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SECRETARÍA ACADÉMICA
BIBLIOTECA MARIANO MORENO REGLAMENTO Aprobado por el HCS en la Sesión 606 con fecha 26/11/2015
MISIÓN
La Misión de la Biblioteca Mariano Moreno es brindar a los alumnos, docentes y público en general el acceso a distintas fuentes de información, fomentando y favoreciendo el estudio y la investigación científica.
VISIÓN La Biblioteca Mariano Moreno tiene como visión ser un espacio moderno, agradable y accesible, orientado a los usuarios, referente informativo para la gestión y transmisión del conocimiento, donde las nuevas tecnologías estén al alcance de todos. Vinculada con el exterior e integrada con las metas de calidad y objetivos de la Universidad de Morón.
HORARIO DE ATENCIÓN
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Enero 2ª. Quincena: Lunes a Viernes de 10:00 hs. a 17:00 hs. Febrero: Lunes a Viernes 8:30 a 21:30 hs. Marzo a Diciembre: Lunes a Viernes 8:30 a 21:30 hs. Sábados 9:00 a 15:00 hs.
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USUARIOS Artículo 1°: a) La Comunidad UM (Autoridades, Docentes, Alumnos, Investigadores, Personal UM y de la Fundación Universidad de Morón) accederá a todos los préstamos del Artículo 3°. b) Graduados, podrán acceder al préstamo de Material Bibliográfico in situ, o solicitar en préstamo a domicilio abonando una cuota anual establecida por el HCS. Los mismos accederán a todos los préstamos del Artículo 3°. c) Comunidad Externa, sólo podrá acceder a la consulta en Sala con DNI. Los mismos sólo accederán a los préstamos del Artículo 3°, punto 2.
COLECCIÓN Artículo 2°:
a) Colección General: 1. LIBROS 2. FOLLETOS 3. TESIS – MONOGRAFÍAS Y PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN b) Colección de Referencia: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.
ENCICLOPEDIAS DICCIONARIOS BIBLIOGRAFIAS ESTADISTICAS ANUARIOS MATERIAL AUDIOVISUAL GUÍAS CATÁLOGOS
c) Colección Audiovisual: 1. 2. 3. 4.
VIDEOS DVD CD CASSETTE
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d) Colección Especial: 1. 2. 3. 4.
PRIMERAS EDICIONES EJEMPLARES AUTOGRAFIADOS OBRAS ANTIGUAS MATERIAL BIBLIOGRÁFICO CON CARACTERÍSTICAS ESPECIALES QUE ASÍ LO JUSTIFIQUEN.
e) Colección Virtual: 1. RECURSOS ELECTRÓNICOS DE ACCESO EN LÍNEA. f) Hemeroteca: 1.
PUBLICACIONES PERIODICAS
PRÉSTAMOS Artículo 3º: 1. Préstamo a domicilio: podrán retirar 3 (tres) obras bibliográficas circulantes por vez, de diferentes características, correspondientes a la Colección General (libros y folletos) por el plazo de 7 (siete) días corridos, con la posibilidad de renovarlos de no encontrarse reservados. 2. Préstamo de Sala: podrán concederse hasta 3 (tres) obras por vez correspondientes a las distintas Colecciones bibliográficas de la BMM, con excepción de la Colección Especial, deberán reintegrarse el mismo día en que fuera efectuado el préstamo.
3. Préstamo Especial: a.
Podrán concederse hasta 2 (dos) obras por vez correspondientes a las distintas Colecciones bibliográficas de la BMM, con excepción de la Colección Especial y de Tesis, Monografías y Proyectos de Investigación, que se deberán reintegrar a las 3hs. como máximo de haberse efectivizado el préstamo.
b.
Podrán concederse hasta 2 (dos) obras por vez correspondientes a las distintas Colecciones bibliográficas de la BMM, con excepción de la Colección Especial y de Tesis,
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Monografías y Proyectos de Investigación, por el término de 24 hs., fin de semana y/o feriados. En ambos casos no se permitirá la reserva y/o renovación del material bibliográfico. 4. Préstamo Interbibliotecario: BMM ofrece este servicio para la obtención de material bibliográfico no disponible en su colección. El mismo se ajustará a las normativas establecidas por la Biblioteca y/o Centro de Documentación proveedor. 5. Material Audiovisual: podrán concederse hasta 2 (dos) obras por vez correspondiente a la Colección Audiovisual por el plazo de 3 (tres) días, con la posibilidad de renovarlos de no encontrarse reservados. 6. Hemeroteca: Publicaciones Periódicas, podrán concederse hasta 3 (tres) obras por vez por el plazo de 3 (tres) días corridos, con la posibilidad de renovarlas de no encontrarse reservadas. 7. Material Especial: El Departamento de Biblioteca arbitrará las medidas oportunas para la conservación, seguridad, exposición y consulta de aquellos documentos que por su antigüedad o valor especial ameriten un tratamiento particular, como manuscritos, libros y otros impresos antiguos, raros y curiosos, así como de otros documentos cuya custodia se encargue la BMM.
RESERVA DE MATERIAL Artículo 4º: 1. Los Usuarios podrán reservar material bibliográfico cuando no hubiere ejemplares de préstamo disponibles. 2. El Usuario podrá efectuar las reservas personalmente en la Biblioteca, con un máximo de hasta 3 (tres) ejemplares circulantes, de diferentes características. 3. La reserva caducará a las 24 hs. del día de vencimiento de la misma.
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MORA Artículo 5°: 1. Todos los Usuarios que no reintegren el material en el plazo establecido, se los inhabilitará de la siguiente manera: a) La 1a. vez: dos semanas de suspensión de préstamo de libros; b) La 2a. vez: un mes de suspensión de préstamo de libros; c) La 3a. vez: abonará la multa económica, de acuerdo a lo establecido por el HCS. d) Sala Externa: el no cumplimiento de las 3 hs. de préstamo, abonará la multa económica, establecida por el HCS. 2. Pasado el límite de días señalados, se elevará informe detallado a las autoridades que correspondan, a fin de evaluar la situación del Usuario. 3. Los usuarios que deterioren o extravíen MB de la Biblioteca, deberán reponerlo, con las características de edición o producción con que se hubiere inventariado o de una edición posterior. 4. Si la mora fuera ocasionada por razones laborales y/o enfermedad, será contemplada presentando certificados que así lo justifiquen. 5. Los acontecimientos especiales (paro de transporte, climáticas y otros) podrán ser apeladas ante BMM.
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6. Todas las sanciones tienen validez anual.
ESPACIOS DE CONSULTA Artículo 6°: 1. Sala Parlante: de trabajo individual y/o grupal, está permitido hablar en voz baja.* 2. Sala Silenciosa: de trabajo individual, no está permitido hablar.* 3. Mediateca: sala de trabajo individual y/o grupal, destinada para consultar el material multimedia pertenecientes a la BMM o propio, que tengan relación Académica. *Ambas Salas se encuentran destinas a la consulta de material bibliográfico de BMM o propio. Estos espacios se encuentran disponibles para realizar talleres y/o clases Académicas reservando previamente los mismos.
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DONACIONES Artículo 7°: La BMM para el mencionado fin, se ajustará a lo establecido en los “Lineamientos de Recepción de Donaciones de material bibliográfico para la BMM” aprobado según Acta N° 594 del HCS, Sesión del 26 de Febrero de 2015.
NORMAS DE CONVIVENCIA Artículo 8°: ·
Respetar los procedimientos del SGC, del presente Reglamento y las indicaciones del personal de Biblioteca.
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Usar en forma correcta los materiales, equipo y planta física de la Biblioteca.
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Las computadoras existentes dentro de la BMM, serán utilizadas: Comunidad UM: para consulta del catálogo y de las Bases de Datos en línea. b. Comunidad Externa: solo para la búsqueda de material bibliográfico en el catálogo online. En ambos casos no se podrá utilizar las Redes Sociales y el paquete Office. a.
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Mantener un ambiente propicio para el estudio y la lectura, manteniendo el orden en sus dependencias.
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Mostrar las pertenencias en el control de salida, de ser requerido.
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Podrán utilizar grabadora y computadora personal portátil con batería propia en Sala Parlante. En Sala Silenciosa utilizar estos elementos en modo silencioso.
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Registrar todo el material a retirar en el Sector de Préstamos.
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No se podrá renovar el material bibliográfico en préstamo de encontrarse el mismo reservado por otro usuario.
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Preservar el material. No mutilar los libros: no arrancar páginas, no dañar tapas o encuadernación, no marcar ni subrayar o provocar ningún tipo de perjuicio contra el material bibliográfico de la biblioteca.
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Utilizar correo electrónico e institucional sólo para el envío de material bibliográfico digital académico.
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No abrir intencionalmente la Puerta de Emergencia ni activar cualquier Sistema de Alarma sin justificación.
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No fumar.
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No usar teléfonos celulares: los usuarios deben apagar o poner en modo silencioso su celular al ingresar a la biblioteca; los llamados solo pueden hacerse y recibirse fuera de la misma.
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No consumir alimentos ni bebidas en los sectores que no estén destinados para tal fin.
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Utilizar los lockers y/o bolsos de seguridad para el resguardo de las pertenencias personales. BMM no se responsabilizará por las pertenencias faltantes.
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El material bibliográfico prestado no es transferible; exceptuando que el usuario de la Comunidad UM, por causas que lo ameriten, se encuentre imposibilitado de concurrir personalmente. En tal caso, se deberá entregar una autorización por escrito, presentando credencial UM y conceder la Clave Única de Usuario a un tercero para realizar el préstamo.
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El usuario es responsable de devolver el material a tiempo y en buen estado.
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En el caso de ocasionarse daño al material o equipo u otra anomalía, la Biblioteca labrará un informe y elevará los antecedentes a la autoridad competente de la UM, para su consideración y efecto.
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La BMM se reserva el derecho de admisión y permanencia en caso de incumplimiento de las normas de convivencia.
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Las Autoridades de la UM con las Unidades Académicas que correspondieren, resolverán los casos no contemplados en este Reglamento o que requieran la interpretación del mismo.
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