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Temario 1.Obligados
2.Estructura y tipos de declaraciones 3.Puntos a considerar para la presentación 4.Cierre de NEPE y complementarias en DyP para PM´s 2
OBLIGADOS
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Obligados a utilizar el Servicio de DyP
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Mayo 2009
Sector financiero, sociedades controladoras y controladas y Grandes Contribuyentes
Noviembre 2009
Los poderes Legislativo y Judicial, la CFE, IMSS, ISSSTE y la Administración Pública Centralizada
Febrero 2011
Sujetos del IEPS
Mayo 2011
Obligados a dictaminar sus Estados Financieros
Febrero 2012
Todas las personas morales
Obligados a utilizar el Servicio de DyP
• Personas físicas con ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior superiores a: $1,000,000 A partir del mes de septiembre de 2012 respecto de sus pagos provisionales y definitivos de agosto 5
Portal del SAT y Regla II.2.8.5.1. RMF 2012
ESTRUCTURA Y TIPO DE DECLARACIONES
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Formato Electrónico • Declaración con todas las obligaciones de la misma periodicidad y fecha de vencimiento (mensual, bimestral, semestral, etc.) • Línea de captura para las cantidades a cargo de sus obligaciones Se eliminan las declaraciones de corrección de datos y de razones (en cero) 7
Estructura de la declaración
Formato Electrónico
Datos generales
Determinación del impuesto
Determinación del pago
Contenido del formato electrónico Datos generales
Determinación del impuesto Determinación de pago
• RFC y nombre • Obligaciones fiscales, tipo de declaración, periodicidad, ejercicio y periodo • • • • •
Ingresos acumulables Deducciones autorizadas Pagos provisionales anteriores Resultado: a cargo, en cero o a favor Aplicaciones: compensaciones, subsidio para el empleo, IDE, estímulos, etc. • Cargos adicionales: actualización y recargos • Cantidad a pagar
Características
Formato electrónico
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Directamente en el portal del SAT (www.sat.gob.mx)
Pago a través de depósito referenciado (línea de captura)
Portal del SAT
Procedimiento de presentación Acceso
www.sat.gob.mx > “Mi Portal” > “Pago referenciado” con CIECF
Captura
Información de sus obligaciones fiscales
Envío
Banco
Acuse
Pago Recibo
Una sola declaración, todas las obligaciones Emitido por el SAT, de acuerdo al resultado: • A Cargo , incluye línea de captura •Únicamente a favor y/o en cero, no incluye línea de captura En el portal bancario o ventanilla bancaria con la línea de captura contenida en el acuse emitido por el SAT La institución de crédito emite recibo bancario
Tipos de declaraciones complementarias
Reglas II.2.8.5.3., II.2.8.5.4., II.2.8.6.3., II.2.8.6.4. y II.2.8.6.5. RMF 2012
Tipos de declaraciones complementarias Modificación de obligaciones
• Para corregir la determinación del impuesto o del pago • Cuando la línea de captura ya no está vigente
Obligación no presentada
• Cuando no se incluyeron todas sus obligaciones
Dejar sin efecto
• Para modificar el concepto del impuesto declarado
Declaraciones complementarias • Modificar datos de actualización y recargos
No se contabilizan para el límite del art. 32 del CFF, las que se presenten para:
• Por errores relativos al periodo de pago o al concepto de impuesto declarado • Por obligaciones omitidas, siempre que no se modifiquen los datos declarados en las otras obligaciones fiscales Reglas I.2.12.1., I.2.12.2. y I.2.12.3. RMF 2012
NEPE Cálculo manual de los impuestos en papeles de trabajo para: Determinar resultado: a cargo, a favor o en cero
Si resulta a cargo o saldo a favor se presenta en el banco desglosando cada uno de los impuestos a pagar o a favor
Si resulta en cero ingresa al Portal del SAT para presentar la "Declaración de razones (en cero)”
DyP Captura de información y el sistema realiza el cálculo automático del impuesto Se envía la declaración en el portal del SAT. Se genera el acuse de recibo y, en su caso, línea de captura con cantidad a pagar
Si resulta impuesto a cargo ingresa al portal bancario o en ventanilla a realizar el pago
NEPE Operación en el banco INTERNET > Ingresa al portal bancario y captura: RFC y nombre > Desglosa cada uno de los impuestos a pagar o con saldo a favor por tipo, periodo y cantidad.
VENTANILLA BANCARIA > Acude con hoja de ayuda por cada tipo de impuesto El banco emite Recibo del pago de contribuciones
DyP Operación en el banco INTERNET > Ingresa al portal bancario y captura: RFC > Ingresa línea de captura y cantidad a pagar
VENTANILLA BANCARIA > Acude a la ventanilla bancaria solo con la línea de captura e importe a pagar El banco emite Recibo del pago de contribuciones
Medios de Pago Ventanilla bancaria
• Los que no se encuentren en los siguientes supuestos: • Personas físicas que realicen actividades empresariales y en el ejercicio inmediato anterior obtuvieron ingresos superiores a $2’421,720
Internet
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• Quienes NO realicen actividades empresariales y en el ejercicio inmediato anterior obtuvieron ingresos superiores a $415,150 Artículo 20 CFF, Reglas I.2.11.1. y II.2.8.5.1. RMF 2012
PUNTOS A CONSIDERAR PARA LA PRESENTACIÓN
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Recomendaciones para la presentación
• Verificar y, en su caso, actualizar las obligaciones fiscales (ISR, IETU, IVA, etc.)
• Contar con CIECF • Bitácora de información que contenga:
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• Ingresos y deducciones del ejercicio • Pagos provisionales anteriores • Acreditamientos que procedan
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Selección de Obligaciones
Se puede generar el formato electrónico sin seleccionar todas las obligaciones
Posteriormente podrá enviarse la declaración complementaria por “Obligación no presentada” 21
Selección de Obligaciones
Podrán seleccionarse obligaciones adicionales a las registradas en el RFC
Pero debe presentarse el aviso de “Actualización de Obligaciones” en “Mi Portal” 22
Campos obligatorios a requisitar
Los campos marcados en rojo son de captura obligatoria, aún en cero
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Opción de cálculo automático
En la “Determinación del impuesto” para el ISR propio, se selecciona si opta por el “Cálculo automático del impuesto”
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Validación cuando es fuera de línea Cuando la declaración se capturó fuera de línea, previo a su envío, se deben validar las compensaciones y acreditamientos capturados
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Campos que se capturan con cero “0”
Para IETU e ISR, los contribuyentes con ingresos por: • Actividad empresarial (Régimen General e Intermedio) y • Servicios Profesionales (Honorarios) En los campos de “periodos anteriores” deberán capturar cero (0) 26
Campos que se capturan con cero “0”
El total de ingresos y/o deducciones de periodos anteriores más los del mes de cálculo, deberán capturarse en los campos “del periodo” que declara
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Campos que se capturan con cero “0” Ingresos del ejercicio Meses Enero Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Total 28
Ingresos $ 100,000 $ 100,000 $ 100,000 $ 100,000 $ 100,000 $ 100,000 $ 100,000 $ 100,000 $ 800,000
Para ISR, en el campo “Suma de ingresos de meses anteriores del ejercicio” capture “0” En el campo “Ingresos del periodo” capturar $800,000
Campos que se capturan con cero “0”
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Campos que se capturan con cero “0”
Para IETU aplica lo mismo: Aún cuando los ingresos de meses anteriores suman $700,000, en el campo “Suma de ingresos percibidos de meses anteriores del ejercicio” capture “0” En el campo “Ingresos percibidos del periodo” capturar $800,000 30
Campos que se capturan con cero “0”
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Deducción opcional (arrendamiento) Se podrá seleccionar si aplica la deducción opcional (35% de los ingresos) y el formulario determina automáticamente el monto
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Deducciones autorizadas (arrendamiento)
En caso contrario, el monto de deducciones autorizadas se captura en forma manual
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Deducciones (arrendamiento) En ambos casos el campo de “Impuesto predial” queda habilitado para captura manual
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Régimen Intermedio
El formulario determina el monto correspondiente a la Entidad Federativa
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Régimen Intermedio
Seleccionar si el impuesto se enterará directamente a la Entidad Federativa
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Régimen Intermedio El monto a pagar a la Federación considera el acreditamiento del total de pagos realizados a la Entidad Federativa
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Regímenes combinados (ISR)
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Para contribuyentes que tributen en dos o más regímenes para efectos de ISR, se generan apartados diferentes para capturar los datos correspondientes a cada uno
Determinación del IETU
El Listado de Conceptos IETU se presenta con la declaración anual, no se realiza de forma mensual 39
Artículo 21, fr. II, numeral 1 LIF 2012, Regla II.2.8.5.5. RMF 2012
IDE Acreditable
El IDE acreditable es exclusivamente el recaudado en el mismo mes de cálculo; no incluir las cantidades recaudadas en otros meses del ejercicio
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Artículo 8 LIDE
IDE Acreditable IDE recaudado durante el ejercicio Enero $ 1,000 Febrero $ 1,000 Marzo $ 1,000 Abril $ 1,000 Mayo $ 1,000 Junio $ 1,000 Julio $ 1,000 Agosto $ 1,000 Total $ 8,000 41
IDE acreditado en meses anteriores $ 1,000 $ 500 $ 1,000 $ 700 $ 1,000 $ 1,000 $ 5,200
IDE por recuperar $ 500 $ 300 $ 1,000 $ 1,800
IDE Acreditable
El IDE por recuperar de meses anteriores es de $1,800, el cual podrá compensarse o solicitarse en devolución La cantidad que se podrá “acreditar”, es el monto efectivamente recaudado en el mes: $1,000 42
Artículo 8 LIDE
IDE Acreditable
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Proporción de Acreditamiento (IVA)
Si determina proporción de acreditamiento, se debe capturar en la sección “Determinación del Impuesto” en los campos correspondientes a su determinación (artículo 5 ó 5-B de la LIVA) En caso contrario dejarlos en blanco, no es posible capturar “1” (100% acreditable) 44
Artículos 5 y 5-B LIVA
Proporción de Acreditamiento (IVA)
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Presentación de la declaración y del pago ENVÍO RECOMENDABLE presentarla a partir del primer día del mes siguiente al que corresponda y antes de la fecha límite
y
PAGO Deberá realizarse a más tardar en la fecha límite que corresponda (establecida en el acuse de envío)
Acuse de recibo emitido por el SAT •La Línea de Captura y el importe total a pagar se obtienen del Acuse de recibo de la declaración emitido por el SAT •Verificar en este Acuse el medio de pago para los “Obligados a pagar por internet” 47
Acuse de recibo emitido por el SAT •Verificar la vigencia de la línea de captura, la cual considera los días adicionales de acuerdo al 6º dígito numérico del RFC
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Artículo 7.2. Decreto del 30/03/2012
Al realizar el pago • Verificar que la línea de captura sea correcta, evitando los siguientes errores: • Número 0 por la letra O • Número 1 por la letra I • Número 5 por la letra S • Número 6 por la letra G • Número 8 por la letra B 49
Acuse de recibo bancario •Conservar el recibo bancario, la declaración y el acuse del SAT (se sugiere se guarden en formato electrónico) para evitar duplicar el pago •El monto indicado en la línea de captura se puede pagar una sola vez en el mismo banco, pero no hay impedimento para hacerlo en otras instituciones de crédito 50
Al presentar la declaración en banco
•NO utilizar: Tarjeta Tributaria, Orden de Solicitud de Tarjeta Tributaria ni Hojas de Ayuda
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Después de presentar la declaración Podrá Consultar las declaraciones presentadas
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Después de presentar la declaración Reimprimir los Acuses de las declaraciones
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No utilizarán DyP •REPECOS, seguirán presentando sus declaraciones en las Entidades Federativas •Los que enteran el IEPS a las Entidades Federativas por la aplicación de las cuotas por venta de gasolina y diesel, respecto de esta obligación 54
No utilizarán DyP Para las declaraciones normales y complementarias extemporáneas de personas físicas, de julio 2012 y periodos anteriores debe utilizarse el NEPE 2011
2010 2009 … 55
2013
2012 … Mayo
Junio
NEPE
Julio
Agosto
Septiembre Octubre… 2014
DyP
2015 …
Avisos de Compensación
Los contribuyentes que compensen saldos a favor manifestados en DyP contra cantidades a cargo determinadas en el mismo sistema quedarán relevados de presentar el aviso de compensación correspondiente
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Regla I.2.3.4. RMF 2012
Casos especiales
Autotransporte terrestre de carga federal y foráneo de pasaje y turismo Si optan por deducir hasta el 9% de sus ingresos, siempre que en los pagos provisionales apliquen la tasa del 16% a la deducción efectuada. ¿Cómo se captura esta información en DyP? 57
Reglas 2.3. y 3.3. RFA 2012
Casos especiales Concepto
Campo en Determinación del impuesto
Deducción del 9%
“Deducciones autorizadas”
Impuesto (16%)
“Otras cantidades a cargo del contribuyente” Ejemplo:
Concepto Ingresos del periodo Deducción adicional del 9% de los ingresos Impuesto del 16% sobre la deducción adicional 58
Cantidad $ 1,000,000 90,000 14,400 Reglas 2.3. y 3.3. RFA 2012
Casos especiales
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Casos especiales
Estímulos fiscales Se capturan en Determinación de pago: •Crédito IEPS Diesel sector primario y minero •Diesel automotriz para transporte •Uso de infraestructura carretera de cuota •Otros (adquisición de tractocamiones, sector de autotransporte federal, gas natural, etc.) 60
Casos especiales
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Casos especiales Régimen simplificado sector primario
Durante 2012 podrán reducir su ISR causado en un 30%, capturando esta disminución en la sección “Determinación del impuesto”, campo: “Otras cantidades a favor del contribuyente” 62
Artículos 81, 8º párrafo LISR y 83 RLISR
Casos especiales Reducción de ISR para el sector primario
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CIERRE DE NEPE Y COMPLEMENTARIAS EN DYP PARA PM´s
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Inhabilitación de NEPE para Personas Morales Complementarias Esquema Anterior
Consulta por Obligación
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Inhabilitación de NEPE para personas morales
• Cierre de NEPE para Personas Morales a partir del 1º de julio de 2012 Declaraciones y Pagos: • Complementarias Esquema Anterior. • Complementarias SUBTIPO Esquema Anterior
Complementarias esquema anterior Sólo aplican cuando:
• La declaración normal o complementaria se haya presentado en el esquema anterior (NEPE) • No se haya presentado en el Servicio de Declaraciones y Pagos el periodo a declarar 67
Complementarias esquema anterior
En Datos Generales, campo “Tipo de Declaración”, seleccionar la opción “Complementaria Esquema Anterior”
Complementarias esquema anterior • Seleccionar las obligaciones a declarar • Llenar el formulario:
Ejemplo: ISR a cargo de noviembre 2011; en Determinación del Impuesto capturar cero (0) en los campos obligatorios y anotar el impuesto en el campo “Otras Cantidades a Cargo del Contribuyente”
Complementarias esquema anterior Ejemplo: Determinación del Impuesto
Complementarias esquema anterior
En Determinación de Pago se refleja automáticamente el impuesto a cargo, habilitándose, entre otros, los siguientes campos: • Multa por corrección • Fecha del pago realizado con anterioridad • Monto pagado con anterioridad
Complementarias esquema anterior Ejemplo: Determinación del Pago
Complementarias SUBTIPO esquema anterior
Aplican cuando: • La declaración normal o complementaria se haya presentado en el esquema anterior (NEPE) • Se presentó en D y P declarar
el periodo a
Complementarias SUBTIPO esquema anterior
En Datos Generales campo “Tipo de Declaración” seleccionar la opción: Complementaria
Complementarias SUBTIPO esquema anterior
En el campo “Tipo de Complementaria”, seleccionar la opción: Esquema anterior
Complementarias SUBTIPO esquema anterior
Ejemplo: Determinación del Impuesto
Complementarias SUBTIPO esquema anterior
Ejemplo: Determinación de Pago
Consulta por obligación Nueva Herramienta en D y P
Consulta por obligación