Story Transcript
A N E XO
DE
A C T UA L I Z AC I Ó N - N O V I E M B R E 2013
A C T UA L I Z AC I Ó N A N T E R I O R : A GOSTO 2012
Colección Práctica
Laboral | Remuneraciones e indemnizaciones: liquidaciones José Luis Sirena Lorena F. De Luca
FERIADOS NACIONALES. AÑOS 2014 A 2016 SE FIJAN LOS DÍAS FERIADOS CON FINES TURÍSTICOS PARA LOS AÑOS 2014, 2015 Y 2016. DECRETO 1768/2013, BO 12/11/2013.
PARA UN USO ÓPTIMO DE LA OBRA, PROCEDER COMO SE INDICA A CONTINUACIÓN:
José Luis Sirena | Lorena F. De Luca
Laboral | Remuneraciones e indemnizaciones: liquidaciones
Página | 1
AL LEER LA PÁGINA 42 Y SIGUIENTES, TENER EN CUENTA LO QUE SIGUE:
FERIADOS NACIONALES. AÑOS 2014 A 2016 El Gobierno Nacional dio a conocer por medio del Boletín Oficial (12/11/2013) los feriados “con fines turísticos” que habrá en los próximos tres años. Al efecto se dictó el decreto 1768/2013, que establece los citados nuevos feriados que tendrá el país en los próximos años. El artículo 3 del decreto 1584/2010 establece que cuando las fechas de los feriados nacionales coincidan con los días martes o jueves, el Poder Ejecutivo Nacional deberá fijar 2 feriados por año que deberán coincidir con los días lunes o viernes inmediato respectivos. Si los feriados no coinciden con los días martes o jueves, el mismo fijará 2 feriados destinados a desarrollar la actividad turística. Asimismo, el Poder Ejecutivo deberá establecer los feriados turísticos por períodos trianuales, con una antelación de 50 días a la finalización del año calendario. En lo que respecta al año 2016, un sólo feriado nacional coincidirá con un día martes o jueves, en tal sentido se fija adicionalmente para ese año un feriado en un día determinado. Considerando que el 9 de Julio de 2016 se conmemorará el Bicentenario de la Declaración de la Independencia de la Patria, fecha en la que culmina el período de festejos patrios del Bicentenario iniciado el 25 de mayo de 2010, se establece como feriado nacional al día 8 de julio del año 2016, previéndose que el día 9 de julio habrá una masiva movilización de habitantes, turistas y delegaciones en todo el territorio de la Nación, teniendo como objeto profundizar la integración social y permitir la concurrencia del público a los distintos actos conmemorativos. Al efecto, el PEN decreta feriados turísticos para los tres próximos años:
AÑO 2014: 2 de mayo y 26 de diciembre AÑO 2015: 23 de marzo y 7 de diciembre AÑO 2016: 8 de julio y 9 de diciembre
Página | 2
Anexo de Actualización - Noviembre 2013
Año 2014 1 FERIADOS INAMOVIBLES
FECHA DÍA CONMEMORACIÓN 1° de enero Miércoles Año Nuevo 3 y 4 de marzo Lunes y martes Carnaval 24 de marzo Lunes Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia 2 de abril Miércoles Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas 18 de abril Viernes Viernes Santo 1° de mayo Jueves Día del Trabajador 25 de mayo Domingo Día de la Revolución de Mayo 20 de junio Viernes Día Paso a la Inmortalidad del Gral. Manuel Belgrano 9 de julio Miércoles Día de la Independencia 8 de diciembre Lunes Inmaculada Concepción de María 25 de diciembre Jueves Navidad Feriados Nacionales que se rigen por el decreto 1768/2013. FERIADOS TRASLADABLES
FECHA DÍA CONMEMORACIÓN 17 de agosto Lunes 18 de agosto Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín 12 de octubre Lunes 13 de octubre Día del Respeto a la Diversidad Cultural 20 de noviembre Lunes 24 de noviembre Día de la Soberanía Nacional Feriados Nacionales que se rigen por el decreto 1584/2010. FERIADOS CON FINES TURÍSTICOS
FECHA DÍA CONMEMORACIÓN 2 de mayo Viernes Puente Turístico 26 de diciembre Viernes Puente Turístico Feriados Nacionales que se rigen por el decreto 1768/2013.
1
Fuente: http://www.mininterior.gov.ar/asuntos_politicos_y_alectorales/dinap/feriados.php?idName=asuntos&idNameSubMenu=DiNAP&idNameSubMenuDer=DirNAPFeriados#feriados/feriados2014.php
Laboral | Remuneraciones e indemnizaciones: liquidaciones
José Luis Sirena | Lorena F. De Luca
Página | 3
DÍAS NO LABORABLES
FECHA 14 a 16 de abril 20 a 22 de abril 17 de abril 24 de abril 24 de septiembre 3 de octubre (#) sin fecha (#) sin fecha (#) sin fecha
DÍA Lunes a miércoles Domingo a martes Jueves Jueves Miércoles Viernes
CONMEMORACIÓN Pascuas Judías (b) Los dos primeros días y los dos últimos días de la Pascua Judía (b)* Jueves Santo Festividad cristiana Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos (a) Año Nuevo Judío (b) ** Día del Perdón (b) *** Fiesta del Sacrificio (c) Año Nuevo Islámico (c) Culminación del Ayuno (c)
a) Ley 26199 dictada en conmemoración del genocidio sufrido por el pueblo armenio. Los empleados y funcionarios de organismos públicos y los alumnos de origen armenio quedan autorizados a disponer libremente de los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad. Se invita a los gobiernos provinciales a adherir a las disposiciones de la presente ley. (b) Sólo para habitantes que profesen la religión judía. Dispuesto por el decreto 1584/2010. * Los dos primeros días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 14 de abril a las 18:10 horas y finalizan el día 16 de abril a las 19:10 horas. Los dos últimos días de Pesaj (Pascua) comienzan el día 20 de abril a las 18:05 horas y finalizan el 22 de abril a las 19:05 horas. ** Los dos días de Rosh Hashana (Año Nuevo) comienzan el día 24 de septiembre a las 18:30 horas y finalizan el día 26 de septiembre a las 18:30 horas. *** El día de Iom Kipur (Día del Perdón) comienza el día 3 de octubre a las 18:20 horas y finaliza el día 4 de octubre a las 19:35 horas. (c) Sólo para los habitantes que profesen la religión islámica. Dispuesto por el decreto 1584/2010. (#) Fechas aproximadas. Se rigen por el calendario lunar. En los feriados nacionales rigen las pautas del descanso dominical. Es decir que el trabajador no presta servicios ese día, sin pérdida del goce de la retribución. Si bien la finalidad no es la misma, ya que el descanso semanal permite al trabajador recuperarse psíquica y físicamente, en el caso de los feriados permite a aquel poder participar de festejos relacionados a acontecimientos históricos, religiosos o festivos.
A considerar...
La LCT establece que la retribución de los días feriados es igual a los días de vacaciones; en caso de la retribución variable, se liquidará en función al promedio de los 30 días anteriores al feriado, y si la remuneración fuese a destajo, en función al promedio de los últimos 6 días. Si el trabajador prestase servicios en los días feriados deberá percibir lo que cobre ese día (remuneración normal), más una suma igual.
Página | 4
Anexo de Actualización - Noviembre 2013
Proyección trianual de los feriados
Feriados y días no laborables 01-ene Lunes carnaval Martes carnaval 23-mar
Se conmemora Norma legal Derogadas Día No Forma de de origen por Feriado laborable Celebración 2014 Año Nuevo Ley 21329 DNU 1584/10 FN Fijo Mi. 01 Ene Carnaval DNU 1584/10 FN Preestablecido Lu. 03 Mar Carnaval DNU 1584/10 FN Preestablecido Ma. 04 Mar Fines Turísticos (****) D. 1768/2013 FN Ocasional 24-mar Memoria por la Verdad y la Justicia Ley 26085 DNU 1584/10 FN Fijo Lu. 24 Mar. 02-abr Malvinas (Desembarco) (*) (**)(***) Ley 26110 DNU 1584/10 FN Fijo Mi. 02 Abr Jueves santo Conmemoración Cristiana Ley 21329 DNU 1584/10 NL Fijo Ju. 17 abr Viernes santo Conmemoración Cristiana Ley 21329 DNU 1584/10 FN Fijo Vi. 18 Abr 01-may Día del Trabajo Ley 21329 DNU 1584/10 FN Fijo Ju. 01 May 02-may Fines Turísticos D. 1768/2013 FN Ocasional Vi. 02 May 25-may Revolución de Mayo Ley 21329 DNU 1584/10 FN Fijo Do. 25 May 20-jun Día de la Bandera Ley 24445 DNU 1584/10 FN Fijo Vi. 20 Jun 08-jul Fines Turísticos D. 1768/2013 09-jul Declaración de la Independencia Ley 21329 DNU 1584/10 FN Fijo Mi. 09 Jul 17-ago Homenaje al Gral. San Martín Ley 24445 DNU 1584/10 FN 3er Lunes Lu. 18 Ago 12-oct Día del Respeto a la Diversidad Cultural Ley 26416 DNU 1584/10 FN 2do Lunes Lu. 13 Oct 20-nov Día de la Soberanía Nacional DNU 1584/10 FN 4to Lunes Lu. 24 Nov 07-dic Fines Turísticos D. 1768/2013 FN Ocasional 08-dic Inmaculada Concepción de María Ley 21329 DNU 1584/10 FN Fijo Lu. 08 Dic 09-dic Fines D. 1585/10 Turísticos y 1768/2013 FN Ocasional 25-dic Navidad Ley 21329 DNU 1584/10 FN Fijo Ju. 25 Dic 26-dic Fines Turísticos D. 1768/2013 FN Ocasional Vi. 26 Dic (*) Se modifica la ley 25370 por la ley 26110 transformándose este feriado en inamovible (BO: 30/06/2006). (**) Se deroga la ley 26110 por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia 1585/2010. (***) Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. (****) Decreto 1768/2013.
Años 2015 2016 Ju. 01 Ene Vi. 01 Ene Lu. 16 Feb Lu. 08 Feb Ma. 17 Feb Ma. 09 Feb Lu. 23 Mar
Ma. 24 Mar Ju. 24 Mar
Ju. 02 Abr Sa. 02 Abr Ju. 02 Abr Ju. 24 Abr Vi. 03 Abr Vi. 25 Abr Vi. 01 May Do. 01 May
Lu. 25 May Mi. 25 May Sa. 20 Jun Lu. 20 Jun Vi. 08 Jul Ju. 09 Jul
Sa. 09 Jul
Lu. 17 Ago Lu. 15 Ago
Lu. 12 Oct Lu. 10 Oct
Lu. 23 Nov Lu. 28 Nov Lu. 07 Dic
Ma. 08 Dic Ju. 08 Dic
Vi. 25 Dic
Vi. 09 Dic Do. 25 Dic