INEM CARLOS ARTURO TORRES. Manual de Convivencia

INEM CARLOS ARTURO TORRES Manual de Convivencia 2014 Manual de Convivencia CONTENIDO PRESENTACION...............................................

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I. ANTECEDENTES.- Carlos Torres y Torres Lara
Carlos Torres y Torres Lara 1942 - 2000 Alonso Morales Acosta Carlos Torres Morales Rafael Torres Morales Juan Carlos Benavente Teixeira Miguel Angel

CATALOGO POR : CARLOS TORRES CASTILLO
INDICE VISTA FRONTAL ESTERILIZADOR 16X16 EMPAQUE DE GARLOCK EMPAQUES LAVACOMODOS EMPAQUES CAISA EMAPAQUE ELECTRONIVEL EMPAQUE DE SILICON CONTROL CICLO

MANUAL DE CONVIVENCIA- ACUERDO DE CONVIVENCIA
MANUAL DE CONVIVENCIA- ACUERDO DE CONVIVENCIA Referente Normativo Los aspectos constitucionales y legales de los Manuales se encuentran directa- mente

Manual de Convivencia
Manual de Convivencia 2015-2016 Adoptado por Consejo Directivo el 4 de junio de 2015. Este documento contiene los acuerdos de convivencia para la comu

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INEM

CARLOS ARTURO TORRES

Manual de Convivencia 2014

Manual de Convivencia

CONTENIDO

PRESENTACION.....................................................................................5 CAPITULO I. GENERALIDADES............................................................6 CAPITULO II. GESTION ACADÉMICA.................................................12 CAPÍTULO III. UNIFORMES.................................................................14 CAPÍTULO IV. DERECHOS Y DEBERES..............................................17 CAPÍTULO V. RÉGIMEN DISCIPLINARIO O DE CONVIVENCIA.......37 CAPITULO VI. LAS FALTAS Y SU SANCIÓN........................................38 CAPÍTULO VII. EL DEBIDO PROCESO................................................51 CAPÍTULO IX. COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR.......................55 CAPÍTULO X. GOBIERNO ESCOLAR..................................................58 CAPÍTULO XI. OTROS ORGANOS DE PARTICIPACIÓN.....................61 CAPÍTULO XII. ADOPCIÓN Y VIGENCIA..............................................70

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Manual de Convivencia

PRESENTACIÓN

Este Manual de Convivencia es el producto del proceso de delibe� ración y concertación que se ha llevado a cabo en nuestra comuni� dad educativa, con los siguientes criterios fundamentales aplicados: • La formaci��������������������������������������������������� ó�������������������������������������������������� n integral del educando dentro de un sano ambien� te de convivencia que cumpla con los fines legales, sociales y fa� miliares de la educación y ello implica, el compromiso individual y comunitario, de sana convivencia participativa, mutuo respeto, valo� raci������������������������������������������������������������������������ ó����������������������������������������������������������������������� n, justicia, superaci������������������������������������������������ ó����������������������������������������������� n, bienestar, utilizaci���������������������� ó��������������������� n adecuada y cuida� do de los recursos: humanos, docentes, didácticos y físicos disponibles. • Espíritu analítico, de concertación, conciliación y armonía permanentes • Diálogo general

reflexivo, crítica constructiva, primacía del interés sobre el particular, fraternidad, intercomunicación y ética.

OBJETIVO El objetivo inmediato es contar con un instrumento de convivencia, ajustado a LA FILOSOFIA INSTITUCIONAL INEMITA, los requerimientos legales y del pro� grama escolar que refleje y mantenga vigentes los intereses de toda la comunidad educativa. Sin embargo el progreso cotidiano y a largo plazo, incidirá en las reformas del manual que ha de ajustarse a las circunstancias de evolución que obligan a corregirlo y actualizarlo, por ser el prisma histórico de la vida escolar. Lo importante de sus normas, no es la norma misma en su estricto contenido, sino la intencionalidad y principios que lo inspiran y el fundamento legal que lo soporta, a tal esencia debe acudirse en su aplicación.

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Manual de Convivencia CAPITULO I GENERALIDADES ARTICULO 1. Fundamentación Legal El presente Manual de Convivencia está fundamentado en el capítulo I de la Constitución Política de Colombia, el cual destaca dentro de los Derechos Fundamentales el libre desarrollo de la personalidad, libertad de expresión, libertad de enseñanza, entre otros. El Ministerio de Educación Nacional con miras a la reglamentación de la Ley General de Educación, expide el Decreto 1860 del 3 de agosto de 1994, en el que reglamenta parcialmente dicha ley en aspectos pedagógicos y organizativos generales. El Artículo 17 del Decreto 1860, dice textualmente: “REGLAMENTO O MANUAL DE CONVIVENCIA” de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 73 y 87 de la Ley 115 de 1994, todos los establecimientos educativos deben tener como parte integrante del Proyecto Educativo Institucional un Reglamento o Manual de Convivencia. El Reglamento o Manual de Convivencia debe tener una definición de los derechos y deberes de los estudiantes, y de sus relaciones con los demás estamentos de la comunidad educativa. Además cada Institución debe velar de manera permanente por el reconocimiento de los niños, niñas y jóvenes como sujetos de derecho inmersos en todas las dinámicas sociales y amparados bajo la Ley 1098 denominada Ley de Infancia y Adolescencia, que es una clara reivindicación social con los derechos y deberes de individuos que han permanecido por largo tiempo sin las precisiones que la ley amerita. Ley 115 de 1994, Ley General de Educación Art. 87, Ley 734 de 2002, ley 1278 de 2002, Ley 1620 y decreto reglamentario 1965 de 2013, Ley 715 de 2002, Decreto 1290 de 2009 y resolución 13342 de 1982. Para su elaboración se tuvieron en cuenta los principios constitucionales, las políticas del MEN expresadas en la normatividad vigente, la Declaración Universal de los Derechos del Niño, y otras normas relacionadas con la niñez y la adolescencia, con los principios de la comunidad, la justicia, la democracia, la paz, la trascendencia y el bien común. La fundamentación legal, en lo pertinente, se complementa con algunos fragmentos de sentencias de la Corte Constitucional que a continuación se relacionan. 6

Manual de Convivencia (SC-481/98). Al tenor del artículo 16 de la Constitución que consagra el derecho al libre desarrollo de la personalidad, la corte constitucional y la doctrina han entendido que: “ese derecho consagra una protección general de la capacidad que la Constitución reconoce a las personas para auto determinarse, esto es, a darse sus propias normas y desarrollar planes propios de vida, siempre y cuando no afecten derechos de terceros”. (ST- 612/92). Contrato de Matrícula: Que “Al momento de matricularse una persona en un Centro Educativo celebra por ese acto un Contrato de Naturaleza Civil; un contrato es un acuerdo de voluntades para crear obligaciones”. (SC - 555/94). Que “La exigibilidad de esas reglas mínimas al alumno resulta acorde con sus propios derechos y perfectamente legítima cuando se encuentran consignadas en el Manual de Convivencia que él y sus acudientes, firman al momento de establecer la vinculación educativa. Nadie obliga al aspirante a suscribir ese documento, pero concedida la oportunidad de estudio, si reiteradamente incumple pautas mínimas y denota desinterés o grave indisciplina puede ser tomado en cuenta como motivo de exclusión. (ST- 527/95). Que “La función social que cumple la Educación hace que dicha garantía se entienda como un derecho – deber que genera para el Educador como para los educandos y para sus progenitores un conjunto de obligaciones recíprocas que no pueden sustraerse; ello implica que los Planteles Educativos puedan y deban establecer una serie de normas o reglamentos en donde se viertan las pautas de comportamiento que deben seguir las partes del proceso Educativo “ Sentencia T-967 de 2007. Las instituciones educativas pueden regular el uso del teléfono celular dentro de las instalaciones, incluyendo la reglamentación correspondiente en el Manual de Convivencia, el cual establecerá en forma clara su utilización, sin llegar a prohibirlo, así como las sanciones y el procedimiento a aplicar en caso de infracciones. Sentencia T-967 de 2007 Sentencia T.397 de agosto 19 de 1997). “El hombre, considera la Corte constitucional, debe estar preparado para vivir en armonía con sus congéneres, para someterse a la disciplina que toda comunidad supone, para ejercer la libertad dentro de las normas que estructuran el orden social, así pues, de ninguna manera ha de entenderse completo ni verdadero un derecho a la educación al que se despoja de estos elementos esenciales . . . de lo dicho se concluye que cuando el centro educativo exige del estudiante respuestas en materia académica, disciplinaria, moral o física, o cuando demanda de él unas responsabilidades propias de su 7

Manual de Convivencia estado, así como cuando impone sanciones proporcionales a las faltas que comete, no está violando los derechos fundamentales del educando sino, por el contrario, entregando a éste la calidad de educación que la Constitución desea” (ST- 235/97). Que “La Corte Constitucional ha reiterado a lo largo de la jurisprudencia, en el sentido de considerar que quien se matrícula en un Centro Educativo, con el objeto de ejercer el derecho Constitucional fundamental que lo ampara, contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que NO puede invocar el mencionado derecho para excusar las infracciones en que incurra”. (ST- 02/92). Que “La Educación surge como un derecho – deber que afecta a todos los que participan en esa órbita cultural respecto a los derechos fundamentales, no sólo son derechos en relación a otras personas, sino también deberes de la misma persona para consigo misma, pues la persona no sólo debe respetar el ser personal del otro, sino que también ella debe respetar su propio ser”. Decreto 120 del 21 enero de 2010 ARTÍCULO 14. Cursos de prevención del alcoholismo. De conformidad con lo previsto en el artículo 2° de la Ley 124 de 1994, el menor de edad que sea hallado consumiendo bebidas embriagantes o en estado de ebriedad o beodez, deberá asistir con sus padres o acudientes a un curso sobre prevención del alcoholismo al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o a la entidad que haga sus veces. Decreto 1102 de 2004 Capítulo III, Art. 9 “Portar, consumir, inducir y distribuir estupefacientes, sustancias psicotrópicas, alcohólicas, inhalantes dentro o fuera del plantel, si se comprueba se dará aviso a las autoridades competentes para recibir el apoyo a la Institución”. (ST- 316/94). Que “La Educación sólo es posible cuando se da la convivencia y si la disciplina afecta gravemente a ésta última, ha de prevalecer el interés general y se puede respetando el debido proceso, separar a la persona del establecimiento Educativo. Además, la permanencia de la persona en el sistema educativo está condicionada por su concurso activo en la labor formativa; la falta de rendimiento intelectual también puede llegar a tener suficiente entidad como para que la persona sea retirada del establecimiento donde debía aprender y no lo logra por su propia causa”. (ST- 519/92). Que “La educación ofrece un doble aspecto. Es un derecho-deber, en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del 8

Manual de Convivencia individuo, sino que comporta exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, pues quien no se somete a las condiciones para su ejercicio, como sucede con el discípulo que desatiende sus responsabilidades académicas o infringe el régimen disciplinario que se comprometió observar, queda sujeto a las consecuencias propias de tales conductas: la pérdida de las materias o la imposición de las sanciones previstas dentro del régimen interno de la institución, la más grave de las cuales, según la gravedad de la falta, consiste en su exclusión del establecimiento educativo”. (ST- 402/92). Que “La Constitución garantiza el acceso y la permanencia en el sistema Educativo, salvo que existen elementos razonables – incumplimiento académico o graves faltas disciplinarias del estudiante – que lleven a privar a la persona del beneficio de permanecer en una entidad educativa determinada”. (ST-341/1993). “Considera la Corte que quien se matricula en un centro educativo contrae por ese mismo hecho obligaciones que debe cumplir, de tal manera que no puede invocar el mentado derecho para excusar las infracciones en que incurra, en cuya virtud no se permite en quebrantamiento de los derechos constitucionales del educando, pero tampoco se favorezca la irresponsabilidad de este”. Ley de los Garantes. Bajo el título de “Acción y omisión”, el artículo 25 del Código Penal de 2000 —Ley 599 “La conducta punible puede ser realizada por acción o por omisión” dice: Quien tuviere el deber jurídico de impedir un resultado perteneciente a una descripción típica y no lo llevare a cabo, estando en posibilidad de hacerlo, quedará sujeto a la pena contemplada en la respectiva norma penal. A tal efecto, se requiere que el agente tenga a su cargo la protección en concreto del bien jurídico protegido, o que se le haya encomendado como garante la vigilancia de una determinada fuente de riesgo, conforme a la Constitución o a la ley. Que de conformidad con el decreto 1965 de 2013, los manuales de convivencia de los establecimientos educativos, se deben ajustar de acuerdo con la ley 1620 de 2013 y otros aspectos relacionados con incentivos y la participación de las entidades del orden nacional y territorial, establecimientos educativos, la familia y la sociedad dentro del Sistema Nacional de Convivencia Escolar. El presente Manual de Convivencia, será actualizado cada vez que las circunstancias así lo exijan. Con este propósito la Comunidad Inemita buscará siempre la excelencia si demuestra que aborda de manera constructiva los problemas propios de la Institución. 9

Manual de Convivencia ARTICULO 2. OBJETIVOS GENERALES 1. Lograr que la Comunidad Educativa se apropie de los principios básicos de la convivencia social de manera consciente y vivencial. 2. Incentivar en la Comunidad Educativa la práctica de valores como: respeto, libertad, honradez, honestidad, tolerancia, solidaridad y todos aquellos que contribuyan al desarrollo de una educación más humana. 3. Dar a conocer la organización de la Institución, en los diferentes estamentos, instancias de procedimiento, derechos, deberes y funciones de los integrantes de la Comunidad Educativa. 4. Plantear estrategias que permitan el diálogo, la conciliación y la concertación, dentro de un ambiente armónico y democrático, de acuerdo con los fines establecidos en el PEI 5. Unificar criterios y conductas con relación a lo que se desea exigir, pedir y orientar para la óptima educación del estudiante. 6. Fortalecer en la Comunidad Educativa el sentido de pertenencia institucional, para que en ejercicio de la autonomía responsable, cada uno de sus miembros asuma actitudes de responsabilidad propia, con los demás y con el entorno. 7. Contribuir en la formación de ciudadanos activos que aporten a la construcción de una sociedad democrática, pluralista e intercultural, capaces de asumir un rol en la protección de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. ARTICULO 3. PRINCIPIOS Y VALORES QUE ORIENTAN LA CONVIVENCIA 1. La prevalencia del interés general sobre el particular. 2. El respeto mutuo por la diferencia y la diversidad. 3. La solidaridad, eficacia, moralidad, imparcialidad y la democracia. 4. La corresponsabilidad entre todos los miembros de la comunidad educativa para la construcción de la convivencia. 5. La solución de los conflictos mediante el diálogo y la conciliación. 6. La convivencia requiere vivenciar la aplicación del principio de buena fe, de buen obrar y de la dignificación de la persona.

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Manual de Convivencia 7. La convivencia exige el pacto de no agresión física, verbal o de cualquier otra manifestación. 8. La democracia tiene como propósito crear directrices donde la vida y la felicidad sean posibles en nuestra Comunidad Educativa. 9. El Sentido de pertenencia a la Institución. 10. Se reconoce para todos los miembros de la comunidad el principio de igualdad, sin desvirtuar el principio de individualidad y diferencia, al igual que el de los derechos de las demás personas. 11. La familia, el establecimiento educativo, la sociedad y el estado son corresponsables de la formación ciudadana, la promoción de la convivencia escolar, la educación para el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos de los niños, niñas y adolescentes, desde sus respectivos ámbitos de acción, en torno a los objetivos del sistema y de conformidad con lo consagrado en el artículo 44 de la Constitución Política y el Código de Infancia y la Adolescencia. 12. Se debe garantizar a la comunidad educativa, sobre todo a las niñas, niños y adolescentes, el derecho de participación en el desarrollo de las estrategias y acciones que se adelanten en el marco del Sistema Nacional de Convivencia Escolar dentro del establecimiento estudiantil. 13. La comunidad educativa y el plantel educativo es autónomo en concordancia con la Constitución Política y dentro de los límites por las leyes, normas y disposiciones. 14. El sistema de convivencia estudiantil del INEM, se fundamenta en el reconocimiento, respeto y valoración de la dignidad propia y ajena, sin discriminación por razones de género, orientación o identidad sexual, etnia o condición física, social o cultural.

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Manual de Convivencia CAPITULO II GESTION ACADÉMICA ARTÍCULO 4. PROCESO DE ADMISIÓN Y MATRÍCULA Los estudiantes que aspiren a ingresar al INEM, así como sus padres, representantes legales, o acudientes, deben aceptar y cumplir el Manual de Convivencia(ST 555/94) y acatar la sentencia de la Corte Suprema, que declara “ matricularse una persona en un Centro educativo celebra por ese acto un contrato de naturaleza civil” (ST 612/92). Es de aclarar que un contrato es un acuerdo de voluntades por crear obligaciones. ARTÍCULO 5. RENOVACIÓN DE MATRÍCULA Es el acto jurídico mediante el cual el estudiante legaliza su permanencia en la Institución cada año escolar. Puede ser ordinaria, es decir la otorgada al estudiante sin condición especial; extraordinaria, autorizada después de vencido el plazo para realizar la matrícula ordinaria, y matrícula con compromiso (acta de compromiso firmada por el estudiante, padre o acudiente); esta última será autorizada por el Señor Rector (a). También será de su competencia autorizar la admisión de estudiantes procedentes de otros colegios. La asignación de la jornada académica para estudiantes corresponde al Rector (a), como también el cupo para alumnos nuevos y reiniciantes (repitentes). Por su parte, la ubicación en las diferentes secciones es competencia de los Coordinadores de Disciplina, y los cambios de Modalidad se solicitan por escrito ante el Coordinador Académico y se tramitan con la asesoría de Orientación y Consejería. ARTÍCULO 6. REQUISITOS PARA FORMALIZAR MATRÍCULA 1. Dos fotografías recientes tamaño 3 x 4 a color. 2. Fotocopia plan de seguridad vigente (SISBEN o EPS). 3. Certificados de calificaciones de años anteriores si proviene de otros colegios y observador del último año. 4. Original del Registro Civil de nacimiento. 5. Seguro Estudiantil (Obligatorio). 6. Carnet estudiantil para estudiantes antiguos. Los nuevos debe carnetizarse durante el primer período académico. 12

Manual de Convivencia 7. Fotocopia del carnet de vacunas para estudiantes de Preescolar y para los de 14 años en adelante. 8. Tarjeta de Identidad Biométrica (Fotocopia ), para los estudiantes de 7 a 14 años. 9. Presentarse con el uniforme de diario. 10. Firma del contrato de matrícula tanto por parte del estudiante como padre de familia o acudiente. ARTÍCULO 7. PÉRDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE DEL INEM La condición de estudiante del INEM se pierde por: 1. Expiración del término del contrato de matrícula. 2. No renovación del contrato de matrícula por determinación del Rector, (a) o Consejo Directivo. 3. Alta inasistencia del estudiante acumulada a través del año escolar (más de 150 fallas). 4. Por retiro voluntario o cancelación de matrícula, cuando el estudiante ha reprobado por insistencia (Fallas). 5. Haber tenido comportamiento Insuficiente en más de dos periodos académicos. 6. Inasistencia por parte de los padres de familia, de hasta tres reuniones generales convocadas por el INEM.

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Manual de Convivencia CAPÍTULO III UNIFORMES ARTÍCULO 8. UNIFORME DE DIARIO NIÑAS Y JOVENCITAS • Falda de paño dacrón escocés, según modelo a mitad de rodilla • Blusa blanca en dacrón de cuello redondo y manga larga • Camiseta blanca cuello redondo • Buzo color rojo Venecia, en cuello V, con el escudo del INEM bordado en la parte superior izquierda • Zapatos colegiales negros de amarrar, con cordones color blanco • Medias blancas largas con las iniciales del Colegio bordadas en azul oscuro. ARTÍCULO 9. UNIFORME DE DIARIO NIÑOS Y JOVENES • Blue jeans clásico oscuro, bota recta (no entubada) • Camisa blanca manga larga • Camiseta blanca cuello redondo • Buzo en lana color rojo venecia en cuello V, con el escudo del INEM bordado en la parte supe rior izquierda • Zapatos colegiales negros de amarrar, con cordones color blanco • Medias azules oscuras o negras

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Manual de Convivencia ARTÍCULO 10. UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA ELLAS – ELLOS

ELLAS • Sudadera roja con franjas blancas laterales y el escudo del INEM bordado en la parte superior derecha (según modelo y el pantalón sin entubar) • Bicicletero blanco o rojo • Camiseta blanca cuello V, con el escudo del colegio bordado en la parte superior derecha( según modelo) • Zapato tenis blanco y medias blancas largas

ELLOS •

Sudadera roja en licra con franjas blancas laterales y el escudo del INEM bordado en la parte superior derecha (según modelo y el pantalón sin entubar)



Camiseta blanca cuello V, bordada con el escudo del INEM en la parte superior derecha (según modelo)



Zapato tenis blancas

blanco y medias

PARÁGRAFO 1. Se utilizará chaqueta color vino tinto desde el nivel Preescolar hasta el grado once, la cual por ser un elemento accesorio, no reemplaza al saco del uniforme. Los estudiantes de grado 11° portarán bajo las mismas condiciones, una chaqueta con las siguientes características que los diferencian de los demás 15

Manual de Convivencia

 La chaqueta lleva una capota azul en algodón  La cremallera va al lado derecho  La manga izquierda lleva la bandera del INEM  La manga derecha lleva el distintivo de la Modalidad y el nombre de la misma  En la parte delantera de forma vertical van las iniciales del INEM  En el espaldar aparece la palabra JAYDEXIAN, cuyo significado es: “Juntos Caminaremos hacia el éxito, viviremos un sueño y seremos el triunfo del mañana”. PARÁGRAFO 2. El uniforme de Educación Física, se debe portar únicamente el día que corresponda, según horario institucional, o cuando sea autorizado para el desarrollo de actividades extracurriculares programadas por la Institución. No se permite al estudiante el uso de prendas adicionales al porte del uniforme. De requerirlas, estas deben ser prescritas por un Profesional de la Salud y es obligación del padre de familia informar a la Coordinación sobre su uso.

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Manual de Convivencia CAPÍTULO IV DERECHOS Y DEBERES ARTICULO 11. DERECHOS Y DEBERES DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES Los niños, niñas y adolescentes del “INEM” Carlos Arturo Torres, deberán conocer perfectamente que la libertad está condicionada y limitada por las exigencias de la sana convivencia y el bien común, lo cual implica no coartar la libertad y el bienestar de los demás. La libertad es responsable, es decir genera la obligación tanto de no traspasar el derecho ajeno, como de responder por las implicaciones que generen sus actos. En consecuencia, todo estudiante inemita debe cumplir con el presente reglamento o Manual de Convivencia, acordado por toda la Comunidad Educativa. DERECHOS: Son la facultad que tiene cada persona para hacer, decidir, poseer o exigir algo libremente, con la limitación que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico. DEBERES: Se definen como la obligación moral que afecta a cada persona para obrar según los principios de la ética, la justicia y su propia conciencia. Son las obligaciones ciudadanas o límites a los derechos humanos. DERECHOS

DEBERES

1. Ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, en especial contra el maltrato, explotación, abusos y en general toda forma de violencia y agresión (Art. 18, Ley 1098/2006).

1. Informar de manera veraz y oportuna sobre situaciones anómalas, daños y actos ejecutados por cualquier medio, que atenten contra el bienestar, dignidad e integridad de algún miembro de la comunidad educativa, dentro y fuera de la Institución.

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Manual de Convivencia 2. Ser tratados con respeto y dignidad en su honra e integridad personal, con igualdad, equidad y justicia (Ley 1098 de 2006 y Sentencia T-556/98, Corte Constitucional Colombiana).

2. Respetar los derechos fundamentales de la dignidad humana, aceptar y tolerar las diferencias entre personas, evitar la agresión física, verbal y psicológica expresada en acciones como: riñas, grafitis, murmullos, gestos, muecas, panfletos, motines, apodos, acoso, manifestaciones amorosas inadecuadas, retención arbitraria de personas y otros similares.

3. A no ser discriminados por razo- 3. Practicar el respeto hacia los nes de sexo, etnia, condición so- derechos de todos los miembros cioeconómica, o cualquiera otra que de la comunidad educativa. afecte el ejercicio de sus derechos (Art. 42, numeral 12, Ley 1098). 4. Garantizarles el libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás.

Contribuir a la formación integral de su personalidad sin afectar al otro. Dar cumplimiento a las normas establecidas para vivir en comunidad.

5. A una identidad personal y familiar y a gozar de un buen nombre, a la libertad de conciencia, de expresión de culto y demás libertades constitucionales.

5. Respetar la honra y el buen nombre de los demás y ser tolerantes ante la diversidad de opiniones, siempre que no atenten contra la ley, el orden establecido y las buenas costumbres.

6. Poseer libertad de culto (Art. 19, 6. Los padres de familia deben capítulo I, Título 1 C.P.)y(Decreto registrar en la matrícula la infor4500/2006) mación referente al credo que profesan, y los estudiantes se comprometen a respetar los actos religiosos de la Institución 7. A la recreación, el deporte, la cul- 7. Hacer buen uso de la recreatura y las artes como complemento ción, el deporte, la cultura y el personal y educativo. arte, asumiendo actitudes de responsabilidad y respeto. 18

Manual de Convivencia 8. Conocer el Manual de Conviven- 8. Leer, interiorizar y aplicar el cia. Sentencia T-527/95. Manual de Convivencia. Participar en la sesiones de modificación cuando se requiera. Acatar la Constitución Política y las leyes de Colombia, las disposiciones previstas en este Manual y las circulares y orientaciones dadas por las distintas instancias del plantel. 9. Obtener saberes y estrategias 9. Participar diligentemente en generadoras de aprendizaje, orien- las actividades académicas, detadas por los maestros. sarrollar trabajos en grupo dentro de la Institución, con la asesoría oportuna de los maestros, y escuchar crítica y constructivamente las opiniones de los demás para lograr aprendizajes significativos. 10. Recibir información oportuna 10. Aprovechar la información sobre el planeamiento propuesto en recibida para obtener un desemcada una de las áreas y asignaturas. peño académico superior. 11. Ser evaluados de manera inte- 11. Cumplir los compromisos gral en los aspectos académicos, académicos y de convivencia personales y sociales (Dto. 1290 de (Dto. 1290 de 2009). 2009). 12. Conocer el Sistema Institucional 12. Comprender y asumir el Sisde Evaluación de las estudiantes: tema Institucional de Evaluación. criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar (Dto. 1290 de 2009). 13. Conocer los resultados de los procesos de evaluación y recibir oportunamente las respuestas a las inquietudes y solicitudes presentadas (Dto. 1290 de 2009).

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13. Cumplir responsablemente con los procesos de evaluación, y solicitar oportunamente tanto resultados como respuesta a las inquietudes presentadas (Dto. 1290 de 2009).

Manual de Convivencia 14. Recibir asesoría y acompañamiento pertinente y oportuno por parte de los docentes para superar debilidades en el aprendizaje (Dto. 1290 de 2009).

14. Cumplir las recomendaciones y compromisos adquiridos tendientes a superar sus debilidades en el aprendizaje (Dto. 1290 de 2009).

15. Repetir el año escolar por una sola vez, siempre y cuando no presenten dificultades en el comportamiento, y se acojan a los requerimientos del Acta de Compromiso que firman en el momento de la matrícula.

15. Asumir con responsabilidad los compromisos requeridos para alcanzar un excelente desempeño.

16. Tener acceso a todos los servicios de Bienestar Estudiantil, servicios públicos y recursos técnico pedagógicos con los que cuenta la Institución, dentro de las normas establecidas.

16. Utilizar racionalmente los servicios públicos (agua, luz, teléfono, red de Internet) y de bienestar estudiantil que ofrece la Institución.

17. Disfrutar del período de descanso, deporte, actividades lúdicas y recreativas en los tiempos y lugares previstos para su desarrollo (escenarios deportivos y zona de descanso).

17. Hacer buen uso del tiempo de descanso y recreación; abstenerse de permanecer en sitios no habilitados para ello; además, velar por el cuidado de los elementos puestos a su servicio.

18. Recibir, por parte de sus padres y/o acudientes buen ejemplo, alimentación, vestido, habitación, salud, recreación y lo necesario para cumplir con el trabajo escolar (uniformes, textos, útiles y elementos de aseo, etc.).

18. Hacer uso adecuado de los textos, útiles escolares y el uniforme correspondiente, únicamente durante la jornada escolar y actos de comunidad. Practicar las reglas de higiene y salud pública que preserven el bienestar de la comunidad educativa y la conservación individual de la salud.

19. Utilizar la planta física, espacios deportivos e instalaciones técnico pedagógicas, según actividades programadas y asignadas.

19. Utilizar correctamente y mantener limpias y ordenadas las instalaciones y elementos de la Institución.

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Manual de Convivencia 20. Poseer celular y/o computador como medios de comunicación y elementos pedagógicos en el desarrollo educativo. Sentencia T-967/07.

20. Utilizar adecuada y racionalmente el celular o computador sin afectar las actividades escolares y/o excepcionalmente con autorización del profesor cuando la actividad lo amerite.

21. Expresar ideas, sugerencias, re- 21. Asumir responsablemente clamos y desacuerdos dentro de las el derecho a la libre expresión y normas de la educación, el respeto y respeto por la de los demás. la cultura (Ley 1098, Art 42, 43 y 44). 22. Recibir orientación oportuna por parte de los padres de familia, Institución y comunidad en general, sobre la responsabilidad en acciones y comportamientos dentro y fuera de la Institución.

22. Asumir las consecuencias de acciones, faltas o contravenciones a las normas dentro y fuera de la Institución. Ser conscientes que los fallos proferidos por juzgados y otras instancias de justicia son procesados por dichas entidades y la Institución no tiene responsabilidad sobre ellos (Ley 1098/06).

23. Representar a la Institución y participar en actividad cívicas, sociales, deportivas, académicas, investigativas y culturales.

23. Asumir compostura y civismo en actos públicos y actividades comunitarias dentro y fuera de la Institución (Art. 15, Ley 1098).

24. Faltar, llegar tarde o salir de la Institución por causa de enfermedad o motivos debidamente justificados, dentro del tiempo establecido, con autorización de padres o acudientes y Coordinación.

24. Justificar las ausencias, retardos o salidas, dentro de los tres días siguientes de haber ocurrido el evento, respaldados con la respectiva autorización de Coordinación.

25. Conocer oportunamente los registros sobre el comportamiento y desempeño académico. Respaldar compromisos con su firma.(Sentencia T-397/97)

25. Preservar y diligenciar en forma veraz y correcta el Observador de la Estudiante, evaluaciones y demás documentos institucionales.

26. Disfrutar el servicio de cafetería. 26. Utilizar la cafetería dentro del horario establecido y respetar a las personas que prestan el servicio. Cuidar y valorar los alimentos, enseres y muebles; abstenerse de comprar en sitios no autorizados. 21

Manual de Convivencia 27. Estar afiliados a seguridad so- 27. Portar los documentos que cial, poseer documento de identifi- acrediten identificación y seguricación y carné estudiantil. dad social vigente 28. Hacer uso de las incapacidades 28. Cumplir responsablemente y/o licencias médicas (Ley 755 de las indicaciones médicas para 2002 y otras normas vigentes). preservar la salud. En estado de embarazo, asistir a sus labores académicas con vestuario adecuado. 29. Participar en actos y eventos de 29. Presentarse a las actividades comunidad. programadas por la Institución en forma puntual, con excelente presentación personal y la identificación correspondiente. 30. Al debido proceso y al derecho 30. Actuar con respeto cuando de defensa en caso de cometer fal- se hagan solicitudes y reclamos tas académicas y/o disciplinarias. y se pidan aclaraciones, siguiendo el conducto regular. 31. Recibir comunicación directa y 31. Entregar oportunamente las oportuna de la Institución a los pa- comunicaciones enviadas a padres de familia y/o acudientes. dres de familia o acudientes. 32. Elegir y/o ser elegidos como representantes ante el gobierno escolar, proyectos, comités y demás organismos de la Institución que requieran representación de las estudiantes.

32. Participar democráticamente en la elección de las diferentes representaciones estudiantiles, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el presente Manual de Convivencia.

33. Al respeto por las producciones intelectuales, creencias, valores, propuestas individuales o grupales para el bienestar de la comunidad.

33. Actuar con responsabilidad y honradez en el desarrollo de evaluaciones, trabajos y demás actividades académicas, religiosas, sociales, culturales y económicas.

34. Participar del proceso de apren- 34. Asumir con responsabilidad dizaje dentro de un ambiente moral, su proceso formativo y mantener social y psicológico que garantice la armonía y la sana convivencia. formación integral.

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Manual de Convivencia 35. Expresar, discutir y examinar con toda libertad doctrinas, opiniones o conocimientos, dentro del debido respeto a la opinión ajena y a la diferencia, a la cátedra y el procedimiento de reglas de debate y petición.(Sentencia ST-02/92)

35. Escuchar y respetar las opiniones del otro, aceptar las diferencias y llegar a acuerdos a través del diálogo y la concertación.

36. Ser oídos, orientados o asistidos por quienes tienen la responsabilidad directiva o docente, garantizando el derecho a la reserva.

36. Manifestar ante autoridades competentes sus inquietudes verbales o escritas en forma respetuosa, observando el conducto regular.

37. Recibir estímulos y orientacio- 37. Adoptar actitudes que fones que fortalezcan la autoestima. menten la autoestima y el respeto a los demás. 38. Disfrutar de un ambiente educa- 38. Promover la sana conviventivo sano y saludable que redunde cia, la salud física y mental proen el desarrollo integral. pia y la de los demás. Abstenerse de consumir, portar y distribuir sustancias que atenten contra la integridad personal y demás integrantes de la comunidad educativa. 39. Disfrutar de una planta física lim- 39. Depositar los residuos en pia, agradable y sana. lugares adaptados para tal fin y colaborar con el mantenimiento y embellecimiento de la Institución. 40. Contar con los apoyos particulares para las estudiantes con discapacidad o aquellas con capacidades o talentos excepcionales (Decreto 366/09).

40. Responder a las exigencias académicas propias de su nivel, de acuerdo con sus capacidades o talentos excepcionales, presentar las certificaciones médicas y atender las prescripciones recomendadas.

41. Beneficiarse de las políticas de 41. Aprovechar el beneficio de gratuidad de la educación. la gratuidad de la educación, respondiendo óptimamente con rendimiento académico, asistencia y puntualidad adecuados a sus condiciones particulares. 23

Manual de Convivencia 42. Conocer y participar en los eventos donde se resalte el significado de los símbolos patrios e institucionales.

42. Respetar los símbolos patrios e institucionales y entonar con espíritu cívico los himnos en cada acto académico o extracurricular obligatorio.

43. Recibir orientación y capacita- 43. Observar las reglas de salud ción sobre normas de salud pública. pública que preserven el bienes(Decreto 120 de 2010). tar de la comunidad, la conservación individual de la salud y la prevención frente al consumo de sustancias alcohólicas y psicotrópicas. ARTÍCULO 12. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES RESPECTO DEL SISTEMA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Respetar los derechos humanos, los derechos sexuales y reproductivos de los demás miembros de la comunidad estudiantil, evitando en todo momento conductas constitutivas de acoso o bullying escolar, ciberbullying o cualquier tipo de agresión o intimidación. (Ley 1620 de 2013). Poner en conocimiento de los miembros del comité de convivencia escolar, los coordinadores o los profesores, cualquier situación de acoso escolar o bullying, ciberbullying, así como cualquier forma de agresión o intimidación o su contra o de la que sean testigos, (Ley 1620 de 2013). Asistir a las actividades pedagógicas formativas programadas por el (la) coordinador (a) de la jornada y/o el (la) psico-orientador(a) en caso de sanción por incumplimiento del Manual de Convivencia. Cumplir con las medidas pedagógicas o sanciones que se profieran por parte del comité de convivencia, dentro de una ruta de atención y comprometerse de una forma proactiva a la reparación de los perjuicios causados. (Ley 1620 de 2013). Acudir a los apoyos pedagógicos, terapéuticos, psicológicos, o clínicos requeridos por las condiciones individuales. (Art. 36, numeral 2, Ley 1098). ARTÍCULO 13. ESTÍMULOS Los estudiantes que representen al INEM con resultados excelentes o sobresalientes en eventos científicos, técnicos, culturales, deportivos, tendrán estímulo especial en el área afín del Plan de Estudios, y serán exaltados en ceremonia institucional especial. 24

Manual de Convivencia Todos los estudiantes que representan a la Institución en los diversos eventos, tienen derecho a presentar las evaluaciones y trabajos que por esta causa dejaron de hacer. Los plazos en cada caso los determina el Coordinador de Unidad Docente. En Ceremonia de Proclamación de Bachilleres se entregará una placa al estudiante con mejor desempeño ICFES y se otorgará la Medalla “Carlos Arturo Torres”, máxima condecoración del INEM, al estudiante que se haya distinguido como mejor Bachiller de la Promoción, siempre y cuando la nota promedio de su Desempeño corresponda al nivel Alto o Superior. ARTÍCULO 14. DERECHOS Y DEBERES PARA LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Y DEMAS PERSONAS VINCULADAS. COMUNIDAD EDUCATIVA: Son miembros de la comunidad educativa, además de los contemplados en las normas vigentes el personal de servicios del INEM, el personal autorizado por la Secretaría de Educación y directamente por el Instituto a través de Rectoría, quienes son sujetos de derechos y obligaciones frente al Sistema Nacional de Convivencia Escolar. Deberes de los miembros de la comunidad educativa: Sin perjuicio de lo consagrado en el presente manual de convivencia y la Ley, son deberes generales de los miembros de la comunidad educativa los siguientes: 1. Conocer, respetar y cumplir el Manual de Convivencia de la Institución. 2. Asimilar y vivenciar los Principios y Conceptos del Sistema Nacional de Convivencia Escolar. 3. Respetar los derechos humanos, los derechos sexuales y reproductivos de los demás miembros de la comunidad estudiantil, evitando en todo momento conductas constitutivas de acoso o bullying escolar, ciberbullying o cualquier tipo de agresión o intimidación. (Ley 1620 de 2013). 4. Poner en conocimiento de los miembros del comité de convivencia escolar, los coordinadores o forma de agresión o intimidación o su contra o de la que sean testigos. (Ley 1620 de 2013). 5. Cumplir las medidas pedagógicas o sanciones que se profieran por parte del comité de convivencia, dentro de una ruta de atención y 25

Manual de Convivencia comprometerse de una forma proactiva a la reparación de los perjuicios causados. (Ley 1620 de 2013). 6. Acudir a los apoyos pedagógicos, terapéuticos, psicológicos, o clínicos requeridos por las condiciones individuales y ordenadas dentro de un protocolo, bien sea por orden del comité de convivencia u otra autoridad. 7. Guardar la reserva de las personas involucradas en una ruta de atención o que se vinculen en un conflicto que atente contra los fines del Sistema Nacional de Convivencia. ARTÍCULO 15. DERECHOS Y DEBERES DE DOCENTES Y DIRECTIVOS DOCENTES DERECHOS

DEBERES

1. Ser respetados en su dignidad 1. Dar trato cortés y respetuoso a e integridad física, emocional, psi- compañeros, estudiantes y demás cológica, ética y religiosa. miembros de la Comunidad Educativa. 2. Exigir y recibir respeto al buen nombre y reputación. Ante algún incidente, solicitar se verifique y se confronte la información con investigación previa.

2. Actuar de acuerdo con los principios, valores y convicciones que rigen la convivencia social y el código de infancia y adolescencia.

3. Exigir y recibir trato digno y respetuoso por parte de las directivas, docentes, administrativos, estudiantes, padres de familia y/o acudientes frente a cualquier reclamación, siguiendo el conducto regular.

3. Escuchar y dar respuesta comedida a las reclamaciones de las directivas, docentes, administrativos, estudiantes, padres de familia y/o acudientes en los horarios establecidos.

4. Ser informado oportunamente 4. Responder oportunamente a los y recibir apoyo de las directivas llamados de las directivas para diade la Institución, ante acusacio- logar sobre eventuales conflictos. nes y escritos anónimos.

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Manual de Convivencia 5. Ser escuchado y atendido oportunamente; cuando sea necesario, informar, reclamar o solucionar cualquier eventualidad tanto en la Institución como en otras instancias.

5. Escuchar comedidamente las ideas, sugerencias, problemas, reclamos y justificaciones de estudiantes, padres de familia, directivos y compañeros.

6. Disfrutar de los servicio de 6. Hacer buen uso del servicio de Bienestar Social que ofrece la Bienestar Social. Institución. 7. Recibir programas de cualifica- 7. Asistir a las capacitaciones e inción pertinentes. corporar en su práctica pedagógica los conocimientos adquiridos. 8. Solicitar y obtener permisos, licencias y comisiones, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y el conducto regular establecido.

8. Presentar la solicitud de permiso en forma oral o escrita, según el caso, para ausentarse del plantel, siguiendo el conducto regular y las normas legales.

9. Ser evaluados de manera justa 9. Conocer y apropiarse de los cride acuerdo con las exigencias de terios de evaluación. la Institución, según sus capacidades y limitaciones y ser informados al respecto en el momento oportuno (Dect. 1278 de 2002). 10. Gozar de estímulos en reconocimiento al desempeño profesional, méritos adquiridos y tiempo continuo laborado.

10. Desempeñarse con profesionalismo, decoro, dignidad, responsabilidad, puntualidad, cumplimiento y ética a través del ejemplo.

11. Disponer de los elementos de 11. Cuidar, conservar y responder ayudas educativas indispensa- por los elementos y equipos edubles, que faciliten el aprendizaje. cativos disponibles para el aprendizaje. 12. Practicar actividades que ar- 12. Evitar el consumo de cigarrillo, monicen la salud física y psicoso- alcohol y sustancias psicoactivas. cial. 13. Elegir o ser elegidos para representar a los profesores en los diferentes organismos institucionales.

13. Representar con dignidad y decoro al INEM “Carlos Arturo Torres” en los diferentes organismos institucionales y actividades escolares.

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Manual de Convivencia 14. Disfrutar de un ambiente sano, 14. Estimular y promover un amseguro y agradable, para desarro- biente de armonía, respeto y sana llar el trabajo como docente. convivencia, que faciliten el aprendizaje 15. Conformar y participar en grupos de estudio, investigación, literarios, artísticos, culturales, deportivos y pedagógicos que propicien el desarrollo humano, y disponer de espacios y tiempos para ello.

15. Socializar las experiencias adquiridas en eventos de estudio, investigación, literarios, artísticos, culturales, deportivos y pedagógicos.

16. Recibir información oportuna y concertada sobre la asignación académica, horarios y demás actividades y responsabilidades escolares.

16. Asumir responsabilidades y asistir puntualmente a las actividades académicas e institucionales programadas.

17. Disponer oportunamente de 17. Diligenciar con responsabilidad, los documentos reglamentarios puntualidad y pulcritud los docupara su diligenciamiento. mentos reglamentarios. 18. Aportar sugerencias para la 18. Participar en la actualización estructuración del PEI, evalua- del PEI, evaluación y proyectos insción y proyectos institucionales. titucionales. 19. Intervenir como agentes mediadores en conflictos escolares, siguiendo el conducto regular y la ley de infancia y adolescencia.

19. Hacer uso del diálogo y la mediación para ayudar a resolver situaciones de conflicto mediante el diálogo y la concertación.

20. Conocer el horario de la jorna- 20. Cumplir la jornada laboral estada escolar institucional. blecida. 21. Orientar el desarrollo de acti- 21. Ejecutar actividades orientadas vidades académicas y formativas a estimular el desarrollo humano por medio de estrategias y meto- integral. dologías acordes con el modelo pedagógico de la Institución. 22. Apoyar a las autoridades competentes ante presuntas irregularidades detectadas en las estudiantes, dentro y fuera de la Institución.

22. Reportar a las autoridades competentes presuntas irregularidades con relación al maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas y actos ilícitos (Art. 43, numerales 2 y 3, Ley 1098 de 2006).

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Manual de Convivencia 23. Obtener el debido proceso y 23. Hacer uso del debido proceso y presunción de inocencia cuando presunción de inocencia cuando lo ocurra un hecho negativo. estimen pertinente. 24. Crear, diseñar y ejecutar pro- 24. Socializar proyectos y producyectos; realizar producciones es- ciones escritas. critas con el respectivo reconocimiento de los derechos de autor 25. Participar en la elaboración y 25. Garantizar la aplicación del Maveeduría de la aplicación del Ma- nual de Convivencia. nual de Convivencia. 26. Participar en actividades sin- 26. Respetar la normatividad reladicales, de asociación y demás cionada con actividades sindicales, contempladas en la Ley. de asociación y demás contempladas en la Ley.

ARTÍCULO 16. DE LOS PADRES DE FAMILIA Y /O ACUDIENTES DERECHOS

DEBERES

1. Conocer las disposiciones lega- 1. Acatar las disposiciones legales les que rigen la comunidad educa- que rigen las relaciones de la cotiva munidad educativa. 2. Recibir información respecto al PEI, Manual de Convivencia, planes de estudio, estrategias pedagógicas, Sistema Institucional de Evaluación, Evaluación Institucional y Plan de Mejoramiento.

2. Contribuir con el INEM en la prestación de un servicio acorde con el derecho a la educación, fines sociales y legales, y cumplir las obligaciones adquiridas en el contrato de matrícula y en el Manual de Convivencia (Artículo 3 Dto. 1286 de 2005).

3. Recibir atención cordial, respe- 3. Matricular oportunamente a su tuosa y eficiente en el proceso de hijo o acudido de manera cordial, matrícula de su hijo o acudido. respetuosa, y asegurar la permanencia durante su edad escolar obligatoria. (Artículo 3, Dto. 1286 de 2005). 4. Participar en el proceso de ela- 4. Hacer parte de equipos de traboración del Proyecto Educativo bajo para la elaboración del ProInstitucional. yecto Educativo Institucional. 29

Manual de Convivencia 5. Conocer el Sistema Institucional de Evaluación desde el inicio del año lectivo y acompañar el proceso evaluativo de su hijo o acudido.

5. Participar activamente a través del Gobierno Escolar en la definición de criterios y procedimientos de la evaluación del aprendizaje y promoción escolar.

6. Ser parte esencial del proceso 6. Apoyar al INEM en la ejecución de formación integral de su hijo o de las acciones que conduzcan a acudido. la formación integral de su hijo o acudido, especialmente en la formulación y desarrollo de los Planes de Mejoramiento Institucional (Artículo 3, Dto. 1286 de 2005). 7. Recibir orientaciones para forta- 7. Acudir, como padre de familia lecer el crecimiento personal como y/o acudiente, a actividades de forpadre de familia o acudiente. talecimiento personal organizadas por la Institución y dar buen ejemplo en principios, valores, afecto, convivencia social y formación espiritual a su hijo o acudido. 8. Expresar opiniones, sugerencias y reclamos de manera respetuosa, relacionados con el servicio educativo y demás aspectos inherentes a la formación integral de su hijo o acudido, siguiendo el conducto regular.

8. Participar activamente en la construcción de un clima escolar armónico, respetuoso, tolerante y de responsabilidad mutua que favorezca la formación integral de su hija o acudida (Artículo 3, Dto. 1286 de 2005).

9. Conocer y aportar ideas positivas en las propuestas para mejorar la calidad de la educación de su hijo o acudido.

9. Asumir responsablemente la orientación y seguimiento de su hijo o acudido en el cumplimiento de los deberes como estudiante.

10. Elegir y/o ser elegido como representante ante los diferentes órganos del Gobierno Escolar y ejercer el derecho a la asociación.

10. Asistir, participar activamente y asumir responsablemente la condición de representante de los padres de familia, ante los diferentes organismos de la Institución.

11. Ejercer con respeto, firmeza y 11. Mantener firmeza, tolerancia y ecuanimidad la autoridad sobre su ecuanimidad en las correcciones y hijo o acudido. llamados de atención a su hijo o acudido, sin maltrato físico, verbal o psicológico.

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Manual de Convivencia 12. Ser atendido con respeto, cordialidad y eficiencia por Directivos, Docentes, Administrativos, cuando requiera presentar inquietudes o necesidades, según horario establecido.

12. Respetar y acoger las observaciones planteadas por las Directivas, Docentes y Administrativos de la Institución y cumplir el horario establecido.

13. Aportar ideas positivas en la 13. Colaborar activa y positivaplaneación, ejecución y desarrollo mente en las acciones de mejorade las acciones de mejoramiento miento institucional. institucional. 14. Recibir informes de evaluación, comportamiento y desempeño académico de su hijo o acudido en cada período escolar y en situaciones especiales.

14. Asistir puntualmente para recibir informes de comportamiento, desempeño académico, o situaciones especiales de su hijo o acudido y firmar Acta de Compromiso y demás documentos requeridos, cuando sea necesario, en el horario establecido por la Institución.

15. Presentar en forma respetuosa y oportuna las aclaraciones necesarias sobre una situación que considere injusta en el horario establecido por la institución.

15. Seguir el conducto regular establecido por la Institución para el reclamo ante una situación que considere injusta.

16. Obtener información sobre el 16. Asistir a reuniones para recibir estado financiero de la Institución información correspondiente al esa través de sus representantes tado financiero de la Institución. ante el Consejo Directivo y Consejo de Padres. 17. Conocer los horarios, actividades y utilización del tiempo libre de su hijo o acudido como responsable de su seguridad.

17. Establecer pautas de disciplina en coordinación con la Institución para afianzar responsabilidad y buen uso del tiempo libre de su hijo o acudido.

18. Conocer y apoyar el proceso educativo que su hija o acudida desarrolla en la Institución según las diferentes etapas evolutivas.

18. Acompañar el proceso educativo en cumplimiento de su responsabilidad como primeros educadores de sus hijos, para mejorar la orientación personal y el desarrollo de valores ciudadanos (Artículo 3, Dto. 1286 de 2005).

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Manual de Convivencia 19. Recibir respuesta suficiente y oportuna a los requerimientos y asuntos que afecten particularmente el proceso formativo de su hijo o acudido.

19. Comunicar oportunamente a las autoridades de la Institución sobre irregularidades presentadas en relación con maltrato infantil, abuso sexual, tráfico o consumo de drogas y otros ilícitos; en caso de no recibir pronta respuesta, acudir a las autoridades competentes (Artículo 3, Dto. 1286 de 2005).

20. Conocer oportunamente el re- 20. Participar en forma activa y vesultado de la Evaluación Institucio- raz en el proceso de Evaluación nal. 21. Formar parte de la Asociación 21. Participar en las actividades de Padres de Familia. programadas por la Asociación de Padres de Familia en beneficio de la Comunidad Educativa y ejercer veeduría oportuna y responsable. 22. Formar en sus hijos hábitos de aseo personal y responsabilidad con sus elementos de uso personal.

22. Inculcar a las estudiantes hábitos de aseo y pulcritud personales y diligencia en el cuidado de los elementos que utilicen, sean o no de su propiedad.

23. Ofrecer un ambiente armónico 23. Proporcionar a sus hijos un luy digno, de acuerdo con los princi- gar para el estudio y la elaboración pios y técnicas de estudio. de tareas, controlando diariamente la ejecución de las mismas. 24. Ser ejemplo en normas de urbanidad y buenas costumbres para facilitar las relaciones interpersonales y de comunidad.

24. Fomentar en sus hijos normas de urbanidad y buenas costumbres, propendiendo por un excelente manejo de las relaciones interpersonales a nivel familiar y en la comunidad.

25. Conocer oportunamente los 25. Analizar y controlar en forma desempeños académicos de sus continua los resultados académihijos. cos de sus hijos, estimular sus logros y establecer los correctivos a situaciones que lo ameriten.

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Manual de Convivencia 26. Fomentar un ambiente armó- 26. Evitar las agresiones físicas o nico en la familia para una sana verbales entre los miembros del convivencia. grupo familiar, puesto que atentan contra la integridad física, moral y psicológica de sus propios hijos. 27. Proveer, conocer y controlar los elementos y útiles necesarios, autorizados por la Institución y velar porque su hijo participe en todas las actividades escolares.

27. Proveer a sus hijas o acudidas los elementos, útiles escolares y uniforme reglamentarios. No permitirles traer a la Institución aquellos no autorizados.

28. Integrar a las estudiantes en actividades culturales, artísticas y deportivas que ofrece la Institución.

28. Fomentar y apoyar en sus hijas la participación en actividades culturales, artísticas y deportivas que ayuden a su formación integral.

29. Fomentar los valores, espe- 29. Devolver cualquier objeto que cialmente la honestidad y las bue- lleven sus hijos a casa y no sea de nas costumbres en sus hijos. su propiedad. 30. Recibir asistencia por parte de Psico orientación en problemas conductuales y actitudinales de sus hijos.

30. Dar a conocer en forma oportuna a quien corresponda, problemas conductuales o actitudinales observados en sus hijos para brindarles ayuda adecuada en la institución.

31. Participar de los programas ofrecidos por el Estado para garantizar la educación y nutrición de los menores.

31. Hacer buen uso de los programas ofrecidos por el Estado para garantizar el bienestar de los menores.

32. A la permanencia en el Siste- 32. Brindar a la menor en estama Educativo de sus hijos meno- do de embarazo los cuidados y res en estado de gestación. acompañamiento necesarios para continuar con su proceso formal de educación. ARTÍCULO 17. PERSPECTIVA DE GÉNERO. RESPONSABILIDAD PARENTAL. EJERCICIO DE LOS DERECHOS Y RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LA FAMILIA Perspectiva de género. Se entiende por perspectiva de género el reconocimiento de las diferencias sociales, biológicas y psicológicas en las relaciones entre las personas según el sexo, la edad, la etnia y el rol que desempeñan en la familia y en el grupo social. Esta perspectiva se debe

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Manual de Convivencia tener en cuenta en la aplicación de este manual, en todos los ámbitos en donde se desenvuelven los niños, las niñas y los adolescentes, para alcanzar la equidad. La responsabilidad parental. La responsabilidad parental es un complemento de la patria potestad establecida en la legislación civil. Es además, la obligación inherente a la orientación, cuidado, acompañamiento y crianza de los niños, las niñas y los adolescentes durante su proceso de formación. Esto incluye la responsabilidad compartida y solidaria del padre y la madre de asegurarse que los niños, las niñas y los adolescentes puedan lograr el máximo nivel de satisfacción de sus derechos. En ningún caso el ejercicio de la responsabilidad parental puede conllevar violencia física, psicológica o actos que impidan el ejercicio de sus derechos. Ejercicio de los derechos y responsabilidades. Es obligación de la familia, de la sociedad y del Estado, formar a los niños, las niñas y los adolescentes en el ejercicio responsable de los derechos. Las autoridades contribuirán con este propósito a través de decisiones oportunas y eficaces y con claro sentido pedagógico. El niño, la niña o el adolescente tendrán o deberán cumplir las obligaciones cívicas y sociales que correspondan a un individuo de su desarrollo. En las decisiones jurisdiccionales o administrativas, sobre el ejercicio de los derechos o la infracción de los deberes se tomarán en cuenta los dictámenes de especialistas. Obligaciones de la familia. La familia tendrá la obligación de promover la igualdad de derechos, el afecto, la solidaridad y el respeto recíproco entre todos sus integrantes. Cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y unidad y debe ser sancionada. Son obligaciones de la familia para garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes las siguientes: 1. Protegerles contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, su dignidad y su integridad personal. 2. Participar en los espacios democráticos de discusión, diseño, formulación y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos de interés para la infancia, la adolescencia y la familia. 3. Formarles, orientarles y estimularles en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades y en el desarrollo de su autonomía. 4. Inscribirles desde que nacen en el registro civil de nacimiento. 5. Proporcionarles las condiciones necesarias para que alcancen una nutrición y una salud adecuada, que les permita un óptimo desarrollo físico, psicomotor, mental, intelectual, emocional y afectivo y educarles en la salud preventiva y en la higiene. 34

Manual de Convivencia 6. Promover el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos y colaborar con la escuela en la educación sobre este tema. 7. Incluirlos en el sistema de salud y de seguridad social desde el momento de su nacimiento y llevarlos en forma oportuna a los controles periódicos de salud, a la vacunación y demás servicios médicos. 8. Asegurarles desde su nacimiento el acceso a la educación y proveer las condiciones y medios para su adecuado desarrollo, garantizando su continuidad y permanencia en el ciclo educativo. 9. Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique maltrato físico, sexual o psicológico, y asistir a los centros de orientación y tratamiento cuando sea requerida. 10. Abstenerse de exponer a los niños, niñas y adolescentes a situaciones de explotación económica. 11. Respetar las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes y estimular sus expresiones artísticas y sus habilidades científicas y tecnológicas. 12. Brindarles las condiciones necesarias para la recreación y la participación en actividades deportivas y culturales de su interés. 13. Prevenirles y mantenerles informados sobre los efectos nocivos del uso y el consumo de sustancias psicoactivas legales e ilegales. 14. Proporcionarles a los niños, niñas y adolescentes con discapacidad un trato digno e igualitario con todos los miembros de la familia y generar condiciones de equidad de oportunidades y autonomía para que puedan ejercer sus derechos. Habilitar espacios adecuados y garantizarles su participación en los asuntos relacionados en su entorno familiar y social. ARTÍCULO 18. ESTÍMULOS Y SANCIONES Felicitación verbal ante los miembros de la comunidad educativa. Distintivos o menciones de honor otorgados por su colaboración con la institución. Acompañar a su hijo (a) o acudido en los reconocimientos que le haga la Institución SANCIONES El incumplimiento del Padre de Familia y/o Acudiente a una reunión o citación será objeto de una amonestación escrita en el registro del estudiante. El padre de familia y/o acudiente que agreda verbal o físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa, será citado ante el 35

Manual de Convivencia Consejo Directivo, órgano colegiado encargado de tomar la decisión del caso. El incumplimiento por tercera vez del padre de familia a reuniones o llamados realizados por la Institución, podrá ser remitido a la Comisaría de Familia. ARTÍCULO 19. DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO El personal administrativo del INEM “CARLOS ARTURO TORRES” debe trabajar en acción coordinada con los demás estamentos de la comunidad, bajo la orientación de todos y cada uno de sus superiores, o con la autonomía que le confiere la organización institucional o la Ley, teniendo en cuenta el perfil del funcionario. Igualmente, deben conocer y aceptar la filosofía del INEM “CARLOS ARTURO TORRES” así como cumplir cabalmente con sus funciones, respetar y apoyar la labor educativa (ver manual de funciones y procedimientos del INEM).

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Manual de Convivencia CAPÍTULO V. RÉGIMEN DISCIPLINARIO O DE CONVIVENCIA ARTÍCULO 20. CONVIVENCIA. QUEBRANTAMIENTO. SANCIONES La convivencia: Es un proceso orientado a contribuir en el desarrollo integral de los estudiantes a través de la formación en principios, valores, derechos y deberes que permitan la comprensión de las normas, del deber propio y el deber hacer, asumiendo las consecuencias de sus actos y atendiendo a los procesos de construcción y corrección para su crecimiento personal y el fortalecimiento de su proceso comunicativo. Quebrantamiento de la Convivencia: Si se quebrantan los deberes o se hace uso irresponsable de la libertad, afectando la convivencia dentro del plantel, o atentando contra su buen nombre con comportamientos no adecuados fuera del mismo, o en forma virtual (redes sociales, página web, internet), los estudiantes serán objeto de seguimiento de acuerdo con los conductos regulares y las competencias para cada caso, recibiendo las sanciones que correspondan, las cuales se aplicarán buscando un cambio de comportamiento y procurando la formación integral del educando. Sanciones: Las sanciones poseen un carácter esencialmente formativo pedagógico, ya que en los procesos educativos es necesario corregir comportamientos y actitudes que no se encuentran en consonancia con los objetivos que persigue el INEM, en consenso con el estudiante, su familia y la instancia respectiva. Para una real eficacia de las sanciones disciplinarias, estas deben ser proporcionales a la falta cometida, contar con el debido proceso y la participación activa del estudiante y su familia, quienes serán en la medida de lo posible los encargados de solucionar sus dificultades.

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Manual de Convivencia CAPITULO VI LAS FALTAS Y SU SANCIÓN DEFINICIONES NECESARIAS PARA LA INTERPRETACION DE LAS FALTAS EN LAS SITUACIONES TIPO I - II - III ARTÍCULO 21. De conformidad con lo establecido en la Ley 1620 DE 2013 y el decreto 1965 de 2013, se incorporan al presente manual los siguientes conceptos que deberán ser tenidos en cuenta por parte del comité de convivencia escolar a la hora de la adecuación de las faltas y la activación de las rutas de atención. • ACOSO ESCOLAR O BULLYING: Conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes ante la indiferencia o complicidad de su entorno. El acoso escolar tiene consecuencias sobre la salud, el bienestar emocional y el rendimiento escolar de los estudiantes y sobre el ambiente de aprendizaje y el clima escolar del establecimiento educativo. • CIBERBULLYING O CIBERACOSO ESCOLAR: forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer el maltrato psicológico y continuado. • CONFLICTOS: Son situaciones que se caracterizan porque hay una incompatibilidad real o percibida entre una o varias personas frente a sus intereses. • CONFLICTOS MANEJADOS INADECUADAMENTE: Son situaciones en las que los conflictos no son resueltos de manera constructiva y dan lugar a hechos que afectan la convivencia escolar, como altercados, enfrentamientos o riñas entre dos o más miembros de la comunidad educativa de los cuales por lo menos uno es estudiante y siempre y cuando no exista una afectación al cuerpo o a la salud de cualquiera de los involucrados. • AGRESIÓN ESCOLAR: Es toda acción realizada por uno o varios integrantes de la comunidad educativa que buscar afectar negativamente a 38

Manual de Convivencia otros miembros de la comunidad educativa, de los cuales por lo menos uno es estudiante. La agresión escolar puede ser física, verbal, gestual, relacional y electrónica. a. Agresión física: Es toda acción que tenga como finalidad causar daño o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras. b. Agresión verbal: Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas. c. Agresión gestual: Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros. d. Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros. e. Agresión electrónica: Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a traés de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultante u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envia. • VIOLENCIA SEXUAL: De acuerdo con lo establecido en el Artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”. • VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. • RESTABLECIMIENTO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de sus dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados. 39

Manual de Convivencia • DERECHOS HUMANOS: De conformidad con la definición de la Organización de las Naciones Unidas, son garantías esenciales para que podamos vivir como seres humanos. Sin ellos no podemos cultivar ni ejercer plenamente nuestras cualidades, nuestra inteligencia, talento y espiritualidad. ARTÍCULO 22. SITUACIONES TIPO I – II – III Y FALTAS ACADÉMICAS Y DE COMPORTAMIENTO En relación con las faltas se tendrá en cuenta: •

Las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos se clasifican en tres tipos: Situaciones tipo I, Situaciones tipo II y situaciones tipo III. La Institución debe manejar unos protocolos orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la Comunidad Educativa, ante eventuales conflictos y agresiones que se puedan presentar.



Faltas académicas y de comportamiento: se entiende por falta a las violaciones y todas las prohibiciones señaladas en el presente Manual, como también al incumplimiento de los derechos y deberes, principios y valores de los integrantes de la Comunidad Educativa.

Para efecto de las sanciones, estas se calificarán como: faltas leves, graves y muy graves, atendiendo a su naturaleza y sus consecuencias, a las circunstancias de modo y lugar, a los motivos y a los antecedentes del estudiante. Según la estratificación anterior y atendiendo a lo señalado en el Decreto 1965, reglamentario de la ley 1620 de 2013, en su artículo 40 las situaciones se clasifican en tres tipos: ARTÍCULO 23. SITUACIONES TIPO I Y FALTAS LEVES. SANCIÓN SITUACIONES TIPO I: Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones o hechos esporádicos que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud. PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO I. La Institución educativa para la atención de las situaciones tipo I, deberá desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento:

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Manual de Convivencia 8. Reunir las partes involucradas en el conflicto y mediar para que estas expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación. 9. Fijar la forma de solución encaminada a la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación. Dejar constancia escrita de dicha actuación. Establecer compromisos. 10. Realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar que la solución fue efectiva. Para las faltas leves Corresponde su atención y seguimiento al docente de la clase. Entre otras faltas están las siguientes: 1. No asistir a clases estando dentro del plantel educativo. 2. Inasistencia al colegio sin justificación. 3. Uso de prendas y accesorios diferentes a los ya establecidos para el uniforme. 4. Disgregarse del grupo al que pertenece en clases de Educación Física, salidas pedagógicas y actividades deportivas o culturales programadas por la institución educativa. 5. El uso de maquillaje. 6. Retardos injustificados teniendo en cuenta el horario fijado por la Institución. 7. Destrucción y/o mal uso de los recursos naturales. 8. Comercializar cualquier tipo de artículos dentro del colegio, a menos que se trate de actividades programadas o autorizadas por la institución. 9. Traer al colegio joyas, dinero o cualquier otro elemento costoso. 10. Ausentarse del salón sin ninguna autorización ni justificación. 11. Incumplir con las labores académicas. 12. La deficiente presentación, higiene y aseo personal 13. Utilizar en clase radios, walkman, celulares u otros objetos que predispongan a la indisciplina. 14. Hacer caso omiso a los llamados de atención verbal o escrita por parte del docente.

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Manual de Convivencia 15. La utilización de expresiones soeces, vocabulario descomedido, gritos y modales incorrectos en pasillos y demás dependencias de la Institución. 16. Arrojar basura en las zonas verdes, pasillos o salones. 17. Permanecer en el salón durante el descanso. 18. Hacer caso omiso a los llamados de atención referentes al porte adecuado de los uniformes y el carnet estudiantil. 19. Permanecer en patios, pasillos, corredores, zonas deportivas, zonas verdes y demás dependencias en horas de clase. 20. Escalar los muros o paredes del encerramiento del Instituto con el fin de evadir la jornada académica. SANCIONES PARA LAS FALTAS LEVES AMONESTACIÓN VERBAL: se realiza a los estudiantes en forma directa, por parte de quien presencia la falta, en el lugar y en el momento en que se observa o se tiene conocimiento de ella. AMONESTACIÓN ESCRITA: El conocedor de la falta (docente de área o asignatura), dejará constancia en el observador del o la estudiante, consignando la descripción de los hechos junto con los compromisos asumidos para luego ser firmado por las partes. PARAGRAFO: Se podrán capacitar estudiantes como mediadores o conciliadores escolares quienes participarán en el manejo de las situaciones tipo I, ARTÍCULO 24. SITUACIONES TIPO II Y FALTAS GRAVES. SANCIÓN SITUACIONES TIPO II: Corresponden a este tipo las situaciones de intimidación, de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y siberacoso (siberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características: a) Si se presenta de manera permanente, repetida o sistemática y deliberada. b) Se cause daño al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

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Manual de Convivencia c) Se realice por parte de uno o más estudiantes contra otro, haciendo que este se sienta mal, incómodo, asustado o amenazado. PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO II: La Institución Educativa, deberá desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento: 1.

En caso de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata, mediante la remisión a las entidades competentes. (Ver literal 7. del articulo 41 Decreto 1965) Dejar constancia.

2. Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, remitir la situación a las autoridades administrativas. 3. Adoptar medidas para proteger a los involucrados en la situación. Dejar constancia por medio de actas. 4. Informar a los padres o acudientes de los estudiantes involucrados. Dejar constancia. 5. Citar a reunión por parte del Coordinador de Disciplina para que los involucrados y los padres o acudientes, puedan exponer y precisar lo acontecido 6. Determinar las acciones que busque la reparación de los daños, restablecimiento de los derechos y la reconciliación; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. 7. El presidente del comité escolar osea el rector informará a todos los integrantes, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. Corresponde al comité el análisis y seguimiento para verificar si la solución fue efectiva. 8. El comité dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. 9. El presidente del comité reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el sistema de información unificado de convivencia escolar. Para las faltas graves Corresponde para las faltas graves realizar acciones al director de sección y al coordinador Se consideran las siguientes: 43

Manual de Convivencia 1. La reincidencia en las faltas leves las convierte en graves. 2. Dos o más evasiones de actividades programadas por el plantel. 3. Reiterados retardos e inasistencias injustificadas al colegio (3 acumuladas por periodo). 4. Actos de carácter inmoral como escritos vulgares, conversaciones y actitudes indecorosas. 5. Incumplir constantemente con las labores académicas. 6. Incumplimiento de actas de compromiso académico y disciplinario firmadas en Rectoría, Coordinaciones, observador del estudiante y boleta de comportamiento del alumno diligenciado en coordinación de disciplina o convivencia. 7. Manifestaciones amorosas dentro o fuera del colegio cuando se porta el uniforme (falta leve, si es reiterativo sería grave). 8. Presentación personal inadecuada en cuanto a aseo y porte inapropiado del uniforme (falta leve, si es reiterativa será grave). 9. Correos electrónicos ofensivos enviados desde las cuentas electrónicas de los agresores o desde cuentas anónimas. 10. Páginas web utilizadas para, difamar, insultar o atentar contra el buen nombre de docentes, estudiantes o demás personas que hagan parte de la Comunidad Educativa. 11. Mensajes de texto insultantes enviados por teléfonos celulares. 12. Suplantación de identidad en los que un estudiante (agresor) se hace pasar por otro (víctima) para enviar mensajes electrónicos con el fin de poner en tela de juicio su buen nombre. 13. Fotos o videoclips humillantes o comprometedores divulgados a través de la red. SANCIONES PARA LAS FALTAS GRAVES •

Elaboración de trabajos y realización de talleres con el apoyo de los Orientadores Escolares, sobre el Manual de Convivencia, o cualquier otra temática pertinente en concordancia con la falta.



Suspensión y trabajo de reflexión en jornada especial, como estrategia de carácter disuasivo, reeducativo y correctivo, de uno (1) a tres

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Manual de Convivencia (3) días hábiles, el cual será controlado y apoyado por los orientadores escolares, Articulo 43 y 44 Ley 1098 de 2006. PARÁGRAFO: La sanción la aplica el coordinador de disciplina y tendrá efecto a partir del día siguiente de haber notificado al padre de familia o acudiente. La ausencia del estudiante suspendido da lugar a la acumulación de fallas y a las implicaciones de tipo académico. ARTÍCULO 25. SITUACIONES TIPO III Y FALTAS MUY GRAVES SITUACIONES TIPO III: Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar que sean constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual, o cuando constituyen cualquier otro delito en la ley penal colombiana vigente y las situaciones o comportamientos contemplados en el presente Manual de Convivencia. PROTOCOLOS PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO III: La Institución Educativa para la atención de las situaciones tipo III, deberá desarrollar como mínimo el siguiente procedimiento. 1.

En caso de daño al cuerpo o la salud física y mental, se debe brindar atención inmediata mediante la remisión a las entidades competentes. Dejar constancia.

2. Informar a padres de familia o acudientes de los estudiantes involucrados. Dejar constancia. 3. El presidente del Comité, de manera inmediata, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional para que esta active los demás protocolos establecidos. Dejar constancia. 4. El presidente citará a reunión a los integrantes del Comité. Dejar constancia. 5. El presidente informará a los participantes de los hechos que dieron lugar a la convocatoria 6. El Comité tomará de manera inmediata las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger a la víctima, al agresor y a las demás personas que hagan parte de la situación presentada. Dejar constancia. 7. El presidente reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el sistema de información Unificado de Convivencia Escolar. 45

Manual de Convivencia 8. Los casos sometidos a este protocolo tendrán seguimiento por parte del Comité Escolar, de la autoridad que asuma el conocimiento, y del Comité Municipal. Para las faltas muy graves Internamente, a nivel institucional, cuando las conductas no constituyan delitos, su atención y seguimiento corresponde a la coordinación, al Comité de Convivencia Escolar y al Consejo Directivo. Los estudiantes serán remitidos por los docentes a las Coordinaciones cuando la falta y las estrategias utilizadas por aquellos hayan sido insuficientes para solucionar la anomalía. Entre estos comportamientos tenemos: 1. Hacer mal uso o causar daño voluntario a los materiales e instalaciones del plantel. 2. Maltratar o agredir psicológica, verbal o físicamente a cualquier integrante de la Comunidad Educativa, dentro o fuera de la Institución. 3. Usar la red de internet y las redes sociales para actividades que atenten contra la dignidad humana. 4. Intimidar bajo amenaza en cualquiera de sus formas, a compañeros u otros miembros de la comunidad. 5. Atentar contra los derechos humanos fundamentales contemplados en la Constitución Nacional, Ley de Infancia y Adolescencia, y Ley 1620 de 2013. 6. El acoso sexual: realizar acto o acceso carnal contra persona, o inducir a prácticas abusivas, denigrantes, deshonrosas, o que de cualquier manera atenten contra la libertad sexual. 7. Prestar el uniforme a personas no vinculadas al INEM y consentir actos de vandalismo, asonada, distribución de sustancias psicoactivas y otros. 8. El porte, uso y suministro de armas o elementos corto punzantes y demás actividades que atenten contra la dignidad humana. 9. Indisciplina continua que perjudique el desarrollo normal de las actividades académicas dentro o fuera del salón. 10. Inasistencia a la acudientes.

institución sin el conocimiento de los padres o

11. Hurto de dinero, materiales, útiles o cualquier objeto perteneciente a la misma institución, a otros estudiantes, o las demás personas que hacen parte la Comunidad Educativa. 46

Manual de Convivencia 12. El soborno y la complicidad para favorecer la realización de cualquier falta dentro de la Institución educativa. 13. Pertenecer a grupos delincuenciales, pandillas y/o traerlas al instituto para agredir a cualquier miembro de la institución. 14. La adulteración o falsificación de documentos, evaluaciones, calificaciones, notas, circulares, informes y otros. 15. Practicar juegos de azar. 16. La constante pérdida y/o la no entrega intencionada a sus padres o acudientes de las citaciones enviadas por la Institución. 17. No presentar las actividades de recuperación académica en el tiempo determinado. 18. Mal uso del refrigerio dentro o fuera de la Institución (desperdicio, venta o su utilización para adquirir favores). 19. La participación y promoción de riñas dentro o fuera de la Institución. 20. Ingresar o salir de la Institución Educativa en forma indebida. 21. Comportamiento inadecuado en actividades pedagógicas programadas fuera de la Institución. 22. Portar, consumir, inducir, distribuir o comercializar estupefacientes, sustancias psicotrópicas, alcohólicas, inhalantes o cualquier otro producto nocivo a la integridad humana. 23. Las demás conductas o acciones que se consideren punibles en la legislación penal y demás leyes colombianas. SANCIONES PARA LAS FALTAS MUY GRAVES Situaciones tipo III y faltas muy graves La sanción podrá ser: •

Suspensión por cinco (5) días, durante los cuales el estudiante elaborará un trabajo formativo de reflexión en casa, de acuerdo con el tipo de falta cometida, y lo entregará al regreso con los parámetros que establezca el Coordinador de disciplina.



Cancelación de la matrícula



No renovación de matrícula

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Manual de Convivencia CAUSALES ATENUANTES En el estudio de los casos se analizarán como atenuantes: •

Las circunstancias personales, familiares y sociales que rodean el hecho.



Los conceptos del departamento de orientación y consejería.



La edad, desarrollo mental, psicoafectivo y volitivo del estudiante.



Antecedentes de buen comportamiento.



Haber recibido amenazas (coacción) por la falta cometida.



Reconocer la culpabilidad en la falta y colaborar con el esclarecimiento de los hechos.

CAUSALES AGRAVANTES •

El haber sido sancionado con anterioridad por falta a los compromisos estipulados en este Manual.



Reincidencia en la infracción de deberes y normas.



El efecto perturbador y nocivo que causa a los miembros de la comunidad.



Emplear en la ejecución de las falta un medio que pueda causar peligro colectivo.



La manifestación clara de obrar de mala fe o la voluntad de querer producir daño.



La actitud de Ley del silencio. La amenaza u otro tipo de lenguaje escrito, verbal o gesticular.



El haber cometido la falta aprovechándose de las condiciones de superioridad.



El haber utilizado la intimidación o amenaza que ponga en peligro inminente a la otra persona.

ARTÍCULO 26. CONDUCTO REGULAR Y PROCEDIMIENTO PARA LAS SITUACIONES TIPO I, II Y III Y PARA LAS FALTAS Las faltas personales o grupales en el cumplimento de los acuerdos de este Manual de Convivencia, reconocidos y aceptados por los miembros 48

Manual de Convivencia de la Comunidad Educativa del INEM, describen procedimientos para reorientar, concertar, corregir, sancionar y separar a un estudiante de la Institución según la gravedad de la falta, las circunstancias, motivos y antecedentes de quien la cometa. Cuando se presentan conflictos, faltas académicas y/o convivenciales deberá llevarse a cabo el siguiente conducto regular para buscar soluciones SITUACIONES TIPO I Y FALTAS LEVES Ver protocolos para la atención de situaciones tipo I Para comportamientos o faltas leves 1. DOCENTE DE CLASE: Corresponde su atención y seguimiento para estas faltas al docente de la clase y se procederá con amonestación verbal y escrita SITUACIONES TIPO II Y FALTAS GRAVES Ver protocolos para la atención de situaciones tipo II Para faltas graves En la reincidencia de las faltas leves, el docente debe buscar estrategias de mejoramiento con el fin de favorecer el cambio de conducta involucrando (Citación) a los padres de familia; tres faltas leves registradas las convierte en falta muy grave. Cuando el estudiante no avanza con el proceso de mejoramiento Académico o Disciplinario, se dejará constancia en el observador del estudiante y se informará al Director de Sección. 2. DIRECTOR DE SECCIÓN: Tomará el caso y buscará nuevas estrategias que le ayuden a obtener cambios de actitud favorables y citará por segunda vez al padre de familia, para tomar de manera conjunta las medidas pertinentes de acuerdo con la falta, dejando constancia escrita o registro en el observador del estudiante con la firma de las partes intervinientes. Cuando no se haya llegado a una solución efectiva pasará el caso al Coordinador (a) Académico o de Disciplina según el caso. 49

Manual de Convivencia 3. ORIENTACIÓN Y CONSEJERÍA: Coordinación remite el caso a Orientación y Consejería para hacer seguimiento al estudiante, buscando nuevas estrategias a nivel familiar y escolar en procura de una actividad convivencial. El Consejero registrará la novedad, citará al Padre de Familia, evaluará la situación y presentará un informe escrito sobre el análisis del caso del estudiante a Coordinación. 4. COORDINADOR (A): Analizará la falta según el procedimiento siguiente: •

Etapa informativa: Es el conocimiento de la falta por parte del Coordinador con el apoyo de lo plasmado en el observador, de los informes del comportamiento del estudiante, del Director de Sección y de Orientación y Consejería.



Etapa Analítica: Con base en los informes anteriores y teniendo en cuenta los conceptos emitidos a lo largo del debido proceso, el Coordinador evaluará la situación y aplicará la sanción prevista para las faltas graves o en su defecto remitirá el caso al Comité de Convivencia Escolar.

SITUACIONES TIPO III Y FALTAS MUY GRAVES 1.

Ver protocolos para la atención de situaciones tipo III

2.

Para faltas muy graves

Asume el caso y la aplicación de la sanción el Comité de Convivencia Escolar quien decidirá en plenaria la sanción que se impondrá al estudiante implicado. Esta será avalada por el Consejo Directivo. La sanción podrá ser: •

Suspensión por cinco (5) días, durante los cuales el estudiante elaborará un trabajo formativo de reflexión en casa, de acuerdo con el tipo de falta cometida, y lo entregará al regreso con los parámetros que establezca el Coordinador de disciplina.



Cancelación de la matrícula



No renovación de matrícula

En caso de suspensión la ausencia del estudiante suspendido de lugar a la acumulación de faltas y a las implicaciones de carácter académico. 50

Manual de Convivencia CAPÍTULO VII EL DEBIDO PROCESO ARTÍCULO 27. DEFINICIÓN Constituye una fórmula democrática que refleja la filosofía institucional en lo referente al respeto por los derechos fundamentales, al libre desarrollo de la personalidad de todos los integrantes de la comunidad educativa y al precepto establecido en la Constitución de 1991. Artículo 29. Es un proceso gradual, sistemático, continuo, público y formal con carácter preventivo formativo y correctivo, orientado hacia cambios positivos de actitud y comportamientos hacia la norma, que permita una adecuada relación interpersonal con el otro y con el entorno. Se aplicará a toda clase de actuaciones (administrativas, disciplinarias, académicas y judiciales etc.,), y en general a todas las faltas leves, graves y muy graves cometidas por el estudiante en el ambiente institucional y sus acciones serán analizadas y reguladas en observancia del debido proceso y la presunción de inocencia. “nadie podrá ser procesado sino conforme a los procesos previstos en este Manual de Convivencia, artículo 29 de la Constitución Nacional, Artículo 151 ley 1098 de 2006 del Código de la Infancia y la Adolescencia y demás contemplados en las leyes vigentes”. Todo miembro de la comunidad educativa se presume inocente mientras no se le haya declarado formalmente culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y la asistencia de una persona idónea durante la etapa de investigación y a presentar pruebas que controviertan las que se alleguen en su contra. El miembro de la Comunidad Educativa que sea señalado o encontrado responsable tiene derecho a presentar descargos y ser escuchado en las instancias pertinentes, por las autoridades competentes, a impugnar decisiones tomadas en su contra, a que se respete su buen nombre y honra, y a ser tratado con amabilidad y consideración. Las faltas de carácter penal como hurto, extorsión, constreñimiento, violación, lesiones personales, porte de armas, tráfico o porte de sustancias psicoactivas, falsedad en documento público, bulling, serán notificadas o denunciadas directamente a la autoridad pública competente (Policía de Infancia y Adolescencia, Defensoría de Familia, Personería, ICBF etc.), con las pruebas y testimonios que necesiten su intervención, con las garantías que contempla el Código de Infancia y Adolescencia cuando el hecho o la falta sea cometido por menores de 18 años.

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Manual de Convivencia Las acciones o amenazas externas, sean verbales, escritas o manifestadas a través de otro medio como redes sociales o similares, contra estudiantes, docentes, directivos y personal administrativo serán denunciadas ante la autoridad competente con pruebas o testimonios que los respalden. ARTÍCULO 28. PASOS PARA EL SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL DEBIDO PROCESO Corresponde su seguimiento al Comité de Convivencia Escolar, establecido en la Ley 1620 de 2013 A este Comité se remitirán los estudiantes que estén implicados prioritariamente en faltas muy graves. 1. Reunión Comité: Convoca a los miembros del Comité de Convivencia Escolar el Rector (a) 2. Se deben presentar los hechos sucedidos con absoluta veracidad por el Coordinador (a) 3. La conducta transgredida debe estar claramente tipificada en el Manual de Convivencia, se ubica en el capítulo, artículo y numeral (s) correspondientes. 4. Formulación de cargos presentando las pruebas y los testigos. 5. Presentación de descargos en forma escrita, realizados con antelación por el estudiante implicado en la coordinación. 6. Valoración por el Coordinador(a) . 7. El Coordinador(a) sugerirá la sanción a imponer de acuerdo con su sano criterio y al tenor de las normas transgredidas. 8. El estudiante siempre tendrá derecho a ser asistido por el padre de familia o acudiente y por el Personero Estudiantil. Asiste al Comité el Orientador Escolar con voz pero sin voto. 9. Citación del estudiante y padre de familia para comunicarles la decisión acordada por los integrantes del comité. La decisión tomada en el Comité de Convivencia 52

Escolar debe ser

Manual de Convivencia trasladada por el Señor Rector (a) al Consejo Directivo para su convalidación como máxima instancia de decisión institucional, y a su vez la de este se le notificará a los padres de familia o acudientes o en su defecto al I.C.B.F. con copia a Coordinaciones y Oficina de Registro y Control. Para Colombia como Estado Social de Derecho y con el propósito de solucionar los casos con acertividad, es muy importante tener en cuenta algunos principios básicos para el tratamiento de un proceso disciplinario. Estos principios son: DEBIDO PROCESO: El sujeto disciplinable debe ser investigado por funcionario competente y con observancia formal de las normas que determina la ritualidad del proceso en los términos de los códigos y reglamentos preexistentes. LEGALIDAD: Cualquier servidor público y cualquier particular en los casos previstos por la ley y los reglamentos internos a los cuales se sometió voluntariamente, solo serán investigados y sancionados disciplinariamente por comportamientos que están descritos como faltas en aquellas normatividades preexistentes. RECONOCIMIENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA: Quien se encuentre involucrado en una actuación disciplinaria será tratado con respeto por su condición natural de ser humano. PRESUNCIÓN DE INOCENCIA: A quien se atribuya una falta disciplinaria se le debe considerar inocente hasta tanto no se demuestre su responsabilidad. Durante la actuación toda duda se resolverá a favor del investigado. DERECHO A LA DEFENSA: Durante la actuación disciplinaria el (los) investigado (os) tienen derecho a la defensa. CONTRADICCIÓN: En el desarrollo del proceso se pueden controvertir las pruebas, argumentos o posiciones de los otros. PROPORCIONALIDAD: La sanción disciplinaria debe corresponder a la gravedad de la falta cometida. MOTIVACIÓN: Toda decisión de fondo debe estar debidamente motivada. FALTA DISCIPLINARIA: Constituye falta disciplinaria, y por tanto da lugar a la acción e imposición de la sanción correspondiente el incurrir en cualquiera de los conductos previstos en el Manual de Convivencia,

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Manual de Convivencia ley de Infancia y Adolescencia, Código de Policía que conllevan incumplimiento de deberes y prohibiciones. FUNCIÓN DE LA CORRECCIÓN DISCIPLINARIA: tiene función preventiva y se deben aplicar correcciones pedagógicas. LEY: del latín legese, exigir, elegir que significa regla obligatoria o necesaria. Se entiende toda norma establecida como obligatoria para la comunidad. CARACTERÍSTICAS DE LA LEY: La generalidad, la obligatoriedad, la permanencia, la impersonalidad y la presunción de su conocimiento. ARTÍCULO 29. DOCUMENTOS UTILIZADOS PARA CONSTATAR EL DEBIDO PROCESO 1

HOJA DE COMPORTAMIENTO: Llamada “hoja de vida del estudiante” diligenciada por los docentes y coordinadores para establecer compromisos.

2

OBSERVADOR DEL ESTUDIANTE: Es utilizado cuando el estudiante comete cualquier tipo de falta académica o de comportamiento. En él se consignan fallas, faltas, se hacen los descargos, compromisos, firma de quien realiza la anotación, firma del estudiante (nombre completo por ser menor de edad) y del padre de familia en ocasiones con compromisos, firma y cédula.

5. ACTA DE ORIENTACIÓN Y CONSEJERÍA: Coordinación remite el caso a Consejería, se registra la problemática del estudiante, se le brinda apoyo profesional y acompañamiento, y normalmente se solicita la cooperación del padre de familia. 6. CONTROLES DE ASISTENCIA A CLASES. Compendian la presencia del estudiante a sus actividades académicas diarias. 7. ACTA DE COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN: Permite constatar el rendimiento académico y la cooperación de sus padres o acudientes 8. ACTA DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR: Son aquellas que se diligencian según el caso

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Manual de Convivencia CAPÍTULO VIII COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR ARTÍCULO 30. CREACIÓN - CONFORMACIÓN Y FUNCIONES (Creado por Ley 1620 del 15 de marzo de 2013) Es un organismo conciliador, creado para dilucidar y resolver los problemas de convivencia que se presenten entre los miembros de la Comunidad Educativa. Es elegido democráticamente y está conformado por: 1.

El Rector del establecimiento educativo, quien lo preside

2. El personero estudiantil 3. Un representante de los docentes con función de orientación 4. Un coordinador 5. El Presidente del Consejo de Padres de Familia 6. El Presidente del Consejo de estudiantes 7. Un docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar PARAGRAFO: El Comité podrá invitar cada vez que se reúna a un miembro de la comunidad educativa, conocedor de los hechos, con voz pero sin voto, con el propósito de ampliar información. Tendrá el Comité como Secretaria(o) a un funcionaria(o) de planta asignada por el Rector (a). FUNCIONES Funciones del Comité Escolar de Convivencia. 1. Identificar, documentar, analizar y resolver los conflictos que se presenten entre docentes y estudiantes, directivos y estudiantes, entre estudiantes y entre docentes. 2. Liderar acciones que fomenten la convivencia, la construcción de ciudadanía, el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos, y la prevención y mitigación de la violencia escolar entre los miembros de la Comunidad Educativa. 3. Promover la vinculación de los Establecimientos Educativos para que participen en el desarrollo de estrategias, programas y actividades 55

Manual de Convivencia de convivencia y construcción de ciudadanía que se adelanten en la región, y que respondan a las necesidades de su Comunidad Educativa. 4. Convocar a un espacio de conciliación para la resolución de situaciones conflictivas que afecten la convivencia escolar, por solicitud de cualquiera de los miembros de la Comunidad Educativa, o de oficio, cuando se estime conveniente, en procura de evitar perjuicios irremediables a los miembros de la comunidad educativa. El estudiante estará acompañado por el padre, madre de familia, acudiente o un compañero del Establecimiento Educativo. 5. Activar la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar definida en el artículo 29 de esta Ley, frente a situaciones especificas de conflicto, de acoso escolar, frente a las conductas de alto riesgo de violencia escolar o de vulneración de derechos sexuales y reproductivos que no pueden ser resueltos por este comité, de acuerdo con lo establecido en el Manual de Convivencia, porque trascienden del ámbito escolar, y revistan las características de la comisión de una conducta punible, razón por la cual deben ser atendidos por otras instancias o autoridades que hacen parte de la estructura del Sistema y de la Ruta. 6. Liderar el desarrollo de estrategias e instrumentos destinados a promover y evaluar la convivencia escolar, el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos. 7. Hacer seguimiento al cumplimiento de las disposiciones establecidas’ en el Manual de Convivencia, y presentar informes de los casos o situaciones que haya conocido el comité, a la respectiva instancia que hace parte de la estructura del Sistema Nacional De Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. 8. Proponer, analizar y viabilizar estrategias pedagógicas que permitan la flexibilización del modelo pedagógico y la articulación de diferentes áreas de estudio que lean el contexto educativo y su pertinencia en la comunidad, para determinar más y mejores maneras de relacionarse en la construcción de la ciudadanía. PARÁGRAFO: Este comité establece su propio reglamento, el cual debe abarcar lo correspondiente a sesiones y demás aspectos procedimentales, como aquellos relacionados con la elección y permanencia en el 56

Manual de Convivencia comité, del docente que lidere procesos o estrategias de convivencia escolar. Las decisiones de este Comité se tomarán por mayoría absoluta, mediante voto y los estudiantes podrán apelar ante la instancia que corresponda dentro de la institución. (Rectoría), y en último caso ante el Consejo Directivo de la Institución. ARTÍCULO 31. RECURSOS Contra las decisiones del Comité de Convivencia Escolar y del Consejo Directivo proceden los recursos siguientes: 1. DE REPOSICIÓN: Se impondrá dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la sanción y se presentará ante Rectoría, con el propósito de que modifique, aclare o explique la decisión. 2. DE APELACIÓN: Se presentará en subsidio, en el escrito del recurso de reposición ante el Consejo Directivo; en todo caso procederán las sentencias de la corte (ST 316/94 y ST 519/952). Sentencias a fin de que confirme, modifique todo o en parte la decisión notificada PARAGRAFO: La Institución entregará el informe de Desempeño Académico, hasta el periodo inmediatamente anterior, a los estudiantes sancionados con la cancelación del contrato de matrícula.

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Manual de Convivencia CAPÍTULO IX GOBIERNO ESCOLAR Es un mecanismo por el cual los miembros de la comunidad educativa se proyectan en un ámbito individual y comunitario teniendo como base los principios de solidaridad, tolerancia, participación y convivencia ciudadana, para favorecer: •

El desarrollo de procesos de convivencia y de democracia participativa de cada uno de los estamentos que conforman la comunidad educativa (padres de familia, docentes, docentes administrativos y estudiantes) en la dirección de la institución.



El desarrollo de procesos de liderazgo en niños, niñas y adolescentes, padres de familia y docentes.

Todos los miembros de la comunidad educativa son competentes para participar en la dirección de la institución educativa y lo harán por medio de sus representantes en los órganos de Gobierno Escolar, usando los medios y procedimientos establecidos en el Art. 142 de la Ley 115 de 1994 y el Decreto 1860 del mismo año, art. 19 y 20. Para ello la institución proporcionará las estrategias, mecanismos y espacios para la efectiva participación de todos los estamentos. ARTÍCULO 32. ÓRGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR La Institución deberá organizar un gobierno para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad la cual esta conformada por estudiantes vinculados, padres de familia y Docentes de planta. De acuerdo con la ley 115 y el decreto 1860 los órganos del Gobierno Escolar son: ARTÍCULO 33. CONSEJO DIRECTIVO. CONFORMACIÓN. FUNCIONES Es la máxima instancia de decisión institucional. Está conformado por: •

Rector, quien lo presidirá y convocará ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando lo considere conveniente.

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Manual de Convivencia •

Dos representantes de los docentes elegidos por la mayoría de docentes en asamblea y por voto secreto.



Dos representantes de los padres de familia. Uno elegido por el Consejo de padres y otro de la Asociación, elegido por el consejo de Padres de familia.



Un representante de los estudiantes que se encuentren cursando el último grado de educación Media, elegido por el Consejo de Estudiantes.



Un representante de los exalumnos, elegido por el Consejo Directivo, de ternas presentadas por las organizaciones que aglutinen la mayoría de ellos, o en su defecto por quien haya ejercido el año anterior la representación de los estudiantes.



Un representante del sector productivo, de las empresas o del comercio de la zona de influencia del Instituto, elegido por el Consejo Directivo

FUNCIONES:

1. Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la Institución, excepto las que sea competencia de otra autoridad.

2. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los estudiantes, después de haber acordado los procedimientos previstos en el reglamento del Manual de Convivencia.

3. Adoptar el Manual de Convivencia. 4. Asumir la defensa y garantía de los derechos de la Comunidad Educativa cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.

5. Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentando por el Rector (a)

6. Participar en la planeación y evaluación del P.E.I., del Currículo y del Plan de Estudios.

7. Participar en la evaluación de docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución 59

Manual de Convivencia

8. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y disciplinario de los estudiantes, o el reiterado incumplimiento de sus deberes consignados en el Manual de Convivencia.

9. Recomendar la participación de la Institución en actividades académicas, científicas, pedagógicas, comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

10. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones del plantel

11. Promover con otras instituciones las relaciones de tipo académico, científico y demás.

12. Aprobar el Presupuesto de Ingresos y gastos de los recursos propios 13. y las demás que establezca la ley. ARTÍCULO 34. CONSEJO ACADÉMICO. CONFORMACIÓN. FUNCIONES Órgano de participación en la organización pedagógica de la Institución. Además es una instancia consultora del Consejo Directivo, que vela por la puesta en marcha de la propuesta curricular del P.E.I. y Plan de Estudios y está integrado por: • • •

El Rector o Director quien lo convoca y preside. Los Directivos Docentes Coordinadores Un docente por cada área definida en el Plan de Estudios.

FUNCIONES 1. Es el encargado de estudiar el Currículo y propiciar su continuo mejoramiento 2. Organizar el Pan de Estudios y orientar su ejecución, propiciando su continuo mejoramiento 3. Estudiar los casos de evaluación y promoción de los estudiantes y supervisar el proceso general de evaluación 4. Establecer y unificar el sistema de evaluación aplicable en la Institución, y demás funciones que le atribuya el PEI 60

Manual de Convivencia CAPÍTULO X OTROS ORGANOS DE PARTICIPACIÓN ARTÍCULO 35. CONSEJO ESTUDIANTIL. Según el Decreto 1860 de 1994, en el art. 29 se establece la conformación del Consejo Estudiantil, asegurando de esta manera el aprendizaje de la democracia participativa de los estudiantes. Es el máximo órgano colegiado vocero de los estudiantes porque desde tercero de primaria hasta grado once pueden participar; los estudiantes de los grados de preescolar, primero y segundo serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único. Lo integran: •

Un Representante de estudiantes de cada grado. El cual será elegido por voto programático y secreto por parte de los estudiantes de cada grado.

REQUISITOS 1. Estar matriculado en la Institución sin acta de compromiso durante los dos últimos años 2. Ser estudiante responsable y demostrar excelente desempeño académico y de comportamiento 3. No registrar llamadas de atención negativas en el observador del estudiante 4. Poseer y demostrar capacidad de liderazgo 5. Inscribir su nombre con el Carnet estudiantil vigente, dentro de los términos fijados para la elección 6. Mantener excelente presentación personal y portar adecuadamente los uniformes FUNCIONES 1. Establecer su propia organización interna.

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Manual de Convivencia 2. Elegir el representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo de la institución y asesorarlo en el cumplimiento de su representación. 3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativa sobre el desarrollo de la vida estudiantil. 4. Velar por el cumplimiento de las actividades establecidas en el cronograma institucional. 5. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuye el Manual de Convivencia. ARTÍCULO 36. CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA. CONFORMACIÓN. La conformación del Consejo de Padres de Familia es obligatoria. Es un órgano de participación cuyo propósito es asegurar la efectiva vinculación de los Padres o acudientes en la optimización del proceso educativo, organizar comités de trabajo acordes con el PEI (Proyecto Educativo Institucional) y el PMI Plan de Mejoramiento Institucional), no requiere registro ante autoridades. Está integrado por mínimo uno (1) y máximo tres (3) padres de familia por cada uno de los cursos que ofrece la Institución, de conformidad con lo que establece el Proyecto Educativo Institucional. Durante el transcurso del primer mes del año escolar, contado desde la fecha de iniciación de las actividades académicas, la Rectoría convocará a los padres de familia para que elijan en asamblea a sus representantes ante en Consejo de Padres de Familia. La elección de los representantes correspondientes al año lectivo se efectúa en reunión de cada curso, por mayoría, con la presencia del (50%) de los padres o de los asistentes, después de transcurridos treinta (30) minutos de iniciada la reunión. FUNCIONES DEL CONSEJO DE PADRES DE FAMILIA 1. Velar porque todos los estudiantes participen en las diferentes pruebas de Estado 2. Contribuir con la Rectoría en el análisis, difusión y uso de los resultados de las Pruebas de Estado. 3. Apoyar las actividades académicas, pedagógicas, científicas, técni-

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Manual de Convivencia cas, artísticas, culturales y deportivas que organice la Institución. Orientadas a la formación integral de los estudiantes. 4. Participar en la elaboración, ejecución y desarrollo del PEI y Planes de Mejoramiento. 5. Promover actividades formativas para los padres de familia, encaminadas a desarrollar estrategias de acampamiento a los estudiantes, facilitar el afianzamiento de los aprendizajes, fomentar la práctica de hábitos de estudio extraescolares, especialmente, aquellas destinadas a la defensas de los derechos de niñas, niños y adolescentes. 6. Propiciar un clima de respeto, tolerancia, confianza, integración, solidaridad y concertación entre todos los estamentos de la Comunidad Educativa, que conduzca a la sana convivencia. 7. Presentar propuestas de mejoramiento del Manual de Convivencia 8. Colaborar en las actividades destinadas a la promoción de la salud física y sicosocial de los estudiantes, solución de dificultades de aprendizaje, detección de problemas de integración escolar y mejoramiento del medio ambiente. 9. Elegir al padre de familia que participará en las Comisiones de Evaluación y promoción. 10. Presentar propuestas de modificación del Proyecto Educativo Institucional que surjan de los padres de familia. 11. Elegir los dos representantes de los padres de familia ante el Consejo Directivo de la Institución, con excepción establecida en el párrafo 2 del artículo 9 del Decreto 1286 de 2005 (“Cuando el Numero de afiliados a la Asociación de Padres alcance la mitad mas uno de los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, la Asamblea de la Asociación elegirá uno (1) de los dos ( 2) representantes de los padres ante el Consejo Directivo, caso en el cual el Consejo de Padres elegirá solamente un padre de familia como miembro del Consejo Directivo”). PARÁGRAFO. El Consejo de Padres ejercerá estas funciones en coordinación con la Rectoría y el Consejo Directivo y requerirá de autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan a la Institución. El consejo de padres de familia, como órgano representativo de los padres de Familia, es un medio para asegurar la continua participación de 63

Manual de Convivencia los padres, madres y acudientes de los estudiantes en el proceso pedagógico del establecimiento. Está integrado por dos representantes de padres de familia de cada uno de los cursos. ARTÍCULO 37. PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES. El personero es el representante de los estudiantes ante las autoridades del plantel, las instancias de participación del orden municipal, y demás reuniones y actividades a las que sea convocado. Deberá ser un estudiante que curse el último grado que ofrezca la institución y será el encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes, consagrados en el Manual de Convivencia. Los aspirantes se inscriben ante el comité electoral conformado por el Rector, Un Coordinador, un Docente jornada de la mañana, un Docente jornada de la tarde, (preferiblemente docentes de Ciencias Sociales), ante la Rectoría y Consejo Directivo, siempre y cuando cumplan con los requisitos exigidos y presenten en forma escrita la propuesta de trabajo, la cual debe versar básicamente sobre derechos y deberes de los estudiantes. El personero de los estudiantes deberá ser elegido dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la iniciación de clases para un periodo lectivo anual. Para tal efecto el rector (a) a través del departamento de Ciencias Sociales convocará a todos los estudiantes matriculados a elegirlo mediante el sistema de voto programático y secreto. REQUISITOS PAR SER PERSONERO ESTUDIANTIL

1. Tener como mínimo un año de antigüedad en el colegio. 2. Ser estudiante regular. 3. Ser ejemplo de respeto, honestidad y responsabilidad dentro y fuera de la institución.

4. Estar plenamente identificado con la filosofía institucional. 5. Tener vocación de servicio tanto para con sus compañeros como para con el colegio.

6. Contar con la mayoría de aceptación de los estudiantes. 7. No haber firmado acta de compromiso en el último año de escolaridad en la Institución.

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Manual de Convivencia

8. No haber contabilizado más de cincuenta (50) fallas de inasistencia injustificada.

9. Tener resultados académicos sobresalientes y un buen comportamiento disciplinario

10. Observar en todos sus actos públicos y privados un comportamiento ético y moral acorde a su investidura (Cargo).

11. No haber sido sancionado en el año anterior FUNCIONES 1. Promover el cumplimiento de los deberes y derechos de los estudiantes, para lo cual podrá utilizar los medios de comunicación interna del establecimiento, pedir colaboración al Consejo Estudiantil, organizar foros y otras formas de deliberación. 2. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos, y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de los deberes de los estudiantes. 3. Presentar ante el Rector las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes. 4. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermediario. 5. Participar activamente en el Comité de Convivencia Escolar. 6. Asistir puntualmente y participar en forma activa en todas las reuniones y actividades a que sea convocado, y socializar posteriormente la información. PARÁGRAFO: El ejercicio del cargo de personero de los estudiantes es incompatible con el representante de los mismos ante el Consejo Directivo.

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Manual de Convivencia CAUSALES DE REVOCATORIA En el ejercicio de la participación democrática de los estudiantes, estos podrán tomar la decisión de revocatoria del mandato del personero en los siguientes casos: •

No cumplir con el Manual de Convivencia.



Incurrir en faltas tipificadas en el Manual de Convivencia.



Atropellos graves contra la comunidad o contra el estamento que representa



Incumplimiento de las acciones y obligaciones relacionadas con el cargo



Extralimitación de funciones que le otorga su cargo

PROCEDIMIENTO PARA LA REVOCATORIA DEL MANDATO Para revocar el mandato se requiere adelantar el siguiente procedimiento

1. Presentación de una solicitud formal ante el departamento de Cien-

cias Sociales del INEM,  con la mitad más una de las firmas de los estudiantes que participaron en su elección. Dicha solicitud debe acompañarse con las pruebas que pretendan hacerse valer.

2. El Departamento de Sociales dentro de los tres días hábiles siguientes a la radicación del oficio citará al Comité Electoral para dar a conocer la solicitud.

3. El Comité Electoral analizará el cumplimiento del requisito de firmas para lo cual verificará en el archivo del comité electoral. Para este procedimiento cuenta el Comité con 10 días hábiles.

4. Una vez constatado el cumplimiento de los requisitos, el Comité informará y dará tres días hábiles al estudiante al que se le pretende revocar el mandato, para que allegue de forma escrita los descargos y las pruebas que pretenda hacer valer.

5. Vencida esta etapa, el Comité tendrá cinco días hábiles para evaluar las pruebas y decidir sobre la revocatoria del mandato.

6. En caso de ser positiva la respuesta de revocatoria, en el mismo documento se reconocerá como Personero para el tiempo restante del periodo anual, a quien siguió en orden de votación. 66

Manual de Convivencia

7. En caso de ser negativa la respuesta no se podrá volver a solicitar la revocatoria del mandato de ese mismo estudiante.

8. Las decisiones deben ser tomadas por la mitad más uno de los integrantes del Comité Electoral

PARAGRAFO 3. En caso de revocatoria asume la personería el estudiante que haya resultado con la segunda votación en el momento de la elección. ARTÍCULO 38. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA. Entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en el INEM. Ejercerá sus funciones en directa coordinación con la Rectoría y requerirá de expresa autorización cuando asuma responsabilidades que comprometan a la Institución ante otras instancias o autoridades. Solo existirá una Asociación de Padres de Familia. El Consejo Directivo promoverá su constitución y suministrará apoyo logístico, para lo cual podrá citar a una asamblea. FUNCIONES DE LA ASOCIACION DE PADRES DE FAMILIA Apoyar la ejecución del Proyecto Educativo Institucional y el Plan de Mejoramiento 1. Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la Comunidad Educativa 2. Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia 3. Apoyar a las familias y los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje 4. Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacífica de conflictos y compromiso con la legalidad. 5. Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores, y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral. 67

Manual de Convivencia 6. Ejercer veeduría y solicitar informe semestral sobre la gestión académica, administrativa y financiera de la Junta Directiva. 7. Mantener relación permanente con la Secretaría de Educación 8. Apoyar a la Institución en las diferentes actividades programadas en beneficio de la Comunidad educativa. ARTÍCULO 39. ESCUELA DE PADRES Tiene su fundamento legal en la ley 1404 del 27 de julio de 2010, por la cual se crea el programa de escuela para padres y madres en las instituciones educativas para Preescolar, Básica y Media bajo el entendido que este programa esta considerado como un encuentro familiar, de carácter obligatorio, que desarrolla procesos de capacitación, formación, orientación y acompañamiento a la labor pedagógica y formativa de los padres de familia; igualmente, busca descubrir nuevas posibilidades para mejorar cualitativamente la calidad de vida a través de un contacto grupal, diálogo franco, concertación y compromiso de cada uno de los miembros de la familia. El objetivo de la Escuela de Padres es recuperar la conciencia y práctica de los valores éticos y morales que son la esencia de la persona, orientados a fortalecer la unidad familiar, el respeto por la vida, la verdad, la libertad y la dignidad humana indispensables para la renovación de la familia como núcleo fundamental de la sociedad. ARTÍCULO 40. ASOCIACIÓN DE EXALUMNOS. La Asociación de Exalumnos es una entidad civil de carácter cultural, social y espiritual sin ��������������������������������������������������������� ánimo���������������������������������������������������� de lucro, orientada por la filosofía de la Institución. Afilia a todas las personas graduadas en el INEM y que voluntariamente se registren en ella. REQUISITOS PARA INGRESAR A LA ASOCIACIÓN DE EXALUMNOS 1. Haber obtenido grado como Bachiller del INEM 2. Presentar disponibilidad para participar en las diferentes actividades 3. Tener sentido de pertenencia con la Institución FUNCIONES DE LA ASOCIACIÓN DE EXALUMNOS Además de las estipuladas en los estatutos de la Asociación, están los siguientes: 68

Manual de Convivencia 1. Motivar a los Exalumnos para que se vinculen a la Asociación 2. Promover la solidaridad entre los asociados mediante acciones de apoyo y mutua colaboración 3. Desarrollar planes y programas de solidaridad en beneficio de la Comunidad Educativa 4. Apoyar la labor educativa de la Institución a través de testimonios, talleres, conferencias y seminarios a los estudiantes de la Institución 5. Participar en el Consejo Directivo de la Institución 6. Participar en actividades y celebraciones de la Institución 7. Inculcar en los estudiantes respeto y amor a su Institución 8. Establecer su propio reglamento

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Manual de Convivencia CAPÍTULO XI ADOPCIÓN Y VIGENCIA ARTÍCULO 41. El presente Manual de Convivencia estará sujeto a modificaciones, teniendo en cuenta los principios de la Institución, disposiciones y normatividad vigentes y deberán ser aprobadas por el Consejo Directivo. Cada núcleo familiar dispondrá de este Manual de Convivencia, lo consultará cotidianamente, velará por su cumplimiento y lo pondrá en práctica en su totalidad, acatándolo por convicción y compromiso, para el sano y pleno desarrollo integral de los estudiantes. ARTÍCULO 42. VIGENCIA Rige a partir del 2 de enero de 2014 y deroga toda disposición que le sea contraria. Aprobado por el Consejo Directivo según acta No. 08 de noviembre de 2013 Se expide en Tunja a los 29 días del mes de Noviembre de 2013,

LUIS EDUARDO MOLINA FLOREZ Rector SARC/JECC/ /Luz Nelly N/ 2013

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Manual de Convivencia HIMNO DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA Coro: ¡Oh, gloria inmarcesible! ¡Oh, júbilo inmortal! ¡En surcos de dolores el bien germina ya! De Boyacá en los campos el genio de la gloria con cada espiga un héroe invicto coronó. Soldados sin coraza ganaron la victoria; su varonil aliento de escudo les sirvió. Letra: Rafael Núñez Música: Oreste Sindici

HIMNO DE LA CIUDAD DE TUNJA

HIMNO DE BOYACA Coro: Adelante! a la cima que guarda

Coro:

la memoria de tanto inmortal. Dulce tierra que extiende los brazos

Salve ilustre Villa de historiado escudo,

de occidente a la pampa solar

de pétreos blasones, muy noble y leal, patria de los Zaques y glorioso nudo entre el sol de Vargas y el de Boyacá.

I

I

está el oro en el rubio aluvión,

En su entraña hay jardines de hierro, parpadea la verde esmeralda

Te dio Carlos V por armas tonantes

en la niebla del gris socavón (Bis)

las que ennobluieron Castilla y León: Águila bicéfala, leones rampantes,

Letra: Pedro Medina Avendaño Música: Jorge Camargo Spolidore

torres almenadas, granada y toisón. (Bis)

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Manual de Convivencia

Símbolos Institucionales INEM Carlos Arturo Torres 2. BANDERA

1. ESCUDO

3. HIMNO Letra: Fernando Soto Aparicio

Música: José Jacinto Monroy T. Coro Para una patria verdadera Que amemos siempre más y más, De una frontera a otra frontera Alza el INEM una bandera Por la enseñanza de la Paz. Estrofas: I II El INEM nos ofrece confianza El sendero no es siempre de rosas Y con fe nos ayuda a vivir. Ni el futuro es igual al ayer, Los caminos los da la esperanza: Repetimos haciendo las cosas: Aprender, enseñar, compartir. Aprender, aprender, aprender. III IV Como espigas de música unidas El trabajo es el alma del hombre Levantamos al cielo la voz. Y es también su bandera y virtud No más adios, ni guerras, ni heridas: El mañana ya tiene su nombre: Todos somos los hijos de Dios. Juventud, juventud, juventud!

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