre de 2014) presento para su análisis la resolución recomendativa referente al Recurso de Apelación contra la resolución MC-DCBI-RES-206-2013 interpuestos por CARMEN GOICOECHEA NOBIS, cédula de identidad numero uno-trescientos nueve-cero cero dos. RECURSO DE APELACIÓN CONTRA LA RESOLUCIÓN MC-DCBI-RES-206-2013 INTERPUESTOS POR CARMEN GOICOECHEA NOBIS RESULTANDO: Que a fecha dieciséis de noviembre de dos mil doce, el Departamento de valoraciones de la Municipalidad de Carrillo, realizó avalúo administrativo No. 08-2012, sobre la propiedad identificada en plano catastro G-1306111-2008, con un área de 1550.34 m2, ubicada 150 metros norte del Club de Playa Pacifica, La Chorrera, Playas del Coco, Sardinal, Carrillo, Guanacaste. (Visible de folios 5 a 13).Que a fecha treinta y uno de julio de dos mil trece, Carmen Goicoechea Nobis, cédula de identidad número uno – trescientos nueve – cero cero dos, interpone Recursos de revocatoria con apelación en subsidio en contra del Avalúo No. 08-2012. (Visible de folios 15 a 19).Que mediante resolución No. MC-DCBI-RES-206-2013 de las doce horas del veintinueve de agosto de dos mil trece, el Departamento de Valoraciones, resolvió el Recurso de Revocatoria indicando: “…SE RESUELVE. PRIMERO. Por lo tanto se declara sin lugar el recurso de revocatoria presentado contra el avalúo N°8-2013 presentado por CARMEN GOICOECHEA NOBIS. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 19 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles, Ley 7509, podrá presentar formal recurso de apelación ante el Concejo Municipal dentro de los quince días hábiles siguientes a esta notificación.” (Visible a folios 37 y 38). Que la resolución anterior le fue notificada a la recurrente a fecha veintinueve de agosto de dos mil trece.- (Visible a folio 24).A fecha trece de setiembre de dos mil trece, Carmen Goicoechea Nobis, cédula de identidad número uno – trescientos nueve – cero cero dos, interpone Recursos de apelación contra de la resolución MCDCBI-RES-206-2013. Mediante acuerdo 4, inciso 2, aparte 1, de la Sesión Ordinaria N° 38-2013 de fecha diecisiete de setiembre de dos mil trece, el Concejo Municipal traslada Recurso de Apelación interpuesto por Carmen Goicoechea Nobis, cédula de identidad número uno – trescientos nueve – cero cero dos, al Asesor Legal Lic. Roberto Madrigal Chavarría (oficio MC-SCM-933-2013).Que mediante oficio DCBI-INT-128-2014 de fecha ocho de setiembre de dos mil catorce, el Ingeniero Álvaro Rojas Solorzano, eleva ante el Concejo Municipal Recurso de Apelación en subsidio en contra del avalúo No. 08-2012, interpuesto por Carmen Goicoechea Nobis, cédula de identidad número uno – trescientos nueve – cero cero dos. (Visible a folio 29).Que mediante acuerdo Nº2, inciso 26, aparte c, el Concejo Municipal de Carrillo en la Sesión Ordinaria Nº 41-2014 celebrada el día 14 de octubre del 2014, resuelve RECHAZAR EL RECURSO DE APELACIÓN EN SUBSIDIO interpuesto por Carmen Goicoechea Nobis, cédula de identidad número uno – trescientos nueve – cero cero dos, en contra del avalúo No. 08-2012.A fecha catorce de noviembre de dos mil catorce, Carmen Goicoechea Nobis, cédula de identidad número uno – trescientos nueve – cero cero dos, presenta ante el Concejo Municipal nota solicitando la resolución del recurso de apelación interpuestos a fecha trece de setiembre de dos mil trece. Mediante acuerdo 2, inciso 03, de la Sesión Ordinaria N° 46-2014 de fecha dieciocho de noviembre de dos mil catorce, el Concejo Municipal traslada Recurso de Apelación interpuesto por Carmen Goicoechea Nobis, cédula de identidad número uno – trescientos nueve – cero cero dos, a la Asesora Legal Licda. Ericka Matarrita Carrillo (oficio MC-SCM-984-2014).CONSIDERANDO: Argumenta la apelante que el avalúo confirmado por la oficina de valoraciones, no cumple con la legislación vigente, toda vez que se realiza con fundamento en las recientes reformas hechas al Reglamento a la Ley sobre la Zona Marítima Terrestre y no a la luz de la reciente historia de la Municipalidad de Carrillo, pues en este sentido la Alcaldía Municipal mediante resolución AM-MC-9302011 reconoce que los criterios del Órgano de Normalización Técnica de la Dirección General de Tributación Directa para el Cantón de Carrillo son excesivamente altos, desproporcionados y no se ajustan a la realidad cantonal. Asimismo esgrime que el uso de la finca aplicado para la determinación del canon es errónea puesto que él es residencia y no recreativo. De la misma forma refuta que la valoración presenta unas series de inconsistencias que lo hacen jurídicamente improcedente, ya que la misma fue actualizado hace menos de cinco años y se efectuar tomando en consideración las reformas al Reglamento de la Ley sobre la Zona Marítima Terrestre, lo que no justifica la realización de un nuevo avalúo, cuando el efectuado tiene plena justificación social y jurídica. A criterio del Recurrente Yerra el avalúo al no tomar en consideración los criterios establecidos por el artículo 50 del Reglamento a Ley sobre la zona marítima terrestre para la determinación del valor por metros cuadrado y no valorar correctamente los aspectos en cuanto a forma, topografía, nivel, vía y servicios, por lo que solicita se deje sin efecto el avalúo fiscal No. 08-2012 y la confirmación hecha por el Departamento de Valoraciones. En cuanto a los alegatos de la recurrente es menester indicar que a la luz del artículos 50 del Reglamento a la Ley de la Zona Marítima Terrestre reformado mediante Decreto Ejecutivo N°37278-MPH-T-DDL del doce de octubre de dos mil doce, las valoraciones sobre los terrenos ubicados en zona marítima terrestre para la fijación del canon, deberán efectuarse por un profesional en las ramas de ingeniería civil, arquitectura, topografía o ingeniería agrónoma, utilizando para ello las metodología de valoración que al efecto realice el Órgano de Normalización Técnica basado en las plataformas de

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valores para zonas homogéneas; siendo de esta forma y en el caso que nos ocupa como denota el avalúo No. 08-2012 que el mismo se efectuó por un profesional en Ingeniería agrónoma, debidamente colegiado y con apego a la Plataformas de Valores para zonas homogéneas emitidas por la Dirección General de Hacienda para el Cantón de Carrillo, mismas que fueron publicadas en La Gaceta N° 56 del veintiuno de marzo de dos mil doce, por lo que contrario a lo externado por la recurrente el procedimiento seguido por el Gobierno Local no devienen en contravención con el ordenamiento jurídico, asimismo las presuntas valoraciones efectuadas por la Alcaldía Municipal, no dan pie al desapego de los criterios esgrimidos por el Órgano de Normalización Técnica, toda vez que dicha institución ha sido creado por ley21 como asesor obligatorio de los municipios en cuanto la fijación de parámetros de valores sobre inmuebles. Al respecto la Sala Constitucional al resolver un recurso de amparo presentado contra el artículo 12 de la Ley Sobre Bienes Inmuebles, señaló: “(...)... De este modo, atañe al Estado garantizar la fijación de parámetros de valores que deben considerarse dentro de un contexto nacional, no local; aunque el impuesto haya sido creado con un destino municipal ello no lo califica como un asunto de “intereses y servicios locales”, porque en el contacto con la realidad se constata que lo que están en juego son intereses públicos mayores que impactan a todo el país. Los informes son claros al establecer la necesidad de no fragmentar los valores de las propiedades entre las distintas municipalidades, situación que efectivamente podría ocurrir si no existe un órgano que uniforme y estandarice valores de los terrenos en todo el país, o suministre modelos de depreciación, tasas de vida útil, etc. Una valoración de las propiedades realizada de forma separada por cada Administración Tributaria, irradiaría sus consecuencias negativas más allá de la localidad. De ahí que, el Órgano de Normalización Técnica como órgano desconcentrado garantiza una función técnica y ejerce una competencia nacional dentro de todo el aparato de la Administración Pública, incluida la Municipal...(...)” Resolución N° 3075-2011 del 9 de marzo del 2011,(Cursiva y destacado no son del propio).De lo expuesto debe destacarse que los criterios emitidos por el Órgano de Normalización Técnica, de acuerdo a lo dispuesto por el legislador, no son otra cosa que parámetros o lineamientos de valoración, elaborados a partir de estudios técnicos realizados al efecto, y que obligatoriamente deberán ser utilizados por las municipalidades al realizar los avalúos respectivos dentro de su jurisdicción., motivo por el cual yerra la apelante al indicar que es contrario a derecho su aplicación. Por otra parte, en cuanto al porcentaje establecido para el cobro de canon, debe necesariamente indicarse que la concesión inscrita en el partido de Guanacaste bajo la matricula 002352-Z-000, a nombre de la recurrente, ostenta un USO RECREATIVO, misma que de acuerdo a lo establecido en el Plan Regulador de Playas del Coco aprobado por la Municipalidad de Carrillo en Sesión Nº 06-81, Acuerdo Nº 5, inciso 4, del 06 de febrero de 1981 y publicado en La Gaceta Nº83 del 4 de mayo de 1983, cuyos principales usos son los siguientes: 1. Vivienda unifamiliar, 2. Vivienda multifamiliar, 3. Vivienda aislada para usos turísticos (alojamiento de huéspedes), motivo por el cual en aplicación de lo establecido en el artículo 49 del Reglamento a la Ley de la Zona Marítima Terrestre, corresponde la fijación 4% sobre el valor total del avalúo para efectos del pago de canon, destacándose de esta forma que yerra la recurrente en su alegato. Ahora bien, en cuanto a la improcedencia de la realización del avalúo impugnado el mismo numeral 50 del Reglamento a Ley sobre la zona marítima terrestre al que hace alusión el recurrente es claro al establece la obligación de las Municipalidades de efectuar valoraciones de los terrenos otorgados en concesión, cuya vigencia será cinco años a partir de su firmeza, de ello y según los documentos constantes en los expedientes administrativos, la ultima valoración realizada por la Dirección General de Hacienda a la propiedad concesionada a la recurrente es la número AF-283-99 del 23 de febrero de 1999, mismo que adquirió su firmeza ese mismo año para empezar su vigencia desde el año 2000; habiéndose de esta forma fenecido en plazo de validez del mismo, por lo cual el ayuntamiento se encontraba en plena facultad legal para realizar la valoración con los instrumentos técnicos vigentes, contrario a lo expuestos por el reclamante. Respectos a la soflama de que el avalúo no valoro en su totalidad aspectos en cuanto a forma, topografía, nivel, vía y servicios, se debe indicar que tanto la valoración como la explicación técnica otorgada mediante resolución DCBI-INT-206-2013 de las doce horas del veintinueve de agosto de dos mil trece, por la Oficina de Valoraciones, en el punto sexto de sus considerandos, estableció: “Que en el avalúo N° 08-2012 según la memoria de cálculo adjunta al mismo, en los parámetros utilizada fueron de un inmueble de 1550.34 metros cuadrados con un frente a calle de 24.96 metros y con -1,20 metros de nivel de la calle de lastre, con una topografía inclinada, con servicios 1 correspondiente a que no hay acera ni cordón ni caño y con servicios 2 correspondiente a la disponibilidad de agua, luz y teléfono, además como muestra el plano catastro del bien inmueble sujeto al avalúo numero G-1306111-2008 el lote es de forma regular. ...”(Cursiva y destacado no son del propio).De lo expuesto se colige como el municipio ha considerado todos los elementos antes mencionados, por lo cual no lleva razón la recurrente en su posición. POR TANTO: Procedo a recomendar a este honorable concejo Municipal lo siguiente: RECHAZAR EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO por CARMEN GOICOECHEA NOBIS, cédula de identidad numero uno-trescientos nueve-cero cero dos, contra el avalúo 08-2012, en virtud de las consideraciones expuestas. Comunicar a la sociedad recurrente que contra el acuerdo del Concejo Municipal cabrá recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal Administrativo, en el término de quince días hábiles posteriores a la notificación, según lo establece el numeral 19 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles. Ley

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Véase Articulo 12 de la Ley Sobre Bienes Inmuebles, Ley No. 7509

Sesión Ordinaria Nº 10 del 10-03-2015

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No. 7509, debiéndose presentar el mismo ante el Concejo Municipal quien se pronunciara sobre su admisibilidad a la luz del numeral 34 del Reglamento a la Ley sobre Bienes Inmuebles Notificar a la recurrente al medio señalado. Enviar copia del acuerdo tomado a la Oficina de valoraciones y al Departamento de Zona Marítima Terrestre.SE ACUERDA: Visto y analizado el citado oficio y a través de la recomendación emitida por la licenciada Ericka Matarrita Carrillo, Asesora Legal del Concejo este Concejo Municipal dispone RECHAZAR EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO por CARMEN GOICOECHEA NOBIS, cédula de identidad numero uno-trescientos nueve-cero cero dos, contra el avalúo 08-2012, en virtud de las consideraciones expuestas. Comunicar a la sociedad recurrente que contra el acuerdo del Concejo Municipal cabrá recurso de apelación para ante el Tribunal Fiscal Administrativo, en el término de quince días hábiles posteriores a la notificación, según lo establece el numeral 19 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles. Ley No. 7509, debiéndose presentar el mismo ante el Concejo Municipal quien se pronunciara sobre su admisibilidad a la luz del numeral 34 del Reglamento a la Ley sobre Bienes Inmuebles Notificar a la recurrente al medio señalado. Enviar copia del acuerdo tomado a la Oficina de valoraciones y al Departamento de Zona Marítima Terrestre. 2.40.- De la licenciada ERICKA MATARRITA CARRILLO, Asesora Legal de este Concejo; se conoce el oficio MC-ALCM-024-2015, por medio del cual manifiesta al Concejo Municipal lo siguiente: En cumplimiento del acuerdo Nº 2, inciso 08, emitido en Sesión Ordinaria Nº 08-2015 del 24 de febrero de 2015, me presento a manifestar que en cumplimiento de lo establecido en el numeral 43 del Código Municipal, el proyecto de "Reglamento de cesión gratuita del porcentaje de terreno destinado al uso público a favor de la Municipalidad resultante de los fraccionamientos de Carrillo" salió publicado en La Gaceta Nº 35 del jueves 19 de febrero de 2015 para consulta pública no vinculante por un plazo de 10 días hábiles. Dicho plazo de consulta fenecía el 04 de marzo de 2015, en esa fecha el topógrafo Yordi Ortega Ortega, presenta observaciones al proyecto, mismas que se adjuntan para su conocimiento. Cabe destacar que debe el Concejo Municipal valorarlas, y del resultado de dicha valoración deberá tomarse un acuerdo para proceder a la segunda publicación en el Diario Oficial La Gaceta. ---- Presidenta Municipal: Con relación a este oficio yo propongo que la observación que está haciendo Yordi al reglamento del 10% que se traslade al señor Alcalde para que las valore por ser las únicas que llegaron y posteriormente nos brinde un criterio definitivo al Concejo, los que estén a favor que levanten la mano. SE ACUERDA: Con el voto de los regidores presentes este Concejo Municipal DISPONE que las observaciones presentadas por el Topógrafo YORDI ORTEGA al Reglamento de cesión gratuita del porcentaje de terrenos destinados al uso público a favor de la Municipalidad, se trasladen al ALCALDE MUNICIPAL para su valoración y a la brevedad posible emita su criterio a fin de tomar el acuerdo correspondiente y proceder a la segunda publicación. Acuerdo definitivamente aprobado. .

CAPITULO III.- INFOMRES DE REGIDORES Y ALCALDE MUNICIPAL ARTÍCULO 3.3.1.- Verbalmente el señor ALCALDE MUNICIPAL informa: Yo les comenté acá que íbamos a alquiler una compactadora, una niveladora y tanqueta de agua, ya la tanqueta de agua está contratada, lo de la niveladora el precio estaba muy alto y que ese precio no lo íbamos a pagar, porque están cobrando a 38 mil colones la hora, si uno la consigue en 34 o 35, o en 33.500 entonces yo les dije que ahí había un sobreprecio, y le dije a Adrián no, eche abajo lo que es lo de la niveladora y la vuelve a sacar, y volvió a sacar niveladora y compactadora, y ayer se presentaron ofertas, ya hoy en la tarde Fernando estaba viendo lo de la parte legal de los oferentes y Adrián viendo la parte de los puntajes de cada uno, mañana en la mañana si Dios quiero eso queda adjudicado y se estaría haciendo la adjudicación, miel si tenemos, yo espero que a más tardar el próximo martes estar ya pasando el agua, primero se pasa la niveladora, se conforma y se hace todo y ya se trabaja en agua, yo creo que si Dios quiere y todo sale bien, el máxime el martes estaríamos trabajando en el sector Belén-Santo Domingo en lo que es preparando el terreno para echar la miel, porque yo les decía no podemos sacar el equipo de un lado para ir hacer otra cosa, no puedo abarcar dos cosas a la misma vez yo necesito equipo y por eso decidimos contrata equipo para el tema de la regada de la miel, inclusive hoy estuve en Sardinal traté de hablar con el Gerente de la Melonera porque ellos tienen una tanqueta enorme, porque con una tanqueta hay que echar agua y con otra tanqueta hay que regar la miel, lo que yo no quería era utilizar una vagoneta para andar regando agua porque visto un santo para desvestir otro santo, entonces dejo de trabajar con vagoneta porque tengo que montarle el tanque –es igual- pero bueno si Dios quiere el próximo martes a más tardar ya estamos trabajando en esa ruta, de ahí nos pasamos a lo que es Castilla de Oro que merecido lo tienen y de ahí nos vamos para El Coco si Dios lo permite, así está planificado. ---- Presidenta Municipal: Que era el pleito que había en Belén que la Policía me llamó hoy como que estaban sacando agua del Río Cañas. ---- Alcalde Municipal: Sí del río Cañas, yo fui a Río Cañas pero tengo entendido que ya se habían llevado la tanqueta no es un trabajo que está haciendo la Municipalidad lo está haciendo el CONAVI, ellos vienen rellenando los espaldones de la Ruta Nacional –cosa que nosotros hemos hecho en otros pueblos como Belén, como Filadelfia, lo hicimos de Paso Tempisque a Comunidad, hemos venido rellenando lo ruta nacional a los lados, porque esas se quedan en gradientes que son muy peligrosas,

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entones CONAVI lo está haciendo gracias a Dios en rutas nacionales vienen por Río Cañas pero ellos posiblemente no sacaron el permiso correspondiente y H-Solís que creo que es la empresa contratada está sacando agua del río y cayó la Policía, yo traté de sopesar la situación porque se trata de una ruta nacional de un trabajo que se está haciendo a beneficio de la comunidad, entonces dice uno bueno pero llegué tarde y ya no pude hacer nada, pero bueno la responsabilidad de la empresa H-Solís de no sacar el permiso correspondiente. Entonces don Carlos a más tardar el próximo martes ya estaremos trabajando en esa ruta según mis cálculos si Dios lo permite. Lo otro es que la cuneta de la entrada de CATSA ya va avanzada, el alcantarillado que se está poniendo en Paso Tempisque va avanzando muy lento le dije a Adrián, yo me fui hoy en la mañana con Adrián de gira a ver algunos trabajos y le dije que me estaba pareciendo que los trabajos en Paso Tempisque iban muy lentos, aunque es muy profundo que no se porqué pero es una cosa técnica que no lo hicieron los ingenieros nuestros sino la empresa que se contrató para hacer el estudio topográfico de Palmira-Paso Tempisque, es una profundidad como de 6 metros, pero bueno los técnicos dicen que es así, pues es así, pero si va muy lento el trabajo y le dije ahora a don Rodolfo que estuviera muy cerquita de eso. Igual seguimos colocando mezcla asfáltica en Sardinal, yo espero que de aquí al viernes ya se termine de colocar lo que nos había dado el MOPT para Sardinal. Se está trabajando y va muy avanzado el CEN-CINAI de Palmira, ya están poniendo las cerchas, yo creo que una vez puestas las cerchas y el techo eso va a ir más rápido. Guinea ya inicia mañana, ya dimos la orden de inicio de la acera en Santa Ana también, bueno vamos caminando gracias a Dios con los trabajos, el próximo 13 se cierra el recibo de ofertas del muelle peatonal del Coco si Dios quiere, Juan Carlos mañana que esté aquí ya revisa el cartel de la mejora del parque de Filadelfia para subirlo mañana por la tarde a Mer-link yo creo que de aquí al viernes estaría subiendo lo que es el Skatepark de Filadelfia y lo que es la Parada de Filadelfia la arquitecta que tenemos acá lo lleva muy avanzada el diseño, y Celso ya lleva bien avanzado lo que es el diseño de la Parada de Buses de Sardinal. Si ver ahora que venga el Extraordinario como podemos invertir un poco en Belén porque se nos está quedando por fuera en inversión, por lo menos Belén centro no estoy viendo que se muevan obras por allá, solo la acera de Santa Ana pero es pequeñita, yo creo que hay que meterle recursos en el extraordinario a Belén. en algún proyecto que se requiera, verdad. En cuanto en el Cementerio tenemos que ver como lo queremos hacer, enmallado o todo cerrado en cemento porque es una obra muy grande de muchos recursos, ya sea que lo hacemos prefabricado porque sale más barato, no sé pero si necesitamos meter una obra de impacto en Belén y sería importante buscar qué vamos hacer en ese distrito. Igual en la propuesta que vamos hacer queremos comprar un 20 playgraund para distribuir entre las comunidades, ojala que ustedes como Concejo lo aprueben esos sería más o menos unos 40 millones de colones. Entonces la idea es darles play a Guinea, Coyolito, Santa Ana. Río Cañas los dos de Filadelfia que faltaban, a Daniel Oduber, La Cascada, Altos del Roble a quienes no les hemos dado nada, porque a los niños no les estamos dando nada.. 3.2.- Manifiesta la señora PRESIDENTA MUNICIPAL, solicito que tomemos el acuerdo para girar viáticos s los regidores propietarios ROBERT MIRANDA y RENE CONTRERAS, así como también para los funcionarios municipales ERICKA MATARRITA (Asesora Legal del Concejo) y JORGE DIAZ LORIA (Encargado de la Zona Marítimo Terrestre), cena del sábado 14 de marzo y desayuno del domingo 15, por cuanto estarán viajando hacia la ciudad de Miami en horas de la tarde de ese domingo. También requieren viáticos (para la cena del viernes 20 de marzo) ya que su regreso está programado para horas de la tarde de ese día, y el transporte de ida y regreso (sábado 14 y viernes 20 de marzo para todos. Los que estén a favor que levanten la mano. SE ACUERDA: Con el voto de los regidores presentes (cuatro) este Concejo Municipal DISPONE autorizar a los Departamentos de la ADMINISTRACION, DFA, TESORERIA, PROVEEDURIA Y CONTABILIDAD MUNICIPALES, girar viáticos s los regidores propietarios ROBERT MIRANDA AMADOR y a RENE CONTRERAS SANDOVAL, así como también a los funcionarios municipales ERICKA MATARRITA CARRILLO (Asesora Legal del Concejo) y JORGE DIAZ LORIA (Encargado de la Zona Marítimo Terrestre), para la cena del sábado 14 de marzo y desayuno del domingo 15, por cuanto estarán viajando hacia la ciudad de Miami en horas de la tarde de ese domingo. También requieren viáticos (para la cena del viernes 20 de marzo) ya que su regreso está programado para horas de la tarde de ese día, y el transporte de ida y regreso (sábado 14 y viernes 20 de marzo para todos. Quienes fueron nombrados en Comisión para asistir a la capacitación “MISION TECNICA SOBRE DESARROLLO LOCAL Y LAS EXPERIENCIAS EXITOSAS EN LOS MUNICIPIOS DE ESTADOS UNIDOS” que se estará realizando en la ciudad de Miami. Florida, Estados Unidos del 15 al 20 de marzo del 2015. Con igual cantidad de votos el presente acuerdo se declara DEFINITIVAMENTE APROBADO, para su trámite.

Al no haber más puntos que tratar, al ser las dieciocho horas con treinta minutos la señora Presidenta Municipal procede al cierre de la sesión. Presidenta Municipal

Secretaria del Concejo

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