CERTIFICACION DE PLAYA ICACOS DE ACAPULCO

CERTIFICACION DE PLAYA ICACOS DE ACAPULCO Objetivos de la Presentación • Participación municipal en la Zona federal marítimo terrestre. • NMX-AA-120

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CERTIFICACION PRESUPUESTARIA
CERTIFICACION PRESUPUESTARIA PROYECTO: MEJORAMIENTO ALUMBRADO PUBLICO AV. DTTO. CHUQUISACA UBICACION: SUCRE DISTRITO: 4 P.O.A. 2014 GOBIERNO AUTONO

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CERTIFICACION DE PLAYA ICACOS DE ACAPULCO

Objetivos de la Presentación • Participación municipal en la Zona federal marítimo terrestre. • NMX-AA-120-SCFI-2006 y Certificación de Playa Icacos. • Formación de Grupo Técnico para el mantenimiento de la certificación de Playa Icacos

PLAYA ICACOS PLAYA ICACOS

Conceptos Básicos PLAYA Las Playas Marítimas, entendiéndose por tales las partes de tierra que por virtud de la marea cubre y descubre el agua, desde los límites de mayor reflujo hasta los límites de mayor flujo anuales (art. 7 Fracc. IV L.G.B.N.).

PLAYA ICACOS

ZONA FEDERAL MARITIMO TERRESTRE Cuando la costa presente playas, la Zona Federal Marítimo Terrestre estará constituida por la faja de 20 metros de ancho de tierra firme, transitable y contigua a dichas playas o, en su caso, a las riberas de los ríos, desde la desembocadura de estos en el mar, hasta 100 metros río arriba, medida desde el nivel de la pleamar máxima. (Art. 119 Fracc. I L.G.B.N.).

PLAYA ICACOS PLAYA ICACOS

TERRENOS GANADOS AL MAR  Se entenderá ganada al mar la superficie de tierra que quede entre el límite en la nueva zona federal marítimo terrestre y el límite de la zona federal marítimo terrestre original.

Límite de zona federal original 20 Mts.

Límite de zona federal actual 20 Mts.

Pleamar máxima

T.G.M. Relleno ó azolve

PLAYA ICACOS

¿Quiénes participan en los bienes nacionales costeros?

GOBIERNO MUNICIPAL GOBIERNO ESTATAL GOBIERNO FEDERAL

Participan los 3 órdenes de gobierno, cada uno en el marco de sus atribuciones y competencias

Participación del Municipio de Acapulco de Juárez

1.-Constancia de Congruencia de uso de suelo Para el trámite de concesión de zona federal marítimo terrestre es la constancia de la autoridad municipal, respecto de la congruencia del uso del suelo solicitado con los usos del suelo del predio colindante, y/o con el uso previsto por los programas maestros de control y aprovechamiento para dicha superficie.



En la planeación del uso sustentable de la zona federal es importante conocer de la autoridad local respecto de la congruencia de los usos de suelo.



CANDADO MUNICIPAL

Congruencia de uso de suelo • Ejemplo: • Una persona quiere solicitar una concesión en Playa Hamacas para instalar una pequeña fábrica de harina de pescado. • ¿Es congruente este uso de suelo con el plan director local?

2.- Cobro de Derechos por uso y aprovechamiento de Zona Federal Marítimo Terrestre. Desde el año de 1998 fue firmado el Anexo número 1 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal para el Municipio de Acapulco y a través de ello cobra los derechos por el uso y goce

¿Hasta aquí llega la participación municipal?

En que se basó la Certificación de Playa Icacos: NORMA MEXICANA NMX-AA-120-SCFI-2006 QUE ESTABLECE LOS REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES DE SUSTENTABILIDAD DE CALIDAD DE PLAYAS

La Playa Icacos fue certificada por el Instituto Mexicano de Certificación en el Nivel 2 señalado por la norma NMX-AA120-SCFI-2006, a partir del 20 de septiembre de 2012 al 20 de septiembre de 2014 como playa para uso recreativo, en una longitud de 804 metros del Hotel Presidente al Hotel Copacabana.

Se cumplieron todos los requisitos generales y la cantidad necesaria de los requisitos particulares para obtener la certificación en nivel 2.

La playa cumplió con necesarios en los grupos:

los

requisitos

CS: Calidad Sanitaria. CSEG: Calidad de Seguridad.

CSERV: Calidad de Servicios. CDA: Calidad de Desempeño Ambiental

La norma NMX-AA-120-SCFI-2006 es una norma de aplicación voluntaria que está basada en puntaje asociado al cumplimiento de los criterios señalados en la misma.

El cumplimiento de la norma fue calificado por un auditor del Instituto Mexicano de Normalización y Certificación, este Instituto fue el que calificó y certificó la playa. No sólo se revisó la playa sino el área terrestre adyacente. El trabajo para la certificación fue compartido entre los 3 órdenes de gobierno, los hoteles, condominios y concesionarios colindantes y grupos empresariales como la AHETA. La certificación es responsabilidad directa del Municipio de Acapulco de Juárez porque fue quien hizo la solicitud formal y el certificado está a su nombre.

Ejemplo de requisitos cumplidos: •La norma dice que en la playa no debe haber materia fecal. Durante la revisión del auditor esto fue cumplido, sin embargo en los muestreos posteriores llevados a cabo por SEMARNAT se ha encontrado materia fecal. ¿Qué hacemos?

•La norma dice que de haber servicio de limpia, como mínimo una vez al día. Es necesario mantener el servicio de limpia una vez al día pero al mismo tiempo generar las evidencias documentales de que esto sí está sucediendo ¿Qué hacemos?

Ejemplo de requisitos cumplidos: •La norma dice que en la playa debe haber señalización sobre vida silvestre.

Se debe revisar el estado físico de los letreros y en su caso preparar proyecto de recursos para sustituir los que estén en mal estado ¿Qué hacemos?

•La norma dice que de haber Programa Integral de Residuos Sólidos Se debe estar cumpliendo al pie de la letra con la generación de las evidencias documentales correspondientes el Plan aprobado durante la auditoría¿Qué hacemos?

Tareas Realizadas • Contar con toda la documentación y evidencias documentales que se requirieron para lograr la certificación, porque lo que se cumplió, se debe estar cumpliendo y se deberá cumplir para sostener la certificación.

• Formación de Grupo Técnico para el mantenimiento de la certificación de Playa Icacos con un líder claro: El Presidente Municipal y la dependencia municipal se sirva responsabilizar de esta tarea. • Establecer el sistema de gestión y manejo de la playa para mantener el cumplimiento de los requisitos aprobados para la certificación con un programa de trabajo bien definido. • Establecer matriz de acciones, responsables y plazos.

DESCRIPCION Requisitos de cumplimiento Participantes

Calidad bacteriológica del agua.

No debe existir película visible de grasas, aceites o residuos derivados del petróleo sobre la superficie del agua. No debe existir presencia de espumas diferentes a las producidas por el oleaje sobre la superficie del agua. No debe haber residuos sólidos flotantes en la superficie del agua, ni residuos en el fondo a una profundidad visible. Reporte del análisis de la descarga o Reporte del generador a CNA y presentar en un plano a escala 1:1,000 la ubicación de la descarga en la zona terrestre adyacente y señalar el tipo de tratamiento. Aplicable en caso de que el generador sea el interesado. Cumplimiento 12 CS 5 No debe existir materia fecal El límite máximo permisible de residuos sólidos en superficie en la playa será máximo de 5 unidades por cada transecto de 100 m., las cuales no deben rebasar los 5 kg. De peso, ó 0,5 m3 de volumen.

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