Manual de Escuela Primaria

Manual de Escuela Primaria 2009-10 Pautas del Distrito Derechos y Responsabilidades Distrito Escolar de Anchorage Educando a todos los estudiantes pa

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Manual de Escuela Primaria 2009-10 Pautas del Distrito Derechos y Responsabilidades

Distrito Escolar de Anchorage Educando a todos los estudiantes para el éxito en la vida

Objetivos generales continuos de la junta escolar ASD

     Misión de ASD: Educar a todos los alumnos para el éxito en la vida. Logro académico Incrementar el logro académico del alumno a través de datos para guiar la adopción de currícula, métodos, materiales y desarrollo profesional específicamente diseñado para garantizar que cada grupo realice progresos anuales adecuados, según lo define Ningún Niño es Dejado de Lado (No Children Left Behind). Entorno de aprendizaje de apoyo y efectivo Establecer y mantener un entorno de aprendizaje de apoyo y efectivo; para ello: • proporcionar escuelas seguras, cálidas y libres de barreras; • promover la salud y el bienestar; • continuar reteniendo, reclutando y capacitando personal altamente calificado con énfasis en mejorar la diversidad del personal para reflejar mejor a nuestro cuerpo estudiantil; • desafiar académicamente a cada estudiante; • maximizar las oportunidades de aprendizaje para toda la vida, incluido el desarrollo de las habilidades del siglo 21; • ofrecer actividades extracurriculares de refuerzo y • colaborar con otros organismos de la comunidad para maximizar las oportunidades para el aprendizaje para toda la vida. Responsabilidad pública Garantizar la responsabilidad pública mediante • una continua participación en los programas de pruebas estatales y federales requeridos; • continua preparación y publicación del Perfil de desempeño, aspectos básicos del presupuesto y resúmenes del presupuesto y bonos; • consulta efectiva con la comunidad para garantizar el uso inteligente de los recursos financieros y la construcción y el mantenimiento responsable de las instalaciones y • comunicación efectiva con alumnos, personal, padres, comunidad y gobierno en todos los niveles. Diversidad en la fuerza laboral El ASD está comprometido a establecer un entorno de respeto y colaboración mutua atrayendo y reteniendo a una fuerza laboral calificada, en todos los niveles del distrito, cuyo  compromiso es proporcionar un entorno de aprendizaje positivo, que valore la diversidad y refleje la diversidad de la comunidad de Anchorage y el mercado laboral pertinente. Metas de logros medibles Nosotros, la Junta Escolar de Anchorage, como director y personal del distrito nos comprometemos a lo siguiente: 1. Los estudiantes deben demostrar un aumento en sus logros académicos según lo indica el mejoramiento del desempeño en las mediciones estatales del desempeño académico. Los estudiantes deberán aprobar el Objetivo Mensurable Anual (AMO).   Indicadores:    a. El porcentaje de alumnos que no aprueben artes del lenguaje y matemáticas disminuirá en un 10 por ciento en cada grupo de estudiante designado por AYP. Instrucciones para informes: Los resultados serán informados a la inversa según la respectiva competencia de porcentajes. Ejemplos: Considerando que el grupo blanco no aprobó el último año en artes del lenguaje en un 11,3 por ciento, deberían reducir el porcentaje de los no aprobados en un 1,13 por ciento. Por lo tanto, el objetivo se cumplirá si el porcentaje de los no aprobados es del 10,17 por ciento. Informando en sentido inverso, el objetivo es 89,83 por ciento de competencia..   Considerando que el grupo de educación especial no aprobó el último año en artes del lenguaje en un 57,2 por ciento, deberían reducir el porcentaje de los no aprobados en un 5,72 por ciento. Por lo tanto, el objetivo se cumplirá si el porcentaje de los no aprobados es del 51,48 por ciento. Informando en sentido inverso, el objetivo es 48,52 por ciento de competencia. b. En una comparación de año a año, el porcentaje de alumnos con puntaje de competencia en lectura en la Evaluación Basada en los Estándares de Alaska aumentará en un 2,5 por ciento en cada grupo de estudiantes designado por AYP en cada grado de nivel 3-10. c. En una comparación de año a año, el porcentaje de alumnos con puntaje de competencia en escritura en la Evaluación Basada en los Estándares de Alaska aumentará en un 2,5 por ciento en cada grupo de estudiantes designado por AYP en cada grado de nivel 3-10. d. En una comparación de año a año, el porcentaje de alumnos con puntaje de competencia en matemáticas en la Evaluación Basada en los Estándares de Alaska aumentará en un 2,5 por ciento en cada grupo de estudiantes designado por AYP en cada grado de nivel 3-10. e. En una comparación de cohorte, el porcentaje de estudiantes con un puntaje de competencia en matemáticas en la Evaluación Basada en los Estándares de Alaska en los años de transición de la escuela primaria a la media y a la secundaria será superior al porcentaje de aquellos estudiantes con puntaje de competencia en el año anterior (se compararán el 6to y el 7mo grado y el 8vo y el 9no grado). f. En una comparación de año a año, la brecha de logros en artes del lenguaje y en matemáticas disminuirá significativamente entre cada grupo étnico designado por  AYP y el grupo blanco, reduciendo la brecha de logros. g. En una comparación de año a año, la brecha de logros en artes del lenguaje y matemática disminuirá significativamente entre los grupos en desventaja económica designados por AYP y los que no están en desventaja económica, los limitados en la competencia del inglés y los no limitados en la competencia del inglés y los estudiantes discapacitados y no los discapacitados. h. El rendimiento del cohorte secuencial de estudiantes en 5to, 7mo y 9no grados mostrará un incremento en el puntaje de escala promedio con respecto al año anterior en los contenidos de escritura de Estructuras y Convenciones de Escritura y Revisión. i. En una comparación de año a año, el porcentaje de alumnos con puntaje de competencia en ciencias en la Evaluación Basada en los Estándares de Alaska aumentará en un 2,5 por ciento en cada grupo de estudiantes designado por AYP en los grado de nivel 4, 8 y 10.   Instrucciones del proceso para educación de escuela media y secundaria:    El distrito desarrollará intervenciones curriculares e instructivas bien articuladas en los niveles de escuela media y secundaria para los estudiantes no aprobados en artes del lenguaje y matemáticas.

   El desempeño se evaluará según la Evaluación Basada en los Estándares de Alaska (grados 3-10).   Dichas evaluaciones proporcionarán información sobre el estado de desempeño del grupo de estudiantes para cada escuela en los niveles de grados 3-10.   También se proporcionarán resultados sobre el desempeño de estudiantes en el 10mo grado según el Examen de Calificación de Graduación de Escuela Secundaria (HSGQE) y sobre el desempeño acumulativo de los estudiantes en los grados 11 y 12 a final de año por cada grupo de estudiantes designados por AYP.   Se informará el desempeño de los estudiantes en los grados 5 y 7 en Terra Nova, aunque dichos puntajes ya no se incluyen en la determinación de progreso anual adecuado. Nota: El AMO para 2008-09 definido por el estado en artes del lenguaje es 77,18 por ciento de competencia y en matemáticas es 66,09 por ciento de competencia. 2. Un mayor porcentaje de estudiantes dominarán las habilidades de lectura y estrategias para leer en forma competente al final del grado 3.   Indicador: En una comparación de año a año, el porcentaje de alumnos con puntaje de competencia en lectura en la Evaluación Basada en los Estándares de Alaska aumentará en un 2,5 por ciento en cada grupo de estudiantes designado por AYP en el grado de nivel 3. 3. El porcentaje de estudiantes en secuencia de matemática acelerada se incrementará.   Indicadores:    a. El porcentaje de estudiantes en cada grupo de estudiantes designados por AYP que completen exitosamente Álgebra I en 8vo grado o antes con una nota de C o más se incrementará en un 5 por ciento en una comparación de año a año.    b. El distrito incrementará el porcentaje de estudiantes aún inscriptos en el Distrito Escolar de Anchorage que completen exitosamente Álgebra I con una B o más en 8vo grado y estén inscriptos en Geometría o Álgebra II en 9no grado y completen exitosamente el curso con una C o más. 4. La tasa de deserción disminuirá.   Indicador: La tasa de deserción de estudiantes en los grados 7-12 disminuirá un 5 por ciento en cada grupo designado por AYP en una comparación de año a año en todo el distrito y en cada escuela.   Instrucciones para informes: El motivo informado por el estudiante para abandonar el curso será informado por nivel de grados 7-12. 5.  La tasa de graduación se incrementará.   Indicador: La tasa de graduación aumentará un 5 por ciento de año a año en cada grupo de estudiantes designados por AYP en todo el distrito y en cada escuela.   Dirección de informes: El porcentaje de estudiantes inscriptos en 9no grado en el distrito que estén en vías de graduarse al terminar su 9no año, incluida la escuela de verano, aumentará. Estar en vías significa que el estudiante ha obtenido un mínimo de 5,5 créditos y no ha desaprobado más de un semestre de una materia central. 6. El porcentaje de estudiantes secundarios que completen exitosamente sus estudios secundarios aumentará.   Indicadores:     a. El distrito mantendrá ó aumentará el porcentaje de estudiantes que aprueben el 4to trimestre (76-99 por ciento) en Terra Nova en los grados 5 y 7.    b. Habrá al menos un incremento de un 5 por ciento en cada grupo de estudiantes designados por AYP que completen exitosamente los cursos AP en una comparación de año a año. “Completar exitosamente” se define como aprobar el curso AP con una calificación de C o superior.    c. Entre los estudiantes que hayan completado exitosamente un curso AP con una calificación de C o superior, habrá un aumento en el porcentaje de estudiantes en cada grupo de estudiantes designados por AYP que se presenten al examen AP de la Junta Universitaria.    d. Habrá un aumento en la cantidad de estudiantes senior que hayan completado exitosamente al menos un curso de matemática de nivel superior tal lo definido por el Centro Nacional de Estadísticas de la Educación (clasificado como más complejo que álgebra II) con una C o superior.    e. Habrá un aumento en la cantidad de estudiantes senior que hayan completado exitosamente al menos un curso de ciencias de nivel superior tal lo definido por el Centro Nacional de Estadísticas de la Educación (clasificado como más complejo que biología) con una C o superior.   Instrucciones del proceso para educación de escuela media y secundaria:    a. El distrito continuará explorando diversas evaluaciones para identificar la preparación para los cursos avanzados en la escuela media y secundaria como así también la preparación para la universidad o el trabajo.    b. El distrito definirá la currícula central que esperamos que nuestros estudiantes completen exitosamente a fin de reunir los requisitos para la fuerza laboral y la universidad. 7.  El servicio y la satisfacción del cliente mejorarán.   Indicador: El distrito aumentará el índice de respuesta a encuestas y el puntaje del factor de Clima de Respeto medido en la encuesta realizada al estudiante, el personal y los padres en el Distrito y los niveles de división. 8.  La participación de los padres/guardianes mejorará.   Indicadores:    a. El puntaje del factor de Participación de Padres/Guardianes y la Comunidad en la encuesta de clima del personal se incrementará en el distrito y los niveles de división.    b. El puntaje del factor de Participación de Padres/Guardianes y la Comunidad en la encuesta de clima de padres/guardianes se incrementará en el distrito y los niveles de división. 9. El ASD se compromete a instaurar un ambiente de respeto y colaboración mutua atrayendo y reteniendo a una fuerza laboral calificada, en todos los niveles del distrito, comprometidos a proporcionar un entorno de aprendizaje positivo, que valoren la diversidad y reflejen la diversidad de la comunidad de Anchorage y el mercado laboral relevante.   Indicador: En una comparación de año a año, el distrito aumentará el porcentaje de empleados no blancos en el total de la fuerza laboral.



Tabla de contenidos

Carta del Director Ejecutivo de Educación Primaria. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 Pautas de la Escuela Primaria del Distrito escolar de Anchorage. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 Académicos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7 Programas escolares alternativos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 Asistencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9 Conducta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10 Reglas del autobús. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12 Política de acoso. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 Información útil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 Seguridad del estudiante. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 17 Participación de los padres. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 18 Política de reclamación del estudiante . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 Título IX. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 Guía del estudiante de la Declaración de derechos y responsabilidades. . . . . . . . . . . 20 Tabla de violaciones y consecuencias. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 Declaración de derechos y responsabilidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23 Ley sobre la Privacidad y los Derechos Educativos de la Familia (FERPA). . . . . . . . 37 Contacto con el Distrito Escolar de Anchorage . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 38

Agosto de 2009

Distrito Escolar de Anchorage Education Center 5530 E. Northern Lights Blvd. Anchorage, AK 99507-3135

Estimado padre, madre o guardián, ¡Bienvenido al año escolar 2009-2010! La información contenida en este manual tiene el objetivo de proporcionarles valiosos detalles acerca de los procedimientos de la escuela primaria y los derechos y responsabilidades de los estudiantes primarios del Distrito Escolar de Anchorage. Espero que le sea de utilidad para usted y su estudiante durante el año escolar. A pesar de que cada una de las 60 escuelas primarias posee su propio clima y cultura, compartimos el objetivo de promover la excelencia de nuestros estudiantes en un entorno seguro y positivo. Cada escuela ha desarrollado e implementado un plan disciplinario para toda la escuela, el cual hace énfasis sobre la seguridad de los estudiantes y el hecho de que los mismos sean respetuosos y responsables durante la jornada escolar. Este enfoque unificado para satisfacer las necesidades de los estudiantes es un ejemplo de lo que hace que nuestra escuela primaria sea tan exitosa. El éxito de nuestra escuela depende también de la colaboración positiva entre el hogar y la escuela por lo que lo invito a visitar su escuela periódicamente, participar de las actividades escolares y manifestar interés en el progreso de su hijo. No dude en comunicarse con el maestro o director de su hijo si tiene alguna pregunta o inquietud. Es mi sincero deseo que todos trabajemos juntos para forjar experiencias de aprendizaje positivas para los estudiantes. ¡Les deseo a usted y su familia un excelente año escolar! Atentamente,

Linda Carlson, Executive Director Educación Primaria

Pautas de escuela primaria de ASD

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  Académicos Estándares La Evaluación Basada en los Estándares de Alaska (SBA) y Examen de Calificación de Graduación de Escuela Secundaria son parte de nuestro sistema de evaluación, el cual también forma parte de la Ley de Educación Primaria y Secundaria, específicamente conocida como “Ningún niño es dejado de lado” (No Child Left Behind). Bajo estas iniciativas y leyes, cada escuela debe continuar mejorando la educación que reciben nuestros niños para poder incrementar los logros y aprendizaje de todos los estudiantes. Nuestras escuelas: • grafican un perfil de desarrollo para cada niño que ingresa a jardín de infantes o primer grado para descubrir sus fortalezas y áreas que necesita mejorar. • usan los estándares académicos dispuestos por el estado en matemática, lectura y escritura. • a dministran los exámenes estatales en los grados 3,  4,  5,  6,  7,  8  y  9  para medir si cada estudiante cumple con los estándares y para identificar las áreas académicas en las que necesitan asistencia. • reportan cierta información sobre el progreso de los estudiantes a sus comunidades y el estado. Las Evaluaciones Basadas en Estándares están diseñadas para informarles a los padres y a los educadores si sus niños están realizando el progreso suficiente para aprobar el examen de secundaria, el cual también evalúa a los estudiantes en lectura, escritura y matemática.

Sistema de calificaciones Los períodos de informe son de nueve semanas de duración, al final de los cuales los estudiantes reciben una libreta de calificaciones. La libreta de calificaciones tiene el objeto de brindarles a los padres una información precisa del crecimiento y desempeño académico de sus hijos. Al final del primer y tercer trimestre, se lleva a cabo una conferencia con los padres/maestros. Se está creando una nueva libreta de calificaciones basada en estándares para las escuelas primarias. Esto dará como resultado una libreta de calificaciones que refleje mejor los estándares y expectativas de nivel de grado para los estudiantes en todos los niveles de grado. Esperamos que este cambio tenga lugar dentro de aproximadamente los dos años siguientes en nuestras escuelas primarias. Las libretas de calificaciones de JARDÍN DE INFANTES brindarán información en las siguientes áreas: Crecimiento educativo (Matemática/Ciencias, Artes del lenguaje, Habilidades de Trabajo y Social y Crecimiento Físico. Las explicaciones de las notas son: T  (Necesita más tiempo o experiencias para desarrollar), P (Realizando progresos) y S (Satisfactorio). PRIMARIA Grados  1-3 Calificaciones de logros: O-S-N* Lectura, Proceso de escritura, Ortografía, Escritura y Matemática Calificaciones de esfuerzo: O-S-N Lectura, Proceso de escritura, Ortografía, Escritura, Audición, Habla, Matemática, Salud, Ciencia, Estudios sociales, Arte, Música, Educación física y Hábitos laborales, Actitud y Conducta. * Las escuelas Birchwood y Northern Lights ABC usan calificaciones de letras desde primer grado hasta sexto. INTERMEDIO Grados  4-6 Grados de logros: A, B, C, D, F Lectura, Proceso de escritura, Ortografía, Matemática, Salud, Ciencias y Estudios sociales Calificaciones de esfuerzo: O-S-N Lectura, Proceso de escritura, Ortografía, Matemática, Salud, Ciencias y Estudios sociales Calificaciones de logros y esfuerzo: O-S-N Escritura, Música y Educación Física

Calificaciones sólo por esfuerzo: O-S-N Audición, Habla, Arte y Hábitos laborales, Actitud y Conducta

Información de Internet Nos complace ofrecerles a los estudiantes del Distrito Escolar de Anchorage acceso a la red de computadoras del Distrito para el acceso a Internet. Para obtener acceso a Internet, todos los estudiantes deben obtener permiso de los padres y deben firmar y devolver un formulario de Acuerdo del Usuario de Internet a la oficina escolar. Acceso: Mientras que la intención del distrito es poner a disposición de los alumnos el acceso a Internet para perseguir metas y objetivos educativos, los estudiantes pueden encontrar maneras de acceder también a otro material. Las familias deben tener en cuenta que cierto material accesible a través de Internet podría contener artículos ilegales, difamatorios, inexactos o potencialmente ofensivos. Creemos que los beneficios que los estudiantes adquieren ingresando a Internet, en la forma de recursos informativos y oportunidades de colaboración, exceden cualquier desventaja. En última instancia, los padres y guardianes de menores son responsables de establecer y transmitir las normas que deben seguir los niños al utilizar los medios y fuentes de información. Con ese objetivo, el Distrito Escolar de Anchorage apoyará y respetará los derechos de cada familia de decidir si solicitan o no el acceso. Expectativas para Internet: Los estudiantes son responsables de tener una buena conducta en las redes de computación de la escuela, de la misma manera en que la deben tener en un salón de clases o en los pasillos de la escuela. Las comunicaciones en la red a menudo son de naturaleza pública. Se aplican las reglas generales de la escuela para la conducta y las comunicaciones. La red se proporciona a los estudiantes para que lleven a cabo investigaciones. Se brinda acceso a los servicios de red a los estudiantes que estén de acuerdo en actuar de manera considerada y responsable. Se requiere permiso de los padres y los estudiantes que no posean dicho permiso tienen la responsabilidad de no acceder a Internet en la escuela. El acceso es un privilegio, no un derecho, y conlleva responsabilidad.

Procedimientos de recuperación Los estudiantes que estén enfermos pueden recuperar trabajos. Se otorgará privilegio de recuperación de un día por cada día de ausencia hasta un máximo de cinco días escolares, independientemente de la cantidad de días de ausencia. Si antes de la ausencia se había entregado notificación de una prueba, se espera que el estudiante realice la prueba el día que regrese a la escuela. Los estudiantes que sean suspendidos de la escuela pueden tener privilegios de recuperación. Estos privilegios serán explicados en la carta de suspensión. El maestro asignará una nota de “0” para cualquier prueba o trabajo de clase que deba entregarse el día(s) del ausentismo.

Libretas de calificacione La principal función de las libretas de calificaciones es informar al estudiante y a los padres/guardianes del progreso que el estudiante individual ha realizado en la clase. Se espera que un informe exacto y objetivo del estudiante y padres/guardián aliente al estudiante aprovechar todas las oportunidades educativas. El maestro puede entregar informes de progreso en cualquier momento. Los mismos pueden emitirse en la mitad del período de nueve semanas. Los informes tienen el objeto de informar al estudiante y a sus padres/guardián acerca del progreso del estudiante en una determinada materia en ese momento. Estos avisos actúan como guías generales tanto para los padres/guardianes como para los estudiantes, de modo que los estudiantes puedan mejorar sus hábitos de estudio y desempeño. Si usted tiene preguntas específicas, llame al maestro de su hijo para más información o para una entrevista.

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Distrito Escolar de Anchorage El distrito posee un número de programas con fines especiales para estudiantes con intereses y necesidades especiales. Los estudiantes en este programa cumplen con los requisitos del distrito de distintas maneras, incluyendo la innovación curricular y el desarrollo de habilidades básicas. Una excepción de zona y la participación en una lotería son partes esenciales de inscripción en estos programas alternativos. Las loterías se llevan a cabo el 15 de marzo y 15 de agosto de cada año. El transporte de los estudiantes en los programas basados en

  Programas escolares alternativos loterías es responsabilidad de los padres cuyos estudiantes vivan fuera de los límites del vecindario de las escuelas que alojan los programas alternativos. Si tiene alguna pregunta, sírvase llamar a Educación Primaria, 742-4254.

Escuelas ABC Birchwood ABC School K-6 Northern Lights ABC School K-8 Northwood ABC School Estas escuelas son altamente estructuradas y dedicadas a la excelencia académica. Las escuelas ABC buscan desarrollar un sentido de responsabilidad, patriotismo, ciudadanía, confianza, orgullo en los logros y una autoimagen positiva dentro de cada niño a través del logro académico.

Denali Montessori Este programa enfatiza la instrucción individualizada utilizando materiales basados en las etapas de desarrollo de los estudiantes. Los niños progresan a un ritmo adecuado a sus habilidades y niveles de logros. Las evaluaciones detalladas reemplazan a los grados tradicionales y registran los logros de cada niño.

Instrucción multi-sensorial

Alaska Native Cultural Charter School – Grados K-6 Aquarian Charter School – Grados K-6 Eagle Academy Charter – Grados K-6 Family Partnership Charter School – Grados K-12 Frontier Charter School – Grados K-6 Winterberry Charter School – Grados K-6 Las escuelas Charter ofrecen métodos de enseñanza o currículas alternativas y son dirigidas por un comité de política académica.

Baxter Elementary School El programa de instrucción multi-sensorial en el Distrito Escolar de Anchorage (M.S.I.) está diseñado para estudiantes con inteligencia de promedio a por encima del promedio con dificultades en lectura, escritura y/o ortografía. M.S.I. es un programa integral de lectura/artes del lenguaje basado en el National Reading Panel Report (Informe nacional de panel de lectura) (1999): Conciencia fonémica, instrucción de la fónética sistemática y explícita, desarrollo de vocabulario, comprensión y fluidez. Cada uno de estos componentes es desarrollado a través de lecciones secuenciales y sistemáticas que se enfocan en la escritura, el desarrollo del lenguaje oral, la escritura, la ortografía y la lectura. M.S.I. enseña patrones de pensamiento. Los estudiantes aprenden los procesos y reglas para deletrear, leer y escribir palabras. M.S.I. le enseña a los estudiantes a compensar y pensar a través del proceso del lenguaje, en vez de basarse en la memorización.

Programas opcionales elementales

Escuela Polaris K-12

Escuelas Charter

Bowman Open Optional Program – Grados K-6 Chinook Open Optional Program – Grados 1-6 Chugach Open Optional Program – Grados K-6 Eagle River Open Optional Program – Grados K-6 Susitna Open Optional Program – Grados K-6 Los programas opcionales están centrados en el niño, enfatizando el desarrollo físico, emocional y académico del niño individual. El método opcional se enfoca en “hacer”, lo cual constituye el enfoque de experiencia hacia la enseñanza.

Este programa es para estudiantes, padres y maestros que desean un énfasis en el aprendizaje autodirigido y la participación activa en la educación. Los estudiantes aprenden en grupos de edades múltiples basados en sus intereses, necesidades y niveles de desarrollo.

Programa de inmersión en idiomas del mundo  hugiak Spanish Partial Immersion Program (Programa de inmerC sión parcial al español Chugiak) – K-5 Government Hill Spanish Two-Way Bilingual Immersion Program (Programa de inmersión bilingüe doble de español) – Grados K-6 Sand Lake Japanese Partial Immersion Program (Programa de inmersión parcial de japonés) – Grados K-6 Scenic Park Chinese FLES Program (Programa de chino como idioma extranjero en escuela primaria) – K-6 Turnagain Russian Immersion Program (Programa de inmersión ruso) – K-6 Los programas de inmersión de idiomas ofrecen a los estudiantes la oportunidad de aprender con fluidez un idioma del mundo.

Pautas de escuela primaria

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  Asistencia Matrícula para no residentes Por ley estatal, todos los estudiantes no residentes que asisten a las escuelas de este distrito deben pagar la matrícula de inscripción escolar por adelantado. (AS 9.030) Esta ley se aplica a estudiantes cuyos padres no son residentes de la Municipalidad de Anchorage y que no se encuentran en custodia de un residente del distrito. (ASD Sección de Política 421.21) Para más información sobre la matrícula escolar de no residentes, sírvase comunicarse con el director de la escuela.

Requisitos de asistencia El Estatuto 14.30.010 del Estado de Alaska establece que “Todo niño de entre siete y dieciséis años debe asistir a la escuela pública del distrito en el que el niño reside durante cada año escolar. Cada padre, guardián u otra persona que tenga la responsabilidad o control de un niño de entre siete y dieciséis años debe garantizar que el niño asista a la escuela.” A pesar de reconocer que la responsabilidad de la asistencia regular de un estudiante recae sobre el padre/madre de dicho estudiante, las escuelas también reconocen la obligación de asistir a los padres y al niño para garantizar la asistencia regular. La política de asistencia está diseñada para alentar la asistencia regular y asegurar la comunicación entre la escuela y los padres. Todos los estudiantes deben cumplir con una asistencia regular y puntual, tal lo requerido por las leyes de Alaska. El Distrito Escolar de Anchorage considera que la asistencia regular del estudiante es uno de los factores determinantes más importantes en el éxito académico del estudiante. Los estudiantes deben estar en la escuela puntualmente y listos para aprender todos los días. Es conveniente que los padres llamen a la escuela cada vez que su estudiante no asista a la escuela para excusarlo de asistir ese día. Todo estudiante que se ausente de la escuela durante 10 o más días consecutivos sin contacto de los padres puede ser dado de baja de los registros de ASD. Antes de retirar a un estudiante por inasistencia, se tratará por los medios razonables de que dicho estudiante vuelva a tener asistencia completa y se documentarán los mismos. Los padres participarán del intento de solucionar el problema de inasistencia, antes del retiro por inasistencia. Los maestros proporcionan trabajos de recuperación por ausencias justificadas debido a enfermedad o emergencias familiares, pero no por vacaciones u otro tipo de ausencias voluntarias. El trabajo de recuperación se proporcionará con un aviso de 24 horas. Solicitamos a los padres/guardianes que informen el motivo de la ausencia al maestro o a la oficina de la escuela, preferentemente al iniciarse la ausencia. Recomendamos firmemente a los padres que planifiquen sus vacaciones familiares durante el receso escolar.

Impuntualidad La impuntualidad perturba la enseñanza para el estudiante retrazado y para el resto de la clase. Los estudiantes que no estén en el aula listos para la clase a las 9:00 A.M. o cuando comience el día escolar se considerarán como estudiantes impuntuales. El director del establecimiento puede tomar sanciones por impuntualidad. Ocho o más casos de impuntualidad en un trimestre se considerarán impuntualidad habitual.

Ausentismo injustificado Las ausencias injustificadas pueden ser acumulativas a lo largo del semestre. La ausencia injustificada además se define como la ausencia de un estudiante a la clase o escuela sin el previo conocimiento o consentimiento de los padres/guardián o por

motivos definidos por los procedimientos administrativos del Distrito. El ausentismo excesivo puede calificarse como ausencia injustificada. Luego del primer caso de ausentismo injustificado por parte de un estudiante, la escuela advertirá al estudiante y notificará a los padres/guardianes por escrito. Cualquier ausencia injustificada luego de la primera advertencia y notificación a los padres podría resultar en una suspensión de hasta tres días. Las ausencias injustificadas adicionales podrían resultar en una suspensión por el resto del período de evaluación. Una suspensión bajo esta sección está sujeta a los procedimientos y procesos de apelación contenidos en el documento de Declaración de Derechos y Responsabilidades (Política de Junta Escolar 450) contenido en el presente. El estudiante será calificado como ausente injustificado habitual después de cuatro (4) ausencias injustificadas producidas en un semestre y una falta de cooperación por parte de los padres/ guardián y/o del estudiante. Los padres/guardián serán notificados por correo y el estudiante y/o sus padres/guardianes pueden ser citados bajo AMC 8.05.445.

Retiro de la escuela durante la jornada escolar Para retirarse de la escuela fuera del horario de salida normal se requiere la autorización de los padres. Las personas que retiren a un alumno durante la jornada escolar deben comunicarlo a la oficina y autorizar la salida del alumno; no pueden dirigirse directamente al aula. Sólo las personas que figuran en el formulario de inscripción o en un formulario de salida de emergencia pueden retirar a un estudiante. Si los padres desean que alguna otra persona retire al niño, deben enviar una autorización escrita junto con la persona que retira al niño, quien deberá identificarse ante el personal de la oficina. Los estudiantes que regresen durante la jornada escolar deberán firmar en la oficina antes de volver a clases.

Responsabilidad hacia los niños sin hogar Ningún niño sin hogar será privado de cualquiera de las oportunidades o beneficios ofrecidos por el distrito debido a su situación familiar. Se tomarán medidas para ayudar a que los estudiantes sin hogar continúen asistiendo a su escuela de origen. Se ofrecerá transporte para los estudiantes sin hogar similar al que reciben los estudiantes de otros distritos. El distrito se esforzará por asegurar la inscripción y asistencia de los estudiantes sin hogar que actualmente no concurren a la escuela. Para más información acerca de este programa, comuníquese con el Programa Niño en Transición, al 742-3833.

Transferencia o retiro Solicitamos a los padres/guardianes que notifiquen a la oficina con una anticipación mínima de dos días si un estudiante se mudará de distrito o será transferido a otra escuela dentro del Distrito. En el caso que un estudiante se retire dentro de los últimos 15 días de clases, las calificaciones asignadas hasta ese momento se considerarán finales si el estudiante no se presenta en otra escuela.

Proceso de exención de zona de asistencia El Distrito Escolar de Anchorage mantiene una política de inscripción abierta. Los padres pueden solicitar la ubicación del estudiante en una escuela que no pertenezca a su vecindario completando una Solicitud de exención de zona de asistencia/ Solicitud de sorteo. El director aprobará las solicitudes en base al lugar disponible y las necesidades del programa. Las solicitudes se sortean dos veces al año (primavera y otoño) conforme a la Política de la Junta Escolar 332.3.

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Distrito Escolar de Anchorage

  Conducta del estudiante En el caso de que ciertas ofensas no se encuentren específicamente tratadas en este documento, los asuntos de conducta aquí tratados deben servir de guía para determinar las sanciones adecuadas.

Jurisdicción

Las siguientes reglas aplican en las instalaciones escolares, actividades escolares dentro y fuera de las instalaciones, en  los autobuses escolares y en las paradas de los mismos. La jurisdicción escolar también aplica a los actos que comienzan en las instalaciones escolares y son completados fuera de las mismas. Además, los actos que tengan lugar completamente fuera de campus, pero tengan efecto directo e inmediato ya sea en el decoro o bienestar escolar, seguridad o moral de los estudiantes, entran en la jurisdicción de la escuela. Ningún sistema de reglas puede proveer para cada situación y el Distrito puede prohibir y disciplinar otras ofensas no tratadas específicamente, que interfieran con la educación o seguridad de los estudiantes.

Instigador de un acto

Esta ofensa ocurre cuando una persona actúa como cómplice o de alguna manera asiste en la preparación, instigación, comisión o repercusiones de un acto punible.

Agresión

Agresión se define como causar/amenazar intencional o imprudentemente lesiones físicas a otra persona o colocar verbal o físicamente a otra persona en temor de lesión física inminente. La agresión con un arma será causa de recomendación de expulsión. Cualquier estudiante que agreda a un miembro del personal será colocado en suspensión de emergencia y se recomendará su expulsión.

Incendiarismo

Definido como daños o intento determinado de destruir propiedad iniciando o iniciando un incendio, o causando una explosión, o intentando iniciar un incendio o causar una explosión.

Intento

Un estudiante estará sujeto a disciplina por un intento de cometer un acto punible, aún si dicho intento no fue finalmente completado o exitoso.

Antes o después de la restricción escolar

Las escuelas no pueden permitir que los estudiantes permanezcan en las instalaciones escolares antes o después del día escolar regular a menos que dichos estudiantes se encuentren directamente involucrados en una actividad escolar supervisada y sancionada. Los estudiantes deben llegar a la escuela y ser retirados de la escuela en los horarios establecidos por el director. Los estudiantes autorizados para permanecer en el edificio mientras esperan el transporte deben permanecer en un área designada. Los estudiantes que se encuentren en propiedad de la escuela en horarios no autorizados estarán cometiendo una falta y estarán sujetos a sanciones disciplinarias por entrar sin autorización.

Actos criminales

La comisión o participación en cualquier actividad criminal, que tenga efecto directo e inmediato en el decoro de la escuela o el bienestar, seguridad o moral de los estudiantes, se encuentra prohibido. Esto incluye actividad criminal en las instalaciones de la escuela, en propiedad de la escuela, en autobuses escolares o en sus paradas, en actividades escolares dentro y fuera de las instalaciones escolares y en actos que tengan lugar completamente fuera de las instalaciones escolares. La escuela puede tomar acciones disciplinarias haya o no cargos criminales o acciones judiciales.

Materiales/objetos peligrosos

Se encuentran prohibidos los materiales u objetos que pongan en peligro la seguridad y/o bienestar de las personas que se

encuentran bajo jurisdicción de la escuela. Los mismos incluyen, pero no se limitan a, gas para defensa personal, spray pimienta, spray de usos químicos o productos químicos, pistones, balas, bolígrafos de láser y cualquier otro artículo potencialmente peligroso.

Conducta negativa

La conducta negativa consiste en comportamiento y/o apariencia perjudicial que interfiera con el programa escolar normal (incluyendo actividades patrocinadas por la escuela), el proceso educativo o las actividades legales de otras personas. Los estudiantes que se involucren en actividades negativas asociadas con bandas, pueden estar sujetos a expulsión en la primera ofensa.

Drogas y alcoholl

La venta real o intento de venta, uso y/o posesión de alcohol, drogas ilegales o inhalantes, sustancias diseñadas para parecerse a drogas ilegales o inhalantes, sustancias diseñadas para parecerse a drogas ilegales o sustancias con el fin de ser drogas ilegales o parafernalia de drogas, mientras se encuentren bajo jurisdicción de la escuela, estarán sujetos a las acciones correctivas correspondiente, incluyendo la suspensión y/o expulsión. Los estudiantes que participen de dichas actividades fuera de las instalaciones escolares y que regresen a la escuela o a actividades patrocinadas por la escuela, estarán sujetos a suspensión y/o expulsión como si las actividades hubieran tenido lugar en la escuela. El administrador de la escuela tomará acciones disciplinarias, independientemente de su se presentan cargos criminales o acciones judiciales. Los estudiantes estarán sujetos a arresto por cualquier actividad relacionada con alcohol o drogas. Una primera ofensa de un estudiante que venda, compre, use o posea alcohol, inhalantes, drogas ilegales, sustancias diseñadas para parecer drogas ilegales o sustancias con el fin de ser drogas ilegales o parafernalia de drogas, en jurisdicción de la escuela, resultará en la siguiente acción: 1.  Diez (10) días de suspensión de la escuela. 2. Derivación al Programa de Suspensión por Drogas/Alcohol. 3. Entrevista obligatoria con los padres/guardián/estudiante y el director de la escuela o persona designada antes de la readmisión a la escuela. Un estudiante puede regresar cinco (5) días antes de los diez (10) días de suspensión si hace lo siguiente: • completa el programa de educación de 5 días de drogas/ alcohol con una precisión de un 80 por ciento. Una segunda ofensa de un estudiante que venda, compre, use o posea alcohol, inhalantes, drogas ilegales, sustancias diseñadas para parecer drogas ilegales o sustancias con el fin de ser drogas ilegales o parafernalia de drogas, en jurisdicción de la escuela, resultará en una recomendación a la Junta Escolar de expulsión de la escuela. Un estudiante apresado en una primer ofensa por vender o intentar vender alcohol, inhalantes, drogas ilegales, sustancias diseñadas para parecer drogas ilegales o sustancias con el fin de ser drogas ilegales o parafernalia de drogas, mientras se encuentren bajo la jurisdicción de la escuela, resultará en una recomendación a la Junta Escolar de expulsión. A los estudiantes que hayan sido suspendidos se les negará la participación en actividades patrocinadas por otro Distrito durante el período en que la suspensión se encuentra en efecto y durante los períodos adicionales que resulten apropiados en cada caso individual.

Delitos de drogas/alcohol fuera de las instalaciones escolares

Las actividades relacionadas con droga/alcohol que tengan lugar fuera de las instalaciones escolares resultarán en suspensión/ expulsión si:

Pautas de escuela primaria Un estudiante deja las instalaciones escolares durante el día escolar y participa en actividades prohibidas relacionadas con drogas/alcohol y regresa a la escuela o a un evento patrocinado por la escuela el mismo día. El estudiante asiste a un evento patrocinado por la escuela dentro o fuera de las instalaciones y participa de actividades prohibidas relacionadas con drogas/alcohol antes de asistir o durante el evento. El estudiante viene a la escuela por primera vez durante el día escolar y participa de actividades prohibidas relacionadas con drogas/alcohol antes de ingresar a la escuela. El estudiante se detiene fuera de las instalaciones escolares camino a la escuela, deja las instalaciones durante el día escolar o se detiene fuera de las instalaciones en su camino de regreso de la escuela y vende, compra, regala o intenta vender, comprar o regalar drogas/alcohol prohibidos o sustancias con el fin de ser drogas/alcohol a otro estudiante.

Excesivas muestras de afecto Las excesivas muestras de afecto llevarán a acciones disciplinarias.

Falta de identificación personal Todos los estudiantes en instalaciones escolares, autobuses escolares, o en eventos patrocinados por la escuela deben, cuando se les solicite, identificarse con el personal del distrito escolar autorizado o su designado. Esta mala conducta incluye no proporcionarle a la escuela el nombre legal completo, dirección exacta/correcta y el número telefónico. No hacerlo traerá aparejado sanciones.

Incumplimiento con las reglas Todos los estudiantes deben cumplir con las reglas aplicables. Esto incluye, pero no se limita a, reglas del aula, reglas para conducta adecuada en el autobús, reglas para el uso de Internet y  correo electrónico y reglas para las actividades y las actividades posescolares.

Falsa alarma / Amenazas de bombas Activar una falsa alarma de incendio y/o tratar de forzar una alarma de incendio es contra la política del distrito escolar. Esto incluye cosas como amenazas de bomba y llamadas falsas al 911.

Falsa información La presentación de información o testimonio (oral o escrito) que sea engañoso, o una distorsión de hechos, o un intento real de fraude/trampa será tratado como una seria infracción.

Falsificación o falsa suplantación de identidad Los estudiantes tienen prohibido presentar un documento o identidad falsos. Los estudiantes no pueden fabricar, alterar o poseer un documento falso o falsificado. Los estudiantes no pueden asumir una falsa identidad con la intención de engañar al personal de la escuela, a otros estudiantes o a miembros de la comunidad, en conexión con cualquier actividad o función del distrito escolar.

Peleas Se insta a los estudiantes a buscar ayuda del personal para evitar una pelea. Consejeros, maestros, administradores y otras personas se encuentran disponibles para resolver dificultades de otra manera que no sea peleando. La pelea se define como amenaza verbal/física/instigación de la violencia o violencia en la cual se utiliza el golpear, patear, empujar y/o cualquier otro acto de violencia física contra otra persona. Cuando dos o más estudiantes se involucran en un altercado verbal o físico, todas las partes pueden ser suspendidas. La participación activa en una pelea resultará en suspensión, aún si se demuestra que la segunda persona comenzó la pelea. La auto-defensa puede reclamarse sólo cuando un estudiante actúa bajo la creencia razonable de que es necesario una acción

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defensiva para evitar lesiones y que no existen otras alternativas disponibles, incluyendo medios razonables de asistencia o  la retirada. El estudiante debe usar la fuerza mínima necesaria para escapar la lesión. No se podrá reclamar defensa propia si el daño causado por la defensa propia es desproporcionado al daño evitado. El estudiante que sea el agresor inicial o que provoque la conducta de otro estudiante, no podrá reclamar defensa propia. Ejemplos de defensa propia: Un claro mensaje verbal como: “No quiero pelear contigo”, acompañado por una postura corporal defensiva de manos abiertas para atajar los golpes, mientras se retrocede; un mensaje verbal claro de “Voy a buscar ayuda”, mientras se retrocede para evitar lesiones; rehusarse a participar de hostigaciones verbales e irse; o disculparse por un contacto involuntario.

Pirotecnia / Explosivos Se encuentra prohibida la posesión y/o uso de explosivos y/o dispositivos incendiarios en propiedad de la escuela. Los padres serán notificados sobre cualquier ofensa relacionada con explosivos. Los materiales serán confiscados y el estudiante será responsable de los daños. La ofensa será considerada incendiarismo si el fuego ocurre y se puede notificar a la policía

Acoso El acoso puede ser un acto físico, verbal, no verbal o escrito hacia otro estudiante o miembro del personal. Los actos de acoso incluyen, pero no se limitan a, asuntos raciales, sexuales, religiosos, de edad o discapacidad. Los estudiantes que acosan a otros crean un entorno escolar hostil, abusivo e inseguro. Se insta a los estudiantes a buscar ayuda del personal ante cualquier acto de acoso y deben reportar los incidentes de acoso de inmediato a funcionarios de la escuela. Los detalles acerca de la Política de Acoso ASD se encuentran en la página 14.

Conducta sexual inapropiada Esto incluiría bajarse los pantalones, intentar bajarle los pantalones a un estudiante, exposición indecente, ingresar a un baño del sexo opuesto y otras conductas sexuales relacionadas inapropiadas.

Tirar basura Es responsabilidad compartida por todos los ocupantes de las instalaciones mantener la apariencia y seguridad de las mismas. Los violadores están sujetos a las sanciones correspondientes.

Obscenidad / Blasfemia Los estudiantes deben usar la discreción en su elección de lenguaje. El lenguaje y/o gestos blasfemo y/o obsceno no será tolerado. Las obscenidades incluyen blasfemias orales o escritas y mensajes obscenos o sexuales (implícitos o explícitos). Los estudiantes que profieran blasfemias sobre o a cualquier miembro del personal, serán suspendidos.

Propiedad personal Los escritorios y/o armarios de los estudiantes no son lo suficientemente seguros como para guardar propiedad personal (por ej., iPods, dispositivos electrónicos, etc.). Las mismas restricciones aplican a frisbees, tabla de patinaje, reproductores de  CD y otros equipos de juguetes/juegos. Estos y otros artículos no están permitidos. Los teléfonos celulares deben apagarse y ocultarse durante el día escolar, incluyendo el almuerzo. Los mismos pueden utilizarse antes y después de la escuela. Las violaciones repetidas serán consideradas desobediencia voluntaria.

Organizaciones y grupos prohibidos Los grupos que inicien, apoyen o promuevan actividades que amenacen la seguridad o bienestar de personas o propiedad en la escuela o en actividades escolares, serán considerados negativos

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Distrito Escolar de Anchorage

para el programa educativo de la escuela y se encuentran prohibidos. Las vestimentas, joyas, accesorios o apariencias que impliquen o indiquen que una persona es miembro de un grupo prohibido, se encuentran prohibidos en la escuela o en actividades escolares. La participación en actividades como iniciación, cargadas, intimidación o actividades diseñadas para crear afiliación de grupo que puedan causar peligro corporal, daño físico o mental o daño emocional, se encuentra prohibida. Las personas que desplieguen símbolos de grupos prohibidos o que participen en actividades identificadas con grupos prohibidos o que participen en actividades que intimiden a otro estudiante, estarán sujetas a acciones disciplinarias. Los grupos que se comporten de las maneras descriptas en esta sección serán considerados bandas. La conducta de bandas se encuentra prohibida en la escuela y en las actividades escolares. Los estudiantes que se involucren en actividades negativas asociadas con bandas, pueden estar sujetos a expulsión en la primera ofensa.

Conducta imprudente o insegura

Armas y armas de fuego (SIN PISTOLAS) La posesión y/o uso de armas o artículos diseñados para parecer armas, bajo jurisdicción del distrito escolar, se encuentran estrictamente prohibidas por política de la junta escolar, ordenanza municipal y ley federal. Las armas incluyen, pero no se limitan a, armas de fuego, revólveres de municiones, arma paralizante, shockers, cuchillos, garrotes, puños de metal, numchuks y armas que se lanzan. Los estudiantes que posean armas estarán sujetos a acciones disciplinarias hasta e incluyendo la expulsión. Los estudiantes que posean armas en instalaciones de la escuela serán recomendados para expulsión.

Desobediencia voluntaria La desobediencia voluntaria incluye la negativa a cumplir con

Las acciones o conductas que pongan en peligro la seguridad y/o bienestar de las personas en jurisdicción escolar se encuentran prohibidas. Correr, arrojar objetos, juguetear, empujar, son ejemplos de conducta insegura.

así como la negativa a reconocer la solicitud de un miembro del

Robo

personal.

El robo o la posesión de propiedad robada, o el mal uso de propiedad robada por estudiantes se encuentran prohibido.

Tabaco

una solicitud o directiva razonable por miembros del personal,

Los procedimientos de apelaciones se encuentran en la sección de Derechos y responsabilidades del estudiante.

UEl uso o posesión de tabaco por estudiantes, en cualquier forma, en propiedad de la escuela, se encuentra prohibido. Los estudiantes que violen la regla de tabaco estarán sujetos a  sanciones. Una persona menor de 19 años no puede concientemente poseer un cigarrillo, cigarro o producto que contenga tabaco en el Estado de Alaska AS 11.76.105(a).  La posesión de tabaco constituye una violación y podría resultar en una multa de hasta $300.

Entrar sin autorización en propiedad privada Se considera que una persona está en propiedad privada sin permiso si ingresa o permanece en propiedad de la escuela o en actividades patrocinadas por la escuela sin permiso. Cualquier estudiante suspendido o expulsado de ASD no puede estar en ninguna propiedad de la escuela o actividad escolar, fuera o dentro de la propiedad de la escuela (por ej., partidos de jockey, etc.). Los  intrusos serán advertidos y luego se encuentran sujetos a arresto.

Vandalismo Remover, mal usar, destruir, desfigurar o mutilar objetos o  materiales pertenecientes a la escuela, personal de la escuela u otras personas, podría resultar en recomendación a la junta escolar de expulsión. El estudiante será responsable de cualquier daño.

  Reglas del autobús ELEGIBILIDAD

EN TODO MOMENTO

1. A los estudiantes que vivan a más de una milla y media de la escuela, o que deban cruzar un área de calzada peligrosa, se les proporcionará transporte de autobús. 2. Los estudiantes que se encuentren en excepciones de zona deben proporcionarse su propio transporte hacia y desde la escuela.

1. Ejercita buenas maneras, precaución y consideración por las demás personas. 2. Sigue las directivas del conductor del autobús, su principal preocupación es tu seguridad. 3. Identifícate cuando te lo soliciten. 4.  El conductor puede asignare un asiento al estudiante.

Elementary School Guidelines

ESPERANDO EL AUTOBÚS ESCOLAR 1. Permanece a una distancia segura de la carretera. 2. Debes estar en la parada de autobús cinco minutos antes del horario de partida del mismo. El conductor de tu autobús tiene un cronograma que debe cumplir. 3. Debes estar en la cola cuando el autobús se acerque. 4. Espera acercarte al autobús cuando el mismo se haya detenido por completo, las luces rojas se encuentren encendidas y el conductor te de la señal de acercarse. 5. Permanece lejos de las ruedas hasta que el autobús se haya detenido por completo, no juegues ni empujes a los demás. 6. Deja subir primero a los niños más pequeños. 7. Los estudiantes deben cruzar la calle sólo en frente del autobús cuando el conductor del mismo les da la señal de hacerlo. 8. Camina por la parte izquierda de la carretera, de frente al tráfico. 9. Respeta la propiedad privada. No tires basura ni entres en propiedad privada.

SUBIENDO AL AUTOBÚS ESCOLAR 1. Siempre usa la baranda y sube los escalones de a uno por vez. 2. No empujes, acoses ni molestes a los demás. 3. Dirígete directamente a tu asiento y siéntate. 4. No se permiten animales de ningún tipo en el autobús. 5. Los patines de hielo deben tener los protectores de seguridad en los filos y deben colocarse dentro de la mochila. 6. No se permiten skis, bastones, palos de hockey, patinetas, scooters y otros objetos con extremos filosos. 7. Los siguientes instrumentos musicales no serán transportados en un autobús escolar: guitarras, chelos, barítonos, bajos dobles, corno francés, trombones, saxofones (tenor y barítono) y tambores.

CONDUCTA EN EL AUTOBÚS ESCOLAR 1. Mantén los pasillos y salidas libres. 2. Coloca las mochilas y otros elementos sobre tu falda. 3. Permanece sentado hasta que el autobús se detenga por completo y bájate únicamente en tu parada regular. 4. Evita hablar fuerte, confusión o cualquier otra cosa que pueda distraer al conductor. 5. No te sientes en el asiento del conductor ni interfieras con el conductor de ninguna manera. 6. Mantente callado cerca de las vías de tren, para que el conductor pueda escuchar si viene un tren. 7. Mantén la cabeza, brazos y cuerpo dentro del autobús. 8. No arrojes objetos dentro del autobús ni fuera del mismo. 9. No mastiques tabaco, no fumes, comas, bebas ni uses alcohol, drogas o sustancias controladas en el autobús. 10. Las ventanillas pueden abrirse sólo con permiso del conductor. 11. No desfigures ni dañes el autobús y siempre ayuda a mantenerlo limpio.

12. Todos los estudiantes deben sentarse con seguridad, mirando hacia delante, con los pies sobre el piso. 13. En general, todos los estudiantes que viajan en el autobús escolar deben observar la misma buena conducta que en el aula. 14. La salida de emergencia y controles de salida pueden utilizarse únicamente durante ejercicios supervisados o emergencias reales.

BAJANDO DEL AUTOBÚS ESCOLAR 1. Permanece sentado hasta que el autobús se haya detenido por completo y se abra la puerta. Todos los estudiantes pueden bajarse únicamente en su parada de autobús regular. 2.  Usa la baranda y baja de a un escalón por vez. 3. Recuerda, empujar, acosar o gritar podría causar un accidente. 4. Después de dejar el autobús, ve a tu casa o a su lugar asignado. 5. Es responsabilidad de todos demostrar que son buenos ciudadanos cooperando con el conductor del autobús escolar en todo momento, de modo que tus padres y empleados del distrito escolar puedan depender de un transporte seguro, puntual y eficiente hacia y desde la escuela.

Sanciones para violaciones de las reglas del autobús Se espera que todos los estudiantes en el autobús se comporten de manera tranquila, calma y segura y que cumplan las reglas del autobús. Los estudiantes que se comporten de manera indisciplinada y/o insegura en el autobús o en la parada del mismo pueden recibir las siguientes sanciones: Primera y siguiente ofensa • entrevista de advertencia, notificación a los padres • suspensión de los privilegios del autobús • revocación de los privilegios del autobús • detención/detalle de trabajo • suspensión Las sanciones varían desde advertencia a suspensión, de acuerdo a la seriedad. Si cualquier ofensa es lo suficientemente flagrante, los privilegios de autobús del estudiante pueden ser revocados en ese momento para el resto del año escolar y/o suspensión de la escuela, a discreción del administrador del establecimiento.

RECUERDA 1. Viajar en el autobús escolar es un PRIVILEGIO y no un derecho. 2. Si la conducta del estudiante pone en peligro la salud, seguridad, comodidad o bienestar de otros, dentro o fuera del autobús, el privilegio de viajar en el mismo puede ser denegado por un funcionario del distrito escolar. 3. Que tu viaje sea seguro, agradable y lo disfrutes. PELIGRO PASO DE AUTOS ZONA DE PELIGRO

AUTOBÚS ESCOLAR

MÁS PELIGROSA

ZONA DE PELIGRO

MÁS PELIGROSA

5. Los estudiantes no pueden tener en posesión nada que pudiera lastimar a otras personas. 6. Los estudiantes elegibles para transporte deben usar la parada de autobús más cercana a su casa. 7. Los estudiantes deben ir en el autobús asignado, a menos que presenten una nota al conductor de sus padres/guardián y con las iniciales del director. 8. Permanece fuera de las zonas de peligro en todo momento. 9. Se espera que todos los estudiantes tengan un correcto comportamiento de clase mientras caminan hacia la parada y speran el autobús. 10. Los autobuses cerrarán sus puertas en el horario de salida en la escuela. No se le permitirá abordar el autobús a los estudiantes que lleguen tarde mientras el autobús esté partiendo.

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15 FT.

Paseos Espacio

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Distrito Escolar de Anchorage

  Política de acoso No se tolerará el acoso de empleados y estudiantes en el Distrito Escolar de Anchorage. El Distrito Escolar de Anchorage incluye las instalaciones del distrito escolar y los edificios del distrito escolar. Incluye propiedad no perteneciente a la escuela si el estudiante o empleado se encuentra en alguna actividad o función patrocinada, aprobada o relacionada con la escuela, como por ejemplo viajes escolares o eventos sociales/atléticos, donde los estudiantes se encuentran bajo control del distrito escolar o donde el empleado se encuentra participando de negocios de la escuela. El acoso incluye, pero no se limita a: raza, religión, nacionalidad, sexo, discapacidad o apariencia, edad, estado civil, creencias políticas o religiosas, antecedentes sociales o culturales u  orientaciones sexuales. Se encuentra prohibido el acoso por miembros de la junta, administradores, empleados, estudiantes, proveedores y otras personas que realicen negocios con el distrito escolar. Los empleados o estudiantes cuya conducta viole esta política, estarán sujetos a acciones disciplinarias, hasta e incluyendo el despido, suspensión u otra acción apropiada. Otros individuos cuyos comportamientos violen esta política, estarán sujetos a las correspondientes sanciones según lo determine e  imponga el director o la junta. El acoso sexual incluirá, pero no se limitará a, avances sexuales no bienvenidos, solicitudes de favores sexuales y otros contactos verbales o físicos de naturaleza sexual cuando: • la aceptación de tal conducta sea un término o condición de empleo de un individuo o de educación de un estudiante u otro estado escolar, ya sea explícita o implícitamente. • la aceptación o rechazo de tal conducta por un individuo es utilizada como base para empleo o decisiones educativas que afectan a dicho individuo, o

• tal conducta tiene el propósito o efecto de interferencia no razonable con el desempeño laboral de un individuo, los logros educativos o la creación de un entorno escolar o laboral intimidante, hostil u ofensivo. Otros tipos de acoso pueden incluir, pero no limitarse a, contacto o comunicación verbal o física, que sea ofensiva y cree un entorno laboral o escolar hostil, abusivo o inseguro. Se podrán tomar acciones disciplinarias contra los individuos que realicen acusaciones falsas o frívolas. Los empleados que crean haber experimentado un acto de acoso, deben informar el asunto a sus supervisores de inmediato. Los supervisores deben investigar el asunto y advertir a la oficina de EEO. Además, los empleados también pueden informar el incidente directamente a la oficina de EEO, o a una agencia externa, es decir, la Comisión de Derechos Equitativos de la Municipalidad de Anchorage, el Ombudsman, la Comisión de derechos Humanos de Alaska, la Comisión de Igual Oportunidad de Empleo de EE.UU., la Oficina de Derechos Civiles. Los estudiantes que crean haber experimentado un acto de acoso, deben informar el asunto a su director o designado de inmediato. El director de la escuela o designado deberá investigar el asunto y advertir a la Oficina de EEO. Además, los estudiantes también pueden informar el incidente directamente a la oficina de EEO, o a una agencia externa, es decir, la Comisión de Derechos Equitativos de la Municipalidad de Anchorage, el Ombudsman, la Comisión de derechos Humanos de Alaska, la Comisión de Igual Oportunidad de Empleo de EE.UU., o la Oficina de Derechos Civiles.

  Información útil Accidente – Enfermedad – Seguro

Disputas de custodia

Siempre que ocurra un accidente o enfermedad de naturaleza seria, hacemos todo lo posible por contactar a los padres. Si no podemos ubicarlos, notificaremos a su contacto de emergencia o al doctor si ha indicado alguno. En el caso de enfermedades menores, evaluaremos la situación, proporcionaremos asistencia al estudiante y notificaremos a los padres si el estudiante empeora. Bajo ninguna circunstancia enviaremos al estudiante a casa durante el día escolar, a menos que los padres o el contacto de emergencia vengan a la escuela a retirar al estudiante. POR FAVOR MANTENGA ACTUALIZADOS TODOS LOS NÚMEROS TELEFÓNICOS. Notifique a la escuela por escrito si saldrá de la ciudad y el estudiante se quedará temporalmente con un amigo o familiar. Nuevamente, los estudiantes pueden ser retirados únicamente por los padres o las personas designadas por los mismos por escrito. Recomendamos que le proporcione a su amigo o familiar una declaración notarial para autorizar cualquier tratamiento médico de emergencia que fuera necesario. EL DISTRITO ESCOLAR DE ANCHORAGE NO POSEE SEGURO MÉDICO O DE ACCIDENTES PARA LOS ESTUDIANTES.

Cada año al personal de la escuela, incluyendo maestros, directores, consejeros, enfermeras y otros a veces se les pide, por parte de uno de los padres, que evite que otro padre venga a la escuela a ver al niño, lo recoja de la escuela u obtenga los registros escolares del niño. Esto coloca al personal y al distrito escolar en una posición muy difícil. Bajo las leyes de Alaska, ambos padres tienen los mismos derechos y acceso a sus hijos y de participar en la educación de sus hijos, a menos que exista una orden judicial que restrinja este derecho. Es política del Distrito Escolar de Anchorage que ambos padres tengan el derecho de venir a la escuela a participar en la educación de sus hijos y a ejercitar todos los derechos que tienen los padres acerca de sus hijos. Se les puede pedir a los padres que presenten pruebas de su posición legal. El Distrito Escolar de Anchorage y el personal no honrará ningún pedido de uno de los padres de mantener al otro padre alejado del niño a menos que el Distrito reciba una copia certificada de una orden judicial. La orden judicial debe establecer claramente que al otro padre no se le permite tener acceso al niño o tiene restricciones o límites en sus derechos parentales sobre el niño.

Dirección y números telefónicos actuales Es primordial que la escuela tenga su dirección y teléfonos actuales. Si es necesario contactar a los padres, la demora causada por la falta de información actualizada podría causar en una prolongación de molestias para un niño enfermo o una innecesaria ansiedad en otras situaciones.

Ley estatal Los Estatutos de Alaska, Sección 25.20.130 trata del acceso de padres a los registros de su hijo. A un padre que no se le otorga custodia bajo AS  25.20.060 – 25.20.130 tiene el mismo acceso a los registros médicos, dentales, escolares y demás de su hijo como el padre con la custodia. (S 6 ch 88 SLA 1982)

Pautas de escuela primaria Información de directorio

La información de directorio del estudiante puede revelarse a discreción de la escuela a menos que el director haya sido notificado por escrito por el estudiante o padres/guardián que parte o toda la información no sea designada como información de directorio. Las siguientes categorías de información han sido designadas como información de directorio: nombre del estudiante, dirección, número telefónico, fecha y lugar de nacimiento, fechas de asistencia, nivel de grado, títulos y premios recibidos, fecha de graduación, nombre de la escuela secundaria a la que asistió últimamente, participación en actividades y deportes oficialmente reconocidos y altura y peso de los miembros de equipos intel escolares. En dos instancias, la ley obliga al distrito a revelar cierta información de contacto acerca de los estudiantes de escuela secundaria junior y senior, a menos que los padres/guardián se opongan. Primero el distrito tiene la obligación de proporcionarle a la Universidad de Alaska los nombres y direcciones de aquellos estudiantes elegibles para los programas de becas escolares UA. Segundo, al recibir una solicitud para reclutamiento militar y/o instituciones de enseñanza superior, el distrito debe proporcionar los nombres, direcciones y números telefónicos. Si usted no desea que se revele dicha información, por favor póngase en contacto con el director de su escuela.

Multas y cargos Es política de la Junta escolar esperar pago por multas o cargos en el caso de que propiedad de la escuela se pierda, sea vandalizada o no devuelta. Esta política incluye, pero no se limita a, libros de la biblioteca, libros de texto, cargos por almuerzos, o daños a propiedad de la escuela o a las instalaciones.

Comidas gratis / a precio reducido Se le pueden proporcionar comidas gratis o con descuento a un estudiante cuyos padres/guardián califique bajo las Regulaciones Federales de Ingreso y Tamaño Familiar. Las solicitudes se pueden completar en cualquier momento durante el año escolar. Póngase en contacto con el personal de la escuela para obtener los formularios de solicitud. Toda la información es confidencial.

Participación en actividades físicas Generalmente hablando, todo estudiante que asiste a la escuela en un día determinado se encuentra en buen estado como para participar en recesos programados y clases de educación física durante el día. El aire fresco y ejercicios son esenciales para el desarrollo de un niño. Si existe una razón médica por la que el estudiante no pueda estar afuera, deberá presentar certificado médico y entonces permanecerá adentro en el edificio.

Vacunas Antes del primer ingreso a la escuela, los estudiantes deben ser vacunados de acuerdo a las regulaciones estatales.

Objetos perdidos y encontrados Todos los objetos perdidos y encontrados de naturaleza personal (relojes, anillos, ropa, etc.) son conservados en la oficina escolar o lugar designado. Los materiales de biblioteca son enviados a la misma y los libros de texto a salas de profesores. Si has perdido un objeto, busca en el lugar correspondiente. Si encuentras un artículo, llévalo a la oficina escolar. Los artículos que se llevan a la oficina permanecerán allí por un mínimo de treinta (30) días escolares y luego podrán entregarse a alguna organización de caridad local. Por favor colóquele nombres a las pertenencias de su hijo.

Costo del almuerzo En una emergencia, los niños pueden retirar un almuerzo si olvidan su almuerzo o el dinero para el mismo. Dado que sólo existe una pequeña suma de dinero para cubrir costos de almuerzos, se espera que el niño devuelva el dinero al día escolar siguiente.

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Reportes obligatorios a OCS El abuso o abandono infantil, según lo define el Estatuto de Alaska Título 47.17 significa “lesiones físicas o abandono, daños mentales, abuso sexual, explotación sexual o maltrato de un niño menor de 18 años por una persona bajo circunstancias que indiquen que la salud o bienestar del niño sea dañada o amenazada”. Las leyes de reporte especifican que el personal de la escuela que tenga “un motivo razonable para sospechar” que un niño está siendo abusado o abandonado deben denunciar dicha sospecha a la Oficina de Servicios del Niño. Los empleados en el Distrito Escolar de Anchorage han sido capacitados para responder a un niño que necesite ayuda. Las principales responsabilidades del personal escolar son identificar a un niño abusado o abandonado y cumplir con las leyes que requieren denunciar una sospecha de abuso a las autoridades correspondientes. Sea que la denuncia se trate de daños físicos, daños mentales, abandono o abuso sexual, la investigación y determinación de actos debe dejarse en manos de la División de servicios de familia y menores, específicamente creados para ese propósito. El objetivo de la ley de denuncia de abuso y abandono infantil es proteger a los niños cuya salud y bienestar puedan estar afectados por la imposición, no accidental, de daños a través de lesiones físicas o abandono, daños mentales, abuso sexual, explotación sexual o malos tratos. Los empleados del distrito escolar deben denunciar las sospechas de abuso o abandono infantil y no deben investigar dichas sospechas antes de realizar la denuncia requerida a la Oficina de Servicios del Niño.

Medicación No se administrará ningún medicamento sin el correspondiente consentimiento/permiso escrito por los padres/guardián y/o médico. La enfermera de la escuela le suministrará el correspondiente formulario para el tipo de medicamento. Todos los medicamentos deben ser entregados a la enfermera en su envase original, etiquetado con el nombre del estudiante y acompañado por el formulario correspondiente. Las instrucciones para la administración incluirán identificación, cantidad, motivo y posibles efectos secundarios. Todos los medicamentos deben ser entregados a la enfermera por los padres/guardián, a menos que lo apruebe la enfermera o administración escolar. Los estudiantes tienen prohibido llevar consigo medicamentos en las instalaciones de la escuela, excepto ciertos medicamentos de emergencia mediante arreglos previos con la enfermera y el médico. La enfermera de la escuela dispensará todos los medicamentos con receta y de venta libre. Si la enfermera está ausente o no se encuentra disponible, una persona responsable y capacitada puede dispensarlo, según lo permiten las Regulaciones de Enfermería de Alaska. Ciertas medicaciones no pueden ser delegadas y se realizarán los arreglos necesarios para su administración dentro de lo posible. La administración de la medicación depende de la discreción de la enfermera y la observación de las posibles reacciones adversas o interacciones y podría derivarse al médico según sea necesario para garantizar la seguridad del estudiante durante las horas escolares. Los medicamentos y/o suministros médicos vencidos no serán utilizados por ASD; los padres/guardianes deben suministrar medicamentos y suministros actuales en todo momento.

Enfermera Los estudiantes que se enfermen durante el día escolar deben reportarse a la enfermera. Si es necesario irse a casa o a un médico, la enfermera informará a los padres/guardián y el estudiante será retirado de la escuela. (Si tiene alguna pregunta con respecto a su salud, consulte a la enfermera de la escuela). Los estudiantes que se retiren debido a enfermedad sin haber registrado su

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Distrito Escolar de Anchorage

salida, serán considerados ausentes sin causa en las clases a las que falten. Los estudiantes que deban tomar medicamentos durante el día escolar deben tener los formularios correspondientes completados y la enfermera de la escuela les administrará la medicación. Los formularios de medicamentos se encuentran disponibles de su médico o en la oficina de la escuela.

Exámenes físicos Todos los estudiantes que ingresen a jardín de infantes deben tener un certificado de examen físico. El examen físico debe completarse dentro de los doce (12) meses anteriores al ingreso al jardín de infantes o dentro de los noventa (90) días después de ingresar a la escuela. A todos los estudiantes que se muden al Distrito se les realizará un examen de salud por una enfermera escolar certificada dentro de los noventa (90) días del inicio escolar.

Inscripción Todos los estudiantes primarios deben inscribirse en la escuela antes del comienzo del año escolar. Los padres recibirán información sobre las fechas de inscripción cada primavera. Las inscripciones ayudan a asegurar que el personal sea el adecuado antes del comienzo del año escolar y también ayuda a actualizar nuestros registros escolares (o sea, cambios de direcciones y números telefónicos, cambios de contactos de emergencia, etc). Los padres deben traer constancia de residencia cuando se cambien de escuela debido a zona, cuando soliciten una excepción de zona o cuando el niño es nuevo en el distrito o en la escuela (esto automáticamente aplicaría a todos los estudiantes en jardín de infantes, 7mo y 9no grado).

Responsabilidad por propiedad personal El Distrito Escolar de Anchorage no se hace responsable por los daños, robos o pérdidas de propiedad personal en las instalaciones de la escuela. Se advierte a los individuos que no traigan grandes sumas de dinero u otros objetos valiosos a la escuela.

Lesiones y seguro estudiantil El Distrito Escolar de Anchorage hace todo lo posible para evitar las lesiones en los estudiantes y ha implementado un programa de prevención de accidentes muy efectivo. A pesar de nuestro esfuerzo, en ocasiones los estudiantes se accidentan en la escuela. Es importante que comprenda que nosotros no ofrecemos cobertura de seguro médico para accidentes en la escuela. Esto significa que los gastos médicos en el caso que su hijo se lesione durante las actividades escolares estarán a su cargo. A fin de ofrecerle un seguro médico y contra accidentes accesible y efectivo, el Distrito le brinda información acerca de opciones accesibles de cobertura estudiantil. Los planes de seguro estudiantil están disponibles en Myers-Stevens & Toohey & Co. Llame al 800-827-4695 o visite www.asdk12.org para obtener más información.

Registros del estudiante La oficina escolar conserva y mantiene un registro acumulativo de cada estudiante. Dicho registro incluye los logros académicos, calificaciones de las pruebas, problemas disciplinarios serios (o sea, violaciones de droga/alcohol, armas) y otra información requerida por el Distrito y/o las reglas y regulaciones del Estado de Alaska. Estos registros se encuentran disponibles para inspección de los padres/guardián si lo solicitan. Por favor ayúdenos a mantener la información relevante lo más actualizada posible. Notifique a la oficina escolar si cambia su dirección o número telefónico; esto es un tema de absoluta importancia para la seguridad de su hijo.

Transferencia de registros del estudiante No Child Left Behind (ningún niño es dejado de lado) requiere que todos los distritos escolares transfieran información relacionada con suspensiones o expulsiones de estudiantes, además de los registros académicos, cuando el estudiante se transfiere a cualquier escuela pública o privada primaria, media o secundaria. Al transferir al niño, los padres tienen el derecho de solicitar una copia de la información revelada a la nueva escuela.

Libros de texto y suministros Los estudiantes tienen la responsabilidad de cuidar todos los textos que se les entregan. Se evaluará una multa si se pierde o daña algún libro de texto. Los estudiantes deben traerse papel, cuadernos, bolígrafos, lápices y suministros relacionados.

Uso de Internet en la escuela El estudiante debe traer permiso por escrito de los padres/ guardianes antes del uso de Internet. Los formularios de permiso para el uso de Internet serán conservados en el archivo acumulativo del estudiante. Los estudiantes que utilicen Internet de manera inapropiada pueden perder su privilegio y acceso a  Internet. Las violaciones podrían resultar en la pérdida del acceso así como en otras acciones disciplinarias o legales.

Visitantes Todos los visitantes de la escuela, incluyendo padres y guardianes, deben registrarse en la oficina principal y recoger el prendedor de ID de visitante para usarlo mientras están de visita en el edificio. Las visitas de padres y guardianes a las clases son bienvenidas. Para que la interrupción al proceso de enseñanza sea mínima, se debe arreglar las solicitudes de visita a las clases con la escuela. Las visitas espontáneas del público se mantendrán al mínimo.

Tiempo invernal / recreos al aire libre A discreción del director o designado por el director, se espera que los niños salgan afuera en el recreo con una temperatura de hasta -10 grados. Cuando la temperatura alcanza los 0 grados Fahrenheit, o más frío, los niños serán admitidos en el edificio al llegar a la escuela, en vez de ingresar en los horarios de apertura regulares. Se espera que los niños tengan ropa de invierno adecuada, gorros, calzados y guantes o mitones aislantes. Es necesaria la nota de un médico para excluir a un estudiante de su participación en actividades al aire libre. Es objetivo del Distrito Escolar de Anchorage crear y mantener un entorno seguro en nuestras escuelas. A ese fin, cada escuela tiene un conjunto de procedimientos y prácticas en el lugar, diseñadas para proporcionar dirección para el personal y estudiantes en el caso de una emergencia en la escuela. Consideramos que el estudiante individual es la mejor fuente de información con respecto a actividades peligrosas o ilegales que involucren a otros estudiantes o no estudiantes en la escuela. Recomendamos encarecidamente a los estudiantes que nos ayuden en nuestros esfuerzos por mantener la escuela segura, reportando cualquier comportamiento peligroso/ ilegal o artículos al personal de la escuela o a sus padres.

Pautas de escuela primaria Se llevarán a cabo ejercicios de simulacros regularmente durante el año escolar en todas las escuelas primarias.

Simulacro de terremoto Cuando un terremoto sacude por uno o dos minutos, la tierra sólida puede moverse y balancearse como la cubierta de un barco. El movimiento es atemorizante, pero a menos que se te caiga algo encima, es inofensivo. Permanece en calma y espera

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a que termine. Tus chances de supervivencia son buenas si sabes cómo actuar. Durante el movimiento, debes hacer lo siguiente: En el interior Permanece en el interior. Colócate bajo algún mueble robusto: escritorio, mesa, etc. Sostente de la pata de una mesa o algún otro soporte robusto. Muévete hacia el centro del edificio en los pasillos. Permanece alejado de ventanas y otros objetos de vidrio.

  Seguridad del estudiante No utilices velas, fósforos u otras llamas abiertas. Si un edificio dañado es evacuado, no vuelvas a ingresar en él, los sacudones posteriores podrían hacer caer el edificio. Fuera del edificio Permanece lejos de los edificios donde pueda haber peligro de caída de escombros. Permanece en sitios abiertos al aire libre, lejos de edificios o cableados. Si estás en un auto movimiento, detente y permanece dentro.

Simulacro de evacuación El sonido de una alarma o un anuncio son las señales para evacuar el edificio. Muévete rápido, pero no corras, de manera calma y organizada, hacia las salidas del edificio. Si encuentras una escalera o salida bloqueada, avisa a las personas que vienen detrás y retírate de manera ordenada hacia otra salida. Todos los estudiantes deben avanzar a una distancia de al menos 100 pies del edificio, a un área planificada con anterioridad y permanecer allí ordenadamente para que los bomberos puedan operar con seguridad. Se espera que todos los estudiantes estén familiarizados con el camino de salida de un simulacro de incendio en todas las aulas.

Simulacro de confinamiento (lockdown) Un anuncio por el intercomunicador será la señal de que la escuela entra en una situación de confinamiento. Los estudiantes que se encuentren en los pasillos deben buscar rápidamente el aula más cercana. Los estudiantes deben mantener la calma y seguir las instrucciones del maestro, que puede incluir agacharse y cubrirse lejos de puertas y ventanas, apagar las luces del aula, acostarse en el piso y permanecer en silencio. Los estudiantes deben permanecer en sus aulas hasta recibir más instrucciones. Si las clases son en el exterior, deben ingresar al edificio, a un área segura planificada de antemano.

Permanecer quieto Se hará un anuncio indicando que las personas deben permanecer quietas. Los estudiantes no podrán salir de sus aulas por ningún motivo. Los maestros pueden cerrar las puertas con llave, tomar asistencia de los estudiantes en sus aulas y continuar la clase normalmente. Si las clases son en el exterior, deben ingresar al edificio, a un área segura planificada de antemano. Espera la señal de luz verde antes de reanudar las actividades normales.

Corte de energía Si se corta la luz durante el horario escolar y no existe ninguna otra emergencia, permanece en la escuela y espera las

instrucciones. Por lo general, la energía se restaurará en un corto período de tiempo y se puede proporcionar el servicio de luces de emergencia.

Accidentes de los estudiantes Se alienta a todos los estudiantes a adquirir seguro contra accidentes a través del agente de seguro familiar regular. El Distrito Escolar de Anchorage no posee seguro de accidentes para cubrir a los estudiantes. Cualquier accidente que ocurriera en propiedad de la escuela (incluyendo en los autobuses), debe reportarse a la escuela de inmediato. De no hacerse así, se pondría en riesgo la cobertura de tu póliza de seguros.

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Distrito Escolar de Anchorage

  Participación de los padres Los padres cumplen un rol fundamental en la educación de sus hijos. La participación paterna, en sus varias formas, impacta positivamente en el logro de los estudiantes. El Distrito Escolar de Anchorage está comprometido a continuar su fuerte lazo con los padres en la educación de sus hijos. La Ley No Children Left Behind (Ningún niño es dejado de lado) reconoce la importancia de la participación de los padres también, y requiere que las escuelas les proporcione a los padres una copia de la política de la junta escolar del distrito acerca de la participación de los padres. Nuestra política se encuentra a continuación. Si tiene alguna pregunta o sugerencia sobre la participación los padres, no dude en contactarse con el director.

Participación de los padres Teniendo en cuenta el rol clave de los padres en promover una escolaridad efectiva, la administración del Distrito Escolar de Anchorage asistirá a las escuelas a desarrollar programas integrales y continuos de participación de los padres en todos los niveles. El distrito proporcionará oportunidades bienvenidas para la participación de los padres en la resolución de inquietudes. La meta principal es promover mayor éxito de los estudiantes en todas las áreas curriculares haciendo que las escuelas y los padres sean más productivos en la educación de sus hijos. Para apoyar la misión de las escuelas de Anchorage de educar a todos los niños para el éxito en la vida, las escuelas y los padres deben trabajar como socios informados y respetuosos.

Definición El término “participación de los padres” significa la participación de los padres en una comunicación regular, ida y vuelta, con respecto al aprendizaje académico de los estudiantes y otras actividades escolares, incluyendo proporcionar oportunidades y apoyo para lo siguiente: 1. Que los padres juegan un importante rol en el apoyo del aprendizaje de sus hijos y en el programa educativo en general y en el entorno de la escuela; 2. Que se alienta a los padres a participar activamente en la educación de sus hijos en la escuela y en el hogar; y 3. Que los padres son socios completos en la educación de sus hijos y son incluidos, como corresponde, en la toma de decisiones y en los comités de asesoramiento para asistir en la educación de sus hijos. El distrito proporcionará oportunidades completas para la participación de todos los padres, incluyendo aquellos con poca competencia de inglés, padres con discapacidades y padres de niños migratorios.

Planificación Como parte de su planificación de mejoras anual, las escuelas y el distrito, con la participación de los padres, desarrollarán y evaluarán planes integrales de participación de los padres. Estos planes deben diseñarse para detallar las maneras en las que el distrito o la escuela: 1. Involucrará a los padres en el desarrollo de planes de mejora del distrito o escuela. 2. Ofrecerá asistencia técnica y coordinación para ayudar a las escuelas a planificar las actividades de participación de los padres para mejorar el rendimiento académico de los estudiantes y de la escuela. 3. Construirá capacidades de la escuela y de los padres para una fuerte participación de los padres.

4. Coordinará e integrará estrategias de participación de los padres con otros programas. 5. Evaluará anualmente con los padres la efectividad de la política según se implemente en cada escuela y en el distrito para lograr la mejora académica. La evaluación debe incluir la identificación de barreras con respecto a la participación de los padres, especialmente barreras hacia padres que se encuentran en desventaja económica, discapacitados, hablan un inglés limitado, poseen poca instrucción o pertenecen a una minoridad racial o étnica.

Responsabilidades de la escuela y del distrito 1. Ayudar a los padres a entender las evaluaciones estatales y locales sobre el progreso de sus hijos y cómo monitorear el progreso y el trabajo con los educadores 2. Proporcionar a los padres los materiales y la capacitación para mejorar los logros de sus hijos, como por ej., capacitación en alfabetización, uso de tecnología y mejorar las habilidades de paternidad 3. Educar a maestros, administradores y demás personal escolar acerca del valor y métodos de llegar a los padres como socios igualitarios 4. Dentro de lo posible, asegurarse de que la información sobre la escuela y los programas para padres se encuentren en un formato y lenguaje que los padres puedan entender.

Apoyo del distrito El Distrito apoyará a las escuelas y programas en sus esfuerzos por hacer lo siguiente: 1. Publicitar su compromiso con la participación de los padres en las escuelas públicas. 2. Identificar los programas y las prácticas promisorias con respecto a la participación de los padres. 3. Dirigir fondos hacia el desarrollo de programas, proyectos de muestra y evaluaciones. 4. Brindar asistencia y soporte técnico para desarrollar programas de participación de los padres efectivos a través de lo siguiente: a. Compartir información e investigación sobre la participación de los padres y las prácticas efectivas; b. Desarrollar programas de educación en servicio sobre la conciencia cultural y la participación de los padres para maestros, administradores y padres que asistan en satisfacer las necesidades individuales de las diversas poblaciones culturales y lingüísticas y c. Trabajar con escuelas y universidades que capaciten a  maestros y administradores para desarrollar programas pre-servicios efectivos en las conexiones entre la escuela y la familia. 5. Cumplir con los requisitos estatales y federales de participación de los padres y 6. Proporcionar un continuo seguimiento y evaluación de los esfuerzos de participación de los padres según se requiera. 7. El director o designado desarrollará un método para medir y reportar los resultados de cada evaluación escolar anual.

Pautas de escuela primaria   Proceso de reclamación del estudiante El Proceso de reclamación del estudiante ha sido desarrollado por el Distrito Escolar de Anchorage para resolver asuntos en los que un estudiante sienta que se han violado sus derechos civiles, incluyendo los derechos protegidos por el Título IX. Este proceso también aplica a instancias en las que un estudiante sienta que ha sido discriminado por miembros del personal escolar debido a temas como su raza, discapacidad, nacionalidad o sexo. Este proceso también puede utilizarse para tratar crédito, cronogramas o relaciones entre el personal y el estudiante, incluyendo disciplina en el aula y asistencia a clase. Si deseas usar el procedimiento de reclamación, consulta con el director de la escuela o designado, quien te guiará a través del proceso.

Definición de términos: Reclamación: Presunta violación de las políticas de la Junta Escolar, reglas y regulaciones de la administración central o políticas administrativas, así como prácticas pasadas y procedimientos informales. Demandante: Persona que presenta una reclamación sobre otra persona. Demandado: Persona contra quien se presenta la reclamación. Persona de contacto: Persona con quien el demandante puede discutir el asunto antes de presentar una reclamación. Asegúrate de encontrar la persona de contacto para tu tipo de reclamación.

Procedimiento del proceso 1. Discutir el asunto con el director. Puede que sea fácilmente resuelto en este nivel. 2. Si las circunstancias no permiten el uso de nº 1 o si tu queja no es resuelta dentro de los 5 días escolares, puedes presentar una reclamación. La reclamación debe presentarse por escrito y en el Formulario de Reclamación del Estudiante. El Formulario de Reclamación del Estudiante puede obtenerse en la oficina de la escuela o puede bajarse del sitio web de ASD: www. asdk12.org. 3. Completa el formulario de reclamación del estudiante y envíalo al director/designado. Asegúrate de detallar el problema exacto y lo que deseas que ocurra.

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4. Las reclamaciones deben iniciarse dentro de los cinco (5) días escolares del presunto acto y será concluido dentro de los 20 días escolares excepto por las reclamaciones sobre igualdad de sexos. 5. Las reclamaciones por igualdad de sexos (Título IX) pueden presentarse dentro de los 30 días del supuesto acto y serán concluidos dentro de los 5 días escolares de la fecha de la queja. Sigue los plazos de tiempo que figuran en el manual del estudiante para todas las demás reclamaciones. 6. Según la naturaleza de la reclamación, el miembro de personal y  estudiante involucrados deben conversar a los fines de intentar solucionar el problema. Todas las partes deben aceptar asistir a la reunión. El director/designado deberá programar una entrevista con el miembro del personal, el estudiante y los padres/guardián del estudiante. Esta conferencia será facilitada por el director/designado. 7. Si la resolución no es aceptable para el demandante, el mismo podrá apelar por escrito al Comité de Reclamaciones dentro de los tres (3) días. Verifique con la administración de su escuela para informarse acerca del Comité de Reclamaciones de su escuela. 8. La decisión del Comité de Reclamaciones será entregada por escrito a ambas partes y al administrador dentro de los cinco (5) días escolares desde la fecha de la decisión final del comité. 9. Cualquiera de las partes puede apelar la decisión del Comité de Reclamaciones al Director Ejecutivo correspondiente. 10. Para el Título IX, las quejas que no puedan resolverse a nivel de la escuela, puedes contactar al Director de EEO, quien es Coordinador del Título IX, en el ASD Education Center 5530 E. Northern Lights Blvd., Anchorage, AK 99504-3135, (907) 742-4132.

  Título IX A ninguna persona en los Estados Unidos se le podrá, debido a su sexo, excluir de participar, negarle los beneficios o ser sujeta a  discriminación bajo ningún programa o actividad educativa que reciba asistencia financiera federal. — Del preámbulo de Título IX de Enmienda de Educación de 1972

Es política del Distrito Escolar de Anchorage proporcionar igual oportunidades de educación o empleo y servicios y beneficios a todos los estudiantes y empleados sin importar la raza, color, religión, discapacidad física, nacionalidad, sexo u otras prohibiciones. Esta política es integral con la ley y regulación de empleo local, estatal y federal. El Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972 prohíbe la discriminación de sexos en los programas de educación asistidos federalmente. Inspirado en Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964 que prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, nacionalidad, se le agregaron otros tres puntos de legislación de derecho civil: 1. Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 que prohíbe la discriminación por discapacidad;

2. La Ley de Discriminación por Edad de 1975 y 3. Título II de la Ley de Discapacidad de los Norteamericanos de 1990 que prohíbe la discriminación por discapacidad por las entidades públicas. Título IX cubre todos los programas en una escuela (incluyendo académicos, extracurriculares y atléticos) que reciban asistencia financiera federal. Protege a todos los participantes del programa de discriminación, incluyendo a los padres, estudiantes y empleados. Si un distrito escolar se entera que la igualdad de oportunidades o el acoso sexual es severo, persistente o dominante, debe tomar acciones efectivas. Para más información, o reclamaciones con respecto a cualquier violación bajo el Título IX pueden tratarse bajo el Proceso de Reclamaciones en este manual o contactarse con el Director de EEO, quien actúa como Coordinador de Título IX, en ASD Education Center, 5530 E. Northern Lights Blvd., Anchorage, AK 99504-3135, (907) 742-4132.

   Guía del estudiante

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La declaración de derechos y responsabilidades explica los derechos del estudiante y las reglas de la comunidad escolar.

Las blasfemias y otros lenguajes inaceptables no serán permitidos.

¡NO SE PERMITEN ARMAS DE FUEGO! Los estudiantes que sean descubiertos portando pistolas/armas de fuego serán expulsa dos y arrestados. Los estudiantes que sean descubiertos con armas u objetos similares a armas de cualquier tipo, serán suspendidos o expulsados y arrestados.

Los estudiantes deben tratar a los demás como desean ser tratados ellos mismos. Los estudiantes deben ser buenos ciudadanos de la comunidad escolar.

Los estudiantes deben usar ropas que sean seguras para ellos mismos y para los demás.

El distrito puede inspeccionar los armarios o escritorios de los estudiantes para ver si los estudiantes cumplen con las leyes y las reglas escolares. La inspección se realizará de manera respetuosa hacia el estudiante y sus pertenencias.

Declaración de derechos y responsabilidades Los estudiantes deben asistir a la escuela todos los días durante el año escolar a menos que la falta sea justificada. Los estudiantes pueden saludar a la bandera con el juramento de lealtad en la escuela.

Todo estudiante tiene el derecho a un debido proceso.

Los estudiantes deben cooperar con el personal escolar. Un comportamiento negativo interfiere con la escuela, con la seguridad de otros estudiantes y con las actividades escolares.

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Si se les pregunta, los estudiantes deben identificarse a sí mismos ante el personal.

Los estudiantes que participen en delitos amenazan la seguridad de otros en la comunidad escolar. Los estudiantes deben respetar las diferencias de los demás. El acoso no es tolerado.

Los estudiantes tienen derecho a apelar. Los adultos decidirán las consecuencias de romper las reglas. Los estudiantes tienen el derecho de recibir un trato justo, razonable, equitativo y un debido proceso.

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Una escuela puede imponer una suspensión de emergencia si, a juicio del director, el estudiante presenta un peligro inmediato o continuo o es una amenaza negativa del proceso educativo.

* 1er ofensa (uso)—suspensión de 10 días; 2da ofensa (uso)—expulsión; 1er ofensa (venta)—expulsión

Desobediencia voluntaria

Armas

Vandalismo (Bromas)

Entrar a propiedad privada sin permiso

Posesión/uso de tabaco

Hurtos/Robos

Retrasos, excesivo

Acoso sexual

Violaciones de las reglas del autobús escolar

Comportamiento imprudente o inseguro

Radios, Tape Decks, Toys, Etc.

Grupos organizativos prohibidos

Obscenidad/Blasfemia

Falta de cooperación con personal escolar

Tirar basura

Conducta sexual inapropiada

Acoso/Discriminación/Intimidación

Pistolas/Armas de fuego

Falsificación o falsa suplantación de identidad

Pirotecnia/Explosivos

Peleas/Amenazas/Violencia

Testigo falso/Mentir

Falsa alarma/Falso 911/Amenaza de bomba

Falta de identificación personal

Incumplimiento con las regla

Extorsión/Chantaje

Excesivas muestras de afecto





Drogas/Alcohol*

Conducta negativa



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Materiales/objetos/acciones peligrosas

Restricciones antes y después de la escuela

Agresión

Incendiarismo

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Accesorio a una ley

Asistencia/Inasistencia injustificada

Violación

Las POSIBLES acciones y/o consecuencias por violar las normas de comportamiento del Distrito Escolar de Anchorage no necesariamente se encuentran en orden progresivo. Cada caso será revisado y determinado individualmente.

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Tabla de Violaciónes y consecuencias

Declaración de derechos y responsabilidades La Declaración de derechos y responsabilidades del Distrito Escolar de Anchorage (Apéndice A) es política de la Junta Escolar. En el caso de conflictos entre la Declaración de derechos y responsabilidades y otras políticas o procedimientos del Distrito, regirá la Declaración de derechos y responsabilidades. Las siguientes reglas, regulaciones y procedimientos de debido proceso son designadas para proteger a todos los miembros de la comunidad escolar en el Distrito Escolar de Anchorage en el ejercicio de sus derechos y deberes. Deben implementarse de manera consistente con las leyes estatales y federales. Nota: Estudiantes con discapacidades se refiere a estudiantes con discapacidades identificadas y estudiantes con discapacidades sospechadas. Un estudiante con discapacidades sospechadas puede hacer valer los derechos y protecciones de un estudiante con discapacidades identificadas. Las circunstancias bajo las cuales un estudiante será considerado un estudiante con discapacidades sospechadas y los derechos y protecciones adicionales bajo las leyes estatales y federales proporcionadas a un estudiante con discapacidades se resumen en Apéndice A-1.

Preámbulo

Esta política y las reglas y regulaciones de cada escuela son las leyes de esa comunidad escolar. Los estudiantes, padres y personal poseen responsabilidades como miembros de una comunidad escolar. Cada uno debe, en la medida que sea consistente con las leyes estatales y federales, hacer lo siguiente: 1.  Respetar u cumplir con las leyes de la comunidad escolar; 2. Respetar los derechos de los otros miembros de esa comunidad; y 3.  Ayudar a cumplir las metas a través de la cooperación. Las acciones disciplinarias pueden variar desde una advertencia oral hasta la expulsión. El ASD intentará aplicar la disciplina progresiva en la mayoría de las situaciones. Sin embargo, las acciones disciplinarias aplicadas en cualquier caso particular dependerá de las circunstancias específicas y ASD se reserva el derecho de aplicar la acción disciplinaria adecuada a cada caso. El nivel adecuado de disciplina requiere juicio profesional y debe basarse en una evaluación individualizada de la conducta y del estudiante involucrado. Los factores que pueden considerarse incluyen, pero no se limitan a lo siguiente: 1.  El potencial de daño; 2. Los antecedentes disciplinarios anteriores del estudiante; o la falta de ofensas anteriores; 3.  La disciplina impuesta en otros en situaciones similares; 4.  Mantener un entorno educativo adecuado; 5.  Otros factores o circunstancias relevantes y 6. Para estudiantes con discapacidades, la determinación sobre si la acción disciplinaria u otras consecuencias constituyen la acción correctiva adecuada. La misma debe ser consistente con el Apéndice A-1 y las leyes estatales y federales.

Debido proceso

Todo estudiante tiene el derecho a un debido proceso. La disciplina debe ser justa y razonable. Antes de tomar cualquier medida disciplinaria, el estudiante debe recibir el “debido proceso”, el cual constituye una oportunidad de hacer lo siguiente: 1.  Saber qué piensa la escuela que él hizo mal; 2.  Presentar la parte del estudiante de la historia. 3. Un estudiante con una discapacidad tiene derecho a la misma oportunidad según se describe en el Par. 2, con la provisión de los arreglos razonables consistentes con el IEP del niño o plan 504 y los derechos y protecciones correspondientes a IDEA o Sección 504.

No discriminación

Esta Declaración de derechos y responsabilidades será aplicada justa y uniformemente, sin importar la raza, etnia, nacionalidad, religión, sexo, orientación sexual o discapacidad. Jurisdicción Las siguientes reglas aplican en instalaciones de la escuela, en actividades escolares dentro y fuera de las instalaciones de la

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escuela, en autobuses escolares y en las paradas de los autobuses escolares. Estas reglas también aplican a actos que: 1. Comiencen en instalaciones de la escuela y finalicen en instalaciones de la escuela; o 2. Comiencen fuera de las instalaciones de la escuela y finalicen en instalaciones dentro de las mismas; o 3. Presenten una posibilidad de trastorno en la educación o conducta en la escuela o 4. Ocurre cuando el estudiante está regresando de la escuela o dirigiéndose a la misma. Además, los estudiantes pueden ser disciplinados por su conducta dentro y fuera de las instalaciones de la escuela en cualquier momento si el comportamiento tiene claramente consecuencias negativas para el bienestar, seguridad o moral de otros estudiantes o de una persona empleada o voluntaria en la escuela. El Distrito no debe ejercitar esta jurisdicción con respecto a una conducta que tenga poca o ningún impacto sobre la comunidad escolar. Nota: AS 14.30.045. (Revisado 6/14/99)

Derechos, responsabilidades y limitaciones

Un estudiante que se involucre en cualquier conducta prohibida o no cumpla con los requerimientos de esta Declaración de derechos y responsabilidades estará sujeto a las acciones correctivas correspondientes, las cuales pueden variar desde una advertencia verbal hasta la expulsión. Ningún sistema de reglas puede proveer para todas las situaciones y el Distrito puede prohibir y disciplinar otras ofensas no específicamente enumeradas que interfieran con la educación, seguridad, bienestar o moral de los estudiantes, empleados o voluntarios.

Estudiantes con discapacidades

Se espera que los estudiantes con discapacidades cumplan con las normas de conducta que se describen en esta Declaración de derechos y responsabilidades a menos que sus planes IEP/504 (o planes de intervención de conducta) provean lo contrario. Si la acción correctiva para un estudiante con discapacidades que haya violado dichas normas sea una medida disciplinaria u otras consecuencias, debe determinarse de acuerdo a las provisiones de Apéndice A-1. Una copia de los derechos adicionales de los estudiantes con discapacidades definidos en Notificación de salvaguardas de procedimientos y política 504 se encuentra disponible en el Departamento de educación especial del Distrito Escolar de Anchorage o con el director de la escuela. A.  Conducta del estudiante / Conducta prohibida 1. Accesorio de una ley (ayudar, incitar o alentar conductas prohibidas) Actuar de cómplice o de alguna manera ayudar, asistir, facilitar o alentar la preparación, instigación, comisión o consecuencias de una conducta prohibida se encuentra prohibido. Un estudiante con conocimiento o información acerca de un potencial acto criminal o violento dentro de la jurisdicción del distrito debe inmediatamente reportar dicha información al maestro, consejero, administrador de la escuela u otro empleado escolar. No informar el conocimiento personal directo de un acto criminal o violento será considerado como facilitación del acto, donde el estudiante no toma ninguna clara oportunidad para evitar o minimizar el acto. La asistencia para observar un acto prohibido puede constituir una violación a esta política. 2. Incendiarismo/Incendio  El daño o intento de dañar la propiedad prendiéndole fuego, causando una explosión o intentando iniciar un fuego o explosión se encuentra prohibido. 3. Agresión Intencional o imprudentemente causar o amenazar causar daños físicos a otra persona o colocar a otra persona en temor de inmediata lesión física constituye una agresión y se encuentra prohibido. Un estudiante que Agreda a un miembro del personal por lo general será colocado en suspensión de emergencia y será recomendado para su expulsión por un período presunto de un año. 4. Intento  Intento de cometer un acto punible, aún si dicho intento no es finalmente cometido o exitoso, se encuentra prohibido.



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5. Asistencia Los estudiantes inscriptos en el Distrito Escolar de Anchorage deben asistir a la escuela todos los días, según lo requiere la ley municipal y estatal y las reglas de la Junta Escolar. Se encuentra prohibido que el estudiante no asista regularmente a las clases programadas sin justificativo oficial. 6. Restricciones para antes y después de la escuela Los estudiantes no deben permanecer en las instalaciones de la escuela antes o después del día escolar regular, a menos que se encuentren directamente involucrados en una actividad escolar supervisada y aprobada. Los estudiantes deben arribar a la escuela y ser recogidos de la misma en los horarios establecidos por el director. Los estudiantes que se encuentren en instalaciones de la escuela en horarios no autorizados pueden recibir medidas disciplinarias por ingreso a propiedad privada. Fuera de los horarios escolares las instalaciones de la escuela se encuentran disponibles para el uso público cuando no son utilizadas para actividades escolares o bajo un Permiso De uso de instalaciones. Sin embargo, el director puede cerrar las instalaciones de la escuela por un período razonable antes y después de la escuela. 7. Teléfonos celulares / Dispositivos de comunicación electrónico Condiciones de uso:   El estudiante puede poseer un teléfono celular u otro dispositivo de comunicación electrónico (ECD) (por ej., dispositivos buscapersonas, beepers, asistentes personales digitales y otros dispositivos diseñados para recibir y enviar señales electrónicas) en la escuela, en propiedad de la escuela, en actividades pos-escolares y en funciones relacionadas con la escuela, siempre que dicha actividad no interfiera con los procesos educativos o con la seguridad. Como condición de este permiso, el estudiante asume todos los riesgos de pérdida, daño o robo del teléfono celular u otro ECD.   Los estudiantes secundarios (grados 9-12) tienen permiso para usar teléfonos celulares y otros ECD antes y después de la escuela y durante los períodos de almuerzo del estudiante. Los estudiantes primarios y de escuela media (grados K-8) tienen permiso para usar teléfonos celulares y otros ECD sólo antes y después de la escuela. Los teléfonos celulares y otros ECD deben permanecer apagados y guardados en todos los demás momentos durante el día escolar. Puede haber excepciones en circunstancias especiales, con aprobación previa del director o designado. El estudiante no podrá usar un teléfono celular u otro ECD si resulta molesto para el tiempo instructivo de otros estudiantes.   Durante la escuela y las actividades patrocinadas por la escuela, los estudiantes deben cumplir con las directivas administrativas o de los miembros del personal en relación con el uso de teléfonos celulares y otros ECD.  Conducta prohibida:   La posesión de un teléfono celular u otro ECD por un estudiante es un privilegio, que puede perderse por cualquier estudiante que no cumpla con los términos de esta política, o que participe en el mal uso del dispositivo, de modo que viole la ley u otras reglas escolares o del Distrito. Además de esas reglas de conducta establecidas en otro lado, las siguientes violaciones podrían resultar en acciones disciplinarias: 1. Acceder y/o ver un sitio de Internet que se encuentre de otra manera bloqueado para los estudiantes en la escuela. 2. El envío de un correo electrónico, mensaje de texto u otra comunicación que acose, intimide, amenace, matonee o discrimine a otro individuo. 3. Usar un dispositivo de cámara en la escuela o en un evento patrocinado por la escuela para tomar, enviar, descargar o cargar una fotografía amenazante o embarazosa de cualquier persona. 4. Usar una cámara en un baño, vestuario o sala de armario. 5. Usar una cámara u otro dispositivo para grabar o capturar los contenidos de exámenes, evaluaciones, tareas o trabajos de clase sin el permiso previo expreso del instructor.

Declaración de   Los contenidos de un teléfono celular, cámara u otro ECD pueden ser inspeccionados para determinar quién es el propietario, para identificar los contactos de emergencia, o  ante una sospecha razonable de que se ha violado una regla escolar o del Distrito o una ley.   Un teléfono celular o ECD que haya sido confiscado y no entregado a la policía será liberado y devuelto a los padres/ guardián cuando ya no sea necesario para la investigación o  procedimientos disciplinarios. Según corresponda, el teléfono celular o ECD puede ser devuelto directamente al estudiante. 8.  Cooperar con el personal escolar  Los estudiantes deben obedecer las instrucciones de todo el personal del distrito escolar. El rehusarse a cumplir una solicitud razonable de un miembro del personal es considerado desobediencia voluntaria y está prohibido 9. Actos criminales  El cometido o participación en cualquier actividad criminal se encuentra prohibido. Los actos criminales son definidos en detalle bajo las leyes del Estado de Alaska. El Distrito puede tomar medidas disciplinarias independientemente de si resultan cargos criminales o acciones judiciales de dicho acto. El Distrito puede encontrar una violación de la política de Distrito y que la misma no se encuentre incluirá entre los elementos criminales de un crimen específico según lo indica la ley estatal. Nota: AS 14.30.045(5) 10. Acciones peligrosas  Las acciones que puedan crear un riesgo sustancial de lesiones, daños o trastornos a personas o propiedad se encuentran prohibidas. 11.  Materiales/objetos peligrosos  La posesión o traer a  la escuela o a una actividad escolar cualquier material u objeto que ponga en riesgo la seguridad o bienestar de las personas bajo jurisdicción del Distrito o que dificulte el proceso educativo se encuentra prohibida. Estos materiales u objetos incluyen gas para defensa personal, spray pimienta, explosivos, inflamables u otros químicos o materiales químicos peligrosos, pistones, balas, bolígrafos de láser y  cualquier otro artículo potencialmente peligroso. 12. Discriminación/Acoso/Intimidación El Distrito Escolar de Anchorage afirma el derecho de todos los estudiantes y empleados a perseguir su educación u ocupación con dignidad en un entorno seguro. Es política del Distrito mantener los entornos de aprendizaje y laborales libres de discriminación, acoso, cargadas y violencia relacionada. El entorno de aprendizaje en las escuelas del Distrito deben estar estructuradas de manera de reflejar tradiciones culturales diversas y contribuciones. El Distrito no tolerará ningún comportamiento que ridiculice, acose, intimide o de alguna otra manera amenace o discrimine a los estudiantes, personal o miembros de la comunidad. El Distrito investigará todas las quejas de discriminación o acoso, independientemente de si la queja sea formal o informal, verbal o escrita. El Distrito tomará medidas disciplinarias con cualquier estudiante o empleado que discrimine o acose a un estudiante, empleado o miembro de la comunidad. Una acusación falsa o frívola efectuada bajo esta política podría resultar en acciones disciplinarias contra el acusante. a. Definición de discriminación y acoso Discriminación: La discriminación es el despliegue de parcialidad o prejuicio ilegal hacia otros. Acoso: El acoso es un único acto o conducta dirigida a un individuo o grupo de personas sin otro fin legítimo que molestar, intimidar, asustar, alarmar, atormentar o abusar de dicha persona o grupo. Ejemplos de violaciones de esta política de discriminación y acoso pueden incluir pero no se limitan a lo siguiente: (1) Hacer comentarios degradantes directa o indirectamente, como insultos, difamaciones o “bromas” raciales, o

derechos y responsabilidades

(2) Amenazar o dañar físicamente a un individuo; (3) Mostrar materiales visuales o escritos discriminatorios o acosantes, o (4) Desfigurar, dañar o destruir propiedad o materiales, o (5) Realizar cualquier otro acto que sea de naturaleza claramente discriminatorio o acosante, debido a la raza, credo, sexo, nacionalidad, edad, estado civil, creencias religiosas o políticas, discapacidades físicas o mentales, antecedentes familiares, sociales o culturales u orientación sexual de una persona. Acoso sexual: El acoso sexual consiste de conducta sexual no bienvenida. Incluyendo avances, pedidos de favores sexuales, conducta física sexualmente motivada u otra conducta o comunicación verbal o física de naturaleza sexual cuando: (1) La sumisión a dicha conducta o comunicación sea un término o condición, ya sea expresa o implícita, de obtener o retener un empleo o de obtener educación; o (2) La sumisión o rechazo de tal conducta o comunicación por un individuo sea utilizada como factor en decisiones que afecten el empleo, educación, notas o participación de la persona en actividades escolares; o (3) Dicha conducta o comunicación tenga el efecto o propósito de interferir sustancial o irrazonablemente con el empleo o educación del individuo o crear un entorno de trabajo o educativo que sea intimidante, hostil u ofensivo. Los ejemplos de acoso sexual incluyen, pero no se limitan a, lo siguiente: (1) Acoso o abuso verbal sexualmente orientado; (2)  Presión sutil por actividad sexual; (3)  Caricias o pellizcos sexualmente inapropiados; (4) Roces intencionales contra el cuerpo de un estudiante o empleado o miembro de la comunidad; (5) Demandar favores sexuales acompañado por amenazas implícitas o manifiestas acerca del empleo o estado educativo de un individuo; (6) Cualquier contacto sexualmente motivado no bienvenido; o (7) Violencia sexual que constituya un acto físico de agresión que incluya un acto sexual o propósito sexual. Acoso relacionado con discapacidad: El acoso relacionado con una discapacidad consiste en un acoso (como se define anteriormente en el Ítem 11.a dirigido a una persona con una discapacidad). b. Ciber -acoso  El acto de ciber-acoso se encuentra prohibido y resultará en acciones disciplinarias. El ciber-acoso incluye cualquiera de las acciones ya prohibidas, tales como intimidación, discriminación o acoso, realizada mediante medios electrónicos. Los “medios electrónicos” incluyen, pero no se limitan a, tecnologías de información y comunicación como correo electrónico, correo de voz, teléfono celular y buscapersonas, mensajes de texto, mensajería instantánea (IM), sitios Web personales, Weblogs y sitios Web de sondeos personales. Los ejemplos de ciber-acoso pueden incluir: 1. Publicar difamaciones o rumores u otros comentarios despreciativos sobre un estudiante o miembro del personal en cualquier sitio Web o Weblog; 2. Enviar correos electrónicos o mensajes instantáneos que sean acosantes o amenazantes. 3. Tomar y enviar una fotografía no autorizada y no deseada de un estudiante o miembro del personal.

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El Distrito aplicará medidas disciplinarias contra el estudiante que el Distrito determine que haya participado en ciber-acoso que se realice dentro de las instalaciones de la escuela, en cualquier actividad patrocinada por la escuela, en el transporte proporcionado por la escuela o en cualquier parada oficial del autobús escolar, a través del uso de sistema de Internet del Distrito o en cualquier equipo del Distrito o en cualquier momento fuera de las instalaciones de la escuela si el ciber-acoso causa o amenaza con causar un trastorno sustancial y material en la escuela o interfiere con la educación o seguridad de un estudiante. c. Procedimientos para el informe Los estudiantes que crean haber sufrido un acto de acoso o discriminación por otro estudiante, empleado, o miembro de la comunidad, deben reportar el asunto de inmediato a un miembro del personal. El director de la escuela o designado deberá investigar el asunto y advertir a la Oficina de EEO (Igual oportunidad de empleos). Además, los estudiantes también pueden informar el incidente directamente a la oficina de EEO, o  a una agencia externa, es decir, la Comisión de Derechos Equitativos de la Municipalidad de Anchorage, el Ombudsman, la Comisión de derechos Humanos de Alaska, la Comisión de Igual Oportunidad de Empleo de EE.UU., o la Oficina de Derechos Civiles. (Sección de discriminación y acoso revisada 25/06/01) 13. Comportamiento Negativo  El comportamiento o apariencia negativa que interfiera con el programa escolar normal, el proceso de educación o las actividades legales de otros se encuentra prohibido. 14. Ítems negativos (radios, grabadores, juguetes, etc)  Los armarios de la escuela no son lo suficientemente seguros como para almacenar radios portátiles, walkmans, grabadores, beepers, teléfonos celulares, dispositivos de reproducción, televisores, reproductores de CD u otros artículos costosos. Los estudiantes que traigan estos artículos a la escuela lo hacen a riesgo propio. El uso de estos artículos, o cualquier otro artículo, de manera que perturbe a otros o interfiera o moleste la educación de los estudiantes o a otras personas, se encuentra prohibido. Restricciones adicionales pueden aplicar en escuelas individuales acerca de la posición o uso inapropiado de frisbees, palos de hockey, patinetas, pelotas de básquet y otros juguetes, dispositivos electrónicos o equipo de juegos. 15.  Drogas y alcohol a. La venta o intento de venta, distribución o posesión de alcohol, drogas ilegales o inhalantes, parafernalia de drogas, sustancias diseñadas para que parezcan drogas ilegales o alcohol o sustancias con el fin de ser drogas ilegales o alcohol, mientras los estudiantes se encuentren bajo la jurisdicción del Distrito, se encuentran prohibidas. Los estudiantes que vendan, intenten vender, distribuir o usar estas sustancias fuera de las instalaciones de la escuela y luego lleguen o regresen a la escuela o actividades patrocinadas por la escuela, serán sujetos a suspensión y/o expulsión. La venta, comercialización, distribución o mal uso de medicamentos de venta libre o de venta bajo receta, o con apariencia de tales, también se encuentra prohibido. Nota: Si la acción correctiva para los estudiantes con discapacidades por las violaciones de droga y alcohol es disciplina o alguna otra consecuencia, será determinado de acuerdo a las provisiones del Apéndice A-1 en vez de los procedimientos detallados a continuación.



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Naturaleza acumulativa de violaciones: Una violación de la política del Distrito sobre drogas y alcohol constituirá una ofensa anterior que se transferirá de año a año y someterá al estudiante a una mayor medida disciplinaria por una violación posterior. Sanciones: (1)  Primer ofensa por uso o posesión: (a)  Diez (10) días de suspensión de la escuela. (b) Derivación al Programa de Suspensión por Drogas/Alcohol. Los estudiantes pueden reducir su suspensión por hasta cinco (5) días cumpliendo con ciertos criterios específicos del programa. (c) Entrevista requerida con los padres/guardián y estudiante con el director de la escuela o designado antes de la readmisión a la escuela. (2)  Cada ofensa siguiente por uso o posesión: (a) Una violación que ocurra dentro del lapso de tres años escolares completos después del año en que ocurrió la primera violación resultará en una recomendación a la Junta Escolar de expulsión por parte del Distrito Escolar de Anchorage. (b) Una violación que ocurra más de tres años escolares completos después del año en el que ocurrió la ofensa previa estará sujeto a disciplina progresiva, pero no a la automática recomendación de expulsión. (c) El año escolar se define como a partir del 1 de julio. (3)  a. La primera ofensa y cualquier ofensa siguiente por la venta, intento de venta o distribución de sustancias ilegales y/o prohibidas, incluyendo medicamentos recetados, resultará en una recomendación a la Junta Escolar de expulsión del Distrito Escolar de Anchorage. b. La venta, intento de venta o distribución de medicamentos de venta libre también puede resultar en acciones disciplinarias. La primera ofensa y cualquier ofensa siguiente por la venta o intento de venta de sustancias prohibidas resultará en una recomendación a la Junta Escolar de expulsión del Distrito Escolar de Anchoraget. (4) A su discreción, la Junta Escolar puede ofrecer un programa para proporcionar instrucción educativa y otros servicios a los estudiantes que hayan participado de conductas que hayan resultado en suspensiones de largo plazo o la expulsión de su actual programa. El director o  designado establecerá los criterios de elegibilidad por participación por cualquier estudiante en cualquiera de tales programas. (5) El Distrito puede también denunciar cualquier uso, posesión, o venta de drogas o alcohol, o intento de tales actos, a la policía. b. El uso o posesión de medicamentos de venta libre y de venta bajo receta, recetados a ese estudiante, vitaminas y otros suplementos nutricionales, serán sujetos a control por parte del Distrito. Dichos artículos deben ser entregados a la enfermera de la escuela o personal designado y utilizados bajo supervisión de la escuela. Los inhaladores para asma y la epinefrina autoinyectable podrá ser guardada y utilizada por estudiantes con permiso del director luego de la presentación de la documentación requerida para la automedicación del medicamento. Esta documentación y los procedimientos para completarla, se encuentran

Declaración de disponibles en la oficina de la escuela y debe presentarse cada año escolar. Por ley, el Distrito no es responsable de accidentes, lesiones, enfermedades, o muerte, relacionada con la auto administración de medicamentos por el estudiante. Las violaciones a este párrafo están sujetas a medidas disciplinarias y pueden estar sujetas a la violación acumulativa de políticas, según se describe anteriormente. Las acciones disciplinarias no pueden limitar o restringir el acceso inmediato de un estudiante a un inhalador de asma recetado o a una epinefrina autoinyectable.  (Revisado  11/14/05) Nota: AS 14.30.141. 16. Excesivas muestras de afecto  Las excesivas muestras de afecto se encuentran prohibidas. 17.  Extorsión o chantaje  Obtener dinero o propiedades por medio de la violencia, amenazas de violencia, acusaciones falsas o ridículo público se encuentra prohibido. 18. No identificarse a sí mismo  Todos los estudiantes en las instalaciones de la escuela o en eventos patrocinados por la escuela, si se los solicitan, identificarse a sí mismos ante el personal del distrito escolar o su designado. El  incumplimiento con esta política de decir su nombre correcto, dirección y número de contacto si se les solicita, se encuentra prohibido. 19. Falsa alarma/Amenaza de bomba  Activar o elevar una falsa alarma, manipular el sistema de alarma de incendio, o realizar concientemente un falso reporte de fuego u otra emergencia se encuentra prohibido. Las amenazas de bomba y otras amenazas de daños también se encuentran prohibido. 20. Falsa suplantación de identidad  Los estudiantes no pueden hacerse pasar por otra persona con la intención de engañar al personal escolar, a otros estudiantes o a miembros de la comunidad, o en conexión con cualquier actividad o función del distrito escolar. 21. Falsa información/Falso testigo/Mentir La presentación de información o testimonio (oral o escrito) que sea concientemente engañoso, no verdadero, o concientemente tergiversar hechos, o un intento real de fraude o mentira, se encuentra prohibido. 22. Falsificación/Trampa  Los estudiantes no podrán realizar, alterar o poseer un documento que el estudiante sepa que es falso o falsificado. Los estudiantes no pueden reclamar el trabajo de otros como suyos propios. Hacer trampas se encuentra prohibido. 23. Peleas/Violencia física  Las peleas y la violencia física, que incluye cualquier instigación o inicio de violencia o violencia real en la cual golpear, patear, empujar y/o cualquier otro contacto físico de naturaleza física es usado contra otra persona, se encuentra prohibido. Cuando dos o más estudiantes se involucran en un altercado verbal o físico, todas las partes pueden ser suspendidas o expulsadas. Nota: Si las acciones disciplinarias para los estudiantes con discapacidades por serias lesiones corporales son medidas disciplinarias o alguna otra consecuencia, deberá determinarse de acuerdo a las provisiones del Apéndice A-1 en cambio de los procedimientos expuestos a continuación. La participación activa en una pelea, más allá de defensa propia como se define a continuación, puede resultar en la suspensión aún si pudiera demostrarse que otra persona inició la pelea. Defensa propia: Un estudiante puede reclamar autodefensa sólo si el estudiante actuó con la creencia razonable que la acción tomada por el estudiante para protegerse a sí mismo fue necesaria para evitar lesiones y otras alternativas, incluyendo buscar asistencia o la retirada, no se encontraban razonablemente disponibles. El estudiante debe usar la fuerza mínima necesaria para

derechos y responsabilidades escapar la lesión. El reclamo de defensa propia puede rechazarse si la fuerza utilizada en la supuesta defensa propia es desproporcionada con respecto a la fuerza utilizada por la otra persona. El estudiante que sea el agresor inicial o que provoque la conducta de otro estudiante, no podrá reclamar defensa propia. Intervención: La intervención física para detener una pelea generalmente aumenta el riesgo de lesiones y no se recomienda. Un interviniente que participe en una pelea estará sujeto a una suspensión de largo plazo o expulsión. 24. Pirotecnia/Explosivos  La posesión o uso de pirotecnia, explosivos y/o dispositivos incendiarios en instalaciones de la escuela se encuentra prohibido. 25. Conducta sexual inapropiada  Las conductas sexuales inapropiadas se encuentran prohibidas. Esto incluyen pero no se limita a, bajarse los pantalones o intentar bajarle los pantalones a un estudiante, exposición indecente e ingresar al vestuario o baño del sexo opuesto. 26. Mal uso de Internet / correo electrónico o red / computadora  Los estudiantes deben utilizar las computadoras de la escuela, las redes de la escuela o distrito y el sistema de Internet de manera apropiada. El uso inapropiado de computadoras, redes de la escuela o distrito, Internet, correo electrónico, equipos ASD utilizado en instalaciones de ASD o en eventos de ASD, se encuentra prohibido. El uso inapropiado puede incluir, pero no se limita a, lo siguiente: • Acceder, enviar o mostrar mensajes o imágenes ofensivas •  Uso de lenguaje obsceno • Acosar, degradar, difamar, insultar, amenazar o atacar a otros •  Violación de las leyes de copyright • Usar la contraseña de otra persona, asumiendo la identidad de otra persona • Entrar en las carpetas, trabajos o archivos de otras personas •  Dañar deliberadamente hardware o software • Emplear la red escolar de ASD para fines comerciales • Usar las computadoras del distrito para actividades ilegales • Plagio (reclamar el trabajo hecho por otra persona como propio) Las violaciones pueden resultar en la pérdida de los privilegios de computadoras, red y correo electrónico, el retiro o no poder asistir a la(s) clase(s) de computación, así como otras acciones disciplinarias o legales, incluyendo la recomendación de suspensión y/o expulsión. 27. Tirar basura  Dejar o descartar basura en cualquier sitio excepto en los receptáculos correspondientes se encuentra prohibido. 28. Obscenidades/Blasfemias  Los estudiantes deben usar la discreción en su elección de lenguaje. Las profanidades o lenguaje o gestos inapropiados se encuentran prohibidos. El lenguaje prohibido incluye blasfemias orales o escritas y mensajes obscenos o sexuales (implícitos o explícitos). 29.  Organizaciones y grupos prohibidos a. Los grupos que inicien, apoyen o promuevan actividades que amenacen la seguridad o bienestar de personas o propiedad en la escuela o en actividades escolares, serán considerados negativos para el programa educativo de la escuela y se encuentran prohibidos. Las vestimentas, joyas, accesorios o apariencias que impliquen o indiquen que una persona es miembro de un grupo prohibido, se encuentran prohibidos en la escuela o en actividades escolares. b. La participación en actividades como iniciación, cargadas, intimidación o actividades diseñadas para crear afiliación de grupo que puedan causar peligro corporal, daño físico o mental o daño emocional, se encuentra prohibida.



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c. Las personas que desplieguen símbolos de grupos prohibidos o que participen en actividades identificadas con grupos prohibidos o que participen en actividades que intimiden a otro estudiante, estarán sujetas a acciones disciplinarias. d. Los grupos que se comporten de las maneras descriptas en esta sección serán considerados bandas. La conducta de bandas se encuentra prohibida en la escuela y en las actividades escolares. 30.  Conducta imprudente o insegura  Cualquier acción que ponga en riesgo la seguridad y/o bienestar de uno mismo o de otras personas se encuentra prohibida. 31. Fumar/Tabaco  El uso, venta o posesión de tabaco de cualquier forma por los estudiantes, incluyendo estudiantes de 19 años o mayores, mientras se encuentren en jurisdicción de la escuela, se encuentra prohibido. 32.  Hurto/Robo  El robo, hurto, intento de robo, o posesión de un artículo robado por los estudiantes se encuentra prohibido. 33.  A menazas Intentar o amenazar voluntariamente infligir daños a otra persona dentro de la jurisdicción del Distrito se encuentra prohibido. Un estudiante que amenace a un miembro del personal puede ser colocado en suspensión de emergencia con una posible recomendación de expulsión. 34. Entrar sin permiso a propiedad privada  Ingresar o permanecer en propiedad de la escuela en horarios no autorizados o en actividades patrocinadas por la escuela sin permiso, es considerado ingreso sin permiso a propiedad privada y se encuentra prohibido. Durante las horas escolares, un estudiante debe tener autorización para estar en la propiedad de la escuela si dicho estudiante no está inscripto. Cualquier estudiante suspendido o expulsado de ASD no puede estar en propiedad de la escuela o en ninguna actividad patrocinada por la escuela, excepto que estudiantes elegibles puedan asistir a aquellos programas autorizados por la Junta Escolar para estudiantes expulsados o suspendidos por largo plazo si el estudiante se encuentra inscripto en dicho programa. Los estudiantes suspendidos o expulsados también pueden asistir a actividades específicas con el permiso escrito explícito del director o asistente del director. 35. Vandalismo/destrucción de propiedad/bromas  Remover, mal usar, destruir, desfigurar o mutilar objetos o materiales pertenecientes a la escuela, al personal de la escuela o a otras personas, se encuentra prohibido. 36. Armas y armas de fuego  Armas y armas de fuego: Los estudiantes no podrán llevar consigo, o colocar en ningún lugar en propiedad de la escuela, o en la vecindad de un evento patrocinado por la escuela, ningún arma de fuego u otras armas, excepto que hayan sido asignados a estudiantes y se utilicen durante un curso regular de instrucción o actividad autorizada. Sin embargo, si se encuentran en un curso regular de instrucción o durante una actividad autorizada y un arma es utilizada de manera no autorizada, el estudiante estará violando esta provisión. Los estudiantes que sean descubiertos con armas, u objetos similares a armas de cualquier tipo, mientras se encuentren dentro de la jurisdicción de la escuela, serán sujetos a suspensión o expulsión y arresto. Las armas incluyen, pero no se limitan a, armas de fuego*, revólveres BB y perdigones, pistolas de aire, pistolas spring, pistolas zip, pistola eléctrica, shockers, bombas u otros explosivos, veneno, gas peligroso o mortal, hondas, garrotes, estrellas voladoras, cuchillos, palos, puños de metal o puños artificiales de cualquier tipo, numchincks y armas que se arrojan. Nota: Si las acciones disciplinarias para los estudiantes con discapacidades por serias lesiones corporales son medidas disciplinarias o alguna otra consecuencia, deberá determinarse de acuerdo a las provisiones del Apéndice A-1 en cambio de los procedimientos expuestos a continuación.



Declaración de

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* Nota: Un “arma de fuego” se define como: (1) cualquier arma (incluyendo una pistola de iniciante) que puede o está diseñada para, o puede rápidamente convertirse para expeler un proyectil por la acción de un explosivo; (2) el marco o receptor de tal arma; (3) cualquier silenciador de arma de fuego; o (4) cualquier dispositivo de destrucción. Un “dispositivo de destrucción” es un explosivo, incendiario, gas venenoso, bomba, granada, cohete, misil o cualquier otro dispositivo similar. 18 U.S.C. § 921. a. Cualquier estudiante que se determine que trajo un arma a la escuela, o a una actividad relacionada con la escuela, será expulsado de la escuela por un período no inferior a un año. b. Cualquier estudiante que se determine que trajo un arma mortal u otra arma de fuego a la escuela, o a una actividad relacionada con la escuela, será suspendido por un período no inferior a los 30 días. c. El director, según cada caso particular, puede determinar si un período menor de expulsión o suspensión es apropiado. Esta modificación puede incluir remoción del entorno escolar presente del estudiante y su colocación en un entorno y/o programa educativo alternativo. d. La reincorporación del estudiante en un programa escolar sólo será recomendado por el director a  la Junta Escolar luego de que el estudiante haya cumplido con las condiciones de reincorporación de la siguiente manera: El estudiante debe enviar una carta de solicitud de reincorporación al director que incluya una declaración de un psicólogo forense de que el estudiante no representa un peligro o amenaza hacia los estudiantes o el personal mientras asista a clases o a otras actividades patrocinadas por la escuela.   Luego de una minuciosa revisión de la solicitud de reincorporación, el director realizará una recomendación a la Junta Escolar sobre si reincorporar o no al estudiante y bajo qué condiciones específicas el estudiante puede ser reincorporado. e. La posesión de un arma que no sea un arma de fuego o un arma mortal se encuentra prohibido y resultará en acción disciplinaria. 37. Desobediencia voluntaria Rehusarse o no cumplir con una solicitud razonable realizada por el personal se encuentra prohibido. Además, un estudiante no puede desobedecer las reglas aplicables que el estudiante conoce o debería conocer. Esto incluye, pero no se limita a, reglas del aula, reglas para conducta adecuada en el autobús, reglas para el uso de Internet y correo electrónico y reglas para las actividades extracurriculares y atléticas.

B. Inspección y captura

Las siguientes reglas aplican para la inspección y captura de  los estudiantes y la propiedad escolar que se les ha asignado (por  ej., armarios, escritorios): a. Todas las inspecciones, que no sean al azar, administrativas y de emergencia descriptas en esta sección, deben basarse en causa razonable y deben tener lugar en presencia del estudiante y de un tercero, a menos que la presencia del estudiante no pueda obtenerse dentro de una cantidad razonable de tiempo bajo las circunstancias o si existe una amenaza de vida o propiedad. La inspección se llevará a  cabo de manera respetuosa, organizada, mostrando respeto hacia el estudiante y hacia sus posesiones. A discreción del director o designado, la policía u otra autoridad de aplicación de la ley puede ser llamada para conducir la inspección o captura. En ese caso, las inspecciones o capturas se encontrarán bajo la dirección del oficial de policía y los procedimientos de esta sección no aplicarán.



b. Inspecciones al azar de armarios y escritorios: La administración escolar retiene control sobre los espacios de los armarios y escritorios asignados a los estudiantes. El Distrito retiene el derecho de llevar a cabo inspecciones al azar de los espacios de armarios y escritorios de los estudiantes y sus contenidos en cualquier momento. Todos los armarios y/o escritorios pueden ser inspeccionados, o  un menor número escogidos al azar. Los avisos del derecho del Distrito de llevar a cabo este tipo de inspección se encuentran publicados en lugares prominentes en cada escuela. Además, los estudiantes serán notificados al menos una vez durante cada semestre que tales inspecciones serán realizadas a discreción del director de la escuela. El Distrito puede o no, a su discreción, dar aviso previo que se llevará a cabo una inspección al azar. El propósito de tal inspección es determinar el cumplimiento del estudiante con las regulaciones de la escuela y con las leyes locales, estatales y federales. La inspección no será más intrusiva que lo razonablemente necesario para cumplir con los objetivos de la misma. La inspección se llevará a cabo de manera respetuosa, organizada, mostrando respeto hacia el estudiante y hacia sus posesiones.  Nota: AS 14.03.105     Inspecciones realizadas por causa razonable: El director de la escuela o designado tiene el derecho y el deber de inspeccionar el armario o escritorio del estudiante y sus contenidos si existe motivo razonable como para creer que puedan existir drogas, alcohol, armas, asuntos ilegales o prohibidos, o artículos robados en el área a inspeccionar. Causa razonable para inspeccionar existirá cuando, en base a los hechos y circunstancias, hay causa para creer que la inspección mostrará evidencia de que el estudiante ha violado o está violando la ley o las reglas de la escuela. No se realizará ninguna inspección basada en causa razonable sin intentar informar a la persona que posee la propiedad que será inspeccionada, excepto si la posesión sospechada representa una amenaza de vida o propiedad. Las autoridades escolares realizarán un esfuerzo razonable para contactar a los padres o guardián del estudiante para darles una oportunidad razonable de estar presentes durante la inspección. c. Automóviles: El director de la escuela o designado puede inspeccionar automóviles que se encuentren estacionados en instalaciones de la escuela o si él/ella desea establecer si existen drogas, alcohol, armas, materiales peligrosos o ilegales, o artículos robados dentro del vehículo. Todos los estudiantes que utilicen los privilegios de estacionamiento en instalaciones de la escuela han consentido a dicha inspección bajo los términos y condiciones de sus Permisos de estacionamiento. Todos los vehículos estacionados en instalaciones de la escuela por un estudiante, se haya obtenido o no un permiso, pueden ser inspeccionados cuando exista causa razonable para creer que los artículos descriptos anteriormente pueden encontrarse dentro del vehículo. d. Posesiones y prendas exteriores: La administración de la escuela tiene la autoridad para inspeccionar las posesiones (por ej., carteras, bolsos de gimnasia, cajas de instrumentos) y prendas exteriores (por ej., camperas, abrigos, calzado o botas), de los estudiantes cuando el director de la escuela tenga un motivo razonable para creer Se puede llevar a cabo una inspección si un empleado de la escuela tiene motivos razonables para creer que ha ocurrido una violación de las reglas de la escuela o de las leyes locales, estatales o federales. No se requiere ninguna causa probable o garantía antes de llevar a cabo una inspección. Cualquiera de las inspecciones debe realizarse en privado por el director de la escuela o designado y con un miembro del personal de testigo. Las autoridades escolares realizarán un esfuerzo razonable para contactar a los padres o guardián del estudiante para darles una oportunidad razonable de estar presentes durante la

derechos y responsabilidades







inspección. Las inspecciones se limitarán al examen de los contenidos de las posesiones del estudiante y prendas externas, aunque se le puede pedir al estudiante que vacíe los bolsillos de otras prendas que lleve puestas. e.  Inspección de la persona del estudiante: Si un administrador posee una razón para creer que un estudiante tiene drogas, alcohol, armas, materiales ilegales o peligrosos o artículos robados ocultados en su persona, el administrador puede llevar a cabo una inspección de la persona del estudiante. No se podrá realizar tan inspección a menos que, a juicio del administrador, exista información adecuada en base a la observación directa por el personal de la escuela o información confiable de terceros, sobre que el estudiante probablemente posea material prohibido en su persona. No se requiere intentar contactarse con los padres antes de la inspección, visual o por olfato, del aliento o parte del cuerpo del estudiante normalmente abierto a la vista pública, como la mano, brazo o cara. Antes de comenzar la inspección de la persona del estudiante, se le debe explicar al mismo la naturaleza de la información contra él/ella, y las autoridades de la escuela realizarán esfuerzos razonables para notificar por teléfono a los padres o  guardián del estudiante, y permitirles la oportunidad de estar presentes. Al estudiante, o a los padres o guardián del estudiante, si están presentes, o  contactados por teléfono, se les pedirá consentimiento, se les explicará la naturaleza de la inspección y los derechos del estudiante y las posibles consecuencias enfrentadas por el estudiante. Si se rehúsa el consentimiento, el procedimiento de inspección se detendrá de inmediato y se avisará a la policía. f. Inspecciones administrativas: En situaciones de preocupaciones elevadas por la seguridad del estudiante o actos de vandalismo, como por ejemplo en bailes o durante los últimos días escolares, la administración puede llevar a cabo inspecciones al azar o de todos los vehículos que se encuentren en las instalaciones de la escuela o en las posesiones de los estudiantes que ingresan a la escuela. Se debe avisar anticipadamente que el Distrito llevará a  cabo este tipo de investigación. La inspección no será más intrusiva que lo razonablemente necesario para cumplir con los objetivos de la misma. Antes de la inspección de un vehículo o posesión, el estudiante o conductor puede negarse a la inspección, pero entonces se le negará el ingreso. g. Excepción de emergencia: Para todos los tipos de inspecciones descriptos anteriormente, cuando un administrador tiene motivos razonables para creer, en base a información de observaciones directas por personal de la escuela u otros, que un estudiante posee cualquier arma o material peligroso que representa una amenaza inminente de vida o propiedad, él/ella puede autorizar una inmediata inspección de la persona o posesiones del estudiante. En tal caso, los padres o guardián del estudiante serán notificados por teléfono acerca de la inspección lo antes posible. No se podrá aplicar fuerza física durante la inspección del estudiante a menos que exista una amenaza inmediata de peligro inminente hacia las personas o propiedad. h. La captura y entrega de artículos ilegales, prohibidos o robados encontrados durante la inspección pueden ser entregados a la policía o utilizados en procedimientos disciplinarios de la escuela. Las autoridades escolares pueden capturar temporalmente artículos que perturben o interfieran con el proceso educativo. Los artículos capturados que no se guarden para procedimientos disciplinarios o que no sean retenidos por la policía podrán, a pedido dentro de los diez días, ser devueltos a los padres o guardián.

C. Tipos de sanciones/acciones disciplinarias

Nota: Si las acciones correctivas para un estudiante con discapacidades que haya violado las normas de conducta sean medidas disciplinarias (incluyendo disciplina simple, suspensión de corto plazo,

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suspensión de largo plazo o expulsión) o alguna otra consecuencia, se determinará de acuerdo a las provisiones del Apéndice A-1 en cambio de los procedimientos expuestos a continuación. 1. Disciplina simple: Disciplina simple se define como cualquier acción disciplinaria contra un estudiante que no sea la suspensión o expulsión de la escuela. a. No se tomará ninguna acción disciplinaria simple de manera que evite que un estudiante alcance un grado o  nivel académico o un requisito de graduación. Las acciones disciplinarias simples pueden incluir la suspensión dentro de la escuela (“ISS”), la negación del privilegio de participar en programas o actividades extra curriculares patrocinadas por la escuela, eventos sociales y ceremonia de graduación senior. Antes de la imposición de una acción disciplinaria simple, el estudiante recibirá notificación escrita u oral de su mala conducta. Se le dará entonces al estudiante la oportunidad de presentar su versión de lo ocurrido. Esta explicación y oportunidad de presentar hechos puede tener lugar de inmediato luego del aviso de los cargos al estudiante. b. Cuando la disciplina simple resulta de la negación del privilegio de participar en programas o actividades extracurriculares patrocinados por la escuela, eventos sociales y ceremonia de graduación senior, el director de la escuela o designado primero intentará hacerles saber a los padres o guardián del estudiante por teléfono acerca de los cargos contra el estudiante y la medida disciplinaria propuesta. En tales casos, la decisión del director de la escuela o designado será proporcionada por escrito al estudiante y a sus padres o guardián. c. No hay derecho a una apelación formal de disciplina simple, excepto que la negación de participación en la ceremonia de graduación senior pueda ser apelada según lo establecen los Procedimientos de audiencia y apelación. La disciplina simple puede combinarse con una suspensión o expulsión. En tales casos, las acciones disciplinarias son tratadas por separado y distintas y la disciplina simple no podrá ser apelada, excepto que dicha disciplina involucre la negación de participación en las ceremonias de graduación senior. Esto no limita el derecho de un estudiante de apelar una suspensión o expulsión impuesta además de la disciplina simple. 2.  Suspensión de corto plazo: Esto es la negación del derecho de asistencia a la escuela, ya sea a una sola clase, a más de una clase o a todo el cronograma completo de clases, y de todas las demás actividades, por un período limitado de tiempo que no podrá exceder los cinco (5) días escolares. a. Antes de que un estudiante sea colocado en suspensión de corto plazo, se le debe proporcionar al estudiante un aviso escrito u oral de los cargos contra él/ella. Si el estudiante niega los cargos, se le brindará una explicación de la evidencia que el administrador posea en suficientes detalles para identificar el tiempo y lugar aproximados de la naturaleza de los cargos. Se le dará entonces al estudiante la oportunidad de presentar su versión de lo ocurrido. Esta explicación y oportunidad de presentar hechos puede tener lugar de inmediato luego del aviso de los cargos al estudiante. b. Notificación a los padres/guardián: El administrador escolar puede hacer lo siguiente: (1) Intentar hacerles saber a los padres/guardián del estudiante sobre la suspensión propuesta por teléfono o por escrito y (2) A menos que el estudiante sea colocado en Suspensión de emergencia, proporcionar notificación escrita u oral sobre la decisión de suspensión antes de que la misma comience. c. Una suspensión de corto plazo será efectiva de inmediato y el estudiante permanecerá lejos de la escuela o la clase



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o clases designadas y de todas las demás actividades escolares. Sin embargo, si dentro de los cinco (5) días escolares de recibir la notificación descripta anteriormente el estudiante o los padres/guardianes del mismo solicitan una audiencia, por escrito, la suspensión será suspendida y al estudiante se le permitirá regresar a la escuela, pero no a las actividades extracurriculares, uhasta una audiencia informal, a menos que el estudiante haya sido colocado en Suspensión de emergencia. La audiencia informal se llevará a cabo lo antes posible luego de la recepción de la solicitud por escrito. Si no se presenta una solicitud escrita para una audiencia dentro de los cinco (5) días de notificación de la medida disciplinaria, se perderá cualquier derecho a tal audiencia. Los estudiantes con discapacidades identificadas también podrán regresar a la escuela hasta esta audiencia. d. Se alienta al estudiante con suspensión de corto plazo a ponerse en contacto con sus maestros acerca de las lecturas y tareas de clase diarias. Al estudiante se le permitirá completar, para créditos, el trabajo de clase y las tareas perdidas durante la suspensión de corto plazo. 3.  Suspensión de largo plazo:  Esto es la negación del derecho de asistencia a la escuela, ya sea a una sola clase, a más de una clase o a todo el cronograma completo de clases, y de todas las demás actividades, por un período establecido de tiempo mayor de cinco (5) días escolares. a. Las siguientes limitaciones aplicarán a las suspensiones de largo plazo: (1) Ningún estudiante podrá ser suspendido de una escuela primaria por más de cuarenta y cinco (45) días escolares consecutivos. (2) Ningún estudiante podrá ser suspendido de una escuela secundaria por más de noventa (90) días escolares consecutivos. (3) Un estudiante en suspensión de largo plazo es alentado a contactarse con sus maestros o consejero acerca de las lecturas y tareas de clase diarias. Sin embargo, un estudiante en suspensión de largo plazo no obtendrá créditos por el trabajo entregado o completado durante la clase. b. Notificación a los padres/guardián: Cuando el administrador escolar, el director o designado impone una suspensión de largo plazo, se debe entregar una notificación por escrito, por correo o en persona, al estudiante y a sus padres/guardián. También se debe realizar el intento de contactarse telefónicamente con los padres o guardián del estudiante. Esta notificación debe incluir la siguiente información: (1) Los cargos específicos contra el estudiante, en detalles suficientes como para identificar el tiempo y lugar aproximados y la naturaleza de los cargos; (2)  El derecho del estudiante a una audiencia y (3)  Las sanciones impuestas. c.  Una suspensión de largo plazo entrará en vigencia de inmediato y el estudiante deberá permanecer lejos de la escuela y de todas las actividades escolares.  Sin embargo, si dentro de los cinco (5) días escolares de recibir la notificación descripta anteriormente el estudiante o los padres/guardianes del mismo solicitan una audiencia, por escrito, al estudiante se le permitirá regresar a la escuela, pero no  a  las actividades extracurriculares, y el resto de la suspensión será demorada hasta una audiencia informal, a menos que el estudiante haya sido colocado en Suspensión de emergencia como se describe a continuación. Cualquier audiencia solicitada deberá tener lugar lo antes posible bajo los procedimientos establecidos en la sección de Procedimientos de audiencia y apelación. Si la solicitud de audiencia no es recibida dentro del período de los cinco (5) días, el estudiante y sus padres/guardián

Declaración de habrán perdido el derecho a una audiencia y, por lo tanto, ya no tendrán derecho a una. 4.  Expulsión:  Esto es la negación al derecho de asistir a  la escuela por un período indefinido de tiempo o por un período de tiempo mayor que la suspensión de largo plazo. El Director Ejecutivo de la división instructiva o designado le proporcionará a los padres o guardián del estudiante la información acerca de las alternativas educativas y las opciones disponibles. a. Notificación a los padres/guardián: Cuando el administrador escolar, el director o designado recomienda la expulsión, se debe entregar una notificación por escrito, por correo o en persona, al estudiante y a sus padres/guardián. También se debe realizar el intento de contactarse telefónicamente con los padres o guardián del estudiante. Esta notificación debe incluir la siguiente información: (1) Los cargos específicos contra el estudiante, en detalles suficientes como para identificar el tiempo y lugar aproximados y la naturaleza de los cargos; (2)  El derecho del estudiante a una audiencia y (3)  Las acciones disciplinarias recomendadas. b. Un estudiante recomendado para expulsión debe permanecer lejos de la escuela y de todas las actividades escolares. Sin embargo, si dentro de los cinco (5) días escolares de recibir la notificación descripta anteriormente el estudiante o los padres/guardianes del mismo solicitan una audiencia, por escrito, al estudiante se le permitirá regresar a la escuela, pero no a las actividades extracurriculares, hasta la audiencia, a menos que el estudiante haya sido colocado en Suspensión de emergencia como se describe a continuación. Cualquier audiencia solicitada deberá tener lugar lo antes posible bajo los procedimientos establecidos en la sección de Procedimientos de audiencia y apelación. Si la solicitud de audiencia no es recibida dentro del período de los cinco (5) días, el estudiante y sus padres/guardián habrán perdido el derecho a una audiencia y, por lo tanto, ya no tendrán derecho a una. c. Los estudiantes expulsados de otros distritos escolares, así como del Distrito Escolar de Anchorage, pueden solicitar la admisión o re admisión mediante solicitud escrita a la Junta Escolar de Anchorage. (1) Los estudiantes deben presentar la solicitud por escrito y deben documentar que han cumplido con las condiciones requeridas por el Distrito Escolar de Anchorage. (2) Se pueden requerir condiciones y requisitos adicionales para la admisión, a discreción del director, su designado o la Junta Escolar antes de que la Junta Escolar considere si el estudiante será o no admitido. (3) Al ser admitido en la escuela, las condiciones relacionadas con la colocación y asistencia serán preparadas por escrito. La continuación del permiso para asistir a la escuela dependerá de la obediencia que el estudiante muestre a estas condiciones escritas. 5. S  uspensión de emergencia:  Remoción inmediata de un estudiante de la asistencia escolar sin retorno hasta una audiencia o apelación. a. Una escuela puede imponer una suspensión de emergencia si, a juicio del director, el estudiante representa un peligro inmediato y continuo o una amenaza de trastorno en el proceso educativo. En el caso de una suspensión de emergencia, al estudiante no se le permitirá asistir a la escuela por la duración de la suspensión, independientemente del estado de apelación. 6.  Exclusión de la propiedad y actividades escolares  Los estudiantes que se encuentren cumpliendo con una suspensión fuera de la escuela o que hayan sido expulsados, no podrán estar en propiedad de la escuela y no podrán tomar parte en las actividades escolares dentro o fuera

derechos y responsabilidades de la propiedad de la escuela. Excepciones a esta regla podrán otorgarse por escrito para actividades específicas a discreción del director de la escuela o asistente, sujeto a  cualquier restricción razonable impuesta por el director o asistente del director. 7. Programas para estudiante en suspensión de largo plazo o Expulsados La Junta Escolar puede ofrecer programas para proporcionar instrucción y otros servicios a los estudiantes que hayan participado de conductas que hayan resultado en suspensión de largo plazo o expulsión. Estos programas de continuación serán lo más amplio posible y consistentes con la seguridad y el presupuesto.  (Sección aprobada 25/06/01)

D. Procedimientos de audiencia y apelación

 ota: Los estudiantes con discapacidades pueden utilizar los N procedimientos IDEA o 504 además del proceso de audiencia y apelación descriptos a continuación. Para más información sobre los derechos de los estudiantes con discapacidades, sírvase consultar el Apéndice A-1 que incluye un formulario para utilizar para solicitar los derechos de educación especial/Audiencia y  notificación de salvaguardas de procedimiento ó 504. Además, si un estudiante con discapacidad busca una audiencia IDBA ó 504 para disputar una revisión de determinación de manifestación, no se podrá imponer ninguna medida disciplinaria hasta que la audiencia y subsiguiente apelación tengan lugar. 1.  Audiencia informal y suspensión de corto plazo a. Luego de la notificación de la suspensión de corto plazo, el estudiante o sus padres o guardián pueden solicitar una audiencia informal. La solicitud debe presentarse por escrito. La presentación de una solicitud escrita de una audiencia demorará la consiguiente imposición de cualquier parte restante de la suspensión, hasta la audiencia informal. Sin embargo, al estudiante no se le permitirá regresar a la escuela o participar de actividades escolares hasta la audiencia si el estudiante fue colocado en Suspensión de emergencia. Si no se presenta una solicitud escrita para una audiencia dentro de los cinco (5) días de notificación de la suspensión de corto plazo, se perderá cualquier derecho a tal audiencia. b. La audiencia se llevará a cabo lo antes posible luego de la recepción de la solicitud por escrito y la audiencia se llevará a cabo frente a un comité individual o disciplinario que no sea el individuo que impuso la suspensión. c. Ninguna persona que no sea el estudiante, los padres o  guardián, y el individuo que impuso la suspensión, pueden aparecer en la audiencia, a menos que el individuo designado para llevar a cabo la audiencia, a su exclusiva discreción y considerando los asuntos de confidencialidad, permita que otras personas estén presentes según lo solicitara el estudiante o la administración. Además, el individuo que lleva a cabo la audiencia puede permitir que ciertas personas con conocimiento de los hechos relevantes a la suspensión/disciplina simple asistan a la audiencia para describir su conocimiento de los hechos. d. La decisión del individuo designado será anunciada por escrito dentro de los dos (2) días escolares después de la finalización de la audiencia, y dicha decisión será final. No hay derecho de más apelaciones. 2. Audiencias formales para suspensión de largo plazo, expulsión y disciplina simple, prohibiendo la asistencia a programas o actividades o programas extracurriculares patrocinados por la escuela, eventos sociales o ceremonia de graduación senior del estudiante a. Imposición de disciplina antes de que tenga lugar la audiencia y apelación: Si un estudiante o sus padres o guardián solicitan una audiencia por escrito dentro de los cinco (5) días escolares, la suspensión o expulsión será demorada hasta la audiencia y el estudiante podrá retornar a la escuela. Sin embargo, la suspensión de largo plazo o expulsión no será demorada hasta la audi-

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encia su el estudiante ha sido colocado en Suspensión de Emergencia. En tales casos, al estudiante no se le permitirá regresar a la escuela o a actividades escolares relacionadas, hasta el proceso de audiencia y apelación b. El oficial de la audiencia: El director de la escuela o designado citará a un oficial de audiencia para llevar a cabo una audiencia bajo esta sección y para realizar una recomendación para el director o designado. El Oficial de la Audiencia considerará la evidencia presentada y realizará la recomendación de sostener, revertir o modificar la suspensión o expulsión. c. Las siguientes pautas de procedimiento regirán la audiencia: (1) Los padres o guardián y el estudiante pueden estar presente en la audiencia y el estudiante puede ser representado por un consejero legal u otro defensor. (2) Dos (2) días escolares o laborales antes de la audiencia, el Distrito le proporcionará al estudiante toda la evidencia documentada sobre la cual se basarán. (3) Tanto el estudiante como el Distrito tendrán la oportunidad de presentar sus versiones de los hechos relevantes, presentar la evidencia sobre la que se basan y presentar testigos. Al estudiante se le debe permitir observar toda la evidencia ofrecida contra él o ella. Ambas partes pueden basarse en las declaraciones escritas de los testigos. Al Distrito no se le requerirá que revele los nombres de los testigos cuando al hacerlo el testigo podría estar en riesgo de represalias o daños. De acuerdo a las leyes federales y estatales, el Distrito no revelará los contenidos de los registros de otro estudiante, cuando tal revelación no haya sido autorizada por los padres o guardianes del estudiante, o por el estudiante mismo si tiene al menos 18 años. (4) La audiencia no será conducida de acuerdo a  las reglas técnicas de la corte en relación con la evidencia y los testigos. Toda la evidencia relevante, no innecesariamente repetida, será aceptada. (5) Todos los testigos que presenten testimonio ante el oficial de la audiencia será bajo juramento de testificar sólo la verdad. (6) El oficial de la audiencia realizará su recomendación exclusivamente ante la evidencia presentada en la audiencia. (7) El Distrito realizará una grabación por cinta de la audiencia. (8) Dentro de los tres (3) días escolares después de la finalización de la audiencia, el oficial de la audiencia proporcionará una recomendación por escrito al director o designado de retener, modificar o rechazar la suspensión de largo plazo o la expulsión. El director o designado tomará entonces su determinación y le proporcionará al estudiante y  a sus padres o guardián una decisión por escrito, la cual incluirá una copia de los resultados del oficial de la audiencia y su recomendación, dentro de los cinco (5) días escolares después de la finalización de la audiencia. (9) Si el director o designado sostiene o modifica una suspensión de largo plazo, una expulsión o  una disciplina simple, prohibiendo la asistencia a programas o actividades extracurriculares patrocinados por la escuela, eventos sociales o  ceremonia de graduación senior del estudiante, de modo que la suspensión o tiempo de disciplina permanece, la suspensión o disciplina entrará en efecto de inmediato al recibir el estudiante y  sus padres o guardián dicha decisión del oficial de la audiencia. Sin embargo, a menos que el estudiante haya sido colocado en Suspensión de Emergencia, el



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estudiante tendrá derecho de regresar a la escuela si el estudiante o sus padres o guardián apelan la decisión bajo los procedimientos presentados en esta sección. d.  El estudiante y sus padres o guardián tendrán cinco (5) días escolares luego de recibir la decisión por escrito para apelar dicha decisión a la Junta Escolar. (1)  La solicitud de apelación debe presentarse por escrito. (2) La carta debe describir los motivos de la apelación directamente a la Junta. (3) Los motivos de la apelación deben ser ya sea un desentendimiento sustancial y significativo de los hechos o que al estudiante no se le haya otorgado el debido proceso según se especifica en este documento. e. Las siguientes pautas de procedimiento regirán una apelación ante la Junta Escolar: (1) La junta o su designado programará y llevará a cabo una reunión para revisar el asunto lo antes posible luego de la recepción de la apelación. La Junta notificará al estudiante y a sus padres o guardián al menos tres (3) días escolares previos a la reunión programada. (2) En la reunión, el estudiante o sus padres o guardián o representante tendrá el derecho de presentar argumento oral y/o escrito. La consideración de la Junta será restringida para evidenciar en el registro presentado durante la audiencia, a pesar de que la Junta puede también considerar, a su exclusiva discreción, cualquier nueva evidencia presentada por el estudiante no disponible en el momento de la audiencia. (3) La Junta, al decidir la apelación, deberá considerar: a) Si la decisión fue arbitraria o caprichosa; b) Si la decisión fue avalada por evidencia sustancial en el registro y c) Si la acción disciplinaria fue justa y razonable a la luz de las circunstancias. (4) La Junta o su designado emitirá una decisión por escrito dentro de los cinco (5) días escolares luego de la reunión. La Junta podrá sostener, revertir o  modificar la acción disciplinaria o  recomendación. Al estudiante y a sus padres o guardián se les proporcionará una copia escrita de la decisión, la cual será final y vinculante. (5) La Junta podrá también posponer la imposición de disciplina, sujeto a que el estudiante cumpla con las condiciones establecidas. Cuando el estudiante cumpla con las condiciones requeridas, la suspensión o expulsión no será impuesta. Si el estudiante no cumple con las condiciones requeridas, el director impondrá la disciplina pospuesta sin más audiencia. Es política de la Junta utilizar esta opción raramente y sólo cuando existan circunstancias especiales para justificar la postergación. f. Solicitud de re admisión: Bajo ninguna circunstancia una suspensión de largo plazo o expulsión podrán prevenir que un estudiante presente una solicitud de re admisión antes de la terminación de la sanción. Las solicitudes de re admisión deberán ser presentadas al Director.  (Sección revisada 25/06/01) (Declaración de derechos y responsabilidades revisado el 14/06/99) (Declaración de derechos y responsabilidades revisado el 25.06.01)

Declaración de E. Libertad y responsabilidades relacionadas con la expresión oral y la reunión

1. Los estudiantes tienen el derecho de expresar sus opiniones personales de manera que no interfiera con la libertad de otros ni viole estas políticas o reglas escolares que sean consistentes con estas políticas. Las obscenidades y difamaciones se encuentran prohibidas 2. Los estudiantes tienen la libertad de reunirse pacíficamente. Existe un horario y lugar apropiados para dichas reuniones. Las reuniones de las organizaciones patrocinadas por la escuela o clubes estudiantiles en propiedad de la escuela deberán llevarse a cabo en los horarios y lugares aprobados por el director o designado. Está prohibido realizar manifestaciones o reuniones que interfieran con el proceso educativo o las actividades legales de otras personas. a. Libertad de expresión simbólica (1) Código de vestimenta del estudiante: Es objetivo del Distrito garantizar que todo estudiante tenga un entorno seguro donde aprender. Todo estudiante que asista a la escuela vestido de manera limpia, sin presentar peligro para su propia seguridad y la de los demás y que no desmerezca ni entorpezca el entorno educativo. Se encuentra prohibido que los estudiantes usen vestimentas que, en la razonable opinión de la administración escolar, sea inapropiada. Dichas vestimentas incluyen, pero no se limitan a lo siguiente: •  Ropa que promueva la afiliación a bandas; • Ropa que promueva la violencia, la discriminación o el racismo o el uso de tabaco, drogas, alcohol o armas; • Ropa que sea reveladora o posea comentarios o diseños que sean obscenos, lascivos o vulgares; • Ropa que presente un peligro para la seguridad de sí mismo de otras personas; • Ropa que cause distracciones o inhiba el proceso de aprendizaje.   Una escuela individual puede enumerar en los cuadernos de sus estudiantes otras reglas escolares para la vestimenta consistente con esta política. Los estudiantes que no sigan las reglas serán excluidos de la escuela hasta el momento en que dejen de usar la ropa o artículos a la escuela o eventos escolares. (2) Botones y bandas para brazos: Los estudiantes pueden usar o exhibir botones, bandas para brazos, banderas, calcomanías y otras insignias de expresión simbólica, a menos que la manera de la expresión interfiera material o sustancialmente con el proceso ordenado de la escuela o los derechos de los demás. Los artículos asociados con bandas son considerados de por sí como sustanciales interferencias con el proceso de orden de la escuela. (3) Reuniones patrióticas:  Un estudiante puede elegir no participar en la jura o saludo si así lo desea. Un estudiante que elija no participar deberá mantener un silencio respetuoso y no puede molestar mientras otros están recitando la jura. AS 11.81.900(b)(56) 3.  Material escrito y medios electrónicos  Estas reglas rigen la distribución de todo el material escrito y los medios electrónicos. El director de la escuela o designado tendrá derecho a examinar los materiales antes de que sean distribuidos para determinar si dichos materiales podrían presentar un trastorno al proceso educativo ordenado o violen la política del distrito. a. En general, las restricciones y regulaciones que rigen el periodismo responsable, como lo define la Sociedad

derechos y responsabilidades Estadounidense de Editores de Periódicos (ASNE), deben aplicarse a las publicaciones estudiantiles del Distrito con la clara comprensión de que los oficiales escolares tienen la autoridad y el deber de velar por una atmósfera educativa ordenada, libre de confusiones y distracciones. El material que promueva la actividad de bandas se encuentra prohibido. b. Los estudiantes tienen el derecho de expresar, por escrito, sus opiniones personales, pero se espera que ejerzan responsabilidad y buen juicio. La distribución de dicho material no debe interferir o trastornar el proceso educativo. Una expresión de opinión escrita debe estar firmada por su autor, excepto las editoriales que representen la posición de un periódico que pueden imprimirse sin firma si todos los miembros de la junta editorial se encuentran identificados en alguna otra parte del periódico. (Nota sobre política de la Junta Escolar 490.13) c.  Los estudiantes tienen el derecho de distribuir folletos, periódicos y boletas en los horarios y lugares determinados por el director o designado. Los estudiantes que editen, publiquen o distribuyan tales folletos, periódicos y boletas entre sus compañeros asuman la responsabilidad por el contenido de dichas publicaciones. Las publicaciones no pertenecientes a la escuela que sean distribuidas en las instalaciones de la escuela pueden ser capturadas por el director de la escuela o su designado que tengan motivos razonables para creer que dichas publicaciones contienen material difamatorio u obsceno. Las publicaciones capturadas serán entregadas a los padres o guardián a pedido, a menos que la publicación sea difamatoria, obscena, invada los derechos de otras personas o causas similares. Nota: Copias de la Declaración de Principios de ASNE se encuentran disponibles en la oficina y en la biblioteca de la escuela. d. La solicitud comercial no autorizada por el director o designado no se permitirá en instalaciones de la escuela en ningún momento. Esto incluye el uso de la red de computación del distrito escolar para solicitar ventas o  realizar negocios o configurar páginas Web para publicitar una venta o servicio. Una excepción a esta regla será la venta de periódicos estudiantiles no patrocinados por la escuela publicados por estudiantes del distrito escolar. Los periódicos no escolares pueden distribuirse sólo en los horarios y lugares determinados por el director o su designado. e. Los estudiantes tienen el derecho de realizar las investigaciones necesarias para artículos, incluyendo encuestas de opinión pública, y tendrán toda la responsabilidad de no abusar de dicho derecho. Una encuesta no podrá interrumpir una clase, a menos que esté autorizado por el director de la escuela o su designado.

F. Encuestas de los estudiantes

 istrito puede llevar a cabo o administrar encuestas de estudiD antes a los fines de estudio, mejoras de la educación o tareas de clase. Ningún estudiante puede ser obligado a participar de un cuestionario o encuesta si el estudiante se rehúsa a hacerlo. Requerimientos para permiso paterno: En la administración de encuestas o cuestionarios en las escuelas, el Distrito debe cumplir con las leyes estatales y federales acerca del permiso de los padres. Permiso anual: Todos los años, el Distrito puede solicitar el permiso de los padres o guardianes para que sus hijos participen en cuestionarios o encuestas anónimas. El permiso será válido para el resto del año escolar o hasta que los padres o guardián que otorgaron dicho permiso presente un retiro del permiso por escrito al director de la escuela o designado. (Sección 14- Revisado el 28/09/98) (Sección D- Revisado el 23/08/99)

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 ota: No se podrá administrar ninguna encuesta o cuestionario, N ya sea anónimo o no, que pregunte sobre los asuntos personales o familiares privados del estudiante, ni asuntos de registro público o sujeto a observación pública, a menos que se obtenga un permiso por escrito de los padres o guardián del estudiante (AS 14.03.110). Además, no se le podrá pedir a ningún estudiante, como parte de ningún programa administrado por el Secretario de Educación, que responda a una encuesta, análisis o evaluación que pregunte sobre las siguientes áreas, a menos que se obtenga un permiso previo escrito de los padres 20 USC 1232 (h): 1. Afiliaciones políticas; 2. Problemas mentales o físicos potencialmente embarazosos para el estudiante o la familia del estudiante; 3. Comportamiento y actitudes sexuales; 4. C omportamiento ilegal, anti social, auto incriminante y demandante; 5. Evaluaciones críticas de otros individuos con quienes el estudiante que responde tiene una cercana relación familiar; 6. Relaciones privilegiadas o análogas reconocidas legalmente, como las de abogados, médicos y ministros; o 7. Ingreso (que no sean los que requiere la ley para determinar la elegibilidad para la participación en un programa o para recibir asistencia financiera bajo dicho programa). Nota: Al menos dos semanas antes de la administración de un cuestionario o encuesta, sea anónima o no, que requiera permiso de los padres según se especifica anteriormente, la escuela debe proporcionar a cada padre de los estudiantes o guardián legal un aviso escrito explicando: 1. C ómo y dónde los padres pueden ver previamente la encuesta; 2. Cómo se administrará la encuesta; 3. Cómo se utilizarán los resultados de la encuesta; 4. Quién tendrá acceso al cuestionario y encuesta y 5. P  ara aquellas encuestas que no sean anónimas, explicar que se requiere permiso escrito de los padres antes que su hijo pueda participar en la encuesta específica e incluir un formulario de permiso a ser devuelto por los padres, con instrucciones de que el formulario debe devolverse al menos dos semanas antes de que se realice la encuesta. El Distrito pondrá a disposición de los padres o guardianes cualquier material instructivo o suplementario que se utilizará en conexión con cualquier encuesta, cuestionario o evaluación, para su inspección. La información recopilada en las encuestas de estudiantes será revelada a organizaciones que llevan a cabo estudios para desarrollar, validar o administrar pruebas de pronósticos, programas de asistencia a estudiantes o para mejorar la instrucción. Esta información puede ser revelada sin el permiso de los padres siempre que: 1) el estudio sea llevado a cabo de manera que no permita la identificación personal de los padres y estudiantes a individuos que no sean los que llevan adelante el estudio y 2) la información sea destruida cuando ya no resulte necesaria para los objetivos del estudio.

APÉNDICE A-1

Declaración de derechos y responsabilidades para estudiantes con discapacidades identificadas. Es Política de la Junta escolar cumplir con las leyes y  regulaciones estatales y federales. Este Apéndice está preparado por la Administración a pedido de la Junta para describir las protecciones y procedimientos relacionados con los estudiantes con discapacidades bajo las leyes y regulaciones estatales y federales. Estas protecciones y procedimientos bajo la Ley de Educación para Individuos con Discapacidades (IDEA) se encuentran descriptos en “Notificación de salvaguardas de procedimientos” y bajo la Sección  504, en las “Procedimientos y Pautas Administrativas  §504/ADA”. Ambos documentos pueden obtenerse en cualquier escuela  ASD, en el



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Departamento de  Educación Especial de ASD o en línea en el sitio Web de ASD: 1) www.asdk12.org/forms/uploads/Procedural_Safeguards.pdf; y, 2) www.asdk12.org.forms/uploads/504_ParentsRightsBooklet.pdf No más tarde de la fecha en la cual ASD tomó la decisión de aplicar una medida disciplinaria, deberá notificarse dicha decisión a los padres del estudiante y proporcionarles a los padres una copia de Notificación de salvaguardas de procedimientos” y bajo la Sección 504, en las “Procedimientos y Pautas Administrativas  §504/ ADA” (según el caso). NOTA: Esta Declaración de derechos y responsabilidades para estudiantes con discapacidades tiene el objeto de meramente resumir las protecciones y procedimientos proporcionados a los estudiantes con discapacidades bajo IDEA y la Sección 504 y no reemplazar a la “Notificación de salvaguardas de procedimientos" o “Procedimientos y Pautas Administrativas   §504/ADA”. En consecuencia, para informarse correctamente de los derechos de un estudiante con discapacidades, los padres deben obtener (si ASD no les ha proporcionado ya una copia) y revisar atentamente la “Notificación de salvaguardas de procedimiento” o los “Procedimientos y Pautas Administrativas  §504/ ADA” (si su hijo se encuentra bajo la Sección 504). Estudiantes con discapacidades NOTA: Estudiantes con discapacidades se refiere a estudiantes con discapacidades identificadas y estudiantes con discapacidades sospechadas. Un estudiante con discapacidades sospechadas puede hacer valer los derechos y protecciones de un estudiante con discapacidades identificadas. Las circunstancias bajo las cuales un estudiante será considerado un estudiante con discapacidades sospechadas y los derechos y protecciones adicionales bajo las leyes estatales y federales proporcionadas a un estudiante con discapacidades se resumen a continuación. Estudiantes identificados como con discapacidad: Un estudiante puede ser identificado como estudiante con discapacidad bajo IDEA o la Sección 504. Si un estudiante tiene un programa de educación individualizado (IEP), el estudiante ha sido identificado como un estudiante con discapacidades bajo IDEA y por lo tanto tiene derechos y protecciones proporcionados por IDEA, explicados en la “Notificación de salvaguardas de procedimientos”. Si un estudiante tiene un plan 504, el estudiante ha sido identificado como un estudiante con discapacidades bajo la Sección 504 y por lo tanto tiene los derechos y protecciones de la Sección 504, explicados en “Procedimientos y Pautas Administrativas  §504/ADA”. Estudiantes identificados como con discapacidad sospechada: Un estudiante que no haya sido identificado como estudiante con discapacidad bajo IDEA, que haya participado de una conducta que viole el Código de conducta del estudiante de ASD, puede hacer valer cualquiera de los derechos y protecciones provistas bajo IDEA si ASD tenía conocimiento de que el estudiante era un estudiante con discapacidades sospechadas antes de la conducta que precipitara la acción disciplinaria ocurrida. ASD será considerado como con conocimiento de que un estudiante es un estudiante con discapacidad sospechada, antes de que la conducta que precipitara la acción disciplinaria ocurriera: a. Los padres del estudiante han expresado preocupación por escrito al personal administrativo supervisor de ASD, o a un maestro del estudiante, acerca de que el estudiante tiene necesidades de educación especial o servicios relacionados; b. Los padres del estudiante han solicitado una evaluación del estudiante, según lo provee IDEA; o c.  El maestro del estudiante, u otro personal en ASD, ha expresado preocupaciones específicas acerca de un patrón de comportamiento demostrado por el estudiante, directamente al Director de Educación Especial en ASD o a otro personal supervisor de ASD. Se considerará que ASD no tenía conocimiento sobre que el estudiante es un estudiante con discapacidad sospechada si los padres del estudiante no han permitido una evaluación del estu-

Declaración de diante según lo provee IDEA o han rehusado servicios bajo IDEA o el estudiante ha sido evaluado bajo IDEA y ASD ha determinado que el estudiante no posee una discapacidad sospechada. Si ASD no tiene conocimiento de que el estudiante es un estudiante con discapacidad sospechada según se describe anteriormente antes de tomar las medidas disciplinarias contra el estudiante, el estudiante podrá estar sujeto a las mismas medidas disciplinarias aplicadas a estudiantes sin discapacidades que hayan participado de conductas comparables, de acuerdo a las siguientes limitaciones. Si se solicita una evaluación de un estudiante durante el período de tiempo en el cual el estudiante está sujeto a medidas disciplinarias, la evaluación se llevará a cabo de manera expedita. Hasta que la evaluación se haya completado, el estudiante permanecerá en el lugar educativo determinado por ASD, el cual puede incluir la suspensión o expulsión sin servicios educativos. Si se determina que el estudiante es un estudiante con una discapacidad identificada, tomando en cuenta la información de la evaluación llevada a cabo por ASD y la información proporcionada por los padres, ASD proporcionará educación especial y servicios relacionados, excepto que, hasta los resultados de la evaluación, el estudiante permanecerá en el lugar educativo colocado por ASD. Tipos de audiencia Cuando ASD ha determinado que un estudiante con discapacidad ha violado el Código de conducta del estudiante, y la colocación del estudiante se cambia siendo suspendida por más de diez (10) días escolares dentro de un año escolar, expulsado o removido a un entorno educativo alternativo interino por no más de 45 días escolares, el estudiante puede solicitar dos (2) audiencias separadas, pero relacionadas. Primero, el estudiante puede solicitar una audiencia según lo provee el Código de conducta del estudiante, para disputar si el estudiante ha violado el Código de conducta del estudiante, y, de ser así, si la medida disciplinaria recomendada por la administración de ASD es la correcta. Segundo, cuando se cambia la colocación de un estudiante con discapacidad, ASD deberá. Bajo IDEA y la Sección 504, dentro de los diez (10) días de la decisión, mantener una reunión con los padres y miembros relevantes del equipo IEP del estudiante para determinar si la conducta del estudiante fue una manifestación de la discapacidad del estudiante. Este grupo es comúnmente llamado equipo de revisión de determinación de manifestación (MDR). La determinación es realizada por el equipo de MDR luego de revisar toda la información relevante, incluyendo la proporcionada por los padres del estudiante, y de responder las preguntas: a. ¿Fue la conducta en cuestión causada por, o tiene una relación directa y sustancial con, la discapacidad del estudiante?, o b. ¿Fue la conducta en cuestión el resultado directo de la falla de ASD en la implementación del plan IEP/504 del estudiante (incluyendo cualquier plan de intervención de conducta)? Si el equipo de MDR determinó que la respuesta a cualquiera de las preguntas anteriores es sí, se considerará que la conducta del estudiante es una manifestación de su discapacidad. En tal caso, el equipo de IEP/504 del estudiante debe analizar el estado de la evaluación de las conductas funcionales y plan de intervención de conducta, si existiera, y el estudiante debe regresar a su colocación anterior a menos que los padres y ASD acuerden cambiar la colocación del estudiante como parte de una modificación del plan de intervención de conducta del estudiante. Sin embargo, si el estudiante permanece removido a un entorno educativo alternativo interino (1) por hasta un total de 45 días escolares por una violación del Código de conducta del estudiante que tenga que ver con armas, drogas o serias lesiones corporales o (2) si el ASD obtiene una orden del oficial de la audiencia o de la corte especificando que mantener la colocación actual del estudiante podría resultar en lesiones para el estudiante u otras personas.

derechos y responsabilidades Por otro lado, si el equipo de MDR determina que la conducta que dio lugar a la violación del Código de conducta del estudiante no fue una manifestación de la discapacidad del estudiante, los procedimientos disciplinarios aplicable a los estudiantes sin discapacidad podrían aplicarse al estudiante con discapacidad de la misma manera y por la misma duración que los procedimientos que se aplicarían a estudiantes sin discapacidades, excepto que el estudiante debe continuar recibiendo educación especial y servicios relacionados bajo el plan IEP/504 del estudiante, pero en un entorno educativo alternativo según lo determine el equipo IEP/504 del estudiante. Un estudiante con una discapacidad puede solicitar una segunda audiencia bajo IDEA o Sección 504 (dependiendo del caso) para disputar la determinación del equipo de MDR que la conducta que dio lugar a la violación del Código de conducta del estudiante no fue una manifestación de la discapacidad del estudiante. Si un estudiante con una discapacidad solicita esta segunda audiencia bajo IDEA o Sección 504 para disputar una revisión de determinación de manifestación, la medida disciplinaria no puede imponerse hasta que esta audiencia y la subsiguiente apelación tenga lugar.

Colocación y servicios

El personal de ASD puede considerar cualquier circunstancia exclusiva según cada caso al determinar si la disciplina resultante en un cambio en la colocación, consistente con IDEA. Es apropiada para un estudiante con una discapacidad que viole el Código de conducta del estudiante. La suspensión(es) fuera de la escuela de un estudiante con discapacidades puede ser sin la provisión de cualquier servicio educativo por hasta un total acumulativo de diez (10) días escolares por año escolar. Sin embargo, si la suspensión debe ser mayor a diez días escolares por una violación del Código de conducta del estudiante por motivos de armas, drogas o lesiones corporales serias, o basada en una orden de un oficial de audiencia o de la corte especificando que existe una posibilidad sustancial de lesiones hacia el estudiante o hacia otras personas, la identificación y el comienzo de los servicios educativos alternativos interinos no deberá demorarse. Cuando ocurre un cambio en la colocación educacional para un estudiante con discapacidades, se activan varias salvaguardas de procedimiento bajo IDEA y Sección 504. Un cambio en la colocación educativa ocurrirá si un estudiante es: a. Suspendido fuera de la escuela once (11) o más días durante un año escolar b. Removido de la escuela por no más de 45 días escolares por una violación del Código de conducta del estudiante que tenga que ver con armas, drogas o serias lesiones corporales; o c. El ASD obtiene una orden del oficial de la audiencia o de la corte especificando que mantener la colocación actual del estudiante podría resultar en lesiones para el estudiante u otras personas. Los salvaguardas de procedimiento bajo IDEA y Sección 504 que se activarán cuando ocurra un cambio de colocación de cualquiera de estas maneras son que a los padres se les entregará una Notificación de salvaguardas de procedimiento o Procedimientos y Pautas Administrativas  §504/ADA (según el caso), el estado de la evaluación de la conducta funcional del estudiante y el plan de intervención de conducta será revisado y el equipo de MDR y se convocará a un equipo de MDR y a un equipo IEP/504 para tomar una determinación acerca de los servicios educativos alternativos interinos que serán proporcionados al estudiante. Los servicios educativos alternativos interinos proporcionados deberán permitirle al estudiante continuar participando en la currícula educativa general (aunque en otro entorno), para progresar hacia las metas IEP del estudiante y recibir, según corresponda, una evaluación de conducta funcional y servicios de intervención de conducta y modificaciones, diseñadas para tratar las violaciones de conducta de modo que no vuelva a ocurrir. Estos servicios

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no necesitan duplicar cada aspecto de los programas y servicios que el estudiante actualmente recibe. A menos que ASD haya removido a un estudiante con discapacidades por no más de 45 días escolares debido a conducta que involucró armas, drogas, o serias lesiones corporales, si un equipo de MDR determina que la conducta de un estudiante fue una manifestación de la discapacidad del estudiante, el estudiante debe ser regresado a la colocación de la cual había sido removido a menos que los padres y ASD acuerden un cambio de colocación. Por otro lado, cuando el equipo de MDR determine que la conducta del estudiante no fue una manifestación de la discapacidad del estudiante, el estudiante será removido por el ASD por no más de 45 días escolares por violaciones del Código de conducta del estudiante por conducta que involucró armas, drogas o serias lesiones corporales o el ASD haya obtenido una orden de que mantener al estudiante en su actual colocación podría resultar en lesiones hacia el estudiante u otras personas, un equipo IEP/504 debe determinar que se le proporcionen servicios educativos alternativos interinos al estudiante. Los padres del estudiante con discapacidades, además de solicitar una audiencia para disputar la determinación de un equipo MDR de que la conducta del estudiante no fue una manifestación de la discapacidad del estudiante, pueden también solicitar una audiencia para disputar lo apropiado de la determinación del equipo de IEP/504 acerca de los servicios educativos alternativos interinos, la remoción del estudiante de ASD por no más de 45 días escolares por violación al Código de conducta del estudiante que involucró armas, drogas o serias lesiones corporales o una orden que ASD haya obtenido de un oficial de audiencia o de la corte de que mantener la actual colocación del estudiante podría resultar sustancialmente en lesiones hacia el estudiante u otras personas, o cualquier decisión acerca de la colocación del estudiante. Mientras que la apelación de audiencia de estas acciones se encuentre pendiente, el estudiante deberá permanecer en un entorno educativo alternativo interino pendiente de la decisión del oficial de la audiencia o hasta la expiración del tiempo en que el estudiante fue removido por violaciones al Código de conducta del estudiante que involucró armas, drogas o serias lesiones corporales u otras violaciones del Código de conducta del estudiante que se hayan determinado no ser una manifestación de la discapacidad del estudiante.

Audiencias

Cualquier audiencia solicitada ya sea por los padres o el ASD bajo IDEA es una audiencia expedita que debe tener lugar dentro de los veinte (20) días escolares de la fecha en que la audiencia es solicitada y deberá resultar en una determinación dentro de los diez (10) días escolares luego de la audiencia. Un oficial de audiencia escuchará y tomará una decisión con respecto a la apelación. Al hacerlo, el oficial de la audiencia puede ordenar un cambio en la colocación de un estudiante con una discapacidad, incluyendo regresar a un estudiante con discapacidad a la colocación de la que fuera removido u ordenar un cambio en la colocación de un estudiante con discapacidad a un entorno educativo alternativo interino apropiado por no más de 45 días escolares si el oficial de audiencia determina que mantener la actual colocación del estudiante es sustancialmente probable que resulte en lesiones hacia el estudiante o hacia otras personas.



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Ley sobre la privacidad y los derechos educativos de la familia (FERPA) La Ley sobre la privacidad y los derechos educativos de la familia (FERPA) otorga a los padres y a los estudiantes de 18 años de edad o más (“estudiantes elegibles”) ciertos derechos con respecto al expediente académico del estudiante. Estos derechos son los siguientes: 1.  Derecho a inspeccionar y revisar el expediente académico del estudiante dentro de los 45 días siguientes al momento en que la escuela recibe el pedido de acceso. Los padres o  estudiantes elegibles deben enviar al director de la escuela [o al funcionario de la escuela correspondiente] una solicitud escrita que identifique cuál es el expediente que se desea inspeccionar. El funcionario de la escuela dispondrá el acceso y notificará al padre o estudiante elegible acerca del momento y el lugar en que dichos expedientes pueden ser inspeccionados. Si se desea obtener copia de dichos expedientes, se cobrará un gasto de fotocopiado de $0,10 por página. 2.  Derecho a solicitar modificación del expediente académico del estudiante que de acuerdo al padre o estudiante elegible es inexacto o confuso. Los padres o estudiantes elegibles pueden pedir a la escuela que modifique un expediente que ellos consideran como inexacto o confuso. Deben escribirle al director de la escuela [o funcionario correspondiente], identificando claramente la parte del expediente que desean modificar y especificar por qué es inexacta o confusa. Si la escuela decide no modificar el expediente tal lo solicitado por el padre o estudiante elegible, la escuela notificará al padre o estudiante elegible de tal decisión y lo informará acerca de su derecho a una audiencia con respecto al pedido de modificación. La información adicional relacionada con el procedimiento de audiencias se brindará al padre o estudiante elegible al momento de notificarlo sobre su derecho a una audiencia. 3.  Derecho a aceptar revelar información personal contenida en el expediente académico del estudiante, salvo que la FERPA autorice a revelar dicha información sin consentimiento. Una excepción que permite divulgación sin consentimiento es la divulgación a funcionarios de la escuela con intereses educativos legítimos. Un oficial de la escuela es un persona empleada por la escuela como administrador, supervisor, instructor o miembro del equipo de apoyo (incluido personal médico o de salud y el personal de la unidad de policía); una persona que presta servicios en la Junta Escolar; una persona o compañía a quien la escuela ha contratado para realizar una tarea específica (como por ejemplo abogado, auditor, asesor médico o terapeuta); un contratista, consultor u otro asesor externo a través de quien el Distrito ha tercerizado servicios o funciones que de otra forma serían realizadas por los empleados, siempre que el tercero en cuestión se encuentre bajo el control directo del Distrito con respecto al uso y mantenimiento de los expedientes académicos y sujeto a las mismas condiciones que rigen el uso y divulgación de dichos expedientes o un padre o estudiante que preste servicios en un comité oficial, como por ejemplo un comité disciplinario o de reclamaciones o que asista a otro funcionario de la escuela en la realización de sus tareas. Un funcionario de la escuela tiene

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intereses educativos legítimos si el funcionario necesita revisar un expediente académico a fin de cumplir con su responsabilidad profesional. a. Previa solicitud, la escuela puede entregar expedientes académicos sin autorización a funcionarios de escuelas de otros distritos o instituciones de estudios superiores en la que el estudiante se haya inscripto o intente hacerlo. b. Además, aproximadamente el 15 de septiembre de cada año, el distrito proporcionará a la Universidad de Alaska una lista con los nombres y direcciones de los estudiantes en la clase de graduación que reúnen los requisitos de becas para cada programa de becas. c. Asimismo, el 1 de octubre o de cada año o más tarde, según lo exigido por ley, el distrito proporcionará a la milicia las listas de nombres, direcciones y teléfonos de los alumnos secundarios junior y senior. d. El nombre del alumno no se divulgará a la Universidad de Alaska o a la milicia si el padre o estudiante elegible se oponen a ello. La objeción del padre debe ser hecha por escrito al director de la escuela utilizando el Formulario de divulgación de información del directorio. 4.  Derecho a presentar una queja ante el Departamento de Educación de EE.UU. con respecto al supuesto incumplimiento por parte de la escuela de los requisitos de la FERPA. El nombre y dirección de la Oficina que administra la FERPA es: Family Policy Compliance Office U.S. Department of Education 400 Maryland Avenue, SW Washington, DC 20202-5920 (202) 260-3887

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Contacto con el Distrito Escolar de Anchorage ¿Tiene alguna pregunta? ¿Necesita asistencia? ¿Necesita ayuda para procesar una inquietud acerca de los procedimientos del distrito? Primero, hable con la persona involucrada, con el maestro, el asistente director o el director de la escuela acerca de la situación. Si el problema no puede resolverse en la escuela, llame al oficial administrativo correspondiente. Información general . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 742-4000 Director asistente, Instrucción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 742-4321 EEO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 742-4132 Educación Primaria. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 742-4254 ó 4242 Educación Especial Primaria. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 742-3886 Educación de Escuela Secundaria. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 742-4256 Educación Especial de Escuela Secundaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 742-3888 ó 3889 Educación de Escuela Media . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 742-4249 ó 7812 Educación Especial Secundaria. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 742-3888 ó 3889 Comité de asesoramiento de inquietudes de educación de minoridades . . . . . . . . . . 742-4321 Director Ejecutivo de Educación Especial. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 742-4236 Director. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 742-4312 Los padres de estudiantes que asistan a la escuela en instalaciones militares pueden también contactar a: Enlace de Educación Militar . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 384-1506

Municipalidad de Anchorage: Ombudsman Municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 343-4461 Para asuntos concernientes a educación especial o asuntos de 504: Centro Legal de Discapacidades. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 565-1002

Los formularios de quejas del ciudadano se encuentran disponibles en las oficinas de la escuela y en el Distrito Escolar de Anchorage Education Center, 5530  E.  Northern  Lights  Blvd.,  Anchorage,  AK  99504-3135,  (907)  742-4000.

ASD posee un sitio Web integral: www.asdk12.org

Página de teléfonos de la red de padres

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El Distrito Escolar de Anchorage alienta a todos los padres a desarrollar su propia red personal con los padres de los amigos de sus hijos. Comience con la creación de una lista telefónica para cada niño de la casa. La meta es simple: mantener seguro a nuestros hijos Amigo

Contacto adulto/padres

Nº tel de la casa

Nº tel trabajo

Llame anticipadamente siempre que se hagan planes, o si existe algún problema, pregunta o inquietud.

¡Haga la conexión!

Sólo recuerde: ¡Nombres, Números, Red! Para información, recursos y soportes sobre las redes de padres podrá encontrarse en el 279-3966.

Voluntarios de América, Alaska

Municipalidad de Anchorage

La misión del Distrito Escolar de Anchorage es educar a todos los estudiantes para el éxito en la vida.

Copyright © 2000 Revisado  6/03,  6/04,  6/05,  6/06,  6/07,  6/08, 5/09 Anchorage School District Anchorage School District 5530 E. Northern Lights Blvd. Anchorage, Alaska 99504-3135 (907) 742-4000 Declaración de no discriminación de ASD:

Es política del Distrito Escolar de Anchorage proporcionar igual oportunidades de educación o empleo y servicios y beneficios a todos los estudiantes y empleados sin importar la raza, color, religión, discapacidad física, nacionalidad, sexo, estado civil, cambios en el estado civil, embarazo, paternidad u otras prohibiciones. Esta política es consistente con numerosas leyes, regulaciones y órdenes ejecutivas aplicadas por  varias agencias federales, estatales y municipales, incluyendo, pero sin limitarse a, Orden Ejecutiva 11246,  Título  41,  parte  60-1,  60-2,  60-3,  60-20,  Título  VIy   VII  de la Ley de Derechos Civiles de  1964,  Título  IX  de la Ley de Enmiendas de Educación de 1972 y Sección 504. Las consultas o quejas pueden dirigirse al Director de Igual Oportunidad de Empleo del Distrito Escolar, quien hace de Coordinador del Título IX, ASD  Education  Center,  5530  E.  Northern  Lights  Blvd.,  Anchorage,  AK  99504-3135,  (907)  742-4132  o a cualquiera de las  siguientes agencias externas: Comisión de Derechos Humanos del Estado de Alaska, Comisión de Igualdad de Derechos de Anchorage, Director de la Oficina de Derechos Civiles, Departamento de Educación, Departamento de Salud y Servicios Humanos.

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