ÍNDICE I. PRESENTACIÓN 2 II. OBJETIVO DEL MANUAL 4 III. MARCO JURIDICO 5 IV. INTEGRACIÓN 13 V. FUNCIONES GENERALES DEL COMITÉ 15

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MANUAL DE INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE FARMACIA Y TERAPÉUTICA

DÍA 15

MES 12

AÑO 11

HOJA No. 1

ÍNDICE

I.

PRESENTACIÓN

2

II.

OBJETIVO DEL MANUAL

4

III.

MARCO JURIDICO

5

IV.

INTEGRACIÓN

13

V.

FUNCIONES GENERALES DEL COMITÉ

15

VI.

FUNCIONES

Y

RESPONSABILIDADES

ESPECÍFICAS

DE

LOS

16

INTEGRANTES VII. POLÍTICAS Y NORMAS DE OPERACIÓN

18

VIII. GLOSARIO

21

IX.

VALIDACIÓN POR PARTE DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ

22

X.

AUTORIZACIÓN

25

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HOJA No.

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2

I. PRESENTACIÓN Con base en los lineamientos y políticas definidas por la Secretaría de Salud para Situar la Calidad en la Agenda Permanente del Sistema Nacional de Salud, se desarrolló el Programa SICALIDAD (2007-2012) de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, como una estrategia para incorporar el compromiso a favor de la calidad en los niveles directivos de las organizaciones de salud, auspiciar, dinamizar y homologar los diversos comités. El Comité de Farmacia y Terapéutica (COFAT) se constituye de las recomendaciones de SICALIDAD. El proyecto de uso racional de medicamentos forma parte de la estrategia SICALIDAD y pretende abordar la dignificación de la farmacia hospitalaria, el funcionamiento regular de los Comités de farmacia y el impulso a la innovación que supone el sistema de distribución de medicamentos en dosis unitaria (Instrucción 75/2009). La farmacia hospitalaria es una unidad de soporte técnico a los servicios que presta el hospital, de apoyo al trabajo de los médicos y del personal de enfermería, así como de educación al usuario. Modelo para COFAT. La Instrucción 230/2010 de SiCALIDAD nos indica que el COFAT puede sesionar conjuntamente con el Comité de Farmacovigilancia o desarrollar las funciones de este.

La farmacovigilancia es una actividad obligatoria para todo el personal de la salud a partir de que en México existe una norma oficial la NOM-220-SSA1-2002, la cual indica que se tienen que reportar todos los casos con Sospechas de Reacciones Adversas a los Medicamentos (SRAM). Todas las instituciones de salud tienen que incluir en su organización el Programa de Farmacovigilancia (FV).

El Programa de Farmacovigilancia, se justifica sobre la base de mejorar el cuidado presente y futuro del paciente. Se ha demostrado que el monitoreo de SRAM, disminuye su incidencia y gravedad, así como el tiempo de estancia hospitalaria. Como resultado, mejora el cuidado individual del paciente. Además, mediante la detección y notificación de SRAM raras e inusuales, se aumenta el conocimiento de cada medicamento, mejorando por tanto la decisión de su uso en futuros pacientes. Asimismo, los programas de farmacovigilancia a nivel hospitalario, apoyan al uso racional de los medicamentos.

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HOJA No. 3

El grupo de trabajo de medicamentos del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas (INER) fue creado el 16 de octubre de 2008 con la finalidad de actualizar el Catálogo de Medicamentos del Instituto cuya última revisión se realizo en 2004. Sus funciones principales consistieron en: elaborar y vigilar el cumplimiento de las normas para el abasto adecuado y oportuno de medicamentos y materiales de curación, revisar y depurar el catalogo de medicamentos y realizar una valoración de los medicamentos que presentan nulo o escaso movimiento así como promover a través de lineamientos el uso adecuado de los medicamentos bajo prescripción médica. El grupo de trabajo sesionó por última ocasión en febrero del 2010. El INER cuenta con un catalogo básico de medicamentos que fue actualizado en el año 2010 y en el cual existen 182 medicamentos que se agrupan en 21 especialidades que intervienen en el tratamiento de los pacientes.

Derivado de lo anterior, surge la necesidad de creación del Comité. El presente documento resume la estructura y las funciones básicas para la operación del Comité centrando su atención en la integración de diferentes estrategias. La integración de este documento ha sido lograda con la participación conjunta del Departamento de Investigación de Farmacología y la Dirección de Planeación Estratégica y Desarrollo Organizacional; sancionado por el Departamento de Planeación y autorizado por la Dirección General. Este manual debe actualizarse conforme a las necesidades del Comité y a los lineamientos que dicten autoridades superiores.

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HOJA No. 4

II. OBJETIVO DEL MANUAL Establecer las bases para la organización y funcionamiento del Comité de Farmacia y Terapéutica del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas, definir su ámbito funcional de autoridad y responsabilidad así como, las actividades, competencias y obligaciones de sus integrantes. El Comité promoverá y garantizará el uso eficiente de los medicamentos en el hospital, mediante una selección basada en evidencia científica que garantice los mejores resultados en el proceso de atención de los pacientes. Asimismo detectará y registrará de manera oportuna la ocurrencia de reacciones adversas a medicamentos para contribuir al uso seguro y racional de éstos, supervisando y evaluando permanentemente sus riesgos, siguiendo patrones verificables, definidos y generalizados enfocados a la protección del paciente y a la toma de medidas de prevención. Para este fin se apoyará en los Grupos de Trabajo descritos líneas más adelante.

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III. MARCO JURÍDICO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 05-II-1917. Ref. 12-X-2011.

Leyes Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. D.O.F. 29-XII-1976. Ref. 17-VI-2009.

Ley General de Salud. D.O.F. 07-II-1984. Ref. 14-XII-2011.

Ley Federal de Procedimiento Administrativo. D.O.F. 04-VIII-1994. Ref. 30-V-2000.

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 04-I-2000. Ref. 15-VI-2011.

Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D.O.F. 04-I-2000. Ref. 28-V-2009.

Ley de los Institutos Nacionales de Salud. D.O.F. 26-V-2000. Ref. 14-VII-2008.

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HOJA No. 5

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Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11-VI-2002. Ref. 05-VII-2010.

Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. D.O.F. 16-IV-2008.

Ley General para el Control del Tabaco. D.O.F. 30-V-2008. REF. 06-I-2010.

Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2011. D.O.F. 15-XI-2010.

Códigos Código Civil Federal. D.O.F. 26-V-1928. Ref. 30-VIII-2011.

Código Penal Federal. D.O.F. 14-VIII-1931 Ref. 24-X-2011.

Código Federal de Procedimientos Civiles. D.O.F. 24-II-1943. Ref. 30-VIII-2011.

Código Federal de Procedimientos Penales. D.O.F. 30-VIII-1934. Ref. 24-X-2011.

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HOJA No. 6

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Código Fiscal de la Federación. D.O.F. 31-XII-1981. Ref. 12-XII-2011.

Código Fiscal del Distrito Federal. G.O. D. F. 29-XII-2009. Ref. 14-II-2011.

Reglamentos Reglamento de la Ley de Información Estadística y Geográfica. D.O.F. 03-XI-1982. Ref. 24-III-2004. D.O.F. 20-II-1985. F.E.D.O.F. 09-VII-1985. Ref. 26-XI-1987.

Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. D.O.F. 14-V-1986. Ref. D.O.F. 04-XII-2009.

Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud. D.O.F. 06-I-1987.

Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Control sanitario de actividades, establecimientos, productos y servicios. D.O.F. 18-I-1988.

Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O.F. 26-I-1990. Ref.23-XI-2010.

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Reglamento de Insumos para la Salud. D.O.F. 04-II-1998. Ref. 26-V-2011.

Reglamento de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización. D.O.F. 14-I-1999.

Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. D.O.F. 09-VIII-1999. Ref. I-II-2011.

Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D.O.F. 28-VII-2010.

Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 28-VII-2010.

Reglamento de procedimientos para la atención de quejas medicas y gestión pericial de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. D.O.F, 21-I-2003. Ref. 25-VII- 2006.

Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. D.O.F. 11-VI-2003.

Reglamento de la Ley Federal de Protección al Consumidor. D.O.F. 03-VIII-2006.

Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente en el Trabajo del Sector Público Federal. D.O.F. 29-XI-2006.

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HOJA No. 9

Reglamento de la Ley General para el Control de Tabaco. D.O.F. 31-V-2009.

Reglamento Interior de la Comisión para la Certificación de Establecimientos de Atención Médica. 19-V-2009.

Reglamento del Código Fiscal de la Federación. D.O.F. 07-XII-2009.

Decretos Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Arbitraje Médico. D.O.F. 03-VI-1996.

Decreto por el que se establecen los criterios para el otorgamiento de condecoración y premios en materia de salud pública. D.O.F. 12-III-1997. Ref. 22-VI-2011.

Decreto por el que se reforma el Consejo Nacional para la prevención y el control del Síndrome de la Inmunodeficiencia Adquirida y se abroga el diverso por el que se crea el Consejo Nacional para la prevención y control del Síndrome de la Inmunodeficiencia Adquirida, publicado el 24 de agosto de 1988. D.O.F. 05-VII-2001.

Decreto por el que se aprueba el Programa Especial de Mejora de la Gestión en la Administración Pública Federal 2008-2012. D.O.F. 10-IX-2008.

Decreto por el que se aprueba el Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción 2008-2012. D.O.F. 11-XII-2008.

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HOJA No. 10

Acuerdos Acuerdo por el que se crea la Comisión Interinstitucional de Investigación en Salud. D.O.F. 19-X-1983.

Acuerdo que crea la Comisión Permanente de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 26-XII-1984. Ref. 22-VIII-2007.

Acuerdo Número 71 por el que se crea el sistema de Capacitación y Desarrollo del Sector Salud. D.O.F. 20-IV-1987.

Acuerdo por el que los titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal del sector salud, consultarán a la Academia Nacional de Medicina y a la Academia Mexicana de Cirugía para la instrumentación de las políticas en materia de salud. D.O.F. 26-IX-1994.

Acuerdo por el que se relacionan las especialidades farmacéuticas susceptibles de incorporarse al Catálogo de Medicamentos Genéricos D.O.F. 21-II-2008. Ref. 17-I-2011.

Acuerdo por el que se crea la Comisión Coordinadora para la Negociación de Precios de Medicamentos y otros Insumos para la Salud. D.O.F. 26-II-2008.

Acuerdo por el que se establece que las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el cuadro básico para el primer nivel de atención médica y, para segundo y tercer nivel, el catálogo de insumo. D.O.F. 24-XII-2002.

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Normas Oficiales Mexicanas Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA1-1993 que instituye el procedimiento por el cual se revisará, actualizará y editará la Farmacopea en los Estados Unidos Mexicanos. D.O.F. 17-VI-1994.

Norma Oficial Mexicana NOM-001-SSA1-2010, Que instituye el procedimiento por el cual se revisará, actualizará y editará la farmacopea de los estados unidos mexicanos D.O.F. 26-I-2011. Nota. Esta norma no abroga la anterior.

Norma Oficial Mexicana NOM-073-SSA1-2005 estabilidad de fármacos y medicamentos. D.O.F. 08-III-1996. Ref. 04-I-2006.

Norma Oficial Mexicana NOM-138-SSA1-1995, Que establece las especificaciones sanitarias del alcohol desnaturalizado, antiséptico y germicida (utilizado como material de curación), así como para el alcohol etílico de 96ºG.L., sin desnaturalizar y las especificaciones de los laboratorios o plantas envasadoras de alcohol. D.O.F. 10-I-1997.

Norma Oficial Mexicana NOM-040-SSA2-2004, En materia de información en salud. D.O.F. 28-IX-2005.

Norma Oficial Mexicana NOM-137-SSA1-2008, Etiquetado de dispositivos médicos D.O.F. 12-XII-2008.

Norma Oficial Mexicana NOM-025-STPS-2008, Condiciones de iluminación en los centros de trabajo D.O.F. 30-XII-2008.

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HOJA No. 12

Cuadros Básicos Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos Edición 2010. D.O.F. 13-V-2011. 2ª Actualización D.O.F. 20-VII-2011

Quinta Actualización del Cuadro Básico y Catálogo de Medicamentos. Edición 2009. D.O.F. 24-I-2011

Lineamientos Lineamientos específicos para la aplicación y seguimiento de las medidas de austeridad y disciplina del gasto de la Administración Pública Federal. D.O.F. 29-XII-2006. Ref. 14-V-2007

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IV. INTEGRACION El Comité de Farmacia y Terapéutica (COFAT) del Instituto, estará conformado de la siguiente manera: Presidente

Director General

Secretario Técnico

Titular de la Unidad de Farmacia Hospitalaria

Vocales

Director Médico Director de Enseñanza Director de Planeación Estratégica y Desarrollo Organizacional Director de Administración Subdirector de Recursos Materiales y Servicios Generales Subdirector de Cirugía Subdirector de Atención Médica de Neumología Subdirector de Servicios Auxiliares de Diagnostico y Paramédicos Jefe de la Unidad de Vigilancia Epidemiológica Hospitalaria y Secretario Técnico del CODECIN. Jefe

del

Departamento

en

Investigación

de

Farmacología Jefe del Departamento de Enfermería Secretario Técnico de CCyBI Jefe del Servicio Clínico de Neumología Pediátrica Jefe del Servicio Clínico de Tuberculosis Jefe del Servicio Clínico de Neumología Oncológica Jefe del Departamento de Cuidados Intensivos Respiratorios Jefe de Residentes Asesores

Jefe del Departamento de Asuntos Jurídicos Titular del Órgano Interno de Control

HOJA No. 13

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HOJA No. 14

El Secretario Técnico y los Vocales del Comité tendrán derecho a voz y voto, en caso de empate el Presidente tendrá voto de calidad. Los asesores solo tendrán derecho a voz.

Podrán asistir a las reuniones del Comité como Invitados, los Jefes de Departamento, Servicio u Oficina de las áreas sustantivas, que estén relacionados con los asuntos tratados en el orden del día y apoyarán en la solución de los problemas planteados, con derecho a voz pero sin voto.

Los vocales designarán por escrito en cualquier momento a los servidores públicos que les suplirán en su ausencia con voz y voto, quienes deberán de tener el nivel jerárquico inmediato inferior al titular.

Los nombramientos de los suplentes deberán ser notificados oficialmente al Secretario Técnico y dicha designación será ratificada en la primera sesión del Comité de cada año.

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V. FUNCIONES GENERALES DEL COMITÉ

Las funciones del COFAT serán las siguientes: •

Asesorar el equipo de dirección del hospital en la formulación e implementación de las políticas relacionadas con la selección, prescripción, dispensación y uso racional de medicamentos.



Participar en la formulación de programas diseñados para satisfacer las necesidades del equipo de salud relacionados con el conocimiento y uso adecuado de medicamentos.



Seleccionar los medicamentos, según criterios de calidad, efectividad, seguridad, eficiencia y costos para que los medicamentos disponibles sean los más adecuados para tratar las patologías del hospital.



Elaborar y actualizar periódicamente el cuadro de medicamentos o guía farmacoterapéutica (GFT).



Autorizar la guía farmacoterapéutica.



Diseñar políticas de uso racional de medicamentos.



Documentar y estudiar las reacciones adversas que se presentan en el uso de medicamentos.



Fomentar la investigación.



Difundir las decisiones adoptadas al seno del Comité.



Coordinar los grupos de trabajo que dependan de este Comité.



Reportar regularmente al Comité de Calidad y Seguridad del Paciente (COCASEP) aquellas propuestas y hallazgos en materia de calidad que deban ser conocidos.



Formular el calendario anual de sesiones ordinarias.



Analizar los problemas que se susciten y formular propuestas de solución en conjunto, con criterios tendientes a generar cambios positivos para el cumplimiento de los objetivos del Instituto.



Mantener en estricta confidencialidad la información que se maneje dentro del Comité.

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VI. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS DE LOS INTEGRANTES Del Presidente:

a) Presentar a consideración de los miembros del Comité, para su aprobación, el orden del día de las reuniones ordinarias y extraordinarias b) Presidir las reuniones. c) Convocar, cuando sea necesario, a reuniones extraordinarias. d) Emitir su voto para cada uno de los casos que se sometan a consideración del Comité y en caso de empate su voto será de calidad. e) Firmar las actas correspondientes. f)

Llevar a cabo todas aquellas otras funciones inherentes al cargo.

g) Proponer el calendario de sesiones ordinarias. h) Vigilar que los acuerdos se cumplan en tiempo y forma.

Del Secretario Técnico:

a) Elaborar la agenda de trabajo del Comité. b) Realizar y enviar la convocatoria para las sesiones ordinarias, extraordinarias y plenarias con los documentos e información de los casos a tratarse. c) Con derecho a voz y voto. d) Elaborar un programa de trabajo anual con las estrategias y acciones a seguir. e) Presentar información y conclusiones emitidas al seno del comité, para facilitar la toma de decisiones del cuerpo directivo y del mismo modo se establezcan medidas o estrategias correctivas para solucionar y evitar los problemas detectados tendientes a mejorar los servicios que presta el Instituto. f)

Firmar las Actas correspondientes a cada sesión.

g) Elaborar y presentar al pleno del Comité un informe escrito de los casos presentados y el avance en su solución. h) Elaborar el informe anual de los logros obtenidos por el Comité y presentarlo para su aprobación al COCASEP. i)

Elaborar el acta de acuerdos de los asuntos tratados en las sesiones del Comité.

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j)

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HOJA No. 17

Asistir en representación del Instituto cuando sea invitado por los diferentes Comités de Calidad de otros Hospitales e Institutos, Coordinación de los Institutos y otras instituciones del sector, y presentar un informe al pleno del Comité, dirigido al Presidente, sobre los acuerdos propuestos y realizados en tales reuniones.

k) Llevar un adecuado registro de los acuerdos y verificar su cumplimiento. l)

Vigilar que el archivo de documentos esté completo y se mantenga actualizado.

m) Firmar las Actas correspondientes a cada sesión. n) Aquellas que le encomiende el Presidente o el Comité en pleno. o) Mencionar los acuerdos adoptados en cada sesión.

De los Vocales: a) Designar a su suplente en la primera sesión del año. b) Enviar al Secretario Técnico con tres días hábiles de anticipación a la reunión, los asuntos que se deban someter a consideración del Comité. c) Analizar el orden del día y los documentos de los asuntos a tratar. d) Opinar sobre los asuntos a tratar en las sesiones. e) Firmar las actas correspondientes de las sesiones del Comité. f)

Propiciar la integración del Comité y acatará acuerdos bajo los criterios de responsabilidad, coordinación y participación conjunta.

g) Llevar a cabo todas aquellas otras funciones inherentes al cargo. h) Las demás funciones que les encomiende el Presidente del Comité o el Comité en pleno. i)

Tienen derecho a voz y voto.

De los Asesores:

a) Emitir su opinión sobre los asuntos del Orden del Día del Comité. b) Asesorar sobre la normatividad aplicable a los casos presentados. c) Firmar las actas de las sesiones en que hayan participado. d) Tendrán derecho a voz, pero no a voto, en las deliberaciones del Comité.

De los Invitados:

a) Proporcionar o aclarar información de los asuntos por tratar.

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VII. POLÍTICAS Y NORMAS DE OPERACIÓN El Comité se reunirá en sesiones ordinarias una vez al mes de conformidad con el calendario anual aprobado.

El Comité se reunirá en sesiones extraordinarias a solicitud del Presidente del Comité o de alguno de sus miembros siempre y cuando el Presidente lo autorice.

En la última sesión ordinaria del año, se deberá presentar al pleno del Comité, para votación y en su caso autorización, el calendario anual de reuniones para el siguiente año.

Las reuniones ordinarias serán convocadas por el Presidente y/o Secretario Técnico vía electrónica y se desarrollarán de acuerdo al orden del día, la cual se enviará conjuntamente con los documentos que serán analizados en la reunión, cuando menos con tres días hábiles de anticipación a la fecha prevista para su celebración. En el caso de sesiones extraordinarias, se requerirá la entrega de la documentación soporte de los asuntos a tratar, con un día hábil de anticipación.

Las sesiones serán de carácter ejecutivo con una duración máxima de 60 minutos y el quórum estará integrado por mayoría simple, esto es, por la mitad más uno de los integrantes del Comité.

De cada reunión se levantará un acta, la que será enviada dentro de los primeros cinco días a los miembros del Comité, quienes tendrán cinco días para su revisión y comentarios, una vez concluidos estos plazos se dará por aprobada y se remitirá para firma por los participantes, presentándose en la siguiente sesión ordinaria.

En ausencia del Presidente del Comité, el Secretario Ejecutivo presidirá la reunión.

La vigencia del COFAT es permanente, sin embargo la estancia de cada uno de los miembros del Comité es máxima de tres años, su continuidad, baja y/o sustitución será ratificada por la alta dirección en turno acorde con su desempeño anualmente; la notificación se realizará por escrito. La duración de los miembros dentro del Comité solamente podrá ser ratificada por tres periodos consecutivos.

El Comité solamente podrá ser renovado en un 50% al terminar los tres años del cargo, no en su totalidad para evitar la pérdida en la continuidad en las actividades y compromisos establecidos.

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HOJA No. 19

El Comité sesionará válidamente con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de los miembros; el quórum legal estará integrado por el Presidente y el Secretario Técnico.

La ausencia de cualquiera de los miembros debe ser comunicada al Secretario Técnico para que justifique su ausencia. La inasistencia injustificada por tres ocasiones consecutivas será motivo de una primera llamada de atención por escrito y firmada por el Secretario Técnico con copia para el Presidente, y de continuar, será dado de baja.

Los integrantes del COFAT sólo podrán ser suplidos en sus funciones por servidores públicos designados específicamente por los miembros titulares de aquellos, quienes deberán tener el rango inmediato inferior.

El COFAT adoptará sus decisiones por mayoría de votos.

El Comité podrá integrar a sus reuniones a los servidores públicos que considere necesarios con el fin de asesorarlos y apoyarlos en sus funciones, quienes asistirán a las reuniones con voz pero sin voto.

Los acuerdos del COFAT adoptarán siempre la forma de recomendaciones y se incluirán en el acta de las sesiones. Se trasladarán a todo el personal de salud involucrado.

Las actas del COFAT que se generen de las reuniones celebradas deberán ser firmadas por todos los integrantes.

En el primer trimestre del año se elaborará informe de actividades del COFAT y será presentado en acto público a todo el personal del Instituto.

Al COFAT reportaran los siguientes grupos de trabajo: Grupo de Trabajo de Farmacovigilancia y Farmacoepidemiología, tiene como objetivo: Facilitar el uso eficiente de los recursos terapéuticos con base en la disponibilidad de información y la aplicación de herramientas metodológicas que incorporen la farmacoeconomía, farmacovigilancia, control y monitoreo terapéutico,

información farmacológica, interacciones medicamentosas y seguridad de fármacos y la

epidemiología hospitalaria. Este grupo será coordinado por la Unidad de Farmacología y quien considere pertinente.

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MES 12

AÑO 11

HOJA No. 20

Grupo de Trabajo de Integración de Guías Terapéuticas: Validará las normas de uso de medicamentos de las Guías de Práctica Clínica Institucionales, difundirá y evaluará su correcto cumplimiento, así como la actualización de la Guía Farmacoterapéutica Institucional. Este grupo será coordinado por la Dirección de Enseñanza y quien considere pertinente. Grupo de Trabajo para la Gestión Administrativa de Medicamentos, cuya función principal será la de promover, a partir de la revisión del proceso de abasto, dispensación y ministración de medicamentos, acciones coordinadas que garanticen la atención médica segura, oportuna, de calidad y al mejor costobeneficio para el paciente y la Institución. Este grupo será coordinado por la Dirección de Administración con quien considere pertinente.

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HOJA No. 21

VIII. GLOSARIO

CALIDAD: Es la totalidad de los rasgos y características de un producto o servicio que se sustenta en su habilidad para satisfacer las necesidades establecidas implícitas.

CCyBI: Comité de Ciencia y Bioética en Investigación en el INER.

CODECIN: Comité de para la Detección y Control de Infecciones Nosocomiales.

COFAT: Comité de Farmacia y Terapéutica.

FV: Programa de Farmacovigilancia.

INER: Siglas del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias, Ismael Cosío Villegas.

PACIENTE: Persona enferma que recibe tratamiento médico o quirúrgico, por su médico o cirujano. SRAM: Sospechas de Reacciones Adversas a los Medicamentos.

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IX. VALIDACIÓN POR PARTE DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ

_________________________ Dr. J. Rogelio Pérez Padilla Director General Presidente

_________________________ Dra. Miriam del Carmen Carrasco Portugal Adscrita a la Unidad de Investigación en Farmacología Secretaria Técnica

______________________________ Dr. Edgar V. Mondragón Armijo Director Médico Vocal

_______________________________ Dr. Jorge Salas Hernández Director de Enseñanza Vocal

_________________________ Psic. Adriana Martuscelli Méndez Directora de Planeación Estratégica y Desarrollo Organizacional Vocal

_________________________ C.P. Ma. Edith S. Escudero Coria Directora de Administración Vocal

_________________________ Lic. Guadalupe Gómez Navarro Subdirectora de Recursos Materiales y Servicios Generales Vocal

_________________________ Dr. José Luis Téllez Becerra Subdirector de Cirugía Vocal

HOJA No. 22

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HOJA No.

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_________________________ Dr. Sergio Rodríguez Filigrana Subdirector de Atención Médica de Neumología Vocal

_________________________ Dr. Víctor G. Hernández Morales Subdirector de Servicios Auxiliares de Diagnóstico y Paramédicos Vocal

______________________________ Dr. Andrés Hernández Jefe de la Unidad de Vigilancia Epidemiológica Hospitalaria y Secretario Técnico del CODECIN Vocal

_______________________________ Dr. Francisco Flores Murrieta Jefe del Departamento en Investigación en Farmacología Vocal

_________________________ Mtra. Griselda Sánchez Reyes Jefa del Departamento de Enfermería Vocal

_________________________ Lic. Adriana Espinosa Jove Secretario Técnico de CCyBI Vocal

_________________________ Dr. Alejandro Alejandre García Jefe del Servicio Clínico de Neumología Pediátrica Vocal

_________________________ Dr. Miguel A. Salazar Lezama Jefe del Servicio Clínico de Tuberculosis Vocal

____________________________ Dr. Jorge Morales Fuentes Jefe del Servicio Clínico de Neumología Oncológica Vocal

____________________________ Dr. Edgar Bautista Bautista Jefe del Departamento de Cuidados Intensivos Respiratorios Vocal

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_________________________ Dra. Teresa Aguirre Pérez Jefe de Residentes Vocal

______________________________ Lic. Marco Aurelio Pedraza Vanegas Titular del Órgano Interno de Control Asesor

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HOJA No.

AÑO 11

_________________________ Lic. Rosa Mayela Uribe Navarrete Jefa del Departamento de Asuntos Jurídicos Asesor

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X. AUTORIZACIÓN

Realizó

Revisó

_________________________ Psic. Adriana Martuscelli Méndez Directora de Planeación Estratégica y Desarrollo Organizacional

_________________________ Lic. Gabriela Flores Martínez Departamento de Planeación

Sancionó

Autorizó

_________________________ Dr. Raúl Peñuelas Baldenebro Jefe del Departamento de Planeación

_________________________ Dr. José Rogelio Pérez Padilla Director General

HOJA No. 25

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