Chol-Chol, Marzo de Comité de Convivencia Escolar Colegio William Wilson de Chol-Chol

Reglamento Interno, Plan de Gestión y Manual de Convivencia Escolar del Colegio Anglicano William Wilson de Chol-Chol: Desde una construcción particip

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Reglamento Interno, Plan de Gestión y Manual de Convivencia Escolar del Colegio Anglicano William Wilson de Chol-Chol: Desde una construcción participativa y hacia la promoción de un clima que facilite el aprendizaje escolar.

Comité de Convivencia Escolar Colegio William Wilson de Chol-Chol

Chol-Chol, Marzo de 2016.

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Presentación. El “Manual (Plan de Gestión) de Convivencia Escolar del Colegio William Wilson de Chol-Chol: Desde una construcción participativa y hacia la promoción de un clima que facilite el aprendizaje escolar”, es un trabajo que la unidad educativa está desarrollando durante el año 2014 con la participación de todos(as) los actores educativos a través de sus representantes. Para tales efectos, la unidad constituyó el Comité de Convivencia Escolar y ha procedido a elaborar protocolos de acción validados por el Comité y por el Consejo de Profesores, de tal forma que las medidas de promoción y prevención de la buena convivencia escolar surjan desde su reglamento interno y desde la cotidianeidad del establecimiento. Por tanto, el presente Manual recoge las orientaciones del MINEDUC y a través de la construcción de un modelo propio, espera abordar de manera efectiva la generación de una buena convivencia escolar para el desarrollo de un clima escolar que potencie los aprendizajes de nuestros(as) estudiantes.

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Modelo (Plan de Gestión) de Promoción de la Convivencia Escolar del Colegio William Wilson de Chol-Chol. 1.-Descripción: El modelo de Convivencia Escolar del Colegio Wilson de Chol-Chol, basa sus fundamentos en los fundamentos de Convivencia Escolar del Ministerio de Educación y las leyes que lo rigen y por lo tanto, pretende orientar las acciones educativas en función del desarrollo integral de los(as) estudiantes, tanto en su crecimiento personal como en su inserción activa y participativa en la sociedad. Para el Colegio William Wilson, el trabajo en convivencia escolar ejercita en los(as) estudiantes en cómo vivir y relacionarse con los(as) demás en los diversos espacios de interacción escolar, socioeducativo y familiar. Desde este marco, la unidad educativa aborda la promoción de la convivencia escolar como la coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes. La convivencia escolar es la suma de relaciones entre las personas de una comunidad, sustentada en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la comunidad educativa. Tiene un enfoque eminentemente formativo, es decir, que se debe enseñar y aprender una suma de conocimientos, habilidades y valores que permitan poner en práctica la tolerancia y la vida en paz y armonía con otros, debido a que la tolerancia es la base para el ejercicio de la ciudadanía. En la escolaridad, estos aprendizajes están establecidos tanto en los Objetivos Fundamentales Transversales como en los Objetivos Fundamentales Verticales del currículum nacional. Este enfoque formativo contiene una dimensión de promoción que contiene la prevención, donde se potencia el desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes que permiten formar personas autónomas, capaces de tomar decisiones personales y anticiparse a las situaciones que amenazan o alteran la convivencia, cautelando en todo momento el proceso formativo y las estrategias pedagógicas. En este sentido, la dimensión promoción implica superar la noción de riesgo y no se limita a informar o prohibir, sino que apunta a formar para actuar con anticipación. 2.-Del trabajo en Convivencia Escolar en el Colegio William Wilson: Desde el marco de convivencia escolar aportado por el Mineduc, el Colegio William Wilson desarrolla su modelo de intervención y trabajo en Convivencia Escolar en tres ejes fundamentales (Figura Nº 1): 1.-Enfoque formativo, ya que se enseña y se aprende a vivir con otros. 2.-Participación y compromiso de toda la comunidad educativa, de acuerdo a los roles, funciones y responsabilidades de cada actor y estamento.

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3.-Todos los actores de la comunidad educativa son sujetos de derecho y de responsabilidades, y deben actuar en función del resguardo de la dignidad de todos y todas. El fundamento del Colegio William Wilson en el ámbito de la Convivencia Escolar es orientar las acciones, iniciativas y programas que promuevan y fomenten la comprensión y el desarrollo de una convivencia escolar inclusiva, participativa, solidaria, tolerante, pacífica y respetuosa, en un marco de equidad de género y con enfoque de derechos. De este fundamento se desprenden los siguientes objetivos específicos: 1.-Fortalecer la comprensión de la dimensión formativa de la convivencia escolar en la unidad educativa, y resituarla como el componente central de la gestión institucional. 2.-Fortalecer la enseñanza de los conocimientos, habilidades, actitudes y valores propuestos en los Objetivos Transversales, como los aprendizajes básicos para el ejercicio de la convivencia escolar. 3.-Promover el compromiso y la participación de la comunidad educativa, en la construcción de un proyecto institucional que tenga como componente central la convivencia escolar, y el ejercicio de los derechos y deberes de cada uno de los actores. 4.-Fomentar en todos los actores sociales y de la Comunidad Educativa, una comprensión compartida de la prevención, la resolución de conflictos y la violencia escolar, incluido el acoso sistemático o bullying, desde una perspectiva formativa. 5.-Promover una comprensión formativa de la Convivencia Escolar en las estrategias y acciones preventivas que implementa la unidad educativa, el sistema administrativo en el cual se encuentra inserto u otras instituciones en las comunidades educativas. 2.1.-Cómo resolver conflictos asociados a bullying o acoso escolar: El bullying o acoso escolar debe ser tratado de acuerdo a protocolos claros que estén dirigidos a mejorar la convivencia escolar, lo anterior significa que se debe trabajar sobre la base de los tres elementos que sustentan la Ley 20.536 chilena (Figura Nº 2): : 1.-Desde un enfoque formativo y desde el cual se enseñe y se aprenda a vivir con otros. 2.-Con la participación y compromiso de toda la comunidad educativa, de acuerdo a los roles, funciones y responsabilidades de cada actor y estamento. 3.-Desde la convicción que todos los actores de la comunidad educativa son sujetos de derecho y de responsabilidades, y deben actuar en función del resguardo de la dignidad de todos y todas. Lo anterior significa que para normalizar la crisis de la convivencia escolar provocada por el bullying o acoso escolar se deben establecer Pautas de Intervención y líneas de intervención claramente definidas: a).-Pautas de intervención:

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Para hablar con un niño que ha sufrido las agresiones de sus compañeros, de aquéllos a los que antes consideraba sus amigos, hay que ser muy cuidadosos con el tono empleado, cualquier resquicio de ira o de rabia puede victimizarle una segunda vez. Se está frente a un niño que ha perdido la confianza en sus semejantes. Es muy importante no culpar al niño de su situación y para ello es básico responsabilizar de la violencia a aquéllos que la ejercen y no a la víctima. El niño tiene que sentir que se le comprende, además de que se le compadece, que frente a su situación se reaccionaría de la misma forma. No se puede pensar que es una persona débil, porque ciertamente no lo es: aguantar los atropellos que ha tenido que soportar sin casi reclamar demuestra mayor resistencia y valor de lo que se piensa a primera vista. No se debe olvidar que el acoso tiene lugar cuando la futura víctima se rebela a la sumisión que demanda el líder, por tanto, se está frente a un niño que tenía un buen auto-concepto al inicio del acoso; como mínimo lo suficientemente bueno como para resistir a las presiones manipuladoras del agresor de turno. Es precisamente romper esa resistencia, el fin último de la violencia psicológica. A menudo el líder manipulador no es el mismo que ejerce la máxima violencia contra la víctima, dado que como buen manipulador ha conseguido rodearse de aliados que le hacen el trabajo sucio. Si no se sabe identificar bien quién es el líder manipulador la intervención sobre el grupo acosador fracasará. Las pautas de intervención descansan básicamente sobre los profesores dado que son los más aptos para intervenir dentro del contexto escolar. En las reuniones de los profesores con los padres del niño-víctima hay que dejar claro que no se van a tolerar más agresiones y además hay que buscar la colaboración y el compromiso de la dirección escolar y diseñar conjuntamente el plan de intervención. b).-Líneas de intervención: El plan de intervención consta de dos apartados: la intervención escolar a través del Comité de Convivencia Escolar y la intervención familiar. Dentro de la intervención escolar hay que distinguir el trabajo del Comité de Convivencia Escolar, que recaerá sobre todos(as) los actores de la unidad educativa. El funcionamiento de este Comité de Convivencia Escolar no debe ser menos valorado, dado que habrá que contar con la colaboración de todos los actores del centro para implementar medidas disuasivas de otros posibles acosos. Todo proyecto de intervención ha de incidir en tres aspectos al mismo tiempo, sobre el niño-víctima, sobre los agresores y sobre el grupo-clase, y ello a través de acciones coordinadas desde el profesorado y desde el Comité de Convivencia Escolar, los padres y la dirección educativa. El grupo-clase ha presenciado, en varias ocasiones, las agresiones al niño-víctima y se ha sentido atemorizado frente al grupo acosador. Las actitudes intimidantes y agresivas del grupo acosador hacia el niñovíctima provoca en los otros niños, que lo presencian y que se ven forzados a no poder actuar a causa del miedo, una grave sensación de indefensión. A estos niños se les puede considerar víctimas secundarias del bullying dado que están sometidos a formas insanas de relacionarse. La intervención familiar ha de incluir el trabajo tanto con la familia del niño-víctima, como con los padres del niño-agresor y también con los padres de los otros niños-acosadores. Se distinguen los tres grupos dado que las intervenciones serán diferentes para cada uno de ellos. 5

2.2.-Objetivo General del modelo de Promoción de la Convivencia Escolar del Colegio William Wilson de Chol-Chol. Implementar un modelo de gestión participativo en convivencia escolar en el Colegio Anglicano William Wilson de Chol-Chol. 2.3.-Objetivos Específicos del modelo de Promoción de la Convivencia Escolar del Colegio William Wilson de Chol-Chol.  Promover un rol activo del comité de convivencia escolar creado por la Ley 20.536 en el Colegio Anglicano William Wilson de Chol-Chol.  Situar el foco del trabajo del comité de convivencia escolar del Colegio Anglicano William Wilson de Chol-Chol en la prevención y promoción de una buena convivencia escolar.  Elaborar protocolos de actuación para los problemas de convivencia escolar existentes en el establecimiento.  Promover una presencia y acción permanente del comité de convivencia escolar al interior de la unidad educativa en búsqueda de la generación y predominio de la buena convivencia y mejora escolar. 3.-Acciones a desarrollar para la promoción Convivencia Escolar del Colegio William Wilson de Chol-Chol. 1. Formación del Comité de Convivencia Escolar de la unidad educativa. 2. Diseño al interior del Comité de una estrategia participativa de todos los actores de la unidad educativa que prevenga y promueva la buena convivencia escolar. Esto se traducirá en acciones por nivel, tipo de actores de la comunidad educativa. 3. Diseño de protocolos de actuación para los problemas de convivencia presentes en el establecimiento. 4. Realización y difusión de las actividades de promoción y prevención de la buena convivencia escolar. 5. Evaluación del trabajo realizado y funcionamiento del Comité. 4.-Metodología del modelo de Promoción de la Convivencia Escolar del Colegio William Wilson de Chol-Chol. La estrategia a utilizar tendrá un carácter participativo, ya que involucrará a diferentes actores de la unidad educativa: 1. 2. 3. 4. 5. 6. .

Director del establecimiento. Sostenedor o su representante. Profesor(a) Encargado(a) elegido por sus pares. Presidente(a) del centro de padres y apoderados. Presidente(a) del centro de alumnos(as). Asistente de la Educación elegido por sus pares.

La idea de la participación, pretende darle un carácter de funcionamiento permanente al Comité de Convivencia Escolar de la unidad educativa, de tal 6

forma que a través de su trabajo, efectivamente se prevenga y promueva la buena convivencia escolar. 5.-Plan de Gestión 2016. Programación de las actividades de promoción de la Convivencia Escolar del Colegio William Wilson de Chol-Chol. FASE INICIAL O DIAGNOSTICA Acciones

Responsables

Recursos

Resultado(s)

Evidencia

a) Diagnóstico de la situación actual y de acciones realizadas en el Colegio.

Coordinadores de Ciclo, Profesores, Encargado de informática educativa y Depto. Psicoeducativo

Información existente sobre acciones realizadas

Base de datos

Informe de la situación actual de convivencia escolar

b) Aplicación de encuesta de percepción sobre el acoso escolar y conflicto entre pares.

Encuesta sobre convivencia escolar

FASE DE DIFUSION Y PROMOCION Acciones Charlas motivacionales y Talleres de promoción del buen trato

Responsables Coordinador de convivencia Profesores del colegio

Semana de la Convivencia Escolar

Coordinadores Profesores del colegio

Herramientas y habilidades de buen trato al servicio del liderazgo estudiantil

Profesores Depto psicoeducativo

Recursos Relator-experto

Resultado(s) Comunidad escolar Recursos informada y pedagógicos motivada en la (digitales como promoción de videos o una buena presentaciones) convivencia material fungible Registro de reflexión de los grupos de trabajo sobre la importancia del buen trato Programa de Muestra actividades artística sobre la buena convivencia Material Mejora de fungible prácticas de liderazgos de Recursos los estudiantes audiovisuales

Evidencia Lista de asistencia Portafolio Evaluación de charlas y talleres

Registro de actividades realizadas Informe de los profesores

FASE DE PREVENCION Acciones

Responsables

Recursos

Resultado(s)

Evidencia

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Trabajo Preventivo del programa SENDA, tratar temas como: Alcohol, drogas, abuso sexual, etc. en Pre básica, básica y Ed. Media

Coordinador y profesores pre básica, básica y Ed. Media

Implementación  Departamento del plan de Psicoeducativo formación  Educación Cristiana Valórica. Temas: Sexualidad Alcohol y Drogas Bulliyng Otros Implementación Asistentes de turno del programa “Patio Activo”

 “Descubriendo el Gran Tesoro” es un programa de prevención universal en educación parvulario, dirigido a niños que cursan los tramos de medio mayor y primer y segundo nivel de transición (de 3 a 6 años).  Manuales de programa SENDA Plan de Formación Valórica

Fomento del buen trato y buenos hábitos

Portafolio de actividades

Reflexión, vivencias de los valores contenidos en el Proyecto Educativo

Pauta de observación de Consejo de Curso registro de asesoría a profesores

Implementación deportiva

Fomento del buen trato y sano esparcimiento

Informe de cumplimiento de turnos

FASE DE PREVENCION Acciones Recepción de denuncia

Análisis , medidas formativas y resolución del Consejo Escolar Seguimiento

Responsables Profesores, jefes de Depto. Miembros del consejo escolar o Director Comité de Convivencia Escolar

Recursos Protocolo de intervención de acoso escolar y conflicto entre pares

Comité de Convivencia Escolar

Pauta de evaluación de la intervención en casos de conflicto entre pares o acoso escolar

Protocolo de intervención de acoso escolar y conflicto entre pares

Resultado(s) Institucionalización del conflicto, acciones y abordaje del problema Implementación de medidas formativas

Evidencia Registro de entrevistas, fichas y antecedentes de casos Registro de evidencias

Seguimiento y cierre de intervenciones

Acta de seguimiento

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Reglamento Interno y de Convivencia Escolar “La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben”.

Chol-Chol, Marzo de 2016. REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR. 9

I.-INTRODUCCIÓN. El presente reglamento interno establece las disposiciones generales por las que se regirá nuestro establecimiento educacional. Tiene un carácter flexible, ya que se podrán efectuar las modificaciones necesarias de acuerdo a la realidad cambiante de la Unidad Educativa y a las distintas situaciones que se presentan durante el desarrollo del proceso educativo, para satisfacer las necesidades derivadas de las demandas de la población escolar que atiende y de la comunidad local en la cual se encuentra inserta. El Reglamento Interno y de Convivencia del Colegio Anglicano William Wilson de Chol Chol, está directamente relacionado con el PEI del establecimiento y está redactado considerando las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, tanto de tipo educacional como laboral. II.-FUNDAMENTACIÓN. La finalidad de la Educación es el desarrollo pleno desde la niñez hasta la etapa adulta involucrando en este desarrollo aspectos físicos intelectuales y espirituales, de tal forma de transformarlo en un ser integral. La iglesia, la familia, el hogar y el entorno, influyen considerablemente en la educación y en la disciplina de los alumnos; las normas básicas y elementales del comportamiento humano son responsabilidades compartidas de la familia, la escuela y el entorno natural. Para ello la educación se debe preocupar del desarrollo progresivo del educando, enriquecerlo en el aspecto cultural, espriritual, valórico y de disciplina, este último es un valor fundamental en la formación de la persona; es un acto de respeto consigo mismo y con los demás, de adhesión y lealtad al grupo al cual pertenece; la disciplina estudiantil debe ser considerada como el dominio de sí mismo para ajustar la conducta a las exigencias del trabajo de tal forma que se pueda integrar a la sociedad y desarrollar sus potencialidades. Para hacer frente con éxito a los retos del futuro, la educación hoy en día esta afrontado grandes cambios paradigmáticos, que implican una nueva actitud, innovación del currículo y del quehacer pedagógico. La puesta en marcha requiere de un gran desafío para quienes tienen la misión de educar, asumir una vocación de servicio, identidad, compromiso y de cambio positivo. Sobre esta base y de las nuevas oportunidades y desafíos que demanda la sociedad, y de acuerdo a lo estipulado en la LGE, se espera superar las debilidades existentes y aumentar las fortalezas educativas. La educación contribuye finalmente a desarrollar todas las dimensiones del hombre, de tal forma que sea dedicado y autónomo en sus decisiones y su preocupación sea su bienestar personal y el de aquellos que lo rodean, de acuerdo a una dimensión confesional cristiana. El rol de la educación y del educador no es sólo preocuparse de cumplir con los programas de estudios vigentes, sino también de la formación de hábitos, valores, actitudes y el desarrollo de habilidades intelectuales, físicas y artísticas que los educandos necesitan para el equilibrio, crecimiento y 10

fortalecimiento de su personalidad en forma armónica, haciendo hincapié en la formación de la disciplina como fundamento para lograr aprendizajes eficientes. El profesor, más que un mero instructor de saberes y conocimientos, es un guía, un educador por excelencia de sus estudiantes, por tanto responsable de su evolución personal. El documento presentado a continuación está fundamentado en el conocimiento objetivo de la realidad escolar y local y en las expectativas de los agentes educativos, por lo tanto, tiene el carácter de ser pertinente ya que propende a la eficiencia y eficacia del proceso y quehacer educacional. Tiene además un enfoque educativo, de tal manera que el conocimiento de sus fundamentos y artículos motiven y generen acciones solidarias, creativas, constructivas y de compromiso con el desarrollo personal, moral, intelectual, artístico, espiritual y físico de cada integrante del establecimiento. Así mismo, el conocimiento de la realidad educativa y las exigencias académicas nos instan a trabajar en períodos semestrales. “La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben”. Considerando esta perspectiva se ha modificado el Reglamento Interno y de Convivencia con el sentido de organizar de manera óptima la gestión institucional, para que permita llevar a cabo el proceso educativo de acuerdo a lo planificado, en el marco de una buena y sana convivencia escolar que favorezca el aprendizaje estudiantil. En ese sentido, este Reglamento Interno y de Convivencia Escolar se ha construido después de un proceso de socialización y reflexión de todos los actores de la unidad educativa, donde se han compartido los intereses y expectativas de la comunidad educativa respecto al ordenamiento y al tipo de convivencia que debe tener la unidad educativa y por tanto, recibir cada uno de los alumnos y alumnas del establecimiento, para que desarrollen al máximo sus distintas capacidades y puedan desenvolverse adecuadamente en el establecimiento y en la sociedad actual. TITULO I: LA IDENTIDAD DEL ESTABLECIMIENTO. Artículo Nº 1: Una descripción general. El Colegio Anglicano William Wilson de Chol Chol declara ser un Colegio Confesional Cristiano, que por medio de la educación, cumple con la gran misión que dejó nuestro Señor Jesucristo, de evangelizar a los pueblos. Educar es un proceso inherente a la relación que se produce entre seres humanos, y para una educación integral, los estudiantes en formación desde su más tierna edad; deben alcanzar, además del conocimiento y su aplicación práctica, una relación de espiritualidad con su Creador que es restablecida, únicamente, mediante el conocimiento de la Verdad y del sacrificio de Cristo. 11

La Iglesia Anglicana de Chile, a través de la Sociedad Educacional Anglicana Limitada (S.E.A.L.), por más de cien años, ha entregado educación formal (fundamentalmente en Educación básica y Educación Parvularia) a muchas generaciones de la comuna de Chol-Chol y sectores aledaños, a partir del año 2010 se inició, con la ayuda de Dios, el proyecto de proporcionar a los alumnos y alumnas la oportunidad de completar sus 12 años de escolaridad ampliando la oferta educativa a la Enseñanza Media Humanista Científica (HC). El propósito esencial de Colegio es servir a las nuevas generaciones, con una formación completa que vaya desde la Educación Parvularia, en el Nivel de Transición 1 y 2, pasando por una Educación Básica completa, para culminar con Enseñanza Media, cuyos egresados estarían en condiciones de rendir la Prueba de Selección Universitaria (PSU) e ingresar a la Educación Superior, para transformarse en profesionales de diversas áreas, de acuerdo a los intereses, aspiraciones o expectativas de cada uno de nuestros estudiantes. Con lo anterior, cumpliríamos con nuestra meta de formar a nuestros alumnos y alumnas integralmente y hasta una etapa de su juventud, en la que sus principios y valores ya están internalizados. El año 2013, egresó la primera generación de estudiantes de 4° año medio. TÍTULO II: NORMAS GENERALES. Artículo Nº 2: El Colegio William Wilson de Chol Chol es un Establecimiento Educacional Particular Subvencionado por el Ministerio de Educación y dependiente de la “Sociedad Educacional Anglicana Limitada”. Artículo Nº 3: El Establecimiento Educacional cuenta con Enseñanza Básica desde NT1 a 8° Básico y de 1° a 4° año de Educación Media, en las modalidades Humanista Científico, con períodos semestrales de trabajo. Artículo Nº 4: El Reglamento de Convivencia del Colegio William Wilson de Chol Chol contiene las normas que permitirán el desarrollo eficiente de las actividades administrativas y académicas, realizadas por el personal y/o estudiantes del Establecimiento, incluyendo las obligaciones, restricciones y derechos que cada uno debe considerar en sus labores, permanencia y vida en las dependencias de la institución. Artículo Nº 5: Este reglamento y sus modificaciones posteriores deberán ponerse en conocimiento del personal, mediante un impreso, quince días antes de la fecha en que comience a regir, y de los estudiantes con sus respectivos apoderados(as) al momento de su matrícula, encontrándose, además, en dos lugares visibles del Establecimiento, de acuerdo a la normativa vigente. Artículo Nº 6: Además, este reglamento complementará todos aquellos aspectos laborales y/o académicos no especificados en cada Contrato de Trabajo y Formulario de Matrícula y, en su calidad de tal, obliga al personal y a los estudiantes al fiel y estricto cumplimiento de las disposiciones contenidas en este documento. Por lo tanto, desde la fecha de incorporación al Establecimiento, se entenderá que tanto el personal como los estudiantes se 12

encuentran en pleno conocimiento de las disposiciones de este reglamento, debiendo hacer declaración expresa en el Contrato de Trabajo o Formulario de Matrícula, de conocerlo, y de su obligación de cumplirla. Artículo Nº 7: En caso de no cumplimiento a cualquiera de las obligaciones señaladas en este reglamento, por parte del personal o de los estudiantes, la Dirección podrá disponer amonestaciones verbales y/o escritas, sumarios internos, suspensiones, términos de contrato, condicionalidad y/o cancelación de matrícula. TÍTULO III: LAS NORMAS LABORALES DEL ESTABLECIMIENTO. Artículo Nº 8: Las normas laborales del Colegio William Wilson de Chol Chol, respecto a su personal docente, se rigen de acuerdo a las disposiciones contenidas en la ley 19.070 del año 1991 y sus modificaciones posteriores para los docentes y Ley Nº 18.620 Código del trabajo y Ley N° 19.464 para Asistentes de la Educación. Artículo Nº 9: El Colegio William Wilson de Chol Chol, se encuentra administrado por la “Sociedad Educacional Anglicana Limitada”. Artículo Nº 10: El establecimiento se estructura por unidades de trabajo y el personal que se desempeña en él, de acuerdo con la naturaleza de sus funciones, se encasillarán según se indica a continuación: Artículo Nº 11: Las Normas Administrativas del Colegio William Wilson de Chol Chol se encuentran en el reglamento interno de funcionarios. Artículo Nº 12: Las instancias que componen la estructura Administrativa del Colegio William Wilson de Chol Chol, deben regir el desempeño de sus actividades de acuerdo a cada una de las indicaciones que se encuentran en el Reglamento Interno ya señalado. TÍTULO IV: DEL CENTRO DE PADRES. ARTÍCULO Nº 13: De acuerdo al Decreto Supremo N° 565 de 1990, que aprueba Reglamento General de Centros de Padres y Apoderados para los Establecimientos Educacionales Reconocidos Oficialmente por el Ministerio de Educación, el Centro de Padres y Apoderados es un organismo de apoyo al establecimiento educacional, constituido por todos los(as) Apoderados(as) que se comprometen, en el momento de matricular a sus pupilos(as) a participar, tanto a nivel de Centro General de Padres y Apoderados como de Microcentro de Padres y Apoderados, por curso, para colaborar con el óptimo desarrollo del proceso educativo del establecimiento. Además podrán participar con un representante en el Consejo Escolar, teniendo voz y voto en ellas.

ARTÍCULO Nº 14: LAS FUNCIONES DEL CENTRO DE PADRES Y APODERADOS SON: 13

 Dirigir las actividades y reuniones, de acuerdo a los objetivos de apoyo al proceso educativo, mediante su Directiva y Profesores Asesores.  Participar permanentemente en el Consejo Escolar del colegio con un representante.  Participar en el Equipo de Gestión Escolar (EGE), cuando sea invitado para tratar temas generales del colegio.  Elaborar los planes, programas y proyectos de trabajo que contribuyan al desarrollo de actividades, difundiendo amplia información al respecto a sus miembros.  Administrar eficientemente los bienes y recursos obtenidos a través de las diversas actividades realizadas.  Estimular la participación de los padres y apoderados en todas las actividades del Centro, apoyando decididamente las iniciativas y programas resueltos por los Microcentros o en reuniones de Centro General, para contribuir al cumplimiento de las funciones que le corresponden.  Informar periódicamente a la Dirección del Establecimiento acerca del desarrollo de los programas de trabajo del centro, así como de las inquietudes e intereses que los padres y apoderados tienen respecto al desarrollo del proceso educativo.  Solicitar, a su vez, a la Dirección, la información indispensable sobre el desarrollo del proceso educativo del Establecimiento, para mantenerse plenamente relacionados y comprometidos con él.  Elaborar los informes, Cuentas, Memorias, Balances y otros que le corresponda presentar a la Asamblea General o al Consejo de Delegados de Curso en forma periódica durante el año y tanto al comienzo como a fin de cada año escolar.  Participar activamente en la elaboración y desarrollo de proyectos que colaboren en mejorar el proceso de enseñanza aprendizaje. TÍTULO V: DEL CENTRO DE ALUMNOS. ARTÍCULO Nº 15: De acuerdo al Decreto Supremo N° 524 de 1990, que aprueba el Reglamento General de Centros de Alumnos de los Establecimientos Educacionales de Segundo ciclo de Educación Básica y Enseñanza Media para los Establecimientos Educacionales Reconocidos Oficialmente por el Ministerio de Educación, el Centro de Alumnos del Colegio es un organismo de apoyo al proceso educativo, constituido por todos los Estudiantes de Enseñanza Media del Establecimiento, quienes participan en las diversas actividades organizadas mediante Asamblea General o reuniones de Consejo de Curso, siendo representados por los delegados de cada curso en el Consejo de Delegados de curso o por la Directiva General a nivel de Colegio, que dirigirá las Asambleas Generales.

ARTÍCULO Nº 16: LAS FUNCIONES DEL CENTRO DE ALUMNOS SON:

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 Reunirse a comienzos de cada año con el objetivo de elegir a sus representantes y planificar las actividades a desarrollar, de acuerdo a los objetivos establecidos, con la presencia y supervisión de sus Profesores Asesores.  Designar sus representantes ante las Organizaciones estudiantiles con las cuales el Centro se relaciona, de acuerdo con su reglamento.  Dirigir las actividades y reuniones, de acuerdo a los objetivos de apoyo al proceso educativo de los estudiantes.  Elaborar planes, programas y proyectos de trabajos que contribuyan al desarrollo integral de cada uno de sus miembros.  Administrar eficientemente los bienes y recursos obtenidos a través de las diversas actividades realizadas.  Promover la creación e incremento de oportunidades para que los estudiantes manifiesten democrática y organizadamente sus intereses, inquietudes y aspiraciones, canalizándolas a través de actividades adecuadas a sus posibilidades.  Promover en los estudiantes del Establecimiento la mayor dedicación a su trabajo escolar, procurando que se desarrolle y se fortalezca un adecuado ambiente educativo y una estrecha relación humana entre sus integrantes, basada en el respeto mutuo y buena convivencia.  Estimular la participación de los estudiantes en todas las actividades del Centro, apoyando decididamente las iniciativas y programas resueltos por los diversos cursos, por Reunión de Delegados o por Reunión General.  Orientar sus organismos y actividades hacia la consecución de las finalidades u objetivos planteados.  Representar los problemas, necesidades y aspiraciones de sus miembros ante las autoridades u organizaciones que corresponda.  Informar periódicamente a la Dirección del establecimiento acerca del desarrollo de programas de trabajo del Centro, con el objetivo de coordinar acciones que puedan orientar adecuadamente sus actividades.  Procurar el bienestar de sus miembros, tendiendo a establecer las condiciones deseables para su pleno desarrollo físico, intelectual y afectivo.  Elaborar los informes y cuentas que le corresponda presentar a la Asamblea General o al Consejo de Delegados del Curso en forma periódica durante el año y tanto al comienzo como a fin de cada año.  Someter a aprobación del Consejo de Delegados de Curso si corresponde, las fuentes de financiamiento del Centro y el Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos.  Coordinar constantemente que todos los Delegados mantengan informados a sus respectivos Cursos acerca de las actividades del Centro de Alumnos.  Participación permanente en el Consejo Escolar del Establecimiento.  Participación en el Equipo de Gestión Escolar cuando sea citado por el Director/a.  Evitar paros y tomas en/del establecimiento, teniendo claro que su propósito es colaborar y apoyar la calidad de la educación y la disciplina del establecimiento. 15

TÍTULO VI: “NORMAS DE INGRESO, PERMANENCIA Y DISCIPLINA DE LOS ESTUDIANTES DEL ESTABLECIMIENTO”. LAS NORMAS DE INGRESO DE LOS ESTUDIANTES. ARTÍCULO Nº 17: Los estudiantes del Colegio William Wilson de Chol Chol, son los estudiantes matriculados para cada año escolar en el Establecimiento, con el objetivo de cursar los Estudios correspondientes al año que han sido promovidos o en el año que han quedado reprobados, ya sea en Educación General Básica o en Educación Media Humanista Científico. ARTÍCULO Nº 18: Los Estudiantes ingresarán al Establecimiento efectivamente, como razón de ser del proceso educativo, en el momento de su matrícula, para recibir la enseñanza y efectuar aprendizaje con cuanto implica un derecho, pero a su vez para aceptar y respetar las normas internas de la vida escolar señaladas en esta Reglamento, como un deber personal. ARTÍCULO Nº 19: La matrícula de los estudiantes se efectuará según Calendario Anual, cumpliendo con los siguientes requisitos: 1.-Los apoderados que no renueven su matrícula, el establecimiento se reserva el derecho para dar por renovada de manera automática dicha matrícula para el año siguiente, de tal forma de cautelar la vacante y permanencia del estudiante en el establecimiento educacional frente a posibles aumentos de la demanda en ingreso. 2.-Presentar los siguientes documentos:  Certificado de Nacimiento, en original, otorgado directamente por la Oficina de Registros Civil e Identificación correspondiente.  Certificado Anual de Estudios del curso y/o año anterior.  Informe de Personalidad y fotocopia de hoja de vida del libro de clases.  La admisión o matrícula se formaliza antes del comienzo del año escolar y el ingreso debe efectuarse al inicio del mismo. Sólo en casos excepcionales un alumno podrá ingresar una vez ya iniciadas las actividades lectivas, cumpliendo con todos los requisitos de admisión y clases de nivelación correspondientes.  Realizar en forma personal el Apoderado o Apoderado Suplente los trámites de matrícula, en el establecimiento, en las fechas previstas para ello, firmando la Ficha de Matrícula.  Informar expresamente en la ficha escolar de cada alumno y alumna las enfermedades y/o afecciones que el establecimiento deba tener presente.  Indicar en la ficha escolar la condición de su etnia y la integración a un Programa Social.  Dejar constancia escrita por parte del Apoderado en tener pleno conocimiento del Reglamento de Convivencia del Colegio, cuyo cumplimiento por parte de su pupilo, será elemental para una buena convivencia escolar. 16

 Presentarse en la Oficina de Dirección aquellos Apoderados de estudiantes con Informe de Personalidad desfavorable, para resolver su situación de Matrícula Condicional a su Comportamiento. ARTÍCULO Nº 20: El retiro de un alumno se debe formalizar mediante una notificación por escrito. Certificados y otros documentos se entregarán en el momento que sean devueltos los materiales de trabajos facilitados por el Colegio cumplidas las obligaciones contraídas con el mismo. ARTÍCULO Nº 21: DE LOS APODERADOS: El Colegio necesita para el logro de sus objetivos, el apoyo y participación efectiva de sus Padres y/o apoderados en la gestión educativa. Se estima que los apoderados deben considerar dentro de sus compromisos prioritarios, los que emanen de la educación de sus hijos, por lo mismo, y como la realidad de la unidad educativa indica que muchos de nuestros estudiantes viven con sus abuelos o tíos mientras sus padres trabajan como temporeros en otras regiones del país, implica que quién o quiénes desarrollen el rol de apoderado estén comprometidos y empoderados del proceso educativo de su pupilo. 1.-Es obligación de la familia y del Colegio enseñar a los niños y jóvenes sus derechos, a cumplir sus deberes y respetar los derechos de los demás. 2.-El buen desarrollo de los planes y programas del Colegio depende de la colaboración de la familia por lo tanto, constituye un deber de los padres y apoderados el apoyar a su pupilo en todas las exigencias del Colegio y en el cumplimiento de todos los compromisos contraídos como apoderado. 3.-Deben estar en contacto con el Colegio, en principio esencialmente a través del Profesor Jefe y Profesores de asignatura en los horarios que estos dispongan. Siendo obligación la atención diligente y respetuosa. 4. El Colegio acoge y busca solución a los problemas e inquietudes debidamente expuestos por sus apoderados. Si el alumno no encuentra atención a su problema, recién se estima procedente que sea su apoderado quien concurra al Colegio. 5.-Los apoderados deben respetar el normal desarrollo de clases y de todo tipo de actividad docente, por lo cual debe abstenerse de retirar a sus pupilos en el horario de clases, traer materiales o solicitar ser atendido por los profesores durante la jornada. 6.-En casos extremos la Dirección del Colegio solicitará el cambio de apoderado, cuando el comportamiento y/o forma de trato del apoderado titular altere la conveniencia armónica de la comunidad escolar. La decisión frente a estos casos excepcionales, se respaldará con el registro del comportamiento irrespetuoso del apoderado o apoderada, y se adoptará previo análisis y acuerdo del Consejo de Profesores de Curso. ARTICULO Nº 22: DERECHOS DE LOS APODERADOS. 1.-Ser atendido por el personal del Establecimiento en forma diligente y respetuosa. 17

2.-Obtener información referente al comportamiento y rendimiento de su pupilo, y obtener copia de los documentos pertinentes. 3.-Ser atendido por, el Profesor Jefe o Profesores de Asignatura, en los horarios de atención, que el Colegio ofrezca. 4.-Participar en las diversas actividades; que se organizan para los apoderados del establecimiento. 5.-Solicitar reconsideración en caso de la aplicación de una medida disciplinaria que implique cancelación de matrícula para su pupilo, ya sea ante el Consejo de Profesores o ante la Dirección del Establecimiento. 6.-Delegar sus responsabilidades en el apoderado suplente, indicándolo en la Ficha de Matrícula. 7.-Siendo los Padres los primeros y principales educadores, de su respaldo real dependerá el éxito de nuestra común misión educativa. Los padres podrán solicitar entrevistas para aclarar sus dudas frente a aspectos del proceso educativo, preferentemente mediante el siguiente conducto: a. b. c. d. e.

Profesor Jefe o de Asignatura. UTP. Inspector General. Director. Como última instancia ante la eventualidad de que el apoderado no encuentre soluciones, por ninguna de las personas especificadas anteriormente, el Colegio acepta de buen grado, reclamos hechos por personas debidamente identificadas ante autoridades competentes del Mineduc y/o Judiciales.

ARTICULO 23: DEBERES DE LOS APODERADOS. El Colegio exige y fomenta en los apoderados la confianza por su quehacer, la rectitud y espíritu constructivo para solucionar los problemas que pudiesen surgir en el desarrollo del proceso educativo. Los apoderados del Colegio deben en primera instancia buscar solución a sus problemas, dudas o inquietudes dentro del establecimiento, ya que para ello el Colegio cuenta con un expedito sistema de atención de apoderados. Por lo tanto, en caso de ocurrir alguna eventualidad en el seno familiar a partir de la cual se impida el contacto del alumno con alguno de los padres, sea este de hecho o de derecho, deberá certificarse con una resolución de un Tribunal de Familia ó a través de una Constancia emitida por Carabineros. Por lo tanto, “son apoderados” por derecho propio los padres de los alumnos, o sus tutores legales mayores de 18 años, y en ningún caso se aceptarán a empleados de la familia y son responsables frente al Establecimiento, respecto de su pupilo(a) o hijo(a), entre otros deberes los que se señalan a continuación: 1.-Los padres y/o Apoderados(as) deberán informarse de las responsabilidades de tipo reglamentario ante el Establecimiento. 18

2.-Concurrir a citaciones si son convocados por docentes o Directivos del Establecimiento. 3.-Asistir a las reuniones del Centro de Padres del Curso. 4.-Avisar personalmente, con anticipación el retiro forzoso de su pupilo(a) de la jornada de clases, evitando la interrupción de clases. 5.-Justificar personalmente a su pupilo o alumno cuando no asista a clases y/o evaluaciones programadas. Todas las inasistencias deberán ser justificadas, en la oficina de Inspectoría, aceptándose justificaciones por escrito y por teléfono. Todos los permisos se solicitarán anticipadamente por el apoderado en la oficina de Inspectoría. 6.-Respetar y apoyar la decisión del Colegio de utilizar el uniforme del Colegio y/o de Educación Física en el horario que corresponda. 7.-Responder oportunamente por todo deterioro producido por su pupilo, solo o en grupo. Pues sí algún estudiante causare daño de los bienes del establecimiento, será de cargo de su Apoderado (deberá reponer los materiales dañados y el establecimiento se encargará de reparar el daño). 8.-Responsabilizarse de que el alumno se mantenga bien uniformado y con su pelo corto (se deben evitar además, los cortes de pelos extravagantes o que obedezcan modas) en el caso de los varones y en el caso de las damas que vista adecuadamente a la condición de alumna de este Colegio. 9.-Velar por la asistencia, puntualidad, aseo y presentación personal de su pupilo, además de la debida y oportuna provisión de útiles de trabajo y en general por el disciplinado cumplimiento de los deberes señalados para los alumnos(as). 10.-Controlar permanentemente los resultados de su aprendizaje escolar (Notas o recomendaciones de sus Profesores, etc.); la realización oportuna y acabada de sus tareas; revisión periódica de sus cuadernos, textos de estudios, equipo o útiles escolares, etc., para observar su orden, limpieza y presentación; supervisar las calificaciones o anotaciones, atrasos, programación de pruebas, comunicaciones despachadas por el Establecimiento y en general todo cuanto significa la vida y el trabajo en el Establecimiento (actividades curriculares). 11.-Actuar en conjunto con el Establecimiento, previniendo situaciones conflictivas de rendimiento, disciplinarias o cuando sucedan informarlas oportunamente para intentar la solución que corresponda. 12.-Aceptar las sanciones derivadas del incumplimiento de las normas anteriores y las consecuencias académicas y administrativas que sufra su pupilo, de acuerdo al Reglamento Interno del Colegio. 13.-Solicitar entrevista o atención al Director(a), con anticipación, vía secretaría con el fin de asegurarse que será atendido en el momento requerido. 14.-Los Apoderados no podrán ingresar a las dependencias del Establecimiento en horarios de clases, por lo tanto, los alumnos (as) deben ser autónomos en relación al uso de los servicios higiénicos. 15.-Los Apoderados podrán ingresar al establecimiento educacional, sólo a los eventos educativos a los cuales se les convoque. En casos extremos cuando el comportamiento o forma de trato del Apoderado titular altere la convivencia armónica de la comunidad escolar a través de acciones tales como: levantar la voz a profesores o asistentes de la 19

educación, emitir groserías o expresiones verbales o gestuales inadecuadas y que afecten el autoestima de algún funcionario del Colegio, la Dirección podrá solicitar el cambio de Apoderado(a). La decisión en estos casos excepcionales se respaldará con el registro del comportamiento irrespetuoso del Apoderado(a) con el personal del Establecimiento y se resolverá previo análisis y acuerdo del Consejo de Profesores. TITULO VII: DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES. ARTÍCULO Nº 24: Son Derechos de los Estudiantes del Colegio William Wilson de Chol Chol: 1.-Solicitar a su Profesor Jefe de Curso que le represente ante la Unidad de Inspectoría General, de Dirección u otras, por motivos escolares debidamente fundamentados. 2.-Presentar proyectos, ideas u otros a la Dirección a través de sus Profesores Jefes, de Asignaturas o Asesores. 3.-Solicitar asesoría en Orientación cuando la requiere, de acuerdo con su profesor jefe. 4.-Recibir oportunamente sus calificaciones por el Profesor Jefe y/o de Asignatura, en un tiempo no mayor a una semana. 5.-Ser informado de las anotaciones que se registran en su hoja de vida, inmediatamente después de ser anotada. 6.-Solicitar, a la persona encargada, la autorización para hacer uso de los bienes e infraestructura del Establecimiento, comprometiéndose a hacer el mejor uso de ellos. 7.-Gozar de todos los beneficios educacionales y de formación personal existentes en el Establecimiento, para lograr su bienestar y desarrollo armónico de sus capacidades físicas, intelectuales y afectivas. 8.-Ser respetados en su derecho a estar en una clase normal, sin interrupciones y poder desarrollar sus potencialidades en forma integral; como asimismo exigir disciplina con aquellos alumnos(as) que molestan o interrumpen la clase, perjudicando en su normal desarrollo, tanto a los estudiantes como al profesor(a). 9.-Integrar y dar participación efectiva a todos los estudiantes en las actividades del colegio, sin discriminación de sexo, etnia, religión, estatura, etc. aún aquellos que presentes dificultades de aprendizaje u otros problemas o discapacidades, pues el colegio aboga por el trabajo en la diversidad.

ARTÍCULO Nº 25: Son deberes de los Estudiantes del Colegio William Wilson de Chol Chol: 1. Respetar el cumplimiento del Proyecto Educativo, Reglamento Interno y Reglamento de Convivencia Escolar del Establecimiento. 2. Respetar y obedecer a los Directivos, profesores, asistentes de educación, auxiliares y administrativos del Establecimiento. 20

3. Participar activa y responsablemente en todas las Actividades escolares y extraescolares organizadas en el Colegio, con autorización de la Dirección. 4. Otorgar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la Comunidad Educativa. 5. Asistir puntualmente a clases. 6. Estudiar para alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades. 7. Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar. 8. Cuidar y velar por la infraestructura educacional. 9. Participar en el desarrollo de cada una de las clases de las diversas asignaturas. 10. Usar permanentemente su uniforme escolar, según lo declaró su apoderado al momento de la matrícula y mantener una presentación personal impecable, que le otorgue salud y vitalidad permanente. 11. Presentar en forma oportuna sus pruebas orales o escritas, trabajos de investigación, tareas, útiles, disertaciones, ejercicios, materiales, favoreciendo su desarrollo personal. 12. Demostrar su dedicación y perseverancia en cuanto al aprendizaje, mediante cada una de sus actitudes y actividades. 13. Concurrir a clases con pleno dominio de sus facultades físicas, intelectuales y afectivas, sin haber ingerido bebidas o sustancias que alteren su comportamiento y presentación personal, como alcohol, drogas o estupefacientes. 14. Demostrar, en forma permanente, en su comportamiento, la realización de valores que contribuyan a la elevación de sus principios morales de honradez, honestidad, veracidad, responsabilidad, respeto, etc., sancionando, de acuerdo a la gravedad de su falta, actividades de engaño, falsificación de documentos, etc. 15. Presentarse responsable y puntualmente a rendir pruebas, disertaciones, exámenes, etc., o entregar trabajos, de acuerdo a las normas de evaluación del Colegio que estén vigentes, dispuestas por la Unidad Técnico Pedagógicas, aún cuando se niegue o no concurra a cumplir con sus deberes. 16. Comunicar a su Apoderado(a) todas las citaciones que se le envíen informándole de irregularidades o incumplimientos de alguna de éstas disposiciones. 17. No introducir al Establecimiento teléfonos celulares, grabadoras de audio, filmadoras o todo dispositivo electrónico, sin autorización escrita de la Dirección durante el periodo de clases. 18. Mantener una correcta conducta en recreos, especialmente desordenes atentatorios al orden del Establecimiento y/o especialmente Bullying. 19. Acatar y respetar el Reglamento de Uso del Laboratorio de Computación del establecimiento. 20. Participar activamente en las simulaciones del Pan de Evacuación del Establecimiento. 21. Mantener un buen comportamiento durante el uso del Transporte Escolar de Acercamiento del Establecimiento y acatar las instrucciones de los asitentes de La Educación que realizan el servicio de transporte. 22. Participar de los actos cívicos y culturales que organice o participe el establecimiento cuando se les convoque. 21

TITULO VIII.- DE LA FORMACION DE LA PUNTUALIDAD. ARTÍCULO Nº 26: LA ASISTENCIA Y ATRASOS DE LOS ESTUDIANTES A CLASES. La asistencia y atrasos de los estudiantes en relación a sus horas de clases se encuentran reglamentados por las siguientes normas: 1.-Asistir a un mínimo de 85% de los días de clases trabajadas durante el año escolar. 2.-Justificar, junto a su Apoderado su inasistencia antes de ingresar a clases, en la Unidad de Inspectoría General, después de haber faltado uno o más días a clases. Sin la presencia del Apoderado, el estudiante podrá ingresas a clases, previa ratificación de comunicaciones o del llamado telefónico del establecimiento. 3.-Presentar un certificado Médico como justificación de su inasistencia en caso de enfermedad, para que le sean considerados el o los días como asistidos y no incidan posteriormente en su promoción de curso, en el plazo máximo de 48 horas. No se aceptarán certificados extemporáneos. 4.-Informar al Establecimiento acerca de los motivos de su inasistencia a clases, una vez pasados tres días consecutivos, pues de lo contrario se considerará abandono del establecimiento. 5.-Cumplir estrictamente con el horario establecido de clases, tanto en la hora de entrada, durante el desarrollo de las clases y de salida. Todos los alumnos (as) deben ser puntuales con el horario de ingreso al Establecimiento, ya que permite ordenar el proceso formativo de cada uno y, por lo tanto, cumplir con los horarios hace posible también que los niños, niñas y adolescentes no se pierdan parte importante de la rutina escolar. La hora de entrada al Establecimiento es a las 08:30 horas, después de esta hora, sólo se dejarán entrar alumnos (as), hasta a las 08:40 horas, consignando el atraso en su hoja de vida. Quedarán exceptuados de dicho horarios, los alumnos(as) que sean trasladados por los furgones escolares. 6.-Ante situaciones especiales, se podrá autorizar el ingreso al Establecimiento después de las 08:30 horas o después de la primera hora de clases (09:00), necesariamente sólo podrán ingresar con una justificación personal del Apoderado o certificado de atención médica. 7.-Es responsabilidad y obligación de los Apoderados retirar puntualmente a su pupilo(a), en los horarios definidos. Los alumnos (as) de primer ciclo (1° a 4° E. Básica) que se van solos al término de la Jornada de clases, sólo serán autorizados al contar con autorización escrita del Apoderado(a). Procedimiento en relación al atraso de los alumnos(as). Primera vez: El (la) alumno (a) que ingresa al Establecimiento después de las 08:30 horas y como máximo a las 08:40 horas, deberá dirigirse a Inspectoría General, donde será autorizado (a) en forma escrita para integrarse a clases al término de la 1° hora. El Profesor deberá exigir la autorización.

22

Segunda vez: El (la) alumno (a) que ingresa al Establecimiento después de las 08:30 horas y como máximo a las 08:40 horas, deberá dirigirse a Inspectoría General, donde será autorizado (a) en forma escrita para integrarse a clases al término de la 1° hora. El Profesor deberá exigir la autorización. Además, el alumno(a) llevará comunicación escrita de Inspectoría General, con información al Apoderado, la cual deberá volver firmada por éste al otro día, como señal que tomo conocimiento. Tercera vez: El (la) alumno (a) que ingresa al Establecimiento después de las 08:30 horas y como máximo a las 08:40 horas, deberá dirigirse a Inspectoría General, donde será autorizado (a) en forma escrita para integrarse a clases al término de la 1° hora. El Colegio tomará las medidas disciplinarias correspondientes en base al manual de convivencia Escolar, informando al Apoderado de la suspensión por 24 horas. El Apoderado deberá concurrir al Establecimiento a firmar la toma de conocimiento de la medida adoptada y establecer el compromiso de superación y cumplimiento del horario de ingreso, quedando el registro por escrito en la hoja de vida del estudiante. ARTÍCULO Nº 27: LA JORNADA DE CLASES. Los estudiantes matriculados en los diferentes cursos tendrán la obligación, voluntariamente adquirida, de:  Asistir puntualmente al 100% de las horas y días de clases establecidas en el calendario Anual de actividades educacionales a nivel nacional.  Respetar las indicaciones establecidas para entrada a cada hora de clases, en cuanto es indicado por el timbre y/o campana, y el inmediato ingreso a la sala de clases en forma ordenada y respetuosa.  Mantener un rol proactivo en el desarrollo de las actividades de la clase.  Solicitar, en caso muy necesario, permiso para salir de la sala, durante el desarrollo de una clase, lo que se consignará en la hoja de observaciones.  Solicitar, mediante su Apoderado en forma personal, en la unidad de Inspectoría General, permiso para retirarse del establecimiento durante su jornada de clases, sólo en el caso de que no tenga fijada una prueba o control, ya sea escrito u oral, o interrogación o disertación.  Asistir puntualmente a las actividades JECD y extraescolares en que se inscriba al comenzar el Año Escolar, participando responsablemente de ellas.  Mantener sus útiles y materiales de clases en orden y limpieza al interior su sala de clases.  Sólo con certificado médico se puede dejar una clase práctica de Educación Física. Otros problemas se estudiarán caso a caso.  Para las eximiciones de las clases prácticas de Educación Física, se requiere certificado médico de especialista.  La costumbre de masticar chicle no se permite, por cuidado de higiene dental y por mantener limpio el mobiliario de clases.  Las salas deben mantenerse ordenadas. Antes de salir a recreo, los estudiantes deben ordenar sus mesas, materiales de trabajo y

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vestimenta, además deben velar por la limpieza de su mesa de trabajo y recoger los objetos y papeles caídos durante la hora de clases  Al final de cada jornada deben guardar los materiales de trabajo, recoger, guardar y/o llevar a su casa, chaquetas, abrigos, bolsas o mochilas. Delantales y cotonas deben llevarse a la casa los días viernes.  Está prohibido rayar pupitres, sillas, puertas, paredes e infraestructura en general. Los alumnos sorprendidos en esta falta deberán reparar el daño causado y serán sancionados. ARTÍCULO Nº 28: EL TIEMPO RECREATIVO DE LOS ESTUDIANTES. 1.-Los estudiantes del Establecimiento tendrán cada dos o tres períodos de clases, un tiempo recreativo, que les permita revitalizar su mente y su cuerpo, durante su jornada diaria de actividades pedagógicas. 2.-El recreo de los estudiantes se desarrollará en patios destinados para este objetivo, con excepción de los días de lluvia en que podrán ocupar los pasillos y patio techado indicados para tales eventos. TITULO IX.- DE LA FORMACION DE LA IDENTIDAD INSTITUCIONAL. ARTÍCULO Nº ESTUDIANTES.

29:

LA

PRESENTACIÓN

PERSONAL

DE

LOS

UNIFORME (según modelo expuesto a comienzos de año en la secretaría del colegio): El uniforme identifica al alumno con su colegio, proyecta una imagen, por lo tanto su uso es obligatorio en todos los cursos. Los estudiantes del Establecimiento deben mantener su higiene y presentación personal impecable. El uniforme a usar consta de: Damas: Falda azul, de un largo adecuado (5 cms. sobre rodilla por todo el contorno, no minifalda), sweater verde, calcetas o ballerinas azules, blusa o polera blanca de piqué, zapatos negros, parka azul marino en tiempo de invierno, bufanda o cuello azul marino, pantalones azules de tela recto (no “pitillo” ni apitillados ), delantal de cuadrille azul, colet o pinche azul, sin joyas, sin piercing, sin tatuajes, ni maquillaje (esto implica no usar: sombras de ojos, delineador, rímel, rubor, lápiz labial, bases de maquillaje y pintura de uñas), pelo sin teñir. Durante la época estival (septiembre a diciembre), puede usarse sweater de Colegio manga corta. El pantalón de uniforme sólo se usa entre los meses de mayo a agosto. Varones: Pantalón gris, (no “pitillo” ni “apitillado”), sweater verde, camisa blanca o polera de piqué, zapatos negros, parka azul marino, bufanda o cuello azul marino, cotona del colegio, pelo corto (sin colores) sin rozar la camisa (sin raparse), sin aros, sin piercing, sin tatuajes u otros, cara rasurada. Durante la época estival (septiembre a diciembre), puede usarse sweater de colegio manga corta

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Para Educación Física: Damas: Buzo del colegio (no apitillado), pantalón y pollerón verde con aplicaciones amarillas, polera del colegio, zapatillas deportivas de preferencia oscuras, no fosforecentes (el buzo se usará el día correspondiente a Ed. Física o cuando el Profesor lo indique). Varones: Buzo del colegio (no apitillado), pantalón y pollerón verde con aplicaciones amarillas, polera del colegio, zapatillas deportivas de preferencia oscuras, no fosforecentes (el buzo se usará el día correspondiente a Ed. Física o cuando el Profesor lo indique). Todas las prendas de vestir del uniforme deben estar legiblemente marcadas con la identificación del alumno propietario de estas. El colegio no se responsabiliza por pérdidas de prendas o vestuario. El uso de gorros no está permitido dentro del Establecimiento. Además del uso estricto del uniforme todos los días de la semana, los estudiantes tienen la responsabilidad personal de: 1. Mantener el cabello limpio y bien peinado, y el rostro sin maquillaje (especificaciones en este mismo artículo), en el caso de las damas, así como uñas limpias, recortadas y sin pintura. 2. Mantener una estricta higiene y aseo personal, tanto en su cuerpo como en su vestimenta diaria. 3. En el caso que alumnos opten por llevar computadores personales al establecimiento, será de su exclusiva responsabilidad su cuidado y no extravío. Además, no podrán conectarse a la red o wifi del Colegio para interactuar en sitios de Internet no autorizados por los docentes o Colegio. 4. Queda estrictamente prohibido el usar polainas, cuellos postizos, bufandas o parkas de colores, zapatos con plataformas exageradas (para evitar accidentes), joyas, adornos, aros ni otros elementos, joyas o relojes, reproductores de música u otros elementos distractores, como también celulares, pues el colegio no se hará responsable de ellos en caso de pérdida, robo o hurto de éstos por alumnos(as). Independientemente, se investigará el o los casos y aplicará sanciones cuando se descubra el o los autores materiales del delito. Los elementos anteriores no deben ingresar al establecimiento. Los celulares serán retenidos hasta que los Apoderados concurran a buscarlo a la Unidad de Inspectoría General (en el caso de ser requeridos por necesidad, enfermedad o residencia fuera del radio urbano, permanecerá apagado durante la clase). TITULO X.- DE LA FORMACION DE LA CONDUCTA. ARTÍCULO N° 30: LENGUAJE Y MODALES. Los modales y el lenguaje que deben tener los estudiantes, deben ser los apropiados, con valores, tanto dentro como fuera del Colegio. Lenguaje 25

limpio en las salas, recreos, vehículos en que se trasladan y campos deportivos. Está prohibido el uso de sobrenombres. El ser alumno del Colegio William Wilson de Chol Chol implica respeto por los profesores, funcionarios del establecimiento educacional y compañeros. Los estudiantes deberán participar con respeto y disciplina en las actividades académicas, religiosas, culturales y deportivas que el Colegio organice. ARTÍCULO N° 31: CONDUCTA ESTUDIANTES. Cada profesor dejará registradas en el Libro de Clases, todas las observaciones referidas a problemas de conducta dentro de la sala, en los patios del Establecimiento si correspondiere, en la calle o en los vehículos en que se trasladen. Cada Profesor puede citar al Apoderado para informar las situaciones detectadas. TITULO XI.- DE LA FORMACION DE LA RESPONSABILIDAD. ARTÍCULO N° 32: CUIDADO DE MOBILIARIO Y ÚTILES. Se debe cuidar el mobiliario y utilería del Colegio. En caso de daños o destrozos ocasionados por algún estudiante, éstos deben ser cancelados por el apoderado, sin perjuicio de las medidas disciplinarias que correspondan en caso que el daño fuera voluntario. El Colegio no se hace responsable por la pérdida o destrucción de objetos de valor que los estudiantes lleven al Colegio, aún sabiendo que no deben hacerlo. El aseo y ornato de las salas de clases es una responsabilidad de los estudiantes del curso que las ocupan durante la jornada escolar, de la mañana y/o en la tarde, responsabilizándose de los deterioros. Se debe controlar que el estudiante causante de deterioros en la infraestructura, repare o reponga en su totalidad los daños y/o especies, en un plazo máximo de una semana. ARTÍCULO N° 33: OTRAS DISPOSICIONES. Además de las anteriores disposiciones, se regirán por las siguientes normas en cuanto a la permanencia de los estudiantes en el Establecimiento:  Entregar en la Inspectoría General, los Certificados Médicos extendidos por profesionales que comprueben su estado de salud deficiente. El Inspector General comunicará al Profesor Jefe sobre esta situación.

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 Portar y/o usar su libreta de comunicaciones para anotar sus calificaciones, citaciones y/o comunicaciones oficiales del Establecimiento, debiendo indicar en su primera página: 1).- Nombre completo del estudiante y firma. 2).- Curso. 3).- Dirección particular. 4).- Nombre completo de su madre o padre y su firma. 5).- Nombre completo de su apoderado(a) y su firma. 6).- Fono de su madre o padre y de su apoderado(a). 7).- Año escolar.  Informarse oportunamente del registro de sus actitudes relevantes, ya sea positivas o negativas, en su hoja de vida del Libro de Clases de su curso, por miembros del personal del Establecimiento, porque incidirán en el Informe de personalidad que emitirá su Profesor Jefe. Normas de comportamiento en el comedor:  Ingresar en forma ordenada, respetando las indicaciones del personal encargado de la Alimentación.  Ingresar únicamente en el horario asignado y cuando les sea permitido por un funcionario del Establecimiento.  Servirse moderadamente de manera que todos los que compartan la mesa puedan comer.  Demostrar permanentemente modales adecuados y normas de comportamiento.  Recoger los implementos utilizados y colocarlos en los lugares asignados.  No jugar con la comida.  No ingresar con útiles, libros, cuadernos, guías al comedor en horarios de colación. Normas sobre uso de aparatos y/o artefactos eléctricos y/o electrónicos u otro objeto de valor: 1.-Queda estrictamente prohibido el uso de cámara digital, filmadoras, celulares, pen drive, MP3, MP4, sistemas de audio asociados como parlantes o audífonos u otros elementos que no correspondan al uniforme o útiles escolares solicitados. 2.-El Colegio no se responsabilizará, ni hará ningún procedimiento por la pérdida de objetos de valor que el alumno(a) ingrese al Establecimiento y que contravengan el Manual de Convivencia Escolar. Normas que regulan el uso y cuidado de la Infraestructura Equipamiento:

y

Es responsabilidad del alumno cuidar el material y equipamiento en las clases. Es primordial que el alumno al hacer uso de cualquier dependencia y 27

equipamiento siga las instrucciones de cuidado y seguridad, velando por su correcta mantención y cuidado, tomando conciencia que están al servicio de la Comunidad Educativa. Todo daño o deterioro causado por un alumno a las instalaciones o equipos del Colegio, en el cual se compruebe su responsabilidad, deberá ser cancelado por su Apoderado, ya sea en la reposición del material o en su valor en dinero, según corresponda. INFRAESTRUCTURA Y/O EQUIPAMIENTO Material.

Equipamiento

Agua Luz Servicios Higiénicos

Cámaras de Seguridad

DAÑOS O DETERIOROS PROHIBIDOS QUE SE CONTEMPLARAN COMO FALTA GRAVE Rayar, quemar o romper, libros de clases, guía, instrumentos de evaluación, trabajos propios o de otros, textos diversos propios o de otros, cuadernos propios o de otros. Rayar, patear o romper mesas, sillas, estantes, escritorios, paredes, loockers, puertas, ventanas, vidrios, pizarrón u otro elemento al servicio del proceso escolar (sistema de griferías, eléctrico, gas, sanitario, cerrajería, carpintería, otros). Dejar abierta la llave, jugar con agua. Jugar con el interruptor, introducir dedos u elementos en el interruptor. Dejar el inodoro sucio, mojar espejo, tirar agua, pararse en el inodoro, echar basura al inodoro, comer en el baño, entrar de a dos o más en un baño, rayar biombos y paredes, pegar papeles mojados en el techo y paredes. Manipular (girar, mover, tapar), destruir, pintar o rayar.

Medidas ante Accidentes Escolares: 1.-Se detecta el tipo de accidente, enviándose al alumno (a) a la sala de enfermería, acompañado de asistente de educación para recibir atención y cuidado. 2.-Asistente de Educación a cargo del procedimiento, llena el formulario de Declaración Individual de Accidente Escolar, el que se revisa y firma el Inspector General o Directivo. 3.-Se lleva al alumno (a) al servicio de urgencia del SAPU de Chol Chol o a Urgencia del Hospital de Imperial o al Hospital Regional, acompañado (a) por una Asistente de Educación, con previo aviso al Apoderado, comunicándole lo ocurrido, para que se dirija de inmediato al lugar de traslado de su pupilo(a). El Apoderado es responsable de acompañar y culminar el proceso de atención en el servicio de urgencia, con actitud de apoyo (se aplicarán medidas antes faltas de respeto e intolerancias). Procedimiento Salidas a Terreno (según Superintendencia de educación Escolar).

Circular



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1.-El Profesor(a) encargado(a) solicita a Inspectoría General, con dos días de anticipación, las autorizaciones y formulario de salida a terreno, según número de alumnos. 2.-Se envía al Apoderado la autorización, solicitando el permiso correspondiente (firmar y llenar con letra legible), para que el alumno(a) pueda asistir a dicha actividad (salida a terreno). 3.-Las autorizaciones son recepcionadas por el Profesor(a) a cargo de la actividad, en fecha ajustada al calendario Mineduc e Institucional. 4.- El día de salida a terreno: a).-El Profesor (a) registrará la asistencia en el libro de clases y en los contenidos el cambio de actividad. b).-El Profesor (a) deberá salir solamente con los alumnos (as) autorizados (as) por los Apoderados, los alumnos no autorizados permanecerán en el Establecimiento, derivándolos a otro espacio educativo pertinente y bajo su responsabilidad. c).-Las autorizaciones y el libro de clases se mantendrán durante el tiempo de salida en Inspectoría General. d).-De regreso al Colegio en recepción se tomará la asistencia de los alumnos e informando novedades relacionadas con la actividad. Procedimiento de Gira o Viaje de Estudios: 1.-Presentar solicitud al Ministerio de Educación con 15 días de anticipación. 2.-Adjuntar autorización expresa de los Padres y Apoderados. 3.-Presentar autorización expresa de la Dirección. 4.-Adjuntar autorización expresa del CCPP. 5.-Identificación del vehículo medio de transporte. 6.-Identificación del conductor que guiará la Gira o Viaje de Estudios. ARTÍCULO Nº 34: Las Normas de Disciplina de los estudiantes del establecimiento, corresponden a las disposiciones establecidas con el objeto de promover y mantener un ambiente grato y de constante sana convivencia social entre todos los estudiantes que participan de los programas de estudios impartidos en el Establecimiento, considerando que cada uno debe:  Contribuir al mantenimiento del orden, mediante su correcto proceder personal, tanto dentro como fuera de clases, como también dentro y fuera del colegio, cuidando así por su integridad física, intelectual y afectiva, que le permite el desarrollo integral y armónico de sus facultades.  Desarrollar la autodisciplina y el autocontrol al concurrir puntualmente a sus jornadas de clases, demostrando el debido respeto a sus profesores, a sus inspectores y a toda persona que está en el colegio.  Utilizar en forma racional y adecuada sus materiales de estudio.  Presentar en forma puntual y con buen diseño sus tareas e investigaciones, como producto de un trabajo.  Manifestar hábitos de aseo e higiene personal, así como puntualidad y responsabilidad en sus deberes escolares.  Cooperar con su curso y con el Establecimiento, de acuerdo con las necesidades que se presenten.

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 Participar en actividades de interés tanto para su desarrollo educativo personal, del curso y del Establecimiento.  Responsabilizarse personalmente por sus actuaciones y sus consecuencias en todas las actividades y dependencias.  Desarrollar hábitos de convivencia y ayuda mutua entre los integrantes de su curso y del Establecimiento.  Mantener actitudes de profundo respeto a las normas establecidas por el Establecimiento, para logran un óptimo desarrollo del proceso educativo a favor de su futuro profesional.  Participar, obligatoriamente, en al menos, un Taller Escolar de su interés. ARTÍCULO Nº 35: Los estudiantes del Establecimiento tienen el deber de respetar cada una de las normas disciplinarias consideradas en el presente Reglamento de Convivencia, así como las relativas al ingreso y permanencia, siendo la falta a cualquiera de ellas, causal de sanciones proporcionadas a la magnitud que presentan. Las sanciones disciplinarias tienen un fuerte carácter formativo y se aplicarán a los estudiantes, con el aviso oportuno a los apoderados(as), de acuerdo a la gravedad de sus faltas. TITULO XII.- DEL NO RESPETO Y LAS SANCIONES. ARTÍCULO Nº 36. IDENTIFICACIÓN DE FALTAS AL REGLAMENTO Y PROTOCOLO DE ABORDAJE. 1.-FALTAS LEVES:  No traer firmadas las comunicaciones (registro personal del Profesor(a)).  Presentarse sin sus tareas (registro personal del Profesor (a) ) 1.2.-La sanción:  Amonestación verbal. 1.3.-Medida formativa:  Llamar a apoderado para comunicar falta. 2.-FALTAS MAYOR QUE LEVES:  Presentarse sin su tarea en tres ocasiones.  No presentarse en la sala de clases durante la hora de clases, estando en el Colegio.  Presentarse sin sus materiales a clase por tres veces.  Presentarse sin uniforme completo y/o en mal estado.  Ser expulsado de la sala de clases.  Uso del celular y/o aparatos tecnológicos no permitidos en el Establecimiento. 2.1.-Sanción:  Anotación en el libro de clases leyendo su contenido al estudiante. 2.2.-Medida formativa:  El Profesor en cuestión informa al Profesor Jefe, éste entrevistará al estudiante y registrará el hecho, exigiendo cambios de conducta. 3.-FALTAS GRAVES: 30

 Llegar atrasado a las actividades escolares por tres veces (cada vez que ocurra, el estudiante deberá cumplir horario en la biblioteca).  Copiar y soplar en pruebas.  Uso de lenguaje grosero.  Presentarse sin sus materiales a clases por tres veces. (cada vez que ocurra, el estudiante deberá cumplir horario en la biblioteca).  Presentarse sin su tarea en tres ocasiones.  Presentarse sin uniforme por tres veces (cada vez que se presente sin uniforme completo, el estudiante deberá cumplir horario en la biblioteca). 3.1.-Sanción: Anotación en el libro de clases. 3.2.-Medida formativa:  Comunicación a los apoderados a través de la libreta de comunicaciones, quedando constancia escrita en el libro de clases, firmado por el apoderado y el profesor.  Profesor Jefe es informado, entrevista al estudiante y registra el hecho, sugiriendo cambios de conducta.  Inspector General entrevista a estudiante y analizan Normativo de Convivencia referido a párrafos siguientes.  Trabajo con Psicóloga para realizar apoyo individual y familiar. 4.-FALTAS MUY GRAVES:  Presentar como propios trabajos ajenos.  Esta estrictamente prohibido fumar cigarrillos en el Establecimiento y fuera de éste, estando con uniforme del Colegio.  Amenazas y agresiones verbales a otros alumnos.  Sustituir firmas.  Extraer materiales y/o colaciones de sus compañeros.  Acumulación de anotaciones negativas 4.1.-Sanción:  Suspensión de clases 24 o 48 horas 4.2.-Medidas formativas:  Citación a entrevista de apoderado y alumno con Psicóloga. 5.-FALTAS GRAVISIMAS: 1.-Agresiones verbales a profesores, directivos, asistentes de educación y personal administrativo del Establecimiento. 2.-Agresiones físicas y/o psicológicas a estudiantes o personal del establecimiento. 3.-Deterioros voluntarios de material importante del establecimiento. 4.-Amenazas con cualquier tipo de arma o instrumento usado como tal. 5.-Fomentar, organizar y/o participar en paros y tomas del Establecimiento. 6.-Persecución física y/o virtual a otro(a) estudiante. 7.-Discriminar a otro(s) estudiante(s) por características físicas, religión, política u orientación sexual, ya sea por medios verbales, escritos y/o virtuales. 8.-Por suspensiones de clases reiteradas. 9.-La adulteración, presentación y uso de documentos falsificados que se presenten en el Establecimiento, como, certificados de Estudio, pruebas, libretas de notas, Certificados médicos, comunicación del Apoderado, firmas

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del Apoderado, adulteración de notas en el libro de clases, será causal de inmediata condicionalidad y/o acciones legales que correspondan. 10.-Intervenir, desarrollar o participar en actividades de carácter político al interior del colegio. 11.-Esta estrictamente prohibido fumar cigarrillos y/o alucinógenos (marihuana, pasta base, gas butano, neopren u otras sustancias y sus derivados) en el Establecimiento y fuera de éste, estando con uniforme del Colegio. 12.-Llegar al establecimiento bajo la influencia, portar y/o ingerir drogas y bebidas alcohólicas dentro del establecimiento y con uniforme fuera de éste; en caso de no cumplir con esta disposición. 13.-Portar y/o utilizar objetos cortantes y/o punzantes, por el peligro que revisten, pudiendo ocasionar problemas de convivencia con sus compañeros y/o en forma personal. 14.-Toda manifestación indecorosa (como abrazos efusivos, caricias, besos) y/o sexual, entre los alumnos, ya sea de orden heterosexual u homosexual. 15.-Hurto de objetos personales o del Establecimiento. 16.-Ingresar armas de cualquier tipo o herramientas usadas como tal. 17.-Distribución de pornografía en cualquiera de sus formas. 18.-Incitar a la práctica de la pornografía a otros estudiantes. 19.-Acosar, tocar, o violentar a estudiantes mayores o menores. 20.-Perseguir y/o acosar a otros/otras estudiantes en el ciberespacio. 21.-Distribuir drogas o medicamentos usados como tal. En este punto es necesario establecer que, ante la medicación de un estudiante, el Apoderado debe presentar certificado médico, prescripción y horario de medicina. Este tratamiento médico debe quedar, en horario de clases, en la oficina de Inspectoría General para que el estudiante lo tome, sin que maneje él/ella medicamentos que pueden ser utilizados con otros fines. 22.-Atentar contra su propia integridad y/o la de algún otro(a) estudiante. 5.1.-Sanción:  Condicionalidad de matrícula inmediata y/o Cancelación de matrícula. 5.2.-Medida Formativa:  Entrevista con apoderado, alumno y Psicóloga.  El Orientador evaluará según el tipo y gravedad de la falta y según esto derivará a:  SENDA.  Psicóloga.  Ministerio Publico.  Denuncia a Carabineros. 5.2.1.-Respecto al consumo de drogas y alcohol. Ante el consumo de drogas y alcohol. Los jóvenes empiezan a beber y a fumar a edades cada vez más tempranas, pero la actitud de un colegio que promociona y previene tales consumos, puede motivarles a estar sanos. Todos los medios de comunicación y estadísticas lo advierten, los jóvenes, desde edades cada vez más tempranas, prueban su primer cigarrillo, su primera copa en una fiesta o, tal vez en el peor de los casos, una droga más 32

peligrosa. Para evitar que los adolescentes en edad escolar tomen alcohol y otras drogas, es importante empezar informándose sobre por qué a una edad tan joven deciden consumir estas sustancias y cómo se pueden prevenir tales prácticas y generar al interior de la escuela una cultura preventiva. Por tales motivos, nuestro Colegio participa de las actividades organizadas por el Mineduc en conjunto con SENDA del Ministerio del Interior, estableciendo una política al interior de nuestro establecimiento relacionada con la prevención del consumo de drogas y alcohol en los estudiantes. En este contexto, y respecto a la temática específica de alcohol y drogas, a partir de este año (2014), cada profesor jefe incorpora esta temática en sus horas de orientación y en la asignatura de Ciencias Naturales. Nuestro Colegio tiene en Chol Chol una estrecha relación con SENDA, institución encargada del tema de la prevención de drogas y alcohol en los establecimientos educacionales de Chile y dicha relación se establece a través de la participación del Colegio en los siguientes programas de prevención universal: Programa Actitud, Programa de Certificación de Escuelas Preventivas y en el Programa de Competencias Preventivas. Por lo tanto, la comunidad educativa del Colegio Anglicano William Wilson de Chol Chol acepta las políticas de SENDA y además las promociona. Tipificación de las faltas ante el consumo de drogas y alcohol. Llegar a la unidad educativa bajo la influencia y consumir drogas y alcohol al interior del establecimiento, será considerado una FALTA GRAVISIMA. Toda vez que en la unidad educativa ocurran dichas faltas, se procederá a aplicar el reglamento interno de acuerdo a la tipificación de FALTA GRAVISIMA y se activará el protocolo para la prevención del consumo y tráfico de drogas y alcohol en el establecimiento. CRITERIOS DE APLICACIÓN. Toda sanción o medida disciplinaria debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad educativa en su conjunto. Sera impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable. Al momento de determinar la sanción o medida, deberán tomarse en cuenta los siguientes criterios: 1.-Edad, etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas. 2.-Naturaleza, intensidad y extensión del daño causado. 3.-Naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:  La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores.  El carácter vejatorio o humillante del maltrato. 33

 rostro.  Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa.  haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento 4.-Conducta anterior responsable. 5.-El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra. 6.-Discapacidad o indefensión del afectado. Para la aplicación de la medida se utilizará el siguiente criterio. MEDIDA DISCIPLINARIA Dialogo personal pedagógico y correctivo. Dialogo personal pedagógico y correctivo leve Docente. Diálogo grupal reflexivo. Amonestación Verbal. Observación negativa en el libro de clases. Comunicación al Apoderado. Citación al Apoderado. Entrevista del Profesor con Apoderado (evidencia escrita), para establecer acciones remediales y compromiso en el proceso de mejora). Entrevista del Profesor jefe con apoderado, al acumular 3 anotaciones negativas (evidencia escrita), para establecer compromisos y acciones remediales. Derivación a Psicóloga (tratamiento y apoyo). Servicio comunitarios (actividades de aseo y ornato) a favor del Establecimiento, (apoyo escolar a otros alumnos, asistencia a cursos menores, entre ellos). Amonestación por escrito. Suspensión de clases (hasta tres suspensiones). Declaración de condicionalidad de Matrícula. No renovación de matrícula para el próximo año. Expulsión del Establecimiento, sólo aplicable a casos de especial gravedad, debidamente fundamentados y luego de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores, con pleno

TIPO DE FALTA Leve

RESPONSABLE Docente

Leve

Docente

Leve Leve

Docente Docente

Leve Leve Leve

Docente Docente Docente

Grave

Docente

Grave

Docente y Psicóloga Inspector General

Grave Gravísimas

Inspector General Inspector General

Gravísimas

Directivos

Gravísimas

Directivos

Gravísimas

Directivos

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respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas. El equipo Directivo serán los encargados de evaluar, sancionar y aplicar las medidas a las infracciones cometidas por los alumnos que se encuentren en proceso disciplinario por faltas. Junto a los procedimientos para evaluar y aplicar las sanciones a las faltas y entendiendo éstas de carácter formativo, el Establecimiento utiliza como único recurso para la resolución pacífica de conflictos, la comunicación directa de los involucrados, basándose en los hechos registrados en cuaderno de comunicaciones, libro de clases, registro de observaciones de Inspectoría, registro de antecedentes de la Psicóloga, registro de antecedentes de Dirección y considerando la edad de desarrollo de los alumnos y alumnas. ARTÍCULO Nº 37. CUANTIFICACIÓN DE FALTAS AL REGLAMENTO. La acumulación de tres anotaciones negativas por actos de indisciplina en el Libro de Clases, dará lugar a la suspensión por 24 horas, del estudiante. Esta se hará efectiva desde la notificación a su apoderado durante la jornada, y se prolongará hasta que se venza el plazo de suspensión. Todos los profesores del Colegio están facultados para solicitar a Inspectoría General la suspensión de un estudiante en los casos de faltas que consideren graves, tales como agresiones a profesores, personal del establecimiento, lenguaje grosero, falta de respeto al profesor, incumplimiento de tareas escolares y normas mínimas de convivencia dentro del establecimiento. Las suspensiones se aplicarán con las mismas características del párrafo anterior. Con cinco anotaciones negativas en el libro de clases, el alumno(a) será amonestado(a) por Inspectoría General y envío de nota o citación al Apoderado(a) con comunicación de la falta. Con seis faltas acumulativas en el libro de clases, el alumno (a) será suspendido por 48 horas, el Apoderado (a) será citado (a) por Inspectoría General, donde se le comunicará que el alumno además quedará en calidad de alumno (a) condicional. Una próxima falta de indisciplina registrada en el libro de clases, el Apoderado será citado por Inspectoría General para comunicar al Apoderado que la próxima anotación negativa registrada en el libro de clases, se procederá a la condicionalidad del alumno, con una anotación como máximo para la cancelación de matrícula, previo acuerdo del Consejo de Profesores. Las faltas tipificadas como graves, serán analizadas por el Consejo de Profesores, el que determinará la sanción que corresponda, incluida la condicionalidad o cancelación inmediata de la matrícula aunque no tenga anotaciones anteriores. 35

Es causal de caducidad de matrícula inmediata: la persecución y agresión física y/o psicológica de manera intencional de un estudiante o grupo de ellos hacia otro/a estudiante y las amenazas con cualquier tipo de arma o herramienta que se use como tal, que ponga en peligro la vida de otro/a estudiante. Se podrá apelar a la condicionalidad de matrícula al Consejo de Profesores y por cancelación de matrícula en primera instancia al Consejo de Profesores y en segunda instancia al Director. ARTÍCULO 38: Se entenderá por Bullying Escolar cualquier acción u omisión intencional, física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o utilizando medios cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, cuando:  Produce temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales, ó crea un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo, ó dificulta o impide de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. ARTÍCULO 39: Las siguientes conductas “en forma reiterada” constituyen Bullying Escolar y son sancionadas:  Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;  Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un/unos estudiante/estudiantes u otro miembro de la comunidad educativa;  Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;  Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un estudiante u otro miembro de la comunidad educativa (usar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas, de lenguaje, etc.);  Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político, filosófico, religioso, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia;  Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un/unos estudiante/estudiantes o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de textos, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico;  Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar;  Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delitos; 36

 Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aún cuando no se haya hecho uso de ellos; o  Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste.  Portar, vender, comprar o distribuir pornografía en papel, celulares u otro medio. ARTICULO 40: LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL. En relación a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente y que vuelve imputables a los menores de entre 14 y 18 años vigentes desde Junio de 2007 se establece en el presente reglamento lo que sigue: a. La nueva normativa obliga a los Directores a dar cuenta de todos los acontecimientos que revistan carácter de delito y que afecten a los estudiantes. b. Si producto de actos de violencia hay lesiones de por medio, aunque sean leves, el hecho debe ser denunciado y por el propio Colegio. c. Aun cuando los hechos de violencia ocurran a fuera del establecimiento deben ser denunciados. Los Directores que no denuncien actos de matonaje, agresión o violencia psíquica se exponen a multas que van de 1 a 4 UTM o a pena remitida. d. Considerando que los menores de entre 14 y 18 años son responsables penalmente, la no denuncia de un hecho con características de delito hace al Colegio cómplice de tal. e. Las denuncias a las que están obligados los Colegios no sólo incluyen lesiones, hay otros actos de similar gravedad, “amenazas con arma blanca, corta pluma, cuchillo u otro implemento a un compañero”; otros. f. La violencia psicológica o las agresiones físicas menores pero reiteradas pueden ejercer un daño aún peor que una sóla golpiza. g. Incorporar estas regulaciones al Manual de Convivencia, implica que los Padres tengan plena conciencia de que sus hijos pueden ser denunciados y en constancia firmarán la toma de conocimiento en la ficha de matrícula. h. Si bien los Colegios deben denunciar todos los hechos, es el Ministerio Público el que determina si sigue el camino judicial. i. El presente reglamento deja constancia que las faltas descritas en las letras a, b, c, d, e, f, g, h, i, y que sean cometidas por estudiantes de entre 14 y 18 años, serán denunciadas por el Director o Directora del Establecimiento ante la Fiscalía conforme lo establece la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil de 2007. ARTÍCULO 41: DE LAS MEDIDAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS AL BULLYING ESCOLAR: Ante conductas de Bullying Escolar, se procederá de la siguiente forma:

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a. De inmediato, entrevista con apoderado y estudiante para firmar compromisos, 48 hrs. de suspensión más condicionalidad de matrícula. b. Reiteración de la conducta: Cancelación de matrícula, con conocimiento y firma de apoderado. c. Cancelación inmediata de matrícula por agresión física con y sin armas o material usado como tal. d. Las medidas anteriores no inhabilitan al establecimiento educacional de tomar medidas legales en contra de quienes resulten responsables del delito de maltrato escolar. ARTÍCULO Nº 42: PREVENCIONES AL BULLYING ESCOLAR Y BUENA CONVIVENCIA. Tan importante como definir faltas al Reglamento de Convivencia y las sanciones respectivas, es necesario definir Buena Convivencia y establecer acciones específicas para mantenerlas. La Legislación chilena señala se define como “buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”. En nuestro establecimiento, establecemos actividades generales de prevención lideradas por el Encargado/a de Convivencia Escolar: ARTICULO 43: Tal como la Ley lo dicta, se elegirá un/a Encargado/encargada de Convivencia Escolar al interior del establecimiento, quién colaborará en la gestión de una convivencia armónica y sana en el Colegio William Wilson. Su perfil será asociado a un profesional del área de la Psicología o Docencia. ARTÍCULO N° 44: Los aspectos disciplinarios no contemplados en esta normativa serán decididos oportunamente por la Unidad de Dirección, velando en forma estricta por el desarrollo ordenado y eficiente del proceso educativo en todos los niveles impartidos y solicitará orientaciones de actuar al respecto al nivel de Sostenedor Educacional del Colegio como también a SECREDUC, Novena Región. Cualquier norma o procedimiento para situaciones no contempladas en este Reglamento General, será propuesto por el Consejo de Profesores en acuerdo con la Dirección del Colegio y sancionado por Consejo Escolar del Colegio. ARTICULO N° 45: Cualquier situación o acción no contemplada en este Manual de Convivencia Escolar será analizado y sancionado si lo amerita por la Dirección del Establecimiento. PREVENCIÓN DEL ABUSO SEXUAL. “Cuando alguien le comente haber sido víctima de abuso sexual, créale. Si un niño o niña habla o comenta de abuso sexual, no lo trate de mentiroso(a), fantasioso(a), enfermo(a), créale”. CAPITULO: PREVENCIÓN DEL ABUSO SEXUAL.

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¿Qué es el Abuso Sexual? El Abuso Sexual Infantil es el contracto o interacción entre un niño o niña y un adulto, en el que es utilizado(a) para satisfacer sexualmente al adulto. Pueden ser actos cometidos con niños o niñas del mismo sexo, de diferente sexo agresor. Es un delito. Se castiga por la ley, porque viola los derechos fundamentales del ser humano, en especial, cuando son niñas o niños. TIPOS DE ABUSO SEXUAL. 1. Abuso Sexual Propio es una acción que tiene un sentido sexual, pero no es una relación sexual, y la realiza un hombre o mujer hacia un niño o una niña. Generalmente consiste en tocaciones del agresor(a) hacia el niño o niña o, de éstos al agresor(a) inducidas por el mismo(a). 2. Abuso Sexual Impropio es la exposición a niños y niñas de hechos de connotación sexual, tales como:     

Exhibición de genitales. Realización del acto sexual. Masturbación. Sexualización verbal. Exposición a la pornografía.

3. Violación, consiste en la introducción del órgano sexual masculino en la boca, ano o vagina de una niña o niño menor de14 años. También es violación si la víctima es mayor de 14 años, y el agresor hace uso de la fuerza, intimidación, aprovechándose de que se encuentra privada de sentido o incapaz de oponer resistencia. Asimismo, será violación si la introducción se realiza en una persona con trastorno o enajenación mental. 4. Estupro, es la introducción del órgano sexual masculino en la boca, ano o vagina de una persona mayor de 14 años, pero menor de 18, cuando la víctima tiene una discapacidad mental, aunque sea transitoria, y aun cuando esa discapacidad no sea constitutiva de enajenación o trastorno mental. También existe estupro si dicha acción se realiza aprovechándose de una relación de dependencia que la víctima tiene con el agresor, sea esta de carácter laboral, educacional o de cuidado, o bien si la engaña abusando de la inexperiencia o ignorancia sexual de la víctima. Perfil del Abusador/a Sexual.  Si bien puede que no tenga el aspecto de un delincuente, lo es.  No es necesariamente una persona “enferma” que pueda tener discapacidad física  y/o mental o que sea drogadicto o alcohólico.  Puede ser una persona muy respetada y admirada por la familia, comunidad, escuela, congregación religiosa.  Puede ser hombre, mujer, adulto o adolescente. 39

 Por lo general es una persona del entorno familiar al niño(a). Algunos indicadores físicos.  Dolor o molestias en el área genital.  Infecciones urinarias frecuentes.  Cuerpos extraños en ano y vagina.  Retroceso en el proceso de control de esfínter, es decir, se orinan (enuresis) y, o defecan (encopresis).  Comportamiento sexual inapropiado para su edad, tales como: masturbación compulsiva, promiscuidad sexual, exacerbación en conductas de carácter sexual.  Se visten con varias capas de ropa o se acuestan vestidos. Algunos indicadores emocionales, psicológicos y conductuales.  Cambios en el rendimiento escolar.  Dificultad en establecer límites relacionales tales como desconfianza.  Huidas del hogar.  Retroceso en el lenguaje.  Trastorno del sueño.  Desórdenes en la alimentación.  Hiperactividad.  Autoestima disminuida.  Trastorno somáticos (dolor de cabeza y/abdominal, desmayos).  Ansiedad, inestabilidad emocional.  Sentimientos de culpa.  Agresión.  Conflictos familiares.  Intentos de suicidio o ideas suicidas. Todos somos responsables: Madre y padre; adultos, niños, niñas y adolescentes y comunidad en general.  Nos corresponde identificar y contrarrestar factores de riesgo y potenciar factores de protección.  Denunciar es una responsabilidad ética y social. La adecuada protección es una respuesta que requiere de la coordinación interinstitucional, donde los actores somos co-responsables.  Es necesario acompañar y contener permanentemente a las víctimas.  Refuerce la idea que el niño, la niña o el adolecente no son culpables de lo ocurrido.  No minimice ni le quite importancia a lo ocurrido diciendo “ya pasó” o “ahora tienes que olvidar”.  Evite que el supuesto agresor tome contacto con el niño/a, intentará seducirlo. Obligación de denuncia de delitos de Abuso Sexual. 40

Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito de abuso sexual y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como: Abuso Sexual propio, Abuso Sexual Impropio, Violación y Estupro. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. Reclamos. 1. Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que deberá dar cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso. 2. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo. Protocolo de actuación. 1. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra. 2. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente. 3. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de impugnarlas. Deber de protección. 1. Si el afectado fuere un alumno, se le brindará protección, apoyo e información durante todo el proceso. 2. Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le otorgará protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad. Notificación a los apoderados. 1. Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se notificará a sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo (libreta de comunicación o vía telefónica), deberá dejarse constancia de la misma. Investigación.

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1. El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los reclamos, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento. 2. Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotados la investigación, el encargado deberá presentar un informe ante el Comité de la Convivencia Escolar, para que éste aplique una medida o sanción si procediere, o bien para que recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento. Citación a entrevista. 1. Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que sean pertinentes tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos. 2. En caso de existir acuerdo entre las partes, registrado por escrito, se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta circunstancia. 3. Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto. Resolución. La autoridad que trate el caso deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes y, en su caso, al Comité de Convivencia Escolar. Medidas de reparación. En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, cambio de curso u otras que la autoridad encargada determine. Recursos. Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada por el Comité o autoridad encargada, dentro de un plazo razonable.

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Mediación. El establecimiento dispondrá de instancias de mediación para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes y de la Psicóloga si lo hubiere, y de otros miembros de la comunidad educativa y especialistas. Difusión. La escuela realizará una oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos sus medios disponibles: paneles informativos, radio comunitaria, comunicaciones a apoderados, reuniones de micro centro, consejo de profesores, consejos de cursos y otros, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos.

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Protocolos de actuación del: “Manual de Convivencia Escolar el Colegio William Wilson de Chol-Chol: Desde una construcción participativa y hacia la promoción de un clima que facilite el aprendizaje escolar”.

Comité de Convivencia Escolar Colegio William Wilson de Chol-Chol

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Chol-Chol, Marzo de 2016. Elementos generales de los Protocolos de Actuación frente a situaciones de convivencia y violencia Escolar: Responsables de la activación del Protocolo de Actuación. Medidas de contención, apoyo y reparación a la víctima. Medidas y sanciones pedagógicas (deben estar descritas en el Reglamento Interno).

Cómo se abordará comunicación con las familias.

la

Vías de información y comunicación al conjunto de la Comunidad Educativa. Instancias de derivación y consulta (catastro de redes de apoyo local). En caso de traslado a centro asistencial.

Presentación de antecedentes a la Superintendencia de Educación Escolar (definición de criterios para determinar qué casos serán informados).

Inspector General Director Encargada de Convivencia Escolar Serán establecidas de acuerdo al Reglamento Interno y los sugeridos por el equipo biopsicosocial del establecimiento y los Tribunales de Justicia. Agresores: Las establecidas en el Reglamento Interno y los sugeridos por el equipo biopsicosocial del establecimiento y los Tribunales de Justicia. Resto de los compañeros: Las establecidas por el equipo biopsicosocial del establecimiento. Familia del o los agresores: Se tratará a través de la suscripción de protocolos de acuerdo y el tratamiento a través del equipo biopsicosocial del establecimiento. Familia del agredido/a: Se tratará a través del tratamiento a través del equipo biopsicosocial del establecimiento (autocuidado). Comunicado a través de la Inspectoría General del establecimiento. Consultorio de atención primaria de salud de Chol-Chol. OPD de Nueva Imperial. SENDA Municipalidad de Chol-Chol. Dónde: Consultorio de atención primaria de salud de Chol-Chol. Quiénes realizan el traslado: Asistentes de la Educación: Srta. Prudy Sepúlveda Sepúlveda. Sr. Nibaldo Agurto Moraga. Sr. Luis Castillo Cortés. Sra. Teresa Castillo Jara. Sra. Ruth Huenchual Huircán. Sra. Pamela Leal Herrera. Quién(es) permanece(rán) con el estudiante mientras llega el apoderado: El Asistente de la Educación que lo traslade. Mientras los alumnos son trasladados: El colegio se contactará vía telefónica con los padres, madres y/o apoderados. Con qué recursos: Del establecimiento educacional. Inspector General de la unidad educativa.

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Definición de metas-objetivos-acciones-indicadores-verificadores del Manual de Convivencia Escolar del Colegio William Wilson: Meta Instalar un programa de promoción de conductas de cuidado personal y prevención de conductas de riesgo (consumo y tráfico de alcohol y drogas), hace un seguimiento a su implementación y evalúa sus resultados. Elaborar un Manual de Convivencia que explicita las normas para organizar la vida en común, que es conocido por el conjunto de la comunidad educativa y que se hace cumplir de manera efectiva.

Objetivo Mejorar las conductas de cuidado personal y de riesgo de los/as estudiantes, para favorecer su formación integral.

Acciones Elaboración participativa de un Modelo de Promoción de Convivencia Escolar de la unidad educativa Taller de autocuidado personal y promoción de la buena convivencia en los funcionarios del Colegio.

Indicadores El 100% de los integrantes del Comité de convivencia escolar participa en la elaboración del Modelo de Promoción. El 90% de los funcionarios del establecimiento participan del taller de autocuidado.

Verificadores Modelo de Promoción de Convivencia Escolar de la unidad educativa elaborado.

Consolidar estrategias concretas y consensuadas para prevenir y enfrentar las conductas antisociales o violentas declaradas en el Manual de Convivencia Escolar.

Elaboración de protocolos de acción para abordar nudos críticos de la Convivencia Escolar.

Protocolos escolar.

Instalar un proceso de promoción del encuentro y la participación de los distintos estamentos de la comunidad educativa para crear lazos y fortalecer el sentido de pertenencia al interior de la unidad educativa.

Consolidar la participación democrática de los distintos actores de la comunidad educativa en materias de convivencia escolar.

Constitución del Comité de Convivencia Escolar.

El 100% de los integrantes del Comité de convivencia escolar participa en la elaboración de los protocolos de actuación en convivencia escolar. El 100% de los integrantes del Comité de convivencia escolar participa en la elaboración de las estrategias de actuación en convivencia escolar. El 100% de los integrantes del Comité de convivencia escolar participa en convivencia escolar.

El establecimiento realiza el 90% de las actividades programadas.

Programa de trabajo de encuentros.

Elaboración de estrategias planificadas para prevenir y abordar conductas antisociales y violentas.

Reconocimiento a la participación de madres padres y apoderados en la formación de los estudiantes.

Informe de monitoreo del trabajo profesional realizado en el ámbito del autocuidado.

de acción

en

convivencia

Manual de convivencia escolar de la unidad educativa elaborado.

Acta de Constitución del Convivencia Escolar.

Comité de

Registros fotográficos.

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Agresión de un(a) alumno(a) a otro(a). Bizagi Process Modeler

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Tabla de Contenidos. I

AGRESIÓN DE UN(A) ALUMNO(A) A OTRO(A) ............................................. 2

II

ACTORES INVOLUCRADOS ........................................................................... 5

I.-Agresión de un(a) alumno(a) a otro(a).

Protocolo de intervención:

Los pasos a seguir por los actores de la unidad educativa deberán ser los siguientes:

1.-El profesor de aula ó Inspector que se informe de la agresión, deberá comunicar el evento al Inspector General y a la vez deberá registrar lo sucedido en el libro de clases y completar la ficha de atención de apoderados. Este registro deberá consignar claramente el carácter de la agresión, pudiendo ser esta verbal ó física.

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Se entenderá por agresión verbal, todas aquellas a través de las cuales los estudiantes utilicen un lenguaje no aceptable y que transgredan las normas establecidas en el reglamento interno y de Convivencia Escolar (burlas, groserías, ofensas escritas, a través de imágenes, fotos, otras). Se entenderá por agresión física, todas aquellas a través de las cuales los estudiantes utilicen la fuerza física sobre el cuerpo de otro(a) estudiante faltándole el respeto (golpes de puños, palmadas enérgicas, empujones, golpes con la punta del pie, tirones de pelo, sacadas de sillas, otros). 2.-El Inspector General procederá a convocar al Consejo de Convivencia Escolar para que sancione el evento y a la vez, proponga las medidas para solucionar y prevenir otros futuros, de acuerdo al Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. Deberá

administrar

la

aplicación

del

Reglamento

Interno

del

establecimiento, de acuerdo a lo indicado por el Consejo de de Convivencia Escolar y entrevistarse con el apoderado y firmar el protocolo de acuerdo, si fuese necesaria una u otra acción. Si el apoderado(a) se negara a firmar el protocolo de acuerdo, recurrirá a su Jefe Superior (Director) para definir el tema. Posteriormente, derivará el caso y las sanciones al evento que haya propuesto el Consejo a la Unidad Biopsicosocial del colegio, informándose por completo del desarrollo y término de dicha intervención.

3.-La Unidad Biopsicosocial de la unidad educativa, tomará el caso y deberá realizar

una

evaluación

y

tratamiento

psicológico

de

los

alumnos(as),

orientarlos(as) y mediar con ellos(as) y sus apoderados(as) dicho problema de convivencia escolar. La profesional deberá velar porque los involucrados en los problemas de convivencia escolar se suscriban a determinados protocolos de acuerdo y su eventual cumplimiento (alumnos(as) y apoderados(as)). Para ello deberá monitorear junto al Profesor(a) Jefe(a) la aplicación de estos procesos. Por lo

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tanto, se establecerán protocolos de acuerdo con el(la) alumno(a) agresor y se establecerán y trabajarán estrategias de cuidado y autocuidado con el(los) alumnos(as) agredidos(as). Finalmente, deberá informar al Inspector General los resultados de la intervención biopsicosocial y hacer entrega de copias simples de los documentos elaborados y firmados. II.-Actores involucrados.

Profesor(a) Jefe (Rol). Profesional encargado de la Jefatura de un curso de la unidad educativa. Es el(la) responsable de la gestión administrativa de dicho curso y por lo tanto, de liderar la reunión de sus apoderados(as). Será el encargado de informar el evento al Inspector General y a la vez deberá registrar lo sucedido en el libro de clases y completar la ficha de atención de apoderados. Inspector General (Rol). Docente Directivo Encargado de administrar la aplicación del Reglamento Interno del establecimiento, de la atención de apoderados y de convocar al Comité de Convivencia Escolar según Ley 20.536. Este profesional debe iniciar el proceso de intervención de convivencia escolar y velar por su solución, de lo contrario y en última instancia debe derivar el caso a su Jefe Directo. Director de la unidad educativa (Rol). Será el responsable final del proceso, quién deberá definir dudas y requerimientos de apoderados desconformes con las sanciones del Comité de Convivencia Escolar y llevar el caso a la justicia ordinaria si así lo requiere la situación de convivencia.

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Comité de Convivencia Escolar (Rol). Este es un Comité creado por la Ley 20.536 que cumple las funciones de promoción y prevención de la buena convivencia escolar. Busca prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos. Sus decisiones y sanciones serán tomadas por mayoría simple y deberán estar completamente acordes al Reglamento Interno de la unidad educativa. Deberá sesionar como plazo máximo dentro de los 5 días hábiles después de ocurrido el evento. Deberá proponer medidas paliativas al evento, mientras opera en protocolo en forma completa. Dichas medidas, deberán ser acordes el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar de la unidad educativa. Psicóloga (Rol) Profesional de las ciencias de la educación encargada de hacer la evaluación psicológica de los(as) alumnos(as), de atender sus problemas psicológicos, orientarlos y de mediar con alumnos y apoderados problemas de convivencia escolar. La profesional deberá velar porque los involucrados en los problemas de convivencia escolar se suscriban a determinados protocolos de acuerdo y que los cumplan. Para ello deberá monitorear junto al Profesor(a) Jefe(a) estos procesos. Finalmente, deberá informar al Inspector general los resultados de la intervención biopsicosocial.

Apoderado (Rol). Es el representante legal del alumno(a), debe hacerse responsable de las sanciones que aplique el establecimiento y firmar los protocolos de acuerdo que se establezcan. Posee el derecho de estar informado de todas las acciones, decisiones y sanciones del Reglamento Interno.

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Los apoderados serán citados a la unidad educativa por Inspectoría General. Se trabajará sobre la base de un formato de citación de apoderados.

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Agresión de Alumno(a) a Profesor(a). Bizagi Process Modeler

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Tabla de contenidos.

I

AGRESIÓN ALUMNO(A) A PROFESOR(A) .................................................... 2

II

ACTORES INVOLUCRADOS ........................................................................... 5

I.-Agresión Alumno(a) a Profesor(a).

Protocolo de intervención: Los pasos a seguir por los actores de la unidad educativa deberán ser los siguientes:

1.-El profesor(a) agredido(a) deberá comunicar el evento al Inspector General y a la vez deberá registrar lo sucedido en el libro de clases y completar la ficha de atención de apoderados. Este registro deberá consignar claramente el carácter de la agresión, pudiendo ser esta verbal ó física.

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Se entenderá por agresión verbal, todas aquellas a través de las cuales los estudiantes utilicen un lenguaje no aceptable y que falte el respeto a su profesor(a) (burlas, groserías, ofensas escritas, a través de imágenes, fotos, otras).

Se entenderá por agresión física, todas aquellas a través de las cuales los estudiantes utilicen la fuerza física sobre el cuerpo del profesor(a) faltándole el respeto (golpes de puños, palmadas enérgicas, empujones, golpes con la punta del pie, tirones de pelo, sacadas de sillas, otros).

2.-El Inspector General procederá a convocar al Consejo de Convivencia Escolar para que sancione el evento y a la vez, proponga las medidas para solucionar y prevenir futuros eventos de acuerdo al Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. Deberá

administrar

la

aplicación

del

Reglamento

Interno

del

establecimiento, de acuerdo a lo indicado por el Consejo de de Convivencia Escolar y entrevistarse con el apoderado y firmar el protocolo de acuerdo, si fuese necesaria una u otra acción. Si el apoderado(a) se negara a firmar el protocolo de acuerdo, recurrirá a su Jefe Superior (Director) para definir el tema. Posteriormente, derivará el caso y las sanciones al evento que haya propuesto el Consejo a la Unidad Biopsicosocial del colegio, informándose por completo del desarrollo y término de dicha intervención.

3.-La Unidad Biopsicosocial de la unidad educativa, tomará el caso y deberá realizar una evaluación y tratamiento psicológico del alumno(a), orientarlo(a) y mediar con él y su apoderados dicho problema de convivencia escolar. La profesional deberá velar porque los involucrados en los problemas de convivencia escolar se suscriban a determinados protocolos de acuerdo y su eventual cumplimiento (si también fuese necesario deberá firmarlo el(a) docente). Para ello deberá monitorear junto al Profesor(a) Jefe(a) la aplicación de estos

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procesos. Por lo tanto, se establecerán protocolos de acuerdo con el alumno(a) agresor, se establecerán y trabajarán estrategias de cuidado y autocuidado con el agredido. Finalmente, deberá informar al Inspector General los resultados de la intervención biopsicosocial y hacer entrega de copias simples de los documentos elaborados y firmados. II.-Actores involucrados.

Inspector General (Rol). Docente Directivo Encargado de administrar la aplicación del Reglamento Interno del establecimiento, de la atención de apoderados y de convocar al Comité de Convivencia Escolar según Ley 20.536. Este profesional debe iniciar el proceso de intervención de convivencia escolar y velar por su solución, de lo contrario y en última instancia debe derivar el caso a su Jefe Directo. Psicóloga (Rol) Profesional de las ciencias de la educación encargada de hacer la evaluación psicológica de los alumnos, de atender sus problemas psicológicos, orientarlos y de mediar con alumnos y apoderados problemas de convivencia escolar. La profesional deberá velar porque los involucrados en los problemas de convivencia escolar se suscriban a determinados protocolos de acuerdo y que los cumplan. Para ello deberá monitorear junto al Profesor(a) Jefe(a) estos procesos. Finalmente, deberá informar al Inspector general los resultados de la intervención biopsicosocial.

Comité de Convivencia Escolar (Rol).

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Este es un Comité creado por la Ley 20.536 que cumple las funciones de promoción y prevención de la buena convivencia escolar. Busca prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos. Sus decisiones y sanciones serán tomadas por mayoría simple y deberán estar completamente acordes al Reglamento Interno de la unidad educativa. Deberá sesionar como plazo máximo dentro de los 5 días hábiles después de ocurrido el evento. Deberá proponer medidas paliativas al evento, mientras opera en protocolo en forma completa. Dichas medidas, deberán ser acordes el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar de la unidad educativa.

Director de la unidad educativa (Rol). Será el responsable final del proceso y frente a la presencia de una agresión física, deberá ponderar la situación junto al Asesor Legal del establecimiento y llevar el caso a la justicia ordinaria si así lo requiere la situación de convivencia. Apoderado (Rol). Es el representante legal del alumno(a), debe hacerse responsable de las sanciones que aplique el establecimiento y firmar los protocolos de acuerdo que se establezcan. Posee el derecho de estar informado de todas las acciones, decisiones y sanciones del Reglamento Interno. Los apoderados serán citados a la unidad educativa por Inspectoría General. Se trabajará sobre la base de un formato de citación de apoderados.

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Agresión de un(a) Apoderado(a) a un(a) alumno(a). Bizagi Process Modeler

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Tabla de Contenidos. I

AGESIÓN DE APODERADO A UN ALUMNO ................................................. 2

II

ACTORES INVOLUCRADOS ........................................................................... 5

I.-Agresión de un(a) Apoderado(a) a un(a) alumno(a). Protocolo de intervención: Los pasos a seguir por los actores de la unidad educativa deberán ser los siguientes:

1.-El profesor de aula ó Inspector que se informe de la agresión, deberá registrar lo sucedido en el libro de clases y completar la ficha de atención de apoderados. Este registro deberá consignar claramente el carácter de la agresión, pudiendo ser esta verbal ó física.

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Se entenderá por agresión verbal, todas aquellas a través de las cuales los(as) apoderados(as) utilicen un lenguaje no aceptable y que falte el respeto a los estudiantes (burlas, groserías, ofensas escritas, a través de imágenes, fotos, otras).

Se entenderá por agresión física, todas aquellas a través de las cuales los(as) apoderados(as) utilicen la fuerza física sobre el cuerpo de un(a) estudiante faltándole el respeto (golpes de puños, palmadas enérgicas, empujones, golpes con la punta del pie, tirones de pelo, sacadas de sillas, otros).

2.-El Inspector General procederá a convocar al Consejo de Convivencia Escolar para que sancione el evento y a la vez, proponga las medidas para solucionar y prevenir futuros eventos de acuerdo al Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. Deberá

administrar

la

aplicación

del

Reglamento

Interno

del

establecimiento, de acuerdo a lo indicado por el Consejo de de Convivencia Escolar y entrevistarse con el apoderado y firmar el protocolo de acuerdo, si fuese necesaria una u otra acción. Si el apoderado(a) se negara a firmar el protocolo de acuerdo, recurrirá a su Jefe Superior (Director) para definir el tema. Posteriormente, derivará el caso y las sanciones al evento que haya propuesto el Consejo al Director de la unidad educativa y a la Unidad Biopsicosocial del colegio, informándose por completo del desarrollo y término de dicha intervención. 3.-El Director de la unidad educativa, frente a la presencia de una agresión física, deberá ponderar la situación junto al Asesor Legal del establecimiento y llevar el caso a la justicia ordinaria si así lo requiere la situación de convivencia.

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4.-La Unidad Biopsicosocial de la unidad educativa, tomará el caso y deberá realizar una evaluación y tratamiento psicológico de los(as) involucrados(as), tanto al agresor(a) como al agredido(a), orientarlos(as) y mediar con ellos(as) y su(s) apoderados(as) dicho problema de convivencia escolar. La profesional deberá velar porque los(as) involucrados(as) en los problemas de convivencia escolar se suscriban a determinados protocolos de acuerdo y su eventual. Para ello deberá monitorear junto al Profesor(a) Jefe(a) la aplicación de estos procesos. Por lo tanto, se establecerán protocolos de acuerdo con el(la) apoderado(a) agresor(a) y se establecerán y trabajarán estrategias de cuidado y autocuidado con el alumno(a) agredido(a). Finalmente, deberá informar al Inspector General los resultados de la intervención biopsicosocial y hacer entrega de copias simples de los documentos elaborados y firmados.

II.-Actores involucrados.

Inspector General (Rol). Docente Directivo Encargado de administrar la aplicación del Reglamento Interno del establecimiento, de la atención de apoderados y de convocar al Comité de Convivencia Escolar según Ley 20.536. Este profesional debe iniciar el proceso de intervención de convivencia escolar y velar por su solución, de lo contrario y en última instancia debe derivar el caso a su Jefe Directo.

Psicóloga (Rol) Profesional de las ciencias de la educación encargada de hacer la evaluación psicológica de los(as) involucrados(as), deberá atender sus problemas psicológicos, orientarlos y mediar con alumnos(as) y apoderados(as) los problemas de convivencia escolar. La profesional deberá velar porque los(as) involucrados(as) en los problemas de convivencia escolar se suscriban a determinados protocolos de

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acuerdo y que los cumplan. Para ello deberá monitorear junto al Profesor(a) Jefe(a) estos procesos. Finalmente, deberá informar al Inspector general los resultados de la intervención biopsicosocial.

Comité de Convivencia Escolar (Rol). Este es un Comité creado por la Ley 20.536 que cumple las funciones de promoción y prevención de la buena convivencia escolar. Busca prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos. Sus decisiones y sanciones serán tomadas por mayoría simple y deberán estar completamente acordes al Reglamento Interno de la unidad educativa. Deberá sesionar como plazo máximo dentro de los 5 días hábiles después de ocurrido el evento. Deberá proponer medidas paliativas al evento, mientras opera el protocolo en forma completa. Dichas medidas, deberán ser acordes el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar de la unidad educativa. Director de la unidad educativa (Rol). Será el responsable final del proceso, deberá ponderar la situación junto al Asesor Legal del establecimiento y llevar el caso a la justicia ordinaria si así lo requiere la situación de convivencia.

Apoderado (Rol). Es el representante legal de un alumno(a), debe hacerse responsable de sus acciones y comportamiento al interior de la unidad educativa, de las sanciones que aplique el establecimiento y de firmar los protocolos de acuerdo que se establezcan. Posee el derecho de estar informado de todas las acciones, decisiones y sanciones del Reglamento Interno.

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Los apoderados serán citados a la unidad educativa por Inspectoría General. Se trabajará sobre la base de un formato de citación de apoderados.

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Agresión de un(a) Profesor(a) a un alumno(a). Bizagi Process Modeler

Tabla de Contenidos. I

AGESIÓN DE UN(A) PROFESOR(A) A UN ALUMNO(A) ............................... 2

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II

ACTORES INVOLUCRADOS ........................................................................... 5

I.-Agresión de un(a) Profesor(a) a un(a) alumno(a). Protocolo de intervención: Los pasos a seguir por los actores de la unidad educativa deberán ser los siguientes: 1.-El profesor de aula ó Inspector que se informe de la agresión, deberá registrar lo sucedido en el libro de clases y completar la ficha de atención de apoderados. Este registro deberá consignar claramente el carácter de la agresión, pudiendo ser esta verbal ó física. Se entenderá por agresión verbal, todas aquellas a través de las cuales los(as) profesores(as) utilicen un lenguaje no aceptable y que falte el respeto a los

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estudiantes (burlas, groserías, ofensas escritas, a través de imágenes, fotos, otras). Se entenderá por agresión física, todas aquellas a través de las cuales los(as) profesores(as) utilicen la fuerza física sobre el cuerpo de un(a) estudiante faltándole el respeto (golpes de puños, palmadas enérgicas, empujones, golpes con la punta del pie, tirones de pelo, sacadas de sillas, otros). 2.-El Inspector General procederá a convocar al Consejo de Convivencia Escolar para que sancione el evento y a la vez, proponga las medidas para solucionar y prevenir futuros eventos de acuerdo al Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. Deberá

administrar

la

aplicación

del

Reglamento

Interno

del

establecimiento, de acuerdo a lo indicado por el Consejo de de Convivencia Escolar y entrevistarse con el profesor y firmar el protocolo de acuerdo, si fuese necesaria una u otra acción. Si el profesor(a) se negara a firmar el protocolo de acuerdo, recurrirá a su Jefe Superior (Director) para definir el tema. Posteriormente, derivará el caso y las sanciones al evento que haya propuesto el Consejo al Director de la unidad educativa y a la Unidad Biopsicosocial del colegio, informándose por completo del desarrollo y término de dicha intervención.

3.-El Director de la unidad educativa, frente a la presencia de una agresión física, deberá ponderar la situación junto al Asesor Legal del establecimiento y llevar el caso a la justicia ordinaria si así lo requiere la situación de convivencia.

4.-La Unidad Biopsicosocial de la unidad educativa, tomará el caso y deberá realizar una evaluación y tratamiento psicológico de los(as) involucrados(as), tanto

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al agresor(a) como al agredido(a), orientarlos(as) y mediar con ellos(as) y su(s) apoderados(as) dicho problema de convivencia escolar. El(La)

profesional

biopsicosocial,

deberá

velar

porque

los(as)

involucrados(as) en los problemas de convivencia escolar se suscriban a determinados protocolos de acuerdo y su eventual cumplimiento. Para ello deberá monitorear junto al Profesor(a) Jefe(a) la aplicación de estos procesos. Por lo tanto, se establecerán protocolos de acuerdo con el(la) profesor(a) agresor(a) y se establecerán y trabajarán estrategias de cuidado y autocuidado con el(los) alumno(a) agredido(a). Finalmente, deberá informar al Inspector General los resultados de la intervención biopsicosocial y hacer entrega de copias simples de los documentos elaborados y firmados. II.-Actores involucrados.

Inspector General (Rol). Docente Directivo Encargado de administrar la aplicación del Reglamento Interno del establecimiento, de la atención de apoderados y de convocar al Comité de Convivencia Escolar según Ley 20.536. Este profesional debe iniciar el proceso de intervención de convivencia escolar y velar por su solución, de lo contrario y en última instancia debe derivar el caso a su Jefe Directo.

Psicóloga (Rol) Profesional de las ciencias de la educación encargada de hacer la evaluación psicológica de los(as) involucrados(as), deberá atender sus problemas psicológicos, orientarlos y mediar con alumnos(as) y apoderados(as) los problemas de convivencia escolar. La profesional deberá velar porque los(as) involucrados(as) en los problemas de convivencia escolar se suscriban a determinados protocolos de

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acuerdo y que los cumplan. Para ello deberá monitorear junto al Profesor(a) Jefe(a) estos procesos. Finalmente, deberá informar al Inspector general los resultados de la intervención biopsicosocial.

Comité de Convivencia Escolar (Rol). Este es un Comité creado por la Ley 20.536 que cumple las funciones de promoción y prevención de la buena convivencia escolar. Busca prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos. Sus decisiones y sanciones serán tomadas por mayoría simple y deberán estar completamente acordes al Reglamento Interno de la unidad educativa. Deberá sesionar como plazo máximo dentro de los 5 días hábiles después de ocurrido el evento. Deberá proponer medidas paliativas al evento, mientras opera el protocolo en forma completa. Dichas medidas, deberán ser acordes el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar de la unidad educativa. Director de la unidad educativa (Rol). Será el responsable final del proceso, deberá ponderar la situación junto al Asesor Legal del establecimiento y llevar el caso a la justicia ordinaria si así lo requiere la situación de convivencia.

Apoderado (Rol). Es el representante legal de un alumno(a), debe hacerse responsable de sus acciones y comportamiento al interior de la unidad educativa, de las sanciones que aplique el establecimiento y de firmar los protocolos de acuerdo que se establezcan. Posee el derecho de estar informado de todas las acciones, decisiones y sanciones del Reglamento Interno.

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Los apoderados serán citados a la unidad educativa por Inspectoría General. Se trabajará sobre la base de un formato de citación de apoderados. Profesor(a) Jefe (Rol). Profesional encargado de la Jefatura de un curso de la unidad educativa. Es el(la) responsable de la gestión administrativa de dicho curso y por lo tanto, de liderar la reunión de sus apoderados(as). Será el encargado de informar el evento al Inspector General y a la vez deberá registrar lo sucedido en el libro de clases y completar la ficha de atención de apoderados.

Profesor(a) de aula (Rol). Profesional encargado de la docencia en un curso o asignatura de la unidad educativa. Es el(la) responsable de la gestión administrativa de dicho curso/asignatura y por lo tanto, de liderar el proceso pedagógico al interior del aula, llevar los aspectos administrativos propios del aula; liderazgo, gestión curricular, recursos y convivencia escolar.

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Atención de Apoderados(as) por Inspectoría. Bizagi Process Modeler

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Tabla de Contenidos. I

ATENCIÓN DE APODERADOS(AS) POR INSPECTORÍA.............................. 2

II

ACTORES INVOLUCRADOS ........................................................................... 3

I.-Atención de apoderados(as) por Inspectoría.

Protocolo de intervención: Los pasos a seguir por los actores de la unidad educativa deberán ser los siguientes:

1.-El(La) Profesor(a) Jefe ó de asignatura, será el(la) profesional encargado de solicitar la citación del apoderado a la Inspectoría general, para ello deberá preparar el libro de clases y el informe con los antecedentes que originan la citación, deberá utilizar el formato de la unidad educativa. 2.-La Inspectoría General, será la unidad docente encargada de realizar la citación, de administrar la aplicación del Reglamento Interno del establecimiento,

71

de la atención de apoderados y de convocar al Comité de Convivencia Escolar según Ley 20.536 cuando corresponda. Esta unidad deberá aplicar las sanciones respectivas de acuerdo al PEI de la unidad educativa y registrar la toma de conocimiento de los apoderados en relación a la materia por la cual se le cita. Además, deberá elevar la atención del apoderado(a) a su Jefe directo (Director), cuando el(la) apoderado(a) no esté de acuerdo con las medidas y respuestas otorgadas por la unidad. Dicha unidad, deberá informar al profesor que solicitó la citación de lo acordado con el apoderado y de los puntos tratados en dicha reunión.

3.-El Director(a) de la unidad educativa, será el responsable de ratificar las sansiones establecidas por Inspectoría General cuando se cite a los apoderados, de acuerdo a los antecedentes que le aporte la Inspectoría General.

II.-Actores involucrados.

Director de la unidad educativa (Rol). Será el responsable de ratificar las sansiones establecidas por Inspectoría General cuando se cite a los apoderados, de acuerdo a los antecedentes que le aporte la Inspectoría General.

Inspectoría General (Rol). Unidad docente directiva encargada de administrar la aplicación del Reglamento Interno del establecimiento, de la atención de apoderados y de convocar al Comité de Convivencia Escolar según Ley 20.536. Esta unidad debe entre otras, iniciar el proceso de intervención de convivencia escolar, atender apoderados, derivar los casos de complejidad a su Jefe Directo y atender apoderados(as)

durante la

jornada

de clases y en las reuniones de

apoderados(as).

72

Será la unidad encargada de citar a los apoderados, tratar el tema que origina la citación e informar al profesor que eleva a su unidad el requerimiento, los resultados de dicha cita.

Profesor(a) Jefe (Rol). Profesional encargado de la Jefatura de un curso de la unidad educativa. Es el(la) responsable de la gestión administrativa de dicho curso y por lo tanto, de citar a los apoderados a entrevista cuando sea necesario.

Profesor(a) de Asignatura (Rol). Profesional encargado de una de las asignaturas del programa de estudio escolar. Será responsable de citar a los apoderados(as) cuando sea necesario. Su solicitud podrá elevarla al profesor(a) jefe ó a la Inspectoría General.

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Atención de Apoderados(as) por Profesor(a) Jefe. Bizagi Process Modeler

Tabla de Contenidos. I

ATENCIÓN DE APODERADOS POR PROFESOR(A) JEFE(A) ..................... 2

II

PERFORMERS ................................................................................................. 3

74

I.-Atención de apoderados(as) por Profesor(a) Jefe(a).

Protocolo de intervención: Los pasos a seguir por los actores de la unidad educativa deberán ser los siguientes:

1.-El(La) Profesor(a) Jefe, será el(la) profesional encargado de la jefatura de un curso de la unidad educativa. Será el responsable de la gestión administrativa de dicho curso y por lo tanto, de liderar las reuniones de sus apoderados(as). Deberá realizar las reuniones de padres y apoderados, de acuerdo a los puntos establecidos por la dirección de la unidad educativa, a sus sugerencias y a la información y sugerencias provenientes desde de la Inspectoría General y desde la UTP. Tendrá la responsabilidad de citar a los apoderados cuando así lo requiera el reglamento interno y de convivencia escolar de la unidad educativa y cuándo los acuerdos pedagógicos y solicitudes de docentes de asignaturas así lo requieran. Antes de citar al apoderado, deberá preparar el libro de clases y el informe con los antecedentes que originan la citación, utilizando el formato de la unidad educativa. Deberá administrar la aplicación el reglamento interno y de convivencia escolar de la unidad educativa y las sanciones al no cumplimiento de los acuerdos pedagógicos establecidos en cada sector curricular, cuando los docentes de asignaturas así lo requieran.

75

Finalmente, deberá registrar los acuerdos y compromisos contraídos por el(la) apoderado(a) y por los estudiantes en el libro de clases. II.-Actores involucrados.

Profesor(a) Jefe (Rol). Profesional encargado de la Jefatura de un curso de la unidad educativa, es el(la) responsable de la gestión administrativa de dicho curso.

Apoderado(a) (Rol). Es el representante legal de un alumno(a), debe hacerse responsable de sus acciones y comportamiento al interior de la unidad educativa, de las sanciones que aplique el establecimiento y de firmar los protocolos de acuerdo que se establezcan. Posee el derecho de estar informado de todas las acciones, decisiones y sanciones del Reglamento Interno, de Convivencia Escolar y de los acuerdos pedagógicos y las solicitudes de docentes de asignaturas cuando lo requieran. Los apoderados serán citados a la unidad educativa por Inspectoría General. Se trabajará sobre la base de un formato de citación de apoderados.

76

Reunión de Apoderados(as). Bizagi Process Modeler

77

Tabla de Contenidos. I

REUNIÓN DE APODERADOS(AS) .................................................................. 2

II

ACTORES INVOLUCRADOS ........................................................................... 4

I.-Reunión de Apoderados(as).

Protocolo de intervención: Los pasos a seguir por los actores de la unidad educativa deberán ser los siguientes:

1.-El Director(a) de la unidad educativa, será el responsable de establecer los puntos a tratar en las reuniones de apoderados, el tratamiento que los(as) profesores(as) deberán asignarle a la información entregada y las posibles respuestas a las preguntas que durante ellas surjan.

78

2.-La Inspectoría General, es la unidad docente encargada de administrar la aplicación del Reglamento Interno del establecimiento, de la atención de apoderados y de convocar al Comité de Convivencia Escolar según Ley 20.536. Esta unidad debe iniciar el proceso de intervención de convivencia escolar, velar por su solución, derivar el caso a su Jefe Directo cuando sea necesario y atender apoderados(as)

durante la

jornada

de clases y en las reuniones de

apoderados(as). La Inspectoría General deberá aportar con información y sugerencias relacionadas al Reglamento Interno y de Convivencia Escolar a los profesores jefes, durante la reunión de profesores inmediatamente anterior a la reunión de apoderados. Dicha información y sugerencias deberán ser tomadas íntegramente por los profesores(as) jefes. Dicha unidad deberá estar disponible durante las reuniones de apoderados para las consultas de profesores y de apoderados(as). 3.-La UTP, es la unidad encargada de gestionar el currículum al interior del establecimiento. Deberá dar orientaciones a los(as) docentes de la unidad y atender consultas relacionadas con el currículum y sus derivados provenientes de los(as) apoderados(as). La Unidad Técnico Pedagógica deberá aportar con información y sugerencias técnico pedagógicas a los profesores jefes, durante la reunión de profesores inmediatamente anterior a la reunión de apoderados. Dicha información y sugerencias deberán ser tomadas íntegramente por los profesores(as) jefes. Dicha unidad deberá estar disponible durante las reuniones de apoderados para las consultas de profesores y de apoderados(as).

4.-El(La) Profesor(a) Jefe, será el(la) profesional encargado de la jefatura de un curso de la unidad educativa. Será el responsable de la gestión administrativa de dicho curso y por lo tanto, de liderar las reuniones de sus apoderados(as). Deberá realizar las reuniones de padres y apoderados, de acuerdo a los puntos

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establecidos por la dirección de la unidad educativa, a sus sugerencias y a la información y sugerencias provenientes desde de la Inspectoría General y desde la UTP. La realización de las reuniones de apoderados deberá ser sobre la base de los puntos establecidos por el Director, de sus orientaciones específicas y desde las informaciones y sugerencias provenientes de la Inspectoría General y de la UTP. Además, deberá derivar a Inspectoría General y a UTP las consultas de los apoderados cuando corresponda y no podrá responder materias que no son de su competencia en el ámbito de la gestión administrativa propia de la jefatura de curso. II.-Actores involucrados.

Director de la unidad educativa (Rol). Será el responsable de establecer los puntos a tratar en las reuniones de apoderados y el tratamiento que cada profesor(a) le debe asignar a la información entregada a los padres y apoderados y las respuestas a posibles preguntas que allí surjan. Inspectoría General (Rol). Unidad docente directiva encargada de administrar la aplicación del Reglamento Interno del establecimiento, de la atención de apoderados y de convocar al Comité de Convivencia Escolar según Ley 20.536. Esta unidad debe entre otras, iniciar el proceso de intervención de convivencia escolar, velar por su solución, derivar el caso a su Jefe Directo y atender apoderados(as) durante la jornada de clases y en las reuniones de apoderados(as). Unidad Técnico Pedagógica (Rol). Es la unidad encargada de gestionar el currículum al interior del establecimiento. Debe dar orientaciones a los(as) docentes de la unidad y atender

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consultas relacionadas con el currículum y sus derivados provenientes de los(as) apoderados(as). Profesor(a) Jefe (Rol). Profesional encargado de la Jefatura de un curso de la unidad educativa. Es el(la) responsable de la gestión administrativa de dicho curso y por lo tanto, de liderar la reunión de sus apoderados(as). La ejecución de la reunión de apoderados debe ser sobre la base de los puntos establecidos por el Director y sus orientaciones específicas. Es decir, debe derivar a Inspectoría General y a UTP las consultas de los apoderados cuando corresponda y no deberá responder materias que no son de la competencia de la gestión administrativa propia de la jefatura de un curso.

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Protocolo de intervención frente a la Violencia Sexual fuera de la Unidad Educativa. Bizagi Process Modeler

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Tabla de Contenidos 1

Protocolo para aboradr la violencia sexual fuera de la unidad educativa . 2

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Actores involucrados ...................................................................................... 5

I.-Protocolo para abordar la Violencia Sexual realizada fuera de la Unidad Educativa. Protocolo de intervención: Los pasos a seguir por los actores de la unidad educativa deberán ser los siguientes:

1.-El Actor educativo, que se informe de una agresión, deberá registrar lo sucedido en el libro de clases y completar la ficha de atención de apoderados.

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Este registro deberá consignar claramente el carácter de la agresión, las cuales deberán haber sido realizadas bajo el “no consentimiento del agredido(a)”, pudiendo ser éstas un beso a la fuerza, una tocación ó penetración. Se entenderá por un beso a la fuerza, todas aquellas a través de las cuales los(as) agresores(as) usando la fuerza rocen sus labios y su lengua con la boca ó alguna parte del cuerpo del agredido(a). Se entenderá por tocación, todas aquellas a través de las cuales los(as) agresores(as) toquen alguna parte íntima del cuerpo del agredido(a). Se entenderá por penetración, todas aquellas a través de las cuales los(as) agresores(as) introduzcan su pene, ya sea en la vagina ó ano del agredido(a). Asimismo, el actor educativo, que sospeche de una posible agresión, deberá comunicar su inquietud y sospecha a la unidad biopsicosocial de la unidad educativa para que se realice una entrevista clínica que indique la presencia efectiva de una agresión sexual. De arrojar positiva la entrevista clínica, la psicóloga de la unidad educativa, deberá derivar dicho caso al consultorio ó al centro de atención de salud más cercano a la unidad educativa.

2.-El Inspector General al enterarse de la presencia del evento ó de una presunta sospecha, derivará al interior del colegio el caso a la unidad Biopsicosocial.

3.-El Director de la unidad educativa, frente a la presencia de una agresión de tipo sexual informada por la unidad Biopsicosocial del establecimiento, deberá ponderar la situación junto al Asesor Legal del establecimiento y denunciar el caso a la justicia ordinaria si así lo requiriese la situación de convivencia. La denuncia del Director, estará avalada por la ley, por lo tanto, dicha denuncia deberá ser realizada ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin

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perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. Si la agresión sexual es efectiva y ésta tuvo un carácter de tocación debajo de la ropa, el Director junto con hacer la denuncia respectiva, deberá acompañar al alumno(a) agredido al Servicio Médico Legal durante la constatación de agresión. 4.-La Unidad Biopsicosocial, tomará el caso y deberá realizar una entrevista clínica para determinar la presencia de la agresión. De existir la agresión, la profesional Biopsicosocial deberá entregar su informe profesional respectivo al Director de la unidad educativa, para que éste proceda de acuerdo a protocolo. Una vez detectada la agresión, la profesional Biopsicosocial deberá derivar el caso con el detalle de su informe al consultorio ó centro de salud más cercano a la unidad educativa para su intervención clínica, asistencia legal y social. Posteriormente, deberá entrevistarse con los apoderados para comunicar lo acontecido y realizado (siempre y cuando no sean lo hechores de la agresión sexual derivada), y para entregarles orientaciones en relación al cuidado y autocuidado en materias sexuales. Luego, deberá trabajar con el profesor(a) jefe(a) el cuidado y autocuidado del alumno agredido(a), es decir, deberá monitorear su desenvolvimiento en el aula y en la unidad educativa. Finalmente, deberá informar al Inspector general los resultados de la intervención biopsicosocial.

II.-Actores involucrados.

Inspector General (Rol). Docente Directivo encargado de administrar la aplicación del Reglamento Interno del establecimiento, de la atención de apoderados y de convocar al Comité de Convivencia Escolar según Ley 20.536. Este profesional debe iniciar el proceso de intervención de convivencia escolar y velar por su solución, de lo contrario y en

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última instancia debe derivar el caso a su Jefe Directo. Por lo tanto, frente a un informe ó sospecha de una agresión, deberá derivar el caso a la unidad Biopsicosocial del establecimiento. Psicóloga (Rol) Profesional de las ciencias de la educación encargada de hacer la evaluación psicológica y entrevistas clínicas a los agredidos(as), deberá ante la presencia de una agresión derivar el caso al consultorio ó centro de salud más cercano a la unidad educativa para su intervención clínica, asistencia legal y social. Posteriormente, deberá entrevistarse con los apoderados para comunicar lo acontecido y realizado (siempre y cuando no sean lo hechores de la agresión sexual derivada), y para entregarles orientaciones en relación al cuidado y autocuidado en materias sexuales. Finalmente, deberá trabajar con el profesor(a) jefe(a) el cuidado y autocuidado

del

alumno

agredido(a),

es

decir,

deberá

monitorear

su

desenvolvimiento en el aula y en la unidad educativa. La profesional deberá velar porque los(as) involucrados(as) en los problemas de convivencia escolar se suscriban a determinados protocolos de acuerdo y que los cumplan. Para ello deberá monitorear junto al Profesor(a) Jefe(a) estos procesos. Finalmente, deberá informar al Inspector general los resultados de la intervención biopsicosocial.

Director de la unidad educativa (Rol). Será el responsable final del proceso, deberá ponderar la situación junto al Asesor Legal del establecimiento y llevar el caso a la justicia ordinaria si así lo requiere la situación de convivencia. De ser efectiva la agresión sexual, el Director deberá denunciar el acto y su acción estará avalada por la ley, por lo tanto, dicha denuncia deberá ser realizada ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio

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Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. El Director junto con hacer la denuncia respectiva, deberá acompañar al alumno(a) agredido al Servicio Médico Legal durante la constatación de agresión.

Apoderado(a) (Rol). Es el representante legal de un alumno(a), debe hacerse responsable de sus acciones y comportamiento al interior de la unidad educativa, de las sanciones que aplique el establecimiento y de firmar los protocolos de acuerdo que se establezcan. Posee el derecho de estar informado de todas las acciones, decisiones y sanciones del Reglamento Interno. Los apoderados serán citados a la unidad educativa por Inspectoría General. Se trabajará sobre la base de un formato de citación de apoderados.

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Protocolo de Violencia Informática Bizagi Process Modeler

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Tabla de Contenidos 1

Protocolo de violencia informática en la unidad educativa ......................... 2

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Actores involucrados ...................................................................................... 5

I.- Protocolo de violencia informática en la unidad educativa. Protocolo de intervención: Los pasos a seguir por los actores de la unidad educativa deberán ser los siguientes: 1.-El actor educativo, profesor de aula, Inspector ó asistente de aula que se informe de la agresión u hostigamiento informático, deberá registrar lo sucedido en el libro de clases y completar la ficha de atención de apoderados.

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Este registro deberá consignar claramente el carácter de la agresión, pudiendo ser esta a través de párrafos textuales, fotografía ó videos alojados en las redes sociales. Se entenderá por agresión informática, todas aquellos textos, fotografías y videos a través de las cuales los(as) se ofenda, descalifique, injurie y calumnie a un actor de la comunidad educativa mediante la utilización de un lenguaje no aceptable y que falte el respeto (burlas, groserías, ofensas escritas, a través de imágenes, fotos, otras).

2.-El Inspector General procederá a convocar al Consejo de Convivencia Escolar para que sancione el evento y a la vez, proponga las medidas para solucionar y prevenir futuros eventos de acuerdo al Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. Deberá

administrar

la

aplicación

del

Reglamento

Interno

del

establecimiento, de acuerdo a lo indicado por el Consejo de Convivencia Escolar, entrevistarse con el apoderado y firmar el protocolo de acuerdo, si fuese necesaria una u otra acción. Si el apoderado(a) se negara a firmar el protocolo de acuerdo, recurrirá a su Jefe Superior (Director) para definir el tema. Posteriormente, derivará el caso y las sanciones al evento que haya propuesto el Consejo al Director de la unidad educativa y a la Unidad Biopsicosocial del colegio, informándose por completo del desarrollo y término de dicha intervención. 3.-El Director de la unidad educativa, frente a la presencia de agresión u hostigamiento informático, deberá ponderar la situación junto al Asesor Legal del establecimiento y llevar el caso a la justicia ordinaria si así lo requiere la situación de convivencia. 4.-La Unidad Biopsicosocial de la unidad educativa, tomará el caso y deberá realizar una evaluación y tratamiento psicológico de los(as) involucrados(as), tanto

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al agresor(a) como al agredido(a), orientarlos(as) y mediar con ellos(as) y su(s) apoderados(as) dicho problema de convivencia escolar. La profesional deberá velar porque los(as) involucrados(as) en los problemas de convivencia escolar se suscriban a determinados protocolos de acuerdo y su eventual. Para ello deberá monitorear junto al Profesor(a) Jefe(a) la aplicación de estos procesos. Por lo tanto, se establecerán protocolos de acuerdo con el(la) apoderado(a) agresor(a) y se establecerán y trabajarán estrategias de cuidado y autocuidado con el alumno(a) agredido(a). Finalmente, deberá informar al Inspector General los resultados de la intervención biopsicosocial y hacer entrega de copias simples de los documentos elaborados y firmados. II.-Actores involucrados.

Inspector General (Rol). Docente Directivo Encargado de administrar la aplicación del Reglamento Interno del establecimiento, de la atención de apoderados y de convocar al Comité de Convivencia Escolar según Ley 20.536. Este profesional debe iniciar el proceso de intervención de convivencia escolar y velar por su solución, de lo contrario y en última instancia debe derivar el caso a su Jefe Directo.

Psicóloga (Rol). Profesional de las ciencias de la educación encargada de hacer la evaluación psicológica de los(as) involucrados(as), deberá atender sus problemas psicológicos, orientarlos y mediar con alumnos(as) y apoderados(as) los problemas de convivencia escolar. La profesional deberá velar porque los(as) involucrados(as) en los problemas de convivencia escolar se suscriban a determinados protocolos de acuerdo y que los cumplan. Para ello deberá monitorear junto al Profesor(a) Jefe(a) estos procesos.

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Finalmente, deberá informar al Inspector general los resultados de la intervención biopsicosocial. Comité de Convivencia Escolar (Rol). Este es un Comité creado por la Ley 20.536 que cumple las funciones de promoción y prevención de la buena convivencia escolar. Busca prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos. Sus decisiones y sanciones serán tomadas por mayoría simple y deberán estar completamente acordes al Reglamento Interno de la unidad educativa. Deberá sesionar como plazo máximo dentro de los 5 días hábiles después de ocurrido el evento. Deberá proponer medidas paliativas al evento, mientras opera el protocolo en forma completa. Dichas medidas, deberán ser acordes el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar de la unidad educativa. Director de la unidad educativa (Rol). Será el responsable final del proceso, deberá ponderar la situación junto al Asesor Legal del establecimiento y llevar el caso a la justicia ordinaria si así lo requiere la situación de convivencia. Apoderado (Rol). Es el representante legal de un alumno(a), debe hacerse responsable de sus acciones y comportamiento al interior de la unidad educativa, de las sanciones que aplique el establecimiento y de firmar los protocolos de acuerdo que se establezcan. Posee el derecho de estar informado de todas las acciones, decisiones y sanciones del Reglamento Interno. Los apoderados serán citados a la unidad educativa por Inspectoría General. Se trabajará sobre la base de un formato de citación de apoderados.

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Protocolo de intervención frente a la Violencia Sexual en la Unidad Educativa. Bizagi Process Modeler

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Tabla de Contenidos. 1

Protocolo para aboradr la violencia sexual en la unidad educativa ........... 2

2

Actores involucrados ...................................................................................... 5

I.- Protocolo para abordar la Violencia Sexual en la Unidad Educativa. Protocolo de intervención: Los pasos a seguir por los actores de la unidad educativa deberán ser los siguientes: 1.-El Actor educativo, que se informe de la agresión, deberá registrar lo sucedido en el libro de clases y completar la ficha de atención de apoderados.

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Este registro deberá consignar claramente el carácter de la agresión, las cuales deberán haber sido realizadas bajo el “no consentimiento del agredido(a)”, pudiendo ser esta un beso a la fuerza, una tocación ó penetración. Se entenderá por un beso a la fuerza, todas aquellas a través de las cuales los(as) agresores(as) usando la fuerza rocen sus labios y su lengua con la boca ó alguna parte del cuerpo del agredido(a). Se entenderá por tocación, todas aquellas a través de las cuales los(as) agresores(as) toquen alguna parte íntima del cuerpo del agredido(a). Se entenderá por penetración, todas aquellas a través de las cuales los(as) agresores(as) introduzcan su pene, ya sea en la vagina ó ano del agredido(a). 2.-El Inspector General procederá a convocar al Consejo de Convivencia Escolar para que sancione el evento y a la vez, proponga las medidas para solucionar y prevenir futuros eventos de acuerdo al Reglamento Interno y de Convivencia Escolar. Deberá

administrar

la

aplicación

del

Reglamento

Interno

del

establecimiento, de acuerdo a lo indicado por el Consejo de de Convivencia Escolar y entrevistarse con el apoderado del alumno agresor y firmar el protocolo de acuerdo, si fuese necesaria una u otra acción. Si el apoderado(a) se negara a firmar el protocolo de acuerdo, recurrirá a su Jefe Superior (Director) para definir el tema. Posteriormente, derivará el caso y las sanciones al evento que haya propuesto el Consejo al Director de la unidad educativa y a la Unidad Biopsicosocial del colegio, informándose por completo del desarrollo y término de dicha intervención.

3.-El Director de la unidad educativa, frente a la presencia de una agresión de tipo sexual, deberá ponderar la situación junto al Asesor Legal del establecimiento

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y denunciar el caso a la justicia ordinaria si así lo requiriese la situación de convivencia. La denuncia del Director, estará avalada por la ley, por lo tanto, dicha denuncia deberá ser realizada ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. Si la agresión sexual es efectiva y ésta tuvo un carácter de tocación debajo de la ropa, el Director junto con hacer la denuncia respectiva, deberá acompañar al alumno(a) agredido al Servicio Médico Legal durante la constatación de agresión. 4.-La Unidad Biopsicosocial, tomará el caso y deberá realizar una evaluación y tratamiento psicológico de los(as) involucrados(as), tanto al agresor(a) como al agredido(a), orientarlos(as) y mediar con ellos(as) y su(s) apoderados(as) dicho problema de convivencia escolar. La profesional deberá velar porque los(as) involucrados(as) en los problemas de convivencia escolar se suscriban a determinados protocolos de acuerdo y su eventual solución. Para ello deberá monitorear junto al Profesor(a) Jefe(a) la aplicación de estos procesos. Por lo tanto, se establecerán protocolos de acuerdo con el(la) apoderado(a) del alumno(a) agresor(a) y se establecerán y trabajarán estrategias de cuidado y autocuidado con el alumno(a) agredido(a). Finalmente, deberá informar al Inspector General los resultados de la intervención biopsicosocial y hacer entrega de copias simples de los documentos elaborados y firmados.

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II.-Actores involucrados.

Inspector General (Rol). Docente Directivo Encargado de administrar la aplicación del Reglamento Interno del establecimiento, de la atención de apoderados y de convocar al Comité de Convivencia Escolar según Ley 20.536. Este profesional debe iniciar el proceso de intervención de convivencia escolar y velar por su solución, de lo contrario y en última instancia debe derivar el caso a su Jefe Directo.

Psicóloga (Rol) Profesional de las ciencias de la educación encargada de hacer la evaluación psicológica y entrevistas clínicas de los(as) involucrados(as), deberá atender sus problemas psicológicos, orientarlos y mediar con alumnos(as) y apoderados(as) los problemas de convivencia escolar. La profesional deberá velar porque los(as) involucrados(as) en los problemas de convivencia escolar se suscriban a determinados protocolos de acuerdo y que los cumplan. Para ello deberá monitorear junto al Profesor(a) Jefe(a) estos procesos. Finalmente, deberá informar al Inspector general los resultados de la intervención biopsicosocial. Comité de Convivencia Escolar (Rol). Este es un Comité creado por la Ley 20.536, el cual cumple las funciones de promoción y prevención de la buena convivencia escolar. Busca prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos. Sus decisiones y sanciones serán tomadas por mayoría simple y deberán estar completamente acordes al Reglamento Interno de la unidad educativa. Deberá sesionar como plazo máximo dentro de los 5 días hábiles después de ocurrido el evento.

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Deberá proponer medidas paliativas al evento, mientras opera el protocolo en forma completa. Dichas medidas, deberán ser acordes el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar de la unidad educativa. Director de la unidad educativa (Rol). Será el responsable final del proceso, deberá ponderar la situación junto al Asesor Legal del establecimiento y llevar el caso a la justicia ordinaria si así lo requiere la situación de convivencia. De ser efectiva la agresión sexual, el Director deberá denunciar el acto y su acción estará avalada por la ley, por lo tanto, dicha denuncia deberá ser realizada ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal. El Director junto con hacer la denuncia respectiva, deberá acompañar al alumno(a) agredido al Servicio Médico Legal durante la constatación de agresión. Apoderado(a) (Rol). Es el representante legal de un alumno(a), debe hacerse responsable de sus acciones y comportamiento al interior de la unidad educativa, de las sanciones que aplique el establecimiento y de firmar los protocolos de acuerdo que se establezcan. Posee el derecho de estar informado de todas las acciones, decisiones y sanciones del Reglamento Interno. Los apoderados serán citados a la unidad educativa por Inspectoría General. Se trabajará sobre la base de un formato de citación de apoderados.

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PROTOCOLO DE RETENCIÓN ESCOLAR DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS Y MADRES ADOLESCENTES. Fundamentos. Este protocolo se fundamenta en los siguientes documentos: 

Ley 18.962, artículo 2º, inciso 3: “El embarazo y la maternidad, no constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los establecimientos de educación de cualquier nivel. Estos últimos deberán, además, otorgar las facilidades académicas del caso.”



La Ley 20.370 General de Educación de 2009 da protección a la embarazada y madre adolescente, y está por sobre los reglamentos internos de los establecimientos educacionales.



Cartilla de Protocolo de Retención en el Sistema Escolar de Estudiantes Embarazadas, Madres y Padres Adolescentes, Unidad de Transversalidad Educativa del Ministerio de Educación, 2011, dice: “Todas las indicaciones contenidas en este documento se fundamentan en el deber que tienen los centros escolares de asegurar el derecho a la educación, brindando las facilidades que correspondan, para la permanencia del joven en el sistema escolar, evitando así la deserción de las alumnas embarazadas y/o madres y los padres adolescentes. Estas observaciones se fundamentan en el respeto y valoración de la vida y en los derechos de todas las personas. Esto no significa premiar o fomentar el embarazo adolescente” Responsabilidades del padre, madre o Apoderado/a de una Estudiante Embarazada o Madre. 

Informar en el establecimiento que la estudiante se encuentra en condición de embarazo o maternidad.



El Director o Profesor/a Responsable le informará sobre los derechos y obligaciones, tanto de la estudiante, como de la familia y del establecimiento.



Presentar un certificado emitido por un médico o matrona indicando las semanas de gestación.



Firmar compromiso de acompañamiento a la adolescente que aborde los siguientes aspectos: Su consentimiento para que la alumna asista a los controles, exámenes médicos y otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del 99

embarazo y del hijo/a nacido, que implique la ausencia parcial de la estudiante durante la jornada de clases. El apoyo que le brindará a su pupila respecto a sus deberes académicos (asistencia, materiales de trabajo, etc.) 

Deberá presentar certificado médico en caso de ser eximida de la clase práctica de Educación Física.



Si la estudiante se ausentara por más de un día, el apoderado/a deberá concurrir al establecimiento a entregar el certificado médico. Además deberá solicitar entrevista con el/la Profesor/a Jefe/a para el retiro de los materiales de estudio y calendario de evaluaciones.



Notificar al establecimiento de situaciones como cambio de domicilio o si la hija embarazada o madre quedara bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

Respecto del Consejo Escolar: 

El Protocolo de Retención Escolar de Estudiantes Embarazadas y Madres Adolescentes del Establecimiento estará en conocimiento del Consejo Escolar.

Respecto del Reglamento de Convivencia Escolar: Derechos de la alumna embarazada: 

Contar con el permiso para concurrir a las actividades de control prenatal y cuidado del embarazo, documentadas con el carné de salud o certificado emitido por el médico tratante o matrona.



Asistir al baño cuantas veces lo requiera, sin tener que reprimirse por ello, para prevenir el riesgo de una infección urinaria.



Utilizar dependencias de la biblioteca u otros espacios del establecimiento, para evitar estrés o posibles accidentes.



La estudiante tiene derecho a adaptar su uniforme escolar a su condición de embarazo.

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Derechos de la alumna madre: 

Brindar el derecho a la madre adolescente a decidir el horario de alimentación de su hijo o hija, como máximo una hora, sin considerar los tiempos de traslados. Este horario debe ser comunicado formalmente a través de una carta al Director del establecimiento durante la primera semana de ingreso de la alumna.



Para las labores de amamantamiento, se permitirá la salida de la alumna madre en el horario predeterminado para acudir a su hogar o sala cuna.



En caso que el hijo/a menor de un año, presenta alguna enfermedad que necesite de su cuidado específico, según conste en un certificado emitido por el médico tratante, el establecimiento dará a la madre, las facilidades pertinentes, como una forma de evitar la deserción post parto.

Deberes de la alumna embarazada o madre 

Las estudiantes embarazadas y madres adolescentes tienen la responsabilidad de asistir a sus controles de salud, traer certificado médico al establecimiento en caso de inasistencia y cumplir con el programa de tutoría y evaluación dispuesto por el liceo.



Asistir a clases de Educación Física, debiendo ser evaluada y eximida en caso de ser necesario. Después del parto, será eximida hasta que finalice un período de seis semanas (puerperio). Asimismo, en casos calificados por el/la médico tratante, podrá eximirse de la actividad física. En estos casos, la alumna deberá realizar trabajos alternativos designados.



Informar al liceo con certificado del médico tratante y/o matrona, que está en condiciones de salud para realizar su práctica profesional.



Realizar todos los esfuerzos para terminar el año escolar, asistir a clases y cumplir con el calendario de evaluaciones, especialmente si está con tutoría y/o recalendarización de pruebas y trabajos.

Asistencia y permisos de alumnas embarazadas: 

La alumna deberá presentar el carnet de salud o certificado médico cada vez que falte a clases, ingrese más tarde o necesite salir por razones asociadas a su embarazo o maternidad.

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Todos los permisos deberán estar visados por Inspectoría, junto con su carnet de salud o certificado médico. Se registrará en el Libro de salidas.



En Secretaría de UTP se mantendrá carpeta de cada alumna embarazada o madre, la cual contendrá sus certificados médicos. Respecto del Reglamento de Evaluación y Promoción.

Criterios de Evaluación:  La alumna embarazada o madre podrá ingresar a clases y rendir normalmente sus actividades académicas y evaluaciones. No obstante, si debe asistir a controles médicos o presenta problemas e salud pre y post parto que interfiera su asistencia a clases, contará con un sistema alternativo de evaluación. Criterios para la Promoción:  No se hará exigible el cumplimiento del 85% de asistencia para las alumnas embarazadas o madres. Las inasistencias que tenga por situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un año, se consideran válidas cuando se presenta certificado médico, carné de salud, tarjeta de control u otro documento que indique las razones médicas de la inasistencia. 

En caso que la estudiante tenga una asistencia a clases menor a un 50% durante el año escolar, el Director del establecimiento educacional tiene la facultad de resolver su promoción. Lo anterior en conformidad con las normas establecidas en los Decretos Exentos de Educación Nº 511 de 1997, 112 y 158 de 1999 y 83 de 2001.

Sistema de Tutorías:  El establecimiento contará con un/a docente responsable que supervisará la realización de tutorías por parte de los profesores/as jefes/as, a las alumnas en situación de embarazo o maternidad. Funciones del/la Profesor/a Jefe/a:  Ser intermediario/a o nexo entre la alumna y los profesores de asignatura para organizar la entrega de materiales de estudio y evaluaciones; supervisar las inasistencias en la carpeta de la estudiante; supervisar y/o informar a Dirección el cumplimiento de los docentes en todos los sectores. 

Apoyo pedagógico especial: supervisar entrega de materiales de estudio, guías de aprendizaje, entrega de calendario de evaluación alternativo cuando sea necesario. Este apoyo se dará mientras la alumna se ausente por 102

situaciones derivadas del embarazo, parto, post parto, control de niño sano y enfermedades del hijo menor de un año. Todo ello acreditado por certificado médico. El establecimiento debe ingresar en el Sistema de Registro de Estudiantes Embarazadas, Madres y Padres de JUNAEB a sus estudiantes en esas condiciones. Dicho registro permite hacer un seguimiento a la trayectoria escolar de las estudiantes, y focalizar esfuerzos para disminuir las tasas de deserción escolar.

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PROTOCOLO PARA LA PREVENCION DEL SONSUMO Y TRÁFICO DE DROGAS Y ALCOHOL EN EL ESTABLECIMIENTO. PRESENTACION. El marco legal vigente que tiene el Estado de Chile para proteger a los jóvenes del uso indebido de drogas y alcohol, donde equipos directivos y representantes de Consejos Escolares, tenemos un importante rol institucional que cumplir. Por ello, el Colegio William Wilson usa el siguiente protocolo para abordar casos de consumo y situaciones de posible tráfico de Drogas y Alcohol. El objetivo es entregar orientaciones para prevenir el consumo y tráfico de drogas y alcohol en el establecimiento escolar; considerando que los estudios realizados en la materia plantean que una de las alternativas de solución para abordar el consumo de alcohol y drogas es a través de una educación preventiva en la escuela. Prevención en este sentido significa anticiparse antes que el problema aparezca, iniciando el proceso preventivo en la educación parvularia y continuar hasta la educación superior, e involucrando a los padres en esta labor, siendo uno de los principales desafíos generar ambientes educativos saludables. PREVENCIÓN. En prevención, será necesario tener un enfoque integral al intervenir, se entiende el consumo de alcohol o drogas como una conducta que tiene relación directa con el estilo de vida del adolecente, su grupo de pares, su familia, el medio en el cual se desenvuelve, los problemas emocionales que le aquejan. Así, los comportamientos conflictivos y sus consecuencias, entre ellos el consumo de alcohol y/o drogas, pueden responder al proceso de búsqueda de identidad. Una condición para avanzar es que los adultos y jóvenes de la comunidad escolar no estigmaticen, ni rechacen a aquellos que presentan problemas de consumo de drogas. Los programas que tienen mejores resultados se orientan a optimizar el desarrollo integral, como una forma de evitar consecuencias graves para sí mismos y para otros. Así como a transversalizar el tema tanto en el currículum de los programas de estudio, como en las acciones y actividades extraprogramáticas, ampliando progresivamente la oferta de actividades deportivas, culturales y del desarrollo del arte, que se transformen en factores protectores para los niños, adolescentes y jóvenes educando.

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DE LA DETECCION PRECOZ DEL CONSUMO DE DROGAS. La detección precoz tiene como objetivo poder intervenir antes de que se generen problemas en el alumno/a, en los ámbitos del rendimiento escolar, las relaciones interpersonales, en el estado de ánimo y otras repercusiones personales y familiares. Se busca interceptar el problema antes que se transforme en una enfermedad que involucre dependencia y/o vulnerabilidad para el alumno. Respecto a ello se establece que existen señales de alerta tanto para profesores, profesionales y técnicos asistentes de la educación, apoderados, adultos responsables y compañeros de curso. A) SEÑALES DE ALERTA. Se entenderán por señales de alerta aquellas manifestaciones conductuales que impliquen cambios drásticos en la conducta regular del alumno, cambios en su personalidad, en sus estados emocionales, en sus relaciones interpersonales y cambios físicos. Considerando que estos muchas veces se confunden con procesos propios de la adolescencia; por sí sola cada señal no indica compromiso con la droga, sin embargo, se debe estar especialmente alerta ante la aparición combinada de las siguientes conductas. Cambios en el comportamiento. - Ausencias frecuentes e injustificadas al colegio; atrasos reiterados. - Rebeldía y descontrol de impulsos, problemas de conducta reiterados, sanciones disciplinarias. - Mentiras reiteradas. - Necesidad y búsquedas continúa de dinero, desaparición de objetos. - Cambios notables en los hábitos y conducta: somnolencia reiterada, aspecto desaseado, irritabilidad. - Agresividad al discutir el tema “drogas”. Cambios en el área intelectual - Problemas de concentración, atención y memoria - Baja en el rendimiento escolar y desinterés general Cambios en el área afectiva - Cambios bruscos y oscilantes en el estado de ánimo; reacciones emocionales exageradas. - Desmotivación generalizada. - Desinterés por las cosas o actividades que antes lo motivaban. - Desánimo, pérdida de interés vital. - Actitud de indiferencia.

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Cambios en las relaciones sociales  Preferencia por nuevas amistades y, algunas veces, repudio por las antiguas. - Pertenencia a grupos que consumen drogas. - Valoración positiva de consumidores. - Alejamientos de las relaciones familiares. - Selección de grupos de mayor edad. B) SEÑALES DE CONSUMO. - Posesión de drogas. - Olor a drogas o a otros aromas para despistar, como incienso. - Robos en el establecimiento educacional. - Posesión de accesorios relacionados con la droga: papelillos, pipas, gotas para los ojos. Una vez pesquisadas estas señales de alerta o de consumo, se debe iniciar un proceso de búsqueda de información, realizando una observación más sistemática del alumno o alumna, comunicando a el Inspector General y a la Psicóloga del Colegio, en caso de no encontrarse ninguno de las dos personas anteriores al director del departamento de Orientación. CÓMO ACTUAR CUANDO HAY CONSUMO O TRÁFICO DE DROGAS EN EL COLEGIO. De las consideraciones Generales: Directivos, Profesores, Asistentes de la Educación, personal de apoyo, alumnos, padres y apoderados y adultos responsables deben estar informados y consientes acerca de que:     

Los casos deben ser siempre abordados de manera institucional. La mejor estrategia es la prevención. Es necesario proceder resguardando el principio de inocencia. Garantizar los derechos de los estudiantes que se pueden ver involucrados. Actuar eficazmente: frente a casos flagrantes, recurrir lo antes posible a la unidad policial más cercana, o bien frente a sospechas de micro tráfico, entregar los antecedentes al fiscal del Ministerio Público o a las policías de la comuna. (considere que si usted no informó y el alumno(a) en algún proceso judicial posterior informa a la fiscalía, PDI u al tribunal que informó a profesores, u apoderados se presume por ley que si usted no estableció denuncia, es cómplice del delito, especialmente cuando quien consuma es menor de edad (Ley 20.000).  Resguardar el derecho de los estudiantes a vivir en un entorno libre de drogas. 106

EDUCACIÓN PERMANENTE. Consejos para los profesores  Si se desea ayudar se debe hacer con interés genuino, con información veraz y utilizando un tipo de acercamiento adecuado y empático.  Haga preguntas abiertas, dando espacios para que los estudiantes se sientan en libertad de comentar aquellos aspectos que más les interesan y les preocupan Qué hacer si sospecho o sé que un alumno consume drogas. - Ante situaciones relacionadas con la sospecha de consumo de drogas, es indispensable un proceso que genere un clima de confianza que facilite el dialogo respecto a lo que posiblemente le está sucediendo al estudiante. - Observar las llamadas señales de alerta y de consumo Las pautas sugeridas son: 1.-Establecer un contacto inicial con una actitud de acogida y en un clima de confianza, 2.-Ponderar el problema de acuerdo a las situaciones de posible consumo. 3.-Identificar el nivel de disposición al cambio del alumno. 4.-Coordinarse con la red de apoyo y atención local para invertir con una estrategia conjunta. PROCEDIMIENTO ACERCA DE LA PREVENCION Y CONSUMO O TRÁFICO DE DROGAS Y ALCOHOL. Implementar medidas de prevención del consumo y tráfico de drogas y alcohol. De responsabilidad directa del Director. El reglamento de Convivencia Escolar declara su oposición al consumo y tráfico de alcohol y drogas, para tal efecto aplicaremos los programas ministeriales de prevención del consumo de alcohol y drogas dirigido a los estudiantes y sus familias y los que pudieran ser generados por el propio colegio. Existe un equipo profesional preventivo compuesto por Profesor Jefe, Inspector General, Departamento de Orientación y Sicología que se hace responsable de la prevención en el establecimiento. Para efectos de monitorear un seguimiento y evaluación de las medidas de prevención y de actuación frente al consumo y tráfico de drogas y alcohol, a cargo del equipo profesional preventivo.

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De responsabilidad delegada en el equipo profesional preventivo del establecimiento. Informar a la comunidad educativa, acerca de las consecuencias asociadas al consumo y tráfico de drogas y alcohol, realizar gestiones para capacitar a los distintos estamentos de la comunidad educativa, conocer e informar a la comunidad educativa acerca de los recursos profesionales, programas, proyectos y actividades dirigidas a la prevención del consumo y tráfico de drogas y alcohol, dar a conocer a la comunidad educativa, los procedimientos y mecanismos que ha definido en el establecimiento para abordar los casos de estudiantes que iniciado el consumo de alcohol y/o drogas, participar en instancias de capacitación de prevención del consumo y tráfico de drogas, realizadas por profesionales, traspasando oportunamente dicha información a la comunidad educativa Abordar los casos de consumo de alcohol y drogas, asumiendo el siguiente procedimiento:  Propiciar la detección precoz del consumo.  Realizar entrevistas de acogida inicial  A través de entrevista personal de Profesor Jefe asociadas a problemas de desempeño y comportamiento escolar.  A solicitud de la familia.  De la aplicación de instrumentos específicos.  El Orientador tendrá una reunión de intercambio de información y coordinación con el Profesor Jefe.  El Orientador realizará entrevista con el apoderado.  Se manifestará el compromiso con el tipo de intervención externa acordada, para lo cual se realizará una reunión entre Orientación  y/o Psicología, Profesor Jefe, estudiante y familia, y acordar medidas al respecto.  En caso que sea necesario, el establecimiento informará a la familia acerca de las redes externas de apoyo profesional.  El Departamento de Orientación y/o Psicología, acompañará al alumno en este proceso abriendo un registro del caso y  programando junto al estudiante un seguimiento semanal de los compromisos asumidos y las acciones a seguir.  Se asegurará el derecho que tienen los niños, niñas y jóvenes a dar continuidad a sus estudios.  El colegio está obligado por ley a denunciar toda acción constitutiva de delito. (art 175, 176 del código procesal penal) Establecer un sistema de seguimiento y evaluación. El departamento de Orientación realizará reuniones semanales o 108

mensuales con el estudiante, llevando una bitácora de registro del cumplimiento de compromisos. Se definirán acciones para continuar mejorando los aspectos débiles detectados o para replantear la efectividad del acompañamiento, los apoderados estarán informados en todo el proceso.

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