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Objetivo Al termino de este curso conocerá que es una AFORE, sus antecedentes, función principal, los beneficios e importancia que adquiere como trabajador, para que sirve y las instituciones que otorgan este servicio.
Tema 1 ANTECEDENTES
¿Qué son las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES)? Las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES), son instituciones financieras privadas de México, que administran fondos de retiro y ahorro de los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y recientemente de los afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado (ISSSTE).
Fueron creadas por la Ley del seguro social de 1997 e iniciaron su operación el 1° de Julio del mismo año. Su funcionamiento está regulado por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) y autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
¿Qué son las Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES)? Su finalidad es que todos los trabajadores puedan contar con una pensión al momento de su retiro, cuando los recursos de la AFORE no son suficientes para la pensión, el trabajador recibe una pensión garantizada del gobierno mexicano, equivalente a 1 salario mínimo de la Ciudad de México por día y que se actualizará el mes de febrero todos los años conforme al Índice Nacional de Precios y Cotizaciones (INPC).
Antecedentes AFORES Para conocer por qué surgen las AFORES, es importante que conozcas los antecedentes del sistema de pago de pensiones. A finales de la década de los ochenta, el sistema de pensiones en México estaba bajo la responsabilidad exclusiva del IMSS. Se trataba de un esquema en el que las aportaciones de los trabajadores activos sufragaban parte importante de las pensiones de los trabajadores retirados, eso significa que las aportaciones de los trabajadores afiliados al IMSS servían para el pago de las pensiones de los trabajadores retirados.
Antecedentes AFORES Pero la expectativa de vida aumento y mientras en los 60's, 70's y 80's habían más personas activas que las personas retiradas, ese modelo funcionaba, para el futuro el número de personas retiradas o cerca de la jubilación sería menor a las personas activas y ya no habría manera de mantenerlas
Antecedentes AFORES Además, en 1995 la situación financiera del IMSS se complicó, por ello en marzo de 1996, el presidente de México presentó al Congreso la iniciativa de Ley de los sistemas de ahorro para el retiro, en la búsqueda de establecer un esquema eficiente y financieramente sustentable. Correcto, a partir del 1 de julio de 1997, con la publicación de la Ley de los Sistemas de ahorro para el retiro, inició el nuevo esquema de pensiones que autorizó la participación del sector financiero privado, por medio de las AFORES.
Conceptos básicos ¿Qué es una AFORE? Son empresas que se dedican a administrar el dinero de la cuenta individual de los trabajadores que pagan sus cuotas al IMSS.
¿Quién puede hacer uso de una AFORE? Por Ley, los trabajadores que cotizan al IMSS o al ISSSTE deben tener una cuenta de ahorro para el retiro administrada por una AFORE. Los trabajadores independientes tienen la opción de abrir una cuenta de ahorro para el retiro a su nombre en una AFORE, en la que podrán realizar ahorro de manera voluntaria.
Conceptos básicos ¿Qué es una cuenta individual? Como su nombre lo indica, es la cuenta personal y única de cada trabajador administrada por la AFORE. En ésta se acumulan, durante su vida de trabajo, las cuotas y aportaciones del propio asegurado, de su patrón y del gobierno.
¿Qué hacen con el dinero de mi cuenta individual? El dinero depositado en las AFORES se invierte para generar rendimientos y a su vez incrementar el saldo total de la cuenta al momento del retiro del trabajador. Las inversiones de éstos recursos están a cargo de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (SIEFORES).
Tema 2 ¿EN QUÉ AFORE ME ENCUENTRO?
¿En qué AFORE me encuentro? Cada trabajador asegurado tiene derecho a una cuenta individual en una AFORE, cuando el trabajador no elige alguna, sus recursos van a una cuenta concentradora, tiempo después es asignado a una AFORE. Si nunca te has registrado en alguna AFORE, entonces estarás asignado y deberás registrarte en la que más te convenga, si quieres te puedo ayudar a investigar en cuál estás, ven, acompáñame.
¿En qué AFORE me encuentro? Si no sabes en qué AFORE estas ya no busques más. Sólo necesitarás ingresar a la página de la CONSAR https://www.e-sar.com.mx/PortalEsar. con los siguientes datos: Número de Seguridad Social (NSS) (http://www.segurosocial.mx/obtener_numero_de_segurosocial_i mss.html) CURP (https://consultas.curp.gob.mx/CurpSP/)
Registro en AFORE Si no has elegido AFORE debes tramitar el registro de tu cuenta en la Administradora de tu preferencia. Elegir AFORE es tu derecho. Una vez que hayas tomado una decisión, contacta a la AFORE de tu preferencia y solicita la visita de uno de sus Agentes Promotores, o bien, acude a cualquiera de sus sucursales. Puedes encontrar el teléfono de todas las Administradoras presionando la siguiente liga http://www.consar.gob.mx/ligas_AFOREs/ligas_AFOREs.aspx
Registro en AFORE Los requisitos para registrarnos en una AFORE son los siguientes Datos Personales: • • • • • • • • • • • • • •
Nombre completo. CURP. NSS, en su caso. Fecha de nacimiento. Género. Registro Federal de Contribuyentes Domicilio particular y domicilio laboral (en su caso). Teléfono fijo y/o celular y correo electrónico (en su caso). Ocupación. Actividad económica. Nivel de estudios. Dos referencias personales mayores de edad. Datos de tus beneficiarios. Identificación oficial.
El tiempo de respuesta por parte de las AFORES en cualquier trámite es: Mínimo 10 y máximo 50 días hábiles una vez firmada la Solicitud de Registro.
Tres factores para una mejor elección 1. Rendimientos Son las "ganancias" o "intereses" que obtienes durante tu período de ahorro. 2. Comisión Es el cobro que hacen las AFORES por administrar tu cuenta individual. La AFORE como cualquier otra empresa cobra por sus servicios. 3. Servicios La AFORE te brinda el servicio de resguardar de manera segura tus recursos y de hacerlos crecer mediante inversiones. Además, te envía tu estado de cuenta mínimo dos veces al año y también pueden ofrecerte otros servicios como: el envío de información por internet, atención telefónica y tarjeta electrónica de consulta de saldo.
¿Cómo determinar el Rendimiento de una AFORE? El dinero depositado en las AFORES se invierte para generar rendimientos y a su vez incrementar el saldo total de la cuenta al momento del retiro del trabajador. Las inversiones de estos recursos están a cargo de las Sociedades de Inversión Especializadas de Fondos para el Retiro (SIEFORES). Existen 4 SIEFORES de acuerdo al grupo de edad del trabajador.
Tema 3 ¿CÓMO ADMINSITRAN LOS RECUROS LAS AFORES?
¿Cómo administran los recursos las AFORES? Las AFORES son las encargadas de administrar y operar las cuentas individuales de cada trabajador, ésta cuenta se divide en 4 subcuentas:
Retiro, Cesantía y Vejez Aportaciones voluntarias Vivienda Aportaciones complementarias o adicionales
La afiliación al sistema de cuentas individuales se volvió obligatoria para todos los que se encuentran laborando en el sector privado y que cotizan en el IMSS, y voluntaria para los todos los trabajadores del país incluyendo los independientes. A continuación veremos cómo se compone cada una de éstas subcuentas
Retiro, Cesantía y Vejez En esta se depositan las cuotas y aportaciones obligatorias que realiza el patrón, el gobierno, y el trabajador bimestralmente • El gobierno aportará el 0.225% del salario base cotizado por cesantía en edad avanzada y vejez, adicionalmente ingresará un 5.5% del salario mínimo general para la CDMX en concepto de cuota social por cada día trabajado y cotizado. • El patrón aporta el 2% del salario base de cotización para el retiro, y 3.15% para cesantía en edad avanzada y vejez. • El trabajador aportará el 1.125% sobre el salario base de cotización. En total a éste fondo cada mes, ingresará entre un 6% y un 8% del salario base de cotización del trabajador, según el salario mensual de cada trabajador
Aportaciones voluntarias Son aquéllas aportaciones adicionales que realiza el trabajador por voluntad propia, ésta aportación no tiene límite ni restricciones, y se realiza con la intención de incrementar sus rendimientos. Ésta se puede realizar directamente acudiendo a su AFORE o pidiéndole al patrón que realice la aportación, descontándole de su sueldo el monto que desee ingresar por concepto de aportación voluntaria. Se puede efectuar cada 2 o 6 meses dependiendo de la AFORE en la que se encuentre registrado.
Vivienda En ésta subcuenta, solamente el patrón hace la aportación de un 5% del salario base de cotización de cada uno de los trabajadores, éstos recursos son destinados al INFONAVIT y éste mismo se encarga de administrarlos, pero, aún así quedan registrados en el AFORE y deberán aparecer en el estado de cuenta. Estos pueden ser utilizados de dos formas: a. Para solicitar un crédito para la vivienda el trámite se realiza ante el INFONAVIT, en caso de obtenerlos ésta subcuenta aparecerá en ceros, ya los recursos servirán para pagar el crédito. Sin embargo; si nunca solicita el crédito o no lo obtiene, los fondos de ésta subcuenta complementaran los fondos destinados para el retiro. b. Para elevar el monto de la pensión los recursos acumulados en ésta subcuenta a partir del 4° bimestre de 1997 se sumarán al saldo total para el retiro, en caso de que el trabajador no tenga derecho a pensión, los recursos serán entregados en una sola exhibición.
Aportaciones complementarias o adicionales Están destinadas a incrementar el monto de la pensión y las podrán realizar el patrón o el trabajador en cualquier momento. Sólo se puede tener acceso a ella hasta que llegue el momento del retiro. Todo el dinero que generan dichas aportaciones es invertido por las AFORES en las SIEFORES, con el objetivo de generar rendimientos.
¿Cómo leer el estado de cuenta de la AFORE? 1. PERIODO QUE COMPRENDE EL ESTADO DE CUENTA: Debes recibir tu estado de cuenta por lo menos tres veces al año. El periodo que reporta tu estado de cuenta debe comprender un cuatrimestre. 2. CUÁNTO TENGO EN MI CUENTA INDIVIDUAL: Cantidad total que tienes acumulada en tu cuenta individual a la fecha de corte de tu estado de cuenta (ahorro para el retiro + ahorro voluntario + ahorro para la vivienda). 3. DATOS PERSONALES: Verifica que tu nombre, CURP, RFC y NSS (número de seguridad social) sean correctos. Errores en tus datos personales, por mínimos que parezcan, pueden convertirse en un problema cuando quieras disponer de tus recursos. Si detectas alguna irregularidad en tus datos, ponte en contacto con la AFORE que administra tu cuenta. 4. RESUMEN GENERAL: Es el resumen de todas las aportaciones, retiros, rendimientos y comisiones que se realizaron en las subcuentas de ahorro para el retiro y ahorro voluntario dentro del periodo, así como el saldo anterior y saldo final. Los recursos de vivienda son administrados por los institutos de vivienda: INFONAVIT o FOVISSSTE. La AFORE sólo informa a través del estado de cuenta el saldo que le es reportado por el Instituto que corresponda. Cualquier duda que tengas respecto a tu ahorro para la vivienda, debes comunicarte al INFONAVIT o FOVISSSTE. 5. TABLA COMPARATIVA DE AFORE: En este apartado aparecen todas las AFORE que existen en el mercado, desde la que más te da a ganar hasta la que menos, según la SIEFORE en la que te encuentras de acuerdo a tu edad.
¿Cómo leer el estado de cuenta de la AFORE? 6. DETALLE DEL RESUMEN GENERAL: Se desglosan cada uno de los rubros que componen las subcuentas. • IMSS Si cotizas o cotizaste tendrás información en este apartado. • ISSSTE En este apartado, obtendrás información sobre el monto de tu cotización. 7. AHORRO VOLUNTARIO: Si tu patrón o tú han realizado aportaciones voluntarias se verán reflejadas en este rubro. 8. DATOS DE REFERENCIA DE APORTACIONES EN EL ÚLTIMO PERIODO: Periodo de pago, días cotizados y salario base de cotización del IMSS e ISSSTE. Es importante que revises el salario base con el que apareces registrado, pues de eso dependerán las aportaciones que realices tanto tú como tu patrón, y en el largo plazo determinarán el monto de tu pensión.
Tema 4 RETIROS
Existen dos tipos de retiros
Retiro por desempleo Retiro por gastos de matrimonio
Retiro por desempleo ¿Quién puede retirar? Podrán hacer uso de éste derecho todos los trabajadores que tengan al menos dos años de cotización y por lo menos tres años con una cuenta en la AFORE. ¿Cuánto puedo retirar? Mínimo 30 días y máximo 90 días de tu Salario Base de Cotización ¿Qué requisitos hay que cumplir? Contar con una Certificación de Baja del Trabajador Desempleado del IMSS (se otorga a partir del día 46 de desempleo).
Retiro por desempleo ¿Cómo se tramita el Retiro por Desempleo?
Debes acudir a la Subdelegación Administrativa del IMSS que te corresponde y solicitar la Certificación de Baja del Trabajador Desempleado. Con la certificación de baja deberás acudir a la AFORE que administra tu Cuenta Individual y solicitar tus recursos. La AFORE te entregará la cantidad que te corresponde en un máximo de cinco días hábiles vía cheque o depósito.
¿Cuándo puedo acceder a este beneficio? Cada cinco años. ¿Se me descuentan semanas de cotización? Sí, no obstante, los trabajadores pueden recuperarlas realizando aportaciones totales o parciales a la subcuenta de Retiro Cesantía y Vejez directamente con la AFORE.
Retiro por gastos de matrimonio ¿Quién puede retirar? Todos los trabajadores que tuvieran 150 semanas cotizadas al SAR 97 al momento de la celebración del matrimonio. ¿Cuánto puedo retirar? 30 días de salario mínimo vigente en la CDMX a la fecha de celebración del matrimonio. ¿Qué requisitos hay que cumplir? Que el matrimonio se haya celebrado a partir del 1º de julio de 1997. Contar con la Resolución de Ayuda de Gastos de Matrimonio del IMSS.
Retiro por gastos de matrimonio ¿Cómo se tramita el Retiro por Desempleo?
Debes acudir a la Unidad de Medicina Familiar que te corresponde y solicitar la Resolución de Ayuda de Gastos de Matrimonio. Con la resolución deberás acudir a la AFORE que administra tu Cuenta Individual a solicitar tus recursos. La AFORE te entregará la cantidad que te corresponde en un máximo de 5 días hábiles vía cheque o depósito.
¿Cuándo puedo acceder a este beneficio? Una sola vez en la vida. ¿Se me descuentan semanas de cotización? NO, y a todos los trabajadores a quienes se les hizo algún descuento en el pasado por haber ejercido éste retiro, les serán reintegradas sus semanas de cotización.
Tema 5 PENSIONES
Actualmente existen dos opciones para pensionar a los trabajadores del IMSS: Las opciones dependen de la fecha en la cuál comenzaste a trabajar y a cotizar para el IMSS. 1. 2.
Si comenzaste a trabajar antes del 30 de junio de 1997 puedes elegir pensionarte por Ley 73 o Ley 97. Si comenzaste a trabajar a partir del 1 de julio de 1997 sólo te puedes pensionar por la Ley 97.
Ambas leyes tienen requisitos y beneficios diferentes, los cuáles veremos a continuación.
Pensión por la Ley del Seguro Social de 1973 Para obtener una pensión por Cesantía o Vejez deberás tener como mínimo 500 semanas de cotización y 60 o 65 años de edad, respectivamente. Si eliges ésta opción, el IMSS pagará tu pensión y la de tus beneficiarios en caso de tu fallecimiento. La pensión se calculará con base en el promedio de los últimos 5 años de la trayectoria salarial. El monto de la pensión se actualizará cada año de acuerdo a la inflación. Además, podrás disponer en una sola exhibición de los recursos de tu Cuenta Individual por concepto de: • SAR IMSS (Retiro 92) • SAR INFONAVIT (Vivienda 92, siempre y cuando no hayas utilizado tu crédito de vivienda o en su caso, lo hayas terminado de pagar y exista un remanente) • SAR IMSS 97 (Retiro 97, siempre y cuando hayas seguido trabajando después del 1° de julio de 1997) • SAR INFONAVIT 97 (siempre y cuando no hayas utilizado tu crédito de vivienda o en su caso, lo hayas terminado de pagar y exista un remanente)
Pensión por la Ley del Seguro Social de 1997 Para obtener una pensión por Cesantía o Vejez, deberás tener como mínimo 1,250 semanas de cotización y 60 o 65 años de edad respectivamente. Si escoges o te corresponde esta ley deberás elegir la modalidad de pago de pensión que quieras: a. Retiro programado. La AFORE pagará tu pensión, utilizando los recursos de tu Cuenta Individual para que recibas de manera mensual una pensión que dependerá del monto que tengas ahorrado en tu cuenta, incluidos los rendimientos y las expectativas de vida. El monto de esta pensión es variable ya que se recalcula cada año y la recibirás por un tiempo determinado hasta que se termine el saldo de tu Cuenta Individual. En caso de fallecimiento, se pagará una pensión para tus beneficiarios y podrás dejar como herencia el saldo de tu Cuenta Individual. Además, podrás disponer en una sola exhibición de: SAR IMSS (Retiro 92). SAR INFONAVIT (Vivienda 92, siempre y cuando no hayas utilizado tu crédito de vivienda o en su caso, lo hayas terminado de pagar y exista un remanente). Modalidades de pensión IMSS por Cesantía en edad avanzada y Vejez.
Pensión por la Ley del Seguro Social de 1997 b. Renta vitalicia. La Aseguradora pagará tu pensión con la cantidad que tienes ahorrada en tu AFORE y también cubrirás las pensiones de tus beneficiarios en caso de fallecimiento. La pensión se actualizará con la inflación en el mes de febrero de cada año. Podrás disponer en una sola exhibición de: •SAR IMSS (Retiro 92). •SAR INFONAVIT (Vivienda 92, siempre y cuando no hayas utilizado tu crédito de vivienda o en su caso, lo hayas terminado de pagar y exista un remanente).
c. Retiro anticipado. Podrás elegir ésta opción antes de cumplir con las edades establecidas (60 o 65 años), siempre y cuando la pensión que se te calcule en la modalidad de Renta Vitalicia sea superior en más del 30% a la pensión mínima garantizada, una vez cubierto el seguro de sobrevivencia para tus beneficiarios. Si cumples con lo anterior, tendrás derecho a recibir el excedente de los recursos acumulados en tu Cuenta Individual en una o varias exhibiciones.
d. Seguro de sobrevivencia. Dentro de las modalidades anteriores se contempla la contratación de un seguro de sobrevivencia, el cuál cubrirá a tus beneficiarios cuando fallezcas, mientras tengan derecho a recibir una pensión de acuerdo a la Ley.
¿Qué pasa con mi dinero, si no reúno los requisitos para mi pensión? Si no cumples con los requisitos, el IMSS te entregará una “Negativa de Pensión” con la cuál podrás retirar el saldo total de tu Cuenta Individual en una sola exhibición.
¿Cuál es la diferencia entre una pensión por cesantía y una pensión por vejez? La diferencia entre ambas es el porcentaje de pensión que te darán, y lo puedes consultar en esta tabla: Pensión
Cesantía en Edad Avanzada
Vejez
Edad 60 61 62 63 64 65
Porcentaje de la pensión 75% 80% 85% 90% 90% 100%
¿Qué trámites debo hacer para solicitar una pensión? Antes de acudir a tu Unidad de Medicina Familiar (UMF o clínica) verifica que: En pensión por Cesantía en edad avanzada tengas un mínimo de 60 años de edad cumplidos a la fecha de la solicitud. En pensión por vejez tengas un mínimo de 65 años de edad cumplidos a la fecha de la solicitud. Además, para ambos casos debes verificar que: Tengas reconocidas ante el instituto un mínimo de 1,250 cotizaciones semanales en el régimen 1997 o 500 cotizaciones semanales en el régimen 1973. Te encuentres privado de trabajos remunerados. Te encuentres dentro de la conservación de derechos, para el régimen 1973.
Una vez que cumples con los requisitos, prepara tu documentación para comenzar con el trámite de tu pensión.
Pasos a seguir para comenzar con el trámite de tu pensión Paso 1: Acude a tu AFORE para iniciar tu trámite de pensión con la siguiente documentación. Ahora tu AFORE es tu ventanilla. Lleva los siguientes documentos • Identificación oficial con fotografía y firma. • Documento que contenga el número de seguridad social [NSS] expedido por el IMSS, INFONAVIT o AFORE. • Copia certificada, expedida por el registro civil, de acta de nacimiento, adopción o reconocimiento. • Comprobante de domicilio (no mayor a tres meses previos a la fecha de la solicitud) • Clave única de registro de población (CURP) • Documento de AFORE (no mayor a 6 meses previos a la fecha de solicitud) • Si cuentas con beneficiarios, (esposa/o hijos, concubina/rio, o falta de éstos, tus padres), deberás presentar los requisitos del trámite de Asignación Familiar
Pasos a seguir para comenzar con el trámite de tu pensión Paso 2: Elige el régimen de pensión Un trabajador que empezó a cotizar al IMSS antes del 1° de julio de 1997 y que cumple con los requisitos de ambos regímenes, se le da a elegir entre: • Pensión otorgada al amparo del régimen 1973 (pensión pagada por el IMSS) • Pensión otorgada al amparo del régimen 1997 A) Si tus recursos en la AFORE son suficientes, puedes contratar: • Pensión pagada por la AFORE llamada Retiro Programado • Pensión pagada por una aseguradora, llamada Renta Vitalicia B) Si tus recursos en la AFORE son insuficientes tendrás derecho a una Pensión Garantizada
Pasos a seguir para comenzar con el trámite de tu pensión Paso 3: Obtén tu resolución de pensión y fírmala. Te entregarán un documento oficial que señala la cuantía de pensión que te corresponde de acuerdo al régimen elegido, la fecha en que gozarás de la misma, así como la forma y lugar para recibir tu pago.
Paso 4: Aprovecha tu pensión al máximo, ha sido fruto de una vida de trabajo.