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La regulación y Supervisión de los Mercados de Valores en Brasil La actuación de la Comissión de Valores Mobiliarios
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La Regulación en Brasil
La responsabilidad por la regulación del mercado de valores de Brasil es dividida entre el Consejo Monetario Nacional (CMN), el Banco Central (BC) y la Comissón de Valores Mobiliarios (CVM).
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La Regulación en Brasil Las
leyes 4.565/64 y 4.728/65 tratan de las responsabilidades, poderes y estructura del Consejo Monetario Nacional y del Banco Central.
El Consejo es deliberativo de las políticas, y el Banco Central es el ejecutor de las mismas y supervisor de las instituciones bancarias e de servicios financieros. Las instituciones que actúen como intermediarios de valores mobiliarios o como asesores en ese mercado, deben también obtener registro junto a la CVM. 4
La Regulación en Brasil Las
leyes 6.385/76 y 6.404/76/76 tratan de las responsabilidades, poderes y estructura de la CVM. Con la edición de la Ley 10.303, la Medida Provisoria nº 8 y el Decreto 3.995, todo del 31 de octubre de 2001, todas las responsabilidades y poderes del CMN cuanto a la regulación de valores mobiliarios fueran transferidos a CVM. Ademas, dichas normas dejaran claro que todos los títulos e contratos distribuidos públicamente están bajo la supervisión de CVM, con excepción de los de deuda pública y ciertos títulos de instituciones financieras, que no sean debentures.
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La Regulación en Brasil Las
leyes 6.385/76 y 6.404/76/76 tratan de las responsabilidades, poderes y estructura de la CVM.
Con la edición de las nuevas leyes, CVM pasa a tener autonomía financiera y administrativa, y el Presidente y los cuatro directores (consejeros) que componen el Consejo Directivo, que son elegidos por el Presidente de la República, pasan a ser también examinados y aprobados por el Senado y a ejercer los cargos por términos de 5 años con renovación de una quinta parte a cada año.
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Papel de la CVM
REGULACIÓN Regular
los temas de las Leyes 6.404/76 e 6.385/76, y de otras leyes especiales.
INFORMACIÓN Garantizar
la disponibilidad y la calidad de la información sobre los emisores.
SUPERVISIÓN Ejercer
la supervisión de los agentes, aplicar normas y imponer las sanciones previstas en ley. 7
Regulación
LEY 6.404/76 La
regulación de los temas de la Ley 6.404/76 (Ley de Las Sociedades Anónimas) es de responsabilidad de la CVM solo en lo que si refiere a las compañías registradas como emisoras en el mercado de valores mobiliarios.
LEY 6.385/76 La
Ley que disciplina el Mercado de Valores mobiliarios atribuye, en diversas normas, poder de regulación a CVM. 8
Regulación
Las Nuevas Leyes Las
modificaciones en las Leyes 6.404/76 y 6.385/767 imponen a CVM la edición de diversas nuevas normas, y la modificación de otras.
Entre
aquellas normas, mencionadas las siguientes:
pueden
ser
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Regulación
Las Nuevas Leyes Oferta
pública de adquisición de acciones por precio justo, cuando de la exclusión de negociación y de elevación de participación del accionista mayoritario; criterios de cálculo del precio y de su revisión (art. 4º de la Ley 6.404/76).
Oferta
pública de adquisición de acciones en caso de venta del control de la compañía (art. 254-A de la Ley 6.404/76). 10
Regulación
Las Nuevas Leyes Dilación
del plazo de convocación de Junta General de los Accionistas (art. 124, § 5º, de la Ley 6.404/76).
Criterios
de liquidez de las acciones como requisito del derecho de separación (art. 137, II, “a”, de la Ley 6.404/76).
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Regulación
Las Nuevas Leyes Definición
de niveles de compañías registradas, a efecto de diferenciar las exigencias de registro (arts. 2º y 202 de la Ley 6.404/76)
Información
de los directores, consejeros y fiscales sobre el cambio en su posición accionaria (arts. 157, 116-A e 165-A de la Ley 6.404/76 y 21-A de la Ley 6.385/76). 12
Información
Divulgación periódica Las
compañías registradas están obligadas a divulgar periódicamente los informes determinados por la CVM (art. 22, § 1º, I, de la Ley 6.385/76). Entre tales informes se encuentra la información financiera anual, que debe observar las reglas bajadas por la CVM y será obligatoriamente auditada por auditor registrado en la CVM (art. 177, §3º, de la Ley 6.404/76). 13
Información
Divulgación periódica La
Instrucción CVM 202/93, disciplina el registro de compañía emisora, y establece la obligatoriedad de presentación de los siguientes informes periódicos:
IAN - Formulario de Información Anual
ITR - Formulario de Información Trimestral
DFP - Formulario de Información Financiera.
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Información
Divulgación eventual Los
emisores y otros agentes del mercado también deben prestar información eventual, en diversas ocasiones. Así, por ejemplo, los emisores están obligados a presentar informes específicos siempre que realicen oferta pública primaria de valores mobiliarios (Instrucción CVM 13/80)
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Información
Divulgación eventual Los
oferentes están obligados a presentar informes específicos siempre que realicen oferta pública secundaria de venta (Instrucción CVM 88/88) o oferta pública de adquisición (Instrucción CVM 229/95, 299/99 e 345/00) de valores mobiliarios.
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Información
Divulgación eventual Los
adquirentes de certa cantidad de acciones de compañía registrada, mismo se lo hacen en negocios privados, también deben prestar información a la CVM (Instrucción CVM 69/87 e 299/99). El director o consejero de compañía registrada debe declarar la cantidad de valores mobiliarios de emisión de la compañia de que sea titular (art. 157 de la Ley 6.404/76). 17
Información
Divulgación eventual La
ley determina que los directores e consejeros de la compañía registrada divulguen cualquier acto o hecho relevante ocurrido en los negocios de la compañía, “que pueda influir, de modo ponderable, en la decisión de los inversores de vender o adquirir valores mobiliarios de emisión de la compañía” (art. 157, § 4º, de la Ley 6.404/76 e Instrucción CVM 31/84). 18
Supervisión y Sanción
Supervisión En
la fiscalización la CVM tiene “poder de policía”, en la forma del art. 8º de la Ley 6.385/76, utilizando-se de los instrumentos definidos no art. 9º de la misma ley. Tales instrumentos incluyen:
la intimación de los emisores, intermediarios, auditores y otros participantes del mercado a fornecieren documentos y suministrar información (art. 9º, I e II, de la Ley 6.385/76);
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Supervisión y Sanción
Supervisión
la divulgación de información o recomendación al público con la finalidad de esclarecer y orientar los inversores y la prohibición de la prática de actos perjudiciales, con sanción de multa (art. 9º, III e IV, de la Ley 6.385/76); y, la determinación de corrección de la información financiera de las compañías emisoras (art. 9º, IV, de la Ley 6.385/76).
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Supervisión y Sanción
Sanción: De
la actividad de supervisión muchas veces resulta la necesidad de imponer sanciones a los agentes de mercado que tengan violado la ley o normas bajadas por la CVM. El poder de investigar y sancionar está establecido en el art. 9º de la Ley 6.385/76, e las penalidades están establecidas en el art. 11 de la misma ley. 23
Supervisión y Sanción
Sanción: Las
sanciones posibles son la amonestación, la multa (que puede llegar a 3 veces la ventaja económica del agente), la suspensión o la revocación de la autorización para el ejercicio de ciertas actividades y la separación de cargo de administración o dirección.
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Supervisión y Sanción
Sanción: La
CVM puede celebrar com los acusados un acuerdo, para evitar el juzgamiento del proceso, en el cual los acusados se obliguen a interromper da prática irregular, sanar la irregularidad y indemnizar los perjuicios comprobados (art. 11, §§ 5º a 9º de la Ley 6.385/76.
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Supervisión y Sanción
Sanción: Algunas
modificaciones introducidas por las nuevas leyes dotan la CVM de más amplios poderes de investigación y aplicación de las normas.
Además
están ahora previstos tres crímenes en el ámbito del mercado de valores (insider trading, manipulación de mercado y ejercício de actividad sin registro). 26
Supervisión y Sanción
Sanción: La
CVM en el año de 2001 ha juzgado 30 procedimientos sancionadores relativos a infracciones graves, lo que es la más grande cantidad anual desde 1994, y la segunda más grande desde la creación de CVM.
Además,
el Consejo de CVM ha examinado en el año de 2001 cerca de 300 recursos de decisiones de los superintendentes de la CVM. 27
Conclusión - Perspectivas Brasil
no ha enfrentado aún la cuestión de la unificación en uno solo o dos reguladores de toda la actividad relacionada al ahorro público. Los seguros e los fondos de pensiones están regulados por entidades distintas de Banco Central e CVM. Sin embargo, con las nuevas leyes bajadas en octubre de 2001, CVM pasó a tener mas autonomía y mejores instrumentos de regulación y supervisión. 29
www.cvm.gov.br
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