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IEE Instituto de Especialización Para Ejecutivos [Reglamento del Funcionamiento de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres”] “Formar y desarroll

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IEE Instituto de Especialización Para Ejecutivos

[Reglamento del Funcionamiento de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres”] “Formar y desarrollar profesionales en las áreas del conocimiento fiscal, financiero y empresarial, a través de posgrados, diplomados, cursos de especialización y otros medios educativos de aplicabilidad inmediata; con el fin de que actúen como agentes de superación y crecimiento en las organizaciones y en la sociedad”.

Firma de quien Autorizó

Sello de Aprobación

Comité de Normatividad

Planteles México – Guadalajara – Monterrey - Mérida

Reglamento del Funcionamiento de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres”

Fecha de Aprobación 02

SEP

2013

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MANUAL DE FUNCIONAMIENTO DE LA BIBLIOTECA MTRO. CARLOS OROZCO FELGUERES

CAPÍTULO

1

De los Requerimientos mínimos para la existencia de la Biblioteca del IEE

3

CAPÍTULO

2

De los Servicios de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres”

4

CAPÍTULO

3

De los Usuarios

7

CAPÍTULO

4

De las Obligaciones

8

CAPÍTULO

5

Del horario y acceso de Servicio

9

CAPÍTULO

6

De la Adquisiciones y Seguridad de Materiales

9

CAPÍTULO

7

De las Sanciones

10

De la Definición del Acervo y Políticas aplicables al desarrollo y mantenimiento de las colecciones.

12

De las Políticas que rigen el desarrollo de las colecciones

13

De las Políticas de Adquisición

13

CAPÍTULO

8

CAPÍTULO

9

CAPÍTULO

10

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CAPÍTULO

11

De las Políticas de Mantenimiento y Preservación de la colección

17

CAPÍTULO

12

De las Políticas de Inventario

18

CAPÍTULO

13

De las Evaluación de los Servicios de Biblioteca

19

CAPÍTULO

14

Transitorios

20

Propuesta de un sistema de indicadores para la evaluación del rendimiento de la Biblioteca “Carlos Orozco Felgueres”.

21

CAPÍTULO

14

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Reglamento del Funcionamiento de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” CAPÍTULO

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1

DE LOS REQUERIMIENTOS MINÍMOS PARA LA EXISTENCIA DE LA BIBLIOTECA DEL INSTITUTO DE ESPECIALIZACIÓN PARA EJECUTIVOS

Artículo 1 La biblioteca es un instrumento de información, instrucción, educación, investigación y difusión que satisface los requerimientos de grupos definidos de usuarios, de acuerdo a los objetivos que persigue la institución de la que forma parte. El servicio de biblioteca selecciona, adquiere, organiza, conserva, difunde, e incluso descarta materiales bibliográficos acorde a la misión. Artículo 2 Los servicios de la Biblioteca tienen como objetivo satisfacer las necesidades de información y consulta de los catedráticos y estudiantes adscritos a los programas de Posgrado del Instituto de Especialización para Ejecutivos, (I.E.E.), así como a los alumnos de educación continua, a los investigadores y técnico-académicos que colaboran en este Instituto, así como a los estudiantes, docentes e investigadores de otras instituciones con las que el I.E.E. haya establecido convenios de intercambio en servicios bibliotecarios. Artículo 3 La biblioteca del IEE debe de contar como mínimo con los siguientes requerimientos: 

Un lugar específico y exclusivo.



La bibliografía básica y complementaria de todos los programas de Doctorado.



Una persona que cuente con los conocimientos básicos sobre el manejo de la biblioteca (Bibliotecólogo).



Las funciones que el bibliotecólogo debe desarrollar en la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” son:

Maestrías y

o

Conocer y difundir la Cultura Corporativa (Misión, Visión, Principios y Valores) del Instituto de Especialización para Ejecutivos, S.C.

o

Seleccionar, adquirir, catalogar, clasificar actualizar, organizar, conservar y difundir el acervo bibliográfico para apoyar los proyectos de investigación del Instituto de Especialización para Ejecutivos, S.C.

o

Proporcionar información y orientación a los usuarios externos que lo requieran.

o

Estar a la vanguardia, buscar y detectar fuentes de información actualizadas como medios complementarios para el estudiante.

o

Promover la obtención de nuevas publicaciones de interés.

o

Obtener convenios inter bibliotecarios y proponer campañas de donación entre la comunidad docente y estudiantil.

o

Detectar intereses y expectativas de la comunidad estudiantil y docente.

o

Implementar y llevar a cabo un esquema de evaluación a través de indicadores establecidos.

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Reglamento del Funcionamiento de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” o   



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Vigilar el cumplimiento de este reglamento.

Convenios de préstamo Interbibliotecarios con otras instituciones afines con el IEE los cuales se deben de renovar cada año. Dar servicios de préstamo de los materiales a domicilio, fotocopiado, préstamo en sala, ordenadores, red inalámbrica, servicio de préstamo interbibliotecarios etc. Aplicar el reglamento interno para la biblioteca en el cual se establecerán derechos y sanciones de los usuarios, así como las políticas para poder seleccionar, adquirir, descartar y recibir donaciones de Materiales bibliohemerográficos que enriquezcan el acervo de la misma. Un proceso de evaluación de los servicios bibliotecarios mediante el formato correspondiente.

CAPÍTULO

2

DE LOS SERVICIOS DE LA BIBLIOTECA “MTRO. CARLOS OROZCO FELGUERES” Artículo 4 Los servicios que brinda la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” son:     

Consulta en Sala Préstamo a domicilio Préstamo interbibliotecario Ordenadores y acceso a internet inalámbrico Fotocopiado

Artículo 5 Consulta en Sala: Este servicio consiste en facilitar el material documental del acervo a los usuarios dentro de los límites físicos de la Biblioteca, con las siguientes características: i.

Se ofrecerá a todo usuario que lo solicite.

ii.

Para hacer uso del mismo se le pedirá registrarse debidamente en el libro de registro.

Artículo 6 Préstamo a domicilio: Este servicio consiste en facilitar el material de consulta fuera del área física de la Biblioteca con las siguientes características (Ver anexo1. Papeleta de préstamo): i.

Sólo se pueden facilitar tres volúmenes para préstamo a domicilio.

ii.

El Material solicitado podrá renovarse hasta dos veces consecutivas, siempre y cuando el material no haya sido reservado por otro usuario.

iii.

El periodo de préstamo es de 7 días.

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iv.

No se permite sacar obras en préstamo para terceros, es decir si un alumno no cuenta con su credencial para solicitar el préstamo, otro alumno no podrá hacerlo en su lugar, o si la otra persona no pertenece a la comunidad IEE.

v.

Para hacer uso de dicho préstamo es necesario llenar la papeleta respectiva para este efecto y dejar su credencial vigente que lo acredite como alumno o catedrático de cualquiera de los programas académicos del IEE; para usuarios externos (como es el caso de alumnos de educación continua) identificación oficial y/o autorización de la Dirección del Plantel y llenar la papeleta respectiva.

Artículo 7 Préstamo Interbibliotecario: 7.1.- Este servicio es el resultado de diversos convenios establecidos con distintas Instituciones afines con el Instituto de Especialización para Ejecutivos, S.C.; consiste en la facilidad de poder solicitar, por medio de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” materiales existentes en otras bibliotecas. Estos lineamientos tienen como base las normas establecidas por la ABIESI y tiene como finalidad regular el servicio de préstamo interbibliotecario, mediante el cual el acervo bibliográfico de una biblioteca puede ser accesible a otras que se interesen en este intercambio, con el propósito de coadyuvar a las labores de investigación y enseñanza superior en el país.

7.2.- Serán Consideradas en los límites marcados por este reglamento, únicamente las bibliotecas que soliciten por escrito el establecimiento de este convenio.

7.3.- Será responsabilidad de la biblioteca solicitante reponer el material en el caso de que este se dañe o pierda durante el período establecido de préstamo, las autoridades correspondientes en la biblioteca del Instituto de Especialización para Ejecutivos, serán quienes determinen la reposición que se requiera, la biblioteca solicitante deberá asumir el costo que estas situaciones generen. a) La biblioteca solicitante no podrá tener préstamo más de cinco obras al mismo tiempo, no se recibirá ninguna solicitud hasta que no hayan sido devueltas las anteriores.

7.4.- Cualquier material requerido para la enseñanza e investigación podrá solicitarse en préstamo interbibliotecarios, considerando la posibilidad de prestar el original o en su defecto proporcionar fotocopias, esto con apego a lo señalado en el artículo 148 de la Ley Federal de Derechos de Autor, Título VI, capítulo II en donde se específica que sólo se podrá reproducir partes de la obra, para la crítica e investigación científica, literaria o artística o la reproducción por una sola vez, y en un solo ejemplar.

7.5.- Los materiales que se enlistan estarán sujetos a restricciones en el préstamo interbibliotecarios por sus características particulares y las condiciones para su adecuada conservación: 

Obras de colección

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Materiales audiovisuales



Tesis

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7.6.- Los materiales son prestados por tres días naturales con posibilidades de efectuar una renovación por el mismo lapso, cualquier material está sujeto a su devolución inmediata a petición de la biblioteca. Después del tercer día de retraso en la devolución del material se suspenderá el servicio por cinco días por cada uno de los materiales.

7.7. El convenio se establecerá con las instituciones que así lo soliciten y que estén en condiciones de ofrecer el mismo servicio. El convenio será por escrito por parte de la biblioteca del Instituto de Especialización para Ejecutivos, las autoridades competentes y con la autoridad institucional por la biblioteca solicitante. Este documento de préstamo interbibliotecario deberá ser renovado anualmente, independiente de la fecha en que fue solicitado. Los pasos para hacer uso de este servicio son los siguientes: 7.7.1

Estar inscrito en alguno de los programas académicos que se imparten en el IEE y/o ser catedrático del mismo.

7.7.2

Acudir a la Institución de su interés y consultar el catálogo de la misma.

7.7.3

Una vez que identificase el material que requiere; anotar todos los datos de la ficha catalográfica. En caso de ser una publicación periódica anotar el año de publicación, el volumen, el nombre del artículo y el autor.

7.7.4

Acudir a la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” con todos los datos y pedir la solicitud de préstamo interbibliotecario para que la Institución realice los trámites correspondientes para pedir los materiales.

Artículo 8 Ordenadores y Acceso a Internet inalámbrico: Los equipos electrónicos (laptops) se encuentran a disposición de la comunidad estudiantil exclusivamente con el fin de facilitar el aprendizaje. A este servicio podrán acceder únicamente los alumnos, catedráticos, expositores y personal administrativo. Cada usuario se responsabilizará de todas las actividades durante el uso del ordenador y queda prohibido efectuar cambios en la instalación, configuración y de red, así como la manipulación del hardware. Para el Acceso a internet inalámbrico (Red WiFi) el usuario deberá traer Laptop, Netbook, Tablet, o cualquier medio electrónico que tenga la posibilidad de conectarse a la red inalámbrica del

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Instituto; y deberá seguir los señalamientos para su correcta conexión. La clave para la conexión al WiFi se encuentra en el área de biblioteca, así como en las aulas, área de cafetería y área de recepción. Artículo 9 Fotocopiado: El fotocopiado del acervo bibliográfico estará limitado con apego al artículo 148 de la Ley Federal de derechos de autor TÍTULO VI, capítulo II: en dónde se especifica que está permitida la reproducción de partes de la obra, para la crítica e investigación científica, literaria o artística; así como la reproducción por una sola vez, y en un solo ejemplar, de una obra literaria o artística para uso personal y privado de quien la hace y sin fines de lucro. Sólo aplica para las instituciones educativas, de investigación, o que no estén dedicadas a actividades mercantiles. La cantidad fotocopiada se limitará (un máximo de 20 fotocopias) para que no sea considerada como una reproducción simulada y sustancial del contenido de la obra. Esto en base a los principios de facilitar la investigación y la difusión cultural, salvaguardar los derechos de propiedad intelectual, preservar la debida conservación de la obra y no interferir en la actividad normal de la Biblioteca. No está permitido la salida de las tesis y el fotocopiado parcial o total de estas está prohibido.

CAPÍTULO

3

DE LOS USUARIOS Artículo 9 Pueden ser usuarios de los servicios que brinda la Biblioteca quienes reúnan una o más de las siguientes características: 9.1 Usuario Interno:     

Alumno activo en cualquiera de los programas académicos que otorga el Instituto de Especialización a través de la Coordinación de Posgrado e Investigación de acuerdo al reglamento correspondiente. Catedráticos y/o expositores vigentes del Instituto de Especialización para Ejecutivos. Miembros del Consejo Técnico Consultivo y del Consejo Académico y de Investigación de la Coordinación de Posgrado e Investigación. Los administrativos que conforman las diferentes áreas del Instituto de Especialización para Ejecutivos. Los usuarios de otras instituciones con las que se tengan celebrados convenios vigentes.

9.2 Usuario Externo: 

Toda aquella persona ajena a la Institución o que sea parte de un convenio inter bibliotecario podrá consultar el acervo bibliohemerográficos y se tendrá que acatar a los estipulado en el Reglamento de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres”.

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CAPÍTULO 4 DE LAS OBLIGACIONES Artículo 10 Todos los usuarios de la biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres”, deben cumplir con las obligaciones establecidas por el IEE. Artículo 11 Cumplir con todas las disposiciones del presente reglamento. Artículo 12 Obtener la credencial vigente que lo acredite como estudiante de posgrado. Artículo 13 Responsabilizarse del material de los acervos que le sea proporcionado para consulta bajo cualquier forma de préstamo y respetar las fechas que se establezca para su devolución. Artículo 14 Todos los usuarios tienen la obligación de respetar los medios e instalaciones que la Biblioteca pone a su disposición, velando por su integridad física, manejándolos con corrección y avisando inmediatamente de eventuales daños. Artículo 15 Deberá devolver sin deterioro alguno el material solicitado, en la fecha indicada en la hora de devolución. Artículo 16 Respetar el horario de servicio. Artículo 17 Guardar silencio y observar un comportamiento que no moleste a los demás usuarios. Artículo 18 Contribuir a mantener en buen estado el material bibliográfico y las instalaciones. Artículo 19 No utilizar las instalaciones con propósitos diferentes a su finalidad. Artículo 20 No fumar ni consumir alimentos dentro de las instalaciones de la biblioteca. Artículo 21 No podrán ser objeto de préstamo a domicilio: 21.1 Mobiliario y equipo. 21.2 Tesis.

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21.3 Anuarios 21.4 Diccionarios 21.5 Obras de colección o agotadas. 21.6 Publicaciones periódicas. 21.7 Revistas de reciente edición.

CAPÍTULO 5 DEL HORARIO y ACCESOS DE SERVICIO

Artículo 22 El horario de funcionamiento de la Biblioteca podrá variar en cada plante. Artículo 23 La biblioteca suspenderá su servicio: a) Los días no laborables de manera oficial, los días conforme al calendario de la Secretaría de Educación Pública y los que rectoría haya establecido. b) Por causas de fuerza mayor. En todos los casos se pondrán avisos en lugares visibles e identificados por los usuarios. Artículo 24 Para el acceso a la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” los usuarios deberán presentar: a) Credencial vigente, tratándose de alumnos de posgrado. b) Credencial y/o autorización de la Coordinación de Posgrado e Investigación. c) Credencial y/o autorización de la Dirección del Plantel, tratándose de empleados y otros. d) Identificación oficial para usuarios externos. e) Llenar la papeleta respectiva para este efecto, tanto en préstamo a domicilio como interno.

CAPÍTULO 6 ADQUISICIONES Y SEGURIDAD DE MATERIALES Artículo 25 El responsable de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” solicitará al inicio de cada ciclo escolar la participación de los profesores para la actualización y renovación del acervo bibliográfico de los diferentes programas académicos que imparte el Instituto de Especialización para Ejecutivos con la finalidad de que se evalúe la adquisición de dicho acervo.

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Artículo 26 El proceso de actualización y renovación del acervo bibliográfico tomará en cuenta los siguientes medios de sugerencia: 26.1 Mediante el libro de registro que se encuentra en Biblioteca, recopilando las sugerencias de los alumnos en cuanto a materiales bibliográficos que puedan requerir o que hagan falta.

26.2

Mediante las encuestas institucionales, encuestas de evaluación de los programas académicos o buzón de sugerencias.

26.3

Mediante el estudio del responsable de biblioteca de posibles libros de interés, de innovaciones en la materia o de convenios.

Artículo 27 La Biblioteca notificará por medio de avisos colocados en los espacios correspondientes, de la adquisición de nuevo material bibliográfico para su consulta y préstamo a domicilio; por otro lado, se exhibirán en las vitrinas las nuevas adquisiciones de libros para su venta; ambos casos están destinados para: alumnos, catedráticos y quien así lo requiera. Artículo 28 Queda estrictamente prohibido sustraer cualquier documento o libro que forme parte del acervo, del lugar destinado a la Biblioteca y de las instalaciones del I.E.E. Toda consulta deberá ser efectuada dentro del recinto académico, salvo en el caso de préstamo a domicilio, para lo cual deberá observarse lo estipulado en el capítulo correspondiente.

CAPÍTULO 7 DE LAS SANCIONES

Artículo 29 El incumplimiento de alguna o varias de las disposiciones aquí señaladas por parte de los usuarios, será motivo de suspensión de acceso y consulta dependiendo de la magnitud de la falta esta sería: a) Temporal b) Definitiva

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Artículo 30 En el caso de extraviar material de la Biblioteca, el usuario se cubrirá el costo o repondrá los materiales y será acreedor a la suspensión del servicio hasta reponer el mismo, excepto en situaciones extraordinarias. Artículo 31 El retraso en la devolución del material obtenido en préstamo a domicilio, será sancionado con tiempo de no-préstamo, durante un mes. Artículo 32 Al usuario que tenga deudas pendientes ante el I.E.E., se le suspenderán todos los servicios hasta que liquide su adeudo. Artículo 33 En el caso de extravío y/o daño material cuya reposición no sea posible por encontrarse fuera de catálogo, el usuario deberá reponer tres obras que sean señaladas por la Coordinación de Posgrado e investigación para que cubran y/o sustituyan el material no recuperado. Artículo 34 Mientras el usuario tenga material con fecha vencida de préstamo, no se le facilitará nuevo material. Artículo 35 Al usuario se le suspenderá el derecho de utilizar los servicios de la Biblioteca: i.

Si es encontrado responsable de robo.

ii.

Por causar daño a los bienes o instalaciones.

iii.

Por haber sido expulsado del Instituto de Especialización para Ejecutivos o encontrarse su caso en proceso por infringir la disciplina del Instituto, recuperando su calidad de usuario una vez que sea perdonada su falta o tenga un fallo favorable por la Coordinación de Posgrado e Investigación.

El responsable de la biblioteca enviará a Servicios Escolares un reporte de alumnos que tengan adeudos de libros, antes de finalizar el ciclo escolar, con el fin de que cubran dichos adeudos y tener derechos a reinscribirse, así como de hacer uso de los servicios que ofrece la Biblioteca.

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DE LA DEFINICIÓN DEL ACERVO Y POLÍTICAS APLICABLES AL DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE LAS COLECCIONES DE LA BIBLIOTECA DEL IEE, “MTRO. CARLOS OROZCO FELGUERES” Artículo 36 El acervo de la biblioteca se conforma de los materiales informativos que le permiten llevar a cabo su misión. Artículo 37 Las colecciones bibliográficas de la biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” se dividen en:     

Obras de Colección o Coleccionables Libros de Reserva Acervo General Material Digital Publicaciones Periódicas

Artículo 38 Obras de Colección o Coleccionables: Están conformados por enciclopedias generales y especializadas, diccionarios, atlas geográficos e históricos. Políticas de consulta: Debido a que el material del área de consulta es utilizado constantemente por los usuarios, no puede ser solicitado en préstamo externo. Estas obras no deben salir del área destinada para ello, excepto para el servicio de fotocopiado, (apegado a lo que marca el artículo 148 de la Ley Federal de Derechos de autor, anteriormente mencionada para este rublo del fotocopiado y dentro de la Institución). Artículo 39 Libros de Reserva: La colección está formada por los libros de texto de todos los programas académicos, así como por documentos y folletos que sirven de apoyo inmediato para el buen desarrollo de los programas. Este material puede ser solicitado para consulta por tiempo determinado, debido a que el material del área de reserva es utilizado constantemente por los usuarios, no puede ser solicitado para préstamo externo. Estas obras no deben salir del área destinada para ello. Excepto para el servicio de fotocopiado que se encuentra dentro de la Institución. Artículo 40 Acervo General: Aquí se encuentra la mayor parte de los libros del acervo de la biblioteca, están colocados en estantería abierta siguiendo el orden de la clasificación de la Biblioteca del Congreso de Washington (SCLC). Todo el material de esta colección está disponible para préstamo externo. (consultar reglamento de la biblioteca).

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Artículo 41 Material Digital: La colección está formada por todo el material en formato digital, sea CD-Rom´s, servicios de información en línea a través de redes locales y remotas. Aplica en algunos libros que incluyen CD y las tesis que ya deben estar grabadas en CD. El material de esta colección es para uso exclusivo de los usuarios internos, es decir empleados, catedráticos y alumnos. Artículo 42 Publicaciones Periódicas: La biblioteca cuenta con revistas en formato impreso de áreas relacionadas con los programas académicos. Las publicaciones en formato impreso no están disponibles para préstamo externo. El periódico se conserva únicamente por un mes.

CAPÍTULO

9

DE LAS POLÍTICAS QUE RIGEN EL DESARROLLO DE LAS COLECCIONES

Artículo 43 El desarrollo de las colecciones bibliográficas es un proceso mediante el cual pretende se apoyar directamente los programas académicos, de investigación y extensión de acuerdo a sus prioridades y objetivos, dentro de los recursos disponibles. Para realizar de manera adecuada el desarrollo de colecciones es indispensable establecer directrices que permitan seguir las normas y políticas para conseguir que se cumplan los objetivos reales. Artículo 44 Estas políticas se sugieren pensando no sólo en el estado actual de la colección, sino también en el estado que se espera lograr, e incluye adquisición, donación, canje, mantenimiento, y descarte.

CAPÍTULO

10

DE LAS POLÍTICAS DE ADQUISICIÓN

Artículo 45 La biblioteca debe de coleccionar todo tipo de material informativo dentro de los límites de su presupuesto, de la ética y de las políticas a continuación de su formato:

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A contenidos iguales, (el contenido es criterio dominante) la resistencia será una calidad prioritaria en la compra de materiales de mucho uso; el precio se tomará en cuenta en los demás casos. Artículo 46 Los materiales de la biblioteca se adquieren de dos maneras: por compra, en el ejercicio del presupuesto, y por donación o canje. Artículo 42 DE LAS COMPRAS 42.1

La solicitud de compra de material bibliográfico es responsabilidad del bibliotecario quien se encarga de enviar por escrito las necesidades de materiales recientes que permitan el sano desarrollo del acervo de la biblioteca. La bibliografía general se deriva de la lista de libros sugerida en los programas académicos. Estos se adquieren en forma sistemática el trimestre anterior a la implementación de los programas en vigor como los campos de interés general y los temas de actualidad por lo que es deseable que los maestros, e inclusive los alumnos, sugieran la compra de material que consideran de utilidad.

42.2

No es función de la biblioteca el tener libros de texto a la disposición de los alumnos, por lo tanto, sólo se comprarán los textos que usen los maestros uno por cada materia el cual se quedará en reserva en biblioteca, a la disposición de los alumnos quienes desean usarlos por tiempo limitado.

42.3

La biblioteca adquiere como apoyo informativo a la docencia no sólo materiales impresos, sino también otros formatos (digitales y análogos).

42.4

La biblioteca puede tramitar compras de emergencia, más no se responsabiliza de su éxito.

42.5

La biblioteca no puede tramitar compras ni suscripciones personales para el alumnado de la institución.

42.6

El volumen de compras debe asegurar un crecimiento regular de la colección de un 5% anual.

42.7

Las compras deben de asegurar un crecimiento armonioso del volumen respectivo de los diferentes tipos de fuentes de información, tomando en cuenta que la información más actualizada se encuentra en las revistas y en los periódicos que se reciben en forma impresa o en los formatos digitales y “online”.

Artículo 43 Cuando se vayan a realizar Compras de Acervo Bibliográfico es necesario considerar los siguientes aspectos particulares: 43.1 Colección de consulta: Enciclopedias, diccionarios y otras fuentes de consulta se renuevan por lo menos cada 8 años o cuando salen las nuevas ediciones si estas son menos frecuentes, a menos que se tenga acceso a ellas en línea, por suscripción vía internet, en cual caso están constantemente actualizadas. Se descartan los volúmenes que han perdido vigencia.

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43.2 Publicaciones periódicas: El número de suscripciones periódicas depende fundamentalmente de dos factores: las necesidades del área de conocimiento involucrado y el número de alumnos inscritos en los programas académicos, respetando un mínimo de dos suscripciones iniciadas, más si se observa que no tienen movimiento, se investiga la causa y, si no se esperan cambios, se dan de baja. 43.3 Otros formatos: Se adquieren por la agilidad que ofrecen en cuanto a la recuperación de la información.

Artículo 44 DE LAS DONACIONES 44.1 La biblioteca es apta para recibir donaciones.

44.2 Son donaciones los materiales que se entregan a la biblioteca en forma voluntaria, sin que esta tenga que ejercer su presupuesto. Las donaciones no son una alternativa al ejercicio del presupuesto, sino un enriquecimiento del acervo.

44.3 Las donaciones se revisan. Su retención depende de su físico, de su vigencia y del interés informativo que representan para la comunidad académica. Nunca se conserva material que cae bajo las reglas de descarte. En relación con el estado físico, se toma en cuenta la conveniencia de reparar el material si esta deshojado y la contaminación del soporte físico de la información (humedad, hongos, polilla).

44.4 En principio, el material informativo obtenido por donación recibe folio de material descartado y se procesa como cualquier otro material.

44.5 La donación se agradece con una carta que incluye la lista de todos los materiales recibidos, independientemente de su aceptación, y que firma la Coordinación de Posgrado e Investigación. Se archiva una copia.

44.6 El material no recibido se trata como material descartado.

44.7 Todo material recibido llevará un exlibris de donación.

44.8 Las donaciones son obligatorias como parte del proceso de titulación (ver normativa vigente).

Artículo 45 DEL CANJE 45.1

La biblioteca esta apta para intercambiar materiales repetidos o producidos por la institución contra otros que sean de interés para sus usuarios.

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Este canje se documenta de la misma manera que el material comprado.

Artículo 46 DE LAS POLÍTICAS DE DESCARTE 46.1

Se descartan anualmente los materiales cuyo valor y condición no justifica la reparación, encuadernación o almacenamiento. Esto significa que se descartan: 46.1.1 Los materiales obsoletos, con conocimiento de la academia. 46.1.2 Los materiales cuyo estado físico no permite aprovecharlos: libros ilegibles.

46.2

Se descartan también los títulos repetidos más de dos veces en una misma edición cuando forman volúmenes individuales y no son los libros de la bibliografía básica.

46.3

Se conserva un ejemplar de cada libro o material en buen estado ya que estos pueden llegar a ser útiles para precisar el marco histórico de las investigaciones.

46.4

Las revistas a las cuales el Instituto este suscrito o que recibe regularmente por canje o donación se encuadernan anualmente, conservando, cuando existen dos ejemplares, el más sano para el encuadernado. Las revistas no encuadernadas que no corresponden aun interés muy especial se descartan al cabo de un año. El término “muy especial” será definido por el bibliotecario quien tomará entonces las medidas de protección que se imponen.

46.5

Salvo en el caso de la depuración inicial, no se puede hacer un descarte mayor al 50% de la colección.

46.6

Disposición del material descartado, si su estado lo permite, el material descartado se ofrece en prioridad a los maestros de las áreas interesadas, o en canje a otras bibliotecas de la región como donación. Si el material está en mal estado o demasiado obsoleto para ser útil a cualquiera, se destruye. El material descartado se sella.

46.7

Se elabora constancia del descarte y se archiva.

Artículo 47 DE LAS POLÍTICAS PRESUPUESTALES 47.1

La biblioteca dispone de un presupuesto suficiente para cumplir con su misión. El presupuesto toma en cuenta las necesidades de renovación de la colección además de las políticas y de los estándares.

47.2

La Coordinación de Posgrado e Investigación tiene la responsabilidad de preparar, defender y administrar este presupuesto justificando sus peticiones por una planeación anticipada, ajustada a los ejercicios contables de la Institución y a los intereses académicos de la misma, dentro de su misión, ejerce el presupuesto y controla sus flujos de acuerdo con los lineamientos de la Institución.

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47.3

Una vez establecidos los rubros de gastos presupuéstales para un trimestre se respetan, se evita transferir fondos de un área a otra, salvo casos de fuerza mayor.

47.4

El presupuesto se genera tomando en cuenta la necesidad: 47.4.1 De aumentar el acervo de un 5% anual en número de volúmenes. 47.4.2 De mantener, salvo condiciones excepcionales, las suscripciones vigentes. 47.4.3 De cubrir las necesidades de los usuarios tomando en cuenta la misión y la sugerencia de catedráticos y alumnos.

CAPÍTULO

11

DE LAS POLÍTICAS DE MANTENIMIENTO Y PRESERVACIÓN DE LA COLECCIÓN

Artículo 48 Son todas las políticas que contribuyen a la preservación de la colección. 48.1

Es responsabilidad de la biblioteca asegurar que los materiales que constituyen la colección permanente se conserven en buen estado y la biblioteca cuenta con los medios y la autoridad necesarios para fumigar, reparar, reproducir o encuadernar los materiales. El decir que la biblioteca cuenta con los medios significa que estas actividades se presupuestan y que en el presupuesto se toma en cuenta la calidad de los materiales necesarios además de su cantidad.

48.2

El encargado de la biblioteca tiene la obligación de revisar los materiales entregados para evaluar su estado y verificar que los usuarios hacen buen uso de ellos.

48.3

La limpieza de los estantes y otros muebles, es responsabilidad del personal de mantenimiento. La biblioteca decide su distribución, expresa sus necesidades y verifica la calidad de este servicio ante todo para cuidar la imagen de la institución. La limpieza de los materiales bibliográficos es responsabilidad del personal de biblioteca y se organiza de tal manera que, por etapas o se realiza completamente cada año cuando se hace el inventario.

48.4

El trato que se da a los materiales durante el proceso físico y la colocación en estanterías es un trato adecuado para preservarlos.



Los libros, en particular, se manipulan a partir de la parte central del lomo.



Los libros demasiado grandes para los estantes se acuestan con el lomo sobre la repisa.



Se evita el contacto con todo producto cuya acidez puede afectar el papel (forros de plástico normal, cinta scotch normal, pegamento tradicional).



Las estanterías no se llenan a más del 85% de su capacidad para facilitar el movimiento de los materiales. Se usan separadores para sostenerlos y así evitar que se doblen o pandeen.

Firma de quien Autorizó 17 Comité de Normatividad

Reglamento del Funcionamiento de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres”

Fecha de Aprobación 02

SEP

2013

Código AC_DE_BIB_04

48.5

Reparaciones; las reparaciones necesarias se detectan en el mostrador de circulación, durante la recolocación o los inventarios y se llevan a cabo conforme son necesarias. Se trata de estar al día. Cuando hay demasiado trabajo, se da prioridad al material de mayor uso. Cuando la reparación es muy importante se prefiere una encuadernación doméstica barata pero sólida. Si la reparación es más cara que la reposición y el material amerite conservación, se repone.

48.6

Encuadernaciones: Las revistas cuya información puede representar interés a pesar del paso del tiempo se mandan a encuadernar con un encuadernador profesional después de establecer estándares de calidad, las otras se tratan como descarte al fin del periodo de vacaciones más largo. Las revistas se envían con el encuadernador cada vez que se junta un volumen, dejando tiempo prudente para juntar los ejemplares faltantes. Si existen dos ejemplares de una misma revista, se conserva para encuadernación el más sano, se puede proponer el otro en canje o se trata como descarte.

Los estándares a precisar son: Tipo de corte y de unión de las páginas, especificaciones de los títulos, de su posición en el lomo y en la pasta anterior, así como del tipo y tamaño de las letras, tiempos de entrega.

48.7

Fumigaciones. Dado que una fumigación tradicional de la biblioteca no basta para garantizar la integridad de los libros se recurre a fumigaciones específicas del material cuando se detectan posibilidades de contaminación.

48.8

Políticas relativas a la cantidad de materiales. El ejercicio de las políticas de descarte debe asegurar que la colección no se merme muy rápido.

48.9

La biblioteca adopta los procedimientos y cuenta con las instalaciones que evitan las pérdidas de materiales.

CAPÍTULO

12

DE LAS POLÍTICAS DE INVENTARIO

Artículo 49 Se hace inventario una vez cada año en el periodo de ausencia de los alumnos más largo. Si, por alguna razón, no se alcanza hacer un inventario, se llevan a cabo inventarios en el transcurso del trimestre.

Firma de quien Autorizó 18 Comité de Normatividad

Reglamento del Funcionamiento de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres”

Fecha de Aprobación 02

SEP

2013

Código AC_DE_BIB_04

Artículo 50 El inventario es tarea exclusiva del personal de biblioteca. Artículo 51 El inventario se planea con anticipación. Artículo 52 El inventario es la oportunidad de evaluar es estado de los materiales, de hacer descarte y reparaciones, así de hacer una limpieza profunda de los materiales y de los estantes. Artículo 53 Al término del inventario, se genera un reporte de resultados sugiriendo acciones (reparar, remplazar, adquirir) .

CAPÍTULO

13

Evaluación de los Servicios de Biblioteca Artículo 54 La Biblioteca cuenta con un libro de registro/evaluación/sugerencias el cual es de utilidad como indicador de calidad de los servicios de biblioteca. Artículo 55 Es necesario que el encargado de la biblioteca solicite constantemente a los usuarios que registren su ingreso, califiquen los servicios y aporten sugerencias para el mejoramiento de los servicios de la biblioteca (Ver anexo 2. Evaluación de Servicios y sugerencias). Artículo 56 Cada semana el bibliotecario se encargará de recuperar la información recabada en dicho libro, con objeto de proporcionársela a la Coordinación de Posgrado e investigación y que esta tenga conocimiento de las sugerencias de los usuarios para dar respuesta en el transcurso de 5 días hábiles.

Firma de quien Autorizó 19 Comité de Normatividad

Reglamento del Funcionamiento de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres” CAPÍTULO

Fecha de Aprobación 02

SEP

2013

Código AC_DE_BIB_04

14

TRANSITORIOS

Artículo 57 El presente reglamento entrará en vigor a partir del ciclo escolar iniciado con fecha de enero del 2013, derogando los que con anterioridad estuvieren vigentes. Y manteniéndose vigente siempre que las circunstancias así lo ameriten

Artículo 58 Lo no previsto en este reglamento será resuelto por la Coordinación de Posgrado e Investigación del Instituto de Especialización para Ejecutivos, y considerará la necesidad y/o conveniencia de incorporarlo al cuerpo del mismo.

Firma de quien Autorizó 20 Comité de Normatividad

Reglamento del Funcionamiento de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres”

Fecha de Aprobación 02

SEP

2013

Código AC_DE_BIB_04

Anexo 1. Papeleta de préstamo a domicilio

Firma de quien Autorizó 21 Comité de Normatividad

Manual de Funcionamiento de la Biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres”

Fecha de Aprobación DÍA

MES

AÑO

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Anexo 2. Formato de Evaluación y Sugerencias a biblioteca “Mtro. Carlos Orozco Felgueres”

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