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Colombia Valle del Cauca – Restrepo Valle
Concejo Municipal
ACUERDO N° 027 (DICIEMBRE 14 DE 2010)
CODIGO: 100.005.003 VERSIÓN: 01 PAGINA: 1 DE 5
“Por medio del cual se fija el salario básico de la Alcaldesa y el Personero Municipal para la vigencia 2010 y se dictan otras disposiciones” El Concejo Municipal de Restrepo - Valle,
En uso de sus atribuciones constitucionales Art. 313, legales Ley 4a de 1992, Ley 136 de 1994, Ley 617 de 2000, Decreto 4353 de 2004, Decreto 1390 de 2008, Decreto 1396 de 2010 y demás disposiciones vigentes, y
CONSIDERANDO: Que se hace necesario fijar el nivel Salarial para la Alcaldesa y el Personero Municipal, quienes a la fecha reciben un salario básico mensual de $2’605.860,oo, respectivamente; y que para la vigencia Fiscal correspondiente al año 2010, se deben atender los lineamientos legales que regulan esta materia, según lo preceptuado en el Decreto 1396 del 26 de Abril de 2010 – “Por el cual se fijan los límites máximos salariales de los Gobernadores y Alcaldes y se dictan disposiciones en materia prestacional”, emitidos por los Ministerios del Interior y Justicia y Hacienda y Crédito Público y el Departamento Administrativo de la Función Pública - DAFP, donde se establecen límites, según sea la categorización del Municipio, que para este caso es Categoría Sexta del Municipio de Restrepo, correspondiendo para la Vigencia Fiscal del año 2010, como lo determina el citado Decreto, el valor máximo del Salario Básico Mensual para Alcaldes es de $ 2’657.978,oo pesos m/cte., igualmente el Artículo 6º, cita sobre la bonificación de dirección para los Alcaldes, que se le continuará reconociendo en los mismos términos y condiciones a que se refiere el Decreto 4353 de 2004 y el Decreto 1390 de 2008 y las demás normas que los modifiquen o adicionen. Que en la citada norma, el Artículo 1º, establece que el salario mensual de los Personeros Municipales, no podrá ser superior al cien por ciento (100%) del salario mensual del Alcalde. Que el Personero Municipal a la fecha tiene un salario básico mensual de $2’605.860, oo pesos. Que por lo anteriormente expuesto: 1
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“Por medio del cual se fija el salario básico de la Alcaldesa y el Personero Municipal para la vigencia 2010 y se dictan otras disposiciones” ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Establézcase el Salario Básico Mensual para la Alcaldesa Municipal, según los limites señalados por el Decreto 1396 del 26 de Abril de 2010, para la Vigencia Fiscal del año 2010, con aplicabilidad retroactiva desde el 1º de enero de 2010, y hasta una nueva normatividad expedida por el Gobierno Nacional; quedando Así: Número de Funcionarios
Cargo
Salario Básico Mensual
Uno (1)
ALCALDE MUNICIPAL
$2’657.978,oo
ARTICULO SEGUNDO: Establézcase el Salario Básico Mensual para el Personero Municipal, el cual no podrá ser superior al cien por ciento (100%) del salario mensual de la Alcaldesa, para la Vigencia Fiscal del año 2010, con aplicabilidad retroactiva desde el 1º de enero de 2010, y hasta una nueva norma expedida por esta Corporación, quedando así: Número de Funcionarios
Cargo
Salario Básico Mensual
Uno (1)
PERSONERO MUNICIPAL
$ 2’657.978,oo
ARTICULO TERCERO: La BONIFICACIÓN DE DIRECCIÓN en favor de la Alcaldesa Municipal, equivalente a ocho (8) veces el salario mensual, pagadero en tres (3) contados iguales, en las fechas treinta (30) de abril, treinta (30) de agosto y treinta (30) de diciembre del respectivo año, continuará reconociéndose en los mismos términos y condiciones a que se refiere el Decreto 4353 de 2004 y el Decreto 1390 de 2008 y las demás normas que los modifiquen o adicionen. 2
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“Por medio del cual se fija el salario básico de la Alcaldesa y el Personero Municipal para la vigencia 2010 y se dictan otras disposiciones” Parágrafo 1.- Esta Bonificación de Dirección, no constituirá factor para liquidar elementos salariales o prestacionales. Parágrafo 2.- La Alcaldesa, en caso de no haber laborado los cuatro meses completos dentro del periodo a reconocer, tendrá derecho al pago proporcional de esta bonificación por cada mes cumplido de labor, dentro del respectivo periodo. ARTÍCULO CUARTO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación, sanción y publicación, tendrá efectos retroactivos a partir del 1° de enero de 2010 y deroga las anteriores disposiciones que le sean contrarias.
SANSIONESE, PUBLIQUESE Y CÍMPLASE.
Expedido en el salón de sesiones del Concejo Municipal de Restrepo – Valle, a los Catorce (14) días del mes de Diciembre del Año Dos Mil Diez (2010).
JAVIER NIETO CUITIVA Presidente Honorable Concejo Municipal
FRANCIA HUNGRIA Secretaria General
c.c. archivo
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“Por medio del cual se fija el salario básico de la Alcaldesa y el Personero Municipal para la vigencia 2010 y se dictan otras disposiciones”
LA SUSCRITA SECRETARIA GENERAL DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE RESTREPO VALLE DEL CAUCA HACE CONSTAR Que el Presente Acuerdo N°027 “por medio del cual se fija el salario básico de la Alcaldesa y el Personero Municipal, para la vigencia fiscal 2010 y se dictan otras disposiciones, fue presentado por la Señora Alcaldesa – MARIA SAYDER VALENCIA DE ECHEVERRY, el día Primero (01) de Diciembre de 2010. Que el día Uno (01) de Diciembre de 2010, fue nombrado como ponente del proyecto de acuerdo N°027 “por medio del cual se fija el salario básico de la Alcaldesa y el Personero Municipal, para la vigencia fiscal 2010 y se dictan otras disposiciones”. La Edil Sara Patricia Arismendi Miranda. Que el proyecto de acuerdo fue aprobado en Dos (02) sesiones diferentes así: PRIMER DEBATE: (10 de Diciembre de 2010 Informe Comisión de Presupuesto) SEGUNDO DEBATE: (14 de Noviembre de 2010 Acta N°089 – Sesión Extra Ordinaria)
Para constancia de lo anterior, se firma en el Recinto del Honorable Concejo Municipal de Restrepo Valle del Cauca, a los Catorce (14) días del mes de Diciembre del Año Dos Mil Diez (2010).
FRANCIA HUNGRIA Secretaria General Honorable Concejo Municipal c.c. archivo 4
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“Por medio del cual se fija el salario básico de la Alcaldesa y el Personero Municipal para la vigencia 2010 y se dictan otras disposiciones”
REMISION A la fecha, estoy remitiendo el Acuerdo N°027 del 14 Diciembre de 2010, “ “por
medio del cual se fija el salario básico de la Alcaldesa y el Personero Municipal, para la vigencia fiscal 2010 y se dictan otras disposiciones, A la Señora Alcaldesa Municipal – MARIA SAYDER VALENCIA DE ECHEVERRY, para los efectos de los artículos 76 y 81 de la ley 136 de 1994.
QUE CONSTA DE TRES (03) ORIGINALES, CUATRO (04) ARTÍCULOS Y CINCO (05) FOLIOS.
Para constancia de lo anterior se firma en el Recinto del Honorable Concejo Municipal de Restrepo Valle del Cauca, a los Catorce (14) días del Mes de Diciembre del Año Dos Mil Diez (2010).
FRANCIA HUNGRIA Secretaria General Honorable Concejo Municipal
c.c. archivo.
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