Art. 1. La LNA (Liga Nacional de Auto velocidad) dicta el siguiente Reglamento Técnico para la Formula Ford FF.1600, temporada 2014

LIGA NACIONAL DE AUTOVELOCIDAD LIGA NACIONAL DE AUTOVELOCIDAD REGLAMENTO TECNICO (LNA) 1. REGLAMENTO TECNICO Categoría Formula Ford F.1600 Art. 1.

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REGLAMENTO TECNICO

(LNA)

1. REGLAMENTO TECNICO Categoría Formula Ford F.1600 Art. 1. La LNA (Liga Nacional de Auto velocidad) dicta el siguiente Reglamento Técnico para la Formula Ford FF.1600, temporada 2014. Art. 2. Todos los pilotos que compitan o pretendan competir en la clase de FF.1600 declaran conocer el y acatar el siguiente reglamento técnico y el reglamento interno de la LNA (Liga Nacional de Auto velocidad). Art. 3. Para garantizar el normal desarrollo de la clase FF.1600 se sancionaran todo piloto, cuyo carro no cumpla con el presente reglamento, de acuerdo al reglamento interno 2014 de la LNA (Liga Nacional de Auto velocidad). Art. 4. la LNA (Liga Nacional de Auto velocidad) Se reserva el derecho de eliminar o modificar cualquier artículo de los ya existentes en el reglamento, como también agregar otros que a juicio de la junta directiva de la LNA (Liga Nacional de Auto velocidad) considere beneficioso para la clase FF.1600, pero ninguno de estos artículos puede ser eliminados, modificados y/o agregados sino a los treinta (30) días después de la notificación por escrita a los pilotos de dicha clase, salvo aquellos relacionados con la seguridad de los vehículos en competencia, cuya aplicación puede entrar en vigencia de inmediato. Art. 5. Cierta modificaciones en los elementos de origen, ciertas adiciones y/o supresiones de accesorios y elementos montados originalmente en le vehículo, se autorizan explícitamente en este reglamento técnico. Los límites de estas modificaciones se indicaran con precisión. Todos aquellas , no formalmente indicadas como ilícitas y que afecten, aun de manera secundaria el rendimiento de 1 motor, la dirección, la transmisión, la aerodinámica, la estabilidad, el frenado del vehículo, están prohibida. Por lo tanto queda claro que lo que no está expresamente permitido por este reglamento técnico de la clase FF 2000, está prohibido y , que cualquier duda que pudiera surgir en la interpretación y aplicación del mismo, deberá ser aclarado por escrito ante la junta directiva de la LNA (Liga Nacional de Auto velocidad).

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Art. 6. MOTOR: a) Generalidades: Motor normal (standard) Ford 1600 con válvulas accionadas por empujadores, los cuales se instalaron en los vehículos. Versión original: Ford Cortina 1.600 G.T. (hasta mod. 1970). Versión mejorada: Ford Cortina 1.600 G.T. (modelo 1971). Los componentes del motor no pueden ser intercambiados entre la versión original y la versión mejorada, a menos que este específicamente autorizada. El motor no puede ser alterado, modificado o cambiado con respecto algunos, a menos que sea específicamente establecido de otra manera: Las regulaciones aquí contenidas son aplicables a ambas versiones del motor, a menos que sea específicamente establecido de otra manera: 1. El plano de combustión puede ser rectificado previamente que la relación máxima compresión no sea excedida y que la profundidad mínima se mantenga. 2. Las guías de válvulas son libres, siempre y cuando la posición de las válvulas no sea cambiada. Válvulas de repuesto originales de Ford. Con vástago de sobremedida puede ser utilizadas en el proceso normal de reparación y mantenimiento. Las especificaciones bajo “VALVULAS” deben ser respetadas. Esta permitido rehacer o reemplazar los asientos de las válvulas, siendo el ángulo de los asientos de la válvulas libres. 3. Los controles de emisión de gases, las bombas de aire, las tuberías relacionados y la boca debe ser eliminados, los agujeros resultantes deben ser totalmente tapados. 4. El balanceo de todas las partes móviles del motor esta siempre y cuando dicho balanceo no elimine más material de estrictamente necesario. Se permite pulir las partes del motor, siempre y cuando el contorno de las mismas no sea alterado y se puedan reconocer como partes originales. b) Relación máxima de compresión: 10.0 a 1 para los motores versión original 9.3 a 1 para los motores versión mejorada Las siguientes especificaciones son utilizadas para determinar la relación máxima de compresión: Versión mejorada: 1.33 cc desde el anillo superior hasta el tope del pistón. 0.3 cc volumen de la protuberancia de la válvula. Versión original: 1.64 cc desde el anillo superior hasta el tope del pistón.

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Ambos motores: 4.73 cc Empacadura de la cámara de combustión. La relación de compresión debe ser verificada utilizado el procedimiento oficial público por SCCA. 44.4 cc (motor versión original con pistones standars). 45.1 cc (motor versión original con pistones 030). 48.2 cc (motor versión mejorada con pistones standars). c) BLOQUE Diámetro: puede ser agregado para la tolerancia entre el cilindro y el pistón. Se permite el encamisado de los cilindros, no pudiéndose desplazar de su ubicación original, ni tampoco alineares los cuatros (4) cilindros. La superficie superior del bloque puede ser rectificada para lograr la relación máxima de la compresión arriba especificada. Cualquier tapa de acero para cojinetes principales puede ser utilizada. La superficie del bloque para montaje de la bomba de aceite puede ser maquinada con el objetivo de lograr el acople de la misma. El bloque Ford Pinto 1600, número DIFZ-C puede ser utilizado como reemplazo del bloque Ford Cortina GT Taquetes originales de Pinto numero DORY-6500 A y DIFZ – 6500-A también puede reemplazo del bloque Ford Cortina G.T. Taquetes originales de Ford Pinto numero DORY -6500 A y DIFZ – 6500-A también pueden ser utilizados cuando el bloque Ford Pinto 1600 numero DIFZ- 6010 se haya usado como reemplazo de Ford Cortina GT Se permite bloque de Ford Fiesta.

d) Cabeza de Cilindros: Los conductos pueden ser reformados mediante la remoción del metal pero siempre el diámetro del conducto en la cabeza de cilindro (lado de los múltiples) no exceda las dimensiones. Admisión: 1.50” = 38,10mm. Escape: 1.16” = 29.46mm

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e) Cámara de combustión: Profundidad mínima: 0.115” = 2.92 mm Longitud máxima: 3.15 =80.01 mm Volumen mínimo por cilindro 7,8 cc. Deben de utilizarse la empacadura de standard para la cabeza del cilindro. La empacadura de cilindro pueda intercalarse entre las versiones originales mejoradas del motor. Se puede además, usar cualquier otra empacadura siempre y cuando su espesor no sea menor de 0.9mm. el espesor de la empacadura se mide tal cual como termina la carrera. Nota: se medirá el cubicaje del motor sin limpiar ni la cámara, ni los pistones. Se permitirá en el motor Ford Cortina FT. La cabeza de cilindros de Ford Pinto DORY6059-B Se permitirá cámara de aluminio. (OJO)… f) Múltiple de admisión: Los conductores pueden ser reformados mediante la remoción de metal, pero siempre y cuando las dimensiones siguientes se mantengan. Cilindro nos 1 y 4: Motor original: 1.48” x1.28 (37.5 mm x 32.5 mm). Motor mejorado: 1.24” (31.46mm). Cilindros nos 2 y 3: Motor original: 1.25” (31.75 mm). Motor mejorado: 1.25” (31.75 mm).

TAMAÑ MAXIMO EN LA PLACA DE FIJACION: 3.060” x 1.369” (777.72mm x 35.28mm) Longitud máxima 3.80” (96.52mm). Radio máximo para la boca primaria: Motor versión mejorada: 0.709” (18.00mm). Radio máximo para las bocas secundarias: Motor versión mejorada: 0.787” (19.98mm). La cara del múltiple de admisión que va al carburador puede ser maquinado en relación con el horizontal para compensar el giro del mismo hacia delante o hacia atrás. LIGA NACIONAL DE AUTOVELOCIDAD – VENEZUELA – EDICION 2014     

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El diámetro de los conductores en el motor mejorado puede exceder de la dimensión arriba señalada, siempre que el diámetro de la función original no haya sido tocado y se mantenga en forma original. Los paso de agua del múltiple de admisión puede ser tapados. g) Pistones: En el motor versión original se pueden utilizar Pistones standard, con sobremedida 0.015”, o 0.030” Pistones del tamaño standard AE, parte numero 18649, función numero 18634 pueden ser utilizados en el motor versión mejorado. Pistones alternos identificados como sigue, pueden ser utilizados: Parte numero AE-M717-D, fundición numero 711 M 6110. No se permiten pistones marca MAHLE Diámetro máximo: I. Versión original: Standard: 3.189” = 81.00mm Sobremedida 0.015”: 3.204 = 81.38mm. Sobremedida 0.030”: 3.219 = 81.76mm. II. Versión mejorada: Standard: 3.189” =81.0mm. Sobremedida 0.015”: no permitido Sobremedida 0.030”: no permitido Profundidad de la protuberancia (+/- .005”) Versión original: 0.500” = 12.7mm Versión mejorada: 0.500” = 12.7mm Volumen mínimo de la protuberancia: Versión original: 2.28” = 5.791cm Del eje central del pasador a la corona: Versión original: 1.737” (+/- .002”) 44.11mm (+/- 0.05mm). Versión mejorada: 1.737” (+/- .002”) 44.11mm (+/- 0.05mm) 57.91 (+/- 0.5mm). Altura Máxima: Versión original: 3.30” = 83.82mm Versión mejorada: 3.30” = 83.82mm

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Peso mínimo con anillos y pasadores: Versión original: 525 grs Versión mejorada: 525 grs Nota: No se permite modificar ni disminuir de peso a la falda del pistón. Peso del pasador: versión original 115 grs (+/- 2grs). 1. Los anillos son libres 2. Tiene que existir solo tres (3) ranuras. Dos (2) de compresión y una (1) de aceite. 3. No se permite modificar el pistón para instalar los anillos. Maquilado de la pared interna del pistón: para el motor mejorado, las medidas correspondientes a diámetro máximo y volumen mínimo de la cavidad del pistón (cámara de combustión), las cuales no están indicadas, se podrá maquinar, para obtener los centímetros cúbicos necesarios, únicamente las paredes internas del pistón (cavidad), siempre que se mantenga la vertical de esta pared y la vertical de destaje para las válvulas, tal cual se detalla más abajo en la ilustración:

h) Válvulas: H.1. Distancias entre los centros: Motor versión original: 1.540” (+o- 0.20”) 39.11mm (+o- 0.50mm) Motor versión mejorada: 1.540” (+o- 0.20”) 39.11mm (+o- 0.50mm) H.2. Diámetro máximo: Motor versión original: admisión 1502” = 38.15mm, escape: 1.252” = 31.00mm. Motor versión mejorada: admisión: 1.560” = 39.92mm, escape 1.340” = 34.03mm.

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H.3. Largo máximo total Motor versión original: Admisión: 4.280” (+o- 0.006”) 108.71mm (+o-0.15mm) Escape: 4.260” (+o- .006”) 108.20mm (+o- 006). Versión mejorada: Admisión: 4.357” (+o- 0.20”) 110.92mm (+o- 0.20mm) Escape: 4.355” (+o- .020) 108.20mm (+o-.006) Se prohíben modificar la forma de las válvulas. Se autoriza el uso de válvulas nacionales fabricadas por VALENCA, parte numero F717 para admisión y F7-18 para escape, así como también el uso de válvulas TRW. i) Árbol de leva: El perfil de los lóbulos no puede ser modificado o alterado. (Se puede usar un árbol de leva substituto, idéntico al original, del mismo material dimensiones y especificaciones). Las siguientes especificaciones se suministran para efectos de chequeo: Lóbulos – dimensión de la base al punto superior Admisión, máxima: 1.211”0 33.29mm. Escape, máximo: 1312” = 33.32mm Lóbulos – radio del circuito de base: Admisión: 0.540” = 13.71mm. Escape: 0.545” = 13.84mm. Alzada: En el punto superior de la varilla: Admisión: 0.23” (+/- .002” máximo). (5.86mm (+/- 0.05 máximo). Escape: 0.232” (+/- .002maximo). Alzada: en el punto superior de la varilla: Admisión: 0.23” (+/-.002 máximo) Escape: 0.232” (+/- .002maximo). Alzada: en el platillo sujetador del resorte de la válvula dándole una presión inicial al platillo de 0.002” (graduando la varilla). Admisión, máximo: 0.356”=9.04mm. Escape, máximo: 0.358= 9.09mm. Nota: se permite la modificación del contorno del balanceo en su punto de contacto con el eje de la válvula pero siempre y cuando la alzada en el platillo sujetador de resortes no se exceda de lo reglamentado anteriormente.

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Esta permitido variar la posición de los pines de centraje del engranaje de distribución. Los perfiles y los centros del árbol de levas deben ser verificados utilizando el procedimiento oficial de la SCCA. j) Resortes de la válvula: Tanto los resortes como su espesor son libres, con la excepción siguiente: 1. No se puede utilizar más de un resorte por válvula. 2. El platillo original y su resorte deben ser utilizados. 3. Los resortes deben de ser de acero. Nota: el diámetro del platillo es de 1.07” =27.17mm k) varillas empujadoras: En el motor versión original: Diámetro mínimo: 0.25” =6.35mm. Longitud total, mínimo: 7.64” = 194.06mm. Peso mínimo: 50grs. l) Bielas: Peso mínimo en ambos motores, con sus tapas, tornillos y bocina del pasador, sin las conchas: 630 grs.

m) Cigüeñal: Motor versión original: Peso mínimo: 23lbs .8oz = 10.634 Kg. Carrera del pistón: 3.056” (+ o - .004) = 77.62mm (+ o – 0.10mm). Motores mejorados: Peso mínimo: 24lbs. 8oz = 11.088kg. Carrera, en el pistón: 3.056” (+ o - .004) = 77.62mm (+ o -0.10mm). El cigüeñal puede ser balanceado y cualquier cigüeñal puede ser utilizado en ambos motores. (Se permite cigüeñal de Ford Fiesta) n) volante del cigüeñal Peso mínimo, con pines de centraje y cremallera, pero sin los tornillos:

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Motor original: 7.90 Kgs. (17.4 lbs.) Motor mejorado: 8.82 Kgs. (19.4 lbs.) Nota: no se permite utilizar un volante del motor original en el motor mejorado. Puede ser maquinado para lograr el peso mínimo. Se autoriza los pines del centraje en el volante. El volante standard de los motores FORD pinto 1.600 puede ser utilizado en cualquier de las versiones de los motores. o) Carburador Motor original: Weber 32 DFM o DFD o HOLLEY 5.200 Diámetro de Venturi: Primarios 26.mm Secundarios 27.mm Motor mejorado KENT.: WEBER 32/36DVG o HOLLEY 5.200 Diámetro de venturi: Primario 26.mm Secundario 27.mm Esta permitido lo siguiente 1. La colocación de cualquier jet, incluyendo la descarga de la bomba de aceleración (boca o pico), puede ser hecha sin modificar el cuerpo de carburación. 2. La modificación o sustitución de las Varillas externas del acelerador. 3. La colocación de tuberías de desahogo internas o externas. 4. La remoción del filtro de aire. 5. La colocación de una trompeta de admisión de aire (acelerador de la velocidad del aire). 6. La remoción de la mariposa del ahogador y su varillaje 7. El uso de una empacadura alterna, siempre y cuando sea del mismo espesor de la empacadura original. p) Bomba de gasolina: libre, pero fuera del habitáculo. q) múltiple de escape: libre. r) sistema de lubricación: permitiéndose el sistema de cárter seco.

libre

tanto

bomba

como

Cárter,

s) sistema de enfriamiento: Radiador, ventilador, bomba de agua y poleas: libre.

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t) Equipos Electrónicos: Distribuidor: standard MOTOCRAFT (Autolite), Lucas y/o Bosch. El sistema de avance de vacio puede ser removido y la plancha de avance del distribuidor puede estar asegurada mediante soldadura y otros elementos de fijación efectivos. (Se permite encendido eléctrico, sujeto a que se retenga la ubicación y fijación original del distribuidor y debe estar ubicado dentro del distribuidor). Las curvas de avance y los resortes de avance son libres. Se permite los sistemas de ignición transistorizados. Los demás componentes eléctricos son libres. u) Cubierta del engranaje y la cadena de tiempo: pueden ser alteradas o remplazadas. Art. 7. Siempre y cuando el uso de las partes detalladas mas adelantes en este articulo, no resulte en modificación desautorizada, se permiten las partes no standard y modificaciones siguientes. 1. Tornillos, tuercas, cupillas, arandelas, entre otros 2. . empacadura, salvo las cabezas de cilindro, del carburador y del múltiple de admisión. 3. Sellos. 4. Conchas de biela, cigüeñal. Árbol de leva del mismo tamaño y tipos de original: conchas normales. Bajo y sobre medida y se permite niquelarlas. 5. Uso de tacómetros mecánicos. 6. Se puede remover o alterar el desahogo de los gases de cárter. 7. Se puede alterar la tapa de válvula para darle ventilación al cárter y el tapón de llenado de aceite también puede ser alterado o cambiado. 8. Las tapas de los cojinetes principales del cigüeñal pueden ser tratado “endurecimiento nitrurado” cubierto por las especificaciones SAE AMS 27.55.A. 9. El uso de cualquier lubricante o aceite en el sistema de lubricación. 10. Las tapas de válvulas o cubiertas de balancines pueden ser sustituidas siempre y cuando las de reemplazo no aporten función adicional alguna de aquella de la (s) tapa (s) original (es). 11. Las poleas de la bomba de agua, ventilador y generador son libres, pudiéndose niquelar la parte que trabaja. 12. Tubos de escape: - Los tubos de escape no pueden sobresalir más de 60 cm (23.60”) de la línea central del eje trasero y deben estar ubicados entre 30 cm (11.8”) y 60 cm (23.6”) del suelo. Todos los tubos de escape deben terminar fuera de la carrocería (esta regla es aplicada a los vehículos desde 1993 y se recomienda altamente para los vehículos de fabricación anterior a 1993 que pueden ser modificados). LIGA NACIONAL DE AUTOVELOCIDAD – VENEZUELA – EDICION 2014     

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Para los modelos anteriores a 1900: se recomienda que los tubos de escape no tengan una longitud mayor de 60 cm (23.6”), detrás de la línea central del eje trasero y ubicados entre 30 cm (11.8”) y 60 cm (23.6) del sueldo. Aquellos vehículos que no puedan cumplir con esta regla, deberán tener un soporte que agarre a 30 grados desde la vertical hacia atrás.

Art. 8. Caja de velocidad: cualquier caja puede ser utilizada, debiendo tener un máximo de cuatro marchas hacia adelante una hacia atrás, la cual debe funcionar en todo momento que se requiera. Art. 9.transmision: cualquier unidad de transmisión puede ser utilizada, pero siempre y cuando: -

Su acción sea solamente las ruedas traseras. No se puede utilizar o aplicar mecanismo algunos de acción limitada, autoblocante o similar.

Art. 10. Embragues: Se permite el uso de cualquier embrague no múltiple, pero siempre y cuando no se haga modificaciones algunas al volante del motor que no sea otra que el cambio de los puntos necesarios para la fijación del embrague a aquellas, además las modificaciones permitidas para la adecuación del embrague de F3. Art. 11. Suspensión: la suspensión está definida como el sistema de resortes, amortiguadores, brazo A, brazo tensores, uniones, entre otros, que el mantienen al vehículo sobre su eje. Las barras de torsión, las barras estabilizadoras, los componentes de la dirección, etc., no se clasifican como elemento de la suspensión en este caso. Todos los componentes de la suspensión deben ser de acero, como la excepción de las bases adaptadoras de resorte, portamazas traseras, rodamiento y bocinas, sin embargo, los portamazas delanteros y traseros en aquellos vehículos fabricado el 1 de enero de 189 deben de ser de acero o de aleación de aluminio únicamente. Los resortes solo pueden ser de acero. Los brazos y todos los otros componentes asociados que amarren directamente a elementos de chasis deben estar encuadrados o captados con el fin de evitar su penetración en el habitáculo. El diseño de los amortiguadores es libre, pero sus cubiertas deben ser de acero o de aluminio aleado. Todos los componentes no definidos como chasis, estructura y/o suspensión son libres, salvo indicado en contrario por este reglamento. Se prohíbe el uso de titanio.

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No se permite la instalación de spoilers, alerones u otros elementos que ejerzan presiones hacia abajo a las partes móviles de la suspensión. Los conductos del sistema de frenos pueden ser fijados a las partes de la suspensión. Art. 12. Frenos: Liberes, las mordazas deben ser hierro fundido y se limitan a material ferroso. Se permite el uso de ductos cuya única función sea la de ventilar los frenos. Art. 13. Rines: Libres pero siempre y cuando: - El material de los mismos sea metálico. - El diámetro sea 13 pulgadas. - El ancho no exceda de 5.5” pulgadas. - No se utilice elemento alguno que tienda a tapar las ruedas. Art. 14. Chasis/Estructura: El chasis está definido como la estructura del vehículo. Debe ser una estructura de acero abierta. Se prohibido las estructuras de tipo monocoque. Las laminas de material fijadas a la estructura mediante soldadura, remachado o pegadas, atornilladas o apernadas que estén colocadas a menos de seis (6) pulgadas entre su centro se define como paneles de refuerzo y están prohibidos. El panel de fondo del vehículo (piso), debe ser por razones de seguridad, de refuerzo y su curvatura no podrá ser mayo de una (1) pulgada. Los montantes para los pedales de freno, embragues y sus cilindros, para el papel de instrumentos y para panel de separación entre el habitáculo y el motor, deben ser paneles de refuerzo, no permitiéndose otros paneles de refuerzo adicionales. Los anclajes para los demás componentes, tales como el motor, la transmisión, puntos de fijación de la suspensión, instrumentos, embrague, frenos y paneles de la carrocería Pueden ser de material no ferroso, tener cualquier forma y ser fijados a la estructura de cualquier manera. Los refuerzos están definidos como de acero, fijados a una máxima de dos elementos y están específicamente permitidos. El papel de la pared anti fuego debe ser tan ancho como el habitáculo y tan alto como la parte superior del carburador. Se permite la instalación de ductos para el acceso directo de aire al compartimiento del motor. Sus bocas pueden estar dentro del habitáculo pero siempre y cuando la pared anti fuego sea extendida para evitar que llamas u otros residuos alcancen al piloto. Cualquier forma puede utilizarse para formar la parte anti fuego.

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Todos los orificios en la pared anti fuego deben impedir el paso de llamas u otros residuos. Art. 15. Carrocería: a) Externa : todas las partes del vehículo laminadas por corriente de aire y situada sobre un plano que pasa a través del centro de los ejes de las ruedas, con excepción de los elementos definitivamente relacionados del motor, caja de velocidades suspensión, frenos m, transmisión, arcos de seguridad, entre otros. b) Interna: todas las partes visibles dentro del habitáculo. La apertura que de acceso al habitáculo debe tener como mínimo las dimensiones siguientes: Longitud: 60 cm Ancho: 45 cm Este ancho debe ser continuo en la longitud mínima de 30cms. La medida debe tomarse desde el punto más atrás del respaldo del asiento hacia delante. En ancho total de la carrocería, incluyendo los compartimientos para los tanques de gasolina, no debe exceder de 95 cms. Ninguna parte de la carrocería o elementos aerodinámicos, con excepción de la barra jaula de seguridad, pueden exceder en altura la de un plano horizontal situado a 95 cms del suelo. Tampoco se limita esta medida a la tapa del motor. Las medidas deben tomarse tal cual el vehículo clasifico o compitió y con el piloto a bordo. Ninguna parte de la carrocería puede extenderse más de 100 cms de eje trasero. Siendo la intención de estas reglas minimizar el “efecto suelo”, toda parte que tenga una influencia sobre la aerodinámica y estabilidad del vehículo deberá estar fijada firmemente y no podrá tener elementos de ajuste que permitan variar la fuerza hacia el suelo. Los radiadores montados letalmente (detrás de las ruedas delanteras) pueden excederse de los 95 cms de ancho máximo de la carrocería. Sin embargo, los radiadores montados por delante de las ruedas delanteras no podrán exceder la medida de 95 cms. Las bocas de llenado y sus tapas no podrán sobresalir de la carrocería. Las bocas de ventilación de los tanques de combustible deberán estar unidos como mínimo a 25 cms detrás del habitáculo. No se permite el uso de fibra de carbono. Art. 16. Peso Mínimo: El peso mínimo para la clasificación o después de haber cruzado la meta y con el conductor a bordo es de: Motor original: 1050 lbs. Motor mejorado: 1100 lbs. (500kgs) LIGA NACIONAL DE AUTOVELOCIDAD – VENEZUELA – EDICION 2014

    

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Art. 17. Gasolina: Solo se permite el uso de gasolina comercial de un máximo de 95 octanos y de libre venta al público automotor por medio de petróleos de Venezuela S.A., cualquier distribuidor autorizado PDVSA, o alguna compañía distribuidora de gasolina afiliada al sistema de distribución nacional de gasolina. Si un organizador de evento suministra gasolina en el lugar del desarrollo del evento los competidores están en la obligación de utilizarla. No se permite aditivos de gasolina de ninguna clase. Se prohíbe utilizar gasolina importada por otra empresa que PDVSA, cualquier gasolina cuya distribución no está expresamente notificada en este articulo. El incumplimiento de esta norma será sancionado con descalificación del evento. Art. 18. Cauchos: Los cauchos para la temporada 2014 son los siguientes: Marca Pirelli. Tipo 175/50/VR13 (delantero), y 235/45/VR13 (trasero Los cauchos serán importados y distribuidos exclusivamente por Pirelli, A través de Pits Service. C.A Art. 19. Los limites de las modificaciones, preparaciones y/o adiciones están indicadas con precisión en este reglamento. Por lo tanto, todas aquellas modificaciones no formalmente indicado como licitas y que afecten, aun de manera secundaria, el rendimiento y eficacia del motor, de la dirección, de la transmisión, el frenado, a la estabilidad o aerodinámica del vehículo, están expresamente prohibidas. Queda por lo tanto establecido que lo que no esté expresamente permitido, está prohibido y que cualquier duda que pueda surgir en la interpretación aplicación del reglamento técnico de la categoría FORMULA FORD, deberá ser aclarado por escrito ante la LNA (liga nacional de autovelocidad). Art. 20. Liga Nacional de Autovelocidad podrá aportar las modificaciones que considere conveniente para el mejor desarrollo y evolución de la categoría. Sin embargo, salvo por aquella modificaciones relacionadas con la seguridad, toda modificación deberá cumplir con un remplazo mínimo de espera de treinta (30) días ante entrar en vigencia.

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Art. 21. Numeración de los vehículos: (OBLIGATORIO) Color: Números rojos sobre rectángulo cuadrado en fondo blanco, encabezado por las letras LNA (Liga Nacional de Autovelocidad), FF.1600, en color blanco sobre fondo azul. Debajo del numero aparece el logo Ford, a lo ancho de la calcomanía, todo enmarcado en el marco color azul. Medidas Mínimas: Lateral derecho: alto 20cm, y 4cm de trazo Lateral izquierdo y superficie horizontal delantera: alta 20cm x a 4cm de trazo. Art. 22. Medidas Vehículo: Dimensiones: a) Distancia máxima entre el centro del eje delantero a la punta de la trompa 100cms. b) Medidas de la altura del escape con relación al suelo 30-60 cms. c) Medida mínima de seguridad de la altura de la barra antivuelco, con relación a la inclinación del asiento del piloto 92cms. d) Distancia mínima permitida entre el casco del piloto y una línea horizontal trazada entre la barra antivuelco y el soporte de la estructura con la relación al borde superior de la carrocería 5 cms. e) Ancho máximo borde rueda trasera 185cms. f) Apertura máxima de la nariz o la trompa del vehículo 135cms. g) Apertura mínima del cockpit 45cms. h) Área mínima paralela de abertura del cockpit 30cms. i) Largo mínimo de abertura de área del cockpit 60cms. + j) Distancias máximas entre el eje trasero y la punta del tubo de escape 80cms. k) Distancia mínima entre centro de la rueda delantera (track): 140cms. l) Distancia mínima entre el centro de las ruedas traseras (track): 130 cms. m) Distancia entre ejes 200cm n) Altura mínima del carro (distancia piso carro/ pavimento): el piso y/o chasis del carro no pueden tocar el pavimento cuando cualquiera de los cauchos se encuentren vacio de aire. Art.22. Piso inferior: Esta permitido que la plancha inferior o piso del vehículo pueda sobre salir del borde lateral del larguero del chasis hasta un máximo de 40mm. Esta extensión del piso del vehículo (lamina inferior), está autorizado en los vehículos que no utilizan radiadores de enfriamiento laterales desde las partes trasera del habitáculo del piloto a todo lo largo de la carrocería y chasis, incluyendo la parte frontal del vehículo. (No se autoriza la parte trasera del vehículo). LIGA NACIONAL DE AUTOVELOCIDAD – VENEZUELA – EDICION 2014

    

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En los vehículos con radiadores laterales, esta extensión de la plancha inferior está permitida desde la parte delantera de los radiadores de enfriamiento y a todo lo largo de la carrocería y chasis, incluyendo la parte frontal del vehículo (no se autoriza esta extensión en la parte trasera del vehículo). Esta plancha o lamina (piso vehículo), debe ser fijada con remaches y no podrá ser graduable. Los vehículos con trompa desmontable, que al mismo tiempo hace de piso del vehículo, podrán instalar esta extensión solamente en la parte inferior de la misma. De igual manera podrá utilizar esta extensión los vehículos marca Swift que originalmente es parte de la carrocería y no podrá ser modificada. Los vehículos que utilicen extensión en la cola, esta no podrá sobrepasar el ancho de la cola original, y no podrá extenderse más de 100 cms de eje trasero. Estará fijada con remaches y no podrá ser regulable. Nota adicional:

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1. La alza de las válvulas se medirá con 0 juego 2. Se cubicara la cámara o la culata con la misma bujía con la cual se compitió, colocada en esta y se tomara los siguientes valores: Empacadura 4.75cc El espacio vacío del anillo a la parte superior del pistón 1.33 cc

3. Podrá el protestante o representante por el autorizado presenciar en la calidad de veedor, las verificaciones técnicas del motor protestar debiendo firmar el acta de revisión.

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REGLAMENTO TECNICO CATEGORIA FORMULA F.2000 Art.1. La Liga Nacional de Autovelocidad (LNA), dicta el siguiente Reglamento Técnico para Formula Ford FF.2000, temporada 2014. Art. 2. Todos los pilotos que compitan o pretendan competir en la clase de FF2.000 declaran conocer el y acatar el siguiente reglamento técnico y el reglamento interno de la LNA (Liga Nacional de Autovelocidad). Art. 3. Para garantizar el normal desarrollo de la clase FF 2000 se sancionara todo piloto, cuyo carro que no cumpla con el presente reglamento, de acuerdo al reglamento interno de la LNA (Liga Nacional de Autovelocidad). Art. 4. La LNA (Liga Nacional de Autovelocidad) se reserva el derecho de eliminar o modificar cualquier artículo de los ya existentes en este reglamento, como también agregar otros que a juicio de la junta directiva de la LNA (Liga Nacional de Autovelocidad) considere beneficioso para la clase FF2000, pero ninguno de estos artículos pueden ser eliminados, modificados y/o agregados sino a los treinta (30) días después de la notificación por escrito a los pilotos de dicha clase, salvo aquellos relacionados con la seguridad de los vehículos en competencia, cuya aplicación puede entrar en vigencia de inmediato. Art. 5. Ciertas modificaciones en los elementos de origen, ciertas adiciones y/o supresiones de accesorios y elementos montados originalmente en el vehículo, se autorizan explícitamente en este reglamento técnico. Los limites de esta modificaciones se indicaran con precisión, todas aquellas, no formalmente indicadas como ilícitas y que afecten, aun de manera secundaria el rendimiento del un motor, la dirección, la transmisión, la aerodinámica, la estabilidad, el frenado del vehículo por este reglamento técnico de la clase FF2000, este prohibido y, que cualquier duda que pudiera surgir en la interpretación y aplicación del mismo, deberá ser aclarada por escrito ante la junta directiva de la LNA (Liga Nacional de Autovelocidad). Art. 6. Motor: El motor debería instarse en forma vertical y alineada longitudinalmente con respecto al chasis del vehículo. -

Queda terminantemente prohibido agregar a un componente cualquier material, ya sea de metal, plástico o algún compuesto del mismo, etc., valiéndose de soldadura, pegado, encapsulado o encasquillado.

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Se podrá autorizar el agregar material en algunos casos muy específicos, tales como reparación de casco, piezas, bloques, balanceo de motor, previa autorización por escrito de las autoridades de la LNA (Liga Nacional de Autovelocidad). Se autoriza el balanceo de las rotativas del motor, solo con la remoción del metal de los lugares así dispuesto por el fabricante. Se permite la instalación de tacómetros mecánicos y eléctricos. Esta permitido el uso de productos químicos propios para sellar rocas. Las empacadura son libres, con la excepción de las empacadura de la cámara, del carburador y del múltiple de admisión. Estas deberán contar con el espesor definido por el fabricante. Las dimensiones de la empacadura de la cámara son las siguientes: Espesor mínimo: 0.9 mm, diámetro mínimo de apertura de cilindro: 92mm. La marca de fabricante de la empacadura de la cámara es libre siempre y cuando se mantenga dentro de las especificaciones y dimensiones arriba señaladas. La empacadura debe presentar las dimensiones arriba señaladas, duradas, durante una eventual inspección. Se podrá utilizar cualquier tipo de limpieza, siempre y cuando las piensas que van a ser limpiadas no pierdan su característica de acabado propio de fabricación. Está prohibida la admisión forzada.

Art. 7. Carburador: se puede retirar o reemplazar el filtro de aire e instalar una trompeta en su lugar. MODELOS DE CARBURADOR PERMITIDOS: Se permite el uso del carburador Marca Weber 32/36 D.G.V. Venturi 26/27, siendo su origen de 1600 Kent o del motor 2000 sohcne 2000 cc. -

Se permite también el uso de un carburador HOLLEY 5200 32/26. Ambos carburadores deberían ser fijados del camarín de admisión normalmente. VENTURIS: deberán permanecer normalmente en sus formas medidas y peso, no se podrán pulir. Los ejes del carburador, las mariposas y los tornillos, deberán ser de fabricación estándar, no podrán ser pulidos o remediados. La colocación de cualquier jet, incluyendo la descarga de la bomba de aceleración, puede ser hecha, pero sin modificar el cuerpo del carburador. La colocación de tuberías de desahogo internas o externas están permitidas.

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El uso de una empacadura alterna en unión del camarín está permitida siempre y cuando sea del mismo espesor, material y formas que la original. Esta permitido cambiar los inyectores, el jef de aire y gasolina, abrir las dos mariposa simultáneamente, retirar todos los dispositivos de arranque en frio, instalar tuberías para mejorar el rendimiento del carburador. Queda prohibido cualquier sistema de enfriamiento de aire que utilice el motor a través de su carburador. Está prohibido cualquier forma de inyección de agua. Numero de carburador permitido en el motor es de un (1) solo carburador.

Art. 8. Camarín de Admisión: El camarín de admisión debe ser de fábrica Ford standars para motor 2000 sohcne -

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Los conductos del múltiple de admisión puede exceder del diámetro máximo permitido, si la unión de la función original no ha sido tocada y los conductos y en su estado natural y forma original. La cara de asiento del puede ser rectificado horizontalmente en forma longitudinal. El pasaje de agua en e múltiple de admisión puede eliminarse. Se puede maquinar el múltiple externamente en la medida suficiente para permitir el funcionamiento del mecanismo de las mariposas, en caso de que esta se abran simultáneamente. Diámetro máximo de los conductos de admisión de medios en el borde los mismos, con la combustión es de 36 mm ( más o menos 0.5) Medidas máximas de flanche del carburador: 85.5 mm x 40.5 mm (más o menos 0.5).

Art. 9. Múltiple de escape: El múltiple de escape es libre siempre y cuando no exceda las regulaciones del vehículo. Art. 10. Bloque del motor: Está permitido encamisar el bloque, pero con camisa de hierro fundido, ajustándoles siempre a las medidas del fabricante. -

Se permite rectificar el plano del bloque pero solo en caso de deformación o encamisado.

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Art. 13. Sistema de enfriamiento: el original a través de líquidos, no obstante el radiador, la bomba de agua y las poleas son libres. -

En caso de que el radiador este ubicado en sitio donde influya la aerodinámica del vehículo, no se podrá agregar a la carrocería deflector que modifiquen flujos de aire no previsto por el fabricante.

Art. 14. Bomba de Gasolina: La bomba de gasolina será del tipo mecánico ubicada en el sitio original previsto por el fabricante. - La tubería de gasolina son de libre elección siempre y cuando cumpla con las medidas de seguridad - Queda prohibido cualquier sistema de enfriamiento de combustible. Art. 15. Distribuidor de corriente: -

El distribuidor es libre, siempre que sea instado en el sitio previsto por el fabricante del motor.

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Se podrá regular el encendido a través de vacío o de medios mecánicos.

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Estará prohibido el uso de otro método o comprobante para activar, distribuidor regular el tiempo de encendido.

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El distribuidor será del tipo que utilizan platino, condensador y bobina no transmisora.

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Esta permitido instalar en el motor un indicador con el fin de facilitar la lectura de tiempo de encendido del distribuidor con respecto al cigüeñal.

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Se permite encendido eléctrico, sujeto a que se retenga la ubicación y fijación original del distribuidor y debe estar ubicado dentro del distribuidor. Art. 16.Motor FF 2000: el motor permitido es el FORD NE serie 2000 cc sohc, con la leva en la culata, un diámetro nominal de cilindro de 90, 84 mm y una carrera de pistón de 76.95mm. Se permite las tolerancias de fabricación estándar en el cilindro del bloque del motor, siempre que el total de volumen desplazado no exceda los 2000cc.

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Se autoriza la utilización de bloques de motor de fundición No. 70hm6015-ba y el No. 85hm601-ba, montados en los vehículos FORD, PINTO y CAPRI de 1971 a 1974, todos con una sola leva en la culata. LIGA NACIONAL DE AUTOVELOCIDAD – VENEZUELA – EDICION 2014

    

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Se permiten bloques con seriales HM6015 BA, HM6015 AA y HM6015BB

Art. 17. Leva y válvulas: 1. están permitidas las tapas de válvulas que no sea fabricación estándar. Siempre que estas mejoren forma de alguna redimiendo del motor. No se permite pasaje de agua en las tapas de válvulas. 2. los casquillos y las cuñas de los resortes de válvulas será de fabricación estándar y no podrá ser modificada en su forma, tamaño, medidas y material. 3. los resortes de la válvula son libres, solo se podrá utilizar un resorte en cada válvula. Esta permitido el uso de laminas como suplemento de resorte. 4. el único árbol de eleva permitido es el de fabricación estándar FORD para los motores 2000 sohc ne. 5. el árbol de levas y los balancines deberán permanecer originalmente sin ninguna modificación, deberán ser totalmente fabricados y vendidos por FORD MOTOR CO. Y deberán conservar su base de fabricación 6. está prohibido esmerilar cualquier parte del árbol de leva, rectifícalo o remodelarlo. 7. esta permitido el proceso de endurecimiento del metal. 8. se puede bajar la chavetera y el chavetero de la polea de árbol de levas, las puestas a punto es libre. 9. la alzada máximo de las válvulas de admisión y escape se establecerá con resortes originales que el motor utilizo en competencias. Se podrá exigir que medidas sean tomadas con el motor en frio, con cero juegos de válvulas. Alzar máximo de admisión: 10.4442; alzada máxima de escape: 10.442. 10. para establecer un grafico del lóbulo de una leva en determinados puntos de rotación del mismo; se chequeara haciendo uso de un resorte de válvula sustituto del original de una tasa más baja. Características del resorte a utilizar: 12 libras de presión a 1.417 pulgadas y 30 libras de presión, 100 pulgadas con cero juegos de válvulas. 11. las válvulas serán de fabricación original, y las dimensiones y peso serán standard, no está permitido remodelarlas o pulirlas. Se deberá mantener el ángulo original de asiento en 45 grados.

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DIAMETRO DE LAS VÁLVULAS DE ADMISIÓN Y ESCAPE: Admisión: diámetro máximo del hongo en el exterior es de 42.2mm +/- 0.03. Escape: diámetro máximo del hongo medido en el exterior es de 36.2mm +/- 0.003. Diámetro del vástago admisión y escape es de 8.4mm. Carrera de válvula del motor:

La carrera esta medida en mm. Y los ángulos están medidos a partir del punto A. Art. 18. Relaciones de compresión: 1. la relación de compresión se controla con lo siguiente valores. 2. volumen mínimo de la cámara de combustión 49cc, sin incluir la empacadura. 3. empacadura de la cámara de fabricación libre, bajo especificación FORD Nª 70 HM6015 BLA 70HM6015 GLA, espesor mínimo comprimido 0.9 mm diámetro de la apertura del cilindro 92mm. Art. 19. Pistones. 1. los pistones de ser fabricación estándar FORD. No se permite modificación alguna, salvo su balanceo y instrucciones siguientes. Se permiten las siguientes combinaciones:

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a) Pistón No. 80HM6102LA, con anillos y pin. Peso mínimo permitido, con bielas y pasadores, sin conchas de biela: 1332.5 grs. b) Pistón No. 85HM6102DA, con anillos y pin, Peso mínimo permitido, con bielas y pasadores, sin conchas de biela: 1255 grs. Estos pistones señalados pueden tener la fundición No. 90V108 o 90V118. c) Pistón No.21426, función No. 21426 (AE Hepolite), con anillos y rin. Bielas y pasadores, sin conchas. Peso mínimo permitido: 1255 grs. d) Pistón No. M-6102-B200 con pin. Peso mínimo permitido 1255 grs. Con anillos. Bielas y pasadores estándar Ford o alternos, sin conchas. Nota: el conjunto M-6102-B200 es fabricado por JE es visualmente diferente. Se identifica por la marca M- 6102-B200 y el logo Ford Racing. 2. Es obligatorio la utilización de los tres anillos previstos por el fabricante. Estos anillos deberán ser los originales, u otros de patrón similar aprobado por la LNA (Liga Nacional de Autovelocidad). Los anillos de compresión deberían ser de una sola pieza y de único material homogéneo con aberturas y puntas de unión convencionales. El cromado de los anillos superior es opcional. Los anillos de control de aceites pueden ser de una sola pieza o de dos láminas, un separador o anillos superiores de compresión de una cara de molibdeno. Cromado del anillo superior es opcional. 3. Esta permitido usar cualquier tipo de tornillo y tuercas, siempre y cuando no se modifique ninguna parte de la biela para su utilización y mantengan forma y medidas originales. 4. se autoriza el maquinado del pasador en el hueco interno del mismo, con la única finalidad de balancear el conjunto. 5. con el fin de balancear el conjunto los pistones, se podrá retirar material de la superficie interna inferior de la corona, por debajo de la línea del pasador con la corona. 6. todas las superficies externas del pistón deberán permanecer de fabricación estándar. Las dimensiones, ángulos y perfiles no podrán ser tocados por motivo alguno, con la excepción de la superficie superior de la corona del pistón que podrá maquinarse con el fin de lograr el cubitaje permitido o el peso mínimo.

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Art. 20. Bielas: 1. Las bielas deben ser de fabricación estándar Ford. Está permitiendo rectificarlas retirando material de las protuberancias, solo con el fin de lograr el balanceo. 2. Esta permitido los procedimientos de endurecimiento del material, limpieza con chorro de perdigones y pulido. 3. Esta permitido maquinar o redondear el área de las cabeza y tuercas de los pernos sujetado del extremo grande, está permitido los pernos del extremo grande Nª 905500.

Art. 21. Cigüeñal: 1. Se deberá utilizar un cigüeñal estándar, está permitido balancearlo. Se permiten los procedimientos de endurecimiento del material, limpieza con chorro de perdigones y pulirlo. El peso del cigüeñal es de 12.50 Kgs. (27.5 Libras). 2. No estará permitido variar el número de cojinetes ni reducirlos a menos del ancho de fabricación estándar. Están permitido los cojinetes que por fabricación sean de mayor o menor dimensión. Art. 22. Volantes del Motor y embrague: El volante del motor debe ser de fabricación estándar. Para lograr el peso mínimo y balancear, se podrá retirar material del mismo, las únicas modificaciones permitidas son las del plato para modificaciones permitidas son para modificar el plato de presión del embrague al mismo. El peso mínimo permitido con corona y pines de centrado del plato de presión es de 6.54 Kgs. (14.4 Libras) (No. Parte del volante nuevo M-6350A200). Los pernos de apriete del volante al cigüeñal son libres elección. Se puede instalar una corona de arranque de motor 1600 GT. El disco de embrague es libre El plato del embrague deberá ser de fabricación estándar número de parte CP-25111CP-2374-1, u otros autorizados previamente por la LNA (Liga Nacional de Autovelocidad), a solicitud por escrito del piloto. Nota: no se permite disco de fibra de carbono. LIGA NACIONAL DE AUTOVELOCIDAD – VENEZUELA – EDICION 2014

    

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Art. 23. Sellamiento del motor: Todos los motores deberán contar con sellos para la revisión. Los motores instalados en los vehículos deberán tener agujeros de 1/16” y taladrados en puntos de fácil acceso, en las siguientes partes: 1. CARTER: Dos agujeros a través del Carter y el bloque de cilindro en el sitio de la unión de los mismo en ambos lados. 2. TAPA VALVULA: la cabeza de los tornillos de la tapa de válvula deberán estar taladrado. 3. el tornillo sujetador de la polea del cigüeñal y de la leva es deberán estar taladrados. 4. Por lo menos dos (2) tornillos de sujeción del camarín de admisión deberán estar taladrado. 5. CARBURADOR: por lo menos dos (2) de las tuercas de sujeción deberán estar taladrado. 6. CACHICAMO: por lo menos dos (2) pernos de sujeción hacia el motor deberá estar Taladrado para permitir que el volante y el embrague puedan ser correctamente sellados o los competidores deberán estar preparado para remover ya sea el motor o la transmisión a fin de permitir que el embrague y el volante puedan ser sellados, caso en el cual por lo menos dos (2) de los pernos de sujeción de la cubierta del embrague deberá estar perforada.

DE NO CUMPLIRSE ESTE REGLAMENTO EL MOTOR SERA DESCALIFICADO Art. 24. Suspensión: Con la excepción de los bujes de la suspensión, todas las demás pieza tales como: soporte de bujes, adaptadores, pivotes, rolinera, bocinas resortes, tope de resorte, barras terminales, conectores, turcas de seguridad, tornillo, y ejes, deberán ser de acero o de metal ferroso. Se prohíbe el uso de titanio Los amortiguadores son libres.

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Art. 25. Frenos: El caliper debe ser original del carro. Los discos pueden ser perforados. El portador del disco (centro de masa) puede ser de aluminio. Se prohíbe el uso de caliper de aleación liviana, deberá ser de hierro fundido. Se prohíbe los discos y las pastillas de frenos de carbono o de otro material que no sea de uso normal comercial. La liga de freno es libre. Se prohíbe cualquier sistema ABS. Art. 26. Dirección: Libre, siempre y cuando mantenga las regulaciones del vehículo y las medidas de seguridad. a) Rines: Diámetro permitido: 13” Ancho delantero: 6” Ancho trasero: 8” b) Cauchos: los cauchos para la temporada 2014. Marca Pirelli. Tipo 175/50/VR13 (delantero), y 235/45/VR13 (trasero) Los cauchos serán importados y distribuidos exclusivamente por Pirelli, A través de Pits Service. C.A Art. 28. Transmisión: a) La caja de velocidad no podrá tener más de cuatro (4) velocidades hacia delante y un retroceso, deberá en caso de necesidad utilizarlo el piloto desde habitáculo del vehiculó. b) Solo se permite tracción en las ruedas traseras. c) Las relaciones son libres. d) El diferencial no podrá ser modificado en forma alguna para limitar o modificar su función normal, los diferenciales con autoblocante acción limitada o aplicación de fuerza están prohibida. e) El porta corona puede ser de metal más liviano que el original.

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Art. 29. Combustible y tanque de combustible: TANQUE: capacidad máxima de 41 litros. COMBUSTIBLE: solo se permite el uso de la gasolina comercial de un máximo de 95 octano y libre venta al público automotor por intermedio de Petrolero de Venezuela S.A y sus empresas afiliadas. Si un organizador suministra la gasolina en otro lugar donde se desarrolla el evento, los competidores están en la obligación de utilizarla, no se permite agregar a la gasolina ningún tipo de aditivo. Art. 30. Peso del vehículo: El vehículo se pesara al finalizar las calificaciones oficiales o la carrera, o toda vez que el comisario de pesaje lo solicite. El vehículo se pesara tal como termine la prueba ya antes mencionada, sin poder agregar ningún tipo de líquido o cualquier parte del vehículo perdida durante la calificación o carrera por motivos mecánicos o de accidentes. Al finalizar las clasificaciones o carrera, todos los vehículos se podrán al orden o de los comisarios de peaje, el vehículo o el piloto que pase la zona y se dirija a los pits, o a cualquier zona que no sea de pesaje, derramen sobre su braga algún tipo de liquido, coloque en el vehículo cualquier material antes de ser pesado, quedara automáticamente descalificado de la competencia y sancionado posteriormente con las sanciones prevista en el reglamento interno de la LNA (Liga Nacional de Autovelocidad). Todos loes pesos deberán estar fijados con tornillos. El peso mínimo del vehículo con piloto, su vestimenta de piloto y su respectivo casco a bordo del mismo será de 540.90 Kgs. (1.190 libras).

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Art. 31. Numeración: De la numeración de los vehículos. Disposiciones generales: (OBLIGATORIO) Color: Números negros sobre rectángulo cuadrado en fondo blanco, encabezado por letras Liga Nacional de Autovelocidad (LNA), FF.2000, en blanco sobre fondo azul. Debajo de numero aparecerá el logo Ford a lo ancho de la calcomanía, todo enmarcado en un marco color azul. Estos números serán suministrados por La Liga Nacional de Autovelocidad (LNA), y su uso es obligatorio.

Medidas Números: Spoiler trasero, lateral derecho: alto 20cms. X 5cms de trazo. Lateral izquierdo del spoiler trasero, o lateral trasero del carro Números en la trompa: alto 20cms x 4 cms de trazo.

Art. 32. Dimensiones Vehículo:

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Dimensiones: a) Distancia entre eje trasero al borde superior trasero del alerón es de 80cms. b) Distancia máxima entre el centro del eje delantero a la punta de la trompa 100cms. c) Altura máxima del alerón trasero con relación al suelo es de 90cms. d) Medidas de la altura del escape con relación al suelo 30-60 cms e) Medida mínima de seguridad de la altura de la barra antivuelco, con relación a la inclinación del asiento del piloto 92 cms. f) Distancia mínima permitida entre el casco del piloto y la línea horizontal trazada entre la barra antivuelco y el soporte de la estructura con la relación al borde superior de la carrocería 5cms. g) Ancho máximo borde rueda trasera 185cms. h) Ancho máximo de la nariz o la trompa del vehículo 135cms (mas las polleras). i) Ancho máximo del espoiler trasero incluyendo los dos flanches laterales 95 cms. j) Apertura mínima de cockpit 45 cms. k) Área mínima paralela de abertura del cockpit 30cms l) Largo mínimo de abertura del área del cockpit 60cms +. m) Distancia n máxima entre el eje trasero y la punta del tubo de escape 80cms. n) Distancia mínima entre centro de la rueda delantera (track) 140cms. o) Distancia mínima entre el centro de las ruedas traseras (track) 130 cms. p) Distancia entre ejes 200cm.

NOTA 1: el alerón delantero del F2000 puede llevar unas aletas horizontales (polleras), de material plástico o fibra carbono, pero que su ancho por lado no sea mayo de 7 cms.

NOTA 2: altura mínima del carro (distancia piso carro/pavimento): el piso y/o chasis del carro no pueden ser tocar el pavimento cuando cualquiera de los cauchos se encuentren vacio de aire.

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Art. 33. Piso inferior: Esta permitido que la plancha inferior o piso del vehículo pueda sobre salir del borde lateral del larguero del chasis hasta un máximo de 40mm. Esta extensión del piso del vehículo (lamina inferior), está autorizado en los vehículos que no utilizan radiadores de enfriamiento laterales desde las partes trasera del habitáculo del piloto a todo lo largo de la carrocería y chasis, incluyendo la parte frontal del vehículo. (No se autoriza la parte trasera del vehículo). En los vehículos con radiadores laterales, esta extensión de la plancha inferior está permitida desde la parte delantera de los radiadores de enfriamiento y a todo lo largo de la carrocería y chasis, incluyendo la parte frontal del vehículo (no se autoriza esta extensión en la parte trasera del vehículo). Esta plancha o lamina (piso vehículo), debe ser fijada con remaches y no podrá ser graduable. Los vehículos con trompa desmontable, que al mismo tiempo hace de piso del vehículo, podrán instalar esta extensión solamente en la parte inferior de la misma. De igual manera podrá utilizar esta extensión los vehículos marca Swift que originalmente es parte de la carrocería y no podrá ser modificada. Los vehículos que utilicen extensión en la cola, esta no podrá sobrepasar el ancho de la cola original, y no podrá extenderse más de 100 cms de eje trasero. Estará fijada con remaches y no podrá ser regulable.

ARTICULO UNICO

Solo las modificaciones específicamente mencionadas en este reglamento son las permitidas. Todos los componentes del motor, suspensión, freno, transmisión, carrocería y parte aerodinámica que no figuren en este reglamento deben permanecer estándar y sin modificaciones.

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