Concejo Deliberante de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA, 03 de Noviembre de 2011.
EL CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA
SIGUIENTE
O R D E N A N Z A ARTICULO
1º.-
Impónese
el
nombre
“Virgen
de
la
Merced”
a
la
arteria ubicada en el Barrio Parque La Gruta entre la Avenida Virgen
de
Valle
(Norte)
y
calle
Manuel
de
Salazar,
que
se
identifica con el número 1 en el croquis que figura como Anexo I y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2º.- Impónese el nombre “Virgen de la Medalla Milagrosa” a
la
arteria
ubicada
en
el
Barrio
Parque
La
Gruta
entre
la
Avenida Virgen del Valle (Norte) y calle Manuel de Salazar, que se identifica con el número 2 en el croquis que figura como Anexo I y forma parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO
3º.-
Impónese
el
nombre
“Virgen
de
Guadalupe”
a
la
arteria ubicada en el Barrio Parque La Gruta entre la Avenida Virgen
del
Valle
(Norte)
y
calle
Manuel
de
Salazar,
que
se
identifica con el número 3 en el croquis que figura como Anexo I y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 4º.- Impónese el nombre “Virgen de Lourdes” a la arteria ubicada en el Barrio Parque La Gruta entre la Avenida Virgen del Valle (Norte) y calle Luis de Medina, que se identifica con el número 4 en el croquis que figura como Anexo I y forma parte “…Sin Leyes no hay Patria…” F.M.E. – 09/07/1853 – Ord. Nº 4223/07
Concejo Deliberante de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 5º.- Impónese el nombre “Virgen del Perpetuo Socorro” a la arteria ubicada en el Barrio Parque La Gruta entre la Avenida Virgen
del
Valle
(Norte)
y
calle
Luis
de
Medina,
que
se
identifica con el número 5 en el croquis que figura como Anexo I y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 6º.- Impónese el nombre “Inmaculada Concepción de María” a
la
arteria
ubicada
en
el
Barrio
Parque
La
Gruta
entre
la
Avenida Virgen del Valle (Norte) y calle Luis de Medina, que se identifica con el número 6 en el croquis que figura como Anexo I y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO
7º.-
Impónese
el
nombre
“Virgen
Niña”
a
la
arteria
ubicada en el Barrio Parque La Gruta entre la Avenida Virgen del Valle (Norte) y calle Luis de Medina, que se identifica con el número 7 en el croquis que figura como Anexo I y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 8º.- Impónese el nombre “Virgen de Luján” a la arteria ubicada en el Barrio Parque La Gruta entre la Avenida Virgen del Valle (Norte) y calle Luis de Medina, que se identifica con el número 8 en el croquis que figura como Anexo I y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
“…Sin Leyes no hay Patria…” F.M.E. – 09/07/1853 – Ord. Nº 4223/07
Concejo Deliberante de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca ARTICULO 9º.- Impónese el nombre “Virgen del Carmen” a la arteria ubicada en el Barrio Parque La Gruta entre la Avenida Virgen del Valle (Norte) y calle Luis de Medina, que se identifica con el número 9 en el croquis que figura como Anexo I y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 10º.- Impónese el nombre “Virgen de Fátima” a la arteria ubicada en el Barrio Parque La Gruta entre la Avenida Virgen del Valle (Norte) y calle Luis de Medina, que se identifica con el número 10 en el croquis que figura como Anexo I y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 11º.- Impónese el nombre “Virgen de Itatí” a la arteria ubicada en el Barrio Parque La Gruta entre la Avenida Virgen del Valle (Norte) y calle Luis de Medina, que se identifica con el número 11 en el croquis que figura como Anexo I y forma parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTICULO 12º.- Impónese el nombre “Reina de la Paz” a la arteria ubicada en la primera paralela oeste de la Avenida Virgen del Valle
(Norte),
entre
calles
Virgen
de
la
Merced
y
Virgen
de
Itatí, que se identifica con el número 12 en el croquis que figura
como
Anexo
I
y
forma
parte
integrante
de
la
presente
Ordenanza.
ARTICULO 13º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través del “…Sin Leyes no hay Patria…” F.M.E. – 09/07/1853 – Ord. Nº 4223/07
Concejo Deliberante de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca área competente procederá a colocar la señalización vertical y horizontal correspondiente.
ARTÍCULO 14º.- Los gastos que demande la ejecución de la presente Ordenanza
serán
imputados
al
Presupuesto
General
de
Gastos
y
Recursos correspondiente.
ARTÍCULO Registros
15º.-
Comuníquese
Oficiales
del
a
Intendencia,
Departamento
insértese
Ejecutivo
en
los
y
Concejo
del
Concejo
Deliberante, publíquese y ARCHIVESE. Dada
en
la
Sala
de
Sesiones
Deliberante de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil once. O R D E N A N Z A Nº 5217/11 Expte. C.D. Nº 1053-F-11 Agr. Act. C.D. Nº 029/11 Act. DEM Nº 01013/11. FDO: T.S.C.S. LUIS EDUARDO AGÜERO VICE-PRESIDENTE 1º A/C DE PRESIDENCIA DEL CONCEJO DELIBERANTE DE SAN FERNANDO DEL VALLE DE CATAMARCA Ab. CAROLINA P. VEGA SECRETARIA PARLAMENTARIA
“…Sin Leyes no hay Patria…” F.M.E. – 09/07/1853 – Ord. Nº 4223/07