MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR COLEGIO SALESIANO VALPARAISO

Colegio Salesiano Valparaíso MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR COLEGIO SALESIANO VALPARAISO ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR: ROSE MARIE MUÑOZ KEYER. CO

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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR COLEGIO LIRIMA
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR COLEGIO LIRIMA Última Revisión: Enero 2016 INDICE Página Introducción : ............................................

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Versión 2016 1 COLEGIO MARYMOUNT MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR VERSIÓN 2016 CONTENIDO IDENTIFICACIÓN 7 RESOLUCIÓN

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Colegio Salesiano Valparaíso

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR COLEGIO SALESIANO VALPARAISO

ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR: ROSE MARIE MUÑOZ KEYER. CORREO DE CONTACTO: [email protected]

En la nueva estructura de gestión del Colegio Salesiano Valparaíso el Área de Ambiente tiene como uno de sus desafíos “revisar y ajustar las Normas de Convivencia Escolar” que rigen a la institución. La Ley General de Educación, Ley N° 20.370 y sus modificaciones introducidas por la Ley N° 20.845, denominada Ley de Inclusión, ha establecido un nuevo marco para la Educación chilena, lo que unido a las instrucciones emanadas desde la Superintendencia de Educación para la redacción y evaluación de las normas de convivencia de un establecimiento escolar, obligan a una permanente actualización y revisión de las normas de convivencia escolar, lo que en nuestro establecimiento se realiza año a año con la Comunidad Educativo-Pastoral. En cuanto a su contenido el Manual de Convivencia Escolar recoge en toda su magnitud el Proyecto Educativo Salesiano, que es el pilar fundamental donde se sientan las bases de toda la orgánica del Colegio Salesiano Valparaíso. En este documento podremos encontrar nuestra identidad salesiana reflejada en el marco de normas del manual, actitudes esperadas de los miembros de la comunidad educativa incentivos a los miembros destacados y como último recurso las sanciones que de alguna manera buscan el resguardo de nuestro Proyecto Educativo Institucional. En cuanto a la forma de abordar las sanciones existen claramente dos tipos de normas, las primeras que buscan la reparación del mal causado mediante la conciliación y los actos reparatorios y en segundo término cuando hay que aplicar sanciones están resguardadas por un Sumario Interno cuando la situación lo amerite, y por dos tipos de procedimientos: aplicación de sanciones menores y aplicación de sanciones mayores. Ciertamente, no se trata de crear un reglamento nuevo, sino manteniendo nuestra propuesta respecto del ambiente educativo desde una perspectiva salesiana, ajustarnos a las normas que rigen nuestra realidad nacional y congregacional. Algunas normas que reflejan el Marco Legal e Institucional en el cual se basan estos principios rectores:        

La Constitución Política de la República de Chile, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Convención sobre los Derechos del Niño. Ley de Culto 19.638. Ley 19.968 Sobre los Tribunales de Familia Ley General de Educación Nº 20.370 Ley 20.084 Sobre Responsabilidad Penal Adolescente Proyecto Educativo de Los Colegios Salesianos en Chile

  

Ley Núm. 20536 sobre violencia escolar – 8 Septiembre 2011 Ley Núm. 20609 Ley de no discriminación Ley Núm. 20845 Ley sobre Inclusión

NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2016 CAPÍTULO I: NORMAS GENERALES OBJETIVO DEL REGLAMENTO Art. 1 . Las normas de convivencia escolar tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrante de la Comunidad Educativa Pastoral del Colegio Salesiano Valparaíso los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión. El Colegio Salesiano Valparaíso se preocupa por mantener un ambiente de convivencia en todas las actividades educativas-pastorales. Fieles al carisma salesiano fundamentamos nuestro quehacer educativopastoral en el Sistema Preventivo, donde la disciplina es concebida como la aceptación consciente y racional de todas las normas establecidas para optimizar nuestra convivencia educativa. Art. 2 El respeto a la persona humana es una condición básica para desarrollar un ambiente que permita un clima educativo y de evangelización. Todos los miembros de la CEP asumimos el compromiso para promover una buena práctica de convivencia comunitaria-familiar tanto dentro, como fuera del colegio. Art. 3 Todo alumno salesiano estará en constante proceso de superación a través del cumplimiento de sus deberes, adhiriéndose a la línea educativa del Colegio, en lo relativo a la formación Humana, Pastoral y Académica para alcanzar el perfil deseado de todo alumno salesiano. Art. 4 El Colegio Salesiano privilegiará todas las instancias educativas pastorales a su alcance para estimular al joven a la propia superación y conquista de sus valores e identificación con su “Casa Grande”.

CAPÍTULO II: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES Y APODERADOS Los Padres y Apoderados son los primeros responsables de la educación y evangelización de sus hijos y/o pupilos. El Colegio y sus educadores son corresponsables con la familia en el crecimiento integral de los niños y jóvenes. La opción de las Familias y/o Apoderados por este Colegio de Iglesia, animado por la Congregación Salesiana los convierte en agentes educacionales que entregan su respaldo y cooperación a los procesos de formación de hábitos y valores humanos como educacionales, de acuerdo con el Proyecto Educativo Pastoral Salesiano.

1

Art. 5

Derechos de los Padres y Apoderados.

a.

Al matricular a su pupilo y firmar el contrato de prestación de servicios educacionales la persona obtiene la calidad de Apoderado del Colegio Salesiano Valparaíso, comprometiéndose a respetar el Proyecto Educativo Pastoral Salesiano, el Manual de Convivencia, el Reglamento Académico y el Reglamento de Becas.

b.

Podrá hacer exigible todos los beneficios indicados en el Contrato de Presentación de Servicios Educacionales.

c.

Como apoderado tiene el derecho de que su pupilo reciba una educación de acuerdo con el proyecto Educativo – Pastoral Salesiano Local y los CMO y OA emanados desde el MINEDUC.

d.

e.

Podrá participar en las diversas organizaciones representativas que el colegio disponga, siempre y cuando su pupilo no se encuentre condicional. Dar opiniones y generar propuesta en las instancias de reuniones de apoderados del CSV a nivel de sub centro y generales.

f.

Según su propio reglamento podrá elegir o ser elegido democráticamente como miembro de la directiva del Centro General de Padres y Apoderados.

g.

Participará del sub centro con derecho a voz y voto, en donde podrá elegir o ser elegido democráticamente como miembro de la directiva del curso.

h.

i.

j.

k.

l.

Podrá solicitar entrevista con los miembros de la CEP, después de una petición escrita, de acuerdo a los conductos regulares del establecimiento, Profesor Jefe, Ambiente, Rectoría y Dirección. Podrá oficializar un reclamo y/o sugerencia, solicitando la correspondiente hoja en portería. Recibirá de parte del Profesor Jefe, mediante reuniones y/o entrevistas, la información oportuna y adecuada del comportamiento y calificaciones de su pupilo. Podrá ocupar y visitar las dependencias de acuerdo a una programación previamente definida y aprobada por las autoridades pertinentes, en los horarios dispuestos para ello. El presidente (a) del Centro General de Padres y Apoderados, tiene el derecho y el deber de integrar el Consejo Escolar y además, hacer oír la opinión y propuesta de los Padres y Apoderados. Ningún apoderado puede agredir verbal o físicamente a un alumno o miembro de la Comunidad Educativa Pastoral dentro del establecimiento. Su obligación es denunciar cualquier situación a las autoridades que corresponda en lo pastoral, académico y área de ambiente.

m. Cuando la situación lo amerite, ante una agresión, el establecimiento podrá denunciar la situación ante la justicia. El apoderado podrá apelar a las medidas adoptadas por el consejo de profesores de curso, mediante carta a la rectoría.

Art. 6 Deberes de los Padres y Apoderados 1.

El apoderado como primer educador, debe ser un agente activo en la educación de su pupilo y como tal participa en la aplicación y vivencia del proyecto educativo, apoyando en las tareas educativas y formativas que en beneficio de sus hijos y/o pupilos, conciba y desarrolla el Colegio.

2.

Todo alumno debe tener un apoderado titular, uno de los padres, cuya firma estará oficializada en el contrato de prestación de servicios educacionales, en el libro de clases y en la agenda escolar. Cualquier cambio referido al apoderado titular deberá ser informado a Secretaría General. Y concordada con el Colegio.

3.

Comunicará en forma escrita, en secretaría general el cambio de residencia y en especial el teléfono móvil y/o fijo. En caso de no cumplir esta norma, el apoderado libera a la institución de toda responsabilidad posterior.

4.

Matricular al alumno en fecha fijada por el Establecimiento, firmando un “Contrato de Prestación de Servicios Educacionales”, una “Declaración de Estado de Salud del alumno”, que debe ser avalada por un certificado médico en la primera quincena de Marzo. Obligándose a respetar el PEPS (Proyecto Educativo Pastoral Salesiano) local, y el reglamento interno del colegio salesiano Valparaíso.

5.

Los apoderados se obligan a no intervenir al interior del colegio en materias de índole político, religioso, técnico-pedagógico, administrativo y disciplinar.

6.

Apoyar los logros formativos y educacionales, debiendo asumir en plenitud el acompañamiento en el crecimiento personal, académico y pastoral de su pupilo.

7.

Asistir con carácter obligatorio a todas las reuniones citadas por la Dirección del colegio, Rectoría y Coordinadores de Profesores Jefes, debe justificar inasistencia personalmente dentro de 48 horas.

8.

Respetar la autoridad del Profesor Jefe en reuniones y actividades académicas pastorales del Colegio.

9.

Garantizar la asistencia y participación de su pupilo a todas las actividades académicas y para-académicas. La inasistencia debe ser justificada por el apoderado personalmente dentro de las 48 horas.

10. Responder de todo daño ocasionado por su pupilo a los bienes del Colegio, a los de sus compañeros y personas en general. 11. Cancelar la escolaridad en los plazos y formas establecidas por la administración. 12. Participar en las actividades pastorales del CSV asistiendo a ellas según se detallan: Eucaristías, Procesiones, Jornadas y Retiros. La inasistencia deberá ser justificada en forma personal ante la Coordinación Pastoral. 13. Apoyar y participar en las actividades del Sub centro del curso al que pertenece y a las que organiza el Centro General de PP y AA. Como así también las tareas que establezca el (la) profesor (a) Jefe.

2

14. Responsabilizarse de la cancelación de la cuota anual correspondiente al Centro de Padre y Apoderados, Alumnos.

k.

Ocupar las dependencias de acuerdo a una programación previamente definida y aprobada, con el acompañamiento de un educador del colegio.

l.

Representar al colegio en los diferentes eventos educativos, pastorales y recreativos externos previamente autorizados.

15. Asumir las decisiones emanadas de la Dirección del CSV y que atañen directamente a su pupilo. 16. No podrá realizar ningún tipo de comercio de índole personal dentro del Colegio. 17. El apoderado se obliga a respetar a cooperar y a seguir las indicaciones de los profesionales de apoyo del Colegio que tienen como objetivo la superación del alumno. En caso contrario, deben renunciar a estas indicaciones en forma escrita sin perjuicio que la situación pueda ser considerada infracción grave a los deberes contractuales del apoderado. 18. Es deber de los padres o tutores conocer, estudiar y aceptar las Normas de Convivencia, el Reglamento Académico y de Becas, antes de matricular a su hijo. No es legítimo reclamar por la aplicación adecuada de normas que antes se aceptaron voluntariamente.

CAPÍTULO III : DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS.

p.

Estarán sujetos al seguro escolar de accidente y estará sujeto a un plan de seguridad. Se deja constancia que en caso de accidente opera íntegramente el seguro de accidentes estatal y que el colegio avisará al apoderado de la situación.

Art. 8 Deberes de los alumnos

c.

Participar en el Centro de alumnos del colegio. Ser elegido y elegir democráticamente a los representantes de alumnos del curso y del colegio, de acuerdo con los criterios y normas establecidas.

Durante la jornada de estudio, el alumno deberá permanecer en su sala de clases (lugar asignado por los sectores de aprendizaje); y durante los recreos, los alumnos harán abandono de sus salas y se dirigirán a los patios.

d.

Participar en el Consejo Escolar representado por el Presidente del Centro de Alumnos.

Deberá participar en las actividades educativas pastorales, según criterios y normas establecidas.

e.

Recibir acompañamiento (seguimiento sistemático) de parte del cuerpo docente y directivo para superar los problemas de formación humana y rendimiento.

Plantear las inquietudes y problemas al cuerpo docente y directivo según los procedimientos establecidos.

f.

Asumir un estilo de relaciones caracterizado por un ambiente de familia en la “Casa Grande” (Comunidad Educativa Pastoral), caracterizado por el cariño, por la amabilidad en el trato y en el lenguaje, por la acogida y por la preocupación por el prójimo.

g.

Hacer un uso responsable de todos los bienes e instalaciones del colegio.

h.

Cumplir oportunamente con todos los deberes y obligaciones escolares.

Todo alumno tiene el derecho a ser escuchado por las instancias pertinentes cuando lo solicite con el debido respeto, siguiendo los conductos regulares.

d.

Participar en las diversas experiencias educativas (asociativas) de carácter pastoral, cultural y deportivo, de acuerdo con los criterios y normas establecidas.

h.

Recibir la información oportuna y adecuada de las actividades de la Comunidad Educativa Pastoral (CEP).

i.

Conocer sus calificaciones según el plazo determinado en el Reglamento de Evaluación. (anexo).

j.

Podrá hacer uso del beneficio de la TNE (Tarjeta nacional del estudiante).

El alumno deberá manejar con eficiencia la agenda escolar que le entrega el CSV. Dicha agenda es el nexo permanente entre el colegio y el hogar. En ella deberá registrar todos los datos personales solicitados. El uso de la Agenda es diaria y obligatoria. Debe pegar una foto actualizada con uniforme y completar todos los datos personales y académicos requeridos. Su estado de presentación debe ser de limpieza, orden y respeto en sus escritos. No se aceptará el uso de cuadernos u otros útiles que reemplace a la Agenda. En caso de extravío, el apoderado debe comprar otra agenda en Administración, el no portar la agenda, será causal de observación en la hoja de vida.

c.

g.

o.

b.

Todo alumno al ser matriculado a través del Contrato de Prestación de servicios educacionales en el Colegio Salesiano Valparaíso recibirá una educación de acuerdo al proyecto Educativo-Pastoral Salesiano local y (modalidades) que se desarrollará en los tipos de enseñanza que el Colegio ofrece en: Enseñanza Pre-básica, Enseñanza Básica, Enseñanza Humanista-Científico y Técnico -Profesional. Recibir una formación académica en estilo salesiano enmarcado en los CMO y OA del MINEDUC.

f.

Celebrar efemérides institucionales y nacionales.

Todo alumno al ser matriculado a través del Contrato de Prestación de servicios educacionales en el Colegio Salesiano Valparaíso deberá aceptar y cumplir con lo establecido en el PEPS local, en el Proyecto Curricular y en el Manual de Convivencia.

b.

e.

n.

a.

Art. 7 Derechos de los alumnos. a.

m. Participar en retiros como liturgias penitenciales y eucaristías, de acuerdo con los criterios y normas establecidas.

Ser reconocido en forma escrita o pública en el transcurso del año de acuerdo a los criterios de premiación.

3

i.

Respetar los emblemas patrios, del establecimiento y de la Iglesia Católica.

j.

No realizar por escrito, verbal o virtual, amenaza u ofensa a miembros de la CEP.

controlada por los sub coordinadores de ambiente, manteniendo el mismo nivel de exigencia. Artículo 10. Del ingreso a clases.

k.

En caso de falta y/o delito, previa corroboración del Comité de resolución de conflicto, serán denunciados a los tribunales de justicia.

l.

Ningún alumno puede realizar comercio, al interior del establecimiento, sea personal, grupal o de curso, sin el correspondiente permiso escrito del Director.

m. Los alumnos no pueden intervenir al interior del colegio en materias de índole político-partidista, religioso, técnico -pedagógico, administrativo ni disciplinar. n.

Los alumnos harán uso de su Uniforme oficial de la Institución. De kínder a sexto básico podrán utilizar buzo deportivo.

o.

Cumplir con las normas de Seguridad.

p.

Se prohíbe el uso de celulares durante la hora de clase. CAPITULO IV: SOBRE LA ASISTENCIA, INGRESO Y RETIRO DE LOS ALUMNOS.

a. La acumulación de atrasos constituirá una falta leve (5 semestrales) o grave (10 anual), de 11 o más observación gravísima (D2). El atraso del alumno quedará registrado en el sistema computacional (NAPSIS), sección observaciones como irresponsabilidad.

b. Durante el transcurso de la jornada escolar (recreos) su ingreso a la sala de clases debe ser al toque de timbre. Art. 11. Retiro de los alumnos del Colegio durante la jornada de clases. El retiro del alumno durante la jornada de clases será sólo solicitada personalmente por el apoderado. El retiro del alumno debe quedar registrado en el libro de registro de salidas con la firma y RUN del apoderado. Sólo los Directivos, Sub Coordinador de Ambiente y para docentes podrán retirar a un alumno de la sala. En casos de catástrofe, los alumnos sólo podrán ser retirados por su apoderado desde el patio de honor del Colegio.

CAPITULO V: DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL.

Art. 9 Sobre la Asistencia

a. Es obligatoria la asistencia a todas las actividades de la jornada escolar: clases sistemáticas, ACLE, pastorales y en las que el alumno se comprometa, como también a las celebraciones litúrgicas programadas. Durante la ausencia o al momento del reintegro del alumno al establecimiento, el apoderado justificará personalmente la inasistencia de su pupilo. Los certificados médicos, judiciales u otros, deben ser presentados el día de reintegro del alumno al establecimiento. El alumno deberá solicitar un pase en inspectoría para el reintegro a la clase.

b. Primordial importancia tendrá para el alumno su asistencia y participación en las clases de Religión, en las jornadas de Retiro Espiritual, Catequesis y de Orientación que contribuyen a la formación integral de la persona atendida la característica esencial del COLEGIO SALESIANO VALPARAÍSO, vale decir cristiano, católico y salesiano. Se deja constancia que la Ley 19.638 que establece la libertad de culto protege el libre ejercicio de las creencias, pero sólo en la medida que adscribo a un proyecto universal sin lineamientos claros y precisos, cuestión distinta a nuestro establecimiento educacional el cual tiene una opción clara y definida, y quienes adhieren a su proyecto en esas condiciones lo aceptan íntegramente al momento de integrarse a la comunidad educativa, firmando el contrato de prestación de servicios educacionales.

c. La inasistencia a pruebas y controles deberá ser informada y justificada personalmente por el apoderado en portería entregando la documentación respectiva (certificados médicos u otro documento original), la evaluación se realizará el día viernes de 14.30 a 16.00 hrs. dentro de la semana, y será

Art. 12. De la presentación personal

a. El uniforme reglamentario, cuya obligatoriedad está consensuada con los apoderados, es de kínder a cuarto medio: vestón azul piedra con la insignia del colegio, pantalón gris corte recto, camisa blanca, corbata institucional, chaleco azul o gris escote en “V”, zapatos negros y calcetín azul o negro. La mochila o bolso escolar debe ser de color azul o negro, sin dibujos. Se podrá usar parka, abrigo, bufanda, cuello, gorro, guantes en días de lluvia y bajas temperaturas. Como excepción sólo los alumnos de kínder a sexto básico podrán utilizar el buzo deportivo institucional (que está compuesto de tres piezas: pantalón gris largo, chaqueta azul con bordas grises y cierre, polera gris de cuello piqué azul) en clases de Ed. Física, Acles, representaciones deportivas y retiros de cursos.

b. El alumno por el hecho de hacer uso de su uniforme representa la tradición del CSV; por lo tanto, deberá respetar dentro y fuera del establecimiento su presentación personal de manera correcta. (Cabello regular corto parejo de acuerdo a modelos presentados (Fotografías)), afeitado, sin ningún tipo de adornos en su cuerpo, pantalón abrochado a la cintura y de corte recto; camisa dentro del pantalón y abrochada, corbata ajustada al cuello de la camisa y zapatos negros lustrados).

c. Los alumnos seleccionados a las bandas y escuadrones, usarán pantalón blanco y guantes del mismo color, de acuerdo a reglamento interno de la banda. El no cumplimiento de estas normas, serán sancionados con observaciones en el libro.

d. Durante la jornada escolar los alumnos usarán: Prebásica: los alumnos ocupan capa color café.

4

Básica: de 1° a 6° ocupan capa de color café. Los alumnos de 7°, 8°, 1° y 2° Medios. 3° y 4° Medios Humanista-científicos y los de especialidades de Electricidad y Electrónica usarán capa blanca. Los alumnos de 3° y 4° medio del sector Metalmecánico (Mecánica Industrial y Mecánica Automotriz) usarán buzo de color azul en los talleres y sus respectivos elementos de seguridad. El no cumplimiento de estas normas serán sancionados con observaciones en el libro.

e. Todas las capas y/o buzos deben tener el nombre bordado y visible a la altura del bolsillo superior izquierdo de la prenda. No se permitirán capas o buzos sucios ni rayados. Estos deben ser llevados el último día hábil de la semana obligatoriamente a su hogar para su lavado. El no cumplimiento de estas normas serán sancionados con observaciones en el libro.

f. En las clases de Educación Física es obligatorio el uso del equipo propio del colegio (pantalón corto azul de satín y polera blanca de satín con la insignia, medias blancas, zapatillas blancas o negras) y útiles para la higiene personal. El no cumplimiento de estas normas serán sancionados con observaciones en el libro.

CAPITULO VI: DE LAS ACCIONES FORMATIVAS Y PROCEDIMIENTOS DE ACOMPAÑAMIENTO Art. 14. Introducción: Las acciones formativas de los alumnos estarán basadas en los objetivos fundamentales transversales propuestos por el MINEDUC, que se desarrollarán a través de cada subsector de aprendizaje, tanto en Educación Pre-Básica, Básica Educación Media, como las acciones mencionadas anteriormente de acuerdo a la identidad de nuestro Establecimiento. Art. 15. De la clasificación de las observaciones en la convivencia escolar.

A. OBSERVACIONES POSITIVAS OBSERVACIONES RESPONSABILDAD A1. A2. A3. A4. A5. A6. A7. A8.

g. El alumno debe hacer cambio de sus vestimentas deportivas y buzo del colegio y de trabajo en los camarines designados por el colegio.

A9. A10.

Art. 13. Del material escolar, cuidado y mantención del establecimiento.

A11. A12.

1.

2.

3.

4.

Los alumnos deberán mantener y colaborar con el orden y la limpieza de todas las dependencias del colegio. Tienen la obligación de conservar en buen estado el mobiliario y el material de uso común según el inventario realizado a inicios del año escolar, en caso de cualquier deterioro de éstos deberá ser restituido por el o los causantes. En el caso de no presentarse el o los responsables, el curso, el grupo en taller o laboratorios los padres u apoderado asumirán el pago del deterioro en Administración. Está absolutamente prohibido dañar las dependencias de nuestro establecimiento, en especial es muy grave pintar grafitis y tacks en la estructura del Colegio. El alumno que realice configuraciones y/o cargas de programas no autorizadas, en los laboratorios de computación o de Biblioteca, quedará condicional, y recibirá una suspensión de sus clases. En caso de quemar o destruir equipos se considera una falta muy grave. Los alumnos, y no el colegio, se harán responsables de todas sus pertenencias que traen al establecimiento como por ejemplo: dinero en cantidades excesivas, joyas, naipes, mazos, dados, cámaras de video o digitales, celulares, juegos electrónicos, equipos de música, calculadoras, instrumentos musicales de alto costo u objetos de valor. El celular y demás medios electrónicos deben ser usados sólo en los momentos de recreación de la jornada escolar.

A13.

Se prohíbe fumar en el interior del establecimiento de acuerdo a la ley.

POR

Felicitaciones por su buen rendimiento. Felicitaciones por su trabajo y esfuerzo en clases. Presenta un excelente trabajo. Cumple con sus tareas, deberes y compromisos de la asignatura. Felicitaciones por su responsabilidad. Alumno que se destaca por su asistencia. Alumno que se destaca por su puntualidad. Cuida permanentemente sus útiles escolares y sus pertenencias. Cuida de su aseo y presentación personal Se presenta siempre con uniforme oficial del Colegio ordenado y limpio. Se presenta siempre con el uniforme reglamentario para Ed. Física Cumple con los deberes y compromisos de su formación pastoral. Se destaca por la limpieza y cuidado de su capa.

OBSERVACIONES POSITIVAS POR CONDUCTA A14. A15. A16. A17. A18. A19. A20. A21. A22. A23. A24. A25. A26. A27. A28. A29. A30. A31.

5.

POSITIVAS

A32.

Felicitaciones por su creatividad. Felicitaciones por su constancia en el estudio. Se ha superado en su conducta negativa. Felicitaciones por su actitud de liderazgo positivo. Alumno solidario con sus compañeros, educadores y asistentes de la educación. Felicitaciones: ha mejorado su comportamiento. Se destaca por su excelente disciplina. Felicitaciones por su espíritu de servicio. Alumno que se destaca por su participación en actividades pastorales, culturales y deportivas. Alumno que se preocupa por el cuidado de los bienes materiales del Colegio. Colabora en la mantención y aseo del aula y patios. Es respetuoso con sus compañeros, profesores y asistentes de la educación. Se felicita por su honradez. Mantiene buenas relaciones personales con sus compañeros. Comparte positivamente con sus compañeros. Expresa sus ideas y opiniones en forma positiva. Busca soluciones adecuadas a los problemas que se le plantean. Colabora con el docente de asignatura y Profesor Jefe. Participa de manera entusiasta en actividades internas del curso.

5

A33. A34.

Representa con entusiasmo y responsabilidad al Colegio. Cualquier acción positiva no contemplada en la enumeración anterior.

B. FALTAS LEVES: Son aquellas que alteran en menor grado la convivencia escolar.

C. FALTAS GRAVES: Son aquellas que alteran o ponen en peligro el cumplimiento del PEPS local, sus derechos y el de los demás. Estas faltas pueden ameritan la suspensión de clases y/o la condicionalidad de la matrícula. Algunas de ellas son: FALTAS GRAVES POR RESPONSABILIDAD C1.

FALTAS LEVES POR RESPONSABILIDAD B1. B2. B3. B4. B5. B6. B7. B8 . B9. B10. B11.

B12. B13. B14. B15. B16. B17. B18 B19.

No justifica atrasos y/o inasistencia a clases. No presenta tarea. No presenta materiales para trabajar en Asignatura, modulo o taller. Presenta tarea, trabajo o actividad incompleta. No cuida la limpieza de la sala de clases, patios u otros lugares. Se presenta sin uniforme oficial Se presenta sin uniforme de educación física o uniforme incompleto. No trae capa para usar en la sala de clases. Considerar Respetar norma de corte de pelo. Llega atrasado a clases después de recreo u hora de almuerzo. Usa elementos ajenos al uniforme oficial (zapatillas, gorros, bufandas, cuellos, aros, piercing, parkas etc.). Aseo personal o presentación personal descuidada. No asiste a los Buenos días. Sin agenda escolar. Sin comunicación firmada. Ingresa atrasado al inicio de la jornada escolar. Descuidado con sus útiles escolares y pertenencias. No asiste a actividades pastorales programadas: eucaristía, retiros, liturgias, etc. No se presenta para rendir evaluación.

C2.

C3. C4. C5.

C6. C7. C8 C9.

FALTAS GRAVES POR CONDUCTA C10.

C11.

C12.

FALTAS LEVES POR CONDUCTA

C13.

B20. B21. B22.

C14.

B23. B24. B25. B26.

B27.

B28. B29. B30. B31. B32. B33.

Conversa interrumpiendo la clase. Come durante las horas de clases. Realiza actividades incompatibles con el normal desarrollo de una clase (Por ejemplo: grita, duerme, emite o hacer ruidos, se para sin permiso, uso de celular: habla, juega o escucha música). Uso de balones en horarios y lugares que no corresponde. Golpea sin intención con balón a miembros de la Comunidad Educativa. No abandona la sala en recreos o actividades que lo ameriten. No sigue instrucciones del Profesor de Asignatura, Profesor Jefe o Encargado de Ambiente. No cumple compromisos adquiridos con el Profesor de Asignatura, Profesor Jefe, Encargado de Ambiente o Directivos. No respeta normas de comportamiento en el comedor, capilla, salón de actos y sala de clases. Expresa sus ideas y opiniones en forma inadecuada. Tiene modales bruscos y matonescos con sus compañeros (verbal o físico). Tiene una respuesta inadecuada frente a una corrección de un adulto. Mal uso del uniforme escolar. Cualquier infracción leve no contemplada en la enumeración anterior.

Ingresa atrasado al inicio de la jornada en forma Reiterada (10 atrasos). Observaciones leves por irresponsabilidad registrada en la hoja de vida e informada al apoderado (Enseñanza Básica 10, Enseñanza Media 8). No justifica ausencia a evaluación. No asiste en forma reiterada a la formación de la mañana, estando en el Colegio. Ausencia del apoderado a reunión, entrevista u otra actividad citada por la dirección u otra autoridad del Colegio. No asiste a clases estando en el interior del colegio. No cumple plazos para devolver libros solicitados al CRA. No asiste a dos o más actividades pastorales programadas. Se presenta sin agenda escolar 3 veces.

C15. C16.

C17. C18. C19. C20. C21. C22. C23. C24. C25. C26. C27. C28. C29.

Observaciones leves por indisciplina registrada en la hoja de vida e informada al apoderado. (Enseñanza Básica 8; Enseñanza Media 6). No cumple con los compromisos adquiridos por el apoderado y el alumno en el desarrollo de programa PIE, consignado por los docentes y profesionales. Tiene una actitud agresiva y/o grosera, tanto de palabras como de hecho, con los profesores, compañeros de colegio y el personal en general. Ensucia raya y/o daña deliberadamente bienes del colegio o de sus compañeros. Copia en evaluación consignada en el libro de clases. Hace uso indebido de las Tics y medios electrónicos en actividad académica. Reacciona en forma exagerada ante una situación problemática (berrinches, pataletas, rabietas, llantos o gritos exagerados). No cumple con responsabilidades adquiridas dentro del curso o en el Colegio. Oculta información al apoderado o al docente. No respeta las normas de seguridad de su ambiente educativo (Taller o sala de clases). Usa intencionadamente un vocabulario grosero. Lanza objetos al interior o exterior de la sala de clases o a la calle colindante con el Colegio. Lanza improperios a personas que circulan por las calles colindantes al Colegio. Quema papeles u otros objetos dentro del establecimiento. Esconde o lanza mochilas, bolsos u otro elemento de algún compañero. Escupe sobre útiles y mobiliario escolar. Facilita su agenda a otro alumno o usa una agenda ajena. Se burla con apodo o mala intención de sus compañeros o adultos. Fotografiar, filmar sin autorización a miembros de la Comunidad Educativa. Cualquier infracción grave no contemplada en la enumeración anterior.

6

D. FALTAS GRAVÍSIMAS: Son aquellas que alteran o afectan los derechos fundamentales de la persona humana y de la sana convivencia escolar. Estas faltas ameritarán la suspensión de tres días, matrícula condicional e incluso si el consejo de profesores del curso lo estima, la propuesta de retiro y de la no renovación de la matrícula. En casos extremadamente graves se podrá proceder a la desvinculación inmediata del alumno. La dirección ratificará o rechazará dicha medida. Estas son:

D27

FALTAS GRAVÍSIMAS POR RESPONSABILIDAD



D1



D2 D3 D4

Observaciones graves por irresponsabilidad registradas en hoja de vida e informadas al apoderado (Enseñanza Básica: 5, Enseñanza Media: 3). Llega atrasado más de 11 veces al año. Por tener una inasistencia superior al 15% semestral, sin justificación. Inasistencia del apoderado a 2 reuniones seguidas o 3 reuniones discontinuas.

Art. 16 De los procedimientos. a.

• •

2. • •

D5



D6 D7 D8 D9 D10

D11 D12 D13 D14

D15 D16 D17 D18 D19 D20 D21

D22 D23 D24 D25 D26

De los responsables de la disciplina.

1. El Profesor de la Asignatura debe:

FALTAS GRAVÍSIMAS POR CONDUCTA Por lesiones graves y dolosas u otras formas de agresión física, verbal, psicológica y/o virtual de un alumno a otro miembro de la Comunidad Educativa. Por acciones constitutivas de acoso escolar (bullying). Por consumo, porte, microtráfico y tráfico de bebidas alcohólicas y drogas. Sale del Colegio sin conocimiento y autorización de Ambiente (Fuga). No se presenta intencionadamente al Colegio (cimarra). Observaciones graves por indisciplina registrada en la hoja de vida e informadas al apoderado. (Enseñanza Básica: 4; Enseñanza Media: 2). Fuma en el recinto escolar o con uniforme en la calle. Por robo y/o hurto comprobado de bienes institucionales o personales en el Colegio. Por realizar actividades comerciales de venta dentro del Colegio, sin autorización. Falsificación de firmas y/o notas o cualquier documento público de Colegio, como en agenda, cuadernos u otros. Porte y distribución de instrumento de evaluación. Porte de armas o elementos corto punzantes que puedan atentar contra la integridad de los demás. Por acciones en contra de los principios éticos y la moral calificadas por la legislación vigente. Por afectar en forma grave la imagen institucional. Por subir a la redes de Internet u otras, textos, correos o imágenes que dañen a la institución. Apoderado no respeta PEPS o normas del Colegio. Por agresión física, verbal, virtual del apoderado de un alumno hacia un miembro de la Comunidad Educativa Pastoral. Presentación, distribución o comercialización de material pornográfico. Mantener la condicionalidad por más de dos semestres. Por abuso sexual evidenciado hacia un miembro de la Comunidad Educativa. Por acto de discriminación evidenciado hacia un miembro de la Comunidad Educativa. Escupe a un miembro de la Comunidad Educativa.

Cualquier infracción gravísima no contemplada en la enumeración anterior.

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b. 1.

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Cuidar el ambiente de convivencia en las aulas y dependencias del colegio. Registrar en el libro de clases observaciones positivas y negativas de los alumnos. Informar al Profesor Jefe de las situaciones graves. Colaborar con ambiente en la promoción de la convivencia escolar. El Profesor Jefe debe: Informar y controlar el cumplimiento del Manual de Convivencia. Intervenir en los problemas disciplinarios que afectan a los alumnos de su curso. Informar a los apoderados en casos de faltas al Manual de Convivencia por parte de sus pupilos, para establecer las causas y encontrar soluciones en conjunto. Poner en conocimiento del apoderado, durante las reuniones mensuales, de las anotaciones que tiene el alumno en el Registro de Observaciones. Poner en conocimiento del apoderado situación de acompañamiento académico, acompañamiento preventivo y acompañamiento académico preventivo, a contrafirma en el libro de clases. El Animador de Ambiente (Inspectoría) debe: Controlar junto a los profesores, el comportamiento de los alumnos dentro del colegio. Ejecutar junto al consejo de profesores de curso y la Coordinación de Ambiente las resoluciones respecto de sanciones como: suspensión de clases, matrícula condicional, etc. Confección y distribución, junto a los profesores jefes, de documentos escritos de suspensión, condicionalidad y otros. Aplicar medidas disciplinarias por mal comportamiento cuando el alumno actúa en representación del colegio. El Director debe: Ratificar o modificar en última instancia las sanciones disciplinarias acordadas por el Consejo de profesores de curso en casos de suspensión, matrícula condicional, retiro, no renovación de la matrícula, y éstas últimas en acuerdo con el Consejo de Coordinación.

Del procedimiento. El Encargado de Ambiente junto al profesor jefe cita a consejo de profesores de curso. Todo consejo por motivos disciplinarios debe contar con la presencia obligada del Encargado de Ambiente y del Profesor Jefe del alumno. La Dirección si lo estima pertinente, se reserva el derecho de asistir para mejor resolver. En situaciones excepcionales el consejo de profesores de curso puede ser convocado por la Rectoría.

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6.

La citación del consejo de profesores de curso se efectúa cuando un alumno comete una falta de carácter gravísima. El profesor jefe propone al consejo de profesores de curso la sanción de acuerdo a la falta. En la determinación de la sanción tienen derecho a voto sólo los profesores que imparten clases en el curso en cuestión. Debe estar presente la mitad más uno de los profesores. En última instancia la Rectoría previa consulta al Consejo de Coordinación (Equipo de Gestión), ratifica o no la sanción. La sanción determinada en primera instancia es comunicada al alumno y a su apoderado por el profesor jefe y/o por el Coordinador de Ambiente. Si se trata de medidas extremas pueden participar la Rectoría y/o la Dirección del colegio. El apoderado tendrá facultad de apelar, presentando una carta dentro de un plazo de 5 días hábiles.

Artículo 17. Situaciones especiales. 1.

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En el caso del Primer Ciclo (Kinder a Cuarto Básico) la superación Académica o de Formación humana, previo acompañamiento, se entiende exigible al Apoderado. Su incumplimiento será causal de cambio de apoderado. El alumno que sume dos semestres consecutivos de sanción de amonestación y/o de condicionalidad sin superación alguna y luego del respectivo acompañamiento quedará con una falta muy grave. En el caso del acompañamiento de situaciones graves: 3.1. No se puede estar en esta situación por un Tercer Semestre en un ciclo (básica) o sub-ciclo (enseñanza media), de ser así se procederá según lo que a continuación se detalla. 3.2. No se puede traspasar un ciclo o sub-ciclo (Cuartos Básicos, Sextos Básicos, Octavos Básicos y Segundos Medios). El Apoderado debe extender una carta a la Dirección solicitando un re-estudio del caso. El Consejo de Coordinación que asesora a la Dirección del Colegio, conocerá y analizará en segunda instancia dicha apelación si la hubiere, o a modo de consulta si no la hubiere, quedando ratificada dicha resolución con el acuerdo del consejo de coordinación sin ulterior recurso. 3.3. Superada la situación leve o grave no se aplicará medida de resguardo, salvo que nuevamente incurra en una de sus causales.

Art. 18. De las medidas de acompañamiento y sanciones. Las acciones de acompañamiento ordinario del alumno contemplan la siguiente gradualidad que deben ser registradas en el libro de clases, en la hoja de vida del alumno: 1. Acompañamiento ordinario. a. Entrevista con el alumno es aquella acción que se realiza entre un educador salesiano y el alumno. b. Entrevista con el apoderado es aquella acción que se realiza entre un educador salesiano y el apoderado. c. Entrevista(s) con el apoderado y el alumno es aquella acción que se realiza entre un profesor salesiano, el apoderado y el alumno. d. Reforzamiento dirigido, es aquella acción que se realiza en beneficio directo del alumno en apoyo a la deficiencia pedagógica constatada.

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Horas de estudio dirigido, es aquella acción que se realiza en beneficio directo del alumno en apoyo a la mejora de los hábitos de estudio del alumno. Atención psicopedagógica, son los informes de diagnóstico, tratamiento y posterior evaluación que se realizan a los alumnos preferencialmente de enseñanza básica para la mejora de los TEA y otros. Orientación, son las acciones que se realizan en compañía de un adulto para el discernimiento y acompañamiento de ciertas conductas inapropiadas. Psicólogo, son los encuentros y talleres sistemáticos que se realizan entre alumnos y especialista para mejorar aspectos propios del desarrollo evolutivo del joven y su inserción en el medio escolar. Pastoral, alude a las personas y actividades (encuentros pastorales) que sirven de socialización del niño y del joven en lo pastoral y social.

2. De las Sanciones. Dependiendo de la gravedad y del tipo de falta los alumnos serán informados de las siguientes determinaciones: a) Acompañamiento académico y/o preventivo condición del alumno definida y refrendada por el registro en el libro de clases de faltas leves acumuladas y/o graves informado al alumno y al apoderado. El Acompañamiento académico estará referido a la situación de aprendizaje del alumno. El acompañamiento preventivo estará referido al desarrollo humano y social del alumno b) Acompañamiento Académico preventivo determinación colegiada tomada por el Consejo de Profesores del curso a causa de la acumulación de faltas graves y de faltas muy graves, informado al alumno y al apoderado. Las resoluciones denominadas Acompañamiento académico, acompañamiento preventivo y acompañamiento académico preventivo tendrán carácter de tal mientras el alumno mantenga una “Conducta No Deseable”. Si esta situación es superada en el lapso estipulado en el Registro de Observaciones y en el Documento “Compromiso de Superación Académica y Pastoral” se levantará dicha medida al cumplir la normativa que se le impuso, comunicando al alumno y Apoderado. c) Permanencia en el hogar determinada por el animador de ambiente, es aquella determinación reflexiva salesiana, con carácter formativo-pastoral informada al apoderado por el animador de ambiente. d) Suspensión de las actividades regulares del establecimiento, es aquella determinación que se aplica a los alumnos de Cuarto año medio, sólo en el segundo semestre, como medida cautelar, para la normal convivencia y aprendizaje de los cursos, siendo informada al alumno y al apoderado, con un plan de trabajo determinado. e) Desvinculación del establecimiento, es aquella determinación que se aplica a un alumno que luego realizado el acompañamiento respectivo, no se adaptó a las normas de convivencia escolar, o que por algún motivo trasgrede en forma gravísima los principios del proyecto Educativo Pastoral Salesiano Local. f) No renovación de la matrícula al término del año escolar, es aquella acción donde el CSV no renueva el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales. g) En el caso de los apoderados, el incumplimiento de sus obligaciones en forma reiterada permitirá que el Colegio suspenda su condición y solicite otro apoderado responsable. h) En caso de cumplimiento de faltas leves o graves los alumnos atrasados, como medida compensatoria deberán asistir luego de su jornada de estudio los días

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lunes después de su jornada de clases, en forma obligatoria. Confirmada por el Consejo de profesores la o norenovación de la matrícula, dichos antecedentes se elevarán en consulta o apelación al Consejo de Coordinación quien revisará los antecedentes en sesión ordinaria o extraordinaria según sea en calidad de tribunal de apelación, cuya decisión será adoptada sin ulterior recurso. El plazo que tiene el apoderado para apelar de la decisión del consejo de profesores es de 5 días hábiles desde la notificación y dicha apelación deberá ser entregada por escrito en la secretaria de dirección en horario de oficina. Transcurrido dicho plazo el Rector citará al Consejo de coordinación para el examen de los antecedentes. El Rector no se inhabilita para pronunciarse por el hecho de participar en el Consejo de Profesores y Consejo de Coordinación. Todas estas medidas podrán ser vistas y revisadas en calidad de apelación 10 días hábiles. La segunda instancia es el Consejo de Coordinación (equipo de gestión), cuya determinación es inapelable y debe ser informada mediante carta certificada firmada por el Rector al apoderado. Las sanciones consignada en el reglamento también pueden ser aplicadas a los apoderados por incumplimiento de los deberes ya enunciados. Todas estas medidas podrán ser vistas y revisadas en calidad de apelación 10 días hábiles. La segunda instancia es el Consejo de Coordinación (equipo de gestión), cuya determinación es inapelable y debe ser informada mediante carta certificada firmada por el Rector al apoderado. Las sanciones consignadas en el reglamento también pueden ser aplicadas a los apoderados por incumplimiento de los deberes ya enunciados. CAPITULO VII. DE LA VIOLENCIA ESCOLAR PROTOCOLO DE BULLYING

¿Cómo debemos enfrentar las situaciones de bullying dentro de nuestra Comunidad Educativo-Pastoral?. Lo primero que podemos afirmar taxativamente que Jesús, el hijo de Dios, es el príncipe de la paz, por lo tanto, no es cristiana ni humana ninguna acción de violencia. Esto significa que la promoción de la paz es un desafío permanente de una Comunidad Salesiana y responsabilidad de cada uno de sus miembros. Sin embargo, el diagnóstico de la realidad hace afirmar a nuestros Obispos “nos inquieta profundamente la violencia en las relaciones personales y sociales; la falta de respeto por la vida humana y sus derechos” (Orientaciones Pastorales 2008-2012, p. 69). Nosotros como parte de la Comunidad Iglesia nos sumamos a esta preocupación en el ambiente juvenil y especialmente entre los jóvenes y niños de nuestra casa grande. Desde nuestro carisma salesiano es de vital importancia empoderarse y testimoniar el Sistema Preventivo de Don Bosco como una propuesta original con un sentido evangelizador y pedagógico, adecuado para que los jóvenes superen las acciones de violencia, a partir de una relación cercana de acompañamiento y de “estar con” y “para” los niños y jóvenes, como una presencia visible, concreta, física, positiva y espiritual que nos permita enriquecer los lugares normales de la vida del niño y del joven dentro del Colegio, como son las aulas, los patios, los talleres y todo espacio que promueva su crecimiento en conocimientos y actitudes. Existen abundantes manifestaciones de violencia en el ámbito escolar con características y niveles muy

diferentes entre sí, tanto por la gravedad como por su impacto. Precisar estas distinciones ayuda a tomar decisiones pedagógicas más apropiadas y oportunas. Una de estas situaciones es el bullying, que es una manifestación de violencia en la que una persona, adulto o estudiante, es agredida o se convierte en victima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas que llevan a cabo un par o un grupo de pares. Se entiende por acciones negativas cualquier forma de maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir, directo, o mediante el uso de medios tecnológicos actuales a través de mensajes y/o amenazas por medio de teléfonos, celulares o de Internet. En síntesis las características centrales del hostigamiento, acoso u intimidación denominado Bullying son: I. Se produce entre pares. II. Existe abuso de poder. III. Es una acción sostenida en el tiempo. (Conviviendo mejor en la Escuela y en el Liceo, División de Educación General, pág. 41). Como respuesta a esta conducta la pedagogía salesiana, eminentemente preventiva, nos propone dos estrategias, por un lado la asistencia, que significa el compromiso de todos los educadores de estar “entre-con” los niños y jóvenes, en todos aquellos espacios donde están ellos con una presencia activa que impida la posibilidad de que se produzcan estos hechos y, por otro lado, concretizar una propuesta que se anticipe a la concreción de tales acontecimientos. Es indispensable dejar establecido que nuestro primer esfuerzo debe estar encaminado hacia la prevención de estos actos de violencia y que para ello también debemos contar con el apoyo y participación de los primeros educadores de niños y jóvenes: Los Padres y Apoderados. Que no deben sentirse ajenos a superar este desafío. Dicen que no se puede tapar el sol con un solo dedo y si hacemos una analogía debemos decir, que a pesar de nuestros esfuerzos, la de muchos Padres y Apoderados, estas acciones de violencia existen y se dan entre nuestros destinatarios, es por ello que asumimos el siguiente protocolo: 1. 2. 3.

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Todo acto de Bullying es un acto repudiable para nuestra Comunidad. Todo acto de esta naturaleza debe ser denunciado, investigado y sancionado dentro del establecimiento. De acuerdo con nuestro reglamento de convivencia esta forma de violencia constituye una falta gravísima, en cuanto pone en peligro los derechos de las personas. Estos actos de violencia debe ser dados a conocer a los integrantes del ámbito de ambiente, dentro del área de acompañamiento preventivo. La situación aparece tipificada en el reglamento en el artículo 15, letra C, numeral 1, como una falta muy grave. Que en caso de establecerse una acción de bullying, se debe tomar todas las medidas de resguardo y protección de la persona del niño y joven y deben agotarse los medios para su protección, acompañamiento y tratamiento cuando corresponda realizarlo. También se debe acompañar a quien o quienes hayan sido sean culpables de estas acciones, sin por ello, aminorar las sanciones que correspondan de acuerdo a Reglamento. Se debe citar en un plazo de 7 días a consejo de Profesores de curso. Y comunicar la resolución a los apoderados y al Profesor Jefe del curso. Se debe recordar que de acuerdo con la Ley de Responsabilidad Juvenil es obligatoria la denuncia de

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tales hechos ante los Tribunales correspondientes. Las sanciones allí establecidas son distintas y complementarias a la de nuestro reglamento.

CAPITULO VIII: DE LOS ATENUANTES Y AGRAVANTES. Art. 19. ATENUANTES Y AGRAVANTES El Colegio Salesiano Valparaíso, podrá aplicar en la medida que concurran, las circunstancias atenuantes y/o agravantes que modifiquen la responsabilidad del alumno, y para ello se establecen las siguientes circunstancias:

5. 6.

Cometer la falta induciendo a otras personas. Aprovechar circunstancias que faciliten la comisión de la falta. 7. Cometer la falta con intervención de compañeros de menor edad al autor a, o de un curso académico inferior. 8. Utilizar en la comisión de la falta cualquier medio que implique un peligro común. 9. Rehuir la responsabilidad o atribuírsela a otro. 10. Aumentar deliberada e inhumanamente el daño psíquico y biológico causado al sujeto pasivo. 11. Cuando en la conducta desplegada por el sujeto activo se causa un daño en la salud física o psíquica al sujeto pasivo. 12. Y cualquiera otra circunstancia que agrave la responsabilidad en un hecho.

CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES Son circunstancias más favorables o que hace que el agente merezca mayor indulgencia, por lo que la ley considera que la pena que normalmente esta prevista para la falta o el delito puede ser considerada excesiva y en razón de lo anterior esta puede disminuir e incluso desaparecer si existe mérito para ello lo que será apreciado por los sentenciadores.

CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES Son aquellas circunstancias que hacen que una falta o un delito sea más perniciosa y por lo tanto requiera de la aplicación de la totalidad de una medida o sanción o incluso en un nivel superlativo dadas ciertas circunstancias de hecho que evaluarán los sentenciadores. A. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES 1. 2.

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12. B. 1. 2. 3. 4.

La provocación o amenaza de parte del ofensor, de manera previa y proporcional a la falta cometida. La de obrar por estímulos tan poderosos que naturalmente hayan producido arrebatos u obcecación. La irreprochable conducta anterior. Si se ha procurado reparar el mal causado o impedir posteriores consecuencias. Si pudiendo eludir la acción de las autoridades, se ha denunciado y confesado la falta. Ser menor en edad que el agredido o víctima de la falta perpetrada. Haber sido inducido a la comisión de la falta. La edad, nivel de maduración mental, psico-afectivo, moral y volitiva del niño. Situaciones personales específicas y concretas, familiares o sociales por las que se haya visto influenciado el estudiante para cometer la falta. Obrar en estado de emoción o pasión excusable, temor intenso, o un estado de ira e intenso dolor, o existiendo alguna circunstancia o diagnostico psicoemocional que se encuentre incidiendo en el momento actual del alumno. Cuando existe manifiesta o velada provocación o desafío por parte del superior, compañero o subalterno. Y cualquiera otra circunstancia que atenué la responsabilidad en un hecho. CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES Cometer la falta con premeditación, preparación previa y/o alevosía. Cometer la falta con abuso de confianza. Ejecutar la falta en desprecio o con ofensa a los miembros de la Comunidad Educativo Pastoral. Ser reincidente en las faltas sancionadas o haberse probado la reiteración.

CAPÍTULO IX : DE LOS ESTIMULOS Y PREMIOS Art. 20. De los Estímulos y Premios Para estimular la asistencia, la puntualidad, la formación humana, el rendimiento académico y la limpieza, el Colegio implementará un premio mensual para los cursos que se destaquen en estos cinco indicadores. El reconocimiento debe tener un carácter recreativo y no sólo alimenticio. CAPITULO X : DE LAS GIRAS Y PASEOS. Art. 21. DE LAS GIRAS Y PASEOS a.- El Colegio Salesiano Valparaíso no aprueba ni promueve las giras de estudio de los alumnos en el transcurso del año lectivo o durante el intervalo de Prebásica, de la Educación Básica o Educación Media. b.- No fomenta ni promociona paseos de fines de año a nivel de cursos, en el caso de la presencia de un directivo, docente, administrativo o auxiliar, ninguno de ellos es aval de la Comunidad Educativo Pastoral del Colegio Salesiano Valparaíso. Si el curso sale en horario distinto al de clases, es de responsabilidad total y absoluta de cada uno de los apoderados eximiendo expresamente al Colegio Salesiano Valparaíso y a la Congregación Salesiana de cualquier responsabilidad al respecto. c.- Para las salidas de Actividades Culturales, Religiosas, Deportivas y Pedagógicas, el Colegio sigue las directrices del MINEDUC según decretos 2.822, 824. d.- No se podrán utilizar la denominación, signos o emblemas del Colegio en eventos, actividades o competencias fuera del Colegio sin la respectiva autorización que debe entregar por escrita la Dirección o quien haga las veces de él. TÍTULO FINAL: ANEXO DE PROCEDIMIENTOS El Colegio Salesiano Valparaíso reconoce 3 tipos de procedimientos contenciosos y 2 procedimientos de carácter no contencioso, a saber: I) CONTENCIOSO a) Sumario Interno b) Procedimiento de Aplicación de Sanciones Menores c) Procedimiento Aplicación Sanciones Mayores II) NO CONTENCIOSO d) Actos Reparatorios e) Conciliación A) SUMARIO INTERNO: Es aquel procedimiento mediante el cual el colegio realiza una investigación de

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hechos que aparecen poco claros y sobre los cuales existen presunciones fundadas de la existencia de alguna infracción sea de algún alumno, apoderado (por infracción al contrato de prestación de servicios) o funcionario (por infracción al Reglamento de Orden, Higiene y Seguridad), y que servirán de base para la aplicación de eventuales sanciones contenidas en las letras b y c, sin perjuicio de estipulado en el procedimiento no contencioso. Es la instancia que a propuesta del Fiscal determina la sanción que corresponde de acuerdo a la falta cometida. Serán la primera instancia en el caso de las faltas cometidas por funcionarios y apoderados. Para el caso de infracciones cometidas por alumnos será el antecedente que tendrá el Rector para la aplicación de sanciones y deberá derivarlo al funcionario resolutor de faltas menores o al Consejo de Profesores de curso que será la primera instancia en caso de faltas graves. La segunda instancia para ambos casos será el Consejo de Coordinación. FISCALES: El Rector podrá designar como Fiscal instructor al miembro de la comunidad educativa que le merezca mayor imparcialidad y que garantice el debido proceso para investigar los hechos.

I) INICIO DEL PROCEDIMIENTO El procedimiento será iniciado por denuncia, de cualquiera de los actores involucrados. El inicio deberá ser por escrito y dirigido al P. Director/Rector, quien pasará los antecedentes al Fiscal para iniciar la investigación. Debe estar claramente individualizado el denunciante y los hechos, como asimismo el denunciado. El P. Director/Rector pasará los antecedentes al Fiscal. II) INVESTIGACIÓN El Fiscal examinará los antecedentes, y de ser necesario solicitará nuevos antecedentes. Cumplido esto dentro de tercero día con o sin ellos declarará sobre la admisibilidad de la denuncia. De ser constitutivos de falta los antecedentes abrirá expediente y realizará la indagatoria a los afectados. De estimar que no constituyen falta, archivará los antecedentes y notificará a las partes mediante resolución fundada, sin perjuicio de operar ante él lo dispuesto en las letras d y e.

III) ETAPA DE PRUEBA Luego de la declaración indagatoria o en su rebeldía, resolución pronunciada por el Fiscal, si lo estima pertinente fijará un período de prueba de 8 días hábiles dentro de los cuales se recibirán las pruebas. De lo contrario se pronunciará derechamente en los plazos establecidos a continuación. IV) ETAPA DE SENTENCIA Luego de ello el FISCAL dentro de los 10 días siguientes a la expiración del plazo del término probatorio propondrá al Rector del Establecimiento una conclusión final y dependiendo de su gravedad el Rector pasará los antecedentes al funcionario resolutor de faltas menores o al Consejo de Profesores de curso según sea.

el caso de los alumnos, desvinculación en el caso de los funcionarios o cancelación o no renovación de matrícula por hechos del apoderado, le serán aplicadas las sanciones de mero trámite establecidas en cada anexo C) APLICACIÓN DE MEDIDAS ESTABLECIDAS EN: Anexo Manual de convivencia Anexo Evaluación y promoción Anexo Orden, higiene y seguridad

GRAVES

Se entienden medidas graves aquellas que importan un cuestionamiento o decisión final sobre el vínculo contractual existente con el Colegio Salesiano Valparaíso y para ello en el caso de los funcionarios del colegio como de los apoderados por infracción del Contrato de Prestación de servicios el Fiscal será la primera instancia. De no existir duda sobre la falta en el caso de los funcionarios la primera instancia será el administrador y aplicará directamente lo dispuesto en el código del trabajo, exceptuándose sólo la investigación del acoso sexual que debe ser investigado como ordena la ley. En el caso de los apoderados y quien dará cuenta de los hechos y propondrá una sanción. En el caso de los alumnos la primera instancia será el Consejo de profesores de curso. Para todos los casos la segunda instancia será el Consejo de Coordinación. Este fallo será notificado personalmente a las partes. Del fallo las partes podrán apelar dentro de 5to día hábil de notificado, si ello no ocurriere los antecedentes pasarán a la segunda instancia (Consejo de Coordinación) en consulta, y una vez confirmada o revocada la sentencia deberá cumplirse el fallo. Iniciado un procedimiento por falta grave los antecedentes serán comunicados a los infractores y la resolución le será notificada personalmente o por carta certificada al domicilio registrado en el colegio. Las partes podrán apelar de las sanciones aplicadas ante el Consejo de Coordinación dentro de los 5 días hábiles siguientes a su notificación o si no se apelare será conocido por el Consejo de Coordinación en Consulta previa sesión citada especialmente para ello. Examinada la apelación o los antecedentes en consulta el Consejo de Coordinación emitirá una resolución que deberá ser ratificada o revocada por el Director. Los plazos se entienden de días hábiles y las horas en horario de oficina en la mañana de 08:00-13:00 y en la tarde de 16:00 a 18:00 hrs. El lugar para entregar físicamente las apelaciones es la secretaría de la Dirección del colegio y no se aceptan otros medios que no sean la entrega física en la secretaria ya mencionada debiendo venir en tres ejemplares debidamente fundamentados. La notificación se entiende válida por cualquier medio que asegure la oportuna información a las partes como por ejemplo carta certificada, mail o llamada telefónica al domicilio de las partes. Cualquier adecuación del procedimiento para un ejercicio más eficaz de los derechos que asisten a las partes será elaborado por el Director del colegio y puesto en conocimiento de la comunidad oportunamente.

B) APLICACIÓN DE SANCIONES ESTABLECIDAS EN Anexo Manual de convivencia Anexo Evaluación y promoción Anexo Orden, higiene y seguridad Aquellas sanciones establecidas por faltas que no ameriten la aplicación de medidas extremas como condicionalidad, expulsión o cancelación de matrícula en

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D) ACTOS REPARATORIOS: Es una manera de resarcir el mal causado y está establecido con carácter educativo, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones establecidas en las letras b y c. Sólo podrá operar en reemplazo de la sanción cuando estas importen faltas menores y excepcionalmente por resolución fundada del Director ante faltas mayores. Estas consisten en: a) En principio el acto reparatorio será propuesto por el alumno o alumna infractor. b) En caso de no operar letra a) la reparación consistirá en la realización de cualesquiera acciones destinadas a reparar con celo el daño causado. En caso de no poder repararse físicamente, el infractor deberá pedir públicas excusas por su actuar.

reparación y tampoco habrá incompatibilidad entre estas y los procedimientos investigativos o de aplicación de sanciones. Cualquier situación no prevista en el presente “Manual de Convivencia”, quedará a la interpretación de la rectoría del colegio, quien pedirá un informe escrito en derecho al departamento jurídico y resolverá lo mas conveniente amparado en la legislación actual. de lo resuelto se enviará copia a la SUPEREDUC.

E) CONCILIACION: Consiste en precaver un conflicto, la solución de uno en desarrollo o comprobado que no afecte gravemente el proyecto educativo del colegio y significará el acercamiento entre las partes, siempre con el concurso de un funcionario designado por el Director que acercará las partes y evitará la agudización del conflicto.

CONSIDERACION FINAL Se deja establecido que el Colegio Salesiano Valparaíso velará siempre por las soluciones dialogadas y armónicas y de acuerdo a cada caso verá en concreto cual es la mejor solución para el conflicto suscitado, no siendo obligatorio pasar previamente por la conciliación o la

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