CONCEJO MUNICIPAL Ciudad Bolívar - Antioquia

CONCEJO MUNICIPAL Ciudad Bolívar - Antioquia A C U E R D O No.011 (Agosto 29 de 2014) “POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPOR
Author:  Claudia Cano Pinto

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CONCEJO MUNICIPAL DE COTA
ACUERDO Nº 11 CONCEJO MUNICIPAL DE COTA CUNDINAMARCA - COLOMBIA “Mediante el cual se recopila, modifica y adiciona el estatuto tributario municipal,

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CONCEJO MUNICIPAL Ciudad Bolívar - Antioquia A C U E R D O No.011 (Agosto 29 de 2014) “POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA SECRETARÍA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE DEL MUNICIPIO DE CIUDAD BOLIVAR, SE ESTABLECE SU ESTRUCTURA ORGÁNICA; Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE CIUDAD BOLIVAR, En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial el Artículo 311 y el Numeral 6º del Artículo 313 de la Constitución Política, y CONSIDERANDO Que las leyes 105 de 1993 y 336 de 1996 establecen las disposiciones básicas en materia de regulación y control del transporte y la Ley 769 del 2002, Código Nacional de Tránsito establece las normas que rigen en todo el territorio nacional y que regulan la circulación de peatones, usuarios, pasajeros, conductores, motociclistas, ciclistas, agentes de tránsito y vehículos por las vías públicas o privadas que están abiertas al público o en las vías privadas que internamente circulen vehículos; así como la actuación y procedimiento de las autoridades de tránsito. Que según lo establecido en la ley para el Municipio, constituyen Autoridades de Tránsito el Alcalde y/o el Organismo de Tránsito de carácter municipal. Que a través del acuerdo número 111 del 27 de agosto de 1971, se autorizó el funcionamiento de una Inspección Municipal de Tránsito clase A, para que desarrolle las funciones establecidas en el artículo 232 del código Nacional de Tránsito Terrestre, en el artículo 3º, del decreto 1147 de 1971 y en las demás normas legales y reglamentarias. Es decir para actuar como Organismo de Tránsito. Que a través del acuerdo 24 del 27 de febrero de 1972, se crea la inspección de transito del municipio de Ciudad Bolívar, para que desarrolle las funciones que le otorga el código nacional de transito. Que la estructura administrativa y organizacional del municipio, a pesar de tener un Organismo de Tránsito legalmente constituido y autorizado para operar por el Ministerio de Tránsito, se ha quedado corto de personal para el manejo y control de toda la problemática existente en esta materia, presentando deficiencias para asegurar la organización, control y vigilancia de las actividades de transporte y tránsito dentro del territorio de su jurisdicción. Que el municipio de Ciudad Bolívar, presenta problemas en su movilidad vehicular y peatonal, debido al constante aumento de su población y de los vehículos que circulan por su zona urbana, lo que origina problemas que conducen a un alto índice de infracciones a la norma, generando en algunos lugares conflictos entre el vehículo y el peatón y saturación de algunas de sus vías.

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CONCEJO MUNICIPAL Ciudad Bolívar - Antioquia Que el Alcalde, dentro de su respectiva jurisdicción, deberá expedir las normas y tomar las medidas necesarias para el mejor ordenamiento del tránsito de personas, animales y vehículos por las vías públicas y privadas abiertas al público con sujeción a las disposiciones del Código Nacional de Tránsito. Que en la actualidad, en el municipio existe un descontrol tanto en el servicio público de transporte como el particular, lo que ha generado un caos en la zona central del municipio, especialmente en las horas de alta demanda, al no contar con el personal suficiente que ejerza control de la situación. Que el estudio de restructuración administrativa bajo la metodología del departamento de la función pública DAFP, en el análisis frente a las necesidades de la organización determinó, que por la importancia del área y la magnitud de las acciones que se deben llevar allí, recomienda instaurar el área como una secretaría, para de esta manera contar con una dirección competente y especializada en manejos que se presentan en materia de tránsito y transporte. Que en el precipitado estudio, no se planteó la creación de cargos de agentes de tránsito, pues se sugería la elaboración de un convenio con el cuerpo de la Policía Nacional especializado para tal fin, sin embargo, teniendo en cuenta que luego de múltiples reuniones con los funcionarios encargados de dichos convenios y con el apoyo de la secretaría de tránsito del departamento de Antioquia, se nos informó que dicho convenio no era posible en el corto plazo puesto que la Policía no contaba actualmente con personal disponible para atender dicho convenio. Se procedió entonces a realizar un estudio técnico de justificación para la creación de los cargos de Agentes de Tránsito. Por lo expuesto.

ACUERDA ARTÍCULO 1º.-CREACIÓN: Crear la Secretaría de Tránsito y Transporte del Municipio de Ciudad Bolívar como dependencia adscrita a la Administración Central del Municipio de Ciudad Bolívar. ARTICULO 2º:-CREAR, el cargo de secretario de tránsito y transporte del municipio de Ciudad Bolívar el cual tiene la denominación de secretario de despacho nivel directivo grado 02. ARTICULO 3º:-CREAR, el cargo de agente de tránsito en el Nivel Asistencial, el cual está integrado por la nomenclatura y clasificación específica de empleo código 403, denominación agente de tránsito. CAPITULO I OBJETIVO, FUNCIONES Y ESTRUCTURA ORGÁNICA ARTÍCULO 4º.-OBJETIVO: La Secretaría de Tránsito y Transporte del Municipio de Ciudad Bolívar , tendrá como objetivo esencial facilitar el derecho fundamental a la

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CONCEJO MUNICIPAL Ciudad Bolívar - Antioquia movilidad de sus habitantes y de las demás personas que circulen por su territorio, garantizando la circulación de bienes y servicios y atendiendo además, lo relativo a la organización y gestión del tránsito y transporte, dentro de su jurisdicción, en ejercicio de las competencias que sobre la materia señala la ley y las autoridades nacionales y velando por la aplicación del Código Nacional de Tránsito. ARTÍCULO 5º.-FUNCIONES: Las funciones establecidas para la Secretaría de Tránsito y transporte con el fin de lograr los objetivos propuestos son: 1. Desarrollar la Política Nacional en materia de regulación, control y vigilancia del tránsito y transporte en el Municipio de Ciudad Bolívar vigilando su ejecución de conformidad con la ley y reglamentación vigentes. 2. Establecer la política municipal en lo referente al Tránsito y Transporte, coordinando y orientando lo pertinente para su ejecución, con las demás entidades del Sector. 3. Determinar los objetivos a alcanzar para desarrollar las funciones de la Secretaría, antes de terminar la vigencia de cada periodo, para la vigencia siguiente, así como los planes que incluyan los recursos presupuestados necesarios y las estrategias que habrán de seguirse para tal fin. 4. Establecer los planes, programas, proyectos y estrategias de la entidad; dirigir y evaluar su ejecución con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos y funciones de la Secretaría. 5. Dirigir el funcionamiento de la Secretaría y asegurar la aplicación de las normas que regulan la gestión pública de la entidad. 6. Adelantar las actividades necesarias de Planeación, Organización, Dirección y Control del Tránsito y el Transporte terrestre automotor, vehículos de tracción animal, de peatones y bicicletas dentro de la jurisdicción del municipio, en coordinación con las demás entidades del orden municipal, departamental y nacional. 7. Como entidad responsable del tránsito y el transporte en el municipio, debe mantener el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte expedidas a nivel nacional atendiendo todas las observaciones y recomendaciones impartidas a nivel nacional y departamental. 8. Trabajar en forma conjunta con las autoridades de transporte y tránsito de otros municipios para regular el ingreso de operadores de transporte al municipio. 9. Dictar las medidas de carácter reglamentario y sancionatorio, cuyas atribuciones le confieren las normas vigentes de tránsito y transporte, así como ejercer las delegaciones que le sean asignadas. 10. Dar trámite y aprobación a las licencias de conducción, registro inicial de automotores, traspasos, traslados de cuenta, liquidación de derechos departamentales y nacionales e impuestos de vehículos y realizar los demás trámites autorizados por el Ministerio de Transporte según las normas vigentes y aquellos que modifiquen y adicionen.

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CONCEJO MUNICIPAL Ciudad Bolívar - Antioquia 11. Instalar y mantener la infraestructura para la señalización de las principales vías del municipio con el fin de hacerlas más seguras para el flujo vehicular y de peatones, en coordinación con las dependencias del municipio a las que les corresponda. 12. Autorizar servicios a las diferentes empresas operadoras de servicio público de transporte de pasajeros municipal en sus diferentes modalidades. 13. Cuando sea necesario, poner a consideración del Alcalde del municipio, los proyectos de Acuerdo relacionados con asuntos de competencia de la entidad y participar en los debates correspondientes. 14. Producir toda la documentación requerida con el fin de lograr la adecuada regulación del transporte dentro de la jurisdicción del municipio. 15. Mantener al día un sistema de información que permita determinar estadísticamente el registro nacional de conductores, el registro nacional de automotores y el registro de multas y comparendos, conforme a lo establecido por la normatividad vigente. 16. Desarrollar el procedimiento necesario para tramitar y entregar las placas y los documentos legales de los vehículos, con base en los normas establecidas por el Ministerio de Transporte. 17. Organizar en forma conjunta con las autoridades de tránsito de los niveles departamental y nacional lo referente al manejo conjunto o combinado de sistemas computarizados, conexiones de redes, intercambio de información o procedimientos que requieran manejarse en forma conjunta. 18. Establecer la reglamentación necesaria para el funcionamiento adecuado de los Centros de Diagnóstico Automotriz, Diagnosticentros y Servitecas autorizadas por el Ministerio del Transporte para la prestación de servicios de revisión tecno mecánica y de gases. 19. Establecer los planes de señalización, mantenimiento y mejora de la infraestructura vial en coordinación con la Oficina de Planeación Municipal y las demás entidades del nivel municipal, con el fin de permitir una mejor y más segura movilización. 20. Promover y adelantar campañas de educación a la comunidad en materia de tránsito y transporte y adoptar las medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes de tránsito. 21. Ordenar la Realización de los exámenes médicos necesarios establecidos en la normatividad de tránsito y transporte. 22. Las demás funciones que la ley y la reglamentación vigente a nivel nacional, departamental y municipal establezcan. ARTÍCULO 6º.- ESTRUCTURA ORGÁNICA: La estructura orgánica diseñada para la Secretaría de Tránsito y Transporte del Municipio de Ciudad Bolívar, es la siguiente:

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DESPACHO DEL SECRETARIO

DENOMINACIÓN DEL EMPLEO NÚMERO DE EMPLEOS NIVEL JERÁRQUICO : CÓDIGO : GRADO : SALARIO: UBICACIÓN: TIPO DE PROCESOS CLASE DE NOMBRAMIENTO

SECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE UNO (1) Directivo 02 020 $ 3.030.879 SECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE ADMINISTRATIVO Libre nombramiento y remoción

CARGO DEL JEFE INMEDIATO REQUISITOS DE ESTUDIO EXPERIENCIA

Alcalde Ser abogado titulado Acreditar experiencia en el área administrativa

CAPÍTULO II FUNCIONES DE LA SECRETARIA ARTÍCULO 7º.- DESPACHO DEL SECRETARIO: Las funciones asignadas al Secretario de Tránsito y Transporte de Ciudad Bolívar, son las siguientes: 1. Determinar en coordinación con la Alcaldía del municipio de Ciudad Bolívar, la política municipal en asuntos de Tránsito y Transporte, ejerciendo como autoridad en el tema, coordinando y orientando lo pertinente para su ejecución, con las demás entidades del Sector. 2. Cumplir y hacer cumplir las funciones establecidas para la Secretaría de Tránsito del Municipio de Ciudad Bolívar. 3. Desarrollar y aplicar la política nacional en materia de tránsito y transporte en el Municipio de Ciudad Bolívar y vigilar su ejecución de conformidad con la ley y reglamentaciones vigentes. 4. Elaborar los planes, programas, proyectos y estrategias de la Secretaría de Tránsito y Transporte del Municipio de Ciudad Bolívar, dirigiendo y evaluando su ejecución con el fin de garantizar el cumplimiento de los objetivos y funciones de la Secretaría. 5. Preparar de conformidad con el Plan de Desarrollo del Municipio, el plan de Acción y el Plan Operativo Anual de Inversiones de la entidad para cada vigencia, efectuando su control y seguimiento. 6. Planear, desarrollar y presentar políticas alternativas de transporte público, que consulten las necesidades de la comunidad. 7. Realizar el avance y seguimiento a la ejecución física y financiera de los proyectos de inversión inscritos en el Banco de Programas y Proyectos. 8. Dirigir el funcionamiento de la Secretaría y asegurar la aplicación de las normas que regulan la gestión pública de la entidad. 9. Coordinar con la Secretaría de Hacienda del municipio la preparación del proyecto de presupuesto de cada vigencia, y las modificaciones que se requieran en el transcurso

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CONCEJO MUNICIPAL Ciudad Bolívar - Antioquia de la misma en relación con los proyectos de inversión en lo relacionado con la secretaria de transito Municipal. 10. Coordinar con la Secretaría de Hacienda del municipio, las fuentes de financiación necesarias para la ejecución de los programas definidos por la entidad, relacionados con tránsito y transporte en el Municipio de Ciudad Bolívar. 11. Dirigir y coordinar las relaciones institucionales con los demás organismos públicos o privados municipales o de otros órdenes, requeridos para el desarrollo de los planes, programas, proyectos y estrategias del organismo. 12. En los casos en que haya lugar, aplicar las medidas de carácter reglamentario y sancionatorio, de acuerdo con lo establecido en las normas vigentes de tránsito y transporte, así como ejercer las delegaciones que le sean asignadas. 13. Expedir los actos administrativos necesarios con el fin de regular el tránsito y transporte dentro del Municipio de Ciudad Bolívar, de acuerdo con lo establecido en las normas a nivel nacional. 14. Presentar a consideración del Alcalde los proyectos de Acuerdo relacionados con asuntos de competencia de la entidad y participar en los debates correspondientes. 15. Establecer políticas para la implementación y desarrollo del Sistema de control interno de la Secretaría. 16. Establecer mecanismos que permitan verificar y controlar la atención oportuna de las solicitudes formuladas por la ciudadanía y los funcionarios de la entidad. 17. Dirigir y orientar las políticas, estrategias de divulgación y comunicación de los planes y programas de la entidad, con el fin de mantener informada a la comunidad y a los funcionarios al interior de la entidad misma. 18. Dirigir y orientar mecanismos tendientes a garantizar el cumplimiento del derecho de petición, información, consulta y copia de las solicitudes hechas a la entidad relacionados con asuntos de su competencia. 19. Dirigir las relaciones de la Secretaría con el Concejo, el Alcalde, la comunidad y demás entidades de la Administración municipal y del orden Nacional. 20. Dirigir planes de contingencia para el manejo del tránsito y transporte público en situaciones de catástrofe o desastre y en eventos especiales tales como construcción o mantenimiento de vías o espacios públicos o de actividades recreativas o similares, que involucren gran cantidad de flujo vehicular, en coordinación con las entidades competentes. 21. Presentar los informes de gestión que establezcan las disposiciones legales y reglamentarias en los periodos y condiciones requeridas y presentar al Alcalde informes periódicos sobre el desarrollo de las labores, los planes y programas a desarrollar en el sector del tránsito y el transporte. 22. Dirigir y disponer las políticas de ejecución de cobro coactivo de la secretaría de tránsito y transporte. 23. Ejercer la función disciplinaria de acuerdo con las normas legales sobre la materia. 24. Responder jurídicamente por la elaboración de los estudios previos y demás documentos que se requieran para la elaboración de los pliegos de condiciones de los diferentes procesos de selección que deba realizar el Municipio respecto a la materia de la Entidad. 25. Las demás que le sean propias para ejecutar su objeto y que le sean asignadas o delegadas por el Alcalde, las cuales correspondan a la naturaleza de la entidad.

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CONCEJO MUNICIPAL Ciudad Bolívar - Antioquia 2. AGENTES DE TRÁNSITO DENOMINACIÓN DEL EMPLEO NÚMERO DE EMPLEOS NIVEL JERÁRQUICO : CÓDIGO : GRADO : SALARIO: UBICACIÓN: TIPO DE PROCESOS CLASE DE NOMBRAMIENTO CARGO DEL JEFE INMEDIATO

AGENTE DE TRANSITO tres (3) Técnico 340 03 $1.200.989 SECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE APOYO CARRERA ADMINISTRATIVA SECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

MISIÓN O PROPÓSITO DEL EMPLEO: 1. Velar por el orden del flujo vehicular y peatonal en las vías públicas, desarrollar funciones preventivas, de asistencia técnica, de vigilancia y control de las normas de tránsito y transporte, conforme a las normas y procedimientos vigentes en el perímetro urbano y rural del municipio de Ciudad Bolívar. 2. Garantizar la cobertura del servicio de transporte y la normal circulación en los corredores viales municipio de Ciudad Bolívar y minimizar los índices de accidentalidad fomentado la creación de una conciencia colectiva de seguridad vial en la comunidad. DESCRIPCIÓN DE LAS FUNCIONES ESENCIALES: 1. Ejercer control y vigilancia en el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte, conforme a las normas y procedimientos vigentes. 2. Informar por escrito todas las violaciones a las normas de tránsito y transporte que tenga conocimiento, mediante el diligenciamiento de órdenes de comparendos y demás informes pertinentes. 3. Conocer m e informar todo tipo de accidentes y casos de tránsito, levantando el respectivo informe, remitiéndolo a la autoridad competente para su estudio en el término de doce (12) horas siguientes a su conocimiento. 4. Informar por escrito todas las violaciones a las normas de tránsito y transporte que tenga conocimiento a través de cámaras, mediante el diligenciamiento de órdenes de comparendo y demás informes pertinentes. 5. Firmar el libro de recibo de libretas de comparendos, verificando que el consecutivo esté completo, o en caso contrario del recibo del dispositivo electrónico para el registro de los mismos verificando su buen estado de funcionamiento. 6. Entregar al encargado de agentes de tránsito al finalizar el turno del servicio las ordenes de comparendo consecutivas que hayan sido diligenciadas por concepto de infracciones, accidentes de tránsito, decomisos y anulados. 7. Generar los demás informes solicitados y que competan a su labor de servicio. 8. Inmovilizar los vehículos automotores cuando las normas lo determinen. 9. Conducir o hacer todo tipo de vehículos que sean inmovilizados o retenidos a las instalaciones de la Secretaría de Transito u otros lugares autorizados, según lo demande el procedimiento. 10. Retener las licencias de conducción cuando las normas lo dicten.

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CONCEJO MUNICIPAL Ciudad Bolívar - Antioquia 11. Pasar a reparto la documentación a los diferentes entes judiciales cuando hay accidentes de tránsito con lesiones. Si posee un dispositivo electrónico de registro de las ordenes de comparendo suministrado por la inspección de policía y tránsito; registrarlas asegurándose que los datos ingresados sean correctos. De no poseer dichos dispositivos, diligenciar con letras claras las ordenes de comparendo, asegurándose que los datos en ellas contenidos sean correctos y sin tachaduras ni enmendaduras, de lo contrario se procederá a generar una nueva orden, anulándose la anterior y pasando el reporte de las causales de lo ocurrido al jefe inmediato. 12. Adicionalmente a la programación previa, se tendrá disponibilidad permanente para el cumplimiento de sus funciones en caso de emergencia. 13. Cumplir estrictamente las normas sobre seguridad industrial y de prevención de accidentes de tránsito que se le impartan, por la naturaleza del cargo. 14. Utilizar el material y equipo entregado por el municipio, única y exclusivamente en el tiempo del trabajo y para la prestación del servicio. 15. Velar por el buen uso y el mantenimiento de los bienes puestos a su cuidado. 16. Conducir los vehículos de la administración municipal cuando se le requiera en el ejercicio de sus funciones. 17. Manejar una conducta intachable durante la prestación del servicio y una vez terminado este no olvidar que debe reinar e buen ejemplo familiar y ante todo la ciudadanía general. 18. mantener una presentación personal intachable y llevar el uniforme con respeto. 19. Poner en conocimiento de sus superior inmediato las irregularidades o anomalías relacionadas con los asuntos, elementos o documentos que se encuentren bajo de su responsabilidad. 20. Apoyar, asistir y colaborar con su jefe inmediato en la atención y respuesta a sus inquietudes, consultas y requerimientos verbales o escritos relacionados con sus funciones y que son formulados por los ciudadanos, autoridades y público en general dentro de los términos y límites legales vigentes. 21. mantener el respeto y la cordialidad en todas las relaciones interpersonales que le signifiquen sus funciones tanto en las instalaciones del tránsito como en la vía pública. 22. responder por todas y cada una de las actividades desarrolladas, asumiendo las consecuencias que se derivan en el ejercicio de sus funciones. 23. Realizar los inventarios estrictamente de carros, motos. bicicletas y de otros vehículos inmovilizados. 24. Cuidar las herramientas de trabajo tales como vehículos, motos, radios, comparendos y uniformes. 25. Asistir a todas y cada una de las capacitaciones referentes al cargo y similares. 26. Realizar las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA: EDUCACIÓN

En cumplimiento del art. 7 de la ley 1310 de 2009: Requisitos de creación e ingreso. Para ingresar a los cuerpos de agentes de tránsito y transporte de las entidades territoriales se requiere, además: 1. Ser colombiano con situación militar definida. 2. Poseer licencia de conducción de segunda (2ª) y cuarta (4ª) categoría como mínimo.

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EXPERIENCIA

3. No haber sido condenado en cualquier época por sentencia judicial, pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos culposos. 4. Ser mayor de edad. 5. Cursar y aprobar el programa de capacitación (cátedra de formación e intensidad mínima establecida por la autoridad competente). 6. Poseer diploma de bachiller, certificado o constancia de su trámite Mínimo doce (12) meses en las funciones propias del cargo.

CAPITULO III EXTRUCTURA ACTUAL DE LA INSPECCION DE TRANSITO Y TRANSPORTE I. INSPECTOR DE TRANSITO: Las funciones asignadas a la inspección de transito son las siguientes: DENOMINACIÓN DEL EMPLEO NÚMERO DE EMPLEOS NIVEL JERÁRQUICO : CÓDIGO : GRADO : SALARIO: UBICACIÓN: TIPO DE PROCESOS CLASE DE NOMBRAMIENTO CARGO DEL JEFE INMEDIATO

INSPECTOR DE TRANSITO UNO (1) Técnico 312 03 $ 2.196.523 SECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE APOYO CARRERA ADMINISTRATIVA SECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE

1. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del Código Nacional de Tránsito y Transporte. 2. Tener registrados los automotores que circulan en la jurisdicción del Municipio y que tienen residencia en el mismo. 3. Otorgar, negar, modificar, cancelar y declarar la caducidad de las licencias sobre asignación de rutas y horarios para la prestación del servicio de transporte urbano y veredal. 4. Autorizar las modificaciones a matriculas, traspasos, cambios de placas y trámites similares de los vehículos registrados, ajustándolos a las normas vigentes. 5. Autorizar el traslado de cuentas de vehículos de Ciudad Bolívar a otros municipios. 6. Expedir, revalidar y cancelar las licencias a los conductores, de acuerdo a las normas establecidas por el Ministerio de Transporte. 7. Exigir el cumplimiento de las tarifas de transporte establecidas. 8. Determinar conjuntamente con la Secretaria de Obras Públicas, Vivienda, Planeación y Valorización, las zonas de parqueo, estacionamiento, vías peatonales, cargue y descargue, terminal y paradero de buses de servicio público municipal e intermunicipal, sentido y señalización de las vías. 9. Definir medidas de regulación de Tránsito y Transporte. 10. Definir las directrices para actualizar el inventario de registro vehicular y de usuarios.

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CONCEJO MUNICIPAL Ciudad Bolívar - Antioquia 11. Definir los parámetros para la prestación del servicio de transporte de acuerdo con los requerimientos de la comunidad. 12. Definir los parámetros para la circulación en jurisdicción del municipio de Ciudad Bolívar. 13. Definir las estrategias para mantener la integralidad de los corredores viales del Municipio y los nacionales. 14. Sancionar a quienes violen las normas establecidas en el Código Nacional de Tránsito y las demás disposiciones complementarias. 15. Emitir fallos en accidentes de tránsito. 16. Dar las especificaciones de los bienes y servicios requeridos para desarrollar los procesos de la dependencia a su cargo. 17. Multiplicar y aplicar las medidas de seguridad definidas para los bienes asignados al área a su cargo. 18. Coordinar los turnos de los guardas de tránsito con el fin de garantizar la continuidad del servicio. 19. Coordinar y atender convenios o alianzas estratégicas con otros municipios, entidades de carácter público o privado, en materia de transportes y tránsito. 20. Mantener el equilibrio del desempeño en el equipo humano que lidera directamente. 21. Definir y aplicar mecanismos que preserven la seguridad vial. 22. Implementar las variaciones, temporales o definitivas, en los parámetros de regulación del tránsito requeridas para garantizar la fluidez en la circulación. 23. Implementar los mecanismos para mantener los niveles de ingresos definidos para la dependencia. 24. Garantizar la oportunidad y calidad de la información que debe suministrarse a las entidades que así lo requieran. 25. Atender peticiones y exhortos librados por los funcionarios judiciales. 26. Conocer los asuntos o negocios que le asigne la Ley, Ordenanzas, Acuerdos, Decretos, etc. 27. Asistir a las reuniones y cursos programados en relación con las funciones a su cargo. 28. Velar por el uso adecuado de los útiles y equipos encomendados. 29. Las demás funciones propias del cargo que le sean asignadas.

Académicos:

REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA Titulo de formación Técnica Experiencia: Un (1) año en funciones Profesional. relacionadas con el cargo.

AUXILIARES ADMINISTRATIVOS DENOMINACIÓN DEL EMPLEO NÚMERO DE EMPLEOS NIVEL JERÁRQUICO : CÓDIGO : GRADO : SALARIO: UBICACIÓN: TIPO DE PROCESOS CLASE DE NOMBRAMIENTO CARGO DEL JEFE INMEDIATO

AUXILIAR ADMINISTRATIVO DOS (2) Asistencial 407 03 El asignado para el cargo SECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE. APOYO CARRERA ADMINISTRATIVA SECRETARIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE.

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CONCEJO MUNICIPAL Ciudad Bolívar - Antioquia PROPÓSITO PRINCIPAL Servir de apoyo y enlace entre la comunidad y la Administración, realizar todas las tareas que le correspondan a la dependencia. Realizar trabajos de digitación y atender correcta, eficiente y cortésmente el teléfono y el público que ingresa a la oficina. . Efectuar los procesos y procedimientos que le sean afines a la labor para la cual fue asignado(a). Llevar la agenda e informar de manera ágil y oportuna a su inmediato superior y demás colaboradores de dependencia sobre las llamadas telefónicas, juntas, reuniones y compromisos que deban ser atendidos DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES FUNCIONES GENERALES: 1. Recibir, revisar, clasificar, radicar, distribuir y controlar documentos, datos, elementos y correspondencia, relacionados con los asuntos de la oficina en forma correcta, actualizada y de acuerdo con las instrucciones que se le haya dado por el superior inmediato. 2. Manejar la agenda de trabajo y compromisos de su jefe inmediato, manteniéndolo informado acerca de ellos y su cumplimiento; asimismo, confirmar todos aquellos eventos y citas que tengan que ver con la gestión. 3. Llevar y mantener actualizados los registros de carácter técnico, administrativo y financiero y responder por la exactitud de los mismos. 4. Orientar a los usuarios y suministrar la información que les sea solicitada, de conformidad con los procedimientos establecidos por la Administración. 5. Desempeñar funciones de oficina y de asistencia administrativa encaminadas a facilitar el desarrollo y ejecución de las actividades del área de desempeño que le corresponda. 6. Efectuar diligencias externas cuando las necesidades del servicio lo requieran. 7. Elaborar los trabajos de digitación que se le encomienden; efectuar y contestar llamadas telefónicas; recibir y atender al público que llegue a la oficina 8. Tomar la versión de los dictados y atender la correcta ejecución de los trabajos de mecanografía y digitación. 9. Mantener actualizada la existencia de útiles y materiales de insumo de la oficina e informar oportunamente a su jefe sobre las necesidades requeridas. 10. Entregar los útiles de oficina al personal que los requiera previo visto bueno de su inmediato superior. 11. Impulsar los trámites propios de la dependencia. 12. Proyectar los certificados y demás documentos que deba expedir su jefe inmediato. 13. Acompañar a su jefe inmediato en las diligencias de su competencia. 14. Elaborar informes con destino a diferentes entidades y coordinar su respuesta cuando estos sean delegados, verificando en todo caso que sean enviados dentro de la oportunidad legal. 15. Enviar, recibir y radicar la correspondencia o documentos que se originan o ingresan a la oficina de o para las distintas dependencias de la secretaría, del Municipio o a otras entidades y controlar el recibo correcto por parte de su destinatario. 16. Servir de puente y apoyo en todos procesos, proyectos y programas que se realizan en las oficinas en las que se presten los servicios. 17. Proyectar los actos administrativos que se le encomienden.

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CONCEJO MUNICIPAL Ciudad Bolívar - Antioquia 18. Acompañamiento en los diferentes eventos organizados por el área en la que se encuentre laborando además de los que se promuevan por las Secretarías o por la Administración Municipal de manera general. 19. Rendir informes solicitados por su superior inmediato y velar por mejorar los canales de comunicación entre su sección y las diferentes Dependencias municipales. 20. Estar articulado con las diferentes áreas de gestión de la Administración. 21. Mantener actualizado las bases de datos de instituciones, asociaciones y / o personas naturales o jurídicas relacionadas con las actividades del Municipio. 22. Garantizar la utilización adecuada de los recursos tecnológicos, puestos a disposición para el desarrollo de sus actividades; además de velar por el permanente mantenimiento a los mismos. 23. Contribuir en la elaboración de los planes de capacitación, bienestar social, estímulos e incentivos y otros, vacaciones y otros. 24. Cumplir con el Reglamento Interno de Trabajo. 25. Realizar acompañamiento a los organismos y entidades comunitarias de acuerdo a la afinidad de la materia 26. Dar cumplimiento a las normas de seguridad industrial establecidas para el desempeño del cargo. 27. Desempeñar las funciones propias del lugar en el que se encuentre asignado para ejercer sus labores además de las que le sean encomendadas por sus superiores. Las funciones específicas serán asignadas por el alcalde mediante decreto, de acuerdo con las necesidades del servicio.

EXTRUCTURA PROPUESTA CARGO

CANTIDAD

NIVEL

CODIGO

GRADO

1

Secretario de Despacho

1

Directivo

20

10

3.030.880 3.030.880

2

inspectora de transito

1

Técnico

312

3

2.196.153 2.196.153

Agente de tránsito y transporte

3

Técnico

403

3

1.200.989 3.602.967

1

Asistencial

407

2

1.169.826 1.169.826

1

Asistencial

407

2

1.169.826 1.169.826



3

4

5

AREA

SECRETARI A DE TRANSITO Y TRANSPOR TE

Auxiliar Administrat ivo Auxiliar Administrat ivo

SALARIO

total

TOTAL

11.169.652

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CONCEJO MUNICIPAL Ciudad Bolívar - Antioquia CAPÍTULO IV DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 8.-- Autorizase al Señor Alcalde de Ciudad Bolívar para que mediante decreto ajuste la estructura de la Administración en lo referente a la Secretaria de Tránsito y Transporte y determine sus funciones. ARTÍCULO 9.- Este acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. C O M U N Í Q U E S E, P U B L Í Q U E S E Y C Ú M P L A S E

Dado en el salón de Sesiones del Honorable Concejo Municipal de Ciudad Bolívar Antioquia, a los veintinueve (29) días del mes de agosto del año 2014.

HONORIO DE J. ÁLVAREZ SÁNCHEZ Presidente Concejo Municipal

MÓNICA LILIANA TABORDA Secretaria General

C E R T I F I C O: Que el presente Acuerdo Municipal fue discutido y aprobado en dos debates realizados en fechas diferentes.

MÓNICA LILIANA TABORDA Secretaria General

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