COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18578021-511-13
BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL DIFERENCIADA PRESENCIAL NO. 18578021-511-13 BAJO LA COBERTURA DE LOS CAPÍTULOS DE COMPRAS DE LOS TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS QUE SE CITAN A CONTINUACIÓN: TLC MÉXICO-AMÉRICA DEL NORTE, TLC MÉXICO-COLOMBIA, TLC MÉXICO-COSTA RICA, EN LA QUE SÓLO PODRÁN PARTICIPAR LICITANTES MEXICANOS Y EXTRANJEROS DE PAÍSES CON LOS QUE NUESTRO PAÍS TENGA CELEBRADO UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO CON CAPÍTULO DE COMPRAS GUBERNAMENTALES”; BAJO LA RESERVA PERMANENTE: TLC MÉXICO-ISRAEL, TLC MÉXICO-UNIÓN EUROPEA (TLCUE), TLC MÉXICO-ASOCIACIÓN EUROPEA DE LIBRE COMERCIO (AELC), TLC MÉXICO-JAPÓN Y BAJO LA RESERVA TRANSITORIA DE LOS CAPÍTULOS DE COMPRAS DEL SECTOR PÚBLICO DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO QUE SE CITA A CONTINUACIÓN: TLC MÉXICO CHILE.
PARA LA ADQUISICION DE BIENES CONSISTENTES EN:
ESPARRAGOS DE ACERO AL CARBÓN E INOXIDABLE PARA EL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS. BAJO LA MODALIDAD DE CONTRATO A PRECIO FIJO En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 51, 53, 54, 55 Fracciones I, II y III de la Ley de Petróleos Mexicanos (en adelante “Ley”); 41, 45, 47, 48, 50 Fracción I, 53 Fracción II, 55, 56, 57 de su Reglamento (en adelante “Reglamento”) y demás disposiciones aplicables de la Ley y su Reglamento; y Artículos 1°, 3°, 14, 15, 16, 19, 23, 25, 26, 28 y 60 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios (en adelante “DAC´S”), el Complejo Petroquímico Pajaritos de PEMEX PETROQUÍMICA por conducto de la Superintendencia de Recursos Materiales, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, en Coatzacoalcos, Veracruz, con teléfono 01 (921) 21-12522, conmutador 01 (921) 21 10202 ext.(s). 32117, 32-351, 32-286, 32-075 y 32-094, y correos electrónicos:
[email protected] y
[email protected] en adelante “Convocante” o PEMEX PETROQUÍMICA, emite las Bases de Licitación que establece las bases en las que se desarrollará la Licitación Pública Internacional número 18578021511-13, (en adelante “Bases”), Solicitud de Pedido Núm. 431-42000-B-1025322, que tiene por objeto la adquisición de los bienes muebles consistentes en: “ESPARRAGOS DE ACERO AL CARBÓN E INOXIDABLE PARA EL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS” (en adelante “Bienes”), que se describen en el Documento 01. Estas Bases constan de 30 Documentos.
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CRONOGRAMA ACTO FECHA LIMITE ADQUIRIR BASES
PARA
VISITA(S) INSTALACIONES –NO APLICA– JUNTA(S) ACLARACIÓN(ES) CONVOCATORIA
FECHA Y HORA
LUGAR
07 DE AGOSTO DE 2013
---------------------
---------------------
---------------------
A
DE A LA
ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTAS
JUNTA PUBLICA PARA DAR A CONOCER EL FALLO DE LA LICITACION (Fecha estimada)
FECHA DE SUSCRIPCION DEL CONTRATO (Fecha estimada)
30 DE JULIO DE 2013 10:00 HORAS
19 DE AGOSTO DE 2013 10:00 HORAS
02 DE SEPTIEMBRE DE 2013 16:00 HORAS
13 DE SEPTIEMBRE DE 2013
Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col Centro. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col Centro. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col Centro. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col Centro. C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.
REGLAS QUE DEBERÁN CUMPLIR LOS LICITANTES PARA EL ACCESO A LOS EVENTOS.- Los representantes de los licitantes que ingresen a los centros de trabajo e instalaciones de Pemex petroquímica, deberán cumplir con las medidas de seguridad establecidas en las Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan Actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. ANEXO SSPA Sin el cumplimiento de lo anterior, no le será permitido el acceso a las instalaciones.
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RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASES CONS.
DOCUMENTO
CONTENIDO
1. 2.
01 02
3.
03
4.
03-A
5.
04
6.
05
7.
05-A
8.
05-B
9.
05-C
10.
05-D
11. 12.
06 06-A
13.
07
Requerimientos Técnicos. Modelo Administrativo. Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante. Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta. Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la Etapa de Precalificación. –NO APLICACálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados (GIN) Formato que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3. del “Documento 05. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”. (Aplica a licitantes que oferten bienes de origen Nacional). Formato que deben presentar los licitantes que oferten bienes de importación cubiertos por Tratados, de acuerdo al apartado 4.1 del “Documento 05. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”. (Aplica a licitantes que oferten Bienes de Importación Cubiertos por Tratados suscritos por México) Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes que deberá presentar el proveedor, de acuerdo al apartado 6.1. del “Documento 05. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”. Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el Fabricante del Bien, de acuerdo al apartado 6.2 del “Documento 05, Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”. Formato de propuesta Técnica. Formato de propuesta Económica. Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S.
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FOLIO
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CONS.
DOCUMENTO
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CONTENIDO
FOLIO
Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(s) adjudicado(s) para: 14.
08
15.
08-A
16.
09
17.
10
18.
11
19.
11-A
20.
11-B
21.
12
Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(s) adjudicado(s) para:
Garantizar los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad. Modelo de Carta de Crédito STANDBY confirmada que deberá(n) presentar (án) el(los) proveedor(es) y modelo de declaración de beneficiario. Modelo de texto de Fianza que presentará(n) el (los) Licitante(s) adjudicado(s) para:
Garantizar la debida inversión, aplicación, amortización, deducción o devolución del anticipo otorgado. –NO APLICAManifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante. Manifestación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales tratándose de licitantes nacionales. Formato para la manifestación de no estar obligado a presentar total o parcialmente las declaraciones por impuestos federales por tener residencia permanente en el extranjero, así como para los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México. Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. –NO APLICA-
Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. –NO APLICANota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal.
22.
13
23.
14
24.
15
Modelo-Guía del Contrato.
25.
16
Causas de Desechamiento.
26.
17
Niveles de inspección de bienes.
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DOCUMENTO
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18
28.
19
29.
19-A
30.
19-B
31.
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LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18578021-511-13
CONTENIDO
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Formato 4 de Anexo “SSPA”. Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan Actividades en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.1 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (Bienes de Origen Nacional). Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.1 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (Bienes de Origen Nacional). Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.2 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (Bienes de Importación). Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación, para dar cumplimiento a los dispuesto en la regla 8 de las “Reglas para la determinación, acreditación y verificación de contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2010. (Bienes de Origen Nacional).
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DOCUMENTO
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LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18578021-511-13
CONTENIDO
FOLIO
Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes adjudicados para dar cumplimiento a la regla 9 de las “Reglas para la determinación, acreditación y verificación de contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2010. (Bienes de Origen Nacional). Formato de Solicitud de Emisión de Comprobantes Fiscales por Concepto de Compra de Bases de Licitaciones. Compromisos con la Transparencia.
PARA MEJOR CONDUCCIÓN DE ESTA LICITACIÓN PREFERENTEMENTE SE DEBERÁN UTILIZAR LOS FORMATOS INTEGRADOS A ESTAS BASES DE LICITACIÓN, LOS CUALES CONTIENEN LOS DATOS MÍNIMOS NECESARIOS. PODRÁN UTILIZAR DOCUMENTOS MEMBRETADOS DE SU EMPRESA LOS CUALES DEBERÁN CUMPLIR CUANDO MENOS CON LOS DATOS SOLICITADOS EN CADA FORMATO.
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DOCUMENTO 01 REQUERIMIENTOS TECNICOS PARTIDA
CANTIDAD
UNIDAD
DESCRIPCIÓN ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN, ASTM- A 193 GRADO B7, DE 1/2" X 2 3/4" ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766, CLASE 25, TIPO II
1
3,800
PIEZA
2
3,800
PIEZA
3
1,300
PIEZA
4
4,800
PIEZA
BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ESPECIFICACIÓN ASTM-A-193 GRADO B7, DE ½ PULGADA DE DIAMETRO, 2 3/4 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ESPECIFICACIÓN ASTM A194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 13 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGOS DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM A193-B7 ROSCA ESTÁNDAR ANSI ASME B1.1-2003 DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ESPECIFICACION ASTM A194-2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II DE 1/2 in X 5 in. COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1/2 PULGADA DE DIAMETRO, 5 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 13 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN ASTM- A 193 GRADO B7, DE 1/2" X 8" ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766, CLASE 25, TIPO II COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1/2 PULGADA DE DIAMETRO, 8 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 13 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN, ASTM- A 193 GRADO B7, DE 5/8" X 3 1/2" ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766, CLASE 25, TIPO II COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 5/8 PULGADA DE DIAMETRO, 3 1/2 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 11 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS.
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ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN, ASTM- A 193 GRADO B7, DE 5/8" X 4 1/2" ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766, CLASE 25, TIPO II
5
6,800
PIEZA
6
4,100
PIEZA
7
3,900
PIEZA
8
700
PIEZA
9
1,200
PIEZA
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COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 5/8 PULGADA DE DIAMETRO, 4 1/2 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 11 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN, ASTM- A 193 GRADO B7, DE 5/8" X 5 1/2" ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766, CLASE 25, TIPO II COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 5/8 PULGADA DE DIAMETRO, 5 1/2 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 11 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN, ASTM- A 193 GRADO B7, DE 5/8" X 6 1/2" ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766, CLASE 25, TIPO II COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 5/8 PULGADA DE DIAMETRO, 6 1/2 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 11 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN, ASTM- A 193 GRADO B7, DE 5/8" X 7" ROSCA UNF ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766, CLASE 25, TIPO II COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 5/8 PULGADA DE DIAMETRO, 7 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA FINA, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 18 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN, ASTM- A 193 GRADO B7, DE 5/8" X 10" ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766, CLASE 25, TIPO II COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 5/8 PULGADA DE DIAMETRO, 10 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 11 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS.
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ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UNC,10 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 3/4 in DE DIAMETRO X 5 in DE LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
10
2,300
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 3/4 PULGADA DE DIAMETRO, 5 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 10 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UNC,10 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 3/4 in DE DIAMETRO X 6 in DE LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
11
4,420
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 3/4 PULGADA DE DIAMETRO, 6 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 10 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UNC,10 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 3/4 in DE DIAMETRO X 7 in DE LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
12
2,200
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 3/4 PULGADA DE DIAMETRO, 7 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 10 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UNC,10 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 3/4 in DE DIAMETRO X 8 in DE LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
13
3,000
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 3/4 PULGADA DE DIAMETRO, 8 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 10 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UNC,10 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 3/4 in DE DIAMETRO X 10 in DE LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
14
1,300
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 3/4 PULGADA DE DIAMETRO, 10 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 10 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS.
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ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UNC,10 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 3/4 in DE DIAMETRO X 12 in DE LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
15
850
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 3/4 PULGADA DE DIAMETRO, 12 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 10 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UNC,10 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 3/4 in DE DIAMETRO X 14 in DE LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
16
950
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 3/4 PULGADA DE DIAMETRO, 14 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 10 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN, ASTM- A 193 GRADO B7, DE 3/4" X 17" ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766, CLASE 25, TIPO II
17
950
PIEZA
18
5,560
PIEZA
19
1,600
PIEZA
BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 3/4 PULGADA DE DIAMETRO, 17 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 10 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UNC,9 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 7/8 in DE DIAMETRO X 6 in DE LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 7/8 PULGADA DE DIAMETRO, 6 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 9 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN, ASTM- A 193 GRADO B7, DE 7/8" X 6" ROSCA UNF ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766, CLASE 25, TIPO II COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 7/8 PULGADA DE DIAMETRO, 6 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA FINA, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 14 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS.
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LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18578021-511-13
ESPARRAGOS DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM A193-B7 ROSCA ESTÁNDAR (USS) CON DOS TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM A194-2H MEDIDA 7/8" X 7" 9 HPP.
20
1,250
PIEZA
21
950
PIEZA
22
1,550
PIEZA
23
1,005
PIEZA
24
450
PIEZA
BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 7/8 PULGADA DE DIAMETRO, 7 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 9 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGOS DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM A193-B7 ROSCA ESTÁNDAR (USS) CON DOS TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM A194-2H MEDIDA 7/8" X 8" 9 HPP. COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 7/8 PULGADA DE DIAMETRO, 8 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 9 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN ASTM- A 193 GRADO B7 DE 7/8" X 14" ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003 CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766 CLASE 25 TIPO II COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 7/8 PULGADA DE DIAMETRO, 14 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 9 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN ASTM- A 193 GRADO B7 DE 7/8" X 16" ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003 CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766 CLASE 25 TIPO II COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 7/8 PULGADA DE DIAMETRO, 16 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 9 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN ASTM- A 193 GRADO B7 DE 7/8" X 20" ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003 CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766 CLASE 25 TIPO II COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 7/8 PULGADA DE DIAMETRO, 20 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 9 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS.
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LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18578021-511-13
ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UNC,8 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 1 in DE DIAMETRO X 7 in DE LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
25
1,950
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION : ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 PULGADA DE DIAMETRO, 7 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UNC,8 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 1 in DE DIAMETRO X 8 in DE LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
26
1,550
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 PULGADA DE DIAMETRO, 8 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGOS DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM A193-B7 MEDIDA 1" X 9" 8 HPP ROSCA ESTÁNDAR (USS) CON DOS TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM A194-2H.
27
750
PIEZA
28
450
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 PULGADA DE DIAMETRO, 10 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UNC,8 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 1 in DE DIAMETRO X 12 in DE LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
29
1,000
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 PULGADA DE DIAMETRO, 12 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS.
BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 PULGADA DE DIAMETRO, 9 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UNC,8 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 1 in DE DIAMETRO X 10 in DE LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
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LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18578021-511-13
ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM A193-B7 CON DOS TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM A194-2H CON RECUBRIMIENTO CADMINIZADO MEDIDA 1 in DE DIAMETRO POR 14 in DE LONGITUD RECUBRIMIENTO CADMINIZADO. COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 PULGADA DE DIAMETRO, 14 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ASTM- A 193 GRADO B7 DE 1 1/8 in X 6 in ROSCA 8-UN ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBON ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766, CLASE 25, TIPO II
30
1,600
PIEZA
31
1,450
PIEZA
32
450
PIEZA
33
1,800
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPICON: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 1/8 PULGADA DE DIAMETRO, 9 1/2 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UN,8 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 1 1/8 in DE DIAMETRO X 12 in, LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
34
800
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 1/8 PULGADA DE DIAMETRO, 12 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS.
BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 1/8 PULGADA DE DIAMETRO, 6 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGOS DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM A193-B7 ROSCA ESTÁNDAR (USS) CON DOS TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM A194-2H MEDIDA 1 1/8" X 8" 8 HPP. COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 1/8 PULGADA DE DIAMETRO, 8 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UN,8 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 1 1/8 in DE DIAMETRO X 9 1/2 in DE LONGITUD,RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
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LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18578021-511-13
ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GRADO B7 ROSCA UN,8 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GRADO 2H DE 1 1/8 in DE DIAMETRO X 14 in DE LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II
35
700
PIEZA
36
300
PIEZA
37
800
PIEZA
38
1,200
PIEZA
39
300
PIEZA
BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 1/8 PULGADA DE DIAMETRO, 14 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO ESPECIFICACION ASTM A-193 GRADO B7/ A194 GRADO 2H DE 1 1/4" X 12" DE LONGITUD CON DOS TUERCAS HEXAGONALES. COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 1/4 PULGADA DE DIAMETRO, 12 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM-A193 GR. B7 ROSCA UN, 8 HHP CON 2 TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM-A-194 GR. 2H DE 1 1/4 in DE DIAMETRO X 14 in LONGITUD CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM B766 CLASE 25 TIPO II COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 1/4 PULGADA DE DIAMETRO, 14 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN ASTM- A 193 GRADO B7 DE 1 1/2" X 11" ROSCA 8-UN ANSI ASME B1.1-2003 CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766 CLASE 25 TIPO II COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 1 1/2 PULGADA DE DIAMETRO, 11 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO ALEACIÓN ASTM-A-320 GRADO L7, DE 1/2" X 3 1/2" , ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO ALEACIÓN ASTM-A-194 GRADO 4, SIN RECUBRIMIENTO COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-320 GRADO L7, DE 1/2 PULGADA DE DIAMETRO, 3 1/2 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 4, SIN RECUBRIMIENTO, DE 13 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS.
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LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18578021-511-13
ESPARRAGO DE ACERO ALEACIÓN ASTM-A-320 GRADO L7, DE 5/8" X 4 1/2" , ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO ALEACIÓN ASTM-A-194 GRADO 4, SIN RECUBRIMIENTO
40
1,800
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-320 GRADO L7, DE 5/8 PULGADA DE DIAMETRO, 4 1/2 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 4, SIN RECUBRIMIENTO, DE 11 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO INOXIDABLE ASTM- A 193 GRADO B8M, AISI 316, DE 1/2" X 3", ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM A-194 GRADO 8M
41
1,700
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO INOXIDABLE, ASTM-A-193 GRADO B8M, DE 1/2 PULGADA DE DIAMETRO, 3 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM-A-194 GRADO 8M, SIN RECUBRIMIENTO, 13 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS, CLASE II. ESPARRAGO DE ACERO INOXIDABLE ASTM- A 193 GRADO B8M, AISI 316, DE 1/2 in X 4 1/2 in, ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM A-194 GRADO 8M
42
1,600
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO INOXIDABLE, ASTM-A-193 GRADO B8M, DE 1/2 PULGADA DE DIAMETRO, 4 1/2 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM-A-194 GRADO 8M, SIN RECUBRIMIENTO, 13 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS, CLASE II. ESPARRAGO DE ACERO INOXIDABLE ASTM- A 193 GRADO B8M, AISI 316, DE 5/8" X 3 1/2", ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM A-194 GRADO 8M
43
1,700
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO INOXIDABLE, ASTM-A-193 GRADO B8M, DE 5/8 PULGADA DE DIAMETRO, 3 1/2 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM-A-194 GRADO 8M, SIN RECUBRIMIENTO, 11 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS, CLASE II. ESPARRAGO DE ACERO INOXIDABLE ASTM- A 193 GRADO B8M, AISI 316, DE 5/8" X 6", ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM A-194 GRADO 8M
44
1,700
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO INOXIDABLE, ASTM-A-193 GRADO B8M, DE 5/8 PULGADA DE DIAMETRO, 6 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM-A-194 GRADO 8M, SIN RECUBRIMIENTO, 11 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS, CLASE II. ESPARRAGO DE ACERO INOXIDABLE ASTM- A 193 GRADO B8M, AISI 316, DE 3/4" X 6", ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM A-194 GRADO 8M
45
2,000
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO INOXIDABLE, ASTM-A-193 GRADO B8M, DE 3/4 PULGADA DE DIAMETRO, 6 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM-A-194 GRADO 8M, SIN RECUBRIMIENTO, 10 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS, CLASE II.
BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18578021-511-13
ESPARRAGO DE ACERO INOXIDABLE ASTM- A 193 GRADO B8M, AISI 316, DE 7/8 in X 6 in, ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM A-194 GRADO 8M
46
400
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO INOXIDABLE, ASTM-A-193 GRADO B8M, DE 7/8 PULGADA DE DIAMETRO, 6 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM-A-194 GRADO 8M, SIN RECUBRIMIENTO, 9 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS, CLASE II. ESPARRAGO DE ACERO INOXIDABLE ASTM A-193 GRADO B8M DE 1 1/8in DIAMETRO X 7 1/2in DE LONGITUD CUERDA ESTANDAR CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM A-194 GRADO 8M SIN RECUBRIMIENTO DE 8HPP EXTREMOS BISELADOS.
47
250
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO INOXIDABLE, ASTM-A-193 GRADO B8M, DE 1 1/8 PULGADA DE DIAMETRO, 7 1/2 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM-A-194 GRADO 8M, SIN RECUBRIMIENTO, 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS, CLASE II. ESPARRAGO DE ACERO INOXIDABLE ASTM A-193 GRADO B8M DE 1 1/4in DE DIAMETRO X 8 1/2in DE LONGITUD CUERDA ESTANDAR CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM A-194 GRADO 8M SIN RECUBRIMIENTO 8HPP EXTREMOS BISELADO.
48
150
PIEZA
COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCIÓN: ESPÁRRAGO DE ACERO INOXIDABLE, ASTM-A-193 GRADO B8M, DE 1 1/4 PULGADA DE DIAMETRO, 8 1/2 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO INOXIDABLE ASTM-A-194 GRADO 8M, SIN RECUBRIMIENTO, 8 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS, CLASE II. ESPARRAGO DE ACERO ALEACIÓN ASTM A-193 GRADO B16, DE 5/8" X 3 1/2", ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO ALEACIÓN ASTM A-194 GRADO 4.
49
400
PIEZA
50
300
PIEZA
51
800
PIEZA
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COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ALEACION, ASTM-A-193 GRADO B16, DE 5/8 PULGADA DE DIAMETRO, 3 1/2 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO DE ALEACIÓN ASTM-A-194 GRADO 4, 11 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGO DE ACERO ALEACIÓN ASTM A-193 GRADO B16, DE 3/4" X 4" , ROSCA UNC ANSI ASME B1.1-2003, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO ALEACIÓN ASTM A-194 GRADO 4 COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ALEACION, ASTM-A-193 GRADO B16, DE 3/4 PULGADA DE DIAMETRO, 4 PULGADA DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO DE ALEACIÓN ASTM-A-194 GRADO 4, 11 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS. ESPARRAGOS DE ACERO DE ALEACION ESPECIFICACION ASTM A193-GRADO B-7 ROSCA ESTÁNDAR (USS) CON DOS TUERCAS HEXAGONALES ESPECIFICACION ASTM A194 GRADO 2-H DE 3/4" X 5" 10 HPP COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPÁRRAGO DE ACERO ALEACIÓN, ASTM-A-193 GRADO B7, DE 3/4 PULGADA DE DIAMETRO, 5 PULGADAS DE LONGITUD, CUERDA ESTÁNDAR, CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H, CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO (ASTM-B-766 O EQUIVALENTE), DE 10 HILOS POR PULGADA, EXTREMOS BISELADOS.
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ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN ASTM- A 193 GRADO B7 DE 1 1/4" X 19" ROSCA 8-UN ANSI ASME B1.1-2003 CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766 CLASE 25 TIPO II
52
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COMPLEMENTO DE LA DESCRIPCION: ESPARRAGO DE ACERO DE ALEACIÓN ASTM- A 193 GRADO B7 DE 1 1/4" X 19" ROSCA 8-UN ANSI ASME B1.1-2003 CON DOS TUERCAS HEXAGONALES DE ACERO AL CARBÓN ASTM A-194 GRADO 2H CON RECUBRIMIENTO DE CADMIO ASTM-B-766 CLASE 25 TIPO II.
NOTAS GENERALES: NOTA 1. LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES A CONTRATAR ESTÁN PERFECTAMENTE DETERMINADAS Y ESTANDARIZADAS MISMAS QUE NO REQUIERE INNOVACION TECNOLOGICA, POR LO QUE SE DETERMINA QUE EL CRITERIO DE EVALUACIÓN A UTILIZAR SERÁ EL BINARIO. NOTA 2. PLAZO DE ENTREGA DE LOS BIENES ES DE 47 DIAS NATURALES, INCLUYEN LOS 7 DIAS DE INSPECCION DE LOS BIENES. NOTA 3. NORMA APLICABLE: NRF-027-PEMEX-2009, REV. 1 VIGENTE NOTA 4. LOS BIENES SOLICITADOS SON NUEVOS, LA CONDICION Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES ES DDP INCOTERMS 2010 DESTINO FINAL ALMACÉN LOCAL DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS. NOTA 5. SE ACEPTAN PROPUESTAS CONJUNTAS. NOTA 6. SE ACEPTAN ENTREGAS PARCIALES DE PARTIDAS COMPLETAS. NOTA 7. GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL: 65% PARA BIENES DE ORIGEN NACIONAL; 0% PARA BIENES DE IMPORTACIÓN. NOTA 8. CONTRATO TIPO ESTÁNDAR. NOTA 9. NO APLICA LA SUBCONTRATACIÓN. NOTA 10. NO SE OTORGARÁ ANTICIPO. NOTA 11.- LAS CANTIDADES SOLICITADAS EN ESTA REQUISICIÓN MAS LAS EXISTENTES ESTAN CONSIDERADAS PARA LOS TRABAJOS DE MANTENIMIENTO DE TODAS LAS AREAS DEL COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS. NOTAS PARA EL LICITANTE: NOTA 1. EL LICITANTE DEBERÁ ENTREGAR EN SU PROPUESTA COPIA DE FICHAS TÉCNICAS EMITIDAS POR EL FABRICANTE DONDE SE INDIQUEN LAS CARACTERISTICAS TÉCNICAS DE LOS BIENES OFERTADOS INDICANDO COMO MÍNIMO LO SIGUIENTE: A) DIÁMETRO NOMINAL. B) ESPECIFICACIÓN DEL MATERIAL. C) COMPOSICIÓN QUÍMICA. D) PROPIEDADES MECÁNICAS. NOTA 2. EL LICITANTE DEBE DE MANIFESTAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA QUE LOS BIENES OFERTADOS CUMPLEN CON LA NORMA NRF-027-PEMEX-2009 REV. 1. (ESPARRAGOS Y TORNILLOS DE ACERO DE ALEACION Y ACERO INOXIDABLE PARA SERVICIOS DE ALTA Y BAJA TEMPERATURA). NOTA 3.- EL LICITANTE DEBERA DE INDICAR EN SU PROPUESTA TÉCNICA QUE LOS BIENES QUE COTIZA SON NUEVOS, GENUINOS Y DE LA MARCA OFERTADA. NOTAS PARA EL PROVEEDOR: NOTA 1. PARA EFECTOS DE LA ENTREGA DE LOS BIENES, EL PROVEEDOR DEBERA ENTREGAR LO SIGUIENTE:
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A) ORIGINAL O COPIA DE LOS CERTIFICADOS DE CONTROL DE CALIDAD POR PARTIDA, EMITIDO POR EL LABORATORIO DEL FABRICANTE DE LOS BIENES, QUE DEBERÁN INDICAR COMO MINIMO LO SIGUIENTE: 1) NUMERO DE PARTIDA. 2) FECHA. 3) NUMERO DE CERTIFICADO. 4) CANTIDAD. 5) DESCRIPCIÓN DEL BIEN. 6) ESPECIFICACIÓN DEL MATERIAL. 7) DIÁMETRO. 8) COMPOSICIÓN QUÍMICA DEL MATERIAL. 9) NUMERO DE LOTE O COLADA. B) DE ACUERDO AL NUMERAL 8.13.1 Y 8.13.2 DE LA NRF 027-PEMEX- 2009 DE ESPÁRRAGOS Y TORNILLOS DE ACERO DE ALEACIÓN Y ACERO INOXIDABLE PARA SERVICIO DE ALTA Y BAJA TEMPERATURA SE INDICA LO SIGUIENTE: 1. EL PROVEEDOR DE LA MATERIA PRIMA O PRODUCTO TERMINADO, DEBE ENTREGAR A PEMEX, UN CERTIFICADO EMITIDO POR UNA EMPRESA ACREDITADA, Y EN SU CASO APROBADAS EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY FEDERAL SOBRE METROLOGÍA Y NORMALIZACIÓN QUE MUESTRE LOS REQUERIMIENTOS DE ESTA NORMA DE REFERENCIA, ASÍ COMO LOS RESULTADOS DEL ANÁLISIS QUÍMICO, PRUEBAS MECÁNICAS Y LAS CONDICIONES DEL MÉTODO EMPLEADO PARA EL TRATAMIENTO TÉRMICO. LA DESIGNACIÓN INCLUIDA EN EL REPORTE DE PRUEBA, DEBE INCLUIR EL AÑO DE EMISIÓN Y REVISIÓN. 2. EL CERTIFICADO DEBE INCLUIR TAMBIÉN LO SIGUIENTE: UNA DECLARACIÓN DE QUE EL MATERIAL O EL PRODUCTO TERMINADO O AMBOS FUERON FABRICADOS, PROBADOS E INSPECCIONADOS DE ACUERDO A LA NORMA NRF-027-PEMEX-2009, REV. 1 VIGENTE Y CUALQUIER REQUERIMIENTO SUPLEMENTARIO ESTABLECIDO EN LAS BASES DE LICITACIÓN O EN LA ORDEN DE COMPRA Y EL NÚMERO DE ESPECIFICACIÓN, LA FECHA Y EL SÍMBOLO DE IDENTIFICACIÓN. C) DOCUMENTO ORIGINAL DEL FABRICANTE INDICANDO QUE LOS BIENES SUMINISTRADOS SON NUEVOS Y DE LA MARCA OFERTADA. D) SE ACEPTAN ENTREGAS PARCIALES DE PARTIDAS COMPLETAS. NOTA 2. LOS BIENES DEBERAN ESTAR DEBIDAMENTE PROTEGIDOS EN CAJAS DE CARTON RESISTENTES Y DEBERAN DE ESTAR DEBIDAMENTE IDENTIFICADOS (CANTIDAD, ESPECIFICACIÓN DEL MATERIAL, DIÁMETRO, LONGITUD, PARTIDA). NOTA 3. NIVEL DE INSPECCIÓN III, VIGENTE. 1) ESPECIFICACIONES CONTRACTUALES. (SI APLICA) 2) LA REVISIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS, CÓDIGOS, PROCEDIMIENTOS O ESPECIFICACIONES DE LOS BIENES TERMINADOS. (SI APLICA) 3) CERTIFICADOS DE CALIDAD DE LOS BIENES TERMINADOS. (SI APLICA) 4) LAS PRUEBAS FINALES. (NO APLICA) 5) EL ACABADO Y EMBALAJE DE LOS BIENES TERMINADOS. (SI APLICA) 6) MANUALES (OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CAPACITACIÓN) Y MEMORIA TÉCNICA DEL BIEN Y NÚMEROS DE PARTE. (NO APLICA) 7) LA DOCUMENTACIÓN QUE ESTABLECE EL CONTRATO. (SI APLICA) LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES SE REALIZARÁ DE CONFORMIDAD CON LO INDICADO EN EL PROCEDIMIENTO INSTITUCIONAL PARA LA INSPECCIÓN DE BIENES MUEBLES Y SUPERVISIÓN DE ARRENDAMIENTOS O SERVICIOS EN PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMOS SUBSIDIARIOS Y EN SU CASO, EMPRESAS FILIALES, CON CLAVE PA-800-70600-01 REV. 01 DE FECHA 10 DE SEPTIEMBRE DE 2009. NOTA 4. EL PROVEEDOR DEBERÁ DE ENTREGAR LA SOLICITUD DE INSPECCIÓN DE LOS BIENES A LA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DC-II/III CON TRES DÍAS HÁBILES DE ANTICIPACIÓN A LA ENTREGA DE LOS BIENES EN EL ALMACÉN PARA LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES; MISMA QUE DEBERÁ DE INDICAR LO SIGUIENTE: - MEMBRETE DE LA EMPRESA. - RAZON SOCIAL DE LA EMPRESA. - NUMERO TELEFONICO. - LUGAR Y FECHA DE LA ENTREGA. - NUMERO DE CONTRATO.
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- NUMERO DE REQUISICIÓN. - NUMERO DE PARTIDA. - CANTIDAD. - DESCRIPCIÓN DEL BIEN. - NOMBRE DE LA PERSONA FACULTADA PARA ATENDER LA INSPECCIÓN. - NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL. EL TIEMPO DE LA SOLICITUD DE INSPECCIÓN DE LOS BIENES ES DE 7 DÍAS NATURALES CONTÁNDOSE A PARTIR DEL LA FECHA EN QUE SE RECIBA LA DOCUMENTACIÓN POR EL DEPARTAMENTO DE ALMACÉN, DERIVADO DE LA RECEPCIÓN DE LOS BIENES. NOTA 5. PARA REALIZAR LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES, EL PROVEEDOR DEBERÁ DE ENTREGAR COMO MÍNIMO, COPIA DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) REMISIÓN O FACTURA. (SI APLICA) B) PEDIMENTO DE IMPORTACIÓN. (SI APLICA PARA BIENES DE IMPORTACION) C) CERTIFICADO DE ORIGEN. (SI APLICA PARA BIENES DE IMPORTACION) D) GARANTÍA COMERCIAL. (SI APLICA) E) CERTIFICADOS DE CALIDAD O INFORMES DE RESULTADOS DE LABORATORIO. (SI APLICA) F) RESULTADO DE LAS PRUEBAS EFECTUADAS DURANTE EL PROCESO. (NO APLICA) G) PROTOCOLO DE PRUEBAS. (NO APLICA) H) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. (SI APLICA) I) DOS FOTOCOPIAS DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS. (SI APLICA) EL ÁREA QUE REALIZARÁ LA INSPECCIÓN SERÁ LA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DC-II/III, ADSCRITA A LA SUPERINTENDENCIA DE MANTENIMIENTO DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS. LA INSPECCIÓN DE LOS BIENES LA REALIZARÁ EL ING. MIGUEL ÁNGEL VÁSQUEZ ORTÍZ, JEFE DEL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO DC-II/III, Y/O EN SU AUSENCIA EL FUNCIONARIO PÚBLICO QUE OCUPE TEMPORALMENTE EL CARGO. EL LUGAR DONDE SE LLEVARÁ A CABO LA INSPECCIÓN: ALMACÉN LOCAL DEL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS. NOTA 6. EL PROVEEDOR DEBERÁ CUMPLIR DURANTE LA VIGENCIA DEL CONTRATO CON LAS OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS (ANEXO 4 DEL SSPA PRIMERA REVISIÓN), EN LOS SIGUIENTES PUNTOS: REQUERIMIENTOS COMUNES: II.5, 11.8.1, II.9.1, II.9.2 REQUERIMIENTOS DE SEGURIDAD FÍSICA: IV.1.2., IV.2.1, IV.2.2., IV.2.3, IV.2.4, IV.2.5, IV.2.6, IV.2.7, IV.2.8, IV.2.9, IV.3.1, IV.3.2, IV.3.3 REQUERIMIENTOS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL: V.3, V.9.1, V.9.4, V.10.3, V.11.1, V.11.2, V.11.3.2, V.11.3.6, V.15.1, V.15.2, V.16.1 REQUERIMIENTOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL: VII.1.1, VII.7.2 NOTA 7. EL PROVEEDOR DEBERÁ DE INCLUIR LA GARANTÍA PARA LOS SIGUIENTES PUNTOS: FORMA: PÓLIZA DE FIANZA I.- GARANTÍA PARA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS. II.-GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS. MONTO: 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO DEL CONTRATO, EN LA MISMA MONEDA EN QUE SE PACTE EN EL CONTRATO, SIN INCLUIR EL IVA. FORMA: SE GARANTIZARÁ MEDIANTE PÓLIZA DE FIANZA. NOTA 8. PENALIZACIONES CUANDO POR CAUSAS IMPUTABLES AL PROVEEDOR, EXISTAN INCUMPLIMIENTOS O ATRASOS EN LA ENTREGA DE LOS BIENES, PEMEX PETROQUIMICA LE APLICARÁ PENAS CONVENCIONALES EN LOS SIGUIENTES SUPUESTOS: - ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES, O EN LA APLICACIÓN DE RECURSOS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL OBJETO DEL CONTRATO. - INCUMPLIMIENTO DE LA OBSERVANCIA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO.
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- INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN DISTINTA A LAS ANTERIORES Y QUE ESTE PACTADA EN EL CONTRATO. ESTA PENALIZACIÓN SE APLICARÁ A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE DEL INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA ENTREGA DE LOS BIENES A RAZÓN DEL 1.0 % (POR CIENTO),POR CADA DÍA DE CALENDARIO DE ATRASO Y HASTA EL IMPORTE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. - INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A CONTENIDO NACIONAL CUANDO RESULTE QUE EL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL SUMINISTRADO SEA MENOR AL OFERTADO, EL PROVEEDOR SE HARÁ ACREEDOR A UNA PENA CONVENCIONAL DEL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL VALOR DE LA PARTIDA QUE INCUMPLA. (APLICA PARA BIENES NACIONALES). - INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO SSPA: EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO CUMPLA CON CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES QUE SE ESTABLECEN Y ESPECIFICAN EN EL FORMATO 4 DEL ANEXO SSPA DEL PRESENTE CONTRATO, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) APLICARÁ LAS PENALIZACIONES (DEDUCCIONES) ESTIPULADAS DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL FORMATO 6 DEL REFERIDO ANEXO SSPA, CONSIDERANDO PARA ELLO LOS MECANISMOS Y REGLAS DE APLICACIÓN ESTABLECIDOS EN LOS APARTADOS DEL ANEXO SSPA SIGUIENTES: GUIA DE LLENADO, REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA Y CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO. EL MONTO DE LAS PENALIZACIONES NO PODRÁ EXCEDER DEL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL MONTO DEL CONTRATO.
FUNDAMENTACIÓN LEGAL: SE DETERMINA LLEVAR A CABO UN PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL, CON FUNDAMENTO EN LOS SIGUIENTES ARTÍCULOS: ARTÍCULO 54 DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS: LAS ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, ASÍ COMO LAS OBRAS Y SERVICIOS RELACIONADAS CON LAS MISMAS SE EFECTUARÁN, POR REGLA GENERAL, A TRAVÉS DE LICITACIONES PÚBLICAS, PREVIA CONVOCATORIA PÚBLICA, PARA QUE SE PRESENTEN PROPOSICIONES SOLVENTES EN SOBRE CERRADO, QUE SERÁ ABIERTO EN SESIÓN PÚBLICA, A FIN DE GARANTIZAR LAS MEJORES CONDICIONES DISPONIBLES EN CUANTO A PRECIO, CALIDAD, FINANCIAMIENTO, OPORTUNIDAD Y DEMÁS CIRCUNSTANCIAS PERTINENTES. ARTÍCULO 55 DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS: EN LAS LICITACIONES PÚBLICAS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 3O. Y 4O. DE LA LEY REGLAMENTARIA DEL ARTÍCULO 27 CONSTITUCIONAL EN EL RAMO DEL PETRÓLEO, ASÍ COMO DE LA PETROQUÍMICA DISTINTA DE LA BÁSICA, SE TOMARÁ EN CUENTA AL MENOS LO SIGUIENTE: I. LAS LICITACIONES PODRÁN SER NACIONALES O INTERNACIONALES. EN ESTE ÚLTIMO CASO, DEBERÁ INDICARSE SI SE REALIZARÁN EN MODALIDAD ABIERTA O BAJO LA APLICACIÓN DE UN TRATADO INTERNACIONAL. EN EL CASO DE LICITACIONES INTERNACIONALES ABIERTAS, SE PODRÁ LIMITAR LA PARTICIPACIÓN DE PERSONAS NACIONALES DE AQUELLOS PAÍSES QUE NO OTORGUEN RECIPROCIDAD; ARTICULO 50, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS: LOS CONTRATOS QUE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS REQUIERAN CELEBRAR PARA LLEVAR A CABO LAS ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, OBRAS Y SERVICIOS DE LAS ACTIVIDADES SUSTANTIVAS DE CARÁCTER PRODUCTIVO, SERÁN ADJUDICADOS CONFORME A CUALQUIERA DE LOS PROCEDIMIENTOS SIGUIENTES: I. LICITACIÓN PÚBLICA, EL CUAL INICIA CON LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA Y CONCLUYE CON LA EMISIÓN DEL FALLO O, EN SU CASO, LA CANCELACIÓN DEL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO; ARTICULO 53, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS: DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 55, FRACCIÓN I, DE LA LEY, LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS PODRÁN LLEVAR A CABO LAS LICITACIONES PÚBLICAS QUE SERÁN: I. INTERNACIONALES, BAJO LA APLICACIÓN DE UN TRATADO INTERNACIONAL LAS QUE ÚNICAMENTE PARTICIPEN LICITANTES MEXICANOS Y EXTRANJEROS DE PAÍSES CPN LOS QUE MÉXICO TENGA CELEBRADO UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO, CON DISPOSICIONES EN MATERIA DE COMPRAS DEL SECTOR PÚBLICO.
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DOCUMENTO 02 MODELO ADMINISTRATIVO INDICE 1.
Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación. 1.1
Para consulta.
1.2
Pago de Bases.
1.3 Emisión de Comprobantes Fiscales por Concepto de “Otros Ingresos” (Facturación por venta de bases de licitaciones) 2.
3.
4.
Información General sobre el Procedimiento. 2.1
Condiciones Generales de la Licitación.
2.2
Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA-
Eventos previos a la presentación de propuesta. 3.1
Visitas a los sitios de instalación de los bienes. –NO APLICA-
3.2
Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.
3.3
Etapa de precalificación del licitante –NO APLICA-
Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento. 4.1. Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica. –NO APLICA4.2. Documentación que se entregará en el acto de recepción y apertura de propuesta. 4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos. 4.4. Acto de presentación y apertura de propuesta. 4.4.1. Métodos de evaluación. 4.4.2. Criterio de evaluación técnica y legal. 4.4.3. Criterio de evaluación económica. 4.4.4. Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio. 4.5. Negociación de precios. –NO APLICA4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos. –NO APLICA-
5
Criterios de adjudicación. 5.1. Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-
6.
Casos en que se declarará desierta la licitación.
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7.
Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.
8.
Causas de desechamiento de propuesta.
9.
Fallo.
10.
Inconformidades.
11.
Firma del Contrato.
12.
Aspectos contractuales básicos.
12.1 Contrato. 12.1.1 Vigencia. 12.1.2 Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato. –NO APLICA12.1.3 Ordenes de Suministro. –NO APLICA12.2. Condición, plazo y lugar de entrega de los Bienes. 12.3. Inspección de los Bienes. 12.3.1 12.4
Devolución y Reposición de Bienes.
Garantías 12.4.1 Garantía para el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos. 12.4.2 Garantía de la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad.
12.5. Anticipo –NO APLICA12.6. Condiciones y forma de pago. 12.6.1
Ajuste de Precios. –NO APLICA-
12.7. Facturación. 12.8. Penalizaciones. 12.9. Rescisión Administrativa del Contrato. 12.10. Información Reservada y Confidencial. 12.11. Seguros. 12.12. Fuentes de Financiamiento. –NO APLICA12.13. Propiedad Industrial y Derechos de Autor. 12.14. Anexo SSPA. Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan Actividades en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 12.15. Compromisos con la Transparencia.
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Información General Este procedimiento de contratación se convoca: Licitación Pública Internacional presencial, bajo la cobertura de los capítulos de compras de los tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos que se citan a continuación: TLC México-América del Norte, TLC MéxicoColombia, TLC México-Costa Rica; bajo la reserva permanente: TLC México-Israel, TLC México-Unión Europea (TLCUE), TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), TLC México-Japón y bajo la reserva transitoria de los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio que se citan a continuación: TLC México Chile. 1.
Consulta y/u obtención de las Bases de la Licitación.
La publicación de las Bases de la Licitación Pública se realizará a través de la página electrónica de Pemex Petroquímica (www.ptq.pemex.com), asimismo, la Convocante pondrá a disposición de los licitantes, de acuerdo a lo siguiente: 1.1
Para consulta:
: A.
En las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 8:30 horas a las 14:00 horas en días hábiles, en la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México.
B. A través de la página electrónica de Pemex Petroquímica en la dirección
electrónica: http://www.ptq.pemex.com 1.2
Pago de Bases:
El pago de las Bases de la Licitación se realizará en cualquiera de las opciones que se indican a continuación: a) A través del sistema de pago en Banco, mediante deposito en firme en la Institución Bancaria BANAMEX en la cuenta No. 7373951, Sucursal 757, con Clabe interbancaria No. 002854075773739515 a nombre de Pemex Petroquímica, indicando preferentemente el nombre del proveedor y el número de licitación correspondiente, para estar en posibilidades de cumplir con obligaciones fiscales (SAT). b) En el Domicilio de la Convocante en el horario comprendido de las 08:00 horas a las 14:00 horas en días hábiles, en: el KM 7.5 Carretera Coatzacoalcos– Villahermosa, Col. Centro, Código Postal 96400, en Coatzacoalcos, Ver., en la Ventanilla de la Jefatura de Adquisiciones. El pago solo podrá hacerse mediante entrega de Cheque certificado o de Caja a nombre de Pemex Petroquímica,
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expedido por institución bancaria autorizada para operar en la República Mexicana. El costo de las bases es de $2,150.00 M.N. (Dos Mil Ciento Cincuenta Pesos 00/100 M.N.) incluido el I.V.A. Será obligatorio presentar el recibo de pago correspondiente para obtener las bases y participar en cualquiera de los eventos de esta licitación. La fecha límite de pago de bases de licitación será el día: 07 de Agosto de 2013. Pemex Petroquímica, no se responsabiliza de la devolución del importe de los pagos que se realicen con posterioridad a la fecha límite: 07 de Agosto de 2013. 1.3
Emisión de Comprobantes Fiscales por Concepto de “Otros Ingresos” (Facturación por venta de bases de licitaciones)
Con base en el oficio PPQ-DG-SAF-GRM-SALM-30-2012 de fecha 30 de Abril de 2012 y en atención al oficio PPQ-DG-SAF-GRF-SC-246-2012 de fecha 10 de Abril de 2012, del acuerdo a la reforma fiscales para el ejercicio 2012 en relación a la facturación en Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI´s) y a la minuta del día 27 de Marzo de 2012 se acordó lo siguiente: 1.- Que las 72 horas de plazo para el envió al PAC (Proveedor Autorizado de Certificación de CFDI), se contabilizaran a partir de la fecha de emisión de la factura. 2.- Deberán de proporcionar el tipo de pago mediante el cual se deposito el ingreso de la venta de Bases de Licitación, así como los cuatro últimos dígitos de la cuenta bancaria correspondiente. Por lo anterior, para poder cumplir con las reformas fiscales en lo que se refiere a la facturación por venta de Bases de Licitaciones, es necesario que el formato debidamente requisitado de la solicitud de emisión de comprobantes fiscales por concepto de “Otros Ingresos” (Documento 21) sea enviado en la fecha del día en que se realice el depósito, con la finalidad de cumplir en tiempo y forma con las 72 horas de plazo para el envió al PAC. Los formatos de solicitudes (Documento 21) se recibirán de la siguiente forma:
Por medio electrónico a las direcciones
[email protected],
[email protected];
[email protected];
[email protected], en la fecha del día en que se realice el depósito (no se aceptaran solicitudes con fechas de días anteriores o posteriores).
En días hábiles de 8:30 A.M. a 13:00 P.M., con la finalidad de que se elaboren las facturas el mismo día en que se reciban las solicitudes, para que cuando se
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genere el proceso de “Transferencia al Repositorio de Bóveda Electrónica” estas se conviertan en factura electrónicas y posteriormente sean enviados los CFDI´s Nota: Las empresas que requieran facturas, deberán estar registradas en el sistema de facturación, en caso contrario deberán solicitar su alta 24 hrs. de anticipación al pago de las Bases. En caso de recibir las solicitudes para la generación de la factura por la compra de bases de la presente licitación pública, posterior a la fecha de que se realice el depósito, dichas facturas serán emitidas por PEMEX Petroquímica, pero ya no se podrán incluir como deducibles de impuestos ante la SHCP.
2.
Información General sobre el Procedimiento. 2.1. Condiciones Generales de la Licitación. No podrán participar las personas físicas o morales que se encuentren en alguno de los supuestos que señala el artículo 53 fracción V de la Ley, así como el artículo 12 de las DAC´S. 2.2
Participación de Testigos Sociales. –NO APLICA-
De conformidad con el artículo 85 de las DAC´S, PEMEX PETROQUÍMICA informa a los licitantes que en este procedimiento de contratación participa un testigo social, registrado ante la Secretaria de la Función Pública. 3.
Eventos previos a la presentación de propuesta. 3.1
Visitas a los sitios de instalación de los bienes. –NO APLICA-
3.2
Junta(s) de aclaraciones a las Bases de Licitación.
La(s) junta(s) de aclaración a las Bases de Licitación se llevará a cabo el día 30 de Julio de 2013 a las 10:00 horas, en la Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de los aspectos establecidos en las bases de licitación, las cuales podrán enviarse por correo electrónico en la siguiente dirección
[email protected] y
[email protected] o entregarlas personalmente en la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, en el domicilio de la convocante ubicado en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, sito en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones.
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Solo podrán hacer preguntas, planteamientos y solicitudes de modificación los licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo entregar copia simple del recibo correspondiente. Preferentemente indicar el numeral de las Bases de Licitación al que hacen referencia sus dudas, planteamientos y solicitudes de modificación. De cada junta de aclaraciones se levantará un acta en la que se harán constar las preguntas y solicitudes de modificación formuladas y las respuestas de Pemex Petroquímica. La convocante entregará una versión final de las bases a los licitantes invitados, al término de la última junta de aclaraciones, las cuales serán enviados a los licitantes, por los mismos medios que fueron invitados, los cuales deberán acusar de recibido. 3.3 4.
Etapa de precalificación del licitante –NO APLICA-
Requisitos que deberán cumplir los licitantes e instrucciones para elaborar las propuestas y desarrollo del procedimiento.
El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación: A)
Sólo podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros con los que, los Estados Unidos Mexicanos tenga celebrado un tratado de libre comercio, con los siguientes tratados: TLC México-América del Norte, TLC México-Colombia, TLC México-Costa Rica. Bajo la reserva permanente de los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio que se citan a continuación: TLC MéxicoIsrael (TLCIS), TLC México-Unión Europea (TLCUE), TLC México-Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), TLC México-Japón; es decir, no podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros que propongan bienes cuyo origen sea de alguno de los siguientes países: Israel, los pertenecientes a la Unión Europea, los pertenecientes a la Asociación Europea de Libre Comercio y Japón. Bajo la reserva transitoria de los capítulos de compras del sector público de los tratados de libre comercio que se citan a continuación: TLC México Chile; es decir; no podrán participar licitantes mexicanos y extranjeros, que propongan bienes cuyo origen sea de alguno del siguiente país: Chile. Deberán acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante:
Acreditar su existencia y personalidad jurídica, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, escrito que deberá contener los datos que se citan en el Documento 03, deberá proporcionar una dirección de correo electrónico, en caso de contar con él. El apoderado o
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representante que firme el Documento 03, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición. PARA EL CASO DE PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA: Copia simple legible del Acta Constitutiva de la Persona Moral del licitante debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio. Copia simple legible de la última reforma del Acta Constitutiva debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio. Copia simple legible de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio. Copia simple legible de la identificación Oficial con fotografía de la persona que suscriba la propuesta en nombre y representación del licitante (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla Militar, Cedula profesional) Copia simple legible de su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. PARA EL CASO DE PERSONA FISICA DE NACIONALIDAD MEXICANA: Copia simple legible del Acta de Nacimiento. Copia simple legible de la identificación Oficial con fotografía del licitante (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla Militar, Cedula profesional) Copia simple legible de su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En caso de que la propuesta sea suscrita por un representante legal del licitante (persona física) además deberá adjuntar: Copia certificada de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación a nombre del licitante (persona física) para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal. PARA EL CASO DE PERSONA FISICA O MORAL DE NACIONALIDAD EXTRANJERA. Copia simpe legible de los documentos equivalentes a las escrituras constitutivas, poderes o mandatos, apostillados (vigentes) y el registro correspondiente, expedidos en el extranjero. Cuando los documentos estén redactados en idioma extranjero, se deberá acompañar una traducción al español por perito o traductor autorizado. B)
Únicamente podrán participar licitantes que hayan pagado las bases de licitación, debiendo presentar copia simple legible del recibo de pago correspondiente dentro o fuera del sobre de su propuesta.
C)
Elaborar y entregar la propuesta; la documentación distinta a éstas; así como las manifestaciones requeridas en estas bases de licitación, deberán entregarse en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Las propuestas deberán estar firmadas autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que las contenga.
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Las propuestas se presentarán dentro de sobre(s) cerrado(s), preferentemente identificado con la siguiente información:
Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de licitación. Descripción de los bienes objeto de la Licitación.
Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar las propuestas foliadas en papel membretado de la empresa, establecer un índice del contenido de la propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar la propuesta. D)
Entregar la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, conforme al Documento 07.
E)
Elaborar su propuesta técnica, conforme al Documento 06, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas de los Bienes que propone de acuerdo a lo solicitado en el Documento 01. Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma distinto al español, acompañados de una traducción simple al español. La proposición, los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica que presente el licitante, deberán ser completamente congruentes con lo ofertado y lo solicitado en el Documento 01, de estas bases de licitación. Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes Propuestos, ya que será motivo para desechar la propuesta.
F)
Elaborar su propuesta económica en Pesos Mexicanos ó Dólares Americanos conforme al Documento 06-A. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). No se aceptan precios condicionados o variables.
G) Se podrán presentar propuesta conjuntas de conformidad con el artículo 24 de las
DAC´S, observando los términos establecidos en estas Bases de Licitación. G.1) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuestas, bastará que alguno de los integrantes del grupo, presente el recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica. G.2) Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes: a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de personas integrantes, identificando en su caso, los datos de escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de personas morales, y de haberlas, sus reformas y modificaciones como el nombre de los socios que aparezcan en éstas;
las las las así
b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación; c) Se requerirá la designación de un representante común para participar en la licitación y para suscribir y presentar la propuesta, así como cualquier otra clase de documentos que se requieran; d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones; e) Estipulación expresa de que los integrantes de la propuesta conjunta se obliguen en forma solidaria respecto de la totalidad de las obligaciones derivadas del contrato correspondiente; En caso de resultar ganadora la propuesta conjunta, el contrato deberá ser firmado por cada una de las personas participantes en la propuesta, debiendo quedar estipulado que cada una de ellas quedará obligada solidariamente ante PEMEX PETROQUÍMICA. En el caso de que los participantes constituyan una sociedad de propósito específico, el contrato será suscrito por dicha sociedad la cual figurará como Proveedor o Contratista y por los participantes en la propuesta como obligados solidarios; PEMEX PETROQUÍMICA no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina ó sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 59 de la Ley; f)
La propuesta deberá señalarse a la persona que actuará como líder en la ejecución del contrato. Adicionalmente, deberán adjuntar los instrumentos que regulen el control del consorcio por quien actúe como
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líder en la ejecución del contrato, la resolución de controversias entre los participantes y los acuerdos de indemnización entre los mismos; g) Aquellas entidades que controlen o se relacionen corporativamente, directa o indirectamente, con los integrantes de la propuesta conjunta, se obliguen en forma solidaria con éstos cuando su capacidad financiera no sea suficiente para garantizar el cumplimiento del contrato. G.3) Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la propuesta conjunta, conforme al numeral 4 inciso A), de estas Bases de Licitación. G.4) Firmar la propuesta por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo. G.5) Presentar el escrito a que se hace referencia en el inciso D) del numeral 4 de estas Bases de Licitación, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta. G.6) De resultar ganadora la propuesta conjunta, presentar la garantía de cumplimiento del Contrato, la cual deberá otorgarse conforme al numeral 12.4 G.7) La opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales a que se hace referencia en el tercer párrafo del numeral 11 de estas Bases de Licitación, deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del Contrato. H)
Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de propuesta, preferentemente entregar el Documento 03-A, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en el acto de presentación y apertura de propuesta.
I)
Con el propósito de agilizar el desarrollo de la etapa de precalificación de licitantes, preferentemente entregar el Documento 04, en el cual se indicará la documentación que se presenta. La omisión de este documento no será motivo de descalificación. Dicho documento servirá como constancia de recepción de la documentación que se entregue en la etapa de precalificación de licitantes. –NO APLICA-
J)
Esta licitación se llevará a cabo de manera presencial. No se aceptará el envío de propuestas por medios de comunicación electrónica, por servicio postal o de mensajería.
K)
Si el licitante oferta bienes de origen nacional, a fin de acreditar el cumplimiento del contenido nacional para adquisiciones de bienes, deberá presentar e incluir
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en el sobre que contenga la proposición, un escrito libre o bien utilizando el formato propuesto en la presente convocatoria, Documento 20, “Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación, para dar cumplimiento a los dispuesto en la regla 8 de las Reglas para la determinación, acreditación y verificación de contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal”, en el que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que: a)
b)
Los bienes que ofertan para las partidas respectivas y que entregarán, serán producidos en los Estados Unidos Mexicanos, y además contendrán como mínimo el 65 % de contenido nacional requerido, de conformidad con la Regla 5 de las Reglas antes mencionadas y Que tienen conocimiento de lo establecido en el segundo párrafo del artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, en el sentido de que, en caso de ser requeridos, exhibirán la información documental y/o permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes ofertados y adjudicados, a fin de que la Secretaría verifique el cumplimiento de los requisitos sobre el contenido nacional de dichos bienes.
En este supuesto y en caso de resultar adjudicado, a la entrega de los bienes, deberá presentar ante Pemex Petroquímica, únicamente para efectos informativos y estadísticos, un escrito libre o bien, utilizando el formato propuesto en la presente convocatoria, Documento 20-A “Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes adjudicados para dar cumplimiento a lo dispuesto en la regla 9 de las Reglas para la determinación, acreditación y verificación de contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal”, en el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad, el nombre de la empresa fabricante y el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes entregados en el procedimiento de contratación respectivo. L)
Contar con experiencia de cuando menos ____ en el suministro de los Bienes, lo cual deberá demostrarse con lo indicado en el Documento 01. –NO APLICA-
M) Contar con la capacidad técnica y financiera necesaria, lo cual deberá acreditarse con lo indicado en el Documento 01. –NO APLICAN)
El grado de contenido nacional con el que deberán cumplir los bienes que se oferten en la presente licitación, deberá ser: 0% para Bienes de Importación; 65% como mínimo para de Bienes Nacionales.
O)
El licitante propondrá un solo precio para el lugar de entrega.
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P)
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Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten en su propuesta, el tipo de empresa a la que corresponden. Se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, de conformidad con los siguientes criterios:
Estratificación Tamaño
Sector
Rango de número de trabajadores
Rango de monto de ventas anuales (mdp)
Tope máximo combinado*
Micro
Todas
Hasta 10
Hasta $4
4.6
Comercio
Desde 11 hasta 30
Desde $4.01 hasta $100
93
Industria y Servicios
Desde 11 hasta 50
Desde $4.01 hasta $100
95
Comercio
Desde 31 hasta 100 Desde 51 hasta 100
235
Servicios
Desde $100.01 hasta $250
Industria
Desde 51 hasta 250
Desde $100.01 hasta $250
250
Pequeña
Mediana
*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%.
El tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90%, el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría. Lo anterior para estar en posibilidad de contar con una base de información que coadyuve a la promoción, la instalación y operación de las empresas micro, pequeñas y medianas. La omisión de esta manifestación, no es motivo para desechar la propuesta. Q)
Los bienes que el licitante proponga y entregue deberán ser nuevos.
R)
Los bienes y/o servicios que integran las presentes Bases de Licitación no podrán ser subcontratados de acuerdo a lo indicado en el Documento 01.
S)
De conformidad con las REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28
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de diciembre de 2010, se deberá presentar, como parte de la oferta técnica, un escrito en el que el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad que: 1. En el supuesto de que sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferta en dicha propuesta y suministrará, será(n) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos, conforme al Documento 19. (Bienes Nacionales) 2. En el supuesto de que sea adjudicado el contrato respectivo, el (la totalidad de los) bien(es) que oferta, son originarios de México y cumplen con la regla de origen aplicable en materia de contratación pública de conformidad con los Tratados de Libre Comercio, utilizando el formato del Documento 19-A. (Bienes originarios de México) 3. En el supuesto de que sea adjudicado el contrato respectivo, el (la totalidad de los) bien(es) que oferta, son originarios del país correspondiente, que tiene suscrito con los Estados Unidos Mexicanos un Tratado de Libre Comercio, de conformidad con la regla de origen establecida en el capítulo de compras del sector público de dicho tratado, utilizando el formato del Documento 19-B. (Bienes de importación) Las opciones son a cargo del licitante. T)
Los licitantes deberán acreditar todas las partidas que oferten Bienes Nacionales, incluyendo en sus proposiciones un escrito libre o utilizando en el Documento 05A, en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que: 1.1.1. Los bienes que ofertan en las partidas respectivas y que entregarán, serán de Fabricación Nacional y contendrán como mínimo el Grado de Integración Nacional establecido en el Documento 05. Calculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. (GIN) 1.1.2. Que están de acuerdo en que, en caso de ser requerido, exhibirán la información documental y/o permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes ofertados y suministrados, a fin de que se compruebe el cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de dichos bienes. Los licitantes con Oferta de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados, deben incluir en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad que cada uno de los bienes de importación que ofertan en las partidas correspondientes son originarios de alguno de los países con los que México ha suscrito cualesquiera de los Tratados a que se refiere el Documento 05. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados
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del presente anexo, por cumplir con las reglas de origen aplicable a dichos Tratados. Los licitantes podrán presentar las manifestaciones en escrito libre o utilizando el Documento 05-B. U)
El licitante adjudicado o proveedor independientemente de que haya ofertado Bienes Nacionales o no, deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante del Bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. Esta manifestación deberá ser entregada en un escrito libre ó utilizando el “Documento 05-C”. En caso de que el proveedor no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito indicado en el apartado anterior, el proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado. Esta manifestación deberá ser entregada en un escrito libre ó utilizando el “Documento 05-D”. Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los dos párrafos anteriores, deberán ser entregadas para cada una de las partidas que el licitante adjudicado o PROVEEDOR suministre. Lo anterior, en cumplimiento a la estrategia para apoyar el desarrollo de proveedores y contratistas nacionales como parte del Plan Estratégico Integral de Negocios, establecida en el Documento 05 de esta convocatoria, denominado “Determinación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados” emitido por la Dirección Corporativa de Operaciones de Petróleos Mexicanos, con fundamento en el articulo decimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos.
4.1
Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica. –NO APLICA-
4.2 Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de propuesta. Así mismo, con el propósito de facilitar la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica y agilizar la conducción del acto de presentación y apertura de propuesta, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el Documento 03-A –NO APLICA-
4.3. Indicaciones generales para el desarrollo de los actos. A) Para intervenir en el acto de presentación y apertura de propuesta, bastará que el licitante, presente el recibo de pago de bases de licitación y el escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada. BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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B) El acto de presentación y apertura de propuesta iniciará a la hora establecida en estas Bases de Licitación, por lo que se recomienda al licitante su presencia con 30 minutos de anticipación a la hora establecida, ya que una vez iniciado el acto, no se recibirán las propuestas de aquellos licitantes que hayan llegado después de la hora señalada y no se admitirá el ingreso de documentos adicionales a las propuestas entregadas. C) Queda estrictamente prohibido el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde se desarrollen los actos que deriven de esta licitación, con el objeto de mantener orden y respeto. D) El servidor público designado por la Convocante para presidir los actos que deriven de esta licitación, será el único facultado para recepcionar las propuestas sin que ello implique la evaluación de su contenido, y en general, para tomar todas las decisiones durante la realización de los mismos, en los términos de la normatividad vigente. E) En el acto de presentación y apertura de propuesta, la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas. F) En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de propuesta, por causas ajenas a la voluntad de Petróleos Mexicanos o la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones previas. –NO APLICA-
G) Las actas de las juntas de aclaraciones, del acto de presentación y apertura de propuesta, y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los licitantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará un ejemplar del acta correspondiente o aviso de referencia en el tablero de la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos de Pemex Petroquímica, ubicado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, por un término no menor de cinco días hábiles. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en la página electrónica de PEMEX PETROQUÍMICA para efectos de su notificación a los licitantes que no hayan asistido al acto. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. 4.4
Acto de presentación y apertura de propuesta.
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El acto de presentación y apertura de propuesta se llevará a cabo de conformidad con lo que dispone el artículo 28 de las DAC´S, el día 19 de Agosto de 2013 a las 10:00 horas, ubicada en la Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o entidad designe, rubricarán las propuestas, las que para estos efectos constarán documentalmente. 4.4.1 Métodos de evaluación. Los métodos de evaluación que se emplearán en las presentes bases de licitación serán: Técnico:
Binario
Económico:
Precio más bajo
Bajo los siguientes criterios: 4.4.2 Criterio de evaluación técnica y legal.
A. Los requisitos técnicos que serán evaluados son los solicitados el punto 4 incisos: A, B, C, D, E, K, N, O, P, Q, R, S, T, U y con el Documento 06.
B. Se evaluarán técnicamente todas las propuestas, verificando que los Bienes propuestos cumplan con lo solicitado en el Documento 01, y en su caso, los que se hayan derivado de la(s) junta(s) de aclaración (es) a las Bases de Licitación.
C. En el caso de propuestas conjuntas todos los integrantes del grupo deberán cumplir con los requisitos indicados en el inciso G) del punto 4, por lo que, el incumplimiento de cualquiera de éstos, afectará la solvencia de la totalidad de la propuesta, en cuyo caso será desechada.
D. Los aspectos que serán evaluados para acreditar la capacidad técnica y financiera serán: (Indicar por el Área Administradora del Proyecto). –NO APLICA-
E. Los aspectos que serán evaluados para acreditar la experiencia serán: (Indicar por el Área Administradora del Proyecto). –NO APLICA-
F. La evaluación se hará por partida; ante la omisión o incumplimiento a lo requerido en estas Bases de Licitación de algún bien integrante de dicha partida, la propuesta será desechada.
G. La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario.
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H. La propuesta económica deberá cumplir con los requisitos que se solicitan en el punto 4 inciso F, O, y con el Documento 06-A.
I.
Se verificarán los precios que cotice el licitante conforme al método de evaluación económico indicado en el numeral 4.4.1
J. La propuesta será evaluada considerando (el) (los) siguiente(s) concepto(s): –NO APLICA-
4.4.3 Criterio de evaluación económica. A.- La base para evaluar la propuesta económica será el precio unitario. B.- L a propuesta debe cumplir con los requisitos que se solicitan en los puntos 4 incisos F, O, así como el Documento 06-A. C.- Para homologar las propuestas en moneda nacional se utilizará el tipo de cambio peso mexicano/dólar de los Estados Unidos de América que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación el día en que se realice el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. D.- En la evaluación de las propuestas se verificará el precio no aceptable, para lo cual la convocante aplicará las siguientes opciones, en tal caso la propuesta será desechada. Precio no aceptable: es aquel que la convocante puede dejar de considerar para efectos de adjudicación por que se ubica arriba del precio calculado a partir de aplicar cualquiera de las siguientes opciones a elección de la convocante: I. El que resulte de sumar un 10 por ciento al precio que se obtiene después de sacar la mediana a los precios obtenidos de la investigación de mercado. II. El que se obtiene después de sumarle un 10 por ciento al promedio de las ofertas presentadas en la propia licitación, las cuales deben ser aceptadas técnicamente. Para la utilización de esta opción, se deberá contar con por lo menos tres proposiciones aceptadas técnicamente. E.- Se verificará si los precios que cotice el licitante son convenientes, según lo que establece el artículo 2 de la Ley (LAASSP), y artículo 51 de su reglamento: Precio conveniente: es aquel que se determina a partir de obtener el promedio de los precios preponderantes que resulten de las proposiciones aceptadas técnicamente en la licitación, y a este se le resta el porcentaje que determine la dependencia o entidad en sus políticas, bases y lineamiento. El cálculo del precio conveniente únicamente se llevará a cabo cuando se requiera acreditar que un precio ofertado se desecha porque se encuentra por debajo del precio determinado conforme a la fracción XII del artículo 2 de la Ley (LAASSP). Para calcular cuándo un precio es conveniente, los responsables de hacer la evaluación económica aplicarán la siguiente operación:
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I. Los precios preponderantes de las proposiciones aceptadas en una licitación pública, son aquéllos que se ubican dentro del rango que permita advertir que existe consistencia entre ellos, en virtud de que la diferencia entre los mismos es relativamente pequeña; II. De los precios preponderantes determinados, se obtendrá el promedio de los mismos. En el caso de advertirse la existencia de dos o más grupos de precios preponderantes, se deberá tomar el promedio de los dos que contengan los precios más bajos; III. Al promedio señalado en la fracción anterior se le restará el porcentaje fijado en las políticas, bases y lineamientos de las dependencias y entidades, el cual no podrá ser inferior al cuarenta por ciento, y IV. Los precios cuyo monto sea igual o superior al obtenido de la operación realizada conforme a este apartado serán considerados precios convenientes. La convocante aclara que los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente, podrán ser desechados por la convocante, con fundamento en los artículos 36 y 36 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La convocante que, en términos de lo dispuesto en este artículo, deseche los precios por considerar que no son convenientes o determine que son no aceptables, no podrá adjudicar el contrato a los licitantes cuyas proposiciones contengan dichos precios, debiendo incorporar al fallo lo señalado en la fracción III del artículo 37 de la Ley (LAASSP). 4.4.4 Procedimiento de desempate de ofertas iguales en precio. Si derivado de la evaluación económica se obtuviera un empate en el precio de dos o más propuesta, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales. En caso de subsistir el empate entre las personas pertenecientes al sector descrito en el párrafo anterior, se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá el boleto del licitante ganador, en presencia de los licitantes que asistieren. 4.5
Negociación de Precios –NO APLICA-
4.6. Ofertas subsecuentes de descuentos –NO APLICA5.
Criterios de adjudicación. Una vez efectuada la evaluación de las propuestas, el contrato se adjudicará a:
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I. Aquél cuya propuesta resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación de aspectos técnicos, legales y económicos establecidos en esta licitación, y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más propuestas son solventes, el contrato se adjudicará a quien presente la propuesta cuyo precio sea el más bajo. II. La propuesta que tenga la mejor evaluación combinada en términos de los criterios de puntos y porcentajes o de costo beneficio. –NO APLICAlIl. La adjudicación del Contrato será por: Partida Completa 5.1 6.
Abastecimiento simultáneo. –NO APLICA-
Casos en que se declarará desierta la licitación.
La Convocante podrá declarar desierta la licitación en los casos previstos en el artículo 36 de las DAC´S. 7.
Cancelación de la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas.
La Convocante podrá cancelar la licitación, partidas o conceptos incluidos en éstas, conforme a los supuestos previstos en el artículo 37 de las DAC’S. La Convocante podrá cancelar la licitación o una o varias solicitudes de pedido o posiciones cuando se presente caso fortuito, fuerza mayor, cuando existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para adquirir estos bienes o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Organismo. Pemex Petroquímica cubrirá el costo de las Bases a los licitantes únicamente cuando la cancelación obedezca a circunstancias justificadas que extingan la necesidad de adquirir los bienes o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Organismo. 8.
Causas de desechamiento de propuesta.
Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las situaciones, que se enlistan de manera enunciativa, más no limitativa en el Documento 16 y que afecte la solvencia de la propuesta. 9.
Fallo.
El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto en los artículos 33, 34 y 35 de las DAC´S, el día 02 de Septiembre de 2013 a las 16:00 horas, en la Sala de Juntas de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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10.
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Inconformidades.
En términos de lo establecido en el artículo 35, segundo párrafo de la Ley, la Secretaría de la Función Pública y los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios, serán competentes para conocer de las inconformidades, así como del procedimiento de conciliación, de las Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo previstas en el artículo 51 de la Ley, los cuales se substanciarán conforme a lo dispuesto en el artículo 37 y el Título Sexto de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y en el artículo 39 y el Título Séptimo de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en PEMEX PETROQUÍMICA ubicado en: Jacarandas No. 100, Col. Rancho Alegre I, Nivel C-1, a la atención del C. P. ALEJANDRO VALENCIA LOPEZ, en días y horas hábiles o, en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Sexto, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO. 11.
Firma del Contrato.
La firma del Contrato se hará a mas tardar el día 13 de Septiembre de 2013, y en defecto de tales previsiones, dentro de 15 días naturales siguientes al de la notificación del fallo, en: la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones, localizada en el interior del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, y en el horario comprendido de las 08:00 a 14:00 horas. El licitante adjudicado, previo a la firma del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo de los documentos indicados en el numeral 4 inciso A) de las presentes bases de licitación. Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero y cuarto párrafos del Código Fiscal de la Federación (CFF), cuando el monto del contrato sea superior a $300,000.00 M.N. sin incluir el IVA, al momento de suscribir el contrato deberá presentar y entregar lo siguiente: a) Documento vigente expedido por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) (“acuse de respuesta”), en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales de conformidad con la Regla I.2.1.15. así mismo lo dispuesto en la Regla II.2.1.13 comprendida dentro de la misma (Procedimiento para contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la “Resolución Miscelánea Fiscal para 2013”, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de diciembre de 2012; y b) Escrito en el cual manifieste bajo protesta de decir verdad que el acuse de respuesta fue obtenido de la página de Internet del SAT utilizando su clave BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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CIECF, derivado de la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos señalados en la Regla II.2.1.13. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2013, publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de diciembre de 2012, en apego al modelo de manifestación que se presenta como Documento 11-A. Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar a las autoridades fiscales, preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que tenga conocimiento del fallo o adjudicación correspondiente, la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones en términos de lo dispuesto por la regla II.2.1.13. Procedimiento que debe observarse para la obtención de la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales: II.2.1.13. Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento: I. Ingresarán a la página de Internet del SAT, en la opción “Mi Portal”, con la clave CIECF. II. Una vez elegida la opción de la del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta. a) La autoridad a fin de emitir la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante: 1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento, y que la clave del RFC esté activa. 2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de declaración anual correspondiente al último ejercicio por el que se encuentre obligado del ISR e IETU y se encuentra al corriente en la presentación de los pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como pagos definitivos del IVA y del IEPS; del ejercicio fiscal en el que se solicita la opinión y el anterior, así como las declaraciones informativas de IEPS a que se refieren las reglas II.6.2.2., II.6.2.11., II.6.2.13., II.6.2.15., II.6.2.16., II.6.2.17., II.6.2.18., II.6.2.19., II.6.2.21. y II.6.2.22. 3. No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, Impuesto al Activo, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales. 4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla I.2.16.1. 5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no hayan incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF. Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas con la clave del RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un caso de aclaración a través de su portal y una vez que tenga la respuesta de que ha quedado solventada la aclaración, deberá generar nuevamente la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales. Cuando la citada opinión arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través de su portal; la ALSC que le corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales y la enviará al portal del contribuyente. La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia el primer párrafo de la presente regla que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión. Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados. Si PEMEX PETROQUÍMICA, en la fecha de formalización del contrato, no recibe por parte del licitante adjudicado el acuse de respuesta, o bien, si la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales arroja inconsistencias, PEMEX PETROQUÍMICA se abstendrá de formalizar el contrato con dicho licitante, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Cuando una propuesta conjunta resulte adjudicada con un contrato, dicho instrumento deberá ser firmado por el representante legal de cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se considerará, para efectos del procedimiento y del contrato, como responsables solidarios o mancomunados, según se establezca en el propio contrato. Documento vigente a la firma del contrato, expedido por el SAT en el que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en sentido positivo, indicado en este apartado, deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que las personas que integran la proposición conjunta puedan constituirse en una nueva sociedad, para dar cumplimiento a las obligaciones previstas en el convenio de proposición conjunta, siempre y cuando se mantenga en la nueva sociedad las responsabilidades de dicho convenio. Para los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre o utilizando el formato de manifestación que se presenta como Documento 11-B que entregarán a la convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ALSC más cercana a su domicilio. El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, podrá ser inhabilitado temporalmente para participar el procedimientos de contratación o celebrar contratos, conforme al artículo 59 de la Ley y el contrato podrá ser adjudicado al licitante que hubiere quedado en segundo lugar en el procedimiento, siempre y cuando su propuesta sea dictaminada por la Administradora de Proyecto como solvente del artículo 52 de las DAC´S. 12.
Aspectos contractuales básicos.
Como Documento 15 se incluye el modelo-guía de contrato. 12.1 Contrato. 12.1.1 Vigencia. La vigencia del contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye hasta que se formalice el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes. 12.1.2 Presupuesto o Cantidad(es) del Contrato. –NO APLICA12.1.3 Ordenes de Suministro. –NO APLICA12.2 Condición, plazo y lugar de entrega de los bienes. La Condición de Entrega que aplicará es DDP (INCOTERMS 2010). A
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA VENDEDORA
A1 Obligaciones generales del vendedor El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de compraventa y cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato. Cualquier documento al que se haga referencia en Al-Al0 puede ser un documento o procedimiento electrónico equivalente si así se acuerda entre las partes o si es habitual. A2 Licencias, autorizaciones, acreditaciones de seguridad y otras formalidades Cuando sea aplicable, el vendedor debe obtener, a su propio riesgo y expensas, cualquier licencia de exportación e importación y otra autorización oficial y llevar a cabo todos los trámites aduaneros necesarios para la exportación de la mercancía, para su transporte a través de cualquier país y para su importación. A3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte El vendedor debe contratar a sus propias expensas el transporte de la mercancía hasta el l ugar de destino designado o hasta el punto acordado, si lo hay, en el lugar de destino designado. Si no se acuerda un punto específico o-si no lo determina la práctica, el vendedor puede elegir el punto en el lugar de destino designado que mejor le convenga.
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b)
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Contrato de seguro El vendedor no tiene ninguna obligación ante el comprador de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el vendedor debe proporcionar al comprador, a petición, riesgo y expensas (si las hay) de este último, la información que el comprador necesite para obtener el seguro.
A4 Entrega El vendedor debe entregar la mercancía poniéndola a disposición del comprador en los medios de transporte de llegarla preparada para la descarga en el punto acordado, si lo hay en el lugar de destino designado en la fecha acordada o dentro del plazo acordado. A5 Transmisión de riesgos El vendedor corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía hasta que se haya ent r egado de acuerdo con A4, con la excepción ele la pérdida o daño causados en las circunstancias descritas en E5. A6 Reparto de costos El vendedor debe pagar a) además de los costos resultantes de A3 a), todos los costos relativos a la mercancía hasta que se haya entregado de acuerdo con A4, diferentes de los pagaderos por el comprador como se prevé en B6; b)
cualquier gasto de descarga en el lugar de destino que friera por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; y
c)
cuando sea aplicable, los costos ele los trámites aduaneros necesarios para la exportación y la importación así como todos los derechos, impuestos y demás gastos pagaderos en la exportación e importación de la mercancía, y los costos de su transporte a través de cualquier país antes de la entrega de acuerdo con A4.
A7 Notificaciones al comprador El vendedor debe dar al comprador todo aviso necesario para permitir al comprador adoptar las medirlas normalmente necesarias que permitan a este último proceder a la recepción de la mercancía. A8 Documento de entrega El vendedor debe proporcionar al comprador, a expensas del vendedor, el documento que permita al comprador proceder a la recepción de la mercancía como se prevé en A4 /B4. A9 Comprobación - embalaje - marcado El vendedor debe pagar los costos de las operaciones de verificación (tales como la comprobación de la calidad, medidas, pesos o recuentos) necesarias al objeto de entregar la mercancía de acuerdo con A4, así como los costos de cualquier inspección previa al embarque ordenada por las autoridades del país de exportación o de importación El vendedor debe, a sus propias expensas, embalar la mercancía, a menos que sea usual para ese comercio en particular el transportar sin embalar el tipo de mercancía vendida. El vendedor puede embalar la mercancía de la manera apropiada para su transporte, a menos que el comprador le haya notificado requisitos específicos de embalaje antes de que haya concluido el contrato de compraventa. El embalaje ha de marcarse adecuadamente. Al0 Ayuda con la información y costos relacionados El vendedor debe, cuando sea aplicable, en el momento oportuno, proporcionar o prestar ayuda para obtener para el comprador, a - petición, riesgo y expensas de este último, cualquier documento e información, incluyendo la información relacionada con la seguridad, que necesite el comprador para el transporte de la mercancía hasta el destino final, cuando sea aplicable, desde el lugar de destino designado. El vendedor debe reembolsar al comprador todos los costos y gastos en que este último haya incurrido al proporcionar o prestar ayuda para obtener los documentos y la información como se prevé en B10. B OBLIGACIONES DE LA EMPRESA COMPRADORA B1 Obligaciones generales del comprador El comprador debe pagar el precio de la mercancía según lo dispuesto en el contrato de compraventa. Cualquier documento al que se haga referencia en B1-Bl0 puede ser un documento o procedimiento electrónico equivalente si así se acuerda entre las partes o si es habitual.
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B2 Licencias, autorizaciones, acreditaciones de seguridad y otras formalidades Cuando sea aplicable, el comprador debe proporcionar ayuda al vendedor, a petición, riesgo y expensas del vendedor, para obtener cualquier licencia de importación u otra autorización oficial para la importación de la mercancía. B3 Contratos de transporte y seguro a) Contrato de transporte El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de transporte. b) Contrato de seguro El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de seguro. Sin embargo, el comprador debe proporcionar al vendedor, si se le pide, la información necesaria para obtener el seguro B4 Recepción El comprador debe proceder a la recepción de la mercancía cuando se haya entregado como se prevé en A4. B5 Transmisión de riesgos El comprador corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía desde el momento en que haya entregado como se prevé en A4. Si a)
el comprador incumple sus obligaciones de acuerdo con B2, entonces corre con todos los riesgos resultantes de pérdida o daño causados a la mercancía; o
b)
el comprador no da aviso de acuerdo con B7, entonces corre con todos los riesgos de pérdida o daño causarlos a la mercancía desde la fecha acordada o la fecha de expiración del plazo acordado para la entrega, siempre que la mercancía se haya identificado claramente como la mercancía objeto riel contrato.
B6 Reparto de costos El comprador debe pagar a) todos los costos relativos a la mercancía desde el momento en que se haya entregarlo como se prevé en A4; b)
todos los costos ele descarga necesarios para proceder a la recepción de la mercancía desde los medios de transporte de llegada en el lugar de destino designarlo, salvo que tales costos fueran por cuenta del vendedor según el contrato de transporte; Y
c)
cualquier costo adicional contraído si incumple sus obligaciones de acuerdo con B2 o si no da aviso de acuerdo con B7, siempre que la mercancía se haya identificado claramente como la mercancía objeto del contrato.
B7 Notificaciones al vendedor El comprador debe, siempre que tenga derecho a determinar el momento dentro de un plazo acordarlo y/o el punto para proceder a la recepción de la mercancía en el lugar de destino designarlo, ciar aviso suficiente de ello al vendedor. B8 Prueba de la entrega El comprador debe aceptar la prueba de la entrega proporcionada como se prevé en A8. B9 Inspección de la mercancía El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de pagar los costos de cualquier inspección obligatoria previa al embarque ordenada por las autoridades del país de exportación o de importación. B10 Ayuda con la información y costos relacionados El comprador debe avisar al vendedor, en el momento oportuno, de cualquier requisito de información sobre seguridad de manera que el vendedor pueda cumplir con A10. El comprador debe reembolsar al vendedor todos los costos y gastos en que este último haya incurrido al proporcionar o prestar ayuda para obtener documentos e información como se prevé en A10. El comprador debe, cuando tica aplicable, en el momento oportuno, proporcionar o prestar ayuda para obtener para el vendedor, a petición, riesgo y expensas de este último, cualquier documento e información, incluyendo la información relacionada con la seguridad, que el vendedor necesite para el transporte, exportación e importación de la mercancía y para su transporte a través de cualquier país
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*Extracto Incoterms 2010 DDP.
Solo en caso de propuestas de bienes de origen nacional (con grado de contenido nacional mayor o igual al 65%) no se debe considerar la estipulación relativa a la exportación o importaciones. El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes, en un plazo de 47 (Cuarenta y Siete) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato por el PROVEEDOR. En este plazo se consideran los 07 (siete) días naturales que tiene Pemex Petroquímica para realizar la inspección de los bienes. Los bienes serán entregados en Receptoría de Materiales del Almacén Local (431) del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicado en Carretera CoatzacoalcosVillahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, a la atención de Lic. F. Elena Martínez Cano, en días hábiles y en el siguiente horario: de 07:30 a 13:30 horas. El Proveedor deberá entregar los Bienes amparados en el Contrato, a más tardar el día en que concluya el plazo pactado, salvo que el mismo coincida con un día inhábil, en cuyo caso la fecha de entrega se correrá hasta el siguiente día hábil sin dar lugar a la aplicación de penalizaciones, sin embargo, si el término del plazo no coincide con un día inhábil y el Proveedor no entrega los Bienes en esa fecha, los días inhábiles siguientes contarán como naturales para efectos de la aplicación de penalizaciones. Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: Entregas Parciales de Partidas Completas.
Previo a la entrega de los bienes muebles, el proveedor deberá presentar una solicitud de inspección al área o personal designado para realizarla, indicando el número (s) de partida a inspeccionar, así como el número del contrato. El tiempo máximo utilizado por el área o personal designado para atender la solicitud de inspección de bienes es de siete días naturales a partir de la fecha de recepción de la solicitud de inspección de bienes, que deberá estar considerado dentro del plazo de entrega de los bienes, de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. Recibidos físicamente los bienes, PEMEX PETROQUÍMICA a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de 10 (diez) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a
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favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado. El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta. El documento donde conste el finiquito formará parte del contrato. Si procede, PEMEX PETROQUÍMICA solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PEMEX PETROQUÍMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. 12.3 Inspección de los Bienes. La inspección que realice PEMEX PETROQUIMICA a los bienes amparados en el contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados. El NIVEL DE INSPECCIÓN que aplicará será Nivel III de conformidad con lo indicado en el Documento 17. El área que realizará la Inspección será la Jefatura del Departamento de Mantenimiento DC-II/III. El lugar donde se llevará a cabo será en Receptoría de Materiales del Almacén Local (431) del Complejo Petroquímico Pajaritos. La inspección de los bienes se realizará de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre del 2009. El Proveedor de los bienes deberá entregar la solicitud de Inspección al área o personal designado para realizar la inspección por PEMEX PETROQUÍMICA, de acuerdo a lo establecido en el contrato respectivo, debiéndose entregar el escrito de solicitud directamente o a través de fax ó correo electrónico. Dicho documento debe contener el membrete, la razón social de la empresa, número de teléfono, nombre y firma de un representante, los datos para relacionar el bien, arrendamiento o servicio con el contrato especifico, así como indicar lugar, fecha, horario de atención, personal facultado por el proveedor para atender la inspección o supervisión en el lugar de entrega.
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Al realizar la inspección de bienes, el proveedor deberá entregar como mínimo, copia de la siguiente documentación: Remisión o factura. –SI APLICAPedimento de importación –SI APLICA PARA BIENES DE IMPORTACIONCertificado de origen –SI APLICA PARA BIENES DE IMPORTACIONGarantía Comercial –SI APLICACertificados de calidad o informes de resultados de laboratorio –SI APLICA Resultado de las pruebas durante el proceso –NO APLICAProtocolo de pruebas. –NO APLICADocumentación técnica. –SI APLICAi) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. –SI APLICAa) b) c) d) e) f) g) h)
12.3.1 Devolución y Reposición de Bienes. En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía en términos de la cláusula de garantías PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones que se requieran en un plazo no mayor a 30 días naturales, sin que las sustituciones impliquen su modificación lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. Si el PROVEEDOR no lleva a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PEMEX PETROQUÍMICA, podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR. 12.4 Garantías. 12.4.1 Garantía para el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos. El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA. El PROVEEDOR deberá manifestar expresamente: BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA. B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial. C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente. En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA. F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación: 1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. La rescisión del contrato y su notificación. 6. Copia del finiquito. 7. Cuantificación del importe reclamado. La garantía de cumplimiento del contrato deberá entregarse en la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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Petroquímico Pajaritos, localizada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México en el horario de: 08:00 a 14:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Documento 08, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. El PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo. La Fianza de Cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la Fianza. 12.4.2 Garantía de la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad. El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los bienes, deberá presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, dentro de los diez días naturales siguientes al acta de entrega de los bienes, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos en los bienes consistente en: Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (diez por ciento) del importe total de los bienes entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PEMEX PETROQUÍMICA. El PROVEEDOR deberá manifestar expresamente: A. Que queda obligado ante PEMEX PETROQUÍMICA para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PEMEX PETROQUÍMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PEMEX PETROQUÍMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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B.
C.
D.
E.
F.
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trabajos o podrá llevarlos a cabo PEMEX PETROQUÍMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora. En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PEMEX PETROQUÍMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PEMEX PETROQUÍMICA. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX PETROQUÍMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX PETROQUÍMICA. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX PETROQUÍMICA. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación: 1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios.
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3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación. 5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados. La garantía de la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad deberá entregarse en la Ventanilla de Atención a Proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizada en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México en el horario de: 08:00 a 14:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Documento 08-A, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. El PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PEMEX PETROQUÍMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo. La Fianza de la obligación de responder por los defectos y vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los servicios, así como cualquier otra responsabilidad de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad del Proveedor derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el contrato y de ninguna manera impedirá que PEMEX PETROQUÍMICA reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la Fianza. En caso de Propuestas Conjuntas, la Fianza de Cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX PETROQUÍMICA una responsabilidad única por todos los integrantes. 12.5. Anticipo. PEMEX PETROQUIMICA no otorgará anticipo al Proveedor.
12.6. Condiciones y forma de pago. (55 fracción III inciso e) de la Ley) PEMEX PETROQUÍMICA pagará al Proveedor el monto de los Bienes entregados y aceptados a los 20 días naturales siguientes máximo contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes. BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a PEMEX PETROQUÍMICA. En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a PEMEX PETROQUÍMICA a través de la ventanilla única ubicada en el Departamento de Contabilidad y Fiscal del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate.
Las obligaciones de pago de nominadas en dólares de los EE.UU.A., para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio que Banco de México, publique en el Diario Oficial de la Federación el día hábil bancario inmediato anterior a aquél en que se haga el pago. Una vez realizado el pago al Proveedor, éste tendrá diez (3) (tres) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago. Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con 03 (Tres) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de PEMEX PETROQUÍMICA bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PEMEX PETROQUÍMICA. Nacional Financiera cuenta con un esquema de factoraje que está a disposición de todos los proveedores y contratistas en adquisiciones y arrendamientos de BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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bienes muebles, servicios y obra pública de la Administración Pública Federal. Para aquellos proveedores y contratistas que estén interesados en utilizar este esquema de factoraje, se les invita a que se afilien al Programa de Cadenas Productivas. Al respecto encontrará mayor información en la página web de Nacional Financiera: http://www.nafin.com/portalnf/content/ventas-algobierno/programa-de-compras-del-gobierno -federal/cadenas-productivas.html. 12.6.1. Ajuste de Precios. –NO APLICA12.7. Facturación. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda. La(s) factura(s) abarcará(n) [periodos de corte (semanales / quincenales / mensuales)] y serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto. Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada. Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única, ubicada en el Departamento de Contabilidad y Fiscal del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en el Departamento de Contabilidad y Fiscal del Complejo Petroquímico Pajaritos, localizado en Carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km. 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. El plazo que transcurra entre la notificación de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo establecido para el pago. Una vez corregida la factura reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado. 12.8. Penalizaciones.
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NOTA: De conformidad con el artículo 61 Fracción V de la ley de PEMEX, las
penalizaciones se podrán pactar por diversos incumplimientos o impactos negativos de las actividades del PROVEEDOR. Adicionalmente, conforme al artículo 60 de las DAC´S, las penalizaciones considerarán los incumplimientos de indicadores de oportunidad, tiempo y calidad, tales como: I. II. III. IV.
Atraso en la entrega de los bienes, o en la aplicación de recursos para el cumplimiento del objeto del contrato; Incumplimiento en la observancia de las especificaciones técnicas del contrato; Incumplimiento de las obligaciones relativas a la cláusula de Contenido Nacional; Incumplimiento a las obligaciones pactadas en el anexo “SSPA” 10% del monto del contrato.
Las partes en el contrato, acuerdan que en caso de que por causas imputables al PROVEEDOR, existan incumplimientos o atrasos en la entrega de los bienes, PEMEX PETROQUIMICA le aplicará las penalizaciones en los siguientes supuestos: I. Atraso en la Entrega de los Bienes Las penalizaciones a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente al valor de los Bienes entregados con atraso, a razón de 1.0% por cada día calendario de atraso y hasta por el importe de la garantía de cumplimiento del contrato. El monto de las penalizaciones no podrá exceder del 10% del Monto Total del Contrato. II. Incumplimiento de las obligaciones relativas a contenido nacional. Si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los bienes nacionales entregados por el PROVEEDOR se determina que dicho grado de integración nacional es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el Documento 21, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el Documento referido y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación. El proveedor se hará acreedor a una pena convencional de 10% del valor de los bienes, para cada una de las partidas suministradas incumplimiento de las
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obligaciones relativas a contenido nacional, cuando de la verificación resulte que el grado de integración nacional suministrado sea menor al ofertado. El monto de las penas convencionales no podrá exceder del monto de la garantía presentada. Incumplimiento a las obligaciones pactadas en el anexo “SSPA”
III.
En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del Anexo “SSPA” (Documento 18), PEMEX PETROQUIMICA aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido Anexo “SSPA”, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del Anexo “SSPA” siguientes: “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”. El monto de las penalizaciones no podrá exceder de 10% del Monto Total del Contrato El PROVEEDOR acepta, que PEMEX PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere el presente numeral, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones: -
Las facturas que se generen con motivo del contrato. Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con PEMEX PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.
Para determinar la aplicación de las penalizaciones, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR. 12.9. Rescisión Administrativa del Contrato. PEMEX PETROQUÍMICA podrá en cualquier momento, rescindir administrativamente el Contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos; b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación;
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c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga; e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato; f)
Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato;
g) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUÍMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma; h) Cuando sin autorización expresa de PEMEX PETROQUÍMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición; i)
Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato;
j)
Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”;
k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”; l)
Si no da a PEMEX PETROQUÍMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes;
m) Si no entrega a PEMEX PETROQUÍMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”; n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “SSPA” de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el Anexo “SSPA”, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento; o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato; BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el Anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante dicha determinación, PEMEX PETROQUÍMICA valorará la decisión de rescindir; q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del Anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, PEMEX PETROQUÍMICA valorará la decisión de rescindir; r) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, PEMEX PETROQUÍMICA podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo “SSPA”; En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PEMEX PETROQUÍMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penalizaciones que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PEMEX PETROQUÍMICA atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PEMEX PETROQUÍMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula. En caso de que PEMEX PETROQUÍMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PEMEX PETROQUÍMICA, en un plazo de _____ días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato. –NO APLICAEl finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 10 (DIEZ) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.
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El PROVEEDOR solo podrá rescindir el contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PEMEX PETROQUÍMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos: a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago; b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo; c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes. 12.10 INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL. Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter. Se recomienda utilizar preferentemente para enumerar su documentación reservada y confidencial el formato del Documento 11. 12.11 SEGUROS Los bienes deberán asegurarse por cuenta del proveedor, hasta su recepción de acuerdo a lo establecido en las condiciones de entrega. 12.12. FUENTES DE FINANCIAMIENTO. –NO APLICA12.13. PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DERECHOS DE AUTOR El LICITANTE acepta que, en relación con el objeto de esta licitación asume la responsabilidad total para el caso de que se infrinjan derechos de propiedad industrial y derechos de autor, por lo que se obliga a sacar en paz y a salvo a PEMEX PETROQUÍMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PEMEX PETROQUÍMICA por la violación a los derechos de propiedad industrial y derechos de autor de un tercero. Si se da dicho supuesto, PEMEX PETROQUÍMICA dará aviso a las autoridades competentes y al PROVEEDOR, y éste último en un plazo de 05 (cinco) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PEMEX PETROQUÍMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación.
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El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios y/o sus Empresas Filiales, la defensa, la negociación o conciliación se llevará a cabo conjuntamente, para lo que, el PROVEEDOR se compromete a consultar y obtener la autorización previa de PEMEX PETROQUÍMICA para implementar los medios y estrategias de defensa necesarios, sin restringirse las facultades de PEMEX PETROQUÍMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos, el de los Organismos Subsidiarios y el de sus Empresas Filiales, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo.
12.14. ANEXO SSPA. OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS QUE REALIZAN ACTIVIDADES EN INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS. El presente anexo tiene como objetivo establecer los requerimientos mínimos de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental que deben cumplir los Proveedores y Contratistas, su Personal y el de sus Subcontratistas, con el fin de prevenir incidentes y accidentes en las instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Todos los requerimientos que Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios establezcan en el formato 4 del anexo SSPA (Documento 18) y los requerimientos adicionales, son de cumplimiento obligatorio para el Proveedor o Contratista. El formato de SSPA: Obligaciones de Seguridad, Salud en el Trabajo y Protección Ambiental de los Proveedores o Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, podrá ser consultado en la página electrónica: http://www.ptq.pemex.mx/RM/Adq/Documents/Anexo%20SSPA%20Contratistas.pdf
12.15. COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA. En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su propuesta, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado "Compromisos con la Transparencia" conforme al Documento 22. BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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El servidor público de PEMEX PETROQUIMICA responsable de presidir el acto de presentación y apertura de propuestas, previo al inicio de dicho acto, lo firmara y entregara un tanto firmado al licitante que lo haya presentado. La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la propuesta presentada Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 14 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica: http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf
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DOCUMENTO 03 FORMATO DE INFORMACION PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE (Lugar y Fecha)
PEMEX Petroquímica Complejo Petroquímico Pajaritos P r e s e n t e. Yo, ___(nombre )_, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente invitación, a nombre y representación de: _(nombre de la persona física o moral). Clave del Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio.Calle y Número: Colonia: Código Postal: Teléfonos: Correo electrónico: No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
Delegación o Municipio: Entidad Federativa: Fax: Fecha:
Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó: Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó profesional: Reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre( s )
Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó: Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Nombre y domicilio del apoderado o representante: Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta: Escritura pública número: Fecha: Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:
Lugar y fecha Protesto lo necesario.
_(Firma autógrafa original)_ Notas: 1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado. 2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.
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DOCUMENTO 03-A FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPUESTA No.
DOCUMENTO
PUNTOS DEL DOCTO. 02 DE LAS BASES DONDE SE EXIGE
NOMBRE DEL ARCHIVO (TRATÁNDOSE DE PROPUESTA ENVIADAS POR MEDIOS REMOTOS DE COMUNICACIÓN ELECTRONICA)
Dentro del sobre 1.
Copia de comprobante de pago de Bases de Licitación.
4 INCISO B)
PARA EL CASO DE PERSONA MORAL: Copia simple legible del Acta Constitutiva de la Persona Moral del licitante debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio. Copia simple legible de la última reforma del Acta Constitutiva debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio. Copia simple legible de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y El Comercio. Copia simple legible de la identificación Oficial con fotografía de la persona que suscriba la propuesta en nombre y representación del licitante (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla Militar, Cedula profesional) Copia simple legible de su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
2.
PARA EL CASO DE PERSONA FISICA: Copia simple legible del Acta de Nacimiento. Copia simple legible de la identificación Oficial con fotografía del licitante (Credencial de Elector, Pasaporte, Cartilla Militar, Cedula profesional) Copia simple legible de su alta ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
4 INCISO A)
En caso de que la propuesta sea suscrita por un representante legal del licitante (persona física) además deberá adjuntar: Copia certificada de la escritura Pública que contenga el poder y/o facultad de representación a nombre del licitante (persona física) para suscribir propuestas ante Entidades y/o Dependencias de la Administración Pública Federal. PARA EL CASO DE PERSONA FISICA O MORAL DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.
Copia simpe legible de los documentos equivalentes a las escrituras constitutivas, poderes o mandatos, apostillados (vigentes) y el registro correspondiente, expedidos en el extranjero. Cuando los documentos estén redactados en idioma extranjero, se deberá acompañar una traducción al español por perito o traductor autorizado.
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ENTREGO
SI
NO
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3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10. 11.
12.
13. 14.
Formato que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del “Documento 05, Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”. (Aplica a licitantes que oferten bienes de origen Nacional). (Documento 05-A). Formato que deben presentar los licitantes que oferten bienes de importación cubiertos por Tratados, de acuerdo al apartado 4.1 del “Documento 05, Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”. (Aplica a licitantes que oferten Bienes de Importación Cubiertos por Tratados suscritos por México). (Documento 05-B). Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S (Documento 07). De ser el caso, el convenio privado tratándose de propuestas conjuntas. Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.1 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES DE ORIGEN NACIONAL). (Documento 19). Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.1 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES DE ORIGEN NACIONAL). (Documento 19-A). Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.2 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES DE IMPORTACIÓN). (Documento 19-B). Formato de propuesta técnica. (Documento 06). Formato de propuesta económica. (Documento 06-A). Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación, para dar cumplimiento a los dispuesto en la regla 8 de las “Reglas para la determinación, acreditación y verificación de contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 2010. (Bienes de origen nacional). (Documento 20). Documentación para la acreditación de la experiencia. –NO APLICAAcreditación de la capacidad técnica y financiera. –NO APLICA-
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4 INCISO T)
DOC_05-A
4 INCISO T)
DOC_05-B
4 INCISO D)
DOC_07
4 INCISO G)
CONVENIO
4 INCISO S)
DOC_19
4 INCISO S)
DOC_19-A
4 INCISO S)
DOC_19-B
4 INCISO E) 4 INCISO F)
DOC_06 DOC_06-A
4 INCISO K)
DOC_20
4 INCISO L)
EXPER
4 INCISO M)
CAP_TEC_FIN
La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la proposición. 15. 16. 17. 18.
Formato de información para acreditar la existencia y personalidad del licitante. (Documento 03). Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta. (Documento 03-A). Manifestación del carácter de la documentación que integra la propuesta presentada por el Licitante. (Documento 11). Compromisos con la Transparencia. (Documento 22).
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4 INCISO A)
DOC_03
4 INCISO H)
DOC_03-A
12.10
DOC_11
12.15
DOC_22
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19.
Formato para la constancia de recepción de documentos que los licitantes entregan a la Convocante en la etapa de precalificación de licitantes. (Documento 04) –NO APLICA-
4 INCISO I)
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DOC_04
Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las bases de licitación será verificado y evaluado por la Convocante. La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de desechamiento de su propuesta.
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DOCUMENTO 04 FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES DEBERÁN ENTREGAR A LA CONVOCANTE EN LA ETAPA DE PRECALIFICACIÓN. -NO APLICANOTA: El área administradora del proyecto deberá incluir en su modelo económico los requisitos que deberán cumplir y entregar al área convocante para esta etapa.
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DOCUMENTO 05 Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados 1. Definiciones. 1.1. Bien Nacional: los Bienes de Fabricación Nacional y que cuenta con el Grado de Integración Nacional previsto en el apartado 3. 1.2. Fabricación Nacional: el proceso productivo que consiste en realizar dentro del territorio nacional, la Transformación Sustancial de Insumos, partes o componentes nacionales o importados para obtener un bien final nuevo. 1.3. Fabricante del Bien: la persona física o moral que produce los bienes suministrados por el proveedor a PEMEX PETROQUIMICA. 1.4. Grado de Integración Nacional: el grado específico de contenido nacional de los bienes adquiridos, medido de acuerdo a lo establecido en el apartado 2 de este anexo. 1.5. Insumos: las materias primas, partes y componentes utilizados en la fabricación de un bien. 1.6. Insumos Indirectos: los Insumos utilizados en la producción, verificación o inspección de un bien, pero que no están físicamente incorporados a él; o los bienes que se utilizan para el mantenimiento u operación de maquinarias y equipos relacionados con la producción de un bien, tales como: 1.6.1.
Combustibles y energía.
1.6.2.
Herramientas, troqueles y moldes.
1.6.3.
Refacciones y materiales utilizados en el mantenimiento de equipo y edificios.
1.6.4.
Lubricantes, grasas, materiales de mezcla y otros materiales utilizados en la producción o para operar el equipo o los edificios.
1.6.5.
Guantes, anteojos, calzado, ropa, equipo y aditamentos de seguridad.
1.6.6.
Equipo, aparatos y aditamentos utilizados para la verificación o inspección
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de los bienes. 1.6.7.
Catalizadores y solventes, y
1.6.8.
Cualesquiera otros bienes que no estén incorporados en el bien, pero cuyo uso en la producción del bien pueda demostrarse razonablemente.
1.7. Material Fungible: el material que se consume con el primer uso. 1.8. Oferta de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados. la propuesta mediante la cual se oferten bienes originarios de algún país parte de dichos Tratados, de conformidad con las reglas de origen aplicables. 1.9. Procesamiento Menor: las operaciones que no producen una Transformación Sustancial de un bien tales como: 1.9.1.
El ensamble simple, es decir el proceso de juntar cinco o menos partes, todas extrajeras (excluyendo sujetadores tales como tornillos, pernos, etc.) por medio del atornillado, pegado, soldado, cosido o por otros medios
1.9.2.
La simple dilución en agua o en otra sustancia que no altere materialmente las características del bien.
1.9.3.
La limpieza, inclusive la remoción de óxido, grasa, pintura u otros recubrimientos.
1.9.4.
La aplicación de revestimientos preservativos o decorativos, incluyendo lubricantes, encapsulación protectora, pintura decorativa o preservativa, o revestimientos metálicos.
1.9.5.
El rebajado, limado o cortado de pequeñas cantidades de materiales excedentes.
1.9.6.
La descarga, recarga o cualquier otra operación necesaria para el mantenimiento del bien en buena condición.
1.9.7.
La dosificación, empaque, re-empaque, embalaje y re-embalaje.
1.9.8.
Las operaciones de prueba, marcado, ordenado, o clasificado.
1.9.9.
Las reparaciones y alteraciones, lavado o esterilizado.
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1.10. Proveedor Directo del Fabricante: la persona que suministra al Fabricante del Bien las materias primas, partes o componentes que integran el bien suministrado a PEMEX PETROQUIMICA. 1.11. Proveedor Indirecto del Fabricante: la persona física o moral que suministra a un Proveedor Directo del Fabricante materias primas, partes o componentes las cuales se integran al bien suministrado a PEMEX PETROQUIMICA. 1.12. Tratados. Los acuerdos de libre comercio suscritos por México que contengan disposiciones que regulen la participación de proveedores extranjeros en procedimientos de contratación realizadas por las dependencias y entidades sujetas al cumplimiento de las obligaciones previstas por los mismos para la compra de bienes. Dentro de la definición anterior, quedan comprendidos los Tratados que a continuación se citan: 1.12.1. Tratado de Libre Comercio de América del Norte, Capítulo X, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 1993; 1.12.2. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela, Capítulo XV, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 1995 (a partir del 19 de noviembre de 2006, Venezuela ya no participa en dicho tratado); 1.12.3. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Costa Rica, Capítulo XII, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de enero de 1995; 1.12.4. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Nicaragua, Capítulo XV, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 1998; 1.12.5. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y el Estado de Israel, Capítulo VI, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de junio de 2000; 1.12.6. Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la Comunidad Europea y sus estados miembros, Título III, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de abril de 2001;
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1.12.7. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio, Capítulo V, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de junio de 2001; 1.12.8. Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre los Estados Unidos Mexicanos y el Japón, Capítulo 11, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2005; 1.12.9. Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Chile, Capítulo 15-bis, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de octubre de 2008. 1.13. Transformación Sustancial: a diferencia del Procesamiento Menor, implica la producción que da como resultado un bien nuevo y diferente, con un nuevo nombre, nuevas características y nuevo uso.
2.
Cálculo del Grado de Integración Nacional
2.1. El Grado de Integración Nacional de los bienes estará dado por la siguiente fórmula: GINB = ( 1 - ( VIB / VTB )) * 100 Donde: GINB es el Grado de Integración Nacional del bien suministrado VTB es el valor total del bien suministrado VIB
es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del bien, incluyendo Insumos y corresponde a la suma de: a)
El valor de los Insumos importados por el Fabricante del Bien y que se incorporan al bien suministrado a PEMEX PETROQUIMICA. Dicho valor será igual al valor declarado al momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no se encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros: i.
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Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para el transporte del Insumo hasta el punto de importación.
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ii.
b)
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Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias aduanales.
El valor de los Insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante, que los venden al Fabricante del Bien en el mismo estado en que los importaron y que se incorporan al bien suministrado a PEMEX PETROQUIMICA. Dicho valor será el precio pagado por el Fabricante del Bien al Proveedor Directo del Fabricante, más impuestos indirectos. En caso de que no estuviesen considerados en el precio, se incluirán los costos de seguros y fletes incurridos al transportar dichos Insumos a la planta del Fabricante del Bien.
2.2. Los bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de Integración Nacional igual a cero. 2.3. La compra de los Insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan sido producidos en territorio nacional. 2.4. Los Insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como importados. 2.5. Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado como importado en su totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se hayan utilizado Insumos nacionales. 2.6. Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de bienes en territorio nacional se considerarán 100% nacionales. 2.7. Si en la elaboración del bien se utilizan Materiales Fungibles, se deberá utilizar un método de manejo de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos Materiales Fungibles son nacionales o importados. 2.8. Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el bien no se tomarán en cuenta para efectos del Cálculo del Grado de Integración Nacional.
3. Acreditación de Bienes Nacionales 3.1.
Para el caso en que los licitantes deseen ofertar Bienes Nacionales, los bienes deberán ser de Fabricación Nacional y contar con un Grado de Integración Nacional (determinado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2 de este anexo) de
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cuando menos sesenta y cinco por ciento (65%). 3.2. Las excepciones al apartado anterior se detallan en los apartados 3.5 y 3.6. 3.3. Los licitantes deberán acreditar todas las partidas que oferten Bienes Nacionales, incluyendo en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que: 3.3.1.
Los bienes que ofertan en las partidas respectivas y que entregarán, serán de Fabricación Nacional y contendrán como mínimo el Grado de Integración Nacional establecido en el apartado 3.1.
3.3.2.
Que están de acuerdo en que, en caso de ser requerido, exhibirán la información documental y/o permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes ofertados y suministrados, a fin de que se compruebe el cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de dichos bienes.
3.4. Los licitantes podrán presentar la manifestación prevista en el apartado anterior en escrito libre, o utilizando el Documento 05-A del presente anexo. 3.5. Los casos de excepción al Grado de Integración Nacional mínimo requerido para acreditar Bienes Nacionales, establecido en el apartado 3.2, son los siguientes: GIN Equipos mecánicos estáticos con cuerpo de acero de aleación, acero inoxidable o material no ferroso Intercambiadores de calor con tubos de acero de aleación, acero inoxidable o material no ferroso
30% 30%
Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video. Amplificadores, audífonos, auriculares, bocinas, cajas acústicas (bafles),
30%
ecualizadores, micrófonos, preamplificadores, radios portátiles. Subsector: Equipos y aparatos para comunicaciones eléctricas (telecomunicaciones). Antenas parabólicas, aparatos telefónicos, centrales telefónicas, conmutadores telefónicos, contestadores telefónicos, equipos carrier, equipos de facsímil, equipos de microondas, equipos de ondas portadoras, equipos de transmisión y recepción telefónicos, equipos receptores de VHF
35%
y UHF (radiolocalizadores), equipos transreceptores fijos o móviles en BLU, VHF y UHF, sistemas de transmisión de microondas vía satélite. Subsector: Equipos de grabación. Equipos de grabación profesional, radiograbadoras, videograbadoras.
30%
Subsector: Equipos y aparatos de electrónica industrial y científica.
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GIN Aparatos controladores de flama; balanzas; cargadores de baterías; equipos de medición y control en general; equipos de ultrasonido; equipos rectificadores; fuentes de alimentación; generadores de barrido y de
30%
señales de radio, audio y video; manómetros; multímetros; osciloscopios; pirómetros; reguladores de voltaje; sistemas de energía ininterrumpida; termómetros Subsector: Máquinas y equipos electrónicos para oficina y comercio. Calculadoras, máquinas de escribir, fotocopiadoras, básculas, alarmas,
30%
sirenas, timbres. Subsector: Manufacturas eléctricas. Conductores eléctricos de aluminio.
20%
Subsector: Placas radiográficas.
40%
Tractores agrícolas.
30%
Tubos de acero al carbón con soldadura helicoidal en espesores mayores a
20%
0.500 pulgadas. Tubos de acero al carbón con soldadura recta en diámetros de 20 y 24
20%
pulgadas.
3.6. Los vehículos automotores ligeros nuevos y los vehículos de autotransporte pesados nuevos serán considerados como Bienes Nacionales aun cuando no acrediten los requisitos establecidos en el apartado 3.1, siempre y cuando los licitantes que los oferten incluyan en sus ofertas técnicas un escrito conjunto del licitante y la empresa fabricante o ensambladora, en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad, en el primer caso (vehículos automotores ligeros nuevos), que los modelos que ofertan y suministrarán se encuentran incluidos en el “Registro de Empresa Productora de Vehículos Automotores Ligeros Nuevos” y en el segundo caso (vehículos de autotransporte pesados nuevos), que la empresa fabricante o ensambladora cuenta con “Programa de Promoción Sectorial de la Industria Automotriz y de Autopartes”, en el Sector XIX inciso a), en ambos casos, vigente ante la Secretaría de Economía al momento de presentar su oferta. En el escrito conjunto referido deberán indicar los siguientes datos: 3.6.1.
El número de registro o programa y la fecha de expedición del mismo;
3.6.2.
Que los vehículos y modelos de que se trate están incluidos en el citado registro o programa, y
3.6.3.
Que el Licitante y el Fabricante del Bien, cumplen con la legislación aplicable
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vigente.
4.
Acreditación de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados
4.1. Los licitantes con Oferta de Bienes de Importación Cubiertos por Tratados, deben incluir en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten bajo protesta de decir verdad que cada uno de los bienes de importación que ofertan en las partidas correspondientes son originarios de alguno de los países con los que México ha suscrito cualesquiera de los Tratados a que se refiere el apartado 1.12 del presente anexo, por cumplir con las reglas de origen aplicable a dichos Tratados. Los licitantes podrán presentar las manifestaciones en escrito libre o utilizando el Documento 05-B del presente anexo. 5.
Aplicación del margen de preferencia en el precio de los Bienes Nacionales, respecto del precio de los bienes de importación
5.1. 6.
No será aplicable el margen de preferencia Declaración del Grado de Integración Nacional
6.1. Independientemente de que el proveedor haya ofertado Bienes Nacionales o no, deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito mediante el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante del Bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. Esta manifestación deberá ser entregada en el Documento 05-C incluido en este anexo. 6.2. En caso de que el proveedor no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito indicado en el apartado anterior, el proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado. Esta manifestación deberá ser entregada en el Documento 05-D incluido en este anexo. 6.3. Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los apartados 6.1 y 6.2, deberán ser proporcionadas para cada una de las partidas suministradas y formarán parte de la documentación que se entrega en la inspección de los bienes, debiéndose entregar también una copia del escrito al momento de presentarse las facturas de pago correspondientes.
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6.4. En el caso de los bienes fabricados en el extranjero, en el escrito referido en el apartado 6.1, el proveedor establecerá que el Grado de Integración Nacional del Bien es igual a cero y no requerirá presentar el escrito del Fabricante del Bien que se indica en el apartado 6.2. 6.5. El proveedor está obligado a conservar durante seis meses a partir de la entrega de los bienes, la información que le permita sustentar en todo momento el contenido y la veracidad de las manifestaciones a las que se refieren los apartados 6.1 y 6.2 de este anexo, incluso la proporcionada por los Fabricantes de Bienes o comercializadores, para que dicha información sea presentada cuando le sea requerida por motivo de una inspección. 7. Penalización por incumplimiento del Grado de Integración Nacional 7.1. En caso de que el proveedor haya ofertado Bienes Nacionales, PEMEX PETROQUIMICA verificará que el Grado de Integración Nacional indicado en la declaración a la que se refiere el apartado 6.1, sea igual o mayor al Grado de Integración Nacional ofertado, descrito en el apartado 3.1. 7.2. Cuando de la verificación resulte que el Grado de Integración Nacional suministrado sea menor al ofertado, el proveedor se hará acreedor a una pena convencional de 10% del valor de los bienes, para cada una de las partidas suministradas.
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DOCUMENTO 05-A Formato que deberán presentar los licitantes para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado 3.3 del “Documento 05. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”. (Aplica a licitantes que oferten bienes de origen Nacional). __________de __________ de ______________ (1) ________(2)____________ PRESENTE. Me refiero al procedimiento de _____(3)_____ número ___(4)___ en el que mi representada, la empresa ____________(5)____________ participa a través de la presente propuesta. Sobre el particular, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, los bienes que oferto y suministraré en la(s) partida(s) ___(6)___ de mi propuesta, será(n) de Fabricación Nacional y contará(n) con un Grado de Integración Nacional de cuando menos el __(7)__% (o __(8)__% como caso de excepción). De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en dicho anexo y en este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una comprobación del cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de los bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes. Atentamente _______________(9)_______________ Instrucciones para llenado del Documento 05-A NUMERO 1 2 3 4 5 6 7 8 9
DESCRIPCION Señalar la fecha de suscripción del documento Anotar el nombre de PEMEX PETROQUIMICA Indicar el Procedimiento de Contratación de que se trate Indicar el número del Procedimiento de Contratación Citar el nombre o razón social del licitante Indicar los números de partida con oferta de bienes nacionales Indicar el porcentaje requerido en el apartado 3.1 del Documento 05 Indicar el porcentaje correspondiente a las excepciones establecidas en los apartados 3.5 y 3.6 del Documento 05 Anotar el nombre y firma del representante legal del licitante
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DOCUMENTO 05-B Formato que deben presentar los licitantes que oferten bienes de importación cubiertos por Tratados, de acuerdo al apartado 4.1 del “Documento 05. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”. (Aplica a licitantes que oferten Bienes de Importación Cubiertos por Tratados suscritos por México) __________de __________ de ______________ (1) ________(2)____________ PRESENTE. Me refiero al procedimiento de _____(3)_______ número ___(4)___ en el que mi representada, la empresa ____________(5)____________ participa a través de la presente propuesta. Sobre el particular, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto y suministraré en la(s) partida(s) ___(6)___ de mi propuesta, serán originarios de ______(7)______, país que tiene suscrito con México el Tratado de Libre Comercio _______(8)______, de conformidad con la regla de origen aplicable de dicho tratado, en materia de contratación pública. De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que ante una comprobación del cumplimiento de las reglas de origen de los bienes, me comprometo a proporcionar la información que me sea requerida por la instancia correspondiente y que permita sustentar en todo momento la veracidad de la presente, para lo cual conservaré dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes. Atentamente _______________(9)_______________
Instructivo de llenado del Documento 05-B NUMERO 1 2 3 4 5 6 7 8 9
DESCRIPCION Señalar la fecha de suscripción del documento Anotar el nombre de PEMEX PETROQUIMICA Indicar el Procedimiento de Contratación de que se trate Indicar el número del Procedimiento de Contratación Citar el nombre o razón social del licitante Señalar los números de partida que correspondan Indicar el nombre del país de origen de los bienes Indicar el nombre del tratado de libre comercio bajo la cobertura del cual se realiza el procedimiento de contratación Anotar el nombre y firma del representante legal del licitante.
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DOCUMENTO 05-C Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes que deberá presentar el proveedor, de acuerdo al apartado 6.1 del “Documento 05. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”. __________de __________ de ______________ (1) ________(2)____________ PRESENTE. Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a mi representada, la empresa ____________(4)____________ . Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 6.1 del anexo referido, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes entregados cuentan con el Grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla: Partida (5)
Descripción del Bien (6)
Fabricante del Bien (7)
GIN (8)
De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una comprobación del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por seis meses a partir de la entrega de los bienes. Atentamente _______________(9)_______________ Instructivo para llenado del Documento 05-C NUMERO 1 2 3 4 5 6 7 8 9
DESCRIPCION Señalar la fecha de suscripción del documento Anotar el nombre de PEMEX PETROQUIMICA Indicar el número de Contrato Citar el nombre o razón social del proveedor Señalar el número de partida que corresponda Indicar la descripción del bien suministrado Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al apartado 2 del Documento 05 Anotar el nombre y firma del representante legal del proveedor
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DOCUMENTO 05-D Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el Fabricante del Bien, de acuerdo al apartado 6.2 del “Documento 05. Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados”. __________de __________ de ______________ (1) ________(2)____________ PRESENTE. Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a la empresa ____________(4)____________ . Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 6.2 del anexo referido, el que suscribe ____________(5)____________ manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los Bienes que hemos fabricado y suministrado a la empresa ____________(4)____________ cuentan con el Grado de Integración Nacional indicado en la siguiente tabla: Partida (6)
Descripción del Bien (7)
GIN (8)
De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una comprobación del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis meses a partir de la entrega de los bienes. Atentamente _______________(9)_______________ Instructivo para el llenado del Documento 05-D NUMERO 1 2 3 4 5 6 7 8 9
DESCRIPCION Señalar la fecha de suscripción del documento Anotar el nombre de PEMEX PETROQUIMICA Indicar el número de Contrato Citar el nombre o razón social del proveedor Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien Señalar el número de partida que corresponda Indicar la descripción del bien suministrado Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al apartado 2 del Documento 05 Anotar el nombre y firma del representante legal del Fabricante del Bien.
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DOCUMENTO 06 FORMATO DE PROPUESTA TECNICA
No. Partida
Cantidad
Unidad de Medida
1.- LUGAR DE ENTREGA 2.- PLAZO DE ENTREGA 3.- ORIGEN DE LOS BIENES 4.- CONDICION DE ENTREGA 5.- CARACTERISTICAS Y CONDICIONES
Descripción y Especificaciones Técnicas de los Bienes (Incluir marca y modelo, así como las normas con las que cumplen los Bienes que propone)
D.D.P. (INCOTERMS 2010) LOS BIENES OFERTADOS SON NUEVOS
“ACEPTO LOS ALCANCES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS QUE SE SEÑALAN EN EL DOCUMENTO 01”.
NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL) NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________
Nota al Licitante: Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes Propuestos, ya que será motivo para desechar la propuesta.
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DOCUMENTO 06-A FORMATO DE PROPUESTA ECONOMICA
No. Partida
Cantidad
Unidad de Medida
Descripción Genérica de los Bienes
Precio Unitario sin I.V.A. ($)
Importe Total sin I.V.A. ($)
Moneda
Condiciones Económicas 1.- VIGENCIA DE LA PROPUESTA 2.- MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN SIN IVA (INDICANDO CON NUMERO Y CON LETRA) (INDICANDO LA MONEDA) 3.- CONDICIONES DE PRECIO
Mínimo 60 DÍAS NATURALES
PRECIOS FIJOS
NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL) NOMBRE DEL REPRESENTANTE: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________
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DOCUMENTO 07
FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PETRÓLEOS
MEXICANOS Y EL ARTÍCULO 12 DE LAS DAC´S.
(Lugar y Fecha) PEMEX PETROQUÍMICA ______________________ ______________________ PRESENTE
EN CASO DE SER PERSONA MORAL (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, y en su caso, el artículo 22 de las DAC´S.
ATENTAMENTE
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)
EN CASO DE SER PERSONA FISICA y sea quien suscriba este documento (Nombre de la persona fìsica ), en mi carácter de (propietario ), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que NO me encuentro en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, y en su caso, el artículo 22 de las DAC´S.
EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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(Nombre del representante legal), en mi carácter de (indicar término en que este otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, no se encuentra en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S. y en su caso, el artículo 22 de las DAC´S.
ATENTAMENTE
(NOMBRE Y FIRMA DE LA PERSONA FISICA O DEL APODERADO LEGAL)
NOTA: 1
El presente formato se adecuará de acuerdo a la personalidad del licitante.
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DOCUMENTO 08 MODELO DE TEXTO DE FIANZA QUE PRESENTARÁ(N) EL (LOS) LICITANTE(S) ADJUDICADO(S) PARA: GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES) ________________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ___________________ DE FECHA ______________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE ______________________ Y NUESTRO FIADO(S). EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO __________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $_________________________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS.
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EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION E) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN E) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓN F) IMPORTE RECLAMADO. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACIÓN PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE.
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EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.
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DOCUMENTO 08-A MODELO DE TEXTO DE FIANZA QUE PRESENTARÁ(N) EL (LOS) LICITANTE(S) ADJUDICADO(S) PARA: GARANTIZAR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)__________________________ LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO _____________________ Y DE SUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE _______________________ Y NUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S). LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS. ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENES O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO. EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES O REPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO. EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIOR AL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POR EL 100% DEL MONTO GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES DERIVADAS DE DEFECTOSY
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VICIOS OCULTOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUE HUBIERA INCURRIDO. EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO. E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.
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DOCUMENTO 09
MODELO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY CONFIRMADA QUE DEBERAN PRESENTAR(AN) EL(LOS) PROVEEDOR(ES) Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO. Versión en español *** INICIO MTxxx (SWIFT MESSAGE) BANCO EMISOR
(NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD, ESTADO Y PAIS)
BANCO CONFIRMADOR
(NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MEXICO, EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO).
BENEFICIARIO
(PETRÓLEOS MEXICANOS, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL Y DOMICILIO FISCAL)
ORDENANTE
(NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR Ó CONTRATISTA)
FECHA DE EMISION
(FECHA DE EMISIÓN DE LA CARTA DE CRÉDITO)
FECHA DE VENCIMIENTO:
(LUGAR, PAÍS Y FECHA ESPECÍFICA DE VENCIMIENTO, VIGENCIA DE LA OBLIGACIÓN A GARANTIZAR MÁS 90 DÍAS)
HEMOS ESTABLECIDO NUESTRA CARTA DE CRÉDITO STANDBY IRREVOCABLE Y C O N F I R M A D A ( EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) NO. ______________ POR ORDEN Y CUENTA DE (NOMBRE DEL ORDENANTE) A F A V O R DE PEMEX PETROQUÍMICA POR LA C A N T I D A D DE $ (IMPORTE CON NÚMERO, LETRA Y MONEDA), EN RELACIÓN AL CONTRATO O CONVENIO (NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO O CONVENIO) CELEBRADO ENTRE EL “ORDENANTE” Y EL “BENEFICIARIO” PARA (DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACION QUE GARANTIZA).
DISPONIBLE A LA VISTA EN LAS INSTALACIONES DE (NOMBRE Y PLAZA DEL BANCO EMISOR O CONFIRMADOR, EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) MEDIANTE LA PRESENTACIÓN DE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS EN ORIGINAL:
1.
DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO. SEGÚN FORMATO ANEXO MANIFESTANDO EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL ORDENANTE.
2.
CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, SI LOS HUBIESE.
CONDICIONES ESPECIALES:
1.
CONFORME A ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE PERMITEN DISPOSICIONES PARCIALES, PERO EN NINGÚN CASO PODRÁN EXCEDER DEL IMPORTE TOTAL DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY.
2.
TODAS LAS COMISIONES Y GASTOS DERIVADOS DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SON POR CUENTA DEL ORDENANTE, INCLUYENDO GASTOS DE CONFIRMACIÓN.
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NOS COMPROMETEMOS IRREVOCABLEMENTE CON EL BENEFICIARIO A HONRAR A LA VISTA SUS PRESENTACIONES EN ORDEN Y DE ACUERDO A LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, ANTES O EN LA FECHA DE VENCIMIENTO, POR LA CANTIDAD TOTAL DE SU DISPOSICIÓN, MEDIANTE TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS INMEDIATAMENTE DISPONIBLES DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES QUE EL BENEFICIARIO SEÑALE, A MÁS TARDAR A LAS 13:00 HORAS (TIEMPO DE LA CD. DE MÉXICO) DEL TERCER DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE AL DE LA PRESENTACIÓN.
EN CASO DE PRESENTACIONES QUE NO CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO, EL BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) DEBERÁ DAR AVISO POR ESCRITO AL BENEFICIARIO DEL RECHAZO DE LA PRESENTACIÓN ESPECIFICANDO TODAS LAS DISCREPANCIAS EN LAS CUALES HA BASADO SU RECHAZO. DICHO AVISO DEBERÁ SER ENTREGADO EN LAS OFICINAS DEL BENEFICIARIO INDICADAS EN ESTA CARTA DE CRÉDITO O BIEN, EN EL DOMICILIO QUE EL BENEFICIARIO INFORME POR ESCRITO PARA TAL FIN AL BANCO EMISOR / CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO), A MÁS TARDAR EL SEGUNDO DÍA HÁBIL INMEDIATO SIGUIENTE A AQUEL EN QUE SE HAYA HECHO LA PRESENTACIÓN. EL BENEFICIARIO PODRÁ VOLVER A HACER NUEVAS PRESENTACIONES QUE CUMPLAN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LA CARTA DE CRÉDITO.
ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY SE SUJETA A LAS REGLAS ISP98 PRÁCTICAS INTERNACIONALES PARA STANDBY PUBLICACIÓN ICC 590 Y EN TANTO NO EXISTA CONTRADICCIÓN CON ISP98 ESTA CARTA DE CRÉDITO SE REGIRÁ E INTERPRETARÁ DE CONFORMIDAD CON LAS LEYES FEDERALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. CUALQUIER CONTROVERSIA QUE SURJA CON MOTIVO DE LA MISMA DEBERÁ RESOLVERSE EXCLUSIVAMENTE ANTE LOS TRIBUNALES FEDERALES COMPETENTES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CON SEDE EN LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL.
SÍRVANSE AGREGAR SU CONFIRMACIÓN (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) A LA PRESENTE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.
FIN DEL TEXTO***
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(HOJA MEMBRETADA DEL BENEFICIARIO)
***INICIO DE TEXTO DECLARACIÓN DEL BENEFICIARIO
FECHA: (Fecha de Presentación) BANCO EMISOR O CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO) (Nombre y domicilio)
REF: NO. CARTA DE CRÉDITO STANDBY
PEMEX PETROQUÍMICA EN SU CARÁCTER DE BENEFICIARIO DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA, POR MEDIO DE LA PRESENTE MANIFIESTA QUE:
EL ORDENANTE (NOMBRE DEL ORDENANTE) HA INCUMPLIDO CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SUSCRITAS EN EL CONTRATO NO. (NÚMERO Y FECHA DEL CONTRATO) ESPECÍFICAMENTE EN LO ESTIPULADO EN LA(S) CLAÚSULA (S) (NO. CLAÚSULA DEL CONTRATO) POR LO QUE EL BENEFICIARIO PEMEX PETROQUÍMICA ESTÁ EN SU DERECHO DE GIRAR A CARGO DE ESTA CARTA DE CRÉDITO STANDBY. POR LO ANTERIOR SÍRVANSE TRANSFERIR EL PAGO POR LA CANTIDAD DE (MONEDA, IMPORTE CON NÚMERO Y LETRA) A LA CUENTA BANCARIA NO. (CUENTA DEL BANCO) DE (NOMBRE DEL BANCO) A NOMBRE DE PEMEX PETROQUÍMICA.
AGRADECEREMOS CITAR NUESTRA REFERENCIA Y LA REFERENCIA DEL PRESENTE CRÉDITO.
NOMBRE Y FIRMA
FIN DE TEXTO ***
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MODIFICACIÒN A CARTA DE CRÉDITO STANDBY
***INICIO TEXTO BANCO EMISOR
(NOMBRE Y DIRECCIÓN INCLUYENDO CIUDAD Y PAÍS)
BANCO CONFIRMADOR
(NOMBRE DEL BANCO CONFIRMADOR Y DOMICILIO EN MÉXICO, EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)
REFERENCIA BANCO EMISOR/CONFIRMADOR (EN CASO DE QUE EL EMISOR SEA UN BANCO EXTRANJERO)
(NÚMERO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY)
BENEFICIARIO
(PEMEX PETROQUÍMICA)
ORDENANTE
(NOMBRE Y DOMICILIO COMPLETO DEL PROVEEDOR)
MODIFICACIÓN NO. _____
ESTAMOS MODIFICANDO LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY DE REFERENCIA COMO SIGUE DE ACUERDO CON LOS TÉRMINOS DEL PROPIO CRÉDITO:
DICE: (INCLUIR TEXTO ACTUAL) DEBE DECIR: (INCLUIR NUEVO TEXTO)
LOS DEMAS TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CRÉDITO PERMANECEN SIN CAMBIO.
ESTA MODIFICACIÓN FORMA PARTE INTEGRAL DE LA CARTA DE CRÉDITO STANDBY ORIGINAL.
FIN TEXTO***
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DOCUMENTO 10 –NO APLICA-
MODELO DE TEXTO DE FIANZA QUE PRESENTARÁ(N) EL (LOS) LICITANTE(S) ADJUDICADO(S) PARA: GARANTIZAR LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DEL ANTICIPO) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)_______________________________________ LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO QUE POR LA MISMA SUMA RECIBE DE: _________________________________, LO CUAL DEBERÁ HACER EN EL PLAZO PACTADO EN EL CONTRATO NO.________________________ DE FECHA __________________, QUE TIENE POR OBJETO__________________________________________________________.
ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS, Y GARANTIZA LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO, POR PARTE DE NUESTRO FIADO(S), LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA GARANTIZAR LA DEBIDA, INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN TOTAL O PARCIAL DEL ANTICIPO RECIBIDO INCLUYENDO LOS INTERESES QUE SE CAUSEN, CONFORME A LA TASA ESTABLECIDA EN EL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN PARA EL SUPUESTO DE PRÓRROGA EN EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES, SI EL PROPIO FIADO NO LO INVIERTE, APLICA O AMORTIZA, TOTAL O PARCIALMENTE, EN EL PLAZO Y PARA LOS FINES QUE LE FUE OTORGADO. EL ANTICIPO GARANTIZADO DEBERÁ SER REINTEGRADO AL BENEFICIARIO CON CARGO A CADA UNA DE LAS FACTURAS QUE SE EMITAN POR ESE CONCEPTO DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO. ESTA FIANZA GARANTIZA LA DEVOLUCIÓN DE LA CANTIDAD NO AMORTIZADA DEL ANTICIPO Y SUS INTERESES, INDEPENDIENTEMENTE DEL MOTIVO POR EL CUAL DICHO ANTICIPO NO HUBIERA SIDO AMORTIZADO EN SU TOTALIDAD.
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LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) (LOS) DOCUMENTO(S) QUE HAYA FIRMADO EL FIADO A LA RECEPCIÓN DEL (LOS) ANTICIPO(S), O CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE ACREDITE FEHACIENTEMENTE LA RECEPCIÓN DEL MISMO. D) (LOS) DOCUMENTO(S) PAGADO(S) POR EL BENEFICIARIO DONDE SE HAGAN CONSTAR LAS AMORTIZACIONES REALIZADAS. E) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION F) EN SU CASO, LA TERMINACION ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN. F) (LOS) DOCUMENTO(S) EN EL QUE EL BENEFICIARIO REQUIERA AL FIADO EL REINTEGRO DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO. G) EL FINIQUITO. H) IMPORTE DEL ANTICIPO NO AMORTIZADO Y DE LOS INTERESES RESPECTIVOS. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA
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CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DEL FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA LA TOTAL INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO ESTABLECIDA EN EL CONTRATO O A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARA LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA, ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON EL DOCUMENTO QUE EVIDENCIE LA DEBIDA INVERSIÓN, APLICACIÓN, AMORTIZACIÓN, DEDUCCIÓN O DEVOLUCIÓN DEL ANTICIPO OTORGADO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.
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DOCUMENTO 11 (MANIFESTACIÓN DEL CARÁCTER DE LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA LA PROPUESTA PRESENTADA POR EL LICITANTE) (Lugar y Fecha)
PEMEX PETROQUÍMICA.
______________________ ______________________ PRESENTE Asunto: Manifestación de confidencialidad de documentos (Nombre del representante Legal), en representación de (Nombre del Licitante o Propuesta Conjunta), con fundamento en lo dispuesto en los artículos 18 fracción I y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, manifiesto que la información y/o documentos que se listan más adelante, mismos que integran la propuesta, presentadas en el proceso de Licitación Pública No. ____________, se entrega con carácter confidencial, reservada o comercial reservada. LISTA DE DOCUMENTOS Documento
Sección
Carácter
Fundamento Legal
Atentamente,
_______________________ [NOMBRE DEL LICITANTE] [NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL]
La falta de presentación de este escrito no será causa de desechamiento de la proposición.
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DOCUMENTO 11-A MODELO DE MANIFESTACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES. (Lugar y Fecha): ______________, a ___ de______________de__________.
PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS PRESENTE
__________________________en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal) con Registro Federal de Contribuyentes Clave _________________________y correo electrónico ______________de la Empresa denominada _____________________con Registro Federal de Contribuyentes clave ____________, cuya actividad Preponderante es _______________________y con domicilio Fiscal en _________________. Que como resultado del procedimiento de _______ No. _______ respecto del contrato número __________ cuyo objeto es la adquisición de bienes, consistentes en ______________, con un monto de ______________ sin incluir I. V. A., por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que mi representada:
A través de la página de Internet del SAT en la opción “Mi Portal” con la clave CIECF correspondiente, ha obtenido el documento vigente respecto al cumplimiento de mis obligaciones fiscales (acuse de respuesta) expedido por el SAT en los términos señalados en las Reglas I.2.1.15 y II.2.1.13 publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2012 (Resolución Miscelánea Fiscal para 2013).
ATENTAMENTE
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)
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DOCUMENTO 11-B FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ESTAR OBLIGADO A PRESENTAR TOTAL O PARCIALMENTE LAS DECLARACIONES POR IMPUESTOS FEDERALES POR TENER RESIDENCIA PERMANENTE EN EL EXTRANJERO, ASÍ COMO PARA LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO QUE NO ESTÉN OBLIGADOS A PRESENTAR DECLARACIONES PERIÓDICAS EN MÉXICO, A QUE SE REFIERE LA REGLA I.2.1.15 Y II.2.1.13 PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE DICIEMBRE DE 2012 (RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2013). (Papel membretado del proveedor) (Lugar y Fecha): _______________.
a __de___________de____.
PEMEX PETROQUÍMICA ______________________________: ______________________________ PRESENTE [Escribir el Nombre de Representante o Apoderado Legal], R.F.C. [Escribir el RFC del Representante o Apoderado Legal]_, correo electrónico:_[del Representante o Apoderado Legal]_ en mi carácter de _____[cargo]_________, de la Empresa denominada (Nombre, Denominación o Razón Social), cuyo domicilio fiscal es: __(domicilio fiscal de la empresa)____, Clave de RFC: _(escribir el RFC de la empresa), cuya actividad preponderante es: , el contrato No.______________________ fue adjudicado por un importe máximo total de ____________________________________sin incluir I.V.A, tipo de moneda del contrato:________________, por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto lo siguiente: Que mi representada no se encuentra obligada a presentar:
La solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro;
La declaración anual del ISR por los dos últimos ejercicios fiscales; así como de los pagos mensuales del IVA y retensiones de ISR de los últimos 12 meses anteriores al penúltimo mes a aquél en que se presente el escrito.
Declaraciones periódicas en México. ATENTAMENTE
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA) La presente carta tendrá que actualizarse con los ajustes necesarios cuando: 1. El Proveedor se trate de una persona física, ajustando el presente formato en su parte conducente.
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DOCUMENTO 12 –NO APLICA-. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO Si este documento no aplica deberá señalarse en el encabezado que no aplica y eliminarse el texto 1. Introducción Para llevar a cabo el desarrollo de los programas de operación e inversión de Petróleos Mexicanos, ya sea bajo la modalidad presupuestal de Proyectos de Infraestructura Financiada de Largo Plazo (PIDIREGAS) o bajo el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), Petróleos Mexicanos o cualquier entidad financiera y/o filial que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto, recurre a los mercados financieros para obtener parcial o totalmente los fondos necesarios para financiar las obligaciones derivadas de la ejecución de dichos proyectos y programas. En este sentido, y dado que para la utilización de ciertos instrumentos financieros se requiere de documentación e información detallada y específica sobre los bienes y/o servicios que se están suministrando y financiando, los Proveedores deben entregar a PEMEX PETROQUÍMICA, o a quién éste le indique, la documentación e información correspondiente. A esta documentación e información se le denomina “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (“la Documentación”). La participación de los Proveedores en la obtención y presentación de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento es fundamental para la utilización eficiente de estos créditos, lo cual le permite a Petróleos Mexicanos continuar con el desarrollo de sus proyectos, generando más oportunidades de negocio para los Proveedores. El objetivo de este Documento es el de informar a los Proveedores, de manera general, sobre la Documentación que debe presentar a PEMEX PETROQUÍMICA, o a quién éste le indique. Adicionalmente, el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, (“el Instructivo”) mismo que les fue proporcionado oportunamente, detalla de manera específica los formatos y documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo vigente también se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion). Es importante señalar que el Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el (las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX PETROQUÍMICA, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato. PEMEX PETROQUÍMICA no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda. El Proveedor debe considerar las acciones necesarias para la obtención y presentación correcta y oportuna a PEMEX PETROQUÍMICA de la documentación. Asimismo, el Proveedor debe informar, con la debida anticipación, a sus proveedores, y a cualquier otra empresa que le suministre, directa o indirectamente, bienes y/o servicios para el cumplimiento del presente contrato, las obligaciones y sus necesidades de información, a que se refiere el presente Documento, así como a lo indicado en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”. La Documentación que debe proporcionar el Proveedor depende del país de origen de los bienes y/o servicios que se suministren y/o utilicen para el cumplimiento del objeto del presente contrato.
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2. Fuentes de Financiamiento Petróleos Mexicanos puede acceder a diversas fuentes de financiamiento, ya sea directamente, o a través de cualquier entidad financiera y/o filial que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto. Estas líneas de crédito constituyen fuentes de financiamiento alternativas a las utilizadas por el gobierno federal, las cuales por ley, deben utilizarse preferentemente. Sobresalen, entre otras en lo que se refiere a la Documentación, las líneas de crédito garantizadas y/o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA´s). 2.1
Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA’s) Dado que un porcentaje significativo de los suministros y servicios utilizados en la industria petrolera son de importación, la utilización de este tipo de líneas es fundamental para el desarrollo y continuidad de los proyectos de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Es importante señalar que el uso de este tipo de líneas no condiciona a los Proveedores a utilizar bienes y/o servicios de importación; sin embargo, si el Proveedor utiliza bienes y/o servicios importados directa o indirectamente, Petróleos Mexicanos está obligado a financiar el pago de los mismos preferentemente a través de líneas de crédito garantizadas o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA’s). Estas líneas son de uso exclusivo para Petróleos Mexicanos. A continuación se incluye, para fines informativos, una relación de las Agencias de Crédito a la Exportación, con las cuales se tiene relación, o con las que potencialmente Petróleos Mexicanos podrá suscribir líneas de crédito. Nombre
Siglas
País
Export-Import Bank of the United States
Ex-Im Bank
Estados Unidos de América
Export Development Canada Export Credits Guarantee Department Japan Bank for International Cooperation Nippon Export and Investment Insurance Hermes Kreditversicherungs-AG Guarantee Institute for Export Credits Atradius Istituto per i Servizi Assicurativi e il Credito all'Esportazione Compagnie Française d’ Assurance pour le Commerce Extérieur Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, S.A. Export-Import Bank of Korea Export Risk Guarantee Agency Finnvera plc Export Kredit Fonden Oesterreichische Kontrollbank Aktiengesellschaft Exportkreditnamnden Companhia de Seguro de Créditos S.A
EDC ECGD
Canadá Reino Unido
JBIC
Japón
NEXI
Japón
HERMES GIEK ATRADIUS
Alemania Noruega Holanda
SACE
Italia
COFACE
Francia
CESCE
España
K-Exim ERG Finnvera EFS
República de Corea Suiza Finlandia Dinamarca
OeKB
Austria
EKN
Suecia
COSEC
Portugal
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3.
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Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios Mediante esta Cédula, el Proveedor debe proporcionar a PEMEX PETROQUÍMICA, la información detallada sobre el país de origen de los bienes y/o servicios que se utilicen para dar cumplimiento al objeto del contrato, así como información sobre las personas físicas y/o morales y/o extranjeras que le suministren, directa o indirectamente, dichos bienes y/o servicios. La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Documento 13, en la inteligencia de que PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar a el Proveedor cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el Proveedor se obliga a hacerla del conocimiento de PEMEX PETROQUÍMICA, inmediatamente después de que el Proveedor tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato. La Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios deberá ser requisitada atendiendo las indicaciones contenidas en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”. La información presentada por el Proveedor en dicha Cédula, deberá ser congruente con aquella información técnica y económica incluida en su oferta y en el presente contrato.
4.
Documentación para la Utilización de Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación. La Documentación depende del país de origen de los bienes y/o servicios y generalmente consiste en copias o documentos originales de: Facturas, Certificados de Origen, Documentos de Embarque, Evidencias de Pago, Cartas Aclaratorias, Contratos Comerciales, entre otros.
En las secciones 4.1 a 4.4 del presente documento, se indica, de manera general, la Documentación según el país de donde procedan los bienes y/o servicios. En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, (“el Instructivo”), mismo que les fue proporcionado oportunamente, se detallan, de manera específica, los formatos y documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo también se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion). PEMEX PETROQUÍMICA informará oportunamente a el Proveedor, mediante comunicación oficial, cuál será el (los) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) en donde el Proveedor deberá entregar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento correspondiente a este contrato. El Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el (las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX PETROQUÍMICA, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato. PEMEX PETROQUÍMICA no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda. La Documentación entregada por el Proveedor estará sujeta a la revisión detallada del (de los) Módulo(s) de Financiamiento, de la Dirección Corporativa de Finanzas de Petróleos Mexicanos, de las ECA´s y/o del Banco Agente correspondiente, por lo que, PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar a el Proveedor
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cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. De la misma forma, el Proveedor acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PEMEX PETROQUÍMICA le indique oportunamente. 4.1.
Documentación para bienes y/o servicios procedentes de los Estados Unidos de América
El Ex-Im Bank de Estados Unidos de América solicita actualmente la siguiente información:
Factura Comercial Individual o Factura Maestra (Master Invoice). Certificado del Exportador (Exporter’s Certificate). Certificado de Afiliación (“Affiliation Certificate”). Evidencia de Pago. Evidencia de Transporte. Certificado de Ejecución de Servicios. Certificado de Abanderamiento (en caso de utilizarse transporte vía marítima o renta de embarcaciones). Cartas Aclaratorias, en algunos casos específicos. Otra información necesaria para identificar la procedencia, uso y forma de pago de los bienes y/o servicios.
En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, se incluyen los formatos específicos, instrucciones y ejemplos de los documentos antes mencionados. 4.2.
Documentación para bienes y/o servicios procedentes del Canadá
Export Development Canada (“EDC”) solicita la información y documentación siguiente para que Petróleos Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios pueda hacer uso de los recursos de las líneas de crédito garantizadas por esa Institución:
Nombre completo y dirección de los Exportadores canadienses y/o Comercializadores y/o Importadores Mexicanos que utilicen y/o suministren bienes y/o servicios con contenido canadiense. Breve descripción de los bienes y/o servicios. Monto estimado de las importaciones canadienses. Nombre y datos de los contactos. Evidencia de pago al Exportador canadiense. Información adicional y/o evidencia documental razonable que pueda solicitar el EDC.
Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a PEMEX PETROQUÍMICA o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del embarque de los bienes o del inicio de la prestación de los servicios, según corresponda, de acuerdo al “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”. 4.3.
Documentación para bienes y/o servicios procedentes de Europa y Asia
Las ECA’s de los países europeos y asiáticos, regularmente solicitan la información y documentación siguiente:
Copia de los Contratos firmados entre el Exportador y la contraparte.
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Datos generales del Exportador. Breve descripción de los bienes y/o servicios. Monto estimado de las importaciones. Nombre y datos de los contactos. Certificación de los pagos hechos al Exportador. Información sobre aspectos ambientales. Información adicional y/o evidencia documental razonable, que pueda solicitar la ECA o el Banco Agente.
Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a PEMEX PETROQUÍMICA o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del embarque de los bienes o del inicio de la prestación de los servicios, según corresponda, de acuerdo al “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”. 4.4.
Documentación para bienes y/o servicios procedentes de otros países, incluyendo México.
Documentación requerida por otros Agentes Financieros y/o Petróleos Mexicanos:
En caso de bienes y/o servicios procedentes de México o regiones diferentes a Estados Unidos, Canadá, Europa y Asia, se requiere básicamente la misma información que para ECA´s de Europa y Asia. Sin embargo, sólo se solicitará caso por caso, después de analizar la información del Anexo denominado Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. En caso necesario, se podrá solicitar lo siguiente: Mayor información para verificar el origen de los bienes. Copia de las Facturas Comerciales Individuales.
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DOCUMENTO 13 –NO APLICA-. Si este documento no aplica deberá señalarse en el encabezado que no aplica y eliminarse el texto FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS ANEXO [número de anexo correspondiente] (1) No. de Contrato :
(2)
Objeto del Contrato : Monto Total del Contrato :
(3) M.N. : USD :
(4) (5)
Parte A.- Bienes y Servicios cotizados en M.N. y de origen nacional (Mexicano) Tipo del Bien y/o Servicio (6)
Descripción del Bien y/o Servicio (7)
Marca (8)
Proveedor Directo (9)
Fabricante Nacional (10)
País Origen (11)
Monto (12)
México México Total Parte A: Parte B.- Bienes y Servicios cotizados en MN y de origen extranjero Tipo del Bien y/o Servicio (6)
Descripción del Bien y/o Servicio (7)
Marca (8)
Proveedor Directo (9)
Exportador (13)
País Origen (11)
Total Parte B: Total en M.N. (A+B) :
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FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS ANEXO [número de anexo correspondiente] (1) No. de Contrato :
(2)
Objeto del Contrato : Monto Total del Contrato :
(3) M.N. : USD :
(4) (5)
Parte C.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen nacional (Mexicano) Tipo del Bien y/o Servicio (6)
Descripción del Bien y/o Servicio (7)
Marca (8)
Proveedor Directo (9)
Fabricante Nacional (10)
País Origen (11)
Monto (12)
México México Total Parte C: Parte D.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen extranjero. Tipo del Bien y/o Servicio (6)
Descripción del Bien y/o Servicio (7)
Marca (8)
Proveedor Directo (9)
Exportador (13)
País Origen (11)
Total Parte D: [Nombre y Dirección de la Compañía, Teléfono] (15) Total en USD (C+D) :
Firma: Nombre: Cargo:
(16) (17) (18) Página _____ de ____ Páginas
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DIRECCIÓN CORPORATIVA DE FINANZAS Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios: ANEXO [número de anexo correspondiente] INSTRUCTIVO DE LLENADO (Hoja 1 / 2) DATOS INSTRUCCIÓN (1) Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios ANEXO [número de anexo correspondiente]
(2) No. de Contrato
(3) Objeto del Contrato (4) Monto Total del Contrato M.N.
(5) Monto Total del Contrato USD
(6) Tipo de bien y/o servicio
(7) Descripción del bien y/o servicio
(8) Marca
(9) Proveedor Directo
(10) Fabricante Nacional
(11) País de origen
(12) Monto
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Esta Cédula deberá ser llenada en idioma español y deberá ser entregada tanto en forma impresa como en archivo magnético (hoja de cálculo). Se deberá indicar el identificador del Anexo tal como se denominó la “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” en el contrato. Comúnmente se utiliza la denominación de “Anexo G-1”. La leyenda “número de anexo correspondiente” no deberá incluirse. Se deberá indicar el número de Contrato (legal, SAP o ambos). Utilizar letras mayúsculas en caso de caracteres alfabéticos. Indicar si se trata de un contrato y/o pedido abierto. Se deberá indicar el objeto del contrato en cuestión. Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en moneda de curso legal de México. Utilizar formato de miles separados por comas y decimales separados por punto. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto máximo. Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (dólares) o en cualquier otra moneda extranjera. Utilizar formato de miles separados por comas y decimales separados por punto. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto máximo. Indicar el tipo de bien y/o servicio de cada uno de los conceptos que se detallen en la Cédula, de acuerdo a las siguientes categorías: materiales, equipo de instalación permanente, equipo no permanente, mano de obra, servicios, gastos administrativos, regalías, transferencias, patentes, licencias, utilidad, financiamiento, etc. Dar una breve descripción del bien y/o servicio que se utiliza para dar cumplimiento al objeto del contrato. En cada renglón o registro se deberá incluir la descripción de un bien o servicio específico. Sólo se podrán agrupar conceptos que tengan el mismo Fabricante o Exportador, el mismo País de Origen, el mismo Tipo de bien y/o servicio y la misma moneda de cotización. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberán indicar todas las partidas. En el caso que aplique, indicar la (s) marca (s) comercial (es) de los bienes que se detallen en cada renglón (registro) de esta Cédula. Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que suministra directamente al Proveedor, los bienes y/o servicios necesarios para dar cumplimiento al contrato y que se detallan en cada renglón (registro) de esta Cédula. En caso de que el propio Proveedor sea quien suministre los bienes y/o servicios, se deberá indicar el nombre de éste. Cuando se declaren equipos no permanentes se deberá indicar en este rubro el nombre del propietario actual de los mismos. Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que produce los bienes y/o realiza los servicios (de origen nacional) descritos en cada renglón (registro) de esta Cédula, y los suministra de forma directa o indirecta al Proveedor. En caso de que el propio Proveedor sea quien produce los bienes y/o realiza los servicios (de origen nacional), se deberá indicar el nombre de éste. Indicar el País de donde proceden los bienes y/o servicios de cada uno de los conceptos que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. En las secciones A y C se deberá indicar “México”, en la columna correspondiente que se ha incluido únicamente por cuestión de formato. En caso de renta de embarcaciones, se deberá indicar adicionalmente el país de la bandera de la embarcación utilizada. Indicar el importe, en M.N., USD u otra moneda extranjera según corresponda, de cada uno de los conceptos que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. Sólo en el caso de contratos y/o pedidos abiertos este valor se podría omitir.
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(13) Exportador
Indicar el nombre de la empresa extranjera que exporta de forma directa o indirecta, los bienes y/o servicios (de origen extranjero) descritos en cada renglón (registro) de esta Cédula.
(14) Página _____ de ____ Páginas
Indicar en el primer espacio el número de página correspondiente, y en el segundo espacio el número total de páginas del anexo.
(15) [Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía]
Se deberá indicar nuevamente el nombre completo de la compañía, su dirección y su número telefónico. La leyenda “Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía” no deberá incluirse.
(16) Firma: (17) Nombre:
Firma del funcionario autorizado por la compañía para presentar esta Cédula, de preferencia en tinta azul. Indicar el nombre completo del funcionario firmante.
(18) Cargo:
Indicar el cargo dentro de la compañía del funcionario firmante.
(19)
La suma de las partes A y B deberá ser igual al monto del contrato en pesos. La suma de las partes C y D deberá ser igual al monto del contrato en dólares de los Estado Unidos de América u otra moneda Extranjera.
NB. La leyenda “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” así como los números de páginas que se encuentran en el pie de página no deberán incluirse.
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DOCUMENTO 14 NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL.
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.
El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes.
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Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción. Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho: I.
El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II.
El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: I.
A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
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II.
A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
III.
A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.” * Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx
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DOCUMENTO 15 MODELO-GUÍA DEL CONTRATO COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS MODELO DE CONTRATO No. CB-431-RM-431_______ REQUISICION No. 431-42000-B-1025322 CONCURSO: LP-431-RM-_______
CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE “CONTRATO”) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE (PETRÓLEOS MEXICANOS/ORGANISMO SUBSIDIARIO), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PETROQUIMICA”, REPRESENTADO POR __________________, EN SU CARÁCTER DE ________________ Y POR LA OTRA ____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “PROVEEDOR”, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) REPRESENTADA POR _________________ EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES, DEFINCIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: D E C L A R A C I O N E S
1. PETROQUIMICA declara, a través de su (representante/apoderado), que: 1.1 A) TRATÁNDOSE DE PETRÓLEOS MEXICANOS Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto llevar a cabo la exploración, la explotación y las actividades que le corresponden en exclusiva en el área estratégica del petróleo, demás hidrocarburos y la petroquímica básica, así como ejercer la conducción central y la dirección estratégica de la industria petrolera en los términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, la Ley de Petróleos Mexicanos y sus Reglamentos, y que cuenta con la capacidad para celebrar, entre otros, toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con dichos ordenamientos. B) TRATÁNDOSE DE ORGANISMO SUBSIDIARIO
Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y tiene por objeto (en este espacio, especificar el objeto del organismo conforme al Artículo Segundo del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012), pudiendo celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con el artículo quinto del mismo. 1.2
A) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL DIRECTOR GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y DE DIRECTORES CORPORATIVOS.
Acredita su personalidad y facultades en su carácter de (Director General o Director Corporativo) de Petróleos Mexicanos, en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario). B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN DE DIRECTORES GENERALES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS
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Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de (Organismo Subsidiario) en términos de los Artículos 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos y Décimo Octavo fracción I del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012), CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario). C) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.
Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario) en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos y en la fracción XIII del Artículo Cuarto Transitorio del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento, según se acredita mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario). D) TRATÁNDOSE DE FUNCIONARIOS DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN LOS INCISOS ANTERIORES, INCLUIDOS LOS SUBDIRECTORES CORPORATIVOS.
Acredita su personalidad y facultades en términos de la fracción XIII de Artículo Cuarto Transitorio del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos y mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), inscrita en el Registro Público de Organismos Descentralizados bajo el folio número _____, mismas que a la fecha no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. 1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen los Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo 19 de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante _____ de fecha____. 1.4
Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.
1.5 El presente contrato se adjudicó mediante (Tipo y datos del procedimiento), con fundamento en los artículos (Número de artículo) de la Ley de Petróleos Mexicanos, (Número de artículo) de su Reglamento y (Número de artículo) de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. TRATÁNDOSE DE INVITACIÓN RESTRINGIDA Y ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE REQUIERA DE DICTAMEN PREVIO INCLUIR EL SIGUIENTE PÁRRAFO
El procedimiento de contratación ha sido dictaminado procedente por el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de PETROQUIMICA, mediante acuerdo No. _______ de su sesión _____ de fecha _______. 1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es (Ubicación en oficinas de Petróleos Mexicanos u Organismo Subsidiario) y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es (RFC de PETRÓLEOS MEXICANOS U ORGANISMO SUBSIDIARIO). DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN SE INCLUIRÁN LAS DECLARACIONES QUE RESULTEN NECESARIAS.
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1.7 Durante el procedimiento de contratación no recibió dinero o cualquier otra dadiva; no ejecutó actos u omisiones que tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o reglas establecidos o haya simulado el cumplimiento de éstos; ni fue obligado a dar, suscribir, otorgar, destruir, entregar un documento o algún bien. 2
El PROVEEDOR declara, a través de su (apoderado/representante), que:
2.1
A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES. NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS.
Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO: NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS PERSONAS QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS.
___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha). C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:
Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar el presente contrato. 2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO. Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. B) EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO:
Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue otorgado en _________ y protocolizado a través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario), de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato. C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.
Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera, según proceda.) 2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.
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Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno, bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato. B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.
Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato. 2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS . Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________. B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS.
Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con (señalar documento equivalente al RFC del país del PROVEEDOR). 2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia. 2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman parte integrante de este contrato y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección ambiental. 2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. 2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL: De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, ha presentado a PETROQUIMICA el (la) __________________ (ANOTAR EL NOMBRE DEL DOCUMENTO QUE PRESENTE EL PROVEEDOR: "ACUSE DE RECEPCIÓN", “ACUSE DE RESPUESTA”, “OPINIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES”, ETC.), con el que comprueba que ha solicitado el informe de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.” TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS: Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, no se encuentra obligado a presentar solicitud de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, los avisos al mencionado registro, ni declaraciones periódicas en los Estados Unidos Mexicanos. TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE TEXTO: Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está plenamente de acuerdo
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en que PETROQUIMICA le retenga el porcentaje o cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los establecidos en el contrato que nos ocupa. 2.9 Ni él, ni sus empleados, Subcontratistas o empleados de éstos han cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional. 2.10 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO
Celebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s) ___________, en el(los) que consta(n) las actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato. 3. Declaración conjunta: Las Partes manifiestan que durante las negociaciones y para la celebración del presente Contrato se han conducido con apego a las Reglas de la Cámara de Comercio Internacional para el Combate a la Corrupción y que durante la ejecución del Contrato se comprometen a actuar entre ellas y hacia terceros, con apego a lo previsto en la cláusula “Anticorrupción”. DEFINICIONES Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación: “Área Administradora del Proyecto”: Gerencia de Mantenimiento de Pemex Petroquímica “Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: Jefatura de Mantenimiento Derivados Clorados II/III, del Complejo Petroquímico Pajaritos. SE PODRÁN INCLUIR LAS DEFINICIONES QUE RESULTEN NECESARIAS PARA LA CORRECTA INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO.
Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes: C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante “bienes”) por parte de PETROQUIMICA consistentes en: ESPARRAGOS DE ACERO AL CARBÓN E INOXIDABLE PARA EL COMPLEJO PETROQUÍMICO PAJARITOS, de conformidad con los términos y condiciones que se especifican en el presente contrato y sus anexos.
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EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA SIGUIENTE REDACCIÓN:
Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el presente contrato, se señalan en el Anexo ____ que forma parte del mismo. SEGUNDA.- VIGENCIA La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye con el acto jurídico mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes. TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES El plazo de ejecución de este contrato es 47 (Cuarenta y siete) días naturales a partir del día (Fecha de inicio) y hasta el día (Fecha de terminación). TRATÁNDOSE DE CONTRATOS SIN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC. El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de [número] (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato por el PROVEEDOR y/o de acuerdo al programa que se incluye como Anexo ___ de este contrato. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a partir [de la fecha de recepción] / [del día siguiente de la recepción] de la ORDEN por parte del PROVEEDOR. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS QUE INCLUYAN ANTICIPOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a partir de la entrega del anticipo correspondiente] TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE SOLICITEN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC. SIN LOS QUE NO SEA POSIBLE INICIAR LA FABRICACIÓN DE LOS BIENES, APLICARÁ LO SIGUIENTE:
El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato en un plazo de (número) (letra) días naturales, mismo que se contabilizará de acuerdo a las siguientes condiciones: El PROVEEDOR a los (número) (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este contrato, se obliga a entregar los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.). Dichos planos deberán ser entregados al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato. PETROQUIMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, se obliga a devolver al PROVEEDOR, los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.), debidamente autorizados o con las correcciones que correspondan, en un plazo de (número) (letra) días naturales a partir del día natural siguiente de su recepción. El plazo de entrega de los bienes comenzará a contar a partir del día natural siguiente a la fecha de devolución de los planos autorizados, compensando, en su caso, los días que PETROQUIMICA se haya retrasado en su entrega, para lo cual, se deberá celebrar el convenio modificatorio correspondiente en términos de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”. En el caso de que los planos sean rechazados o presenten observaciones atribuibles al PROVEEDOR que no hagan posible su autorización, el plazo de entrega de los bienes iniciará a partir del día siguiente de la fecha de su devolución y no se tomarán en cuenta revisiones posteriores para efectos de modificación del plazo. ABIERTOS : PETROQUIMICA ejercerá este contrato a través de “órdenes de suministro” (en este contrato “ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia a este contrato. LOS SIGUIENTES CUATRO PÁRRAFOS DEBERÁN INCLUIRSE EN CONTRATOS
La ORDEN que emita PETROQUIMICA, será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.
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Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará inexistente para todos los efectos legales de este contrato. Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará a computarse el plazo de entrega. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de entrega empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de PETROQUIMICA según conste en la notificación de entrega que proporcione el medio utilizado por PETROQUIMICA. TRATÁNDOSE DE UN SÓLO DE ENTREGA: El plazo de entrega de los bienes es de [número] (letra) días naturales, contados a partir del día siguiente al de la de recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR. TRATÁNDOSE DE DIFERENTES PLAZOS DE ENTREGA: Los plazos de entrega de los bienes por (partida/posición) se establecen en el Anexo ___ de este contrato, contados a partir de la fecha de la recepción de la ORDEN por parte del PROVEEDOR. TÉRMINOS QUE DEBERÁN INCLUIRSE EN CUALQUIER SUPUESTO
Los bienes objeto de este contrato, serán entregados en Destino final almacén local del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicado en carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Complejo Petroquímico Pajaritos, Coatzacoalcos, Veracruz, México, Tel. (01)921-21-10202, Ext. 32238, a la atención de la Lic. F. Elena Martínez Cano en horario de Lunes a Viernes de 08:00 A.M. a 13:30 P.M. La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de los mismos hasta su recepción formal por parte de PETROQUIMICA, será a cargo del PROVEEDOR. EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DEBERÁ SEÑALAR LA FORMA EN QUE RECIBIRÁ LOS BIENES, YA SEA POR PARTIDA O POSICIÓN COMPLETA, O ENTREGAS PARCIALES
Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: Entregas Parciales de Partidas Completas CUANDO APLIQUE CON LA FINALIDAD DE EVITAR CONFUSIONES EN ADQUISICIONES DE BIENES DE IMPORTACIÓN SE DEBERÁ SEÑALAR LA VERSIÓN DE INCOTERMS UTILIZADO.
La condición de entrega que aplica para el presente contrato es (D.D.P. (Delivered Duty Paid) INCOTERMS 2010), consecuentemente, el PROVEEDOR estará obligado a: __________ y PETROQUIMICA estará obligado a: _______. 3.1 Prórroga a la Fecha de Terminación Las partes acuerdan que el plazo de ejecución no será motivo de modificación alguna en el caso de que se determine suspender total o parcialmente la ejecución del presente contrato, por cualquiera de las siguientes causas: i) por caso fortuito o fuerza mayor, ii) por suspensión ordenada por PETROQUIMICA, o iii) por cualquier acto u omisión de PETROQUIMICA o de otro contratista o proveedor que trabaje en el sitio, sin que se trate del PROVEEDOR o cualquiera de sus subcontratistas. Si se actualiza cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo anterior, únicamente dará lugar a una prórroga a la fecha de terminación del contrato sin modificarse el plazo de ejecución. Lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en las cláusulas de “Modificaciones al Contrato” y “Suspensión” de este contrato. CUARTA.- REMUNERACIÓN
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EL CONTRATO PODRÁ INCLUIR CUALQUIER FORMA DE PAGO QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55 DE LAS DAC.
4.1 Monto El monto total de los bienes objeto del presente contrato es de $_________ (_________________ 00/100), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL ANTERIOR TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS:
El presupuesto máximo que PETROQUIMICA podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Queda expresamente convenido que PETROQUIMICA no se obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato. CUANDO APLIQUE: La
cantidad máxima de bienes será: _____________.
NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE EL ESTABLECIMIENTO DE UN MONTO MÍNIMO O CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ INCORPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO: El presupuesto mínimo que PETROQUIMICA se obliga a ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE LA CONVENIENCIA DE NO OBLIGARSE A EJERCER EL MONTO MÍNIMO O CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ SUSTITUIR EL PÁRRAFO ANTERIO POR EL SIGUIENTE: El presupuesto mínimo que PETROQUIMICA podrá ejercer es de: $(numero) (letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, en el entendido que PETROQUIMICA no estará obligado a agotarlo. LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS: El precio unitario de los bienes es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida) en el Anexo __ de este contrato. La(s) referencia(s) MXP asentada(s) en la columna precio unitario del Anexo __ de este contrato significan: Pesos de los Estados Unidos Mexicanos 4.2 Facturación El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos del COPADE (Codificación de pagos y descuentos), previa verificación de la recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda. La(s) factura(s) abarcará(n) [periodos de corte (semanales / quincenales / mensuales)] y serán consecuencia de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto. Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la bóveda de documentos electrónicos de PETROQUIMICA, mediante el uso de la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada. Una vez formalizado el contrato, deberá realizar los trámites de acceso a la Bóveda de Documentos Electrónicos en la Ventanilla Única _______________________________________________.
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Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la ventanilla única correspondiente, ubicada en Departamento de Contabilidad y Fiscal del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicado en carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México. El plazo que transcurra entre la notificación de rechazo de una factura y la fecha en que el PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo establecido para el pago. Una vez corregida la factura reiniciará el cómputo del plazo antes mencionado. 4.3 Condiciones y forma de pago PETROQUIMICA pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de la documentación que acredite la entrega de los bienes. Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:
VENCIMIENTO INHÁBIL Domingo Sábado Lunes a jueves Viernes
PAGO Día hábil posterior Día hábil anterior Día hábil posterior Día hábil anterior
CUANDO APLIQUE
En el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente. Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que para tal efecto haya comunicado por escrito a PETROQUIMICA. En caso de que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a PETROQUIMICA a través de la ventanilla única ubicada en Departamento de Contabilidad y Fiscal del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicado en carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México, con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de que se trate. Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá 3 (Tres) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de PETROQUIMICA, a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del PROVEEDOR. El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28 (veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el adelanto del pago.
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Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección Corporativa de Finanzas, por lo menos, con 3 (Tres) días hábiles de anticipación a la fecha en que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a favor de PETROQUIMICA bajo el concepto de “descuento por pronto pago” misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en PETROQUIMICA. TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de aplicar la Tasa Prime Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar la Tasa EURIBOR de un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. PARA LOS CASOS DE CONTRATACIONES EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN UTILIZARÁN LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS:
MÉXICO EN MONEDA NACIONAL SE
Las obligaciones de pago de nominadas en dólares de los EE.UU.A., para ser cumplidas en la República Mexicana, se solventarán en moneda nacional, al tipo de cambio que Banco de México, publique en el Diario Oficial de la Federación el día hábil bancario inmediato anterior a aquél en que se haga el pago. Tratándose de otras monedas extranjeras, el tipo de cambio se calculará atendiendo a la cotización que rija para estas últimas contra el Dólar de los Estados Unidos de América. PARA LOS CASOS DE CONTRATOS DERIVADOS DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN EN EL QUE EL PROVEEDOR HAYA PRESENTADO SU PROPUESTA EN MONEDA EXTRANJERA Y SEÑALE PARA EFECTO DE COBRO UNA CUENTA BANCARIA EN EL EXTRANJERO SE PODRÁ UTILIZAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
Los pagos se efectuarán en (moneda nacional), mediante depósito bancario en la cuenta señalada para tal efecto por el PROVEEDOR en el extranjero. EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN.
(Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados del presente contrato. EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS PROVEEDORES HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN:
Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de proveedores, sin perjuicio del convenio de proposición conjunta señalado en la declaración 2.10 del presente contrato, han celebrado un contrato de asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente contrato y en términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), será quien presente las facturas de todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que PETROQUIMICA no será responsable por la forma en que (denominación o razón social seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), distribuya o participe de las utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato.
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CUANDO APLIQUE: EN CASO DE CONTRATACIONES
CON PROVEEDORES EXTRANJEROS Y EL PAGO SE REALICE A TRAVÉS DE ITS: El pago al PROVEEDOR, se realizará en la moneda establecida en este contrato, a través de Integrated Trade Systems, Inc. (ITS), en las oficinas de Integrated Trade Systems, Inc. (I.T.S.), ubicadas en el 2500 de CityWest Blvd., Suite 2400, Houston, Texas, U.S.A: 77042-3020. CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE PAGOS PROGRESIVOS:
Los pagos se harán, previa verificación física del grado de avance de fabricación o de materiales en planta, de conformidad con el proyecto y el programa que se establece en el Anexo __ de este contrato. En caso de rescisión administrativa o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá reintegrar el pago progresivo que se haya efectuado en un plazo no mayor a (número y letra) días naturales, contados a partir de la fecha en que sea notificada al PROVEEDOR la rescisión administrativa o terminación anticipada de este contrato. En caso de que el PROVEEDOR no reintegre dicha cantidad en el plazo señalado, deberá pagar los intereses conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán por días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en que se pongan las cantidades a disposición de PETROQUIMICA, independientemente de lo anterior, se hará efectiva la garantía correspondiente. 4.4 Pagos en exceso En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha en que se haya comunicado por escrito al PROVEEDOR sobre el pago en exceso y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PETROQUIMICA. PETROQUIMICA procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PETROQUIMICA. 4.5 Ajustes de precios EN CASO DE QUE EN LA CONTRATACIÓN SE CONTEMPLEN AJUSTES DE PRECIOS
La fórmula para determinar el ajuste a los precios de bienes objeto del contrato es el siguiente: NOTA: INDICAR LA FÓRMULA APLICABLE AL CASO ESPECÍFICO Y QUE DE ORIGEN PARA AJUSTAR EL PRECIO DE LOS BIENES OBJETO DEL CONTRATO. _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________ La forma y términos en la que el PROVEEDOR deberá presentar su solicitud de ajuste de precios será la siguiente: El ajuste de precios aplicará previa solicitud por escrito del PROVEEDOR a partir de las fechas en que aplique el ajuste de que se trate, en los términos pactados en esta cláusula y PETROQUIMICA notificará al PROVEEDOR la resolución que corresponda dentro de un plazo de 30 (treinta) días naturales a partir de que se publiquen los índices que apliquen. En el caso de que se presenten decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el PROVEEDOR se obliga a notificarlo a PETROQUIMICA, y aún cuando el PROVEEDOR no lo hubiere notificado, si PETROQUIMICA lo detecta, procederá el ajuste de precios en los términos de esta cláusula.
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En los casos de atraso en el suministro de los bienes por causas imputables al PROVEEDOR, el ajuste de precios aplicará hasta la fecha de entrega originalmente pactada o modificada mediante el convenio correspondiente, en el entendido de que la penalización se calculará sobre el precio ajustado. En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios procederá durante el período de la prórroga. Los ajustes por variación de precios de mercado de los insumos que forman parte de la remuneración se basarán en las siguientes variables: EL ÁREA ADMINISTRADORA DEBERÁ DETERMINAR LAS VARIABLES MEDIANTE LAS CUALES SE REALIZARÁN LOS AJUSTES, PUDIENDO CONSIDERAR: I.- ÍNDICES E INFORMACIÓN PÚBLICA, GENERAL O ESPECÍFICA, NACIONAL O INTERNACIONAL, O UNA COMBINACIÓN DE LOS MISMOS; II.- ÍNDICES Y CATÁLOGOS DE PRECIOS DE REFERENCIA APLICABLES A LA INDUSTRIA EN CUESTIÓN, ESTABLECIDOS POR INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS DE RECONOCIDO PRESTIGIO, ASÍ COMO OTROS PARÁMETROS SIMILARES, Y III.- CUALQUIER OTRA VARIABLE QUE PETROQUIMICA ESTIME CONVENIENTE PARA LA EJECUCIÓN O CREACIÓN DE VALOR PARA EL PROYECTO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO. EN TODOS LOS CASOS DE AJUSTES A LAS REMUNERACIONES SE DEBERÁ INCLUIR EN EL CONTRATO EL PROCEDIMIENTO PARA TAL EFECTO.
4.6 Anticipo EN CASO QUE LA ADMINISTRADORA DEL EL SIGUIENTE APARTADO:
PROYECTO DETERMINE EL OTORGAMIENTO DE ANTICIPOS, SE DEBERÁ INCLUIR
PETROQUIMICA otorgará al PROVEEDOR un anticipo por el (porcentaje con número) % (porcentaje con letra) del monto de los bienes, correspondientes al (ejercicio o año contractual correspondiente), correspondiéndole por este concepto un importe de: (Importe del anticipo), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. El anticipo será otorgado (indicar fecha). Para el caso de anticipos, el PROVEEDOR deberá presentar previamente la factura que ampare el monto del anticipo, en forma electrónica o documental. . El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura correspondiente al anticipo, no dará lugar a la reprogramación del plazo pactado en este contrato; sin embargo, el atraso en la entrega del anticipo por causas imputables a PETROQUIMICA, diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las obligaciones asumidas por ambas partes. EN EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE DEBERÁ ESPECIFICAR LA FORMA DE AMORTIZAR LOS ANTICIPO. SE PROPONE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
A MANERA DE EJEMPLO
Los anticipos se descontarán del monto pactado, a partir de la fecha en que sean recibidos por el PROVEEDOR, y su importe deberá amortizarse proporcionalmente en cada uno de los pagos, comprometiéndose el PROVEEDOR a que el anticipo lo aplicará exclusivamente para los fines que le fue otorgado. El PROVEEDOR invariablemente deberá entregar a PETROQUIMICA, y a favor de éste, una garantía por el importe del anticipo, en los términos de la cláusula denominada “Garantías”. QUINTA.- PENALIZACIONES NOTA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PEMEX, LAS PENALIZACIONES SE PODRÁN PACTAR POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR.
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ADICIONALMENTE, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DE LAS DISPOSICIONES, LAS PENALIZACIONES CONSIDERARÁN LOS INCUMPLIMIENTOS DE INDICADORES DE OPORTUNIDAD, TIEMPO Y CALIDAD, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES:
I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES; II. INCUMPLIMIENTO DE FECHAS CONTRACTUALES; III. INCUMPLIMIENTO CON LOS PLANES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DE PETROQUIMICA; IV. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A CONTENIDO NACIONAL; V. INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN. EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE QUÉ Y EN QUÉ PORCENTAJE SE CALCULARÁN LAS PENALIZACIONES Y HASTA QUÉ MONTO SE APLICARÁN, LO CUAL NO DEBE SUPERAR EL MONTO DEL CONTRATO. Las partes en el presente contrato, acuerdan que PETROQUIMICA le aplicará penalizaciones en los siguientes supuestos: NOTA: A CONTINUACIÓN SE PRESENTAN MODELOS DE PENALIZACIONES POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR, DE ACUERDO A LA NATURALEZA Y MAGNITUD DEL CONTRATO SE SELECCIONARÁN LAS PENAS QUE RESULTEN CONVENIENTES. I.
Atraso en la entrega de los bienes
Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se hará acreedor por atraso en el plazo de entrega de los bienes, se calcularán, a partir del día siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente al valor de los bienes entregados con atraso, a razón de 1.0 % por cada día calendario de atraso y hasta el importe de la garantía de cumplimiento del contrato. TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE:
Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por atraso en la entrega de los bienes, se calcularán, a partir día/hora siguiente del vencimiento del plazo pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas sobre el valor de los bienes entregados con atraso a razón de ___ % por cada día/hora de atraso y hasta _____ % del valor de los bienes entregados con atraso de la ORDEN de que se trate (se deberá establecer porcentaje, cuota, fórmula o cualquier otro esquema distinto a los anteriores, en función del modelo económico). II.
Incumplimiento de las obligaciones relativas a la cláusula de Contenido Nacional
De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada “Contenido Nacional”, si como resultado de la verificación documental del grado de integración nacional de los bienes nacionales entregados por el PROVEEDOR se determina que dicho grado de integración nacional es menor al ofertado en su propuesta durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el Anexo _______ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN N ACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que será determinada de acuerdo a lo establecido en el Anexo referido y que podrá ser deducida de cualquier cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el PROVEEDOR regularice esta situación. El proveedor se hará acreedor a una pena convencional del 10% del valor de los bienes, para cada una de las partidas suministradas incumplimiento de las obligaciones relativas al contenido nacional cuando de la verificación resulte que el grado de integración nacional suministrado sea menor al ofertado. LA SIGUIENTE PENALIZACIÓN DEBERÁ INCORPORARSE OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS
III.
INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO “SSPA”
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En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y especifican en el Formato 4 del Anexo “SSPA” del presente contrato, PETROQUIMICA aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el Formato 6 del referido Anexo “SSPA”, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación establecidos en los apartados del Anexo “SSPA” siguientes: “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”. El monto de las penalizaciones no podrá exceder de 10% (Diez por ciento) del monto del contrato. NO PODRÁ EXCEDER EL MONTO DEL CONTRATO
El PROVEEDOR acepta, que PETROQUIMICA aplique las penalizaciones a que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones: -
Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con PETROQUIMICA, siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.
Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR. SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL De acuerdo a lo establecido en el Anexo ____ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN N ACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), al momento de la entrega, el PROVEEDOR deberá declarar bajo protesta de decir verdad el Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados. Si durante el procedimiento de contratación el PROVEEDOR ofertó bienes nacionales en los términos del Anexo _____ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), PETROQUIMICA verificará documentalmente durante la vigencia del Contrato, de manera directa o a través de terceros, que el grado de integración nacional del bien suministrado sea igual o mayor que el grado de integración nacional ofertado. El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de “Penalizaciones” del presente contrato y podrá ser causal de rescisión de este acuerdo de voluntades. EN CASO DE QUE EL PROVEEDOR NO SE HAYA COMPROMETIDO A CUMPLIR CON UN GRADO INTEGRACIÓN NACIONAL, SE DEBERÁN SUSTITUIR LOS PÁRRAFOS QUE ANTECEDEN POR EL SIGUIENTE:
El PROVEEDOR no está obligado a cumplir con algún grado de integración nacional. SÉPTIMA.- CESIÓN LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS APLICAN CUANDO SÓLO SE PERMITA AL PROVEEDOR CEDER LOS DERECHOS DE COBRO.
El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir los derechos y obligaciones que se deriven del presente contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de PETROQUIMICA, con la intervención del área jurídica.
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El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y PETROQUIMICA otorga su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.; Institución de Banca de Desarrollo”. Para la cesión de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes. LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL PRIMER PÁRRAFO DE ESTA CLÁUSULA CUANDO SE PERMITA AL PROVEEDOR LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATO: El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, sin la autorización previa y por escrito de PETROQUIMICA, la cual deberá obtener con la intervención del área jurídica. Con excepción de la cesión de los derechos de cobro, el PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente contrato preserve las capacidades técnicas, financieras y demás necesarias para cumplir adecuadamente con las obligaciones del PROVEEDOR y las consecuencias de dicha cesión se deberán formalizar mediante convenio modificatorio al presente contrato. OCTAVA.- CLÁUSULA FISCAL CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que PETROQUIMICA realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia. CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ SOLICITARSE LA SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PUEDE VARIAR:
Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que PETROQUIMICA esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia. CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ ENTREGAR LA CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES:
Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y ____ (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta. Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a PETROQUIMICA el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto del o los ejercicios fiscales comprendidos hasta el finiquito del contrato. CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE ADQUISICIÓN DE BIENES DE IMPORTACIÓN
El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley de la materia, esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios pactados.
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NOVENA.- GARANTÍAS PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN CLAUSULADOS DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE MODELO, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS, RESPECTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE DEBAN CONTRATAR.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en: PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL. Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (Diez por ciento) del importe total del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUIMICA. PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES. Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUIMICA. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A.
B. C.
D.
E.
Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUIMICA. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente. En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PETROQUIMICA.
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F.
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Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7.
Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. La rescisión del contrato y su notificación. Copia del finiquito Cuantificación del importe reclamado.
CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días naturales adicionales, a favor de PETROQUIMICA. CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el __% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a favor de PETROQUIMICA. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, más noventa días naturales adicionales, a favor de PETROQUIMICA salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más noventa días naturales adicionales. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A.
B. C.
Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUIMICA. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.
PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, ÚNICAMENTE DEBERÁ INCORPORARSE EL SIGUIENTE TEXTO:
EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PETROQUIMICA exceptúa al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho de PETROQUIMICA de reclamar por la vía judicial, los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato y que resulten a cargo del PROVEEDOR. ESTA CLÁUSULA SE INCLUIRÁ EN CASO DE QUE SE PACTE ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO.
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GARANTÍA DE [ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO] El PROVEEDOR deberá, previo a la entrega del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], constituir una garantía por la totalidad del importe de dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A.). El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado] recibido por PETROQUIMICA, debe presentar a PETROQUIMICA una garantía, consistente en: CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA.
Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUIMICA. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUIMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUIMICA. B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. D. Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PETROQUIMICA. E. Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará integrada con la siguiente documentación: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.
Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro documento que acredite fehacientemente la recepción del mismo. Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas. Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. La rescisión del contrato y su notificación. Copia del finiquito Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.
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CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY.
Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el importe total del anticipo, sin incluir Impuesto al Valor Agregado, y su vigencia será equivalente al periodo de amortización pactado en el contrato más noventa días naturales adicionales, a favor de PETROQUIMICA. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A.
B.
Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUIMICA, de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUIMICA. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.
GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los bienes, deberá presentar a PETROQUIMICA, dentro de los diez días naturales siguientes al acta de entrega de los bienes, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos en los bienes consistente en: PÓLIZA DE FIANZA.
Póliza de fianza que se constituirá por el 10% (Diez por ciento) del importe total de los bienes entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes, otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de PETROQUIMICA. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: A. Que queda obligado ante PETROQUIMICA para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y PETROQUIMICA, para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo PETROQUIMICA con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora. En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y PETROQUIMICA exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a PETROQUIMICA.
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Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra PETROQUIMICA, de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de PETROQUIMICA. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente. En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PETROQUIMICA. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación: 1. 2. 3. 4.
Reclamación por escrito a la institución de fianzas. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación. 5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados. CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY
Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de los bienes entregados, con una vigencia de seis meses más noventa días naturales adicionales, a partir de la entrega de los bienes y a favor de PETROQUIMICA. El PROVEEDOR manifiesta expresamente: Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro. TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER SUPUESTO La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de ventanilla de atención a proveedores de la Jefatura de Adquisiciones del Complejo Petroquímico Pajaritos ubicado en carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México en el horario
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de: 8:00 a 14:00 horas en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos. Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que PETROQUIMICA detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo. DÉCIMA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para PETROQUIMICA, si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato. La inspección que realice PETROQUIMICA a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía otorgada por los conceptos indicados. TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE EXCEPTÚE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO:
La inspección que realice PETROQUIMICA a los bienes amparados en el presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes entregados contra defectos o vicios ocultos, sin perjuicio del derecho de PETROQUIMICA de reclamar por la vía judicial que corresponda, los daños que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones de este género. PETROQUIMICA a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato realizará la inspección de los bienes objeto de este contrato. [CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE BIENES DE LARGO PROCESO DE FABRICACIÓN, ROPA DE TRABAJO U OTROS:. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato llevará a cabo la inspección de la fabricación de los bienes, de conformidad con lo establecido en el Anexo ____] .Dicha inspección se llevará a cabo en: Almacén Local del Complejo Petroquímico Pajaritos. Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato. DECIMA PRIMERA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada “Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes”, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los bienes que se entreguen deberán ser nuevos. Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de PETROQUIMICA, lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de pedido y el número de partida, indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según el caso, así como el peso de cada uno de ellos. Invariablemente, la entrega de los bienes y/o servicios se deberá efectuar con nota de remisión, debiendo indicar el número del contrato y la partida correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada de los bienes entregados por lo tanto queda prohibida la entrega de facturas en las Áreas Usuarias (Centros de Trabajo). El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las especificaciones y la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos no se tendrán por recibidos o aceptados por PETROQUIMICA.
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LOS TEXTOS QUE A CONTINUACIÓN SE CITAN PODRÁN INCLUIRSE O ELIMINARSE EN RAZÓN DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES A ADQUIRIR POR PARTE DE PETROQUIMICA.
Las refacciones o accesorios deberán portar en la parte externa, debidamente protegida, la lista de embarque que describa en forma completa el contenido de la caja, bulto o depósito, o en su caso el dibujo específico de la pieza, además ésta deberá venir marcada con el número de parte del fabricante, grabados de origen mediante lápiz eléctrico, chorro de tinta o bien identificarse con una etiqueta adherida, y en su caso, señalar las cantidades por peso o bulto. En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que por su naturaleza lo requieran, deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y permanentemente que permita su identificación. Cuando se trate de conductores eléctricos, juntas metálicas, barras y láminas, tuberías, válvulas y conexiones, estos productos deberán marcarse con colores estipulados con base en su composición química (especificaciones) y de acuerdo a las normas nacionales e internacionales establecidas. El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula, originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para PETROQUIMICA. SI EN EL CONTRATO SE PACTA OTRA CONDICIÓN DISTINTA A LA ENTREGA EN DESTINO FINAL, DEBERÁ SUPRIMIRSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con 48 (Cuarenta y ocho) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes. En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de remisión así como del contrato. Cualquier gasto en que incurra PETROQUIMICA, por falta de documentación de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho el PROVEEDOR. El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones legales y reglamentarias que tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los bienes adquiridos por PETROQUIMICA bajo el presente contrato. DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ ESTABLECER REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS MODIFICACIONES. LAS MODIFICACIONES DEL NUMERAL I DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO INMEDIATO SUPERIOR DE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO O POR EL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO O POR EL DIRECTOR CORPORATIVO, SEGÚN SEA EL CASO, CONFORME AL ARTÍCULO 58 DE LAS DISPOSICIONES.
Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente: I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando se trate de: a. b. c.
Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, y La incorporación de avances tecnológicos que tengan un impacto en los términos contractuales señalados en los dos incisos anteriores.
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EL SIGUIENTE SUPUESTO SE INCLUIRÁ CUANDO EN LE CLÁUSULA DE CESIÓN, SE HAYA PREVISTO LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO. d. Las consecuencias derivadas de la cesión de los derechos y obligaciones del presente contrato. II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de: a Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula denominada “Suspensión”,,y, b Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula. Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El PROVEEDOR deberá entregar a PETROQUIMICA, el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula. 12.1 Bienes no previstos en el contrato Si durante la ejecución del contrato, PETROQUIMICA requiere la adquisición de bienes no previstos en el mismo, o bien el PROVEEDOR se percata de la necesidad de proveerlos, éste sólo podrá suministrarlos una vez que cuente con la autorización por escrito, por parte de la persona que designe el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, siempre y cuando se relacionen directamente con el objeto del contrato y sean necesarios para su cumplimiento. Los precios de dichos bienes deberán ser acordados previo al suministro de los mismos. DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor. Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas, ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas, epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles, insurrecciones, incendios y tormentas. EL SIGUIENTE PÁRRAFO PODRÁ INCLUIRSE, DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO:
Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i) cualquier acontecimiento resultante de la falta de previsión, negligencia, impericia, provocación o culpa del proveedor; o (ii) aquellos que no se encuentren debidamente justificados, ya que de actualizarse alguno de estos supuestos, se procederá a la aplicación de las penas convencionales que se establecen en la clausula correspondiente. La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.
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En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Suspensión”. En caso de terminación anticipada derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada “Terminación Anticipada”. DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO 14.1 Rescisión administrativa PETROQUIMICA podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: n)
Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos;
o) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación; p) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; q) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga; r) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato; f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato; g) Cuando sin autorización expresa de PETROQUIMICA ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma; h) Cuando sin autorización expresa de PETROQUIMICA ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición; i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; j) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”; k)
Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”;
l) Si no da a PETROQUIMICA o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes; m) Si no entrega a PETROQUIMICA el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”; EN LOS CONTRATOS EN LOS QUE APLIQUE EL ANEXO RESCISIÓN:
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“SSPA” SE DEBERÁN AGREGAR LAS SIGUIENTES CAUSALES DE
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s) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “SSPA” de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el Anexo “SSPA”, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento; t) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato; u) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el Anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PETROQUIMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante dicha determinación, PETROQUIMICA valorará la decisión de rescindir; v) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del Anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto PETROQUIMICA podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, PETROQUIMICA valorará la decisión de rescindir; w) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, PETROQUIMICA podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo “SSPA”; ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, MAGNITUD Y COMPLEJIDAD DEL CONTRATO SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSAS DE RESCISIÓN DEL CONTRATO. En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula, previo a la determinación de la rescisión, PETROQUIMICA podrá otorgar al PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por PETROQUIMICA atendiendo a las circunstancias del contrato y será formalizado en términos de lo establecido en la fracción II de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”. Si al concluir dicho periodo, el PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, PETROQUIMICA podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula. En caso de que PETROQUIMICA determine rescindir administrativamente el contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a PETROQUIMICA, en un plazo de __ (____) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato. En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida la determinación respectiva, PETROQUIMICA, precautoriamente y desde el inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados, hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías. El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 10 (Diez) días naturales siguientes a la fecha de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el saldo que resulte a favor de PETROQUIMICA.
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PETROQUIMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PETROQUIMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PETROQUIMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. 14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que PETROQUIMICA notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que dentro del plazo de 5 (Cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. La determinación de PETROQUIMICA de dar o no por rescindido el contrato deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los 15 (Quince) días hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el plazo estipulado en el párrafo anterior. NOTA: LOS PLAZOS ANTERIORES NO PODRÁN EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILES En caso de que PETROQUIMICA resuelva rescindir el contrato, dicha rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva. La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión administrativa del contrato, serán notificadas por PETROQUIMICA al PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. 14.3 Rescisión por causas imputables a PETROQUIMICA El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a PETROQUIMICA se actualicen alguno de los siguientes supuestos: a)
Por incumplimiento en las obligaciones de pago;
b)
Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;
c)
Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes.
DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA PETROQUIMICA podrá terminar anticipadamente el presente contrato, por las siguientes causas: I. II. III. IV.
V.
Por caso fortuito o fuerza mayor; Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión; Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato; Cuando se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública o los Órganos Internos de Control en Petróleos Mexicanos, y ___________ (DEPENDIENDO LA NATURALEZA Y LOS ALCANCES DEL CONTRATO, SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSALES QUE DEN LUGAR A LA TERMINACIÓN ANTICIPADA)
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El PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de PETROQUIMICA, el pago por los bienes entregados hasta la fecha de terminación anticipada, así como el pago de los gastos que se originen por la terminación anticipada, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente: CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 75 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA TERMINACIÓN ANTICIPADA Y LA .FORMA DE CUANTIFICARLOS Y CUBRIRLOS.
En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma. PETROQUIMICA podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del finiquito. PETROQUIMICA hará constar en el finiquito, la recepción de los bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PETROQUIMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. DÉCIMA SEXTA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente: Comunicaciones a PETROQUIMICA: Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio que asegure su recepción en el domicilio siguiente: Jefatura del Departamento de Mantenimiento Derivados Clorados II/III del Complejo Petroquímico Pajaritos, ubicado en carretera Coatzacoalcos-Villahermosa Km 7.5, Col. Centro, C.P. 96400, Coatzacoalcos, Veracruz, México Telefono 01-921-2110202 Ext. 32389, al correo electrónico:
[email protected], área y/o servidor público que recibirá los bienes: Ing. Miguel Angel Vásquez Ortíz. Comunicaciones al PROVEEDOR: Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato. Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.
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DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por parte del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en estos casos; PETROQUIMICA podrá ordenar, la rectificación o reposición de aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el plazo señalado para su entrega. Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago alguno por ello. El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que, también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales, estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e higiene de PETROQUIMICA para la entrega de los bienes. El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a PETROQUIMICA por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados. Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del presente contrato. DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN TÉRMINOS DIFERENTES A LOS ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, PREVIO A SU MODIFICACIÓN, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS. El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que al efecto le señale PETROQUIMICA y cuando la ejecución del contrato implique riesgos para las instalaciones o el personal de PETROQUIMICA o de sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR. Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones establecidas en el presente instrumento. Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros derivado por su actuar ilícito, o por dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin actuar ilícitamente y sin dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, lucro cesante, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.
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Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS SE PODRÁN INCLUIR DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DE LOS BIENES, OBRAS O SERVICIOS A CONTRATAR. PARA SU INCLUSIÓN, SE DEBERÁ SOLICITAR EL VISTO BUENO DE LAS ÁREAS EVALUADORA DE RIESGOS Y JURÍDICA. PETROQUIMICA será el único responsable de los daños ambientales que surjan con motivo de las actividades relacionadas con los hidrocarburos en los términos de los artículos 7 Bis de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo y 3º de su Reglamento, sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. Conforme a lo anterior, en ningún caso el PROVEEDOR se considerará responsable por la pérdida de hidrocarburos, por pérdidas de producción en general o por daños causados a terceros o al medio ambiente como resultado de la propia operación de PETROQUIMICA, consecuentemente éste mantendrá libre de toda obligación al PROVEEDOR, por cualesquiera reclamaciones que resulten por filtraciones o cualesquiera otro flujo no controlado de petróleo, gas, agua o cualquier otra sustancia que provenga del subsuelo. No obstante lo anterior, en caso de que los daños causados al medio ambiente de conformidad con lo estipulado en esta cláusula sean consecuencia de actos ilícitos, dolosos o por mala fe cometidos por el PROVEEDOR, PETROQUIMICA repetirá en contra del PROVEEDOR por todo lo que haya tenido que pagar PETROQUIMICA como consecuencia de los daños ocasionados por su actuar ilícito, doloso o por mala fe en términos de lo dispuesto en el artículo 1910 del Código Civil Federal en vigor. El PROVEEDOR será el único responsable del cumplimiento de todas las obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstos en las leyes federales, estatales, municipales y las autorizaciones emitidas por las autoridades ambientales, así como de los daños u afectaciones que cause al medio ambiente provocados por el manejo de sustancias, fluidos, combustibles, lubricantes, que se empleen o estén en su posesión o bajo control del PROVEEDOR, incluyendo el manejo integral de residuos peligrosos que provengan de los bienes de su propiedad; sin perjuicio de su responsabilidad frente a terceros. No obstante la responsabilidad ambiental del PROVEEDOR, PETROQUIMICA podrá establecer los controles y las medidas de supervisión que considere convenientes para cerciorarse del cumplimiento de las obligaciones del PROVEEDOR en materia ambiental. Conforme a esta cláusula y las leyes aplicables, el PROVEEDOR tendrá las siguientes obligaciones: a) b) c)
d)
e) f)
Deberá ejecutar el objeto del contrato preservando y conservando el medio ambiente sin causar daño a la propiedad pública o privada. Deberá contar con sistemas de seguridad para proteger el medio ambiente y la salud y seguridad de todos los empleados y las instalaciones. Deberá cumplir con los términos de todas las autorizaciones ambientales y mantener sus equipos en las mejores condiciones que permitan un desarrollo sustentable de conformidad con las leyes aplicables. Deberá emplear personal calificado, equipos, maquinaria, materiales, procedimientos operacionales y en general las más actualizadas tecnologías que cumplan con los estándares o usos de la industria, así como planes de manejo de los residuos peligrosos que se generen derivado de la ejecución del contrato, aplicando el principio de la precaución o prevención, preservación de la diversidad biológica, de los recursos naturales y la preservación de la seguridad y salud de la población y su personal. Deberá colaborar con las autoridades y los organismos, federales y estatales, encargados del cuidado del medio ambiente. Asimismo el PROVEEDOR será responsable de que sus subcontratistas y sus proveedores cumplan con todas las obligaciones, compromisos y condicionantes ambientales previstas en las leyes aplicables, los estándares o usos de la industria o los permisos ambientales, así como que
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sean responsables de las afectaciones o los daños que causen al medio ambiente en la ejecución del contrato. LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SE PODRÁN INCLUIR EN CONTRATOS ASOCIADOS A LA PERFORACIÓN DE POZOS: En los casos de incendio, explosión, reventón superficial o pérdida de control de cualquier pozo marino, PETROQUIMICA coordinará las operaciones hasta que quede totalmente controlado el pozo, y el PROVEEDOR se obliga a auxiliar a PETROQUIMICA en las operaciones de control, y proporcionará los equipos, materiales y servicios comprendidos en este contrato y que puedan ser requeridos para el control del pozo y, en su caso, para la perforación de un pozo o pozos de alivio. Los gastos y costos que se originen con motivo de lo anterior serán a cargo de PETROQUIMICA. El PROVEEDOR no será responsable de daño o pérdida a cualquier formación, estrato o reserva bajo la superficie terrestre, en el entendido de que con relación a sus responsabilidades y obligaciones contractuales, el PROVEEDOR se obliga a emplear las mejores prácticas internacionales disponibles, y las tecnologías más adecuadas, avanzadas y seguras. DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad. En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PETROQUIMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y que realice PETROQUIMICA en relación con el asunto. Si se actualiza dicho supuesto, PETROQUIMICA dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de 5 (Cinco) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PETROQUIMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación. El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a PETROQUIMICA respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que interpondrá, sin restringirse las facultades de PETROQUIMICA de implementar sus propios medios y estrategias de defensa. OPCIONAL DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATO En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a PETROQUIMICA. Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de PETROQUIMICA de los derechos de propiedad intelectual generados. EN CASO DE QUE EL CONTRATO SE CELEBRE CON TECNÓLOGOS, EL TEXTO DE ESTA CLÁUSULA DEBERÁ SER EL SIGUIENTE: El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.
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Si con motivo de la ejecución este contrato, el PROVEEDOR llegare a invadir derechos de propiedad industrial o intelectual relacionados con el objeto de este contrato, o intencionalmente llegare a apropiarse indebidamente de los derechos exclusivos de terceros relacionados con el objeto de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PETROQUIMICA de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en contra de Petróleos Mexicanos y/u Organismos Subsidiarios. El PROVEEDOR deberá reembolsar y/o indemnizar a PETROQUIMICA cualquier gasto y/o costa judicial, así como asumir toda la responsabilidad por la defensa legal que realice el PROVEEDOR en beneficio mutuo de PETROQUIMICA y el PROVEEDOR en relación con el asunto. No obstante lo anterior, PETROQUIMICA está de acuerdo en que el PROVEEDOR se reserva el derecho a obtener la licencia de la tercera parte que alega la violación de patente o marca comercial o apropiación indebida de secretos industriales que se trate o cualquier otro derecho exclusivo, o para recomendar cambios para que la tercera parte ya no pueda alegar que el PROVEEDOR esté infringiendo sus derechos de patentes o derechos de marca comercial o la apropiación indebida intencional de sus derechos sobre secretos industriales relacionados, con el objeto de este contrato o de cualquier otro derecho exclusivo. Si se actualiza dicho supuesto, PETROQUIMICA dará aviso al PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes; y el PROVEEDOR, en un plazo de (número) (letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a PETROQUIMICA un informe circunstanciado sobre la referida violación. Bajo los términos de la Licencia descritos en el Anexo___, el PROVEEDOR otorga a PETROQUIMICA los derechos que se establecen en dicha Licencia. En caso de que el PROVEEDOR obtenga patentes o mejoras a las mismas, tendrá la obligación de comunicarlo a PETROQUIMICA durante la vigencia del presente contrato, a fin de que dicha entidad pueda utilizar dichas patentes o mejoras sin costo, las cuales serán propiedad del PROVEEDOR. VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PETROQUIMICA. Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PETROQUIMICA o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados. VIGÉSIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN PETROQUIMICA tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual PETROQUIMICA, comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato.
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Cuando PETROQUIMICA determine la suspensión del contrato, las partes, a partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y terminación de los trabajos, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo de ejecución del contrato, sin modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR podrá solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido durante el periodo de la suspensión, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se limitarán a lo siguiente: CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN.
Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna para las partes EN CASOS EXCEPCIONALES, DE ACUERDO A LA NATURALEZA DEL CONTRATO, SE PODRÁ PACTAR, ADICIONALMENTE, EL PAGO DE LOS GASTOS QUE SE GENEREN POR SUSPENSIÓN POR CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, EN CUYO CASO SE INCORPORARÁ LO SIGUIENTE: El pago de los gastos se limitará a lo siguiente: CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 74 DE LAS DAC, EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTIPULAR LOS PAGOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN DERIVADA DE CASO FORTUITO.
Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”. VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario. VIGESIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES PETROQUIMICA, a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su representante, que será el Ing. Miguel Angel Vásquez Ortíz de la Jefatura del Departamento de Mantenimiento Derivados Clorados II/III dará al PROVEEDOR, por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con las modificaciones que, en su caso, ordene PETROQUIMICA. CUANDO APLIQUE Cuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato. El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como contar
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con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público. En cualquier momento, por causas justificadas, PETROQUIMICA podrá solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos correspondientes. Dichos representantes tendrán las facultades para llevar a cabo las modificaciones a que se refiere la fracción segunda de la cláusula denominada Modificaciones al Contrato. VIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN PETROQUIMICA durante la ejecución del Contrato se obliga a rechazar dinero o cualquier tipo de compensación o dádiva que pudiera predisponerle a favorecer al PROVEEDOR u otorgarle ventajas inapropiadas; así como ejecutar actos u omisiones que tuvieran por objeto o efecto evadir los requisitos o normas establecidas o simular el cumplimiento de éstas. El PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato, ni sus empleados, ni sus subcontratistas o empleados de éstos prometerá, ofrecerá o entregará dinero o cualquier otra dadiva con el fin de obtener o conservar un negocio u otra ventaja inapropiada, que puedan constituir un incumplimiento a la Ley; no ejecutará actos u omisiones que tengan por objeto o efecto evadir los requisitos o normas establecidas o simular el cumplimiento de éstas; no obligará a ningún servidor público a dar, suscribir, otorgar, destruir, entregar un documento destinado a favorecerle indebidamente; no presentar documentación o información falsa o alterada y en general cumplirá con lo establecido en la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas. El PROVEEDOR, sus empleados, sus subcontratistas o los empleados de éstos, se abstendrán de incurrir en actos que se tipifiquen en materia penal como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de PETROQUIMICA. En caso de que el PROVEEDOR incurra en cualquiera de los actos señalados en el párrafo que antecede, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en territorio nacional que cause ejecutoria, PETROQUIMICA podrá optar por la rescisión administrativa del Contrato conforme a lo establecido en la cláusula denominada “Rescisión del contrato”. Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones. Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al contrato. VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.
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En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva. VIGÉSIMA SEPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del Contrato.
VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS DEL CONTRATO Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS ANEXOS SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA) Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de los Bienes” Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)” Anexo “SSPA” “Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios” (CUANDO APLIQUE) Anexo “____”.- “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” (CUANDO APLIQUE) Anexo “____”.- “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (CUANDO APLIQUE) Anexo “____” Propuesta Técnica – Económica Anexo “____”.- ____ Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato. VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo. Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales. El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello. El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello. TRIGÉSIMA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada “Garantías” PETROQUIMICA podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su
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modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que PETROQUIMICA otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, PETROQUIMICA podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que se trate de derechos exclusivos. EN CASO DE QUE EL PLAZO QUE SE ACUERDE CON EL PROVEEDOR SEA SUPERIOR A 30 DÍAS NATURALES, DEBERÁ DARSE AVISO A LA AFIANZADORA CUANDO SE HAYA GARANTIZADO EL CONTRATO CON FIANZA. TRIGÉSIMA PRIMERA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los 3 (Tres) días naturales siguientes de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, por razones debidamente motivadas y justificadas, las partes podrán acordar conocer y revisar el mismo. El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta cláusula. Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato. Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de 10 (Diez) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión. Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de 3 (Tres) días naturales para comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su reclamo como discrepancia técnica o administrativa. Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio correspondiente. Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción. Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo. Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o sustituciones al reclamo original. El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente manera:
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El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto, indicando los temas en discrepancia, dentro de los 3 (Tres) días naturales siguientes a la fecha en que el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo. La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo: a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la documentación que los compruebe; b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones contractuales y legales que fundamenten su reclamo; c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada e identificada con número de anexo. El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al PROVEEDOR dentro de un plazo de 10 (diez) días naturales contados a partir del vencimiento del plazo para que el PROVEEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones. Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión. Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes. Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción. TRIGÉSIMA SEGUNDA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato, se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado entre el PROVEEDOR y PETROQUIMICA. TRIGÉSIMA TERCERA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN EN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEBERÁ SOLICITARSE A LA DIRECCIÓN JURÍDICA QUE PROPORCIONE EL TEXTO A INCLUIR.
El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de Coatzacoalcos, Veracruz, por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa.
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LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS SON OPTATIVAS Y SE PODRÁN INCLUIR, ASÍ COMO AQUELLAS OTRAS QUE SE REFIERAN A CONDICIONES PARTICULARES O ESPECIFICAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE LE DIO ORIGEN Y QUE RESULTEN NECESARIAS PARA PROTEGER LOS INTERESES DE PETROQUIMICA Y SE INCLUIRÁN AL CLAUSULADO CON EL NÚMERO QUE LE CORRESPONDA
___________.- SUBCONTRATACIÓN EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, INVITACIÓN RESTRINGIDA O ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO:
El PROVEEDOR podrá subcontratar lo siguiente: _________________________________________________________________________ _________________________________________________________________________ EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO NO SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, O DE INVITACIÓN RESTRINGIDA O EN SU CASO, EN LA SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE ORIGEN AL CONTRATO, LAS ACTIVIDADES QUE SE PODRÁN SUBCONTRATAR : En caso de que el PROVEEDOR requiera subcontratar cualquier parte del contrato, que no haya incluido en su propuesta, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto con 3 (tres) días naturales de anticipación a la pretendida subcontratación, indicando: (i) el nombre del posible subcontratista; (ii) la parte del contrato a ser subcontratada; y (iii) la información suficiente para que PETROQUIMICA esté en condiciones de evaluar la capacidad técnica del posible subcontratista. Asimismo, PETROQUIMICA tendrá el derecho de solicitar al PROVEEDOR cualquier información adicional a la entregada por éste, a fin de autorizar la subcontratación en cuestión. PETROQUIMICA tendrá un período de 3 (tres) días naturales a partir de la fecha de recepción de la notificación, o a partir de la fecha de recepción de la información adicional solicitada, para aceptar o rechazar por escrito la celebración de dicho contrato. En caso de que transcurra el plazo antes referido sin que PETROQUIMICA haya aceptado o rechazado por escrito la solicitud del PROVEEDOR, ésta se tendrá por no aceptada. LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS:
Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de contenido nacional al que se comprometió en su propuesta de conformidad con el Anexo____. NOTA: ESTE ANEXO SE REFIERE A AQUEL EN DONDE SE INCLUYA LA PROPUESTA DEL PROVEEDOR. En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto motivo de incremento en los precios pactados ni en el plazo de entrega. No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las obligaciones del contrato. Los subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra de PETROQUIMICA. Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a PETROQUIMICA de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la ejecución del contrato. _________.- OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN AMBIENTAL ESTA CLÁUSULA APLICARÁ OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS
El PROVEEDOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los requerimientos establecidos en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. _________.- NORMAS DE CALIDAD
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CUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN
El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del contrato que entregue a PETROQUIMICA cuenten con una certificación normativa, conforme al (los) Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación según el país de origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR). CUANDO LA ADQUISICIÓN DE BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS.
El PROVEEDOR se obliga a que la ejecución de los servicios asociados a los bienes esté bajo una certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación, misma que deberá corresponder a lo indicado en su oferta del PROVEEDOR). _________.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO LA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PETROQUIMICA
Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia, centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el Anexo __ del presente contrato, corresponden a datos de control interno de PETROQUIMICA que no tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR. _________.- CONDICIÓN SUSPENSIVA ÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE FORMALIZAN.
Este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. _________.- CONFIDENCIALIDAD LA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PROVEEDOR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:
PETROQUIMICA LE PROPORCIONE AL
El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de PETROQUIMICA, y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de PETROQUIMICA. El PROVEEDOR garantiza que dicha información será revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno, tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de PETROQUIMICA. Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el establecimiento de procedimientos, en consulta con PETROQUIMICA para asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad por sus empleados y el instituir medidas de seguridad. De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación o durante el desarrollo de los trabajos, así como aquella información o documentación que origine cualquier reclamo o controversia técnica.
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No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato; (ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte requerida a sanciones civiles, penales o administrativas y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación. Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de (número de años) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo. _________.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO ESTA CLÁUSULA APLICA A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, PEMEX REFINACIÓN, PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y PEMEX PETROQUÍMICA CUYO MONTO TOTAL (LA SUMA DEL MONTO EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA SUPERIOR A 100 MILLONES DE PESOS*. * EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS EN LOS CUALES SE ESTABLECE UN MONTO MÍNIMO, DICHO MONTO MÍNIMO SE DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL UMBRAL A QUE SE REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR. PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ UTILIZAR EL TIPO DE CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA, PAGADERAS EN LA REPÚBLICA MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONESEl PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula. La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato], en la inteligencia de que PETROQUIMICA podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, El PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de PETROQUIMICA, inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato. El PROVEEDOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PETROQUIMICA la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento (documentos y/o documentos electrónicos), que en su caso corresponda; la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Anexo [número de anexo correspondiente de acuerdo con el modelo de contrato] denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion). Si el PROVEEDOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, el área responsable (“Módulo de Financiamiento”):
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a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el PROVEEDOR podrá continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s), o b) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación”, el cual formará parte de la documentación que el PROVEEDOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s) factura(s). PETROQUIMICA no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s) cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda. PETROQUIMICA podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PETROQUIMICA le indique oportunamente. ___________.- FINIQUITO ESTA CLÁUSULA SE PODRÁ INCLUIR DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO O DE LAS CIRCUNSTANCIAS DE SU CUMPLIMIENTO
Recibidos físicamente los bienes, PETROQUIMICA a través de la persona designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de 10 (diez) días naturales, el finiquito del contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que, en su caso, se hayan presentado. El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al originalmente acordado, mediante la formalización de un acta. El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato. Si procede, PETROQUIMICA solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, PETROQUIMICA procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. _________.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO
El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será quien realizará la supervisión del mismo. Dicha supervisión se llevará a cabo en: ________. El PROVEEDOR acepta que el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato vigilará y revisará en todo tiempo los servicios relacionados con este contrato y dará al PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución, así como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR. La supervisión de los servicios que realice PETROQUIMICA no libera al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de los defectos o vicios ocultos que aparezcan
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posteriormente una vez concluidos los servicios. Lo anterior, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato. LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES DEBERÁN INCLUIRSE CUANDO SE TRATE DE SERVICIOS EN SITIO O CUANDO ASÍ SE HAYA SOLICITADO EN EL ACTO QUE DIO ORIGEN AL CONTRATO CORRESPONDIENTE.
Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato. El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por PETROQUIMICA quien determinará si reúne los requisitos señalados. En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, PETROQUIMICA podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula. _________.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA APLICA EN CASO DE CONSORCIOS
Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante PETROQUIMICA. De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR requiera cambiar a dicha compañía como Líder, deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto, con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su decisión de designar a otro miembro del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del PROVEEDOR, al momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos establecidos para ser Compañía Líder. APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO
El PROVEEDOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones de este contrato ante PETROQUIMICA. _________________.- RETENCIONES ESTA CLÁUSULA SÓLO APLICA CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA AUTORIDAD FISCAL.
El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje establecido en el convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este contrato
Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____.
LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES.
POR PETROQUIMICA
POR EL PROVEEDOR
_____________________________________ ________________________________
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REVISIÓN JURÍDICA POR PARTE DE LA DIRECCIÓN JURIDICA SE RECOMIENDA INCLUIR LAS SIGUIENTES FIRMAS: ______________________________________ REVISIÓN TÉCNICA
___________________________ REVISIÓN ADMINISTRATIVA
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DOCUMENTO 16 CAUSAS DE DESECHAMIENTO Se desecharán las propuestas que no cumplan con los requisitos esenciales siguientes: 1. No presentar la documentación indicada en el punto 4 Inciso A) de las presentes bases de licitación. 2. No acreditar la existencia y personalidad jurídica del licitante de conformidad con indicada en el punto 4 Inciso A), de estas bases de licitación.
la documentación
3. No presentar su propuesta redactada en idioma español, de conformidad con el punto 4 Inciso C), de estas bases de licitación. 4. Si no satisface cualquiera de los requisitos establecidos en el DOCUMENTO 01, y en su caso las aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases de licitación. 5. Asimismo se desechará la propuesta que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes:
Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone. Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca” Que proponga más de una marca para un mismo bien. Que no indique la marca de los Bienes Propuestos. Que algún documento esté firmado “por ausencia” o “por atención”
6. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A. en su propuesta. 7. El señalar condicionantes dentro de sus propuestas, a cualesquiera de los requisitos establecidos en estas bases de licitación, de conformidad con lo establecido en el punto 4. 8. Cuando el licitante no incluya la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad, relativa a no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, tal y como se solicita en el punto 4 inciso D), de estas bases de licitación. 9. Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes bienes objeto de la presente licitación, de conformidad con lo establecido en el punto 4 inciso R), de estas bases de licitación. 10. En el caso de propuestas conjuntas, el no presentar, el original del convenio privado, o bien, cuando dicho convenio no reúna los requisitos señalados, punto 4 Inciso G). 11. No incluir alguno de los documentos de soporte de la propuesta, o bien, si no satisface cualesquiera de los requisitos, establecidos de conformidad con lo previsto en el DOCUMENTO 01 y en su caso las modificaciones que se deriven de la(s) juntas(s) de aclaraciones a las mismas. 12. Cualquier violación a la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento y demás disposiciones reglamentarias aplicables. 13. El no señalar dentro de su propuesta, que los bienes que propone y entregará son nuevos, punto 4 Inciso Q) de estas bases de licitación.
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14. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo máximo establecido en el punto 12.2 de las presentes bases de licitación. 15. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en estas bases de licitación que afecte directamente la solvencia de su propuesta. 16. En el caso de las propuestas enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica se tendrán por no presentadas la propuesta y la demás documentación requerida en estas bases de licitación, cuando el sobre en los que se contenga dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo. 17. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la propuesta, solicitados en estas bases de licitación, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a las propias bases de licitación. 18. No presentar el documento 05-A (solo aplica para bienes de origen Nacional). 19. No presentar el documento 05-B (Solo aplica para bienes de Importación). 20. No presentar los documentos 06, 06-A, 07, debidamente requisitados. 21. No presentar el documento que aplique: 19, 19-A, 19-B debidamente requisitado, de acuerdo al origen de los bienes. 22. No presentar el documento 20 debidamente requisitado (Aplica en bienes de origen nacional). 23. No presentar la traducción simple al español en caso de presentar folletos, catálogos, fichas técnicas, etc., en idioma distinto al español.
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DOCUMENTO 17 NIVELES DE INSPECCIÓN DE BIENES Nivel de Inspección III Aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final. El cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes: 1) Especificaciones contractuales. –SI APLICA2) La revisión del cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos o Especificaciones de los bienes terminados. –SI APLICA3) Certificados de calidad de los bienes terminados. –SI APLICA4) Las pruebas finales. -NO APLICA5) El acabado y embalaje de los bienes terminados. –SI APLICA6) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del bien y números de parte. -NO APLICA7) La documentación que establece el contrato. –SI APLICALa inspección la llevará a cabo el Ing. Miguel Ángel Vásquez Ortiz, Jefe de Departamento de Mantto. DC-II/III, y en su ausencia el personal designado para tal fin, en el almacén local del C.P. Pajaritos. La documentación requerida para la inspección o supervisión al realizar la inspección de los bienes y supervisión de arrendamientos y servicios, el proveedor deberá entregar, copia de la siguiente documentación: a) Remisión o factura. –SI APLICAb) Pedimento de importación. –SI APLICA PARA BIENES DE IMPORTACIONc) Certificado de origen. –SI APLICA PARA BIENES DE IMPORTACIONd) Garantía comercial. –SI APLICAe) Certificados de calidad o informes de resultados de laboratorio. –SI APLICAf) Resultado de las pruebas efectuadas durante el proceso. -NO APLICAg) Protocolo de pruebas. -NO APLICAh) Documentación técnica. –SI APLICAi) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. –SI APLICALa inspección de los bienes para este servicio se realizará de conformidad con lo indicado en el Procedimiento Institucional para Inspección de Bienes muebles y Supervisión de Arrendamientos o Servicios en Petróleos Mexicanos, Organismos Subsidiarios y en su caso, Empresas Filiales, con clave: PA-800-70600-01 Rev. 01 de fecha 10 de septiembre de 2009.
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DOCUMENTO 18 FORMATO 4 DEL ANEXO “SSPA”
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DOCUMENTO 19 Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.1 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES DE ORIGEN NACIONAL) ____ de ___________ de ______ (1) ________(2)________ PRESENTE. Me refiero al procedimiento _________(3)_________ No._____(4)____ en el que mi representada, la empresa __________________(5)_____________participa a través de la presente propuesta. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto en dicha propuesta y suministraré, bajo la partida ____(6)______, será(n) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos y contarán con un porcentaje de contenido nacional de cuando menos el 65%*, o __(7)___% como caso de excepción. De igual forma, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. En este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una verificación del cumplimiento de los requisitos sobre el contenido nacional de los bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por tres años a partir de la entrega de los bienes a la convocante. ATENTAMENTE ________________(8)_____________
*Este porcentaje deberá adecuarse conforme a los incrementos previstos en la cuarta de las reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebran las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal A partir del 28 de junio de 2012
65%
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS PROVEEDORES QUE PARTICIPEN EN LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS PARA LA ADQUISICION DE BIENES, Y DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 5.2 DE ESTE INSTRUMENTO NUMERO
DESCRIPCION
1
Señalar la fecha de suscripción del documento.
2
Anotar el nombre de la dependencia o entidad que invita o convoca.
3
Precisar el procedimiento de contratación de que se trate, licitación pública o invitación a cuando menos tres personas.
4
Indicar el número respectivo.
5
Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante.
6
Señalar el número de partida que corresponda.
7
Establecer el porcentaje correspondiente al Capítulo III, de los casos de excepción al contenido nacional, de las “Reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la
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contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”. 8
Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.
NOTA: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente.
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DOCUMENTO 19-A Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.1 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES DE ORIGEN NACIONAL) ____ de_______________ de ______ (1) ________(2)____________ PRESENTE. Me refiero al procedimiento _________(3)_________ No._____(4)____ en el que mi representada, la empresa __________________(5)_____________participa a través de la presente propuesta. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, el (la totalidad de los) bien(es) que oferto, con la marca y/o modelo indicado en mi proposición, bajo la partida(s) número ____(6)_____, son originarios de México y cumplen con la regla de origen aplicable en materia de contratación pública de conformidad con el Tratado de Libre Comercio _______(7)______. Adicionalmente, manifiesto que ante una verificación del cumplimiento de las reglas de origen del (los) bien (es), me comprometo a proporcionar la información que me sea requerida por la instancia correspondiente y que permita sustentar en todo momento la veracidad de la presente, para lo cual conservaré durante tres años dicha información. ATENTAMENTE ______________(8)______________
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS PROVEEDORES QUE PARTICIPEN EN LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS PARA LA ADQUISICION DE BIENES, Y DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 5.2 DE ESTE INSTRUMENTO NUMERO
DESCRIPCION
1
Señalar la fecha de suscripción del documento.
2
Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.
3
Precisar el procedimiento de contratación de que se trate, licitación pública o invitación a cuando menos tres personas.
4
Indicar el número de procedimiento respectivo.
5
Citar el nombre o razón social o denominación del licitante.
6
Señalar el número de partida que corresponda.
7
Indicar el tratado correspondiente a la regla de origen y bajo cuya cobertura se realiza el procedimiento de contratación.
8
Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.
NOTA: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente.
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DOCUMENTO 19-B Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados para la adquisición de bienes, y dar cumplimiento a lo dispuesto en el punto 5.2.2 de las “REGLAS para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2010”. (BIENES DE IMPORTACIÓN) ____ de _______________ de ______ (1) ________(2)____________ PRESENTE. Me refiero al procedimiento _________(3)_________ No._____(4)____ en el que mi representada, la empresa __________________(5)_____________participa a través de la presente propuesta. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en las “Reglas para la celebración de licitaciones públicas internacionales bajo la cobertura de tratados de libre comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos”, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, el (la totalidad de los) bien(es) que oferto, con la marca y/o modelo indicado en mi proposición, bajo la partida(s) número ____(6)_____, son originarios de______(7)_____, país que tiene suscrito con los Estados Unidos Mexicanos el Tratado de Libre Comercio _______(8)______, de conformidad con la regla de origen establecida en el capítulo de compras del sector público de dicho tratado. Adicionalmente, manifiesto que ante una verificación del cumplimiento de las reglas de origen del (los) bien (es), me comprometo a proporcionar la información que me sea requerida por la instancia correspondiente y que permita sustentar en todo momento la veracidad de la presente, para lo cual conservaré durante tres años dicha información. ATENTAMENTE ______________(9)______________
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS PROVEEDORES QUE PARTICIPEN EN LICITACIONES PUBLICAS INTERNACIONALES BAJO LA COBERTURA DE TRATADOS PARA LA ADQUISICION DE BIENES, Y DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 5.2 DE ESTE INSTRUMENTO NUMERO 1 2 3 4 5 6 7 8 9
DESCRIPCION Señalar la fecha de suscripción del documento. Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante. Precisar el procedimiento de contratación de que se trate, licitación pública o invitación a cuando menos tres personas. Indicar el número de procedimiento respectivo. Citar el nombre o razón social o denominación del licitante. Señalar el número de partida que corresponda. Anotar el nombre del país de origen del bien. Indicar el tratado bajo cuya cobertura se realiza el procedimiento de contratación. Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.
NOTA: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente
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DOCUMENTO 20 FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LOS DISPUESTO EN LA REGLA 8 DE LAS “REGLAS PARA LA DETERMINACIÓN, ACREDITACIÓN Y VERIFICACIÓN DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES QUE SE OFERTAN Y ENTREGAN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN, ASÍ COMO PARA LA APLICACIÓN DEL REQUISITO DE CONTENIDO NACIONAL EN LA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, QUE CELEBREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL”, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 14 DE OCTUBRE DE 2010. __________de __________ de ___________ (1)
Pemex-Petroquímica. Presente Me refiero a la Licitación Pública Internacional N°____ (2) ____ en el que mi representada, la empresa ___ (3) ____ participa a través de la presente propuesta. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por las “Reglas para la determinación, acreditación y verificación de contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, el que suscribe, manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto en dicha propuesta y suministraré, bajo la partida ____(4)____, serán producidos en los Estados Unidos Mexicanos y contará(n) con un porcentaje de contenido nacional de cuando menos el 65%* o __(7) %__como caso de excepción reconocido en la Regla 11 o 12 de las citadas reglas. De igual forma manifiesto bajo protesta decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; en este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una verificación del cumplimiento de los requisitos sobre el contenido nacional de los bienes aquí ofertados, a través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información por tres años a partir de la entrega de los bienes a la convocante. ATENTAMENTE _________(6)________ *Este porcentaje deberá adecuarse conforme a los incrementos previstos en la Regla 5 de las presentas Reglas: A partir del 27 de junio de 2012
65%
INSTRUCTIVO DE LLENADO DE ESTE FORMATO: NÚMERO
DESCRIPCIÓN
1
Señalar la fecha de suscripción del documento.
2
Indicar el número de Licitación.
3
Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa licitante.
4
Señalar el número de partida que corresponda.
5
Establecer el porcentaje correspondiente a las excepciones establecidas en las reglas 11 o 12.
6
Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.
NOTA: Si el licitante es una persona física, se podrá ajustar el presente formato en su parte conducente.
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DOCUMENTO 20-A FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERAN PRESENTAR LOS LICITANTES ADJUDICADOS PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA 9 DE LAS “REGLAS PARA LA DETERMINACIÓN, ACREDITACIÓN Y VERIFICACIÓN DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES QUE SE OFERTAN Y ENTREGAN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN, ASÍ COMO PARA LA APLICACIÓN DEL REQUISITO DE CONTENIDO NACIONAL EN LA CONTRATACIÓN DE OBRAS PÚBLICAS, QUE CELEBREN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL” PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 14 DE OCTUBRE DE 2010. __________de __________ de ______________ (1) Pemex-Petroquímica. Presente Me refiero a la Licitación Pública (Nacional o Internacional) N°____ (2) ____ en el que mi representada, la empresa ___ (3) ____ participó y resultó adjudicada con la(s) partida(s) _____________ (4) ___________________. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por la Regla 9 de las “Reglas para la determinación, acreditación y verificación del contenido nacional de los bienes que se ofertan y entregan en los procedimientos de contratación, así como para la aplicación del requisito de contenido nacional en la contratación de obras públicas, que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes entregados correspondientes a la(s) partida(s) antes señalada(s) fue(ron) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos por la empresa _________(5)__________________y cuenta(n) con un porcentaje de contenido nacional de ____(6)____
ATENTAMENTE
__________________ (7)_________________
INSTRUCTIVO DE LLENADO DE ESTE FORMATO:
NUMERO
DESCRIPCION
1
Señalar la fecha de suscripción del documento.
2
Indicar el número del procedimiento respectivo.
3
Citar el nombre o razón social de la empresa licitante.
4
Señalar el número de partida que corresponda.
5
Indicar el nombre o razón social de la empresa fabricante de los bienes entregados.
6
Indicar el resultado del cálculo del porcentaje de contenido nacional de los bienes entregados.
7
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Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.
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DOCUMENTO 21 SOLICITUD DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES POR CONCEPTO DE COMPRA DE BASES DE LICITACIONES No. de Solicitud:
PAJ
Fecha:
(1) (2)
(3) (4)
SOLICITANTE: R.F.C: DOMICILIO FISCAL: CALLE Y NÚMERO: COLONIA: LOCALIDAD Y MUNICIPIO: ESTADO Y CÓDIGO POSTAL:
(5) (6) (7) (8)
NÚMERO DE LICITACIÓN Y DESCRIPCIÓN:
CANTIDAD: IMPORTE SIN IVA: IMPORTE TOTAL: TIPO DE PAGO:
(10) (12) (14) (15)
DEBERÁN ANEXAR COPIA DE LOS DOCUMENTOS:
(9)
TIPO MONEDA: IMPORTE DEL IVA:
(11) (13)
CUENTA BANCARIA:
(16)
REGISTRO FEDERAL DE CAUSANTES (RFC) COMPROBANTE DEL DEPÓSITO DE PAGO
CORREO ELECTRÓNICO DEL SOLICITANTE:
LOS DATOS CONSIGNADOS EN ESTE DOCUMENTO SON DE EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE QUIEN LOS PROPORCIONA. Autorizó:
Recibe:
(17)
(18) Ventanilla Atención a Proveedores C.P. Pajaritos
NOTAS: LAS PERSONAS FISICAS O MORALES QUE REQUIERAN COMPROBANTE FISCAL DEBERÁN ESTAR REGISTRADAS EN EL CATALOGO DE CLIENTES DEL ORGANISMO, EN CASO CONTRARIO DEBERÁN SOLICITAR SU ALTA CON 24 HORAS DE ANTICIPACIÓN AL PAGO DE LAS BASES. DEBERÁN ENVIAR LA SOLICITUD Y DOCUMENTOS REQUERIDOS EN EL HORARIO DE 8:30 A 13:00 HORAS DEL DÍA EN QUE SE REALICE EL PAGO. PARA SER LLENADO POR PEMEX-PETROQUÍMICA.
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GUÍA DE LLENADO DE SOLICITUD DE EMISIÓN DE COMPROBANTES FISCALES DOCUMENTO 21
(1) (2) (3) (4) (5) (6) (7) (8) (9) (10) (11) (12) (13) (14) (15) (16) (17) (18)
Anotar el número de solicitud empleando 6 dígitos, 3 para el foliador y 3 para el número consecutivo. Ejemplos: COS 001, CAN 003. La fecha se pondrá con 2 dígitos para el día, 2 dígitos para el mes y 4 para el año; ejemplo: 1504-2012. Nombre completo de la persona Física o Moral que solicita el comprobante fiscal. Ejemplo: CONSTRUCCIONES GRUPO VÉRTICE, S.A. DE C.V. Registro Federal de Contribuyentes de la persona Física o Moral completo. Ejemplo: CGV060808GH0. Domicilio fiscal proporcionado por el cliente o proveedor que incluye calle, número exterior y en su caso, interior. Ejemplo: Carrillo Puerto #307 Interior 03. Colonia en donde se ubica el domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Colonia Vistalmar. Localidad o Delegación Política y Municipio del domicilio fiscal del cliente. Ejemplo: Villa de Allende, Coatzacoalcos. Estado y Código Postal del domicilio del cliente. Ejemplo: Veracruz, C.P. 96529. Número de evento por el que se elabora el documento fiscal. Ejemplo: Venta de Bases de la Licitación 18578011-015-08 y deberá indicar la descripción del servicio. Se deberá indicar el número de licitaciones para la emisión del comprobante fiscal. Deberá de contener las abreviaturas para pesos (M.N.) y para dólares (USD) según sea el caso. Anotar el importe total por el que se elaborará el documento SIN IVA. Anotar el importe del IVA que debe contener la factura. Anotar el total del importe de la operación que debe contener la factura. Anotar el tipo de pago que realiza (efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheques nominativos, tarjetas de débito, de crédito): INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT Deberá anotar los 4 últimos números de la cuenta o de la tarjeta con la que se realiza el pago correspondiente: INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL SAT Nombre y firma de la persona Física o Moral que solicita la generación del documento. Nombre, firma y cargo del personal de Pemex-Petroquímica que recibe la solicitud del documento.
BASES DE ADQUISICIÓN DE BIENES. 23-julio-2013
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COMPLEJO PETROQUIMICO PAJARITOS SUPERINTENDENCIA DE RECURSOS MATERIALES JEFATURA DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL No. 18578021-511-13
DOCUMENTO 22 COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA
Pemex Petroquímica Complejo Petroquímico Pajaritos P r e s e n t e.
COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN 18578021-51113, QUE SUSCRIBEN PEMEX PETROQUÍMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX PETROQUÍMICA Y _________________________________________________, REPRESENTADA POR ________________________________________ EN SU CARÁCTER DE _______________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS: CONSIDERACIONES I.
EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.
II.
QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.
III.
QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.
IV.
ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.
V.
SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
VI.
REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.
DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES: COMPROMISOS I.- DEL LICITANTE 1.
INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.
2.
ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.
3.
ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.
4.
ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
5.
DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.
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6.
ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA NACIÓN.
7.
OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.
II.- DE PEMEX-PETROQUÍMICA 1.
EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
2.
PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.
3.
EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.
4.
FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES.
5.
PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.
EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE _____________________________________, A ____________________________ DE 20_____.
FIRMA
POR PEMEX PETROQUÍMICA
Nombre de la Empresa POR EL LICITANTE
________________________________ Nombre y Cargo del Servidor Público.
___________________________________ Nombre y Cargo.
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