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CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS
DENOMINACIÓN:“SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y SERVICIOS CORRECTIVOS DE TELEFONIA PARA EL H. AYUNTAMIENTO DE ATLIXCO”
No. DE EXPEDIENTE: CMOPSR-003/2013
UBICACIÓN:
MONTO:
FONDO:
ATLIXCO
$ 19, 919.52 CON IVA INCLUIDO
RECURSOS PROPIOS
PERSONA FÍSICA:C. ALFONSO FERNANDEZ SILVA
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CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES que celebra por una parte EL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE ATLIXCO PUEBLA por conducto de su representante legalel C. RICARDO CAMACHO CORRIPIO en su carácter de Presidente Municipal, y por la otra elC.ALFONSO FERNANDEZ SILVAa quien para lo sucesivo y para los efectos de este contrato se les denominara al primero “EL AYUNTAMIENTO” y al segundo “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”y quienes se sujetan al tenor de las siguientes cláusulas.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ANTECEDENTES I.- Que en cumplimiento a lo previsto en el Art. 15 Fracción IV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal,así como de conformidad con el Artículos 7 fracción VII, 19, 20 fracción III, 45 fracciones I, IV y V, 47 fracción IV, 54, 101, 102, 103, 107 fracciones II, III, IV, V VI y VII de la Ley en comento, artículos1436, 1437, 1438, 1439, 1440 fracción I, 1442,1449, 1450, 1452, 2520, 2529 y 2531 del Código Civil del Estado de Puebla“EL AYUNTAMIENTO” a través del Comité Municipal de Adjudicaciones, asigno el contrato de prestación de servicios.
II. Que de Conformidad al procedimiento señalado en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, tomando en consideración las condiciones legales, técnicas y económicas, por contar con la experiencia requerida para satisfacer el cumplimento del contrato que mediante el presente se formaliza, esto con apego en los artículos 70 y 72 fracción IV de la misma Ley. DECLARACIONES DECLARA EL AYUNTAMIENTO: 1.Ser autoridad de elección popular directa para gobernar el Municipio de Atlixco, Puebla ubicado en calle Plaza de Armas numero 1 Col. Centro, y con facultades para administrar su hacienda, en términos de los artículos 115 fracción I y II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 102 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, y 78 fracción XXXVIII de la Ley Orgánica Municipal. 2. Que su representante el C. RICARDO CAMACHO CORRIPIOPresidente Municipal Constitucional está facultado para intervenir en el presente acto, queen acta de cabildo con fecha quince de febrero de dos mil once se otorgan facultades al Presidente para firmartoda clase de convenios quebeneficien al Ayuntamiento de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 primer párrafo,105 fracciones I y XI de la Constitución Política del Estado Libre y Soberado de Puebla, 91 fracciones III y XLVI de la Ley Orgánica Municipal. 3. Que quiere contratar los servicios de “SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y SERVICIOS CORRECTIVOS DE TELEFONIA PARA EL H. AYUNTAMIENTO DE ATLIXCO” 4. Que el Presidente Municipal como representante del Ayuntamiento de Atlixco Puebla, no tiene relación de parentesco o de negocios con el “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” por lo que no infringe el artículo 50 fracción XIII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, artículo 77 fracciones I, II, III y VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal.
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DECLARA “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”: A) DE LA CONSTITUCION Manifiesta el C.ALFONSO FERNANDEZ SILVAque es una persona física con actividad empresarial constituida conforme las leyes mexicanas, dedicada a la “VENTA, INTERACCION Y MANTENIMIENTO DE COMUNICACIONES”y que su Registro Federal de Contribuyentes es FESA610610S66 para todos los asuntos fiscales a que tengan efecto. B) DE LA PERSONALIDAD Declara el Representante Legal C. ALFONSO FERNANDEZSILVAquetiene capacidad jurídica para suscribir el presente contrato. C) DEL DOMICILIO Que tiene establecido su domicilio oficial el ubicado en AVENIDA 121 ORIENTE No. 12103-203 “A” COL.FUENTES DE SAN BARTOLO C.P. 72495 EN LA CUIDAD DE PUEBLA PUEBLApara los fines y efectos legales de este contrato. De conformidad con lo anterior “AMBAS PARTES” manifiestan que reconocen recíprocamente el carácter con el que comparecen, por lo cual procede a celebrar el presente contrato de acuerdo a las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. “EL AYUNTAMIENTO” contrata los servicios de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”para que efectúe“SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y SERVICIOS CORRECTIVOS DE TELEFONIA PARA EL H. AYUNTAMIENTO DE ATLIXCO” SEGUNDA.“EL PRESTADOR DE SERVICIOS” para desarrollar las actividades objeto de este contrato se obliga a cumplir las disposiciones normativas de adquisiciones y servicios profesionales previstos, sujetándose al artículo 119 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal así como de las Leyes, Códigos y Marco Regulatorio aplicable a proveedores y prestadores de servicios del Municipio de Atlixco Puebla. TERCERA.Las partes convienen quela vigencia del presente contrato es del día nueve de Enero de dos mil trece al día ocho de Enero de dos mil catorce. CUARTA.FORMA DE PAGO, ambas partes convienen en que el pago se hará en una sola exhibición por la cantidad de $19,919.52. (DEICINUEVE MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE PESOS 00/100M.N)incluido el impuesto al valor agregado (IVA) en un solo pago que comprende el periodo manifestado con antelación, dicho pago se hara con Recursos Propios. QUINTA. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” manifiesta su conformidad en que el importe de los gastos administrativos, viáticos y cualquier cargo adicional efectuado, que pudieran originarse con motivo del cumplimiento de este contrato,sean a su cargo. SEXTA. “EL AYUNTAMIENTO” se compromete a exhibir a “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” la documentación e información integral que se requiera para el desarrollo del proceso y que obre en su poder o dominio.
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SEPTIMA. “EL PRESTADOR DE SERVCIOS” manifiesta que en caso de requerir personal que colabore en la realización de sus actividades asume plenamente la responsabilidad que le corresponde, motivo por el que releva a “EL AYUNTAMIENTO”de cualquier obligación laboral que pudiera derivarse de esta relación. OCTAVA.Durante la vigencia de este contrato “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” se obliga a demás a:-----------------------------------------------------------------------------------------------------------I.“EL PRESTADOR DE SERVICIOS”no puede delegar funciones o subcontratar a persona física o moral alguna total o parcialmente, esto con fundamento en el Artículo 114 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. III. No desempeñar cualquier empleo cargo o comisión dentro del propio “AYUNTAMIENTO” NOVENA.“EL PRESTADOR DE SERVICIOS”se obliga a guardar total y absoluta reserva del resultado de su trabajo, de la información, documentos, actuaciones y observaciones de que tenga conocimiento con motivo del cumplimiento de este contrato.--------------------------------------------------DECIMA.Los papeles de trabajo, análisis y documentos, fuente recabados y compilados en el desarrollo del trabajo serán siempre propiedad de “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” pero éste se obliga a presentarlos al “EL AYUNTAMIENTO“cuando le sean requeridos. DECIMA PRIMERA.De conformidad con los artículos 121, 122, 123, 124 y 125 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipalasí como de los artículos 1947,1948,1950,1951, del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, convienen las partes que puede rescindirse el presente contrato por incumplimiento de cualquiera de ellas, dándose aviso con cinco días naturales siguientes sin necesidad de agotar la acción rescisoria ante el tribual competente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1952 del mismo Código. DECIMA SEGUNDA.Ambos contratantes convienen establecer una indemnización a la parte afectada por el incumplimiento de las obligaciones consignadas en el presente, con un 10% del total del monto contratado en beneficio de la parte que resulte afectada por concepto de daños y perjuicios. Y esto también surtirá efecto conforme al artículo 117 de Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal. DECIMA TERCERA.El presente contrato surtirá efectos a partir de su firma y concluirá al cumplirse el objeto del mismo. DÉCIMA CUARTA.- INTERPRETACIÓN, JURISDICCIÓN. Para todo lo relativo a controversias que se susciten con motivo de la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, se aplicará supletoriamente el Código civil y de procedimientos civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla, y así mismo las partes se someten para toda cuestión judicial derivada del presente contrato a la jurisdicción ordinaria de los tribunales en el Distrito Judicial de Atlixco, Puebla, quienes en su caso conocerán de la rescisión administrativa decretada, la que se considera ejecutiva desde su notificación. Por lo tanto “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” renuncia al fuero que pudiere corresponderle por razón de su domicilio o nacionalidad presente o futura por cualquier otra causa.
El presente contrato se firma por duplicado en el Municipio de Atlixco Puebla a las nueve horas del díanuevedel mes deEnerodeldos mil Trece quedando un ejemplar en poder de cada uno de las partes.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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ULTIMA HOJA DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS CMOPSR-003/2013 “SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y SERVICIOS CORRECTIVOS DE TELEFONIA PARA EL H. AYUNTAMIENTO DE ATLIXCO” ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- -------
POR “EL AYUNTAMIENTO”
C. RICARDO CAMACHO CORRIPIO PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE ATLIXCO, PUEBLA
ABOG. CHRISTIAN ARIEL ROMERO PÉREZ SINDICO MUNICIPAL
POR “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”
C. AL FO N SO F ER NA N D EZ S IL VA
OTROS:
C.P. DAVID ZAVALA Y FIERRO VOCAL DEL COMITÉ MUNICIPAL DE ADJUDICACIONES
C. RENE AGUILAR GÓMEZ JEFE DE OFICINA DE PRESIDENCIA
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