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Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL DENOMINADO: "CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE ESPECTÁCULOS Y EVENTOS CULTURALES QUE SE PROGRAMEN POR EL
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AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID"
1.- NATURALEZA Y OBJETO DEL CONTRATO:
Son objeto del presente contrato administrativo especial las actuaciones relacionadas con el espectáculo en todas sus manifestaciones (teatro, música, danza, magia, humor, variedades,...) que se programen por el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid en los siguientes espacios municipales, y que conforman, tradicionalmente, la programación cultural del municipio: - Auditorio municipal Joaquín Rodrigo - Teatro municipal del Centro Cultural Pérez de la Riva
El objeto del contrato incluye la programación, por una parte, y la ejecución y desarrollo de las actividades por otra.
El Art. 44.1 de la Constitución española establece, respecto de la cultura, que "Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho". Por otra parte, el Art. 25.2. de la Ley 7/1985, de 7 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local atribuye a las entidades locales, como competencia propia, la promoción de la cultura y ocupación del tiempo libre (art. 25, párrafos m) y I) respectivamente). La cultura es un elemento integrador que fomenta la convivencia y cohesión social, al tiempo que contribuye al desarrollo personal y cívico de sus ciudadanos. En consecuencia, en el marco de dicho mandato constitucional, y de las competencias municipales en la materia, y no disponiendo el Ayuntamiento de Las Rozas de los medios materiales y personales necesarios para la ejecución de dichos espectáculos, se
[dera necesario promover esta contratación conforme a los requisitos y condiciones de écnico exigidos en el presente pliego.
CIÓN DEL CONTRATO: a duración inicial del contrato es de 2 años, a contar desde el 10 de septiembre 5 hasta el 9 de septiembre de 2017. En el caso de adjudicarse con posterioridad fecha prevista para inicio del contrato, la prestación del mismo comenzará al día siguiente de su formalización, haciéndose los ajustes presupuestarios y económicos que procedan. El contrato podrá prorrogarse de forma expresa y por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización hasta alcanzar una duración total de 4 años.
Las actividades objeto de este pliego podrán ser programadas en cualquier fecha comprendida en el mismo, independientemente de que se trate de días festivos o laborables.
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3.- LUGAR DE EJECUCIÓN:
La prestación del servicio o ejercicio de la actividad se llevará a cabo en el municipio de Las Rozas, en los siguientes espacios de titularidad municipal, pudiendo llevarse también a cabo en otros emplazamientos de la localidad, según programación:
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Auditorio municipal Joaquín Rodrigo (aforo 584 butacas) o
Dirección: Avda. del Polideportivo, núm. 18.
o
Ficha técnica del Auditorio: Anexo I.
Teatro municipal del Centro Cultural Pérez de la Riva (aforo 331 butacas) o
Dirección: calle Principado de Asturias, núm. 28.
o
Ficha técnica del Teatro: Anexo II.
4.- COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO El contratista deberá designar en su propuesta un responsable general que actuará como la Concejalía de Cultura. Deberá encargarse de coordinar y supervisar todas las actividades descritas en el presente pliego, garantizando así que la empresa cumpla correctamente con sus obligaciones contractuales. Igualmente, deberá designar un sustituto para supuestos de ausencia de dicho responsable. El contratista deberá proveerse del personal necesario, que deberá estar presente para coordinar y supervisar todas las actividades o espectáculos que se desarrollen en ejecución del presente contrato, descarga del material, montaje, pruebas de sonido, representación, desmontajes, etc., siendo éste el responsable de su correcto desarrollo. 5.- OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
Además del cumplimiento y ejecución de la totalidad de las condiciones técnicas detalladas en la prescripción octava, el contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad y salud en el trabajo, asumiendo toda responsabilidad de carácter laboral o de otra índole que pudiera surgir en relación a las personas integrantes y que formen parte de la actuación y/o de su puesta en funcionamiento. •
No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, por cuanto aquél queda sometido al poder direccional y de organización del contratista, en todo ámbito y orden, y siendo este, por tanto, el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso. Todo ello, con independencia de las facultades de control e inspección que legal y contractualmente correspondan al Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.
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*hB» Jy El contratista se somete a las directrices e instrucciones que le sean formuladas por
el responsable municipal del contrato, con objeto de obtener la máxima eficacia y
"^*.^5%ordinación en el desarrollo de las actividades previstas. 6.- PRECIO DEL CONTRATO Y VALOR ESTIMADO DEL MISMO
El precio del contrato, considerando la duración del mismo (dos años), asciende a la cifra de 497.063'96 €, excluido IVA. El valor estimado del contrato, considerando las
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posibles prórrogas del mismo así como las primas por aforo contempladas en el presente pliego, asciende a un millón cincuenta y siete mil quinientos doce euros (1.057.512'00 €), IVA excluido.
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7.- FORMA DE PAGO
El contratista presentará mensualmente una factura comprensiva de los espectáculos desarrollados durante el mes inmediatamente anterior al de la factura entre octubre de
2015, o el mes que corresponda por la entrada en vigor del contrato, y junio de 2016 durante el primer periodo de vigencia del contrato y de manera análoga durante el resto de los periodos. Dichos documentos habrán de ser conformados por el responsable municipal designado por el órgano gestor del contrato y se abonarán mediante transferencias bancarias.
Las facturas incluirán obligatoriamente, además de los datos ordinarios imprescindibles para su validez, la siguiente información: número y nombre de los espectáculos, número de pases realizados de cada uno en el mes, y para cada pase: lugar, fecha y hora de representación, precio medio unitario por pase, coste de los servicios de carga y descarga, ocupación del aforo y porcentaje, y cantidad de la prima PV que corresponde abonar. El contratista percibirá el importe correspondiente a los anteriores conceptos, afectados por el porcentaje de baja ofertado e incrementados con el beneficio industrial y gastos generales previstos en el presente pliego, y, en su caso, el importe correspondiente a la prima variable por ocupación de aforo PV. CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: 8.1 Calendario de programación, operativa de trabajo y condiciones en la ejecución de las actividades.
""^N^ Con carácter general, la temporada cultural comenzará a partir del tercer viernes de septiembre y se extenderá hasta el 30 de mayo de cada año, dividiéndose, a efectos de operativa de trabajo, programación y difusión, en trimestres: /
o
1er trimestre septiembre a diciembre
o
2o trimestre enero a marzo
o
3er trimestre abril a mayo
8.2. Programación.
A efectos de programación se establecerá un cauce de colaboración entre la adjudicataria y la Concejalía de Cultura. Con ese fin la Concejalía de Cultura remitirá, a modo de propuesta preferente, la programación a contratar, antes de la ejecución de las actividades y con la suficiente antelación con respecto al inicio de cada trimestre para que el adjudicatario contacte, negocie y contrate las actuaciones sugeridas en la propuesta, al tiempo que prepara propuestas alternativas para someterlas a la valoración de la Concejalía de Cultura. La propuesta que remita la Concejalía de Cultura al adjudicatario podrá incluir actuaciones concretas a cargo de compañías o artistas concretos, o bien sugerencias en
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cuanto al perfil de las actuaciones a contratar, o bien dejar el calendario abierto a las propuestas y sugerencias del adjudicatario. En todo caso será la Concejalía de Cultura quien apruebe la programación.
Con carácter general la Concejalía de Cultura se reservará, para su contratación directa, las actuaciones que se programan dentro del vigente "Convenio de colaboración
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para la integración de Las Rozas de Madrid en la Red de Teatros de la Comunidad de
Madrid', dado que la contratación directa entre el Ayuntamiento y las compañías artísticas productoras de los espectáculos incluidos en la Red, constituye uno de los requisitos de dicho convenio, en el marco de la colaboración institucional impulsada por la Comunidad de Madrid y los ayuntamientos hace más de 20 años para garantizar una programación de artes escénicas y música estable en los teatros y auditorios municipales. Asimismo la Concejalía se reserva parte de la programación para la organización de eventos y espectáculos en colaboración con asociaciones, instituciones o artistas locales, con el fin de promover el talento y la participación ciudadana a nivel local. 8.3. Contratación y ejecución de actividades programadas.
Con el fin de que la Concejalía de Cultura pueda publicitar con la antelación necesaria la programación completa, esta deberá quedar cerrada en los siguientes plazos: • El 30 de junio del año en curso deberá quedar cerrada la programación del trimestre desde septiembre a diciembre.
• El 20 de octubre del año en curso deberá quedar cerrada la programación del trimestre de enero a marzo del año siguiente. • El 15 de febrero del año en curso deberá quedar cerrada la programación del periodo de abril a mayo. Se entenderá por "cerrada" la programación que reúna estas dos condiciones:
a)
Por una parte, debe estar remitida a la Concejalía de Educación y Cultura por
correo electrónico y adecuada presentación, de acuerdo con el calendario anteriormente mencionado, detallando los siguientes aspectos:
• Ficha artística: descripción de la actuación, lugar (Teatro y Auditorio), fecha y horario de ejecución, (Teatro o Auditorio), nombre de la compañía y caché específico. • Material promocional -fotos, sinopsis, críticas,...- que deberá estar plenamente disponible en los formatos digitales adecuados. • Ficha técnica de cada actuación ("rider técnico"), indicando en su caso la correcta adecuación a los requisitos y condiciones de los espacios escénicos donde esté prevista la actividad (Teatro o Auditorio). • Declaración sobre Derechos de Autor para cada actuación: la adjudicataria deberá incluir una declaración conforme al Anexo III, declarando contar con el permiso del/de los propietario/s del 100% de los derechos de autor que se deriven de dicha actuación.
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• Estimación de la ocupación del aforo expresada en porcentaje sobre
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las 331 localidades del Teatro o las 584 localidades del Auditorio.
Dicha estimación habrá de efectuarse en base a éxitos previos cosechados por esa compañía y actuación en otros espacios escénicos, a la popularidad o actualidad de la compañía, del elenco de actores o intérpretes u otra consideración de la que se pueda inferir, de forma razonada, alcanzar el porcentaje indicado.
b) Además, dicha propuesta de programación debe ser aceptada y aprobada por la Concejalía de Cultura, lo que se hará también mediante conformidad por correo electrónico.
En todo caso la Concejalía de Cultura se reserva el derecho de suspender, cambiar o modificar cualquier actividad programada por necesidades sobrevenidas de uso de las instalaciones de manera puntual, siempre que concurran razones de interés público que lo justifiquen.
Una vez cerrada y aceptada la programación trimestral, el adjudicatario deberá presentar a la Concejalía de Educación y Cultura, previamente a la ejecución de cada una de las actividades:
• Con al menos 15 días de antelación a la fecha de cada actividad, la ficha
técnica definitiva del espectáculo ("rider técnico") adaptada a la ficha técnica del espacio escénico donde se vaya a celebrar, con el detalle de las necesidades del escenario, de la iluminación, de los medios audiovisuales, las reservas de
espacio para cargas y descargas y todas aquellas necesidades extraordinarias debidamente motivadas justificadas que resulten imprescindibles para un correcto desarrollo de la actividad.
• Asimismo, el adjudicatario se asegurará de que se realicen las visitas técnicas necesarias y con la antelación suficiente para garantizar el correcto desarrollo de las actividades, debiendo coordinarse para ello con los Técnicos de la Concejalía de Cultura.
• Además, proporcionará los carteles anunciadores del espectáculo, los programas de mano y cualquier otro soporte gráfico promocional que contribuya a la difusión del evento.
En ambos espacios escénicos -Teatro y Auditorio- se programarán las actuaciones, con carácter general, y salvo indicaciones de la Concejalía, los viernes y/o sábados de cada fin de semana según los calendarios propuestos, de forma que la oferta cultural semanal incluya, una actuación en el Auditorio y una actuación en el Teatro, añadiendo en su caso más pases para "dobles funciones" y/o "campañas pedagógicas escolares":
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• Dobles funciones: con carácter general, los espectáculos en los que se prevea una ocupación superior al aforo del recinto, se programará una segunda función el mismo día que se contratará y publicitará con antelación suficiente en
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función de la evolución de la venta de entradas.
• Campañas pedagógicas escolares: durante los meses de noviembre, febrero y marzo en el Auditorio y noviembre, marzo y abril en el Teatro la programación se podrá ampliar de martes a sábado para realizar las citadas campañas dirigidas al alumnado de las etapas infantil, primaria y secundaria. Dichos pases tendrán lugar en horario matinal (10.00 y 11.30h como horario habitual), programando, al menos, una sesión adicional en abierto el sábado inmediatamente posterior.
8.4. Programación cultural a contratar:
1. Septiembre a diciembre de 2015: Se detalla en el Anexo IV, en este se señalan los espectáculos que el Adjudicatario se compromete a contratar. 2. Enero a Mayo 2016: Se detalla en el Anexo V el calendario de programación para el periodo de enero a mayo de 2016 con las fechas en las que la adjudicataria debe contratar y ejecutar la programación cultural que le corresponde. 3. Las temporadas culturales siguientes hasta finalización del contrato y sus posibles prórrogas se abordarán siguiendo las directrices de la Concejalía de Cultura y conforme a la operativa de trabajo descrita en el presente pliego.
Considerando los requisitos mencionados anteriormente y conforme a los calendarios de programación que se adjuntan en Anexos IV y V, se estima que el número mínimo de espectáculos a programar/contratar hasta 30 de Mayo de 2016 es de 21 espectáculos (con 34 pases) en el Auditorio, y de 16 espectáculos (con 26 pases) para el Teatro. Sin perjuicio de que puedan ampliarse o modificarse, de acuerdo con la Concejalía. Esta programación tiene carácter de mínimos, debiendo ser ampliada, tal y como prevé el presupuesto destinado a contratación, tanto para realizar dobles funciones cuando así lo aconseje el éxito de un espectáculo (siendo el principal indicador la rápida venta anticipada de entradas, o el éxito de exhibición en otros espacios), como para contratar un ínimo de dos espectáculos adicionales, que por su gran formato, caché de "estrella" o Iquier otra circunstancia constituyan espectáculos extraordinarios, con un precio superior precios medios y puedan funcionar como referente de la temporada cultural.
8.5. Reguisitos en cuanto a la contratación de las actividades
El adjudicatario velará por una eficiente administración del presupuesto del contrato, mediando y negociando con las compañías y artistas para obtener las condiciones más ventajosas, optimizando la capacidad de compra con otras entidades o administraciones, con e| fin de obtener sinergias y descuentos -economías de escala, descuentos por volumen- en los precios y caches de las diversas actuaciones; y aprovechando las giras o estancias en Madrid de compañías o artistas de ámbito nacional o internacional y reconocido prestigio para contratar actuaciones al mejor precio posible.
El precio de cada actuación o caché quedará reflejado en las fichas artísticas que deberá remitir el adjudicatario a la Concejalía de Cultura para que se cotejen con la realidad del mercado en cada momento, de manera que se evite cualquier tipo de desviación
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injustificada entre la información recibida del adjudicatario y la obtenida por los servicios técnicos del Ayuntamiento.
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Para garantizar una adecuada calidad de los espectáculos programados por la adjudicataria se establecen, con carácter general, los siguientes criterios de precio mínimo: • Para los espectáculos dirigidos a público infantil o familiar que tengan lugar en el Teatro los caches sin IVA no podrán ser inferiores a 630 euros por pase.
• Para los espectáculos dirigidos a público infantil o familiar que tengan lugar en el Auditorio los caches sin IVA no podrán ser inferiores a 850 euros por pase.
•
Para los espectáculos dirigidos a público adulto que tengan lugar en el
Teatro los caches sin IVA no podrán ser inferiores a 2.100 euros por pase. • Para los espectáculos dirigidos a público adulto que tengan lugar en el Auditorio los caches sin IVA no podrán ser inferiores a 2.900 euros por pase.
• Se programarán al menos dos espectáculos en cada espacio escénico por trimestre (no más de uno cada mes y al menos con una separación temporal de dos semanas) con caches sin IVA superiores al 200% del Precio medio unitario por pase en abierto al que se refiere el punto 10 (en el Teatro 6.000 euros y en el Auditorio 8.400 euros), entre los que se contarán, al menos, dos espectáculos extraordinarios o de gran formato con caches sin IVA no inferiores a 11.000 euros para los que se podrá utilizar la Bolsa de Contratación Adicional.
El Ayuntamiento, a través de la Concejalía de Cultura, se hará cargo de las liquidaciones derivadas de los derechos de autor de los espectáculos contratados El adjudicatario se compromete a colaborar, siempre que sea preciso, en el programa promocional "Celebra tu cumple en el teatro" puesto en marcha por la Concejalía • de Educación y Cultura, mediante el cual las personas interesadas -público infantil- pueden celebrar el cumpleaños el día de la actuación. Dicha iniciativa pretende promover las artes escénicas entre nuevos públicos, y brindar alternativas culturales para el ocio y la cultura; las personas interesadas formalizan su encargo a través del Ayuntamiento. A estos efectos, el adjudicatario, que será avisado con antelación suficiente, deberá ofrecer una pequeña nvenfda personalizada a los niños que hayan encargado el cumpleaños. La Concejalía determinará el número de invitaciones personales que se reservan para atenciones protocolarias.
La Concejalía se reserva la fijación del precio de las entradas así como los descuentos que sean de aplicación, en su caso.
8.6. Condiciones relativas a los medios técnicos, materiales y personales, así como buen uso de instalaciones
El Ayuntamiento pone a disposición de la adjudicataria, para la ejecución de las actividades, el siguiente personal auxiliar de servicios técnicos:
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• En el Teatro del Centro Cultural Pérez de la Riva: un técnico de iluminación y un técnico de sonido.
• En el Auditorio Joaquín Rodrigo: un técnico de iluminación, un regidor y un técnico de sonido.
• Prestarán servicios para ambos espacios un taquillero y un técnico de programación y coordinación de montajes. • Azafatas y personal de apoyo en sala para el correcto desarrollo de las Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 576214 ON383-MWUCP-AWNN3 73CE71EBCF29F19821E8A0CF452662E86E6AE050) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
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El adjudicatario podrá hacer uso de las condiciones de infraestructura que aparecen en las fichas técnicas de los espacios escénicos de la Concejalía de Educación y Cultura (Anexos I y II), que se ponen a su disposición.
En todo caso, el adjudicatario deberá disponer en todo momento de los medios materiales y personales necesarios y suficientes que garantice el perfecto desarrollo, organización y coordinación, en su caso, de las actividades, así como cualquier otra asistencia que la ejecución del presente contrato conlleve.
En caso de que los medios técnicos disponibles no sean suficientes para el desarrollo de alguna actuación, correrán por cuenta del adjudicatario los servicios técnicos complementarios que sean necesarios. Asimismo y con carácter general correrán por cuenta del adjudicatario los servicios de montaje y desmontaje, carga y descarga, y apoyo técnico extraordinario -maquinistas, regidores, etc. - en caso de ser necesarios. El adjudicatario será responsable del buen uso de las instalaciones, maquinaria, aparatos y demás material a utilizar en la prestación del servicio o actividad que sea propiedad municipal o de terceros viniendo obligado a reponerlo cuando su pérdida o deterioro sean consecuencia inmediata de un uso inadecuado.
8.7. Condiciones en caso de cancelación de un espectáculo o actividad
En caso de producirse la suspensión del espectáculo por causas imputables al adjudicatario no se devengará pago o indemnización alguna a su favor, pudiendo exigir el yuntamiento el abono de la cantidad que corresponda por daños y perjuicios ocasionado, este supuesto, se establecerán como costes a asumir por el adjudicatario, los siguientes:
o o
Importe del total de entradas vendidas hasta la notificación de la cancelación, que se realizará en todo caso por escrito. Además, un 10% del anterior importe en concepto de gastos de gestión de la cancelación.
o
Y además un porcentaje del importe del caché fijado para la actuación: será de un 20% en el caso de que la cancelación se produzca con una antelación superior a 15 días antes de la celebración del concierto, y un 50% en el caso de que la cancelación se produzca en el plazo de los 15 días anteriores a la celebración del concierto.
Los espectáculos o actividades que hubieran de ser suspendidos por causa no
imputable directamente al Órgano contratante (por ejemplo causas climatológicas, cortes del
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suministro eléctrico ajenas a la responsabilidad del Ayuntamiento, causas de fuerza mayor, etc.), no serán abonados, salvo que los mismos sean pospuestos para su desarrollo en diferente jornada, siempre y cuando sea posible de conformidad con la programación prevista. En caso de que la suspensión se produjese por causas no imputables al adjudicatario, éste recibirá un porcentaje del importe del caché del espectáculo: será de un 20% en el caso de que la cancelación se produzca con una antelación superior a 15 días antes de la celebración del concierto, y un 50% en el caso de que la cancelación se produzca en el plazo de los 15 días anteriores a la celebración del concierto. Dicha cantidad tendrá el carácter de indemnización por los daños, perjuicios y lucro cesante que haya podido causarse al contratista. No obstante, en cualquiera de los casos las partes intentarán llegar a un acuerdo para cambiar la fecha de la celebración del concierto, pudiendo dicho acuerdo expreso sustituir el pago de las cantidades anteriormente descritas. Asimismo, podrá acordarse el aplazamiento de cualquier actuación o actividad cuando exista causa justificada o bien así lo aconseje el mejor desarrollo de la misma, y la misma sea comunicada a la empresa adjudicataria con una antelación mínima de 72 horas. Cualquier incumplimiento de las condiciones y requisitos técnicos en la prestación del servicio, dará lugar a la revisión del pago del precio acordado y, en su caso, a la suspensión unilateral por parte del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid de la referida actuación sin derecho alguno a percibir indemnización por parte del adjudicatario.
9. REQUISITOS DE SOLVENCIA TÉCNICA
Dada la naturaleza de la actividad, el público al que va dirigida la oferta cultural, y con el fin de garantizar una adecuada solvencia técnica de la adjudicataria para desarrollar y ejecutar el objeto del contrato, se establecen como requisitos mínimos de solvencia: La experiencia acreditada de la licitadora en el ámbito concreto de la gestión cultural, entendida como experiencia relevante en el objeto del contrato (contratación y ejecución de ectáculos) que reúna los siguientes requisitos: De al menos tres años de antigüedad; n gestión de la programación cultural de teatros u otros espacios escénicos rofesionales (no amateur) con capacidad igual o superior a las 150 butacas y/o en auditorios con capacidad igual o superior a las 400 butacas. Se entiende la gestión que abarca tanto la programación cultural, la contratación de espectáculos y actividades, la ejecución y desarrollo de las mismas (incluyendo gestión de servicios auxiliares complementarios como montajes y desmontajes). Que acredite haber conseguido ocupaciones medias en las programaciones culturales realizadas en el último año con una media de ocupación del 60% del aforo. Que haya resultado adjudicatario de, al menos, un contrato o haya explotado, como propietario o arrendatario, un teatro u otro espacio escénico con las características indicadas en el párrafo anterior, cuyo presupuesto anual sea igual o superior al 50% del presupuesto base de licitación durante, al menos, dos años.
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No se considerará, a efectos de requisito de solvencia, la gestión en espacios escénicos de servicios ajenos a la programación cultural (tales como taquilla, venta de entradas, acomodación, publicidad, catering, limpieza u otros).
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10. PRESUPUESTO DEL CONTRATO Y CONDICIONES ECONÓMICAS
La fijación del precio de las entradas y la aplicación de descuentos, son competencias exclusivas del Ayuntamiento de Las Rozas, a propuesta de la Concejalía de Educación y Cultura, quedando establecidos mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local.
El valor estimado del contrato, considerando la vigencia del contrato y su prórroga, así como las posibles primas variables por ocupación de aforo, asciende a un millón cincuenta y siete mil quinientos doce euros (1.057.512'00 €), IVA excluido.
El desglose del presupuesto anual, incluyendo la prima variable por ocupación de aforo, es el siguiente: 1 año
Presupuesto máximo septiembre 2015 a mayo 2016:
264.378 €
21%
IVA:
Presupuesto con IVA:
55.519 € 319.897 €
Desglosado en: A.- Costes del contrato:
Caches o remuneración de compañías Coste técnico (cargas/descargas y asistencias):
Periodo septiembre a diciembre 2015 Coste artístico ("caches")
Espectáculos
Pases
13
17
sub total 48.000 € Precio
medio
unitario por espectáculo
e técnico (cargas/descargas y
stencias)
11
360 €
3.960 €
Sub 51.960 €
Total
018
IDENTIFICADORES
DOCUMENTO
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS: 2015017SER PRESCRIPCIONES TÉCNICAS FIRMAS
OTROS DATOS
ESTADO
NO REQUIERE FIRMAS
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Ayuntamiento de Las Rozas
Ayuntamiento de
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Las Rozas de Madrid
Precio
Periodo enero a mayo 2016
medio
Espectáculos
Pases
24
43
1
8
900 €
2
12
1.200 €
9
10
3.000 €
30.000 €
12
13
4.200 €
54.600 €
unitario por
sub total
pase
Coste artístico ("caches") Campañas escolares Teatro Campañas escolares Auditorio En abierto Teatro En abierto Auditorio
106.200 € 7.200 € 14.400 €
Precio
medio
unitario por
espectáculo Coste técnico medio
(cargas/descargas y asistencias)
360 €
24
8.640 €
Sub Total
114.840 €
Coste artístico y coste técnico
Total
166.800 €
14.016,80 €
Bolsa dobles funciones
Bolsa para espectáculos extraordinarios o de gran formato
28.033'61 €
{Total bolsa adicional
42.050'41 €
^vTOTAL
208.850'41 €
GjKSTOS GENERALES 13%
27.150'55€
NEFICIO INDUSTRIAL 6%
12.531'02€
TOTAL EJECUCIÓN POR CONTRATA
248.531'98 €
B.- PRIMA VARIABLE POR OCUPACIÓN DE AFORO PV: En función del grado de ocupación de los aforos de cada espectáculo, conforme siguiente escalado: Remuneración variable - prima por espectáculo: Ocupación aforo Prima Con ocupación 90% o más aforo 50% Ocupación 70% a 89% aforo 30%
al
Máximo anual:
15.846 € 9.508 €
11
019
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Ocupación 60% a 69% aforo
20%
Menos 60% aforo
0%
6.338 €
Dicha prima únicamente será percibida por el contratista en el caso de alcanzar los objetivos de aforo señalados anteriormente.
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A estos efectos, se considerará la "ocupación del aforo" como el porcentaje de entradas efectivamente vendidas, una vez hecha la liquidación de las hojas de taquilla, con respecto al total de las entradas puestas a la venta (no se considerarán, por tanto, las invitaciones de protocolo que decidirá, para cada caso, la Concejalía). Esta remuneración adicional variable no se aplicará a los pases que se programen como campañas pedagógicas escolares.
10.B.- JUSTIFICACIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO
Las cifras del presupuesto se han obtenido mediante las siguientes fórmulas: 1.
Para la programación del periodo de septiembre a diciembre de 2015,
mediante la negociación directa con los artistas que participarán en la misma según el calendario que se especifica en el ANEXO IV y atribuyendo un coste técnico medio (360,00 €), exclusivamente a los espectáculos que precisarán cargas, descargas y apoyo técnico (11 espectáculos); que resulta de la media de los costes técnicos que han sido abonados por el Ayuntamiento en las temporadas 2013-14 y 2014-15.
2. Para la programación de enero a mayo de 2016, atribuyendo a cada pase, según el público objetivo al que se dirige y el lugar en el que tendrá lugar, un coste medio igual a la media de las cantidades que el Ayuntamiento de Las Rozas ha abonado directamente a las empresas artísticas en las temporadas 2013-14 y 2014-15 y atribuyendo a cada espectáculo un coste medio técnico (360,00 €) que resulta de la media de los costes técnicos que han sido abonados por el Ayuntamiento en las temporadas 2013-14 y 2014-15. 11. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
A.- EVALUACIÓN MEDIANTE CIFRAS O PORCENTAJES: 96 puntos. N°
PUNTOS
Precio
40'00
2
Inclusión de ciclos en la programación Calidad de la programación: calendarios y públicos Calidad de la programación: éxito de temporada o
10'00
3 4
5 6
\ W
CRITERIO
1
7 8 9
10
gira Espectáculos de producción propia Palmares de premios Capacidad de atracción de público joven Calidad de la programación: mejora de la difusión Mayor número de espectáculos propuestos Apoyo de animación a la programación cultural TOTAL
10'00 10'00
5'00 5'00
5'00 4'00 4'00
3'00 96'00
Criterio 2: Memoria detallando los ciclos, con expresión de las especialidades, y número de ciclos.
Criterio 3: Adecuación de la programación a calendarios y público: Concretará el número de actividades infantiles/familiar y el número de actividades para adultos, así como el número total de actividades.
020
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Ayuntamiento de Las Rozas
Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
Criterio 4: Éxito de temporada o gira: Informe basado en hojas de taquilla y/o, en su defecto, dossier de prensa y/o, en su defecto, declaración responsable del titular del espacio escénico en el que se haya exhibido el espectáculo, con detalle de la relación de espectáculos, número de representaciones o "pases" de cada uno, sea en el mismo espacio Esta es una copia impresa del documento electrónico (Ref: 576214 ON383-MWUCP-AWNN3 73CE71EBCF29F19821E8A0CF452662E86E6AE050) generada con la aplicación informática Firmadoc. El documento no requiere firmas. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los documentos firmados en la dirección web que le proporciona la entidad emisora de este documento.
o en diferentes (gira).
Criterio 5: Espectáculos/actividades producidos por el licitador, indicando fechas y lugar de exhibición, así como duración en cartel Criterio 6: Palmares de premios, con indicación del nombre y categoría del premio, institución que lo otorga y fecha. Criterio 7: Ficha artística y dossier donde se describa el formato, así como el público al que va dirigido. Criterio 8: Denominación de la página web y número de visitantes a la página web, a fecha de presentación de la oferta y valor del índice Klout de influencia en redes sociales Criterio 9: Calidad por mayor número de espectáculos sobre los mínimos exigidos en el pliego. Se valora el aumento en la oferta de espectáculos, aportando memoria de programación con título de las actuaciones y ficha artística. Criterio 10: Porcentaje de programación con animación sobre el total de programación ofertada; número de animadores.
B.- EVALUACIÓN MEDIANTE JUICIOS DE VALOR: 4 puntos. CRITERIO
PUNTOS
Popularidad de los intérpretes Organización de una gala o acto
2'00
TOTAL
4 puntos
2'00
Descripción de la organización de una gala o acto de presentación de la programación cultural, con personas relevantes del mundo de la cultura y de las artes escénicas, con indicación de los medios materiales y personales que se ponen a disposición del mismo y la propuesta de participantes. Informe dossier de prensa relativo a la popularidad del elenco o intérprete e inclusión en el reparto de los espectáculos pj^pliestos.
Las Rozas
de Julio de 2015.
Edo'Glori
Muñas.
Concejal
lición y Cultura.
Técnico de
13
021