Story Transcript
ESTUDIO PREVIO PARA JUSTIFICAR Y VIABILIZAR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE PARA LOS DEPORTISTAS Y PERSONAL DE APOYO QUE PARTICIPARAN EN LOS DIFERENTES EVENTOS, ACTIVIDADES Y ENCUENTROS ORGANIZADOS POR LA SUBGERENCIA DE DEPORTE Y RECREACIÒN DEL MUNICIPIO DE COGUA Y/O DONDE ESTE PARTICIPE.
ENTIDAD DEPENDENCIA QUE PROYECTA DEPENDENCIA A LA QUE SE DIRIGE FECHA
ALCALDÍA MUNICIPAL DE COGUA SUBGERENCIA DE DEPORTE Y RECREACION SUBGERENCIA DE ASUNTOS CONTRACTUALES OCTUBRE 08 DE 2010
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD la Constitución política de Colombia en su artículo 52 reglamenta “… se reconoce a toda persona a la recreación a la práctica del deporte y el aprovechamiento del tiempo libre” que al igual el deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen gasto publico social, ratificado mediante acto legislativo 002 de 17 de agosto de 2000, le encomienda al estado la misión de brindar la oportunidad de difundir, fortalecer, y crear los medios por el cual el ciudadano pueda acceder al conocimiento y la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre y las reglamenta y ratifica la ley 181 de 1995 en su artículo 1 numeral 3. Que El Plan de Desarrollo programa de Gobierno de la Administración Municipal se ha enfatizado en la parte Social y viendo que en la comunidad del Municipio de Cogua se carece de espacios donde nuestros niños, jóvenes, adultos, adultos mayores y discapacitados donde puedan acceder a programas de desarrollo social, se hace necesario continuar con el proceso de contratacion de transporte terrestre para pasajeros con el fin de garantizar el desplazamiento de los participantes a cada uno de los programas de dicha subgerencia.
El municipio de Cogua requiere para el cumplimiento de sus fines asumir distintas responsabilidades en cuanto a la Subgerencia de deporte y Recreación se refiere, por eso para lograr sus objetivos debe ofrecer los suficientes espacios para el aprovechamiento y disfrute del tiempo libre, la recreación y el deporte, así como la posibilidad de acceder a eventos de promoción y proyección deportiva, social, en donde se puedan impulsar procesos de sana convivencia, respeto, y rescate de nuestras tradiciones. Tradiciones que en especial, en el sector de la niñez, la juventud, los adultos mayores y discapacitados, queremos fomentar a través de muestras deportivas y recreativas. Que la Subgerencia de Deportes y Recreación del Municipio desarrollará el programa de encuentros infantiles deportivos y recreativos con los niños de las diferentes instituciones educativas del nivel preescolar, donde se llevan a cabo
diferentes actividades por esta razón se requiere desplazar a los participantes desde sus instituciones de origen hasta el área urbana donde se llevan a cabo dichas actividades.
Que la Subgerencia de Deporte y Recreación del municipio desarrollará el programa de vacaciones recreativas en la zona urbana y rural del municipio, para ello requiere desplazar a los niños de la zona rural a la zona a urbana para desarrollar las diferentes actividades y estos a la vez desplazarlos a las salidas a otros municipios y espacios donde programe. Que la Subgerencia de Deportes y Recreación del municipio apoyará a los deportistas y selecciones que representan al municipio en los diferentes eventos competitivos a nivel Zonal, Departamental y Nacional, para ello requiere desplazarlos a los destinos donde se curse invitación para participar. Que la Subgerencia de Deportes y Recreación del municipio desarrollará el programa de festivales escolares, donde se llevan a cabo encuentros deportivos y recreativos con los niños de las diferentes instituciones educativas del nivel básica primaria por esta razón se requiere desplazar a los participantes desde sus instituciones de origen hasta el área urbana donde se llevan a cabo dichas actividades (Complejo deportivo Municipal). Que la Subgerencia de Deporte y Recreación del municipio desarrollará el programa juegos para la tercera edad en donde requiere desplazar dicha población de la zona rural al área urbana del municipio o a otros municipios, para que participen de los diferentes eventos y actividades programadas por dicha Subgerencia.
Que la Subgerencia de Deportes y Juventud del municipio apoyará a la población discapacitada del municipio en los diferentes eventos deportivos donde se curse invitación para participar, para ello deberá desplazarlos a los diferentes destinos donde se lleven a cabo dichas actividades. Que se atenderá población desde edades muy cortas hasta adultos mayores y población discapacitada quienes requieren de un transporte seguro que cumpla con todas las condiciones, seguros y demás normas requeridas para esta clase de servicios. Resulta imprescindible dar cumplimiento a la necesidad presentada y por las razones anteriormente expuestas dentro del Plan de Desarrollo “Vamos por la Calidad Por Cogua Vale la Pena” 2008-2011, se contempla la realización de los eventos y programas antes mencionados
EI municipio de Cogua está interesado en contratar bajo la modalidad de selección abreviada de mínima cuantía el SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE PARA LOS DEPORTISTAS Y PERSONAL DE APOYO QUE PARTICIPARAN EN LOS DIFERENTES
EVENTOS, ACTIVIDADES Y ENCUENTROS ORGANIZADOS POR LA SUBGERENCIA DE DEPORTE Y RECREACIÒN DEL MUNICIPIO DE COGUA Y/O DONDE ESTE PARTICIPE. Esta
contratación se encuentra contemplada dentro de los proyectos los cuales se encuentran debidamente inscritos: APOYO DEPORTIVO ESCOLARES (ESCUELAS DE FORMACION DEPORTIVA, JUEGOS INTERCOLEGIADOS, FESTIVALES ESCOLARES, Y ENCUENTROS INFANTILES), Numero BPIM-20000031-2008. CALIDAD DEPORTIVA (VACACIONES RECREATIVAS, OLIMPIADAS COMUNALES, COMPRA DE IMPLEMENTOS Y APOYO A SELECCIONES DEPORTIVAS), Numero BPIM-200-00029-2008. (APOYO DEPORTIVO A LA POBLACION VULNERABLE) JUEGOS PARA DISCAPACITADOS, JUEGOS PARA LA TERCERA EDAD, Numero BPIM-20000030-2008. 2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES ESENCIALES, Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR 2.1.
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR, CON SUS ESPECIFICACIONES Y LA IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
2.1.1 OBJETO: PRESTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE PARA LOS DEPORTISTAS Y PERSONAL DE APOYO QUE PARTICIPARAN EN LOS DIFERENTES EVENTOS, ACTIVIDADES Y ENCUENTROS ORGANIZADOS POR LA SUBGERENCIA DE DEPORTE Y RECREACIÒN DEL MUNICIPIO DE COGUA Y/O DONDE ESTE PARTICIPE. 2.1.2 ALCANCE: Con esta contratación se quiere fortalecer los eventos y programas organizados por la subgerencia de deporte y recreación y garantizar la asistencia y desplazamiento de los deportistas a todos y cada uno de los eventos.
2.2.
IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
2.2.1 TIPO DE CONTRATO: prestación de servicios de transporte terrestre. 2.2.2 PLAZO DE EJECUCIÓN: HASTA EL 30 DE DICIEMBRE DE 2010 O HASTA AGOTAR EL MONTO. 2.2.3 LUGAR DE EJECUCIÓN: Municipio de Cogua. 2.2.4 VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO: ONCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHENTA PESOS M/CTE. ($11.752.080.oo). 2.2.5 FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato de transporte se pagará en pagos parciales previa presentación de la cuenta de cobro o factura cuando a ello haya lugar, acompañados de la certificación de satisfacción de la prestación del servicio firmada por el supervisor del contrato 2.2.6 SUPERVISIÓN E INTERVENTORÍA: La supervisión estará a cargo de la Subgerencia de Deporte y Recreación. OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA: a) Poner a disposición de EL Municipio durante el plazo total de ejecución del contrato, para el servicio de transporte terrestre para pasajeros para participar en los eventos, actividades y encuentros organizados por la Alcaldía municipal de Cogua o donde participe esta administración, los vehículos de transporte masivo cada uno de capacidad mínima para 14, 28, 34, y 40 pasajeros, los cuales se encuentren en perfectas condiciones
mecánicas de estado en general y que sean conforme lo presentado en la propuesta; b) Transportar a los pasajeros designados por los supervisores del contrato, hacía los destinos que indique el Municipio de Cogua por las rutas, en los números de desplazamientos, en los días, en los destinos y en el numero de cupos que ordene EL MUNICIPIO, conforme la propuesta económica presentada por el contratista, la cual para todos los efectos legales hace parte del mismo y por ende vincula jurídica y presupuestalmente. c) Suministrar a EL MUNICIPIO, ante los supervisores del contrato, planillas de viajes realizados, relación diaria de pasajeros transportados y certificación expedida por el funcionario competente en el que de constancia de la prestación correcta del servicio; d) Acatar las observaciones que imparta el municipio a través del supervisor en el relación con la correcta ejecución del contrato, lugar especifico de salida y destino de los pasajeros y prioridad del servicio; e) Mantener vigente póliza de responsabilidad civil extracontractual la cual ampare los vehículos utilizados para la ejecución del presente contrato, durante la totalidad del plazo del mismo así como también, las pólizas de seguro obligatorio de accidente de tránsito SOAT y las autorizaciones legales emanadas de la autoridad competente para el desarrollo del objeto contrato; f) Disponer de conductores con experiencia y quienes cuenten con la documentación y licencias de conducción conforme la normatividad vigente, así como también, disponer de los vehículos en los modelos relacionados por EL CONTRATISTA en su propuesta y los cuales cumplan con la normatividad vigente en materia de seguridad, dispositivos de seguridad y control de velocidad y excelentes condiciones mecánicas y de aseo; g) Ejecutar el contrato, con la máxima diligencia y prudencia, teniendo presente, que se transporta población civil y que el transporte es una actividad catalogada como riesgosa; h) Mantener vigente las autorizaciones de funcionamiento emitidas por la autoridad competente; i) Ejecutar las demás actividades necesarias para la correcta ejecución del contrato. VALOR POR
DESTINO
VALOR POR
VALOR POR
VALOR POR
VALOR POR
PASAJER O
14 28 34 40 PASAJERO PASAJERO PASAJERO PASAJERO S S S S
ACACIAS
$
37,000
$
518,000
$ 1,036,000
$
1,258,000
$
1,480,000
AGUA DE DIOS
$
25,000
$
350,000
$
$
850,000
$
1,000,000
700,000
ALBAN
$
17,000
$
238,000
$
476,000
$
578,000
$
680,000
ANAPOIMA
$
22,500
$
315,000
$
630,000
$
765,000
$
900,000
ANOLAIMA
$
22,500
$
315,000
$
630,000
$
765,000
$
900,000
APULO
$
23,000
$
322,000
$
644,000
$
782,000
$
920,000
ARBELAEZ
$
22,000
$
308,000
$
616,000
$
748,000
$
880,000
ARMENIA
$
60,000
$
840,000
$ 1,680,000
$
2,040,000
$
2,400,000
BARBOSA (S)
$
25,000
$
350,000
$
700,000
$
850,000
$
1,000,000
BARRANQUILLA
$
180,000
$ 2,520,000
$ 5,040,000
$
6,120,000
$
7,200,000
BELEN
$
25,000
$
350,000
$
700,000
$
850,000
$
1,000,000
BOJACA
$
13,500
$
189,000
$
378,000
$
459,000
$
540,000
BUCARAMANGA
$
100,000
$ 1,400,000
$ 2,800,000
$
3,400,000
$
4,000,000
BUENAVENTURA
$
110,000
$ 1,540,000
$ 3,080,000
$
3,740,000
$
4,400,000
BUGA
$
90,000
$ 1,260,000
$ 2,520,000
$
3,060,000
$
3,600,000
CACHIPAY
$
20,000
$
280,000
$
560,000
$
680,000
$
800,000
CAJICA
$
5,000
$
70,000
$
140,000
$
170,000
$
200,000
LA CALERA
$
9,000
$
126,000
$
252,000
$
306,000
$
360,000
CALI
$
120,000
$ 1,680,000
$ 3,360,000
$
4,080,000
$
4,800,000
CAQUEZA
$
25,000
$
350,000
$
700,000
$
850,000
$
1,000,000
CARMEN DE APICALA
$
25,000
$
350,000
$
700,000
$
850,000
$
1,000,000
CARTAGO
$
85,000
$ 1,190,000
$ 2,380,000
$
2,890,000
$
3,400,000
CHIA
$
6,000
$
84,000
$
168,000
$
204,000
$
240,000
CHINAUTA
$
18,000
$
252,000
$
504,000
$
612,000
$
720,000
CHIQUINQUIRA
$
20,000
$
280,000
$
560,000
$
680,000
$
800,000
CHOCONTA
$
10,000
$
140,000
$
280,000
$
340,000
$
400,000
COTA
$
9,000
$
126,000
$
252,000
$
306,000
$
360,000
CUCUTA
$
150,000
$ 2,100,000
$ 4,200,000
$
5,100,000
$
6,000,000
DORADA
$
30,000
$
420,000
$
840,000
$
1,020,000
$
1,200,000
DUITAMA
$
30,000
$
420,000
$
840,000
$
1,020,000
$
1,200,000
EJE CAFETERO
$
70,000
$
980,000
$ 1,960,000
$
2,380,000
$
2,800,000
EL ROSAL
$
10,000
$
140,000
$
280,000
$
340,000
$
400,000
EL ESPINAL
$
25,000
$
350,000
$
700,000
$
850,000
$
1,000,000
FACATATIVA
$
10,000
$
140,000
$
280,000
$
340,000
$
400,000
FLANDES
$
25,000
$
350,000
$
700,000
$
850,000
$
1,000,000
FLORENCIA
$
90,000
$ 1,260,000
$ 2,520,000
$
3,060,000
$
3,600,000
FUNZA
$
9,000
$
126,000
$
252,000
$
306,000
$
360,000
FUSAGASUGA
$
20,000
$
280,000
$
560,000
$
680,000
$
800,000
GACHANCIPA
$
7,000
$
98,000
$
196,000
$
238,000
$
280,000
GIRARDOT
$
25,000
$
350,000
$
700,000
$
850,000
$
1,000,000
GRANADA (CUN)
$
18,000
$
252,000
$
504,000
$
612,000
$
720,000
GRANADA (MET)
$
30,000
$
420,000
$
840,000
$
1,020,000
$
1,200,000
GUASCA
$
6,000
$
84,000
$
168,000
$
204,000
$
240,000
GUATAVITA
$
10,000
$
140,000
$
280,000
$
340,000
$
400,000
SESQUILE
$
7,000
$
98,000
$
196,000
$
238,000
$
280,000
IBAGUE
$
35,000
$
490,000
$
980,000
$
1,190,000
$
1,400,000
IPIALES
$
160,000
$ 2,240,000
$ 4,480,000
$
5,440,000
$
6,400,000
LA MESA
$
18,000
$
252,000
$
504,000
$
612,000
$
720,000
LA VEGA
$
14,000
$
196,000
$
392,000
$
476,000
$
560,000
MADRID
$
8,000
$
112,000
$
224,000
$
272,000
$
320,000
MANIZALES
$
75,000
$ 1,050,000
$ 2,100,000
$
2,550,000
$
3,000,000
MEDELLIN
$
90,000
$ 1,260,000
$ 2,520,000
$
3,060,000
$
3,600,000
MELGAR
$
23,750
$
332,500
$
665,000
$
807,500
$
950,000
MESITAS
$
18,000
$
252,000
$
504,000
$
612,000
$
720,000
MOSQUERA
$
7,000
$
98,000
$
196,000
$
238,000
$
280,000
NEIVA
$
50,000
$
700,000
$ 1,400,000
$
1,700,000
$
2,000,000
NEMOCON
$
5,000
$
70,000
$
140,000
$
170,000
$
200,000
PACHO
$
12,500
$
175,000
$
350,000
$
425,000
$
500,000
PAIPA
$
23,750
$
332,500
$
665,000
$
807,500
$
950,000
NOCAIMA
$
23,750
$
332,500
$
665,000
$
807,500
$
950,000
PEREIRA
$
80,000
$ 1,120,000
$ 2,240,000
$
2,720,000
$
3,200,000
POPAYAN
$
100,000
RESTREPO MET
$
RIONEGRO ANT
$ 1,400,000
$ 2,800,000
$
3,400,000
$
4,000,000
30,000
$
$
840,000
$
1,020,000
$
1,200,000
$
85,000
$ 1,190,000
$ 2,380,000
$
2,890,000
$
3,400,000
SASAIMA
$
16,000
$
224,000
$
448,000
$
544,000
$
640,000
SESQUILE
$
11,250
$
157,500
$
315,000
$
382,500
$
450,000
SIBATE
$
12,000
$
168,000
$
336,000
$
408,000
$
480,000
SILVANIA
$
16,000
$
224,000
$
448,000
$
544,000
$
640,000
SOACHA
$
9,000
$
126,000
$
252,000
$
306,000
$
360,000
SOGAMOSO
$
31,000
$
434,000
$
868,000
$
1,054,000
$
1,240,000
SOPO
$
5,000
$
70,000
$
140,000
$
170,000
$
200,000
TABIO
$
6,000
$
84,000
$
168,000
$
204,000
$
240,000
TENJO
$
7,000
$
98,000
$
196,000
$
238,000
$
280,000
TAUSA
$
6,500
$
91,000
$
182,000
$
221,000
$
260,000
TOCANCIPA
$
4,500
$
63,000
$
126,000
$
153,000
$
180,000
TULUA
$
83,000
$ 1,162,000
$ 2,324,000
$
2,822,000
$
3,320,000
TUNJA
$
20,000
$
280,000
$
560,000
$
680,000
$
800,000
UBATE
$
11,500
$
161,000
$
322,000
$
391,000
$
460,000
VELEZ SANT.
$
30,000
$
420,000
$
840,000
$
1,020,000
$
1,200,000
VILLAPINZON
$
9,000
$
126,000
$
252,000
$
306,000
$
360,000
VILLAVICENCIO
$
31,000
$
434,000
$
868,000
$
1,054,000
$
1,240,000
VILLETA
$
20,000
$
280,000
$
560,000
$
680,000
$
800,000
ZIPACON
$
15,000
$
210,000
$
420,000
$
510,000
$
600,000
ZIPAQUIRA
$
3,000
$
42,000
$
84,000
$
102,000
$
120,000
BOGOTA D.C.
$
8,750
$
122,500
$
245,000
$
297,500
$
350,000
PARAMO ALTO
$
7,500
$
105,000
$
210,000
$
255,000
$
300,000
COGUA
$
3,000
$
42,000
$
84,000
$
102,000
$
120,000
QUEBRADAHOND A $
3,000
$
42,000
$
84,000
$
102,000
$
120,000
$
3,000
$
42,000
$
84,000
$
102,000
$
120,000
$
5,500
$
77,000
$
154,000
$
187,000
$
220,000
BARROBLANCO REPRESA
420,000
NEUSA CARDONAL
$
4,000
$
56,000
$
112,000
$
136,000
$
160,000
LA PLAZUELA
$
3,000
$
42,000
$
84,000
$
102,000
$
120,000
EL OLIVO
$
3,500
$
49,000
$
98,000
$
119,000
$
140,000
PATASICA
$
3,500
$
49,000
$
98,000
$
119,000
$
140,000
CASABLANCA
$
3,900
$
54,600
$
109,200
$
132,600
$
156,000
EL MORTIÑO
$
3,000
$
42,000
$
84,000
$
102,000
$
120,000
LA CHAPA
$
3,000
$
42,000
$
84,000
$
102,000
$
120,000
RODAMONTAL
$
3,000
$
42,000
$
84,000
$
102,000
$
120,000
SUSAGUA
$
3,000
$
42,000
$
84,000
$
102,000
$
120,000
EL ALTICO
$
3,000
$
42,000
$
84,000
$
102,000
$
120,000
RINCON SANTO
$
3,000
$
42,000
$
84,000
$
102,000
$
120,000
LAS MARGARITAS
$
5,000
$
70,000
$
140,000
$
170,000
$
200,000
AGUA AZUL
$
38,000
$
532,000
$ 1,064,000
$
1,292,000
$
1,520,000
GUAYABETAL
$
22,500
$
315,000
$
630,000
$
765,000
$
900,000
NILO
$
22,500
$
315,000
$
630,000
$
765,000
$
900,000
3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN Por ser el valor del contrato a celebrar inferior al diez por ciento (10%) de la menor cuantía, que para la Entidad se encuentra valorada en $ 14.420.200.oo, de conformidad con lo establecido en la Ley 1150 de 2007 y en especial en el artículo 2 del decreto reglamentario 3576 de 2009, se realizará mediante selección abreviada teniendo en cuenta que el objeto a contratar se tasó en la suma de ONCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHENTA PESOS M/CTE. ($11.752.080.oo). La presente contratación corresponde a la modalidad de selección abreviada conforme a lo señalado en la ley 1150 de 2007 y decreto 2474 de 2008, en concordancia con la ley 80 de 1993. Además se trata de la compra de elementos que no tienen la condición de bienes y servicios de características técnicamente uniformes, por lo tanto se debe aplicar la selección abreviada. 4. ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO De acuerdo a la clase de servicio a contratar y con base en la normatividad, la dependencia realizó indagaciones sobre el costo para la compra bonos redimibles en instrumentos musicales como estimulo a los participantes en el encuentro de bandas marciales, así como el arreglo y mantenimiento de instrumentos,
encontrándose que el precio es de ONCE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHENTA PESOS M/CTE. ($11.752.080.oo)., de acuerdo a estudio de mercado. 5. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN QUE PERMITEN IDENTIFICAR LA OFERTA MAS FAVORABLE El futuro contratista deberá contar con los requerimientos habilitantes y como criterio de selección se tomara como la más favorable quien cumpla con: 1. Menor Precio. 2. Calidad. 3. Idoneidad 6. SOPORTE QUE PERMITE LA TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO La futura contratación puede presentar los siguientes riesgos los cuales son previsibles con una probabilidad baja y media, con un alto impacto para la ejecución del contrato y serán imputables al contratista y al municipio según el caso.
CLASE
TIPIFICACION DEL RIESGO DESCRIPCION
CONCEPTO
DEMORA
Efectos
EN LA
económicos
LEGALIZACIÓN DEL
derivados por
ASIGNACION DEL RIEGO MUNICIPIO
ESTIMACION DEL RIESGO
CONTRATISTA
EVAL.
VALOR.
X
BAJO
10
X
MEDIO
20
demora en los CONTRATO trámites para legalización, perfeccionamiento e iniciación del contrato. PROGRAMACIÓN DE
Efecto favorable o
LOS SERVICIOS desfavorable derivado del esquema fijado en su programa para la prestación del servicio de transporte EJECUCIÓN DEL
PONDER
SERVICIO
CALIDAD
los efectos
DE LOS
económicos
SERVICIOS
desfavorables
X
MEDIO
20 50
ocasionados por la mala calidad de los servicios, es decir, del incumplimiento de las normas y especificaciones técnicas que regulan el contrato RIESGO
los efectos
REGULATORIO O DE LEY
económicos derivados de la expedición de nuevas normas, al igual que la imposición de nuevos
FINANCIEROS O DE
impuestos locales o
MERCADO nacionales posteriores al cierre del presente proceso contractual, así como la aplicación de la ley de intervención.
X
BAJO
10
10
CAUSAS
NO
Efecto
ASEGURABLE
económico
NATURALES FUERZA
X
BAJO
10
ocasionado por daño emergente
MAYOR O CASO
efecto
FORTUITO
económico
20 X
BAJO
10
X
MEDIO
20
ocasionado por lucro cesante. Los efectos económicos derivados de cualquier reclamación en razón a la ejecución del contrato ; así como parálisis SOCIALES
SOCIALES
de las mismas por efectos ocasionados por el no pago de las obligaciones en materia de proveedores, salarios, seguridad social integral y parafiscales
7. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS
El CONTRATISTA se obliga a constituir en favor de EL MUNICIPIO, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su suscripción, cualquiera de los mecanismos de cobertura del riesgo contemplados en el Decreto 4828 de 2008 para amparar los
20
perjuicios que se puedan derivar del incumplimiento de las obligaciones contractuales, la cual o las cuales ampare(n) los siguientes riesgos: 1. Cumplimiento: En cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de el contrato, con vigencia igual al plazo de ejecución contractual y cuatro (4) meses más; y, 2. Calidad del Servicio: En cuantía equivalente al quince por ciento (15%) del valor total de el contrato, con vigencia igual al plazo de ejecución contractual y cuatro (4) meses más. Parágrafo: EL CONTRATISTA se obliga incondicionalmente para con EL MUNICIPIO, a mantener vigente durante la totalidad del plazo de ejecución del contrato, póliza de responsabilidad civil extracontractual la cual ampare los vehículos empleados para su ejecución, de conformidad con las normas legales vigentes en la materia.
8. ANEXOS Consulta SICE, Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2010000686 del 07 de Octubre de 2010, Certificados banco de proyectos y cotizaciones.
9. RESPONSABLE
GIOVANNI ENRIQUE BERNAL CRISTANCHO Subgerente de deporte y Recreación
Proyecto y Revisó: Giovanni enrique Bernal Cristancho, Subgerente de Deporte y Recreación. Elaboró: Giovanni enrique Bernal Cristancho, Subgerente de Deporte y Recreación.