BASES PARA LA APERTURA DE UN PROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANA EN RELACION CON LA CELEBRACION DE FESTEJOS TAURINOS EN EL MUNICIPIO DE XIRIVELLA

Àrea de Secretaria Servei de Contractació i Règim Jurídic Negociat d’Actes BASES PARA LA APERTURA DE UN PROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANA EN RELACIO

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Àrea de Secretaria Servei de Contractació i Règim Jurídic Negociat d’Actes

BASES PARA LA APERTURA DE UN PROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANA EN RELACION CON LA CELEBRACION DE FESTEJOS TAURINOS EN EL MUNICIPIO DE XIRIVELLA.

A partir de la declaración constitucional del artículo 9.2 de la Constitución Española, que prevé que corresponde a los poderes públicos facilitar la participación de la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social, y de lo preceptuado por el artículo 23.1 de la Constitución Española, que señala que la ciudadanía tiene el derecho a participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes, queda delimitada la obligación de los poderes públicos de permitir la participación de la ciudadanía en la vida pública, como determina, a su vez, el art. 70.bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, de forma que la participación ciudadana es el conjunto de acciones o iniciativas que tienen por objeto impulsar el desarrollo local y la democracia participativa. Así, a través de la participación ciudadana en el ámbito local se fomenta la integración de la comunidad en el ejercicio de las políticas municipales de tal manera que se facilita tomar parte en las decisiones del gobierno de manera independiente y sin necesidad de formar parte de la administración pública , de un partido político o de realizar una Consulta Popular conforme a lo establecido en el art. 71 de la Ley 7/85 de Bases de Régimen Local. Durante los últimos años se viene imponiendo y potenciando la necesidad de articular procesos de participación pública como mecanismo de identificación e incorporación de las preocupaciones, necesidades y valores de los distintos agentes en la toma de decisiones. Una correcta participación pública consiste en un proceso de comunicación bidireccional que proporciona un mecanismo para intercambiar información y fomentar la interacción entre los vecinos (o los agentes sociales) con el Ayuntamiento de tal manera que: • • •

Se aporta el punto de vista de los agentes implicados que puede mejorar los proyectos y planes, además de mejorar proyectos ya impuestos. Demuestra un compromiso con una gestión eficaz y transparente. Potencia el papel de los agentes aumentando la aceptación general de los proyectos y decisiones.

A tal efecto, al margen de las previsiones que la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local realiza sobre la Consulta Popular, esta Administración entiende necesario articular procedimientos alternativos a la previsión del artículo 71 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, de forma que Pl. de la Concòrdia, 6 46950 Xirivella Telèfon 963 135 050 Fax 963 703 179 www.xirivella.es CIF P4611200-I

Barris de Sant Ramon i Mont de Pietat C/ Montealegre, 6 46950 Xirivella Telèfon 963 836 424

Barri de la Llum C/ Constantí Llombart, 1 46950 Xirivella Telèfon 963 830 657 a/e: [email protected]

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así la Corporación pueda recibir el parecer de la ciudadanía en asuntos de interés local. En ese sentido, se parte de la necesidad de saber qué opinan los/las vecinos/as del municipio de Xirivella sobre la posible autorización de celebración de festejos taurinos tradicionales en este municipio, al amparo de las previsiones del Decreto 31/2015, de 6 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de festejos taurinos tradicionales en la Comunitat Valenciana (bous al carrer), dado que en los últimos tiempos se han evidenciado sensibilidades y disparidad de posicionamientos en la materia. Así, mediante un proceso de participación ciudadana regulado mediante las presentes bases, que en modo alguno es una consulta popular, se pretende recoger el parecer de los/las vecinas sobre la materia arriba mencionada. Por ello se abre un proceso de participación ciudadana para determinar la autorización de celebración de los festejos taurinos en el municipio con las siguientes bases: 1.- Objeto y convocatoria del proceso de participación ciudadana. La convocatoria del proceso de participación ciudadana se realizará mediante acuerdo plenario, cuya finalidad es la de recoger el parecer de los/las vecinos sobre la posible autorización de festejos taurinos tradicionales en el municipio de Xirivella, entendiéndose como tales los previstos en el artículo 2 del Decreto 31/2015, de 6 de marzo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de festejos taurinos tradicionales en la Comunitat Valenciana (bous al carrer), que prevé que se consideran festejos taurinos tradicionales (bous al carrer) los espectáculos en los que, popularmente, se sueltan, conducen, corren, torean o recortan reses bravas, sin que, en ningún caso, haya lidia de la res. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el art. 1.2 de dicha norma, se entenderán incluidas en este concepto las modalidades de suelta de vaquillas, toro embolado, encierros, exhibición de toros cerriles, bou a la mar, toro ensogado, concurso de recortadores y bou de corro, así como aquellas modalidades cuyo carácter tradicional esté debidamente acreditado en el territorio de la Comunitat Valenciana. En todo caso, independientemente del resultado del proceso, el Ayuntamiento de Xirivella no realizará las actuaciones propias de un organizador o promotor de este tipo de festejos. 2.- A tal efecto, se establece la siguiente PREGUNTA en el proceso de participación ciudadana, para que los/las vecinos/as se pronuncien en base a una de las respuestas que se ponen a su disposición: ¿QUIERE QUE HAYA FESTEJOS TAURINOS EN XIRIVELLA? A la cual los/las vecinos/as deberán responder a una de las dos respuestas que ofrece la Administración: - SI 2/7

- NO 3.- Para la supervisión y correcto funcionamiento del proceso de votación, se crea una comisión de seguimiento y control formada por técnicos/as municipales y miembros corporativos, cuyas funciones son las siguientes: - Velar por el correcto desarrollo del proceso de participación ciudadana y resolución de criterios interpretativos sobre las presentes Bases. - Asesorar, con carácter no vinculante, al órgano convocante del proceso. - Aplicar el contenido de las bases aprobadas durante el proceso de votación. - Actuar como supervisores del proceso de votación y de las posibles incidencias que pudieran surgir. La comisión de seguimiento y control estará compuesta por: • •

Presidente: El Alcalde o concejal/a en quien delegue, mediante resolución expresa. Vocales: Los/las técnicos/as municipales que se designen mediante resolución expresa de la Alcaldía-Presidencia y un/a representante de los distintos grupos políticos con representación municipal en el Ayuntamiento, nombrado por la Alcaldía-Presidencia mediante resolución expresa, a propuesta de los grupos políticos con representación municipal. En caso de que un grupo no proponga representante alguno/a, la Alcaldía-Presidencia procederá a designar al/la portavoz de dicho grupo, en aras de evitar dilaciones indebidas en la celebración del presente proceso.

Para lo no previsto en las presentes Bases, se estará a lo dispuesto en la normativa aplicable en materia de procedimiento administrativo común para el funcionamiento de la Comisión de seguimiento y control.

4.- Definición y composición de las mesas de participación ciudadana. Las mesas de participación ciudadana serán los órganos ante los que se efectúa la votación en el presente proceso de participación ciudadana. Cada mesa estará compuesta por funcionario elegido por la AlcaldíaPresidencia del Ayuntamiento de Xirivella, mediante Resolución expresa, entre los/las funcionarios/as municipales de carrera del Ayuntamiento, a los que les corresponderá las siguientes funciones: a) Apoyar a los participantes para que puedan ejercer adecuadamente el proceso de participación. b) Identificar a las personas llamadas a participar.

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c) Custodiar la lista de personas llamadas a participar, autorizar la emisión del voto y registrar a los participantes. d) Efectuar públicamente el recuento provisional de las respuestas y hacerlo constar en el acta correspondiente, junto a las incidencias producidas. e) Velar por disponer del material necesario para llevar a cabo la consulta. Los/las agentes sociales implicados podrán solicitar previamente que se designen supervisores/as del proceso de participación, al margen de la Comisión de seguimiento y control, para velar por el correcto desarrollo del mismo. Para ello, deberán presentar por registro de entrada entre los días 15 a 18 de febrero de 2016, la solicitud que a tal efecto ponga a su disposición el Ayuntamiento, acompañada de una copia compulsada del DNI. Los/las supervisores/as se podrán turnar a lo largo del proceso, si así lo desean, pudiendo estar en cada turno, un máximo de 2 supervisores/as por mesa. Dichos supervisores/as deberán ser designados mediante resolución expresa de la Alcaldía-Presidencia. 5.- Cesión de paneles para la información sobre las opciones a elegir en el proceso. Se cederán proporcionalmente los paneles ubicados en los colegios públicos destinados a propaganda sobre las dos opciones a elegir en el presente proceso de participación, para que los actores del proceso de participación ciudadana, que previamente lo soliciten, puedan colocar información sobre la consulta. Asimismo, los actores del presente proceso podrán llevar a cabo las actuaciones de divulgación y propaganda que estimen oportunas en relación a este proceso, durante los días 15 a 20 de febrero de 2016. A tal efecto, se habilita expresamente el salón de actos del Hogar del Jubilado del Edificio Zamarra, durante los días 15 a 19 de febrero de 2016, para que los actores del proceso de participación ciudadana puedan exponer sus puntos de vista sobre las posturas que se ofrecen en el presente proceso, realizar campañas de divulgación e información, etc. Así, deberán solicitar el uso de dicho local a la Alcaldía-Presidencia, quien procederá a autorizar la utilización del citado local para dicho fin, en el horario que se solicite. 6.- Sistema de Votación: La votación se efectuará los días 22, 23, 24, 25, 26 de febrero de 2016 de 09:00 horas a 14:00 horas y de 17:30 a 19:00 horas y el domingo 28 de febrero de 2016, de 10:00 horas a 14:00 horas, y de 17:00 a 19:00 horas, en el Ayuntamiento de Xirivella. Los vecinos del Barrio de la Luz podrán ejercer su derecho al voto en este proceso los días 22, 23, 24 y 25 de febrero de 2016, en el horario arriba citado, en el Ayuntamiento de Xirivella. Los días 26 de febrero de 2016 y 28 de febrero de 2016, únicamente podrán ejercer su derecho a participar en este proceso en 4/7

la mesa de participación que se habilitará en el Centro Polivalente del Barrio de la Luz, en idéntico horario que la mesa del Ayuntamiento. A tal efecto, se facilitará al/ a la funcionario/a que forme parte de la Mesa de participación ciudadana del Barrio de la Luz para los citados días 26 y 28 de febrero de 2016, un listado en el cual se hayan excluido los/las vecinos/as del Barrio de la Luz que hayan emitido su voto durante la semana en el Ayuntamiento de Xirivella, en aras de evitar duplicidades en las emisiones de votos. Ningún/a vecino/a podrá emitir su voto en dos Mesas de participación ciudadana. El sistema de votación será del de votación presencial, sin que quepa la emisión del voto mediante autorización a otra persona distinta de quien debe emitir el voto. El voto en el presente proceso de participación será único y secreto, según las papeletas que ponga a disposición el Ayuntamiento de Xirivella, sin que pueda admitirse cualquier voto emitido en papeleta distinta de la autorizada por esta Administración. 7.- Ámbito territorial del proceso: El ámbito territorial del proceso de participación ciudadana será el término municipal de Xirivella. 8.- Participantes: Podrán participar todos/as los/las vecinos/as empadronados/as en Xirivella mayores de 18 años a fecha de la convocatoria del proceso de participación ciudadana. No obstante lo anterior, podrán votar los/las vecinos/as debidamente empadronados/as en el municipio a fecha de la convocatoria que tengan cumplida la edad mínima para poder participar en el presente proceso el día señalado para la votación. El Ayuntamiento de Xirivella habilitará en el Ayuntamiento durante los días 15, 16, 17, 18 y 19 de febrero de 2016 los medios materiales y personales que sean necesarios para que los ciudadanos y ciudadanas de Xirivella puedan verificar si están incluidos/as o excluidos/as del listado de posibles participantes en el proceso de participación ciudadana, en base a los datos obrantes en el padrón municipal, y comprobar si pueden o no participar en el proceso de votación. Para comprobar la posibilidad de participación, el ciudadano o ciudadana deberá presentar el documento original del DNI, carnet de conducir, pasaporte o tarjeta de residencia ante el funcionario/a habilitado/a , que le informará sobre su inclusión o exclusión. En el caso de no figurar en el listado, el/la ciudadano/a interesado/a podrá presentar reclamación en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Xirivella y se resolverá en el plazo de 2 días la reclamación presentada, que se notificará al/a la interesado/a, indicando la inclusión o no en dicho listado. 5/7

9.- Lugar de votación: Se dispondrá de 2 mesas de participación ciudadana que se ubicarán en: -

Una en el Centro Polivalente del Barrio de la Luz, los días 26 y 28 de febrero de 2016. Una en el Gabinete de información del Ayuntamiento de Xirivella, durante todo el proceso de participación ciudadana.

El/La vecino/vecina que deposite su voto en una Mesa, no podrá ejercer el derecho a participar en este proceso en otra Mesa. Para emitir el voto, el/la ciudadano/a deberá acreditarse con el DNI, Pasaporte, carnet de conducir o Tarjeta de Residencia original. Por lo tanto, no son válidos los documentos no originales, los documentos en mal estado o los que carezcan de fotografía. Una vez comprobada la inclusión en el listado del presente proceso de participación ciudadana, se procederá a introducir la papeleta en la urna habilitada a tal efecto. Durante la pausa entre las franjas previstas para la votación en el proceso, según el horario arriba señalado, así como finalizada la sesión del pertinente día, el/la funcionario/a de la Mesa procederá a depositar la urna, debidamente precintada, en el Archivo municipal, para su debida custodia. De dicha custodia, el/la funcionario/a suscribirá un acta en la cual haga constar el depósito de la urna en el Archivo municipal y el estado en el que la deposita. Cada día se emplearán urnas distintas, para cada franja horaria prevista para proceder al proceso de participación, en aras de cotejar debidamente el número de votos y garantizar así la transparencia del proceso. Las actas se entregarán a la Secretaría Municipal, el día del recuento, y, celebrado éste, por parte del Ayuntamiento se difundirá el resultado a través del tablón de anuncios del Ayuntamiento y la web municipal, sin perjuicio de su difusión en medios de comunicación para general conocimiento. El día 28 de febrero de 2016, a las 20:00 horas, en el en el Teatro-Auditorio Municipal José Correa del Ayuntamiento de Xirivella, en sesión pública, se procederá a la apertura de las urnas, para su debido recuento, por parte de los/las funcionarios/as de las mesas de participación ciudadana. De dicho recuento, se levantará acta por el responsable de la Secretaría y la AlcaldíaPresidencia, para dejar constancia del resultado del proceso de participación ciudadana. 10-.- Personal colaborador del proceso de participación ciudadana Para llevar a cabo el proceso de participación ciudadana en todas sus fases se contará con el personal funcionario necesario, que percibirá la oportuna compensación económica, según los criterios que se establezcan en correspondencia con las funciones que deban realizar. 6/7

11 .- Normas de funcionamiento generales del proceso de participación ciudadana: - No se repartirán ni buzonearán papeletas por el Ayuntamiento entre los/las vecinos/as. Quien quiera ejercer su derecho a participar dispondrá de las papeletas el mismo día de la votación en las mesas o cabinas que se ubicarán junto a las mesas de participación. - Una vez cerradas las urnas, se procederá a su custodia, para, el día 28 de febrero de 2016, proceder al recuento, que será público, en los términos del artículo 9 de las presentes Bases. - Se considerarán votos nulos aquellos que: - Como norma general serán nulos aquellos votos de los que no pueda deducirse la voluntad del votante. - Aparezcan rotos, tachados o con cualquier tipo de dibujo, raya o comentario. - Aquellos sobres que contengan 2 ó más votos con respuestas diferentes. Si los votos tienen la misma respuesta, se dará por válido únicamente uno de los votos. 12.- Publicidad del proceso de participación ciudadana: El Ayuntamiento de Xirivella procederá a garantizar la publicidad y transparencia durante el desarrollo del proceso de participación ciudadana, en aras de asegurar la mayor participación ciudadana posible. 13.- Confidencialidad de los datos y votaciones del proceso de participación ciudadana: La confidencialidad de los datos y votaciones del presente proceso se garantizará mediante el tratamiento adecuado de la información. A tal efecto, se almacenarán de forma separada los datos relativos al listado de participantes que pueden ejercer su derecho a participar en el presente proceso, así como los datos obtenidos del proceso de participación, sin que quepa establecer vínculo alguno entre ellos, de forma que no se pueda relacionar el resultado de los votos emitidos con la identidad del participante. Los/las integrantes de la Comisión de seguimiento y control, así como los/las funcionarios/as de las Mesas para recoger las votaciones, y cualquier persona relacionada con el desarrollo del proceso, tendrán el deber de guardar reserva en relación con las informaciones que se les faciliten para hacer posible el desarrollo de su función.

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