CÓDIGO DE CONVIVENCIA. UNIDAD EDUCATIVA SANTANA Cuenca - Ecuador

CÓDIGO DE CONVIVENCIA “Nadie educa a nadie, nadie se educa solo, nos educamos mutuamente, mediante el diálogo frente a la vida, crítica y creadoramen

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CÓDIGO DE CONVIVENCIA

“Nadie educa a nadie, nadie se educa solo, nos educamos mutuamente, mediante el diálogo frente a la vida, crítica y creadoramente”. Paulo Freire

Santana es una experiencia educativa que forma estudiantes desde el nivel inicial (kindergarten) hasta el tercer año de Bachillerato. Es una institución particular – laica que fundamenta su experiencia en una filosofía educativa propia, fruto de su crecimiento desde el año 1985, fecha de su fundación. Santana toma una orientación alternativa hacia la educación. Su filosofía entiende que el éxito en la vida está determinado por el potencial interno de la persona más que por un cuerpo especifico de conocimientos. Por lo tanto, Santana apoya el crecimiento de las cualidades individuales tales como la autonomía, la responsabilidad y la creatividad.

UNIDAD EDUCATIVA SANTANA Cuenca - Ecuador

En Santana los estudiantes junto a sus profesores crean su propio currículo, ejercitan sus derechos y responsabilidades como miembros de una democracia activa y realizan la difícil tarea de definirse a sí mismos.

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El Honorable Consejo Directivo de la Unidad Educativa Santana, CONSIDERANDO:

ACUERDA:

Que el Ministerio de Educación y Cultura, en el Acuerdo Ministerial No. 182, de fecha 22 de mayo del 2007, manda: “Institucionalizar el Código de Convivencia (instrumento que debe ser elaborado, aplicado, evaluado y mejorado continuamente) en todos los planteles educativos del país, en los diferentes niveles y modalidades del sistema, como un instrumento de construcción colectiva por parte de la comunidad educativa que fundamente las normas del Reglamento Interno y se convierta en el nuevo modelo de coexistencia de dicha comunidad”.

Expedir el Código de Convivencia de la Unidad Educativa Santana, que se aplicará en la institución, de conformidad a lo dispuesto en el Acuerdo Ministerial No.182 del 22 de mayo del 2007.

Que, el presente Código de Convivencia está en concordancia con la Ley de Educación y su Reglamento General, y el Nuevo Código de la Niñez y Adolescencia. Que es necesario contar con un instrumento legal de convivencia que regule la marcha armónica de la institución, donde se encuentren claramente definidos derechos, deberes y consecuencias para todos los miembros de la comunidad educativa. Que este documento se ha elaborado con la participación de los distintos miembros de la Comunidad Educativa.

Señalar como propósito de la aplicación del Código de Convivencia el fortalecimiento y desarrollo integral de los actores de la comunidad educativa conformada por los docentes, estudiantes y las familias, en el ejercicio de sus obligaciones y derechos, calidad educativa y convivencia armónica.

SOCIALÍCESE Y CÚMPLASE

Dado en Cuenca, a los 30 días del mes de marzo del 2009

Honorable Consejo Directivo UNIDAD EDUCATIVA SANTANA

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CAPÍTULO I MARCO LEGAL

Art. 1 La Unidad Educativa Santana, está regida por el siguiente marco jurídico: a. Constitución Política de la República del Ecuador. b. Ley de Educación y su Reglamento General. c. Resolución Ministerial Nº 25, de fecha 16 de septiembre de 1986, se autoriza la creación y funcionamiento del Centro Educativo Santana. d. Resolución Ministerial N° 130, de fecha 20 de marzo de 1990, el Centro Educativo SANTANA, se transforma en UNIDAD EDUCATIVA SANTANA, UNESA S.A. e. Resolución 11-45, de fecha 10 de mayo de 1993, autorizar la aplicación experimental del Proyecto “Nueva Reforma: organización del Sistema Educativo del Nivel Medio”. f. Acuerdos N° 109 del 21 de Septiembre del 2001 y Nº 0576 de 23 de abril de 2004, La Subsecretaría Regional de Educación, Cultura, Deportes y Recreación del Austro, aprueba y autoriza la aplicación del Proyecto de Innovación Curricular “BACHILLERATO EN CIENCIAS: NUEVO ENFOQUE”. Ratificado también con el Acuerdo N° 0804, del 1 de septiembre de 2005. g. La Unidad Educativa es particular, laica y está formada por los niveles Prebásica (3 años y Prekinder), Educación General Básica (Primero a Décimo) y Bachillerato en Ciencias (Primero a Tercero). La unidad es matutina y mixta.

CAPÍTULO II CULTURA INSTITUCIONAL

Art.2 Misión La Misión de la Unidad Educativa Santana es favorecer oportunidades de aprendizaje para el auto desarrollo de personas íntegras, de pensamiento crítico, responsables y conscientes de sí mismas y de la sociedad en la que viven, siendo capaces de enfrentar y transformar la realidad desde un sentido universal, ético y plural.

Art.3 Visión Desde el año de su fundación, La Unidad Educativa Santana a través de un proceso continuo de formación humana y pedagógica, ha constituido un grupo humano comprometido y consciente del valor que significa proponer una educación holística y de calidad, dentro de un marco de relaciones humanas respetuosas y coherentes para el desarrollo de seres humanos conscientes, en un espacio funcional y debidamente equipado. Las metas de comprensión que alcanzan los estudiantes les permiten interactuar con respeto a la diversidad y coherencia con el entorno; obtener las herramientas de acceso al conocimiento; construir un pensamiento crítico y creativo; y que, al descubrirse a sí mismos, puedan lograr una participación activa y decidida en la realidad nacional y global. Art. 4 Valores Son valores fundacionales de la Unidad Educativa Santana, el Amor, la Verdad, la Libertad y la Paz. El Amor: Actuar, decir y pensar con sentido de unidad y compasión. Honrar todas las relaciones que se adquieran en el transcurso de la vida. La Verdad: Actuar, decir y pensar de forma consciente y coherente en base a principios y valores universales. La Libertad: Asumir deberes y derechos de forma respetuosa y responsable y aceptar las consecuencias de los actos. La Paz: Su realización depende de los tres valores antecedentes. Art. 5 Postulados de Honor de Santana Todos los miembros de la Unidad Educativa Santana, nos esforzaremos por: a. Ser conscientes de la presencia y el amor del Padre de la Vida. b. Respetar y cuidar a todo lo que sea poseedor de vida a nuestro alrededor. c. Conseguir la excelencia personal y enorgullecernos de nuestra propia actuación, especialmente en sobrepasar nuestros logros anteriores. d. Participar activamente en nuestro propio aprendizaje encaminado a nuestra formación integral. e. Aceptar la responsabilidad por todo aquello que decimos y hacemos. f. Interactuar con los demás sin miedo y con honestidad. g. Hacer y honrar compromisos.

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h. Hablar y comportarse con respeto y sin prejuicios con mujeres y hombres de todas las razas, religiones y culturas y con individuos cuyas creencias, opiniones y formas de vida sean diferentes a la nuestra. i. Procurar empatía con todos los miembros de nuestra comunidad, cada uno de los cuales es único e igualmente importante. j. Reconocer las necesidades de otros y adquirir responsabilidades al ayudarlos. k. Mantener los principios fundacionales de la Institución: el Amor, la Verdad, la Libertad y la Paz. Art.6 Propuesta Educativa Santana ha forjado su compromiso educativo en procurar una Educación Laica, donde se respete la singularidad de la persona y en donde pueda practicar sus derechos y responsabilidades para participar plenamente de una sociedad democrática, basando su actuar, en el respeto y el mutuo reconocimiento de las personas y de la naturaleza en su conjunto. Respetamos la individualidad de los estudiantes, pues al estar conscientes de su singularidad y potencial único, otorgamos oportunidades de aprendizaje según los diferentes estilos y diferencias culturales. Creemos que un currículo debe tener metas de “comprensiones” altas, y coherencia entre los diferentes niveles de estudio, además de ser relevante y apropiado al desarrollo evolutivo de la persona. Para esto, es necesario concebir al proceso escolar como un aprendizaje para la vida, estimulando a la investigación dentro de una experiencia motivadora y apasionante. El enfoque integrador y holístico que propone la Unidad Educativa Santana, proveerá de opciones de aprendizaje que potencien los valores y destrezas de nuestros estudiantes, para que desde una práctica autocrítica y auto correctiva, puedan desarrollarse como seres humanos autónomos y conscientes, con capacidad de pensamiento crítico, talento para resolver problemas, con sensibilidad social y sentido de responsabilidad. Un ambiente seguro y acogedor, es el que presenta la Unidad Educativa Santana para que prospere el aprendizaje. Este clima escolar es necesario si queremos que todos los estudiantes participen libremente y tengan la capacidad para disentir o aprender de sus propios errores. Se trata de un lugar reflexivo y estimulante, donde la persona tiene la oportunidad de valorarse a sí misma, crecer con esta expectativa y hacerse responsable de sus actos.

Art. 7. Organización General La Unidad Educativa Santana, tiene la siguiente estructura básica: a. Son autoridades de la Unidad Educativa - Director General. - Rector. - Vicerrector. - Coordinador de Guías. - Director de Primaria. - Coordinador de Pre-básica. b. Son organismos de la Unidad Educativa - La Junta de Directivos. - El Consejo Directivo. - El Consejo Técnico. - La Junta General de Directivos y Profesores. - La Junta de Profesores de grado o curso. - La Junta de Directores de área. - La Junta de Profesores de área. - El Consejo de Bienestar y Orientación Estudiantil. c. Son entidades de apoyo de la Unidad Educativa - La Administración General. - Servicios Generales. - Comité Central de Padres de Familia. - Gobierno Estudiantil.

CAPÍTULO III DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

Art. 8 Santana resume en las “Tres Rs”: Respeto a mí mismo, Respeto a los demás y Respeto a mi entorno, las normas de convivencia. Art. 9 Considera de entre sus normas para una convivencia armónica, las siguientes: a. Práctica y reflexión de la democracia, ejercicio ciudadano con civismo en la comprensión de nuestra realidad nacional, pluricultural, multiétnica, así como la protección y defensa del medio ambiente.

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b. Vivenciar la declaración constitucional de que todos los ecuatorianos(as) somos ciudadanos sujetos de deberes y derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. c. Vivenciar los valores e incluirlos tanto en el currículo explícito como en el oculto, considerando el ejemplo de los adultos como modelos de formación. d. Considerar a hombres y mujeres en iguales condiciones, sin discriminación alguna. e. Comunicación asertiva y oportuna con el fin de mejorar el aprendizaje, la convivencia, la prevención, manejo y resolución de conflictos. f. Promover procesos de reflexión autocrítica por parte de los miembros de la comunidad educativa, de tal manera, que cada quien sea responsable de sus acciones. g. Fomentar la práctica de la autodisciplina estimulando el análisis y la reflexión individual y grupal de todos los actores de la comunidad educativa. h. Tratar de manera formativa y tener, al mismo tiempo, una consecuencia proporcional a toda acción que rompa el compromiso de convivencia. i. Tanto docentes como estudiantes deben ajustarse a los principios de honestidad académica que implican presentar los trabajos con citación adecuada de las fuentes; respetar la autoría intelectual y someter el trabajo propio a procesos de evaluación. j. Se considerará una falta grave el plagio, la copia y el presentar trabajos de otros como si fueran propios. k. El uso de tecnología será regulado durante la jornada escolar, así como su incorporación, adecuada y oportuna al aprendizaje. l. Evitar durante la jornada de clase el uso de teléfonos celulares, juegos electrónicos y otros artefactos, que son distractores del proceso formativo de enseñanza aprendizaje. m. Trabajar en equipo y cooperar para la construcción de una comunidad de investigación y aprendizaje. n. Fomentar una cultura de diálogo y respeto dentro de la Comunidad Educativa.

o. Manifestar siempre una actitud positiva, generosa y razonable en el intercambio e interacción con los miembros de la Comunidad Educativa.

CAPÍTULO IV DEL PERSONAL DOCENTE

Art. 10 Serán docentes de la Unidad Educativa Santana, quienes cumpliendo con las exigencias reglamentarias de admisión, deseen incluirse en la orientación de formación integral que ofrece la institución, y sean contratados por el Director General de la Unidad, en calidad de titulares, sustitutos o reemplazantes, rigiéndose a lo estipulado en el Escalafón Interno de Santana, incluido en el Manual del Docente. Art. 11 El personal docente se someterá a una evaluación trimestral por desempeños. DE LOS DEBERES Art.12 Además de lo estipulado en el Manual del Docente y el Reglamento Interno, son sus deberes: a. Planificar y conducir sus clases de acuerdo a los objetivos del currículo y aplicando técnicas didácticas apropiadas. b. Ofrecer un entorno conducente al aprendizaje, que favorezca la organización, la disciplina y la seguridad. c. Acompañar a los alumnos(as) en su aprendizaje, tomando en cuenta las diferencias individuales y promoviendo la autoestima del alumnado. d. Realizar adaptaciones curriculares para la atención personalizada de sus alumnos(as). e. Ser sensibles a las necesidades de los alumnos(as). f. Comunicar a los padres los logros y las dificultades de sus hijos(as). g. Revisar diariamente que la agenda esté firmada y comunicar oportunamente al representante el incumplimiento de esta disposición. (Aplica a profesora guía de grado/curso)

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h. Anotar de manera clara y oportuna en el cuadro de actividades del mes, las tareas y obligaciones del estudiante para que pueda copiarlas en su agenda. i. Supervisar y fomentar el uso adecuado de la agenda escolar. j. Corregir oportunamente, cualquier actitud o acción inadecuada en todo estudiante de la Unidad. k. Involucrarse permanentemente en la formación de sus estudiantes, en actividades no solo académicas, sino también en espacios de recreación, actividades culturales, artísticas y deportivas. l. Apoyar hábitos de responsabilidad, puntualidad, excelencia, solidaridad y urbanidad en los estudiantes. m. Procurar una actualización continua en el área de su especialidad o en ámbitos relacionados a la práctica docente. DEL PROCESO ENSEÑANZA APRENDIZAJE: Art.13 Además de lo estipulado en el Manual del Docente y el Reglamento Interno, son: a. Respetar y aplicar los principios del Enfoque Pedagógico escogido por Santana. b. Respetar y aplicar la evaluación global en los estudiantes, ésta es en el aspecto cognitivo, procedimental y actitudinal. c. Cumplir con puntualidad lo solicitado por sus autoridades superiores. d. Colaborar con el cuidado del leccionario, llenarlo diariamente, de manera completa, registrando asistencia (Aplica únicamente a Escuela Básica y Bachillerato). e. Llevar al día registros de asistencia y valoración de los estudiantes. f. Atender a los padres de familia en el horario designado, desde el inicio de año. g. Al presentar películas o documentales a los estudiantes, el objetivo será académico y/o formativo, respetando la censura de los mismos. h. Comunicar oportunamente, por escrito a la profesora guía de grado/curso, sobre cualquier dificultad académica o disciplinaria, de los estudiantes. i. Desarrollar estrategias de apoyo para estudiantes que presenten dificultades académicas, así como también para dificultades que presente el grupo en general.

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Coordinar y mantener un diálogo fluido acerca del desarrollo de su programa, con los estudiantes, compañeros docentes, padres de familia y autoridades de Santana.

DE LOS DERECHOS Art.14 Además de lo estipulado en la Ley General de Educación, el Manual del Docente Santana y el Reglamento Interno, son sus derechos: a. Gozar de un buen ambiente de trabajo, donde exista el respeto, la cooperación, la consideración y el apoyo de sus colegas, del alumnado y de los padres de familia. b. Enseñar y trabajar en una atmósfera armoniosa, libre de presiones y productiva. c. Esperar una actitud responsable y positiva hacia el estudio de parte de los alumnos(as). d. Recibir los estímulos contemplados dentro del Manual del Docente y Reglamento Interno. DE LAS PROHIBICIONES Art.15 Además de lo estipulado en el Manual del Docente y el Reglamento Interno, se prohíbe: a. Expulsar a estudiantes de clase, a menos que su conducta sea inaceptable en términos de tolerancia, que actúe o pretenda aplicar violencia física o que haya aplicado violencia verbal o física contra sus compañeros o profesores. b. Interrumpir sus actividades docentes, por motivos de orden personal. c. Transportar en su auto a los alumnos. En caso de ser necesario se deberá pedir el permiso correspondiente a la autoridad de cada sección. d. Ocupar las instalaciones de computadoras y teléfonos de las secretarías, y cuentas de correo [email protected], cuando su uso tenga que ver con asuntos personales. e. Solicitar dinero a los estudiantes; así como tampoco textos fuera de la lista de útiles, sin autorización de las autoridades de cada sección. f. Evitar todo acto que tenga visos de negocio con los estudiantes. g. Dictar clases particulares a los estudiantes de Santana, sin autorización directa del Rectorado o de la Dirección.

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CAPÍTULO V DE LOS ESTUDIANTES Art. 16 Son estudiantes de la Unidad Educativa Santana, aquellos niños, niñas y jóvenes, que, cumpliendo con las exigencias reglamentarias de admisión, aceptaren, libremente la orientación de formación integral que ofrece la institución, y hayan obtenido la matrícula correspondiente y asistan regularmente a clases. DE LOS DERECHOS Art. 17 Son derechos de los estudiantes además de los contemplados en el Art. 142 del Reglamento General de la Ley de Educación, y El Código de la Niñez y Adolescencia, los siguientes: a. Participar del proceso de enseñanza y aprendizaje de calidad en una atmósfera de calidez, libre de presiones de todo orden o abusos físicos, psicológicos o verbales. b. Gozar del respeto por sus derechos y su individualidad por parte de sus compañeros y de los funcionarios de la institución. c. Estudiar y jugar en un entorno seguro y agradable. d. Requerir la asistencia de los docentes, en caso de necesidad, con el fin de resolver dificultades o conflictos mediante el diálogo. e. Ser escuchado con respeto a sus opiniones. f. Demandar confidencialidad sobre asuntos personales tratados con la profesora guía de grado/curso y con el DOBE g. Recibir del personal docente de SANTANA, consideración y buen trato. h. Ser respetados en su dignidad e integridad. i. Ser tratado sin discriminación de ninguna naturaleza. j. Presentar sus aspiraciones y reclamos a los profesores y autoridades del establecimiento en forma respetuosa y recibir de ellos la respuesta correspondiente, en forma oportuna. k. Elegir y ser elegido para los Gobiernos Estudiantiles de curso/grado y demás dignidades. Remitirse al Reglamento Específico. l. Ser evaluados de forma objetiva, considerando su trabajo y esfuerzo, y ser notificados con los resultados en los plazos reglamentarios.

m. Recibir atención oportuna a sus requerimientos de certificados, calificaciones, solicitudes y más trámites relacionados con su vida estudiantil. n. Solicitar a los Profesores(as), luego del análisis y revisión de exámenes, la rectificación de la calificación, si se creyere perjudicado. o. Solicitar hasta en un plazo de 48 horas, posteriores a su inasistencia justificada e independiente al horario de clases, la recepción de trabajos, deberes o pruebas. p. Solicitar por medio de su Representante adelanto o postergación de exámenes, con previa justificación. q. Participar en las reuniones de la Comisión de Disciplina a través del Presidente del Consejo Estudiantil (Aplica solo a la Sección Secundaria). r. No ser sancionados sin que se pruebe su responsabilidad y se les ofrezca la oportunidad de ser escuchados y de defenderse. s. Recibir estímulos y reconocimientos por actuaciones académicas, deportivas, y culturales, que exalten el buen nombre de SANTANA. t. Hacer buen uso de los equipos electrónicos y buen uso de Wi-Fi, acogiéndose a las disposiciones contempladas en el Sistema de Libertad, Orden y Responsabilidad. (Aplica solo a la Sección Secundaria)

DE LOS DEBERES Art. 18 Son sus deberes, además de los contemplados en el Art. 141 del Reglamento General de la Ley de Educación, y el Art. 4 del Acuerdo Ministerial 182 del 22 de mayo de 1997, los siguientes: a. Cumplir respetuosa y puntualmente las instrucciones impartidas por las autoridades educativas. b. Ser puntual en su asistencia a clases y demás programas organizados por la institución, y en el cumplimiento de sus tareas y deberes escolares. c. Tratar a sus compañeros, maestros y demás personas con cortesía y de manera respetuosa. d. Evitar cualquier actividad que coarte los derechos de los otros alumnos(as) y la tarea educativa del docente. e. Cuidar y respetar las instalaciones, el mobiliario y el material didáctico de la escuela, así como la propiedad del prójimo. f. Expresar sus opiniones con cortesía y respeto.

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g. Guardar la debida consideración y respeto a las autoridades, profesores, personal de servicio, y compañeros, dentro y fuera del colegio. h. Participar bajo la dirección de los profesores designados para el efecto, en actividades estudiantiles de carácter académico, cultural, social, deportivo, defensa del medio ambiente, utilizando sus aptitudes y potencialidades. i. Rendir las pruebas de evaluación con honestidad y con sujeción al horario determinado por las autoridades. j. Llevar oportunamente a su representante legal, la información que se envíe a través de circulares, debiendo devolver los talonarios desprendibles en las fechas señaladas k. Anotar diariamente tareas y actividades pendientes en su agenda escolar, sabiendo que la falta de anotación de una tarea no le exime de la responsabilidad de presentarla. (Aplica de 2º a 10º Grado) l. Mantener la agenda escolar limpia y ordenada. Colocar la agenda firmada por su representante en el lugar que la profesora guía le indique. (Aplica de 2º a 10º Grado) m. Observar un comportamiento correcto en todos sus actos, dentro y fuera del plantel. n. Velar por el prestigio y buen nombre de SANTANA. o. Contribuir con la buena conservación del edificio, anexos, muebles, material didáctico y más pertenencias de la institución, así como asumir la responsabilidad por el daño de cualquier bien ocasionado por él y pagar el costo de su reparación o reposición. p. Cuidar sus pertenencias ya que SANTANA no se responsabiliza por la pérdida o daño de objetos de valor; sin embargo, las autoridades favorecerán las diligencias encaminadas a solucionar el problema. q. Respetar la propiedad ajena y entregar a las autoridades cualquier objeto que se encuentre. r. Cumplir con diligencia y responsabilidad cuantas obligaciones se deriven de los cargos y comisiones para los que fueren elegidos o designados. s. Entregar sus trabajos y deberes en el momento indicado y con la presentación adecuada. t. Portar el material necesario para cada hora de clase. u. Representar dignamente al Plantel en toda actividad, dentro o fuera de él. v. Considerar como primera responsabilidad su carácter de estudiante, cumpliendo a cabalidad sus deberes, trabajos y actividades académicas

w. Cuidar su buena presentación en el vestido e higiene personal; y el uso adecuado del uniforme establecido por SANTANA para cada ocasión. x. Respetar y cumplir el calendario escolar interno, y el horario de clases establecido. DE LA PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA (Aplica desde 2ºGrado de Educación Básica a Tercero de Bachillerato) Art. 19 Son sus obligaciones de puntualidad y asistencia, válido para clases regulares, actividades extracurriculares, días especiales y entrenamientos: a. Es obligación del estudiante ingresar a las 07h50. El estudiante que llegue atrasado, se presentará a su profesora guía de grado/curso con la debida justificación de su representante, y no podrá ingresar a la primera hora de clase. Los atrasos serán debidamente registrados implicando la disminución de un punto en el promedio mensual de disciplina por cada tres atrasos. b. En caso de inasistencia del estudiante es obligación de sus representantes informar el particular inmediatamente, ya sea personalmente o vía escrita. Se aceptarán justificaciones por vía telefónica siempre que exista el compromiso de remitir al día siguiente la comunicación escrita pertinente. La justificación de inasistencia deberá realizarse máximo 24 horas después del retorno del estudiante a clase, ante la guía de curso. c. La inasistencia de los estudiantes será inmediatamente notificada (primer periodo de clase), a través de la profesora guía de grado/curso, al representante. d. En caso que la inasistencia exceda dos días, los padres deberán presentar justificación escrita de la falta. Si la inasistencia es prevista, los representantes deberán presentar solicitud escrita de autorización para ausentarse en el Rectorado o Dirección, con la debida anticipación. e. Si la inasistencia se da en días de programas especiales (Inauguración, Caminando a la Naturaleza, Jornadas Deportivas, Día de la Familia, entre otros), la justificación se aceptará únicamente con certificado médico o calamidad doméstica. f. Se considera falta injustificada la inasistencia del estudiante sin previo aviso o justificación dentro del plazo previsto. g. Para que un estudiante se retire del colegio durante la jornada de clase, es necesaria la presencia del representante o una solicitud escrita y firmada por

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él, y autorizada por el Coordinador de Guías o Directora. No se dará trámite a autorizaciones vía teléfono. h. Según el Reglamento General de Educación, Artículo 268, si las faltas justificadas excedieren del 25% del total de horas de clase dictadas en el año lectivo, en una o más asignaturas, el estudiante perderá el año. Para este cómputo, una falta injustificada se cuenta como dos justificadas. Sólo en el caso de enfermedad debidamente comprobada, que impida al estudiante concurrir a la institución, la junta de curso o grado podrá extender el cómputo hasta el 30%. (Aplica solo en la Sección Secundaria) DEL UNIFORME: Art. 20 Son sus obligaciones con el uniforme: a. El uniforme es la vestimenta reglamentaria que los estudiantes deben vestir, desde el primer día de clase, durante toda la jornada de clase y durante los actos que las autoridades determinen, dentro y fuera del plantel. b. Ningún estudiante puede estar en el aula de clase con vestimenta distinta a la reglamentaria. c. Todas las prendas deben tener marcado el nombre del estudiante en forma clara y visible. d. Mantener el uniforme en perfectas condiciones. e. No prestar el uniforme para actividades ajenas a SANTANA. f. Los estudiantes que asistan al Colegio sin el uniforme reglamentario completo cometen una falta disciplinaria. Se intentará ubicar telefónicamente al representante legal, quien deberá traer inmediatamente el uniforme de su representado para que pueda ingresar a clases. Si el representante no pudiere llegar con el uniforme, el estudiante permanecerá en el lugar designado hasta el final de la jornada de clase. g. La segunda vez que el estudiante llegue sin el uniforme, será enviado de vuelta a su hogar a costa del representante legal, avisándole previamente vía telefónica. Si no se encuentra nadie en el hogar, permanecerá fuera de clase, en el lugar designado, hasta el final de la jornada. Al siguiente día no podrá asistir si no es acompañado de su representante legal, quien deberá entrevistarse con la profesora guía o Directora.

h. Los profesores pedirán a los estudiantes que guarden las prendas que no corresponden al uniforme. Si no hacen caso, dichas prendas serán retiradas por el profesor o el Coordinador de disciplina y devueltas al finalizar la jornada, con la condición de no volverlas a utilizar. La reincidencia de la falta será objeto de consecuencias disciplinarias y causará que las prendas sean retiradas hasta el final del año lectivo. Art.20 Consideraciones otras, son: a. Se necesita mandil para arte y laboratorios. b. El rompe vientos/polar, gorra y bufanda de la institución son opcionales. c. No se permitirá chompas o casacas que no sean del uniforme. d. Evitar usar maquillaje excesivo y prendas extravagantes. e. Prebásica y primero de básica, utilizan su uniforme único. f. Desde segundo de básica en adelante: - GALA: lo usarán en todos los días indicados para cada sección y eventos especiales, además de todas las salidas académicas. - DEPORTE: lo usarán el día de clases de Cultura Física y durante competencias deportivas de la Institución. - DIARIO: lo usarán los días que no asistan con el uniforme de gala, ni tengan en horario clases de cultura física. DE LAS PROHIBICIONES: Art. 21 A más de lo establecido en el artículo 144 del Reglamento General a la Ley de Educación, está prohibido a los estudiantes: a. Abandonar las prácticas de la disciplina deportiva que escogiere al inicio del año lectivo, a no ser por una causa de fuerza mayor, debidamente justificada ante el Rectorado. b. Traer objetos de valor y otros que no sean de escritorio o relacionados con los estudios. c. Interrumpir a los Profesores en horas de clase. d. Ausentarse de la institución, de clases, entrenamientos o cualquier asistencia oficial, se sujetará a lo que establezca el Sistema de Libertad, Orden y Responsabilidad. e. Usar reproductores de sonido y juegos electrónicos dentro de clases. f. Ofender psicológica, física o moralmente a sus compañeros(as), profesores(as) o personal de SANTANA.

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g. h. i. j. k. l. m. n. o. p. q.

Llegar al Establecimiento manejando vehículos motorizados, salvo los estudiantes que estén debidamente autorizados. Fumar, consumir bebidas alcohólicas y/o drogas, en el transporte escolar, dentro del Plantel o fuera del mismoIncurrir en actos atentatorios contra el buen nombre de la Institución. Portar o usar armas dentro del Plantel. Ingresar sin autorización a instalaciones que no estén destinadas a su uso. Hacer negociaciones económicas con sus compañeros, dentro de los predios del establecimiento. Organizar paseos, bailes u otra actividad, utilizando el nombre de la institución. Permanecer dentro de las aulas, durante los períodos de recreo; sin la debida autorización. Expresiones físicas inapropiadas. Entrar a salas de profesores y oficinas, sin la debida autorización. Mantener una actitud irresponsable dentro del transporte escolar y durante su recorrido. Así como consumir alimentos y dejar basura en su interior, irrespetar al conductor y responsable de recorrido, ponerse de pie y sacar brazos, cabeza por la ventana, como también botar basura.

DE LOS ESTUDIANTES OYENTES Art. 22 Los estudiantes oyentes, al obtener la matrícula, tienen los mismos derechos y obligaciones que los estudiantes regulares. DE LOS ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES Art. 23 El Consejo Directivo de SANTANA, además de los estímulos estipulados por la Ley General de Educación, confiere los siguientes estímulos para los estudiantes: a. Felicitación por escrito al excelente desempeño en el cumplimiento de sus funciones como Alcalde de Grado o Curso. b. Felicitación por escrito al finalizar cada trimestre, por el desempeño académico y disciplinario sobresaliente. c. Felicitación pública y por escrito al mérito deportivo, cultural o artístico, destacado a nivel local, nacional e internacional. d. Exoneración del Examen de Tercer Trimestre, al mantener un promedio mínimo de 18, en el Primer y Segundo Trimestre, y alcanzar mínimo 18 en el

Primer y Segundo Parcial del Tercer Trimestre. (Aplica solo en la Sección Secundaria). e. Beneficiarse de la recuperación de pasos de disciplina, contemplados dentro del Sistema de Libertad, Orden y Responsabilidad. (Aplica solo en la Sección Secundaria). f. Santana otorga becas a los estudiantes, hijos de profesores, según el Reglamento Interno. DEL COMPORTAMIENTO EN LA BIBLIOTECA, LABORATORIOS Y CAFETERÍA Art. 24 Se consideran normas de comportamiento: a. Biblioteca: Los estudiantes observarán el reglamento exhibido claramente dentro de la biblioteca, respetando el silencio para poder trabajar, solicitando cortésmente los libros que requieran y devolviéndolos en el mismo estado en que los recibieron y dentro del plazo requerido, siguiendo las indicaciones de la persona encargada de la Biblioteca. b. Bar y la cafetería, se observarán las normas e indicaciones exhibidas en un lugar visible. Los estudiantes esperarán en fila su respectivo turno y pedirán lo que deseen, con cortesía, al personal de servicio. También cuidarán que los restos de comida, papeles, vasos y platos sean colocados en los respectivos lugares. c. En los laboratorios de computación, ciencias, auditorio, salas de arte, música, etc., los estudiantes cuidarán su comportamiento, seguirán las indicaciones de sus respectivos profesores y los reglamentos de cada sala claramente exhibidos en un lugar adecuado, y dejarán todos los materiales en perfecto orden. Además de: - Concurrir al laboratorio con el profesor y de acuerdo al horario establecido. - Ingresar al laboratorio, usando el mandil respectivo, de no hacerlo será considerado una falta al uniforme. - Usar responsablemente los equipos y todo el material disponible, manteniendo el estado de las cosas como lo recibieron. - Abstenerse de realizar experimentos improvisados, ajenos a la práctica programada y de utilizar incorrectamente el material asignado. - Restituir a cargo de los padres de familia o representante legal, en el transcurso de una semana, el material o los instrumentos dañados, de

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la misma calidad y características, por efecto de no poner en práctica las correctas normas de seguridad. Trabajar en forma técnica, limpia, ordenada y en el puesto asignado por el profesor. Portar el material personal complementario, para facilitar el desarrollo de la actividad técnica, prohibiéndose el ingreso de substancias, alimentos o de cualquier otro elemento que pueda dañar, manchar o afectar algún equipo.

DEL COMPORTAMIENTO EN LAS CLASES DE CULTURA FÍSICA Art. 25 Se consideran normas de comportamiento: Los estudiantes participarán en la clase de cultura física en los horarios establecidos y con el uniforme reglamentario. Terminada la actividad deberán volver rápidamente a su aula para continuar con su clase. Quienes se inscriban en actividades deportivas, al principio del año, deberán quedarse los días escogidos y aceptados por su representante y la persona encargada de estas actividades. Cuando el estudiante sea seleccionado para representar a Santana, tiene la obligación moral de aceptarlo. DE LA DISCIPLINA: Art. 26. La educación en Santana no fomenta la disciplina como un acto represivo y de castigo, por el contrario trabaja en cultivar un ser íntegro y competitivo ante la vida. Busca a través de un proceso de reflexión y observación el aceptar positivamente las consecuencias de sus propios actos. Propender para que los niños, niñas y jóvenes no reaccionen sino actúen con conciencia de sus actos. Y así la disciplina se vuelve un acto de inteligencia. Todo este propósito les llevará a ser responsables y por lo tanto libres, porque no hay libertad sin responsabilidad. Por estas razones hemos llamado a nuestro Sistema de Disciplina, Sistema de Libertad, Orden y Responsabilidad (LOR) DE LAS FALTAS EN EL SISTEMA DE LIBERTAD, ORDEN Y RESPONSABILIDAD Art. 27 Las faltas están sujetas a una gradación en atención a la responsabilidad del estudiante frente a conductas o actitudes que vayan

en contra de las “Tres Rs”: Respeto a mí mismo, Respeto a los demás y Respeto a mi entorno. Este Sistema de Libertad, Orden y Responsabilidad reglamenta todas las actividades de la vida estudiantil, incluyendo programas especiales, actividades extracurriculares y entrenamientos. Art. 28 Todo estudiante que quebrante sus deberes o abuse de su libertad deberá aceptar su responsabilidad, asumir las consecuencias y cumplir con los correctivos correspondientes. Las faltas en LOR se distinguen en tres niveles: leves (Nivel I), graves (Nivel II) y muy graves (Nivel III). Art. 29 Se consideran faltas de Nivel I: a. Atrasos injustificados a clases. b. Causar desorden en la clase. c. Jugar en los corredores o en las aulas bruscamente. d. Rechazo a seguir las instrucciones (primera vez). e. Decir apodos ofensivos y propiciar rumores. f. Irrespetar el proyecto de Buen Uso de Equipos Electrónicos y Wi-Fi. g. Consumir alimentos durante horas de clase o en otras actividades curriculares. h. Ensuciar o dar mal uso de los espacios tanto académicos como recreativos, así como de equipos, muebles y útiles. i. Mal uso del uniforme. j. No presentar “acuse de recibo” de documentos oficiales. Art. 30 Las consecuencias a las faltas de Nivel I, son: 1. Amonestación verbal al alumno que cometiera la falta y registro en la ficha personal del estudiante y en el Sistema de Libertad, Orden y Responsabilidad. 2. Pedir disculpas si es el caso. 3. Retirar el aparato electrónico, si es el caso. Art. 31 Se consideran faltas de Nivel II: a. Comportamiento irrespetuoso dentro y fuera de la institución (eventos de representación, campeonatos, salidas académicas).

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b. Falsificación de firmas del representante legal en autorizaciones y documentos. c. Si bien la copia y el plagio se consideran faltas graves: la incursión en éstas por parte de los estudiantes por vez primera no tendrá una consecuencia disciplinaria, pero afectará directamente su desempeño académico; a más de una reunión con los representantes. Sin embargo, dependiendo de la gravedad del caso y/o la reincidencia en esta misma falta, el caso será estudiado por la Comisión de LOR. d. Robo o posesión de bienes robados. e. Vandalismo. f. Insubordinación. g. Agresión verbal, física o psicológica. h. Rancla: abandono individual o colectivo del aula de clases, de entrenamientos y de eventos dentro y fuera de la institución, sin permiso de las autoridades respectivas. La inasistencia voluntaria de un(a) estudiante, con desconocimiento del representante, se considerará falta injustificada, perdiendo el alumno(a) el rendimiento académico de ese día. Para ingresar a clases el siguiente día, el alumno(a) deberá acudir al colegio con su representante para una reunión con el Rector. i. Reincidencia tres veces en las faltas de Nivel I. Art. 32 Las consecuencias a las faltas de Nivel II, son: 1. Ingreso al Sistema de Pasos. (Aplica solo Sección Secundaria) 2. Comunicación por escrito. (Aplica solo Sección Secundaria) 3. Cita con el representante. 4. Reflexiones y asesoría. Art. 33 Se consideran faltas de Nivel III: Las faltas a continuación descritas pueden llevar al retiro definitivo del estudiante: a. Peleas violentas entre compañeros. b. El consumo de licor y tabaco en o en los alrededores de SANTANA y en todos los lugares donde la institución organice y desarrolle una actividad; o cuando el estudiante esté usando el uniforme de la institución. c. Posesión y/o tráfico de pornografía

Art. 34 Se consideran situaciones que llevan al retiro definitivo del estudiante: a. Posesión ilegal o evidencia del uso de armas y drogas en y/o en los alrededores del colegio y en todos los lugares donde Santana organice y desarrolle una actividad; o cuando el estudiante esté usando el uniforme de la institución. DE LA COMISIÓN DE LIBERTAD, ORDEN Y RESPONSABILIDAD Art. 35 Es el máximo organismo que tiene la potestad de analizar y decidir sobre los casos especiales que se presentaren y afectaren a la normal convivencia de nuestra institución. Pertenecen a ella: en la Sección Secundaria: el Rector, el Vicerrector, el Coordinador del DOBE, el Coordinador de guías, un delegado del Consejo Directivo, dos representantes del Cuerpo Docente y un representante de los estudiantes. En la Sección Primaria los miembros del Consejo Técnico. Art. 36 Esta Comisión o el Consejo Técnico, considerará como circunstancias atenuantes y agravantes, frente a las faltas cometidas por los estudiantes, las siguientes: ATENUANTES a. No haber atentado anteriormente contra ninguna norma de convivencia. b. Reconocimiento espontáneo e instantáneo de la conducta incorrecta. c. Reparación espontánea del daño causado. d. Falta de intencionalidad. AGRAVANTES a. Premeditación y reiteración. b. Actitud incorrecta permanente del estudiante. c. Actos realizados en forma colectiva en contra de los derechos de los demás. Art. 37 La Junta de Curso es la encargada de calificar la disciplina del estudiante que no ha ingresado al Sistema de Libertad, Orden y Responsabilidad, y las notas otorgadas oscilarán entre 18 y 20, de acuerdo a la conducta del mismo. (Aplica solo Sección Secundaria) DEL SISTEMA DE PASOS (Aplica solo Sección Secundaria) Art. 38 Santana a través de este sistema de pasos, ofrece al estudiante el espacio para reflexionar sobre sus pensamientos, actitudes y/o acciones, creando

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conciencia de que todo tiene una consecuencia, y que nuestra libertad exige responsabilidad. Art. 39 Son consecuencias del Primer paso: a. Auto-observación (Toma de conciencia sobre el incidente) b. Informe por escrito a los padres por parte del Colegio c. Conferencia con el (la) estudiante y sus representantes, únicamente en el caso de alumnos(as) nuevos(as). d. Nota de disciplina desde que incurrió en la falta: 17/20 NOTA: La guía de curso y/o la Junta de Curso, tienen la facultad de pasar a un alumno a este primer paso. Art. 40 Son consecuencias del Segundo Paso: a. Observación del alumno(a) sobre lo sucedido. b. Informe por escrito a los padres por parte del Colegio. c. Conferencia con el (la) estudiante y sus representantes. d. Nota de disciplina desde que incurrió en la falta: 16/20 NOTA: Los estudiantes que se encuentren en un Segundo Paso del Sistema no podrán exonerarse del Examen de Tercer Trimestre, así cumplan con el promedio requerido para dicha exoneración y/o si un miembro del Consejo Estudiantil incurre en el Segundo Paso de este Sistema, deberá presentar su renuncia a la dignidad para la que fue electo. Art. 41 Son consecuencias del Tercer Paso: a. Observación del alumno(a) sobre lo sucedido. b. Informe por escrito a los padres por parte del Colegio. c. Conferencia con el estudiante y sus representantes. d. Suspensión un día de clase. e. Nota de disciplina desde que incurrió en la falta: 15/20 Art. 42 Son consecuencias del Cuarto Paso: a. Observación del alumno(a) sobre lo sucedido. b. Informe por escrito a los padres por parte del Colegio. c. Conferencia con el estudiante y sus representantes. d. Suspensión de un día de clase. e. Nota de disciplina desde que incurrió en la falta: 14/20

Además, dependiendo la gravedad: f. Condicionamiento para la permanencia del estudiante durante el año lectivo en curso. g. Negación de la matrícula para el nuevo año lectivo. h. Condicionamiento durante el Primer Trimestre del próximo año lectivo. Art. 43 Son consecuencias del Quinto Paso: Apoyándose en la Ley de Educación, y tras el análisis de la falta cometida, la Comisión de Disciplina optará por: a. Suspensión o expulsión definitiva b. Nota de disciplina desde que incurrió en la falta: 13/20 Art. 44 Al ver al error como una oportunidad de aprendizaje, el alumno(a) tiene la posibilidad de recuperar los pasos del Sistema de LOR (Libertad, Orden y Responsabilidad), y por tanto, su calificación. La Junta de Curso de cada trimestre analizará si este alumno(a), durante este tiempo ha demostrado un cambio de actitud, decidiendo quitarle un paso. Si el alumno(a) luego de ser beneficiado por esta recuperación actitudinal cayera nuevamente en una falta grave, irá al paso que le correspondía antes de esta recuperación. DEL PROYECTO DE BUEN USO DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS (APLICA SOLO SECCIÓN SECUNDARIA) Art. 45 Se permite el uso de equipos electrónicos (celular, Ipod, reproductores de música) dentro de la institución, bajo las condiciones descritas en las siguientes reglas: a. Mantener el equipo apagado durante las clases. b. Usarlo en los espacios y momentos autorizados. c. La comunicación vía celular entre el representante y las autoridades del colegio no es válida para autorizaciones u otro tipo de trámites que se realizan reglamentariamente por escrito o siguen los canales determinados por la institución. d. Usar el equipo con moderación y cuando sea estrictamente necesario: e. Darle buen uso al aparato, asegurándose de guardarlo y de cuidarlo apropiadamente. El colegio no se responsabiliza por pérdida del aparato.

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f.

Respetar las reglas estipuladas y comprometerse a dar el mejor uso posible de estos equipos.

Art. 46 En caso de incumplimiento de las reglas anteriores, se dará paso al siguiente sistema de consecuencias: a. Primer incumplimiento: se retira el equipo y se devuelve al final del día. b. Segundo incumplimiento: se retira el equipo y se le entrega al representante, tres días después. c. Tercer incumplimiento: ingresa al Sistema de Pasos y pierde inmediatamente el derecho a traer el equipo por el resto del año lectivo. d. El proyecto se renueva o no cada tres meses de acuerdo a una valoración y seguimiento del mismo.

DEL PROYECTO DE BUEN USO DEL WI – FI (APLICA SOLO SECCIÓN SECUNDARIA) Art. 47 Santana coherente con la era de comunicación en la que vivimos pone a disposición de toda la comunidad educativa el servicio de Wi-Fi en todo su campus. Los estudiantes de la secundaria pueden acceder a esta herramienta únicamente con fines académicos y de investigación a través de sus teléfonos celulares, sus laptops y los computadores de la biblioteca, observando las siguientes reglas: a. Usarlo en los espacios autorizados: biblioteca, patios y salones de clase, únicamente con autorización del profesor. No está permitido su uso en los baños. b. Usarlo en los momentos autorizados: recreos y horas de clase, únicamente con autorización del profesor. c. Está terminantemente prohibido el ingreso a páginas cuyo contenido sea pornográfico y/o violento. d. Darle buen uso a los equipos, asegurándose de guardarlos y de cuidarlos apropiadamente. El colegio no se responsabiliza por pérdida de laptops y celulares e. Evitar estar “conectados” tiempos prolongados, perjudicando la socialización directa con las personas. f. Prevenir el contagio de virus en equipos de SANTANA g. Respetar las reglas estipuladas y comprometerse a dar el mejor uso posible al Wi-Fi

Art. 48 En caso de incumplimiento de las reglas anteriores, se dará paso al siguiente sistema de consecuencias: a. Primer incumplimiento: se retira el celular/laptop y se devuelve al final del día. b. Segundo incumplimiento: se retira el celular/laptop y se le entrega al representante, tres días después. c. Tercer incumplimiento: ingresa al Sistema de Pasos y pierde inmediatamente el derecho al uso de este servicio, por el resto del año lectivo. d. En caso de que el incumplimiento sea a la regla de acceso a páginas no permitidas, el estudiante pasará a la Comisión de Disciplina. e. Este proyecto tiene un periodo de observación, luego se valorará y decidirá si el proyecto sigue o no en marcha. DE LA AUTORIZACIÓN DE INGRESAR AL COLEGIO, CONDUCIENDO VEHÍCULOS MOTORIZADOS (APLICA SOLO SECCIÓN SECUNDARIA) Art. 49 El estudiante que prefiera transportarse al colegio en su vehículo privado deberá cumplir con los siguientes requisitos: a. Portar la licencia de conducir o el permiso de manejo correspondiente, además de la matrícula del vehículo. b. Presentar el documento que acredite que el vehículo cuenta con un seguro contra accidentes. c. Autorización del Padre de Familia por medio de un oficio escrito ante el Rectorado. d. El estudiante autorizado a venir en vehículo propio, no podrá llevar ni traer compañeros. e. El mal empleo del vehículo o el incumplimiento de cuales quiera de las disposiciones anteriores hará que el alumno(a) pierda su derecho a venir en su vehículo al plantel.

CAPÍTULO VI DE LOS PADRES DE FAMILIA O REPRESENTANTES

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Art. 48 El padre de familia o representante legal es la persona adulta que representa al estudiante frente a las autoridades de Santana. Al entenderse que son los principales educadores de sus hijos, su presencia es insustituible. DE LOS DERECHOS Art. 49 Son derechos de los padres de familia o representantes legales: a. Acceder a una educación de calidad y calidez y un entorno educativo seguro y sano para sus hijos(as). b. Dialogar con los profesores de sus hijos(as) en un tiempo acordado mutuamente. c. Dialogar con el Director General, Rector, Director o profesora guía de grado/curso de sus hijos(as) cuando sus preocupaciones o solicitudes no han sido resueltas durante sus conversaciones previas con los profesores de clase. d. Obtener informes periódicos regulares sobre el desempeño de sus hijos(as), las políticas educativas adoptadas por la institución. e. Participar en las asociaciones de padres. f. Ser informado sobre el plan o proyecto educativo institucional y participar, en los órganos creados para el efecto y en los términos adecuados, de los procesos de evaluación del mismo. g. Presentar reclamos respetuosos al personal de Santana sobre cualquier inconformidad referente a la formación de sus hijos(as), respetando horarios de atención. h. Recibir un trato amable y respetuoso por parte del personal directivo, docente, administrativo y de apoyo; y, i. Formar parte del Comité de Padres de Familia. DE LOS DEBERES: Art. 50 Son obligaciones de los padres de familia o representantes legales: a. Promover una actitud positiva hacia el estudio y hacia las expectativas de la institución con respecto a la conducta de sus hijos(as). b. Interesarse por el progreso académico de sus hijos(as), las tareas enviadas a casa y las actividades escolares a las que son convocados(as). c. Asegurar que sus hijos (as) asistan a clase puntualmente y que lleguen al colegio con el uniforme adecuado y los materiales necesarios para sus tareas.

d. Comunicar a las autoridades cualquier preocupación médica, académica o de conducta, que pueda afectar el desempeño o el comportamiento de su hijo(a) en la escuela e. Establecer un contacto regular con Santana en áreas de trabajo de aula (firmar circulares, trabajos, revisar cuadernos, verificar cumplimiento de tareas, etc.) f. Apoyar el tipo de educación propuesto por el proyecto educativo institucional. g. Cumplir con lo estipulado en el contrato de servicios educativos que otorga la Unidad Educativa Santana. h. Participar y colaborar en las actividades planificadas por Santana. i. Acudir a Santana, cuando se los(as) cite para realizar entrevistas personales, reuniones generales, etc.; la inasistencia será considerada como manifestación de poco interés en el proceso de enseñanza aprendizaje de sus hijos(as). j. Desempeñar cargos y comisiones que les han sido confiados(as). k. Respetar el cronograma planteado por Santana a inicios de cada trimestre. l. Planificar viajes para los períodos de vacaciones, así como también citas médicas, odontológicas y cualquier otra diligencia en horas extraescolares. m. Solicitar por escrito y con anticipación al Rectorado o a la Dirección, los permisos para que sus representados se ausenten. Los motivos deben ser de fuerza mayor. n. Abstenerse de retirar a los estudiantes durante el transcurso de la jornada escolar. En caso de fuerza mayor, solicitar autorización con la Guía de Grado/Curso respectiva o la Dirección. o. Firmar y enviar los desprendibles y notificaciones en el tiempo fijado señalado por Santana. p. Supervisar y fomentar el uso adecuado y responsable de la agenda escolar. Revisarla y responder oportunamente los mensajes enviados. Firmarla diariamente y con responsabilidad como constancia de estar informado de su contenido. q. Abstenerse de irrumpir en los salones de clase o en las salas de profesores; cuando concurran a Santana sin que hayan sido citados, deberán anunciarse en la secretaría de cada sección, para determinar si pueden o no ser atendidos, en caso de no poder ser atendidos deberán hacer una cita para otro día.

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r.

Abstenerse de traer a la institución deberes y trabajos de sus hijos(as) o representados(as), una vez iniciada la jornada escolar. Estos ya no tendrán validez.

CAPÍTULO VII POLÍTICA DE COMUNICACIÓN

Art. 51 Santana cuenta con los siguientes medios de comunicación: a. Agenda escolar: herramienta obligatoria desde preprimaria hasta 10º Grado de Básica. Optativa a partir de 1º Bachillerato. Principal medio de comunicación entre escuela y casa, se pueden escribir justificaciones y solicitudes del padre de familia a la profesora guía de grado/curso o viceversa. El uso de la agenda escolar seguirá un proceso paulatino tendiente a la autonomía del estudiante, puesto que el estudiante es el responsable directo de su uso, mientras que profesores y padres de familia son apoyos en este proceso. b. Teléfono: medio de comunicación de emergencia. Evitar hacer trámites por teléfono que pueden hacerse por escrito o personalmente. c. Circulares: información importante de la institución para los padres de familia. Todas llevan un desprendible de acuse de recibo que debe ser devuelto a la guía de curso, al día siguiente de enviadas. d. Mails: toda la información emitida por Santana se envía a las direcciones electrónicas indicadas por los padres de familia y representantes. A través de un convenio al inicio del año, el padre de familia o representante se responsabiliza de informarse a través de este medio. Es una manera amigable con el medio ambiente. e. Cronogramas: existe el cronograma trimestral y el cronograma mensual de actividades tanto académicas como extracurriculares. f. Boletines: información bimensual, tiene como objetivo compartir las experiencias educativas con toda la comunidad g. Página web: portal de Santana que contiene todas las informaciones anteriores, además de otras importantes.

a. Aspecto académico: En la Sección Secundaria: profesor de la asignatura y guía de grado/curso, vicerrector, rector. En la Sección Primaria: profesor de la asignatura, Directora. b. Aspecto disciplinario: En la Sección Secundaria: guía de grado/curso, coordinador de guías, rector. En la Sección Primaria: profesora guía de grado, Directora. c. Aspecto emocional: En la Sección Secundaria: guía de grado/curso, DOBE. En la Sección Primaria: profesora guía de grado, COBE. d. Aspecto económico: administración central.

CAPÍTULO VII DISPOSICIONES FINALES a. Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan al presente Código. b. El presente Código de Convivencia entrará en vigencia desde el momento que sea aprobado y socializado con la comunidad educativa. c. La Unidad Educativa Santana se reserva el derecho de modificar el presente Código de Convivencia, cuando ella creyera necesario.

Art. 52 El diálogo de los padres de familia con la institución dependerá de:

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