CONTRATO DE CELEBRADO ENTRE Y PORVENIR S.A

CONTRATO DE ______________ CELEBRADO ENTRE _____________ Y PORVENIR S.A. Entre los suscritos a saber:_______________(1)_______________, mayor de edad

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CONTRATO DE ______________ CELEBRADO ENTRE _____________ Y PORVENIR S.A.

Entre los suscritos a saber:_______________(1)_______________, mayor de edad y vecino de esta ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía No.______(1)____, quien en su calidad de Vicepresidente, obra en nombre y representación de la SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTIAS PORVENIR S.A., sociedad de servicios financieros, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, debidamente autorizada para desarrollar su objeto social, todo lo cual acredita con el certificado de existencia y representación legal expedido por la Superintendencia Financiera, el cual se anexa al presente, y quien en adelante se denominará PORVENIR, por una parte y por la otra__________________________(2)_________, mayor de edad y vecino ____________identificado con la cédula de ciudadanía No.______(_)____, quien en su calidad de Representante Legal, obra en nombre y representación de la _____________(3)________________, sociedad comercial, con domicilio principal en la ciudad de _____________, estando debidamente autorizado para la celebración del presente contrato, todo lo cual acredita con el certificado de existencia y representación legal expedido por la __________________, el cual se anexa al presente, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO de________________(4)________________, el cual se regirá por las siguientes cláusulas y en lo no previsto en ellas por las disposiciones legales vigentes: PRIMERA.- OBJETO Y ALCANCE: EL CONTRATISTA actuando con sus propios medios, bajo su cuenta y riesgo y con autonomía técnica y administrativa, se obliga para con PORVENIR a _______(5) __________________________, de conformidad con la propuesta presentada, de fecha __ de _______ de______, la cual hace parte integral del presente contrato, como Anexo No. 1. (6) SEGUNDA.- VALOR: PORVENIR se obliga a pagar al CONTRATISTA la suma única de __________________________ (7) ($________________), más IVA. PARAGRAFO PRIMERO: Dentro del precio se encuentran incluidos la totalidad de los gastos requeridos por EL CONTRATISTA para la ejecución del objeto contractual. En consecuencia todos los gastos e impuestos que se generen en desarrollo del presente contrato serán asumidos por EL CONTRATISTA. PARAGRAFO SEGUNDO: El valor del presente contrato quedará inalterable durante el periodo de duración, sin que pueda invocarse ningún tipo de alza o costo para un eventual ajuste. PORVENIR podrá reducir el monto de la cuota respectiva, en caso que EL CONTRATISTA no acredite la ejecución de la totalidad del objeto del contrato a que se ha comprometido, quedando PORVENIR obligado a pagar el monto de lo efectivamente ejecutado. PARAGRAFO TERCERO: Los recibos parciales de las tareas ejecutadas que se hagan al CONTRATISTA, no implican aceptación final por parte de PORVENIR, como quiera que la obligación principal del CONTRATISTA es la de ejecutar completamente el objeto del contrato aquí convenido en su integridad y en la forma y tiempo debidos.

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TERCERA.- FORMA DE PAGO: El valor será pagado por PORVENIR de la siguiente manera: ______________________________(8)___________________________ ___________________________________________________________ PARAGRAFO PRIMERO: Para cada uno de los pagos EL CONTRATISTA deberá presentar la correspondiente factura y/o cuenta de cobro, junto con el presente documento. Para el primer pago, adicionalmente, EL CONTRATISTA deberá encontrarse inscrito como proveedor de PORVENIR y allegar las pólizas de seguros que se mencionan más adelante, junto con la certificación de la compañía de seguros sobre el pago de la prima. Queda acordado que sin el cumplimiento de los requisitos aquí señalados PORVENIR no estará obligado a efectuar los pagos correspondientes. PARAGRAFO SEGUNDO: PORVENIR efectuará los pagos, mediante abono en cuenta, dentro de los treinta (30) días siguientes a la presentación de la correspondiente factura y/o cuenta de cobro. NOTA: En el caso de contratos celebrados con personas naturales el Parágrafo Primero será el siguiente: “PARAGRAFO: Para cada uno de los pagos EL CONTRATISTA deberá presentar la correspondiente factura y/o cuenta de cobro, junto con el presente documento, copia de la planilla del pago a la seguridad social (salud, pensión y ARL) realizado como mínimo sobre el cuarenta por ciento (40%) del valor a facturar, certificación en la que se indique si la base de cotización a la seguridad social corresponde a los ingresos facturados a PORVENIR e indicar la proporción a la que corresponde. Además, EL CONTRATISTA deberá presentar certificación indicando la calidad tributaria de acuerdo a lo contemplado en el Decreto Reglamentario 1070 de mayo 2013. Para el primer pago. Adicionalmente, EL CONTRATISTA deberá encontrarse inscrito como proveedor de PORVENIR y allegar las pólizas de seguros que se mencionan más adelante, junto con la certificación de la compañía de seguros sobre el pago de la prima. Queda acordado que sin el cumplimiento de los requisitos aquí señalados PORVENIR no estará obligado a efectuar los pagos correspondientes.” CUARTA.- DURACION (9): El presente contrato tendrá una duración de ____ (__), contados a partir del __________________ y de conformidad con el cronograma de ejecución estimado en el Anexo No. 1. QUINTA.- VIGÉSIMA CUARTA.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: ____________________________________________________________ ______________________(10)__________________________________ SEXTA.- CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las causales establecidas en la ley, en otras cláusulas del presente documento, el presente contrato se dará por terminado en los siguientes casos: 1) Por mutuo acuerdo entre las partes. 2) Por el incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones previstas en el presente contrato. En estos casos, la parte cumplida notificará el incumplimiento a la parte incumplida, la cual tendrá un término de _________ (____) días calendario, contados a partir del día siguiente de la notificación, para resolver el incumplimiento. Pasado éste término sin resolver el incumplimiento, la parte 2

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cumplida podrá tomar la determinación de dar por terminado definitivamente el contrato, de lo cual dará noticia por escrito a la otra parte. 3) En caso de liquidación obligatoria, toma de posesión para liquidar, liquidación forzosa administrativa, disolución o liquidación de alguna de las partes. 4) Unilateralmente por PORVENIR, mediante comunicación escrita dirigida al CONTRATISTA con __________ (____) días de anticipación a la fecha en que se desea hacer efectiva la decisión, sin que por este hecho se entienda que se ha incumplido el contrato y sin lugar al pago de sanción o indemnización alguna. En este caso EL CONTRATISTA terminará de ejecutar el objeto del contrato que haya sido requerido y por su parte PORVENIR pagará al CONTRATISTA el valor de los productos o servicios efectivamente recibidos. 5) En caso que Grupo Aval Acciones y Valores S.A suscriba un Convenio Corporativo que tenga el mismo objeto del presente contrato, y al cual PORVENIR pueda adherirse, ésta última podrá dar por terminado en cualquier momento el contrato, mediante comunicación escrita dirigida a la otra parte, con una antelación de _________ (___) días a la fecha en que se pretende hacer efectiva su decisión, sin que se entienda que ha incumplido el contrato y sin que por este hecho haya lugar al pago de suma alguna a título de sanción o indemnización. SEPTIMA.- CONFIDENCIALIDAD (11): EL CONTRATISTA se obliga para con PORVENIR a guardar absoluta confidencialidad sobre toda la información, política, procedimiento, know how, bases de datos, entre otras, y que llegare a tener conocimiento con ocasión del presente contrato. Para efectos de la presente cláusula EL CONTRATISTA se obliga a: (i) Dar precisas instrucciones a sus empleados y/o contratistas en relación con el deber de confidencialidad pactado, a quienes la obligación aquí prevista les es extensiva y (ii) No copiar o reproducir los documentos suministrados por PORVENIR para la ejecución del objeto pactado, así como devolver la totalidad de los documentos suministrados por PORVENIR a partir del momento en que éstos no sean necesarios para la ejecución del objeto convenido. PARAGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA declara que conoce que la totalidad de la información relacionada con los clientes de PORVENIR está sometida a reserva bancaria y por lo cual, la obligación aquí prevista se hace extensiva a dicha información. PARAGRAFO SEGUNDO: La obligación aquí prevista estará vigente por el término de duración del contrato y dos (2) años más, no obstante en tratándose de la información sometida a reserva bancaria esta obligación no cesará. PARAGRAFO TERCERO: EL CONTRATISTA será responsable por los daños y perjuicios que le ocasionen con ocasión del incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí prevista. NOTA: El siguiente párrafo se incluye en reemplazo del anterior, para aquellos eventos en que se suscriba un acuerdo de confidencialidad y por ende, se elimina lo anterior: “EL CONTRATISTA se obliga para con PORVENIR a dar estricto cumplimiento al Acuerdo de Confidencialidad que suscriban, el cual hará parte integral del presente contrato”.

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OCTAVA.- NO VINCULACIÓN LABORAL: En razón a que EL CONTRATISTA actúa en desarrollo del presente contrato como persona especializada en la ejecución del objeto del mismo, por sus propios medios y bajo su cuenta y riesgo, no está obligada a contratar en forma exclusiva con PORVENIR y por consiguiente, es el único empleador del personal que utilice para el cumplimiento del objeto pactado, motivo por el cual entre EL CONTRATISTA y PORVENIR y entre PORVENIR y el personal de empleados del CONTRATISTA no existe relación laboral alguna, en consecuencia EL CONTRATISTA deberá salir a la defensa de PORVENIR, en cualquier tiempo en que se llegare a presentar una acción judicial o extrajudicial en su contra, por alguno de los empleados y/o contratistas del CONTRATISTA. PARAGRAFO PRIMERO: EL CONTRATISTA cumplirá con todas las obligaciones legales y extralegales de carácter laboral, de seguridad social y fiscales. PARAGRAFO SEGUNDO: PORVENIR podrá exigir al CONTRATISTA en cualquier momento la comprobación efectiva de tales pagos y aportes, al efecto EL CONTRATISTA podrá entregar certificación firmada por el Revisor Fiscal que acredite el cumplimiento de dichas obligaciones. PARAGRAFO TERCERO: Ninguna de las obligaciones contenidas en las cláusulas de este Contrato generarán en ningún caso, vínculo adicional entre las partes, ni habilitarán a EL CONTRATISTA a representar a PORVENIR a ningún título. EL CONTRATISTA declara que no los une ni ha unido ningún contrato de mandato, comisión ni agencia comercial y que, en consecuencia, carece de autorización o vínculo contractual que le faculte para representar o comprometer de alguna manera a PORVENIR, por cuanto en desarrollo de su gestión de negocios ha actuado y lo seguirá haciendo como comerciante independiente, por su propia cuenta y en su propio nombre. NOVENA.- GARANTIAS (12): EL CONTRATISTA se obliga a constituir con una compañía de seguros legalmente autorizada para desarrollar su objeto social en Colombia y en favor y a satisfacción de PORVENIR las siguientes pólizas de seguros: a) De bueno manejo del anticipo: Por el cien por ciento (100%) del valor del anticipo y con una vigencia igual a la de su duración y dos meses más; b) Cumplimiento del Contrato: Por el treinta (30%) del valor del contrato y con una vigencia igual a la de su duración y dos meses más y c) De Salarios y prestaciones sociales: Por el veinte (20%) del valor del contrato con una vigencia igual a la de su duración y tres años más. d) De Estabilidad de la obra o de calidad del bien o servicio: Por el treinta por ciento (30%) del valor del contrato y con una vigencia de un (1) año contado a partir de la entrega final de los bienes o los trabajos a satisfacción de PORVENIR y e) De responsabilidad civil extracontractual: Por el veinte por ciento (20%) del valor estimado del contrato, con una vigencia igual a la del mismo y seis (6) meses más.

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La presentación de las pólizas y de la constancia de pago de la(s) prima(s) de seguros, es requisito para la realización del primer pago. En caso de efectuarse la prórroga o modificación del valor del contrato EL CONTRATISTA se obliga a presentar el anexo de renovación de las pólizas y pago de las primas, dentro de los cinco (5) días siguientes a la prórroga o la suscripción del correspondiente otrosí. DECIMA.MULTAS (13): En caso de mora o incumplimiento parcial de cualesquiera de las obligaciones que EL CONTRATISTA contrae con PORVENIR, ésta podrá imponer al CONTRATISTA, multas sucesivas equivalente al uno por ciento (1%) del valor del contrato, por cada día de retardo o incumplimiento, a menos que este se halle motivado por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobado. PORVENIR podrá hacer efectivo el valor de las multas sobre cualquier suma que adeude al CONTRATISTA. Las multas con un tope máximo del diez (10%) del valor total del mismo, por lo cual si el valor de las multas excediere este porcentaje PORVENIR dará aplicación a la cláusula penal. EL CONTRATISTA expresamente renuncia a cualquier requerimiento judicial o extrajudicial para constituirse en mora. DECIMA PRIMERA.- CLAUSULA PENAL (13): En caso de incumplimiento total o parcial de cualesquiera de las obligaciones a cargo del CONTRATISTA y que se derivan del presente contrato o en caso en que el valor de las multas ascendiere al 10% del valor del contrato, se causará a favor de PORVENIR y a cargo del CONTRATISTA la obligación de pagar a título de pena una suma equivalente al treinta por ciento (30%) del valor total del contrato, como estimación anticipada de perjuicios, sin que esto impida la posibilidad de exigir el reconocimiento de los demás perjuicios que se hubieren causado y que no alcancen a estar cubiertos con el porcentaje mencionado o exigir el cumplimiento de la obligación incumplida. PARAGRAFO PRIMERO: El monto de la cláusula penal será exigible privada o judicialmente sin necesidad de requerimientos previos. PORVENIR podrá hacer efectivo el valor de la cláusula penal, con cargo a cualquier suma que debiere a EL CONTRATISTA. DECIMA SEGUNDA.- INTERVENTORIAS: 1. PORVENIR podrá hacer en cualquier momento reclamos, objeciones o sugerencias por escrito para que EL CONTRATISTA corrija deficiencias en el desarrollo del objeto del contrato, y EL CONTRATISTA se obliga a dar precisas instrucciones a sus empleados para que el objeto de este contrato sea desarrollado a satisfacción de PORVENIR.. 2. PORVENIR se reserva el derecho de inspeccionar y/o auditar al CONTRATISTA a fin de revisar los procesos y procedimientos utilizados por éste para la correcta ejecución del contrato. PARAGRAFO: Las facultades aquí previstas se ejercerán por PORVENIR por ministerio del presente contrato y en consecuencia, ni aún accidentalmente para ningún efecto legal, podrá equipararse a la autoridad patronal por cuanto no encierra la facultad de impartir órdenes, dar instrucciones en cuanto el modo, el tiempo o cantidad de trabajo, ni imponer reglamentos internos frente al CONTRATISTA ni frente a los empleados de los que este se valga para el cumplimiento de los compromisos contractuales

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DECIMA TERCERA.- GARANTÍAS Y RESPONSABILIDAD: EL CONTRATISTA declara que conoce claramente las necesidades que tiene PORVENIR para la celebración del presente contrato, y el alcance que requiere del mismo, y garantiza que la ejecución contractual será de buen fe y realizada y supervisada por personal competente, de manera profesional y de acuerdo con las mejores prácticas en la materia. EL CONTRATISTA será responsable por la veracidad y contenido de los informes que suministre; igualmente se responsabiliza por la adecuada ejecución del contrato. DECIMA CUARTA.- CONFLICTOS DE INTERES: EL CONTRATISTA declara que a la fecha de la firma del presente contrato, no se encuentra incurso en una situación generadora de conflictos de interés con PORVENIR y que no ha iniciado, ni iniciará durante la vigencia del presente contrato, en nombre propio o por cuenta de un tercero, una acción jurídica, judicial o extrajudicial en contra de PORVENIR y/o de los fondos por esta administrados. Así mismo, manifiesta que en caso en que llegare a presentarse o en caso de duda sobre la existencia o no de un conflicto deberá revelarlo de manera inmediata a PORVENIR a efectos de que se pueda determinar la viabilidad o no de administrarlo y la forma de hacerlo, lo cual puede implicar la terminación unilateral del presente contrato, por parte de PORVENIR sin que por este hecho haya lugar a sanción alguna. En este caso, será necesario que EL CONTRATISTA adelante las gestiones tendientes a la sustitución de cualquier poder que PORVENIR le hubiere conferido a quien esta le indique y la entrega de la totalidad de los documentos que sean necesarios para dar continuidad con los mismos, o que PORVENIR le hubiere entregado, en un término no mayor de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la notificación que le hiciere PORVENIR de la decisión adoptada. DECIMA QUINTA.DECLARACIONES DEL CONTRATISTA: 1) EL CONTRATISTA declara que su negocio y los recursos que utilizará para la ejecución del presente contrato, no provienen de ninguna actividad ilícita de las contempladas en el Código Penal Colombiano o en cualquier norma que lo modifique o adicione. Así mismo se compromete a entregar toda la información que le sea solicitada para dar cumplimiento a las disposiciones relacionadas con la Prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y declara que la misma es veraz y verificable. En el evento en que EL CONTRATISTA no cumpla con las declaraciones y obligaciones que adquiere en virtud de la presente cláusula, PORVENIR, podrá dar por terminado el contrato de manera inmediata, sin que por este hecho haya lugar al pago de sanción o indemnización alguna, bastará la comunicación por escrito, incluyendo el correo electrónico, que sobre esta decisión haya tomado PORVENIR. 2) EL CONTRATISTA Autoriza a PORVENIR, y a quien en el futuro represente sus derechos, de manera irrevocable, para consultar y reportar a cualquier entidad que maneje o administre bases de datos que tengan fines de información, financieros, estadísticos, de control, supervisión, gerenciales y de consolidación de información, todos mis datos económicos, incluyendo la información referente a mi (nuestro) comportamiento comercial y crediticio. Como consecuencia de esta autorización PORVENIR podrá consultar e incluir mis datos financieros y comerciales en las 6

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bases de datos antes mencionadas, en las cuales se verá reflejado nuestro actual y pasado comportamiento en relación con el cumplimiento o incumplimiento de mis obligaciones, información que permanecerá reportada por los términos previstos en la Ley o en su defecto en los reglamentos de dichas sociedades. 3) EL CONTRATISTA autoriza a PORVENIR, y a quien en el futuro represente sus derechos, de manera expresa e irrevocable, para que PORVENIR o el Grupo Aval Acciones y Valores S.A., así como cualquiera de sus vinculadas (Las Empresas Cubiertas), tenga acceso a toda la información y documentación que tenga relación con el presente Contrato. 4) (14) El CONTRATISTA autoriza a PORVENIR y al Grupo Aval Acciones y Valores S.A., a realizar visitas a las instalaciones del mismo, con el fin de verificar las condiciones del Plan de Continuidad del Negocio de éste último, respetando los Acuerdos de Confidencialidad que el CONTRATISTA tiene con otros clientes. Estas visitas serán notificadas al CONTRATISTA con un mínimo de veinticuatro (24) horas de llevarse a cabo. 5) (15) El CONTRATISTA declara que el material de capacitación que pudiere ser utilizado para la prestación de los servicios de capacitación, provienen de fuentes públicas y/o son de su desarrollo y/o tiene licencia para utilizarla, y en consecuencia con el mismo no se está vulnerando ninguna norma de derechos de autor de terceros. En caso de incumplimiento será causal para dar por terminado el contrato de manera unilateral sin lugar al pago de sanción o indemnización de ningún tipo, y que en todo caso El CONTRATISTA deberá salir en defensa de PORVENIR, en el evento en que algún tercero efectuare alguna reclamación, dejando indemne siempre a PORVENIR. DECIMA SEXTA.- POLÍTICA ANTIFRAUDE Y ANTICORRUPCIÓN: 1) EL CONTRATISTA declara que conoce que PORVENIR cuenta con una política antifraude y anticorrupción, a la cual tuvo acceso y se adhirió en el proceso de vinculación como proveedor de PORVENIR. En virtud de esta política se pretende desarrollar acciones coordinadas para prevenir el fraude y la corrupción, promover la transparencia en la gestión de la administración, disuadir las conductas indebidas e incentivar el compromiso de sus grupos de interés contra el fraude y la corrupción. EL CONTRATISTA se obliga para con PORVENIR a cumplir con esta política, a informarle de cualquier circunstancia que pudiere ir en contra de la misma y evitar cualquier práctica indebida, fraudulenta o corrupta. 2) Las partes declaran conocer que de conformidad con las disposiciones locales e internacionales anti-corrupción y anti-soborno, se encuentra prohibido pagar, prometer o autorizar el pago directo o indirecto de dinero o cualquier otro elemento de valor a cualquier servidor público o funcionario de gobierno, partido político, candidato, o a cualquiera persona actuando a nombre de una entidad pública cuando dicho pago comporta la intención corrupta de obtener, retener o direccionar negocios a alguna persona para obtener una ventaja ilícita (“Normas Anti-Soborno y Anti-Corrupción del Sector Público”). Así mismo, las partes reconocen la existencia de regulación similar en materia de soborno en el sector privado, entendido como el soborno de cualquier persona particular o empresa privada para obtener una ventaja indebida (“Normas Anti-Soborno y Anti-Corrupción del Sector Privado” y junto con las Normas AntiSoborno y Anti-Corrupción del Sector Público, las “Normas Anti-Soborno y AntiCorrupción”). En consideración de lo anterior, las partes se obligan a acatar las Normas Anti-Soborno y Anti-Corrupción absteniéndose de efectuar conductas que atenten contra las referidas Normas Anti-Soborno y Anti-Corrupción a nivel local o 7

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internacional. PARAGRAFO: Será causal de terminación con justa causa del presente contrato el incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones relacionadas en esta cláusula. En este evento PORVENIR dará por terminado el contrato de manera inmediata, sin que por este hecho haya lugar al pago de sanción o indemnización alguna, bastará la comunicación por escrito, incluyendo el correo electrónico, que sobre esta decisión haya tomado PORVENIR. DECIMA SEPTIMA.- CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN: Las partes no podrán ceder en todo o en parte el presente contrato a ninguna persona natural o jurídica sin el previo consentimiento por escrito de la otra. EL CONTRATISTA tampoco podrá subcontratar parcial o totalmente el objeto del contrato, sin la previa autorización escrita de PORVENIR. DECIMA OCTAVA.- MODIFICACIONES: Para efectos de validez todas las modificaciones o adiciones al presente contrato deberán constar por escrito, firmado por los representantes legales de las dos partes. DÉCIMA NOVENA (16).COORDINACIÓN, SEGUIMIENTO Y COMUNICACIONES: La coordinación y seguimiento presente contrato, así como de enviar y recibir las comunicaciones, o de entregar la información que se requiera en desarrollo del mismo, estará a cargo de las personas que se relacionan a continuación: 

POR PARTE DE EL CONTRATISTA: _____________, _____________, email: __________________, ______________________ de la ciudad de ___________.

teléfonos: dirección:



POR PARTE DE PORVENIR: _____________________ , teléfono: _________, e-mail: _______________ dirección: ___________ de la ciudad de _________________.

VIGESIMA.- GASTOS E IMPUESTOS: Todos los gastos e impuestos que genere la legalización y ejecución del presente contrato estarán a cargo del CONTRATISTA. VIGÉSIMA PRIMERA (17): PLAN DE CONTINUIDAD: EL CONTRATISTA se compromete a desarrollar e implementar un Plan de Continuidad del Negocio que cumpla con los estándares de la industria, con respecto al objeto contractual que desarrolla a PORVENIR, para lo cual es necesario entregar evidencia del plan existente. EL CONTRATISTA debe proporcionar información clara y suficiente para determinar la oportuna interacción por parte de PORVENIR, cuando sea necesario activar su Plan de Continuidad con respecto al objeto del contrato desarrollado; tales como: información de contacto, nuevas ubicaciones físicas o lógicas del objeto contratado, autorizaciones necesarias, aumento de niveles de seguridad, elaboración de respaldos (backups), entre otras. PARÁGRAFO PRIMERO: La 8

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persona de contacto responsable del plan de contingencia y de continuidad del negocio, a quien PORVENIR debe notificar de la activación, limitaciones y otras informaciones relativas a la ejecución del Plan será: _________________________________ (cargo), cargo que en la actualidad es ejercido por ____________________, quien podrá ser contactado en __________________ (dirección), _______________ (teléfono) __________________ (correo electrónico). Igualmente, en caso que no sea posible la ubicación de la persona designada PORVENIR podrá contactar al coordinador del contrato. Cualquier cambio que se presente con relación a los funcionarios de contacto, deberá ser notificada a PORVENIR, a través del coordinador del contrato, inmediatamente este se presente. PARÁGRAFO SEGUNDO. EL CONTRATISTA debe certificar ______________ (en cada caso se establecerá la periodicidad) a través de programas de verificación efectuadas por un tercero o como mínimo por su revisor fiscal, que ha realizado las pruebas de funcionalidad y operatividad de su plan de contingencia y continuidad del negocio, para garantizar de esta forma, que el desarrollo del objeto contractual estará disponible para PORVENIR en cualquier evento que se requiera su activación. PARÁGRAFO TERCERO. PORVENIR se reserva el derecho de verificar en cualquier tiempo el cumplimiento de esta obligación. VIGÉSIMA SEGUNDA.- PRESTACION DE SERVICIO IN SITU: Si durante el desarrollo del objeto contratado, se requiere que empleados de EL CONTRATISTA, permanezcan en las instalaciones de PORVENIR, EL CONTRATISTA deberá: 1) Informar por escrito al coordinador del desarrollo del objeto del contrato en PORVENIR los datos generales de los empleados asignados para la ejecución del contrato (nombre y el número de identificación) e 2) Indicar a sus empleados sobre la obligación de portar en un lugar visible el carné que los identifique como Visitante o Contratista. VIGÉSIMA TERCERA.- RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Las diferencias que pudieren surgir con ocasión de la ejecución, interpretación o terminación del contrato se someterán a la justicia ordinaria. VIGÉSIMA CUARTA.- NO RENUNCIABILIDAD: El retardo o la mora de alguna de las partes en hacer efectivos sus derechos o exigir las compensaciones, no suponen que se está renunciando a los mismos. VIGÉSIMA QUINTA.- DOMICILIO: Las partes fijan de común acuerdo domicilio y para todos los efectos contractuales, la ciudad de Bogotá D.C

como

VIGESIMA SEXTA.- ANEXOS: Forman parte integral del presente contrato: 1. Certificados de existencia y representación legal de las partes. 9

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2. Anexo No. 1, contentivo de la propuesta presentada por EL CONTRATISTA. 3. (18)_________________________________________. Como constancia de haber leído, entendido y aceptado las condiciones aquí previstas, se suscribe el presente contrato en tres (3) ejemplares del mismo tenor y valor probatorio, en la ciudad de _____(19)________, ________________ a los ___________ del mes de __________ del dos mil _______ (20__).

Por PORVENIR (20)

C.C. No. Representante Legal

Por EL CONTRATISTA (20)

Nombre Completo C.C. No. _________ Representante Legal

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