1.- OBJETO. En todo caso, para la ejecución de este contrato la empresa adjudicataria se someterá a las directrices que marque la Fundación Siglo

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CAFETERÍA-RESTAURANTE-CATERING A PRESTAR EN EL CENTRO CULTURAL MIGUEL DELIBES D

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE CAFETERÍA-RESTAURANTE-CATERING A PRESTAR EN EL CENTRO CULTURAL MIGUEL DELIBES DE VALLADOLID 1.- OBJETO El objeto del presente contrato está constituido por la explotación de los servicios de cafetería y restaurante y por la prestación del servicio de catering a desarrollar en el Centro Cultural Miguel Delibes (en adelante, CCMD) de Valladolid, con domicilio en Avda. Monasterio Ntra. Sra. de Prado, 2, 47015, Valladolid, según se detalla en el Pliego de Condiciones Particulares y en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. El Centro Cultural Miguel Delibes (CCMD) constituye un complejo educativo y cultural en el que se integran el Auditorio (Sala Sinfónica), con capacidad para 1.712 personas; la Sala de Cámara, con capacidad para 513 personas; el Teatro Experimental “Álvaro Valentín” con capacidad entre 450 a 700 personas; el Conservatorio Profesional de Música; la Escuela Superior de Arte Dramático, la Escuela Profesional de Danza; la sede de la Orquesta Sinfónica y de la Fundación Siglo, para el Turismo y las Artes de Castilla y León (en adelante, Fundación Siglo). La necesidad a cuya satisfacción se dirige esta contratación es prestar un servicio adicional y complementario de la actividad educativa y cultural que se ejerce en los diferentes espacios que integran el CCMD. En concreto se pretende satisfacer la necesidad de disponer de un servicio de cafetería-restaurante para el personal del Centro Cultural y otras personas que puedan acceder al edificio. Asimismo, se pretende tener una empresa que preste un servicio de catering durante los eventos que se desarrollen en el CCMD. El contrato consistirá en la puesta a disposición de los usuarios en área de cafetería y restaurante, entre otros, de un desayuno tipo y de un almuerzo, así como atención al público asistente en zona foyer y en la prestación de un servicio de catering idóneo para los eventos que se realicen en el CCMD. Para ello exige contar con los medios materiales y humanos necesarios para la ejecución de las prestaciones que conforman el objeto de este contrato en los términos definidos en este Pliego de Prescripciones Técnicas; no contando sin embargo la Fundación Siglo con los medios necesarios y adecuados. Por las características específicas del objeto de este contrato, es necesario que el mismo se preste en las dependencias del CCMD. En todo caso, el servicio ha de garantizar que el edificio esté permanentemente atendido por personal adecuado, tanto en las actividades ordinarias del Centro Cultural como en aquellas actividades extraordinarias o eventos que le sean solicitadas por la Fundación Siglo. La ejecución de las prestaciones del contrato se desarrollará bajo la supervisión del personal designado por la Fundación Siglo. A estos efectos, el adjudicatario deberá designar un responsable / interlocutor único, que recibirá directamente las directrices de control y supervisión del servicio que procedan por parte de la Fundación Siglo. En todo caso, para la ejecución de este contrato la empresa adjudicataria se someterá a las directrices que marque la Fundación Siglo.

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2.- EXPLOTACIÓN DEL SERVICIO Se realizará en los siguientes espacios del CCMD, en los horarios y periodos que se determinan específicamente en el punto tres de este pliego: a) Cafetería Plaza Interactiva: en el espacio interior delimitado por la barra de esta instalación, vinculada al horario de funcionamiento de la actividad administrativa de la Fundación Siglo y/o a la actividad docente de las escuelas adyacentes, en la actualidad la Escuela Superior de Arte Dramático, la Escuela Profesional de Danza y el Conservatorio Superior de Música. b) Cafetería Foyer: en el espacio interior delimitado por la barra de esta instalación, vinculada al horario de la actividad musical o espectáculos programados por CCMD en el Auditorio, Sala de Cámara y Teatro Experimental, y con posibilidad de funcionamiento independiente en horarios y accesos al CCMD en los términos que se acuerden con la Fundación Siglo. En ninguno de los dos casos anteriores se requiere servicio de mesa. c) Restaurante: en el espacio ubicado en el tercer piso del CCMD, donde se encuentran cocina, almacén de restaurante, sala, zona de recibidor/descanso y aseos, con funcionamiento y accesos independientes. Desarrollará una línea gastronómica elaborada y de calidad suficiente, ofreciendo un menú a la carta diario o en función de la actividad programada, así como un servicio de restaurante de menú y medio menú vinculado al funcionamiento cotidiano del Centro Cultural. d) La prestación de servicio de alimentación y bebidas, catering, a los congresos, eventos, reuniones y demás actos que se organicen en el CCMD, en función de su naturaleza, no tiene previsto un horario específico, variando en función de las características del evento al que se de cobertura. Podrá requerir la ocupación de los siguientes espacios: foyer, pasillo interactivo, plaza interactiva, restaurante, sala polivalente y camerinos, pudiendo disponer de los mismos de manera conjunta cuando la actividad lo requiera. e) Se adjuntan planos en Anexo II, con la delimitación de los diferentes espacios. Se incluyen espacios comunes de apoyo: almacén general en muelle de carga/descarga y cuarto frío. Requisitos comunes exigibles para la prestación del servicio: Las empresas licitadoras antes de formular sus ofertas, podrán visitar los espacios e instalaciones enumerados. Para concertar la visita, el teléfono de contacto es el 983 376405. La Fundación Siglo expedirá certificación acreditativa de haber cursado la visita. Dicha certificación se incorporará en la documentación general aportada por el licitador en el sobre número uno. El servicio objeto de este pliego se adecuará al contenido de la Ley 14/2010, de 19 de diciembre, de Turismo de Castilla y León y disposiciones de desarrollo, tales como el Decreto 24/1999, de 11 de febrero, de Ordenación Turística de Restaurantes, Cafeterías y Bares de la Comunidad de Castilla y León y la Orden de 14 de mayo de 1999 de la Consejería de

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Industria, Comercio y Turismo por la que se regula el procedimiento de autorización y funcionamiento de los establecimientos de restauración; del mismo modo observará y deberá atenerse a lo señalado por la normativa de seguridad, manipulación e higiene de los alimentos y de protección al consumidor, así como a cualquier normativa que resulte de aplicación. El servicio se adecuará a las limitaciones, en su caso, de la normativa de prevención de drogodependencia. Para la realización de estos servicios contarán con las instalaciones descritas, espacios comunes y vestuarios, definidos y autorizados por la Fundación Siglo. No se podrán usar en el desarrollo de la actividad las dependencias que no estén contempladas en los elementos objeto de la explotación. La carga y descarga de los diferentes aprovisionamientos necesarios para la prestación del servicio, será responsabilidad del adjudicatario y se realizará siempre de manera que no interfiera en el desarrollo normal de la actividad propia del Centro. En aquellos casos especiales en los que, por la complejidad de la maniobra de aprovisionamiento, por la dificultad de la manipulación de los productos o por cualquier otro motivo, se requiriera una intervención excepcional, realizada bajo la supervisión de personal del CCMD, se efectuará por los accesos que se determinen. El adjudicatario deberá acondicionar los espacios disponibles para la prestación del servicio en el momento de su apertura y recoger el material y enseres de su propiedad a la finalización del contrato, así como estar a lo señalado en el punto seis de este pliego. El adjudicatario de la presente licitación deberá mantener un sistema de información continua y anticipada sobre la variación de cartas, menús y calidad y presentación de alimentos, tapas y bebidas, que deberá ser autorizada por la Fundación Siglo. Las colaboraciones externas para el soporte del servicio, en momentos puntuales de gran aforo o por necesidades del cliente, deberán ser autorizadas y supervisadas por la Fundación Siglo, sin perjuicio de lo dispuesto en el punto ocho de este pliego. El adjudicatario mantendrá siempre las instalaciones en perfecto estado y condiciones de limpieza, tanto las que se encuentra a la vista del público como las reservadas, así como los aseos contiguos al restaurante, de acuerdo con el punto seis del presente pliego. La explotación del servicio debe realizarse siempre con arreglo a las normas y prácticas profesionales en este tipo de industria. No deberá usar el adjudicatario el nombre de esta Fundación o de sus Centros Directivos en sus relaciones profesionales. El adjudicatario asumirá la gestión de las compras y provisión de todos los alimentos necesarios para poder llevar a término la prestación objeto de la presente licitación. El pago a proveedores de materias primas será realizado directamente y a cargo del adjudicatario.

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En los espacios descritos queda prohibida la instalación de cualquier tipo de máquinas recreativas, de azar y de aquellas expendedoras de bebidas y/o de productos alimenticios elaborados para consumo personal, como aperitivo o comida intermedia entre las principales del día (snacks). Requisitos específicos exigibles para la prestación del servicio: a) Cafetería plaza interactiva: La calidad de los productos que ofrezca será de primer orden. Se abastecerá de los productos que figuran en la lista de precios, tanto de los elaborados en cocina como de aquellos que sean adquiridos, ya elaborados, a proveedores externos. No se autoriza la exposición y/o venta de bebidas alcohólicas o combinados basados en las o

mismas con un índice de contenido en alcohol superior a 20 . b) Cafetería Foyer: Deberá afrontar una disponibilidad del servicio, conforme a las características descritas en el punto ocho, en conciertos, actividades o eventos, sin que ello suponga una merma en ni en la calidad, similar a la de la Cafetería de la Plaza Interactiva, ni en el tiempo de respuesta a solicitudes del servicio. c) Cocina: Además del personal necesario para atender y apoyar los requisitos que se detallan en el presente pliego, deberá contar, en todo caso, con un cocinero que realizará de manera cualificada, autónoma y responsable la preparación, aderezo y presentación de productos y platos para abastecimiento de los diferentes espacios que figuran en la lista de precios para los diferentes servicios. d) Restaurante: El restaurante podrá disponer de zonas diferenciadas para dar respuesta a diferentes necesidades económicas y de estilo, manteniendo el nivel de calidad en los parámetros similares al resto del servicio. Deberá reservar un espacio para servir menú diario habitual y medio menú, diferenciado, suficiente para atender un mínimo de 20 pax. La propuesta gastronómica será de calidad, sana, variada, equilibrada nutricionalmente, combinando adecuadamente todos aquellos productos necesarios para la salud humana. e) Catering: Se atribuye a la Fundación Siglo el derecho a decidir, en la fecha que considere oportuno y con la comunicación anticipada al adjudicatario para la colaboración que sea precisa, la gestión de los eventos gastronómicos que considere necesarios.

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Los servicios de catering podrán tener la modalidad de desayuno y/o almuerzos y/o cenas, tipo coctel, sentados, coctel mixto, buffet…y en todo caso mantendrán una línea estética acorde con las características del servicio y con su correspondiente decoración provista de los ornamentos, mantelería y vajilla apropiados. Excepcionalmente, cuando se adopte el formato buffet y durante el plazo definido para la prestación de ese servicio concreto, se podrá sustituir en el restaurante la disposición del menú diario habitual por uno de este tipo. El adjudicatario tendrá exclusividad en cuanto a la prestación de los servicios de catering, institucionales, protocolarios o comerciales gestionados por el órgano contratador en el CCMD y la obligación de atender los mismos conforme a las condiciones establecidas en este pliego. Deberá afrontar una disponibilidad del servicio hasta un máximo de 1.400 personas de pie, sin que ello suponga una merma en ni en la calidad ni en el tiempo de respuesta a solicitudes del servicio. Los licitadores deberán tener en cuenta la posible existencia de compromisos ya adquiridos para el año 2015. Esta información podrá ser obtenida, en su caso, en el Centro Cultural en la visita obligatoria prevista en el punto dos de este Pliego. Los servicios de catering se realizarán a instancia exclusiva de la Fundación Siglo. No podrá promover, ofrecer, gestionar, desarrollar o realizar servicios de catering en el CCMD para personas u organizaciones externas a la actividad del Centro. La Fundación Siglo podrá realizar en los distintos espacios del CCMD, exceptuando los definidos en el apartado 2 a), b) y c), actos promocionales sobre productos de Castilla y León, pudiendo para ello solicitar la colaboración de terceros o del adjudicatario, en los términos que en su caso se acuerden. 3.- HORARIOS Y PERIODOS DE APERTURA Los horarios que regirán las diversas actividades objeto del contrato son los que a continuación se especifican, pudiendo ser objeto de modificación por la Fundación Siglo si lo hicieran necesario variaciones en las jornadas oficiales, horarios oficiales de apertura y cierre del CCMD o las necesidades del servicio así lo requirieran. La empresa, condicionado a la actividad del CCMD, podrá plantear horarios reducidos en periodos vacacionales,. SERVICIO CAFETERIA PLAZA INTERACTIVA

CAFETERIA FOYER RESTAURANTE

HORARIO El horario previsto de apertura es de lunes a viernes, de 9 a 20 horas de octubre a junio, mientras que en el periodo estival de julio a septiembre, ambos incluidos, al no desarrollarse actividad académica prestará servicio de 9:00 a 17:00 horas. Este espacio y servicio estará disponible y condicionado por la realización de eventos que requieran la utilización del mismo. Desde una hora antes del comienzo de la actividad o de la primera de las sesiones cuando concurran varias, hasta una hora después de la finalización de la última. Asimismo, siempre y cuando el espectáculo o actividad musical se desarrolle en uno o varios actos con descansos entre ellos, permanecerá atendida mientras se reanuda la sesión. El servicio habitual de menú se prestará de lunes a viernes, aceptando 5 de 20

SERVICIO

HORARIO comandas de 13:30 a 16:00 horas. A criterio del adjudicatario y a su riesgo y ventura, el servicio a la carta se prestará opcionalmente para comidas de lunes a viernes, en sábados y domingos si hay programación de espectáculo, en horario compatible con el desarrollo del mismo. Del mismo modo, previa comunicación a la dirección del CCMD, las cenas cuando haya actividad y las noches de los miércoles, jueves, viernes y sábados. En eventos especiales, determinados por CCMD, sin horario fijo.

SERVICIOS CATERING

DE

Sin horario fijo

4.- PRECIOS Los precios de los productos serán aquellos ofertados por el adjudicatario, siendo precios finales al consumidor, incluido el I.V.A. aplicable en la fecha de la licitación, repercutiendo cualquier variación en el tipo o cambio normativo que se pudiera producir y que afectara a esta actividad. Durante la ejecución del contrato, podrán incluirse precios de nuevos productos, previa autorización de la Fundación Siglo, sin que en ningún caso quepa vender al público productos fuera de la lista de precios ni a precios superiores a la misma. Los precios deberán ser expuestos en lugar visible. Los precios del catering no se incluirán en la lista de precios de venta al público. El adjudicatario podrá instar la inclusión de nuevos productos, para lo cual deberá dirigirse a la Fundación Siglo y solicitar autorización. Los precios de los distintos servicios de Catering serán los ofertados por el adjudicatario de acuerdo a la relación y características de los distintos componentes que para cada uno de ellos se recoge en el Pliego de Condiciones Particulares. 5.- CONDICIONES DE SANIDAD E HIGIENE La prestación de los servicios objeto de esta contratación, deberá realizarse en las condiciones máximas de sanidad, salubridad e higiene, tanto respecto a los locales donde se preste, como en las personas y productos empleados, de acuerdo con la legislación vigente, y, de modo específico, en relación con la normativa aplicable en materia de Prevención de Riesgos Laborales, debiendo, contar, en su caso, con los registros sanitarios que sean preceptivos de acuerdo con la legislación vigente, siendo de su exclusiva responsabilidad los defectos, incumplimientos o no adaptación de la prestación del servicio a la normativa vigente en la materia. La empresa adjudicataria será la única responsable de la calidad y el buen estado de los alimentos, estará sometida a las inspecciones técnico-sanitarias periódicas que puedan determinarse por las autoridades competentes, así como por la Fundación Siglo. Los servicios de desratización y desinsectación se llevarán a cabo siempre que la Fundación Siglo lo estime necesario, siendo por cuenta del adjudicatario los gastos ocasionados por dicha contratación.

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6.- LIMPIEZA Será por cuenta del adjudicatario la limpieza de las dependencias e instalaciones descritas en el punto dos de este pliego y cedidas para el desarrollo de las actividades objeto del contrato, la recogida de las consumiciones realizadas en las mesas, barras y elementos auxiliares utilizados, así como la limpieza de las mismas, las basuras generadas por el servicio; debiendo mantenerlas en perfecto estado y sometiéndolas a las indicaciones que pudiesen producirse por parte de la Fundación Siglo. A la finalización de la jornada laboral diaria, las instalaciones y la sala del restaurante quedarán ordenadas, con la maquinaria y utensilios preparados para su utilización inmediata si se requiriese, con la vajilla, menaje y lencería recogidos y con los alimentos y bebidas en los almacenes generales o en los correspondientes a sus correspondientes zonas de trabajo, debiendo proceder, como mínimo, a barrido y/o fregado de suelos, limpieza de la vajilla, cristalería y cubertería utilizados en los diferentes servicios. Efectuarán diariamente recogida selectiva de la basura generada, restos de comidas y residuos orgánicos resultantes de su elaboración, así como del plástico, papel y cartón de los embalajes de los productos utilizados, procediendo a su retirada hasta los contenedores dispuestos por el Servicio Municipal de Limpieza en el exterior del edificio. En todo caso se efectuará siempre con posterioridad a la hora de cierre y debiendo hacerse de forma escrupulosa y que garantice el buen estado higiénico del mismo. Deberán limpiarse, al menos cada quince días, los hornos, freidoras (sustituyendo aceite, con características organolépticas especificas para este uso) y filtros de campanas extractoras. El servicio de catering se desarrollará con mantelería, cubresillas, vajilla y uniformes limpios. A la finalización de los servicios de catering, será responsabilidad del adjudicatario la recogida del mobiliario, material y enseres utilizados, dejando operativos los espacios comunes donde se haya prestado el servicio. Las dependencias relacionadas deberán ser sometidas, anualmente y a la finalización del contrato, a una limpieza general, tipo industrial, específica para este tipo de instalaciones y realizada por profesionales o empresas de este sector, utilizando productos no abrasivos y sin dañar las instalaciones del CCMD. Cuando la Fundación Siglo considere que la limpieza no es la adecuada podrá contratar, y repercutir su coste, a servicios de limpieza adicionales. 7.- INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO El órgano contratante aportará diverso equipamiento, según recoge Anexo I. Todos los gastos de equipamiento, instalaciones y mobiliario de cocina, cafetería, restaurante o catering y demás elementos necesarios para la puesta en marcha de los servicios objeto de la presente licitación y adicional a la del referido anexo, serán por cuenta del adjudicatario, así como aquellos derivados de adaptaciones o adquisiciones destinadas a la mejora del servicio prestado, o

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que sean exigencia técnica debido a nuevas normativas o informes técnicos, debiendo reunir, a juicio de la Fundación Siglo, las condiciones de calidad, prestancia y pulcritud correspondientes al servicio que ha de prestarse y a las instalaciones facilitadas. No se admitirán materiales en los que figure propaganda (servilleteros, mesas, sillas…). El arrendatario aportará vajillas, menaje, cubertería, manteles, servilletas, cubresillas, etc…acordes a la categoría y nivel de los diferentes servicios licitados. Asimismo aportará cajas registradoras y equipamiento de control informático. El adjudicatario no podrá exigir la modificación de las instalaciones existentes para prestar los servicios objeto de contratación. Con la autorización de la Fundación Siglo podrá efectuar, a su costa, las modificaciones que estime convenientes, sin que ello suponga la adquisición de derecho económico alguno a la finalización del contrato. Si como consecuencia de cualquier modificación se derivase algún desperfecto, daño, responsabilidad o nuevas necesidades futuras, serán de cuenta del adjudicatario. Durante el periodo de ejecución del contrato, será responsabilidad del adjudicatario mantener las instalaciones, mobiliario y otros elementos, tanto propios del CCMD como del licitador, en perfecto estado de funcionamiento y conservación por lo que realizará, en un plazo máximo de siete días desde la detección de la necesidad, las reparaciones necesarias para su conservación y mantenimiento, resultando por su cuenta las operaciones precisas que no sean superiores al 50 por ciento del valor de cada elemento. En el caso de que para la conservación o reparación del equipamiento aportado por la Fundación Siglo, como consecuencia de su uso normal, sea preciso realizar un gasto mayor del 50 por ciento del valor del elemento, la Fundación Siglo podrá optar por: su reparación o sustitución, aportando hasta un 50 por ciento del coste, conservando su propiedad. por retirar el elemento, en cuyo caso sería el adjudicatario quien proveyera lo que fuere necesario para el servicio, asumiendo la totalidad del coste, sin que en este último caso el elemento pase a ser de la propiedad de la Fundación Siglo. Se considera valor del elemento, el de elemento nuevo de similares prestaciones y características. El adjudicatario será, en su caso, responsable de las inspecciones técnicas reglamentarias. A la finalización del contrato, el adjudicatario deberá hacer entrega de todos los materiales relacionados en el citado anexo, en el mismo estado de conservación y funcionamiento en que fueron entregados. El adjudicatario repondrá a su cargo el material igual a los modelos existentes, grifos, enchufes, bombillas, etc. que se deterioren o inutilicen por el uso de las instalaciones correspondientes. Los trabajos y costes de mantenimiento y reposición de pintura en cocinas y zonas interiores no abiertas al público, referidas en el punto dos y de uso exclusivo por el adjudicatario, serán asumidos por este. Asimismo, a la finalización del contrato, una vez limpiadas las instalaciones y equipos y retirado aquel de su propiedad, procederá al pintado de cocina, cuarto frío y almacén de cafetería.

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Serán por cuenta de la Fundación Siglo los gastos derivados de la climatización de las instalaciones, mantenimiento del montacargas, de los consumos de energía eléctrica (para iluminación y fuerza) y agua. El suministro y consumo de gas de aquellos equipos utilizados en la explotación del servicio, dispone de contador independiente, será por cuenta del adjudicatario, quien realizará las gestiones necesarias y asumirá los costes derivados de las mismas para efectuar el cambio de titularidad del contrato que se genere o para selección del proveedor del suministro. Serán por cuenta del adjudicatario los gastos de teléfono, debiendo solicitar él mismo la línea correspondiente. Igualmente el adjudicatario aportará los elementos, instalaciones y maquinaria necesarios para atender los servicios de catering. Asimismo será a su cargo el suministro y reposición de toda la vajilla, menaje y lencería necesaria para la prestación de todos los servicios objeto de explotación descritos en el punto dos de este Pliego. 8.- PERSONAL La explotación del servicio requerirá de personal suficiente y, al menos, en número señalado posteriormente, bajo la dirección del adjudicatario, para atender a las necesidades del servicio y para que éste sea prestado en óptimas condiciones de rapidez, eficacia y profesionalidad, debiendo reunir todos y cada uno de dichos empleados la cualificación necesaria y exigible para el desarrollo de su actividad profesional, deberá mostrar en todo momento buena presencia y habrá de actuar siempre de forma cortés y amable. Portará en lugar visible, identificador personal y del adjudicatario prestador del servicio. El adjudicatario distribuirá su personal en función de la demanda, prestando especial atención a los periodos de descanso de la actividad administrativa, musical o docente, dentro de la jornada laboral diaria. El personal estará uniformado, con vestuario profesional de hostelería. El adjudicatario gestionará y asumirá su coste, el de la limpieza y, en su caso, la reposición del vestuario. Será obligatorio que a lo largo de la vigencia del contrato siempre se mantenga el número de trabajadores exigido, respetando lo establecido en este pliego de prescripciones técnicas. Se considera que deberá disponer, para cada uno de los servicios, del nº de trabajadores siguiente: Cafetería plaza interactiva: en función de la actividad, atención especial en los descansos en congresos y eventos y en el horario de descanso dentro de la jornada laboral diaria, docente, musical y/o administrativa ordinaria. Habitualmente de 11:00h a 12:00h requerirá un mínimo de dos trabajadores. Resto de mañana, un trabajador. Tardes sin eventos, de 16:00h a 20:00 h, mínimo un trabajador. Cafetería foyer: mientras dure la actividad, mínimo siempre dos trabajadores, reforzando personal en el horario de apertura indicado en el punto tres, teniendo en cuenta que los períodos de descanso entre actuaciones tienen una duración aproximada de unos quince 9 de 20

minutos, el número de asistentes a las

diferentes actividades y, especialmente, de la

ocupación previsible de la barra, que mide veinticinco metros aprox., estableciendo el ratio siguiente como mínimo: 450 pax: 4 camareros; 900 pax: 6 camareros; 1.800 pax: 8 camareros. Los trabajadores que realicen la actividad en la cafetería, tanto de la plaza interactiva como del foyer, deberán tener una experiencia mínima acreditada de 3 años como camareros. Cocina: mínimo un cocinero, conforme a lo requerido en explotación del servicio, pudiendo añadir el personal que considere, en función de la actividad, mínimo un pinche/ayudante por ochenta comensales. Los trabajadores que realicen la actividad en la cocina, deberán tener una experiencia mínima acreditada de 3 años, bien como cocinero o bien como pinche/ayudante según corresponda. Catering: número suficiente en función de los asistentes al evento organizado, del número de mesas, servicio de platos escogido, formato del pase, marcaje de los distintos platos…incluso de la categoría del evento. Mínimo un camarero cada veinte pax, un ayudante polivalente por cada ochenta pax. Incluye servicio de montaje y preparación, recogida después del evento, cocinero y jefe de sala. Limpieza: en función de la actividad, al menos el necesario para cumplir lo establecido en el punto seis. El personal se encontrará en posesión de los preceptivos carnets profesionales debidamente actualizados, que podrán ser exigidos en cualquier momento por la Fundación Siglo, y sin perjuicio de su necesaria y previa tenencia para comenzar la explotación y su posterior y permanente posesión. El personal adscrito al servicio objeto de este contrato, así como aquel otro que precise contratar por razón de servicios excepcionales, dependerá exclusivamente del contratista, quien mantendrá los derechos inherentes a su condición de empresario, a tenor de la legislación social y laboral vigente en cada momento, sin que en ningún caso pueda alegarse por dicho personal derecho alguno en relación con la Fundación Siglo ni con el órgano de contratación, ni exigirse a ésta responsabilidad de ninguna clase como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aun en el supuesto de que los despidos y medidas que se adopten se basen en cumplimiento o interpretación del contrato, no existiendo, por tanto, ningún tipo de relación laboral entre el personal contratado por la empresa adjudicataria y la Fundación Siglo y/o el órgano de contratación. El adjudicatario deberá presentar mensualmente ante la Fundación Siglo una relación donde consten las variaciones habidas en ese periodo del personal que preste servicios, acompañadas de los TC1 y TC2 correspondientes. En el supuesto de que la Fundación Siglo considere insuficiente o de baja cualificación profesional al personal asignado al servicio, lo pondrá en conocimiento del adjudicatario por escrito, debiendo éste, en el plazo de un mes, proceder a su contratación en el número y categoría que se indique o a su sustitución.

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El incumplimiento de esta cláusula será causa de resolución del contrato por motivo de interés público y ser considerada de carácter esencial de acuerdo con lo previsto en el artículo 232 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. El contratista será responsable de los daños que el personal pudiera causar en los locales, instalaciones, suelo, barras y mobiliario de las cafeterías y restaurante. También será responsable directo de los daños que pueda causar con motivo del funcionamiento del servicio en las pertenencias o en la persona del público usuario.

9.- EJECUCIÓN La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del adjudicatario, y éste no tendrá derecho a indemnización alguna por causa de averías, pérdidas o perjuicios ocasionados en la explotación o por cualquier otra causa. Tampoco tendrá derecho a indemnización por extinción del contrato al cumplirse su plazo de vigencia, ni por interrupciones parciales o totales del servicio, debidas a obras realizadas en las dependencias del CCMD, o cierre ocasional al público del mismo. La explotación del servicio objeto de este contrato no es susceptible de cesión, subarriendo o traspaso, quedando asimismo prohibida la utilización de las instalaciones cedidas para su uso por el contratista para actividades distintas de las señaladas en este pliego, salvo autorización expresa y previa de la Fundación Siglo.

10.- IMAGEN Todo tratamiento gráfico referido al servicio de cafetería y restaurante se someterá a los criterios generales sobre imagen gráfica de la Fundación Siglo y del CCMD, requiriendo, en todo caso, la previa conformidad de la Fundación Siglo. No se podrán colocar carteles anunciadores ni propaganda, sin la previa autorización por escrito de la Fundación Siglo, tanto para la promoción del servicio de hostelería, como para cualquier evento, acto o uso de los locales. 11.- ORDEN INTERNO El adjudicatario designará una persona o encargado que le represente en el lugar de la prestación del servicio, con poderes para adoptar decisiones derivadas de las reclamaciones formuladas por los usuarios y de los requerimientos de la Fundación Siglo, y vigilará personalmente para que las tareas a realizar se lleven a cabo correctamente. El encargado representante del adjudicatario permanecerá en contacto permanente con la Dirección del Centro Cultural y toda decisión sobre cualquier acción deberá ser comunicada y posteriormente autorizada.

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El contratista se obliga a tener, en todo momento y de modo visible, a disposición de los usuarios, las perceptivas hojas de reclamaciones. De las reclamaciones que se presenten por los usuarios del servicio, el contratista o el encargado de éste remitirá el mismo día o en el siguiente hábil un ejemplar con un informe a la Fundación Siglo. También está obligado a exponer permanentemente y en sitio visible los precios de los artículos, así como los menús que serán servidos. La carta del restaurante se facilitará además de en español, en inglés y francés como mínimo. Asimismo estará obligado, como establecimiento de hostelería y abierto al público, a cumplir con todas las exigencias legales para la prestación de dichos servicios, siendo de su exclusiva responsabilidad todo incumplimiento de las condiciones previstas. Además será de su cuenta adaptarse según las necesidades y exigencias, a las modificaciones que puedan imponerse en cuanto a la prestación de los servicios, maquinarias, condiciones laborales, energéticas o cualquier otra. 12.- INSPECCIÓN Y VIGILANCIA Incumbe a la Fundación Siglo ejercer, de manera continuada y directa, la inspección y vigilancia para asegurar el desarrollo adecuado de la prestación del servicio.

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ANEXO I ANEXO RELACIÓN DE EQUIPAMIENTO DE HOSTELERÍA EN CCMD APORTADO POR FUNDACIÓN SIGLO CANTIDAD 1

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1 1

1 1 1 1 1

1

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EQUIPO Equipo Plancha simple, plancha doble, freidora doble Equipo Horno, cocina de seis fuegos, cámara caliente Lavavajillas Campana extractora con variador de revoluciones impulsión más extracción Cámara fría con tres puertas Campana extractora hornos Baldas diversas Horno mixto con 20 bandejas carro individual Lavavajillas y sumidero Estantería apoyo tren de lavado Mesa caliente, zona de pase, apoyo cocina y almacenaje de platos Lavamanos con grifo de pie y jabonera Encimera con fregadero de grifo telescópico con ducha y hueco para basuras Estanterías escurridoras cuatro baldas Congelador Triturador electro portátil con brazo batidor Mesa de acero inox. dos alturas

6

Mesas dos repisas

3

Fregaderos completos

1

1 Cava de vino Consola de cinco metros delante de cerramiento cocina office Botellero acero inox. Cubitera Lavavasos Mueble posavasos dos repisas

1 1 1 1 1

MARCA

UBICACIÓN ACTUAL

FAGOR

Cocina

FAGOR

Cocina

FAGOR

Cocina

FAGOR

Cocina

Cocina Cocina Cocina RATIONAL

Cocina Cocina Cocina Cocina Cocina

Cocina

Cocina FAGOR

Cocina

SAMMIC

Cocina Cocina Cinco en cocina, una en cuarto frío Dos en cocina, uno en restaurante bar Restaurante recibidor Restaurante

INFRICO ITV SAMMIC

Restaurante bar Restaurante bar Restaurante bar Restaurante bar

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2

1 1 1 10

Mueble para platos cuatro alturas Mueble para cafetera Mesa con fregadero (instalado) Cámaras de conservación, una con ventilador, otra sin ventilador Lavamanos con grifo de pie y jabonera Mesa de salida lavavajillas Mesa de acero inox. de sobremesa Muebles de madera fondo barra dos puertas

Restaurante bar Restaurante bar Cuarto frío

Cuarto frío

Cuarto frío Cuarto frío Cuarto frío Cafetería plaza interactiva

2

Botelleros tres puertas

CORECO

1

Lavavasos

FAGOR

1

Fregadero acero inox. un seno

1

Máquina de hielo

2 2 2 1 1 1 6

Mesas de acero inox. tres alturas Botelleros Mesas con área para basura Máquina de hielo Fregadero un seno Lavavajillas Armarios cuatro puertas

ITV

Cafetería plaza interactiva Cafetería plaza interactiva Cafetería plaza interactiva Cafetería plaza interactiva Cafetería foyer

FAGOR

Cafetería foyer Cafetería foyer

BREMA INTECNO

Cafetería foyer Cafetería foyer Cafetería foyer Cafetería foyer

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ANEXO II

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17 de 20

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