D E L A P R O V I N C I A D E M A D R I D PRECIO DE SUSCRIPCIÓN

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ASO

1/1 S A B A D O 14 D E M A Y O D E 193a

193a

N I ' M . 116

BOLETI! D E ADVERTENCIA

L

A

IMPORTANTE

Las leyes, órdenes y anuncios que hayan de insertarte en los BOLKTINKS O F I C I A L E S , se han de mandar al

/efe político respectivo, por cuyo conducto se pasarán l los editores de los mencionados periódicos. (Real orden de 5 de Abril de 1858) Se publica todos los días, excepto los domingos. OFICINAS:

P R O V I N C I A

P E L I G R O S , 9 , principal.

T E L É F O N O 12.643.—APARTADO 830

HORAS: D E D I E Z A D O C E T D E T R E S A SEIS

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E

M A D R I D T A R I F A D E INSERCIONES

PRECIO D E SUSCRIPCIÓN C E N T R O S O F I C I A L E S D E MADRID.—Llevado a domicilio: al

mes, 8 pesetas; trimestre, 9; semestre, 18, y un año, 36.

O F I C I A L E S F U E R A D E MADRID.—Trimestre, 12 pesetas; se-

mestre, 24, y un año, 48. P A R T I C U L A R E S . — E n esta Capital, llevado a domicilio: mes, 5 pesetas; trimestre, 15; semestre, 80, y al año, 60, y fuera de Madrid: 20 al trimestre, 40 al semestre y 80 al año. Se admiten suscripciones en la Administración del B O L E T Í N , calle de Peligros, 9,principal izquierda Fuera de esta Capita!, directamente por medio de carta a la Administración, con inclusión del importe del tiempo de abono en letra de fácil eobro.

¡jggm Anuncios procedentes de la Excelentísima Diputación Provincial: linea o fracción. . Idem judiciales: linea o fracción Idem oficiales: línea o fracción Idem particulares

Número suelto: 5 O o oooo

mesas electorales en los distritos y nas reclamaciones dentro del plazo secciones que a continuación se de- de tres meses, a contar desde la putallan, en la elección nue n a r n C o n r e - blicación de este anuncio. jales se ha de verificar en el citado Número de orden, número de origen, fecha de la imposición, procetérmino el día 22 del actual: Comisión Gestora Distrito de la Audiencia (Sección dencia, destino, destinatario, valor declarado, clase del objeto: En cumplimiento de lo dispuesto única) : 1, 399, 14-2-930, Madrid, París, Adjuntos.—Don Fabriciano López en los artículos 9. y 12 del Decreto G . de Luna, 75 pesetas. P . V . Díaz y don Julián Seco García. del Ministerio de la Gobernación, de 2, 4 a 2-5-931, Barcelona, Bilbao, Suplentes.—Don Felipe Martínez fecha 4 de diciembre de 1931, se haPilar Escoriaza, 200 pesetas, P . V . Duran y don Gregorio Martínez J i ce saber que la Comisión Gestora, en 3, 154, 15-4-931, Cartagena Barcesu sesión de 28 de abril último, acor- ménez. Distrito de la Iglesia (.Sección úni- lona, Catalina Calatrava, 100 pesedó habilitar un crédito extraordinario tas, O . A . ca) : por 16.559,85 pesetas, con cargo al L o que se hace público a los efecsobrante obtenido a la liquidación Adjuntos.—Don Felipe López Lótos del artículo 170 del vigente Redel ejercicio de 1931, para, en armo- pez y don Nicolás Jiménez Ortiz. nía con lo resuelto por la Comisión Suplentes.—Don Cándido Martí- glamento para el régimen y servicio Gestora en 31 de marzo pasado, sa- nez Ortiz y don Yictorio Martínez de este Ramo. Madrid, 4 de mayo de 1932.—El tisfacer a la casa Siemens Reiniger Palmero. Jefe de la Explotación (Firmado). Veifa, S . A . , el importe del suminis(Núm. 1.388) tro de películas radiográficas al H o s pital Provincial, durante los meses Ayuntamiento de Madrid de septiembre a diciembre de 1931. Providencias judiciales Lo que se anuncia públicamente al T e n e n c i a de Alcaldía del distrito objeto de que si hubiere reclamación de l a U n i v e r s i d a d a formular contra dicho acuerdo, A u d i e n c i a T e r r i t o r i a l de M a d r i d puepa ser cursada dentro de los quin- Don Cayetano Redondo Aceña, T e ce días siguientes al de la inserción niente de Alcalde de este distrito y del presente anuncio. Presidente de la Comisión de Q u i n - Don Enrique Covián Frera, Oficial de Sala de la Audiencia territorial tas del mismo. Madrid, 13 de mayo de 1932.—E! de Madrid, Secretario, S . Viñals. H a g o saber: Que debiendo revisar Certifico: Que ante la Sala segunel año actual por última vez el mozo da de lo civil de esta Audiencia terriEn cumplimiento de lo dispuesto Manuel Jiménez Palacios, número torial, Relatoría-Secretaría del Licenen los artículos 9. y 12 del Decreto 473 del reemplazo de 1928, por este ciado don Augusto Caro, se siguen del Ministerio de la Gobernación, de distrito, como hijo de padre desapa- unos autos, seguidos por don José fecha 4 de diciembre de 1931, se ha- recido, se necesita acreditar nueva- Mato Menéndez, con los herederos o mente el paradero de don Hermógece saber que la Comisión Gestora, en causahabiente de don Juan Casamitsu sesión de 12 del actual, acordó ha- nes Jiménez y Núñez, padre del refe- jana y Barrinat y de doña Ramona bilitar un crédito extraordinario de rido mozo, el que, según noticias, Trinidad Alcázar García y don E n r i Q.000 pesetas, con cargo al sobrante desapareció del domicilio conyugal que Casamitjana Milán, sobre pago del ejercicio de 1931 y a incorporar hace más de catorce años. En consecuencia, requiero por el de cinco mil seiscientas sesenta y cinal capítulo X I , artículo 10, para reco pesetas, importe de honorarios por tribución extraordinaria al personal presente a todas las autoridades y asistencia médica, en los cuales se ha de la Sección de Arquitectos, encar- cuantas personas conozcan noticias dictado la sentencia cuyo encabezagado del desarrollo, redacción o del individuo expresado, para que miento y parte dispositiva dicen así : adaptación de los proyectos del nue- den cuenta de ello a esta Tenencia de Sentencia número 114 Alcaldía. vo Manicomio y Pabellón de cocina E n Madrid, a veintisiete de abril de del Hospital Provincial. Madrid, 12 de mayo de 1932.—El mil novecientos treinta y Teniente de Alcalde, C . Redondo. Lo que se anuncia públicamente al dos. Vistos los autos de objeto de que si hubiere reclamación menor cuantía hoy, que ana formular contra dicho acuerdo, te Nos penden en apelapueda ser cursada dentro de los quin- Dirección general de Correos ción, procedentes del Juzce días siguientes al de la inserción gado de primera instancia del presente anuncio. Departamento de correspondencia del distrito de Buenavista, Madrid, 13 de mayo de 1932.—El seguidos por don José M a caducada secretario, S. Viñals. to Menéndez, médico, de Relación de los pliegos de valores esta vecindad, demandantedeclarados v objetos asegurados apelado, a quien representa J U N T A P R O V I N C I A L D E L C E N - que, cumplido el plazo reglamentael Procurador don Antonio rio de depósito en este Negociado, ELECTORAL DE MADRID Parames y defiende el Lese anuncian en la Gaceta de Madrid trado don Fernando Feijóo, y Boletines Oficiales de las provinsiendo demandados los heRelación de adjuntos y suplentes cias de origen y destino para que rederos o causahabientes de ^esi^nados por la Junta municipal de las personas que se crean con deredon Juan Casamitjana y norata de Tajuña para constituir las cho a ello puedan hacer las oportu-

Diputación Provincial de Madrid

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A particulares: © O céntimos Barrinat y de doña Ramona v Trinidad Alcázar Gar"

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t,.c4, «jli icueidía, habiendo comparecido en el pleito, dictada ya la sentencia, don Enrique C a samitjana Milán, estudiante, de esta misma vecindad, como heredero de su padre, don Salvador Casamitjana, que a su vez lo fué del don Juan Casamitjana y Barrinat, apelante, representado por el Procurador don Fernando Pinto y defendido por el Letrado don Juan Dagas, sobre pago de cinco mil seiscientas cincuenta y cinco pesetas, importe de honorarios por asistencia médica. Fallamos debemos absolver y absolvemos a los herederos de don Juan Casamitjana y Barrinat de la demanda producida en estos autos por don José Matos y a los herederos de doña Ramona T r i nidad Alcázar en el extremo de la misma demanda, referente a honorarios médicos devengados por el actor, hasta el día primero de noviembre del año mil novecientos veintitrés, importante novecientos veinte pesetas, y condenamos a estos herederos de doña Ramona Trinidad Alcázar, al pago de la cantidad de cuatro mil setecientas cuarenta y cinco pesetas, resto de la reclamación, también por honorarios, de la misma demanda, sin hacer expresa condena de costas en ambas instancias, en cuyos términos confirmamos la resolución apelada en lo que es conforme con la presente, y la revocamos en lo que de ésta se aparte. P u blíquese esta nuestra sentencia en el BOLETÍN O F I CIAL de la provincia y en la Gaceta de Madrid, por lo que se refiere a los herederos o causahabientes de don Juan Casamitjana y Barirnat x de doña Ramona Trinidad Alcázar García, constituidos en rebeldía y publíquese en el BOLETÍN O F I C I A L , con arreglo a los efec.

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