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DIRECCION GENERAL DE AVIACION CIVIL

RESOLUCION No. DGAC-

09 2

/2016

EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACION CIVIL

CONSIDERANDO:

Que, con oficio SIN de 5 de abril del 2016, el Tlgo . Christian Guillermo Gonzalez Freire, Gerente General de GLOAPSA AEREO SHOW GLOAIRSHOW CIA LTDA. , solicita el " ... otorgamiento de un Permiso de Operaci6n de Trabajos Aereos para realizar Vuelos de Publicidad, nuestra principal Base de Operaciones se encuentra ubicada en Ia ciudad de Ambato, Provincia de Tungurahua . Esta actividad se realizara en las diferentes Regiones del Ecuador". Que, con memoranda DGAC-AY-2016-0121-M, de 11 de abril del 2016, el Analista de Seguros Aeronauticos 3, informa que: "... Ia compaflfa GLOAPSA AEREO SHOW GLOAIRSHOW CIA. L TDA., debera dar cumplimiento a! Art. 9 del Reg/amen to de Permisos de Operaci6n para Servicios de Trabajos Aereos, Actividades Conexas y Servicios Privados, y que dice: 1. Contratos de seguros en los valores aplicab/es a cada caso; 2. Contrato de seguros que cubra el riesgo de Ia actividad generada en cuanto Ia responsabilidad civil, en forma, valores y condiciones establecidas en las regulaciones correspondientes. 3. Garantia o Cauci6n rendida a favor de Ia Direcci6n General de A viaci6n Civil, en un monto equivalente a: 1. Trabajos aereos 3. 000 d6/ares 2. Actividades conexas, 1.500 d6/ares. La garantia o cauci6n garantizara el estricto cumplimiento de las condiciones tecnicas, econ6micas y de servicio, derivadas de los permisos de que se trate y sera ejecutada en caso de incumplimiento; esta debera mantenerse vigente durante todo el tiempo que dure el permiso de operaci6n, si Ia garantia es ejecutada, Ia campania no podra volver a operar mientras no presente una nueva garantia; y, 1. Una vez emitida Ia resoluci6n Ia campania o empresa debera indicar los procedimientos correspondientes o certificaci6n tecnica ante Ia Direcci6n General de A viaci6n Civil, adjuntando una copia de Ia factura de pago por derecho de tramite, en un termino no ayor a (30) treinta dias, contados desde Ia fecha de su notificaci6n. En casos cepcionales y debidamente justificados este termino podra ampliarse por igual periodo':·

09 2 Que, el 19 de abril del 2016, memoranda DGAC-AE-0615-M, de 19 de abril del 2016, Ia Directora de Asesoria Juridica emite su informe en el que concluye y recomienda : "CONCLUSION Y RECOMENDACION Desde el punta de vista estrictamente legal, por cumplidos los requisitos reg/amentarios de competencia de Ia Direcci6n de Asesorfa Jurfdica, no existe objeci6n para que se otorgue e/ permiso de operaci6n so/icitado por Ia compaflfa GLOAPSA AEREO SHOW GLOAIRSHOW CIA. LTDA '~

Que, con memoranda DGAC-OX-2016-0889-M , 27 de abril del 2016, el Director de lnspecci6n y Certificaci6n en su informe concluye y recomienda :

"CONCLUSIONES Una vez analizada Ia solicitud sabre el aspecto econ6mico de Ia campania GLOAPSA AEREOSHOW GLOAIRSHOW CIA. L TDA, solicitante del Permiso de Operaci6n de Trabajos Aereos para realizar actividades de publicidad con globo aerostatico, se puntua/iza /o siguiente: •

El financiamiento presentado por Ia compafifa no permite mayor ana/isis, no obstante de este se desprende que los costas de operaci6n versus los ingresos p/anificados par Ia campania en las actividades propuestas, con las tarifas par hora de vuelo y numero de horas estimados, le permitirian obtener utilidad en el ejercicio econ6mico.



Merece sefialar que Ia Campania deberia reestructurar su financiamiento en /o que corresponde a seguridad, considerando que su actividad esta ligada a contratos publicitarios y el riesgo lo asumiria Ia propia compafiia.

ANAL/SIS TECNICO La compafiia ha propuesto prestar el servicio de Trabajos Aereos para realizar Vue/os de Publicidad en una aeronave ULTRAMAGIC M-90. Dentro del Proceso de Certificaci6n que Ia compafiia debe cumplir se verificara Ia capacidad operativa del mismo para prestar el servicio solicitado. RECOMENDACIONES En el aspecto econ6mico no existe objeci6n para acoger de manera favorable Ia so/icitud presentada porIa compafiia GLOAPSA AEREO SHOW GLOAIRSHOW CIA. L TDA. , para Ia otorgaci6n del permiso de operaci6n de Trabajos Aereos para realizar actividades de publicidad. Luego de obtener el Permiso de Operaci6n, previo su operaci6n debe obtener Ia certificaci6n de su actividad aerea. En el texto de Ia Resoluci6n que se expida para el efecto, se debera hacer constar que Ia compafiia, debera registrar en Transporte Aereo de Ia DGAC, las tarifas actualizadas que

092 aplican para Ia explotaci6n del servicio de Trabajos Aereos para rea/izar actividades de publicidad, y entrega de informacion estadistica sabre el trafico movilizado en cumplimiento a Ia resoluci6n 0321 2015; asf como, Ia obligaci6n de presentar los Balances Financieros, conforme lo establece el Articulo No. 36 de Ia Ley de Aviaci6n Civif'. Que, Ia Direcci6n

de Secretarla General, presenta su Informe Unificado al senor Director General de Aviaci6n Civil, en cuya recomendaci6n indica que, no existiendo objeci6n alguna, se autorice a Ia compaiifa GLOAPSA AEREO SHOW GLOAIRSHOW CIA. LTDA., el otorgamiento de un Permiso de Operaci6n de de Trabajos Aereos para realizar actividades de publicidad;

Que, Ia companfa GLOAPSA AEREO SHOW GLOAIRSHOW CIA. LTDA., ha procedido con el pago de los derechos para obtener un Permiso de Operaci6n de Trabajos Aereos, segun se desprende de Ia factura No. 001-001-000145424 de 05 de abril de 2016;

Que, Ia solicitud ha sido tramitada de conformidad con expresas disposiciones legales y reglamentarias de Aeronautica Civil; Que, en virtud del Decreto No. 246 de 24 de febrero del 2014, se designa al Comandante Roberto Yerovi De La Calle, como Director General de Aviaci6n Civil; y, En uso de sus facultades legales y reglamentarias;

RESUELVE:

PRIMERO.Otorgar a Ia companfa GLOAPSA AEREO SHOW GLOAIRSHOW CIA. LTDA., a Ia que en adelante se le llamara "La Permisionaria", un

ARTICULO

Permiso de Operaci6n de Trabajos Aereos para realizar actividades de publicidad en todo el territorio ecuatoriano. ARTICULO SEGUNDO. - "La Permisionaria" realizara sus actividades con el siguiente equipo de vuelo: ~

Una aeronave ULTRAMAGIC M-90.

Dentro del Proceso de Certificaci6n que Ia compan1a debe cumplir se verificara Ia capacidad operativa de Ia aeronave para prestar el servicio solicitado. En caso de cambio o incremento del equipo de vuelo, solicitara Ia autorizaci6n correspondiente a Ia Autoridad Aeronautica. El equipo de vuelo debera ser operado de acuerdo con sus limitaciones tecnico operacional. ARTICULO TERCERO.- La base principal de operaciones de "La Permisionaria", esta :'1--tDi bicada en Ia ciudad de Ambato, Provincia de Tungurahua, y el domicilio principal en ~aile Julio Jauregui 5/N y Gonzalo Zaldumbide, Huachi Chico de esa ciudad.

0 2 Cuando requiera trasladar Ia base principal de operaciones o instalar una sub-base, debera notificar a Ia Autoridad Aeronautica para que se proceda a Ia inspecci6n, autorizaci6n y emisi6n de Ia comunicaci6n a los aer6dromos controlados mas cercanos.

ARTICULO CUARTO.- "La Permisionaria" debera contar con toda Ia infraestructura; y, para realizar los vuelos de publicidad debera coordinar con los servicios de Transito Aereo. ARTICULO QUINTO.- El Permiso de Operaci6n tendra una vigencia de dos (2) afios, contados a partir de Ia fecha de expedici6n de Ia presente Resoluci6n. ARTICULO SEXTO.En el caso de que "La Permisionaria" requiera Ia renovaci6n del permiso de operaci6n, Ia solicitud se presentara con por lo menos sesenta (60) dias termino de anticipaci6n a Ia fecha de vencimiento del premiso de operaci6n; salvo caso fortuito o fuerza mayor debidamente justificado, se aceptara Ia solicitud presentada con por lo menos treinta (30) dfas termino de anticipaci6n a su vencimiento. No se concederan pr6rrogas a Ia finalizaci6n de Ia vigencia del permiso de operaci6n y debera iniciar un nuevo procedimiento para su obtenci6n, como lo dispone el Articulo 11 literal a) del Reglamento de Permisos de Operaci6n para Servicios de Trabajos Aereos, Actividades Conexas y Servicios Aereos Privados, vigente. ARTICULO SEPTIMO.- "La Permisionaria", una vez emitida Ia resoluci6n y previa a su operaci6n, debera iniciar los procedimientos correspondientes o certificaci6n tecnica de su actividad aerea ante Ia Direcci6n General de Aviaci6n Civil, adjuntando una copia de Ia factura de pago por derecho de tramite, en un termino no mayor de (30) treinta dfas, contados desde Ia fecha de su notificaci6n. En casas excepcionales y debidamente justificados este termino podra ampliarse por igual periodo, conforme al literal d) del Articulo 9 del Reglamento de Permisos de Operaci6n para Servicios de Trabajos Aereos, Actividades Conexas y Servicios Aereos Privados, vigente. ARTICULO OCTAVO.- "La Permisionaria" tiene Ia estricta obligaci6n de mantener vigentes y por el tiempo que dure el permiso de operaci6n, los contratos de seguros dispuestos en Ia legislaci6n aeronautica, asf como los documentos relativos a las matrfculas de las aeronaves, certificado de aeronavegabilidad y las licencias del personal tecnico aeronautico, dando asf cumplimiento al Articulo 9 del Reglamento de Permisos de Operaci6n para Servicios de Trabajos Aereos, Actividades Conexas y Servicios Aereos Privados, vigente. ARTICULO NOVENO.- "La Permisionaria" esta en Ia obligaci6n de mantener los medias, el personal tecnico y administrativo ecuatoriano necesario para su correcta y eficiente operaci6n. Asf mismo, debera cumplir fielmente con el permiso de operaci6n, leyes, reglamentos y directivas; e igualmente prestar toda clase de facilidades a los funcionarios y empleados de Ia Direcci6n General de Aviaci6n Civil, que en cumplimiento de comisiones oficiales realice inspecciones a "La Permisionaria" para verificar si las actividades se cumplen con seguridad, eficiencia y de acuerdo con los terminos de Ia presente resoluci6n. ARTICULO DECIMO.- "La Permisionaria" enviara los Balances Anuales de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 36 de Ia Ley de Aviaci6n Civil en concordancia con lo previsto en Ia Ley de Regimen Tributario Interno, esto es, maximo hasta el 30 de abril de cada afio.

09 2 Tambien debera registrar en el area de Transporte Aereo de Ia Direcci6n de Inspecci6n y Certificaci6n Aeronautica, las tarifas actualizadas que aplican para Ia explotaci6n del servicio de trabajos aereos para realizar actividades de publ icidad y Ia entrega de informacion estadistica sabre el trMico movilizado en cumplimiento a Ia Resoluci6n 032/2015. El incumplim iento de estas obligaciones par parte de Ia "La Permisionaria" sera sancionado conforme las disposiciones de Ia Ley de Aviaci6n Civil vigente. ARTICULO UNDECIMO.- "La Permisionaria" esta terminante prohibida de realizar actividades que no esten establecidas en Ia presente Resoluci6n o que atente contra Ia seguridad aerea. ARTIUCLO DUODECIMO.- La inobservancia de alguna de las disposiciones de Ia presente Resoluci6n, asi como de Ia legislaci6n aeronautica ecuatoriana y de las regulaciones tecnicas y directivas que emita Ia Direcci6n General de Aviaci6n Civil , dara Iugar a Ia sanciones correspondientes, previa Ia respectiva acci6n legal; asi como, Ia efectivizaci6n de Ia cauci6n rendida a favor de Ia Instituci6n. ARTICULO DECIMO TERCERO.- De Ia ejecuci6n y estricta observancia de esta Resoluci6n, encargase a los respectivos procesos de Ia Direcci6n General de Aviaci6n Civil.

Comuniquese.- Dada en Ia Direcci6n Genera l de Aviaci6n Civil, en Quito, Distrito Metropolitano, a - 5 MAYO 1016

CERTIFICO : que expidi6 y f irm6 Ia Resoluci6n que antecede, el Comandante Roberto Yerovi De La Calle, Director General de Aviaci6n Civil, en Quito, Distrito Metropolitano,

a

-

5 MAYO 1016

Dra. Rita Huilca

®

"-iMsJ Fecha elaboraci6n : 4 -mayo-2016

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