BANCO CENTRAL DEL ECUADOR MANUAL GENERAL DE CONTABILIDAD DESCRIPCION

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR MANUAL GENERAL DE CONTABILIDAD ELEMENTO GRUPO CUENTA 1 19 198 IDENTIFICACION DE LA CUENTA ACTIVO OTROS ACTIVOS OTRAS CUEN

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BANCO CENTRAL DEL ECUADOR MANUAL GENERAL DE CONTABILIDAD

ELEMENTO GRUPO CUENTA

1 19 198

IDENTIFICACION DE LA CUENTA ACTIVO OTROS ACTIVOS OTRAS CUENTAS DEL ACTIVO DESCRIPCION

Agrupa los bonos entregados por el Gobierno Nacional para la capitalización del Banco Central del Ecuador, el Bono de Garantía Metálica, y otros derechos del Instituto Emisor no especificados en las cuentas anteriores.

CONTENIDO CODIGO 1981 1987 1988

DISPOSICIONES LEGALES: Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

SUBCUENTAS - Bonos de Capitalización y Garantía Metálica - Activos Transferidos por las Entidades en Liquidación - Varias

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR MANUAL GENERAL DE CONTABILIDAD

ELEMENTO GRUPO CUENTA SUBCUENTA:

1 19 198 1987

IDENTIFICACION DE LA CUENTA ACTIVO OTROS ACTIVOS OTRAS CUENTAS DEL ACTIVO ACTIVOS TRANSFERIDOS POR LAS ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN DESCRIPCION

Registra los activos transferidos por las entidades en liquidación al Banco Central del Ecuador, por el valor que consta en las escrituras de tranferencia, de conformidad con lo establecido en la sección II "De la transferencia de activos", de la resolución No. JB-2009-1427, los que, entre otros, incluyen valores referenciales por US$1,oo, por activos castigados en las entidades en liquidación, cuyo control deberá llevarse en la cuenta 717 "Activos transferidos castigados entidades en liquidación". La contracuenta del registro de los activos transferidos por las entidades en liquidación será la cuenta 524 "Ingresos del ejercicio". El producto de la realización de los activos transferidos servirá para que el banco pague a los acreedores de la institución cedente, a prorrata de la participación que registre cada uno de ellos, observando el orden de prelación determinado en el artículo 167 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero. Cuando el valor de venta sea mayor al valor registrado en libros, dicho monto se registrará en la subcuenta 2681 "Cuentas por pagar - Varios acreedores", hasta que se pague a los acreedores de la institución cedente con el mismo criterio definido en el inciso precedente. Los liquidadores de las instituciones financieras en liquidación que transfieran sus activos deberán transferir y entregar a la institución cesionaria las plataformas tecnológicas respectivas, bases de datos, archivos documentales y demás información suficiente y competente que hayan generado durante su existencia y que tengan en su poder. CENTROS DE RESPONSABILIDAD CONTABLE - Dirección Financiera - Dirección Administrativa

DINAMICA CONTABLE SE DEBITA - Por el valor de transferencia de los activos, de las entidades en liquidación, que consten en los anexos de las escrituras respectivas.

DISPOSICIONES LEGALES: Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

SE ACREDITA - Por el valor de los activos tranferidos, cuando son vendidos . - Por tranferencia a favor del estado de los activos no realizados.

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

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ELEMENTO GRUPO

7 71

IDENTIFICACION DE LA CUENTA CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS DESCRIPCION

Agrupa el valor de documentos, bienes, títulos valores, especies valoradas, certificados de garantías, líneas de crédito, etc., que el Banco Central del Ecuador mantiene en su poder o entrega en garantía o custodia, administración o comodato a otras instituciones del país o del exterior. Como contrapartida de las Cuentas de Orden Deudoras se utilizará el grupo 72 "Acreedoras por Contra".

CONTENIDO CODIGO 711 712 713 714 715 716 717 718 719

DISPOSICIONES LEGALES: Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

CUENTAS - Especies Monetarias - Títulos y Formularios - Bienes y Valores Entregados - Intereses por Cobrar en Suspenso - Activos Castigados - Cobranzas - Activos Transferidos Castigados Entidades en Liquidación - Juicios Coactivos Activos Entidades en Liquidación - Otras Cuentas Deudoras

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

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ELEMENTO GRUPO CUENTA

7 71 717

IDENTIFICACION DE LA CUENTA CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS ACTIVOS TRANSFERIDOS CASTIGADOS ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN DESCRIPCION

Registra al valor nominal los activos castigados por la entidad cedente de conformidad con lo establecido en el artículo 70 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero; así como por las disposiciones vigentes expedidas por la Superintendencia de Bancos y Seguros; que fueron transferidos al banco y que tienen en su activo el valor referencial de US$1.oo. El banco deberá llevar auxiliares contables por cada entidad cesionaria y por cada tipo de activo castigado y transferido, para su control y recuperación judicial.

CENTROS DE RESPONSABILIDAD CONTABLE - Dirección de Recuperación Financiera - Dirección Administrativa

DINAMICA CONTABLE SE DEBITA

SE ACREDITA

- Por el importe de los activos castigados y transferidos al Banco Central del Ecuador, por las entidades en liquidación.

- Por la recuperación del importe de los activos castigados.

DISPOSICIONES LEGALES:

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

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ELEMENTO GRUPO CUENTA

7 71 718

IDENTIFICACION DE LA CUENTA CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS JUICIOS COACTIVOS ACTIVOS ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN DESCRIPCION

Registra el importe de los activos transferidos por las entidades en liquidación, y que hayan sido entregados para la cobranza por vía judicial, sobre los cuales existe juicios coactivos, ya sea iniciados por la cedente o por la cesionaria.

CONTENIDO CODIGO 7181 7182

DISPOSICIONES LEGALES: Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

CUENTAS - Transferidos de las Entidades en Liquidación - Iniciados por el Banco Central del Ecuador

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

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ELEMENTO GRUPO CUENTA SUBCUENTA:

7 71 718 7181

IDENTIFICACION DE LA CUENTA CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS JUICIOS COACTIVOS ACTIVOS ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN TRANSFERIDOS DE LAS ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN DESCRIPCION

Registra el importe de los activos transferidos por las entidades en liquidación, cuyo cobro por la vía judicial se hubiere iniciado en la entidad en liquidación. El Banco Central del Ecuador, como entidad cesionaria de los activos de una institución financiera en liquidación forzosa, tendrá derecho a seguir el procedimiento coactivo de cobro del activo de que se trate, por el valor nominal del activo transferido, independientemente del valor figurativo por el cual se encuentre registrada en libros. Para el caso de activos cuyo cobro se hubiere venido efectuando por la vía coactiva, sin que el deudor hubiere deducido excepciones en el ámbito judicial, el empleado recaudador de la institución cesionaria, avocará de pleno derecho e inminentemente, el conocimiento del procedimiento coactivo, y proseguirá su tramitación a partir del estado en que se encuentre el proceso respectivo en la fecha en que se inscriba en el Registro de la Propiedad la escritura pública de transferencia de activos. Para el caso de activos de cartera cuyo cobro se venía efectuando por la vía coactiva, y que hubieren sido objeto de excepciones deducidas por el deudor en el ámbito judicial, la institución financiera cesionaria, a través de su empleado recaudador, deberá comparecer ante el juez competente en su calidad de nueva acreedora y cesionaria de los derechos litigiosos, en virtud de la escritura pública de transferencia de los activos, y en aplicación de las disposiciones pertinentes del Código Civil. Del mismo modo que en la situación prevista en el artículo anterior, en aquellos casos en que la institución financiera en liquidación forzosa, hubiere iniciado juicios de insolvencia o quiebra, según fuere el caso, en contra de sus deudores, la institución financiera cesionaria, a través de su empleado recaudador, deberá comparecer al juzgado civil respectivo, en su calidad de cesionaria de los derechos litigiosos y nueva acreedora, en virtud de la escritura pública de transferencia de los activos. CENTROS DE RESPONSABILIDAD CONTABLE - Dirección de Recuperación Financiera - Dirección Administrativa

DINAMICA CONTABLE SE DEBITA

SE ACREDITA

- Por el importe de los activos transferidos al Banco Central del Ecuador, por las entidades en liquidación, sobre las cuales existe iniciado un jucio coactivo para su recuperación.

- Por la recuperación del importe de los activos en demanda judicial.

DISPOSICIONES LEGALES:

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

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ELEMENTO GRUPO CUENTA SUBCUENTA:

7 71 718 7182

IDENTIFICACION DE LA CUENTA CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS JUICIOS COACTIVOS ACTIVOS ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN INICIADOS POR EL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR DESCRIPCION

Registra el importe de los activos transferidos por las entidades en liquidación, cuyo cobro por la vía judicial se hubiere iniciado en el Banco Central del Ecuador.

CENTROS DE RESPONSABILIDAD CONTABLE - Dirección de Recuperación Financiera - Dirección Administrativa

DINAMICA CONTABLE SE DEBITA

SE ACREDITA

- Por el importe de los activos transferidos por las entidades en liquidación, sobre los cuales el Banco Central del Ecuador, ha iniciado un jucio coactivo para su recuperación.

- Por la recuperación del importe de los activos en demanda judicial.

DISPOSICIONES LEGALES:

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

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ELEMENTO GRUPO

7 72

IDENTIFICACION DE LA CUENTA CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS POR CONTRA DESCRIPCION

Registra la contrapartida de las operaciones que por su naturaleza no afectan o influyen en la situación financiera de la institución, registradas en las cuentas de orden deudoras. El registro de estos conceptos se lo realiza en moneda nacional a su valor nominal y en moneda extranjera al tipo de cambio oficial, simultáneamente al momento de afectar las cuentas de balance que registran las operaciones fuente, en los casos que amerite. El saldo que reflejen las cuentas de orden y sus respectivos auxiliares deberán estar respaldados con los documentos, bienes o especies que físicamente se encuentran en poder del Banco. El control de las cuentas de orden, así como la custodia de los documentos es responsabilidad de cada una de las áreas. CONTENIDO CODIGO 721 722 723 724 725 726 727 728 729

DISPOSICIONES LEGALES: Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

CUENTAS - Especies Monetarias - Títulos y Formularios - Bienes y Valores Entregados - Intereses por Cobrar en Suspenso - Activos Castigados - Cobranzas - Activos Transferidos Castigados Entidades en Liquidación - Juicios Coactivos Activos Entidades en Liquidación - Otras Cuentas Deudoras

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR MANUAL GENERAL DE CONTABILIDAD

ELEMENTO GRUPO CUENTA

7 72 727

IDENTIFICACION DE LA CUENTA CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS POR CONTRA ACTIVOS TRANSFERIDOS CASTIGADOS ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN DESCRIPCION

Registra la contrapartida de los valores registrados en la cuenta 717 "Activos transferidos castigados entidades en liquidación".

CENTROS DE RESPONSABILIDAD CONTABLE - Dirección Financiera - Dirección Administrativa

DINAMICA CONTABLE SE DEBITA

SE ACREDITA

- Por la recuperación del importe de los activos castigados.

- Por el importe de los activos castigados y transferidos al Banco Central del Ecuador, por las entidades en liquidación.

DISPOSICIONES LEGALES:

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR MANUAL GENERAL DE CONTABILIDAD

ELEMENTO GRUPO CUENTA

7 72 728

IDENTIFICACION DE LA CUENTA CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS POR CONTRA JUICIOS COACTIVOS ACTIVOS ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN DESCRIPCION

Registra la contrapartida de los registros que se realicen en las subcuentas contenidas en la cuenta 718 "Juicios coactivos activos entidades en liquidación".

CONTENIDO CODIGO 7281 7282

DISPOSICIONES LEGALES: Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

SUBCUENTAS - Transferidos de las Entidades en Liquidación - Iniciados por el Banco Central del Ecuador

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

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ELEMENTO GRUPO

7 73

IDENTIFICACION DE LA CUENTA CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS DESCRIPCION

Acumula el valor de los documentos, bienes, títulos valores, especies valoradas, certificados de garantía, línea de crédito, etc., que el Banco Central del Ecuador recibe de terceros en garantía, custodia, administración o comodato. Como contrapartida de las Cuentas de Orden Acreedoras se utilizará el grupo 74 "Deudores por Contra".

CONTENIDO CODIGO 731 732 733 735 736 737 738 739

DISPOSICIONES LEGALES: Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

CUENTAS - Especies Monetarias - Formularios - Bienes y Valores Recibidos - Pasivos Entidades en Liquidación - Cobranzas - Créditos del Exterior - Créditos Especiales - Otras Cuentas Deudoras

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

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ELEMENTO GRUPO CUENTA

7 73 735

IDENTIFICACION DE LA CUENTA CUENTAS DE ORDEN ACREEDORAS PASIVOS ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN DESCRIPCION

Registra los pasivos de las entidades en liquidación que deberán ser pagados a prorrata de la participación que registre cada uno de ellos, observando el orden de prelación determinado en el artículo 167 de la Ley General de Instituciones del Sistema Financiero.

CENTROS DE RESPONSABILIDAD CONTABLE - Dirección de Recuperación Financiera - Dirección Administrativa

DINAMICA CONTABLE SE DEBITA

SE ACREDITA

- Por la cancelación a los acreedores de las entidades en liquidación.

- Por le valor de los pasivos de las entidades en liquidación que deberán ser cancelados con los recursos provenientes de los activos transferidos, cuando los realice el banco.

DISPOSICIONES LEGALES:

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

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ELEMENTO GRUPO

7 74

IDENTIFICACION DE LA CUENTA CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS POR CONTRA DESCRIPCION

Registra la contrapartida de las operaciones que por su naturaleza no afectan o influyen en la situación financiera de la institución, registradas en las cuentas de orden deudoras. El registro de estos conceptos se lo realiza en moneda nacional a su valor nominal y en moneda extranjera al tipo de cambio oficial, simultáneamente al momento de afectar las cuentas de balance que registran las operaciones fuente, en los casos que amerite. El saldo que reflejen las cuentas de orden y sus respectivos auxiliares deberán estar respaldados con los documentos, bienes o especies que físicamente se encuentran en poder del Banco. El control de las cuentas de orden, así como la custodia de los documentos es responsabilidad de cada una de las áreas.

CONTENIDO CODIGO 741 742 743 745 746 747 748 749

DISPOSICIONES LEGALES: Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

CUENTAS - Especies Monetarias - Formularios - Bienes y Valores Recibidos - Pasivos Entidades en Liquidación - Cobranzas - Créditos del Exterior - Créditos Especiales - Otras Cuentas Acreedoras

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

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ELEMENTO GRUPO CUENTA

7 74 745

IDENTIFICACION DE LA CUENTA CUENTAS DE ORDEN DEUDORAS POR EL CONTRARIO PASIVOS ENTIDADES EN LIQUIDACIÓN DESCRIPCION

Registra la contrapartida de los registros que se realicen en la cuenta 735 "Pasivos entidades en liquidación".

CENTROS DE RESPONSABILIDAD CONTABLE - Dirección de Recuperación Financiera - Dirección Administrativa

DINAMICA CONTABLE SE DEBITA

SE ACREDITA

- Por le valor de los pasivos de las entidades en liquidación que deberán ser cancelados con los recursos provenientes de los activos transferidos, cuando los realice el banco.

- Por la cancelación a los acreedores de las entidades en liquidación.

DISPOSICIONES LEGALES:

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

BANCO CENTRAL DEL ECUADOR MANUAL GENERAL DE CONTABILIDAD

ELEMENTO GRUPO CUENTA SUBCUENTA:

2 26 268 2681

IDENTIFICACION DE LA CUENTA PASIVO CUENTAS POR PAGAR CUENTAS POR PAGAR VARIOS ACREEDORES DESCRIPCION

Registra las obligaciones en moneda nacional y extranjera, contraídas por el Banco Central del Ecuador con terceros, por operaciones no clasificadas en las cuentas anteriores, así como también las retenciones efectuadas a empleados y proveedores en cumplimiento de disposiciones legales, por compromisos con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social con el Ministerio de Finanzas (impuesto a la renta), retenciones judiciales, primas de seguro de vida y asistencia médica y los sobrantes en inventarios. Incluye los sobrantes de caja, los mismos que deberán permanecer inmovilizados hasta su transferencia al Instituto Nacional del Niño y la Familia INNFA. Las pérdidas o utilidades efectivas en cambios se registrarán en las Subcuentas 1955 ó 2955 "Diferencias Efectivas en Cambios" . Los ajustes por variaciones en el tipo de cambio oficial, se efectuarán con débito o crédito al Grupo 46 "Resultados No Operativos Deudores" o Grupo 56 "Resultados Operativos Acreedores, según sea el caso.

CENTROS DE RESPONSABILIDAD CONTABLE - Todos los Centros de Responsabilidad Contable.

DINAMICA CONTABLE SE DEBITA

SE ACREDITA

-Por el pago de las obligaciones.

-Por las obligaciones contraídas por el Banco Central del Ecuador con terceros.

-Por la entrega de las retenciones a los beneficiarios.

-Por el valor de las retenciones a los haberes de los empleados y jubilados. -Por el valor de los sobrantes en inventarios. -Por los ajustes debido a la elevación del tipo de cambio oficial.

-Por entrega al Instituto Nacional del Niño y la Familia INFA. -Por los ajustes debido a la contracción del tipo de cambio oficial. -Por el pago de la obligaciones a los acredores de las entidades en liquidación con los valores generados en las ventas de los bienes y valores transferidos. -Por transferencia al Ministerio de Finanzas de los valores no reclamados por los acreedores de las entidades en liquidación.

DISPOSICIONES LEGALES: Art. 200 de la Ley General de Instituciones Financieras. Resolución No. JB-2009-1427 de 21 de septiembre del 2009

-Por el valor de la venta de los activos transferidos de las entidades en liquidación. -Por el valor de la reversión de la provisión cuando se relaice la venta de los bienes y valores transferdios de las entidades en liquidación.

RESOLUCIÓN No. SBS-2009-695 ACTUALIZADO AL: 11 de diciembre del 2009

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