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Ingeniaritza Elektronikoa
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACION DEL SERVICIO
DE
LA
UNIDAD
TECNICA
DE
PROTECCION
RADIOLOGICA (U.T.P.R.) EN EL HOSPITAL UNIVERSITARIO CRUCES 1
OBJETO El objeto del presente pliego es la definición de los servicios que la
U.T.P.R. deberá ofrecer al Hospital Universitario Cruces en el control de calidad del Equipamiento radiológico, Programa de calidad de Radiodiagnóstico, Programa de Protección Radiológica y seguimiento de la vigilancia dosimétrica de trabajadores. La relación de las instalaciones y equipos de Rayos X se describen en el anexo I, y se realizarán en las siguientes ubicaciones:
Hospital Universitario Cruces. Barakaldo Ambulatorio "José Félix de Lequerica". Las Arenas - Getxo. Ambulatorio "Virgen del Carmen". Santurtzi. Ambulatorio de Repélega. Portugalete. Ambulatorio de Ortuella. Ortuella. Centro de Salud de Mungia. Mungia. Centro de Salud de Algorta. Algorta - Getxo. Centro de Salud de Zalla. Zalla.
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El seguimiento de la vigilancia dosimétrica de trabajadores se realizará únicamente en los Ambulatorios y Centros de Salud que se indican en la anterior relación.
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NORMATIVA APLICABLE La U.T.P.R. con respecto al Hospital Universitario Cruces y los centros
indicados anteriormente deberá cumplir en la realización de su trabajo la siguiente normativa legal: •
Real Decreto 1085/2009 sobre Instalación y Utilización de Aparatos de Rayos X con Fines de Diagnóstico Médico.
•
Real Decreto 783/2001, de 16 de Julio, Reglamento sobre Protección sanitaria contra Radiaciones Ionizantes.
•
Real Decreto 413/1997 de 21 de Marzo, sobre Protección Radiológica a los trabajadores externos.
•
Real Decreto 1976/1999 de 23 de Diciembre, por los que se establecen los criterios de Calidad en Radiodiagnóstico.
•
Real Decreto 815/2001, de 13 de Julio, sobre justificación del uso de las radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas con ocasión de exposiciones médicas.
De conformidad con la legislación vigente, toda empresa licitadora deberá estar inscrita en el Registro de Empresas Externas creado en el C.S.N. por Resolución de 16 de Julio de 1.997, Unidad Técnica de Protección Radiológica (U.T.P.R.).
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ACTIVIDADES A REALIZAR POR LA U.T.P.R.
3.1
Control de Calidad de las Instalaciones de Rayos X y sistemas de imagen. Serán objeto del control de calidad todos los equipos e instalaciones de
Rayos X que se incluyen en el Anexo I. Este control de calidad tendrá una frecuencia mínima anual. Los controles de calidad a realizar deberán cumplir los siguientes requisitos: a) Las pruebas a efectuar habrán de ser las adecuadas a las características de cada equipo en relación con su funcionalidad (convencional, tomografía computerizada, equipo dental, etc.…). b) Para cada tipo de equipo, las pruebas de que consta el control de calidad deberán abarcar, como mínimo, las estipuladas como "esenciales" en el Protocolo Español de Control de Calidad en Radiodiagnóstico. c) El resultado de cada una de las pruebas deberá expresarse en las mismas unidades que se reflejan en el citado Protocolo Español de Control de Calidad en Radiodiagnóstico, indicando la relación entre dicho resultado y las tolerancias permitidas en aquél. d) Los controles de calidad para cada equipo habrán de contar con una valoración general de la situación del mismo, en la que aparezcan claramente las conclusiones obtenidas para cada una de las pruebas y las recomendaciones oportunas (ajuste, reparación ... ) que del análisis de los distintos resultados se deduzcan. Estas conclusiones deberán expresarse en términos comprensibles y claros. e) El intervalo de tiempo transcurrido entre la realización de las distintas pruebas en las instalaciones y la recepción del informe en el Pliego UTPR. 2014
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Hospital no habrá de ser superior a los dos meses. Se deberán remitir los informes de evaluación a la Jefatura de Ingeniería Electrónica del Hospital, tanto por escrito como en soporte digital, diferenciando por cada una de las ubicaciones indicadas en el objeto del contrato. f) De todo el proceso de recogida de datos, de los resultados y del estado final de cada una de las instalaciones de Rayos X la U.T.P.R. realizará un informe detallado. Asimismo, determinará de una manera resumida el estado de las instalaciones y las medidas a tomar para la realización de las oportunas modificaciones o actuaciones técnicas que haya que realizar. Una vez realizadas las mismas la propia U.T.P.R. realizará nuevas mediciones que determinen el estado correcto de las mismas. g) La totalidad de las pruebas de campo en las distintas instalaciones deberán realizarse con anterioridad al 31 de diciembre de cada año, salvo causa de fuerza mayor, debidamente justificada. 3.2
Expedición del Certificado de conformidad de la Instalación. El
adjudicatario
deberá
realizar
anualmente
la
expedición
del
Certificado de conformidad de las instalaciones incluidas en el Anexo I, conforme a los requisitos establecidos en el RD. 1085/2009. 3.3
Verificación tras las intervenciones o reparaciones de los equipos. La U.T.P.R deberá realizar un seguimiento de las reparaciones
efectuadas en las instalaciones indicadas en el Anexo I. Para ello deberá colaborar con el Servicio de Ingeniería Electrónica y las Empresas de Asistencia Técnica de las citadas instalaciones.
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A tal fin, deberá realizar una verificación adicional del funcionamiento clínico de los equipos reparados, cuando la reparación hubiera podido afectar significativamente a la calidad de imagen o a la dosis impartida a los pacientes.
De acuerdo con el RD. 1085/2009 deberá realizar el preceptivo certificado de verificación tras las intervenciones o reparaciones de los equipos. 3.4
Verificación de niveles de radiación en puestos de trabajo y lugares accesibles al público La U.T.P.R. realizará la verificación de los niveles de radiación, en los
puestos de trabajo y en aquellos lugares accesibles al público, de acuerdo con las indicaciones fijadas en el anexo II del RD. 1976/1999, conforme al RD. 1085/2009, en todas las instalaciones mencionadas en el anexo I. 3.5
Informes
3.5.1 Presentación del informe anual de las instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico en el Consejo de Seguridad Nuclear.
La U.T.P.R. deberá realizar el trámite de presentación del informe anual ante la Oficina Territorial del Departamento de Industria del Gobierno Vasco y de la documentación necesaria para el mismo, teniendo como base y referencia lo siguiente: a) El Control de calidad anual de las Instalaciones. b) Certificado de conformidad de las instalaciones. c) Certificados de verificación tras las intervenciones. d) Resumen de la dosimetría del personal e) Resultado de las verificaciones anuales de los niveles de radiación de los puestos de trabajo y áreas de acceso al público. Pliego UTPR. 2014
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Esta documentación se remitirá por triplicado a Ingeniería Electrónica para la comprobación y verificación de los puntos correspondientes; una vez completados, la entidad contratada dará entrada en la Oficina Territorial del Departamento de Industria del Gobierno Vasco correspondiente a los tres ejemplares,
junto
con
una
copia
también
del
Registro
de
entrada,
diferenciando cada una de las ubicaciones indicadas en el objeto del contrato. 3.5.2 Actualización registral de instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico en el Registro correspondiente.
El RD. 1085/2009 anteriormente citado establece en su Capítulo III, artículo 12, punto 1° que “Antes de la puesta en funcionamiento las instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico deberán ser declaradas por sus titulares ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma en que esté ubicada la instalación... ". Adicionalmente, en su artículo 13 establece que "El cambio de los equipos
o la incorporación de equipos,
generadores o tubos adicionales, el cambio de ubicación de la instalación y la modificación en la disposición general de esta, respecto de la declaración en vigor, exigirá un trámite de declaración y registro similar al establecido en el artículo anterior".
Así pues, se deberá elaborar y presentar la documentación pertinente en la Oficina Territorial del Departamento de Industria del Gobierno Vasco de las modificaciones habidas a lo largo de la duración del contrato, de modo que se actualice ante este organismo la configuración de la totalidad de las instalaciones indicadas en el Anexo I. (Se estiman que a lo largo de un año se realizan un número de modificaciones no superior a 10).
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La realización de toda esta documentación se hará conforme al RD. 1085/2009 anteriormente citado y basado en los criterios de elaboración del control de calidad de las Instalaciones de Rayos X.
La U.T.P.R. deberá elaborar la totalidad de la documentación necesaria para cumplimentar el trámite ante dicha Oficina Territorial del Departamento de Industria del Gobierno Vasco, incluyendo la elaboración del estudio previo de seguridad (estimación de blindajes, etc.) cuando sea procedente. Esta documentación se remitirá por triplicado a Ingeniería Electrónica para la comprobación y verificación de los puntos correspondientes; una vez completados, la entidad contratada dará entrada en la Oficina Territorial del Departamento de Industria del Gobierno Vasco correspondiente a los tres ejemplares, junto con una copia también del Registro de entrada.
De todo el proceso de recogida de datos, de los resultados y del estado final de cada una de las instalaciones de radiodiagnóstico la U.T.P.R. realizará un informe detallado. Asimismo, determinará de una manera resumida el estado de las instalaciones y las medidas a tomar para la realización de las oportunas modificaciones o actuaciones técnicas que haya que realizar. Una vez realizadas las mismas, la propia U.T.P.R. realizará nuevas mediciones que determinen el estado correcto de las mismas. 3.6
Vigilancia dosimétrica Respecto al seguimiento de la vigilancia dosimétrica de los trabajadores,
éste comprende a todos los trabajadores expuestos, conforme al RD. 1085/2009 sobre Instalación y Utilización de Aparatos de Rayos X con Fines
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de Diagnóstico Médico, que trabajan en los Ambulatorios y centros de Salud que se han indicado en el apartado 1 del Pliego. 3.7
Desarrollo y Seguimiento del Programa de Garantía de Calidad El adjudicatario deberá llevar a cabo el desarrollo y seguimiento del
Programa de Garantía de Calidad en Radiodiagnóstico.
Para ello deberá de tener en cuenta: •
La redacción actual del Programa de Calidad en Radiodiagnóstico.
•
Los protocolos que se utilizan actualmente.
•
La realización práctica en cada uno de los puestos de trabajo.
•
El seguimiento y la optimización del Programa de Calidad, incluso su ampliación en caso de ser requerido.
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Supervisión y control
Para la realización del seguimiento, supervisión y control del presente pliego, el Adjudicatario deberá realizar las siguientes actuaciones, de común acuerdo con el Responsable del Servicio de Ingeniería Electrónica del Hospital Universitario Cruces: •
Informe anual de las actividades realizadas por el adjudicatario a entregar, como plazo máximo en los 30 días posteriores a la finalización del año natural, al Responsable del Servicio de Ingeniería Electrónica del Hospital Universitario Cruces.
•
Informe semestral de las actividades realizadas por el adjudicatario indicando expresamente las referentes a las verificaciones tras reparaciones de equipamiento de Rayos X realizadas por el Adjudicatario, a entregar, como plazo máximo en los 20 días
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posteriores a la finalización del período considerado, al Responsable del Servicio de Ingeniería Electrónica del Hospital Universitario Cruces. •
Reuniones de seguimiento trimestral sobre la actividad realizada por el adjudicatario en el período anterior.
•
Reunión de seguimiento y análisis anual del desarrollo de las actividades del Adjudicatario y balance de lo realizado y, en su caso, acciones pendientes a desarrollar.
•
Otros informes y actividades que según las necesidades y de común acuerdo se deban realizar.
La entrega de estos informes junto con los indicados en otros puntos de este Pliego, la realización de reuniones y demás actividades conjuntas que se realicen entre el Adjudicatario y los responsables del Hospital, configurarán el conjunto de elementos que definirán la cuantificación de lo realizado y su tanto de conformidad con el Pliego y la oferta adjudicada. 5
MEDIOS TECNICOS Los medios técnicos a usar para la realización de estos trabajos serán
aportados por el adjudicatario.
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MEDIOS HUMANOS El personal necesario para la prestación de este servicio, será
contratado por la empresa adjudicataria, siendo por cuenta del mismo, el pago de todas las obligaciones derivadas de dichos contratos (como salarios, cuotas de la Seguridad Social, etc.).
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El personal que por su cuenta aporte y emplee el adjudicatario para este Servicio, no tendrá derecho alguno acerca del Hospital Universitario Cruces ya que dependerá única y exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal, con arreglo a la legislación laboral y social vigentes y a la que en los sucesivo se pueda promulgar sin que, en ningún caso, resulte responsable el Hospital Universitario Cruces ni Osakidetza de las situaciones o discrepancias entre el adjudicatario y sus trabajadores.
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DURACIÓN DEL CONTRATO La duración de este contrato será hasta de 4 ejercicios, a partir del año
2014, pudiéndose prorrogar por otros dos ejercicios, hasta un total de 6 ejercicios sucesivos.
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INVENTARIO
DENOMINACIÓN
F. ADQUIS
MARCA
MODELO
Nº SERIE
UBICACIÓN
66-110036
ANGIOGRAFO DIGITAL
22.08.2002 PHILIPS
INTEGRIS ALLURA
3071 ANGIO-RADIOLOGÍA PL. BAJA EDF. B
66-110075
ANGIOGRAFO DIGITAL
66-110084
ANGIOGRAFO DIGITAL
23.10.2007 SIEMENS
AXIOM ARTIS DTA
55367 ANGIO-RADIOLOGÍA PL. BAJA EDF. B
01.01.2010 PHILIPS
ALLURA XPER FD 20
66-111017
EQ RX PORT ARCO C
26.09.1998 MERATE
MTHF-9R
66-111018
EQ RX PORT ARCO C DIGITAL23.02.2000 PHILIPS
BV25 GOLD
4161450/000292 U.E. 2 C B.QUIRÚRGICO TRAUMA PROGRAMADOS
66-111020
EQ RX PORT ARCO C
30.11.2001 PHILIPS
BV PULSERA
4674130/000125 U.E. B.Q. 6-C CIR.PLASTICA Y VASCULAR
66-111021
EQ RX PORT ARCO C
10.12.2001 PHILIPS
BV LIBRA
4555230/000027 UNIDAD DEL DOLOR S-1 A
66-111022
EQ RX PORTATIL
01.06.2007 PHILIPS
PRACTIX 100 PLUS
P2-873
U.E. 6 "E" NEONATAL
66-111023
EQ RX PORTATIL
09.09.2004 PHILIPS
PRACTIX 300
CAA1225
U.E. 5 B U.C.I.
66-111024
EQ RX PORTATIL
14.09.2004 PHILIPS
PRACTIX 300
CAA1231
U.E.6ª A - REANIMACION
66-111025
EQ RX PORT ARCO C
15.05.2006 GMM
MCA
44-06-10186
U.E. 5 E B.QUIRÚRGICO PEDIATRÍA
66-111026
EQ RX PORTATIL
12.02.2007 PHILIPS
PRACTIX 300
66-111027
EQ RX PORTATIL
12.03.2007 SEDECAL
TX 32 HF-C
G-25801/511
URGENCIAS MEDICO-QUIRÚRGICAS
66-111028
EQ RX PORT ARCO C
23.10.2006 G.E.
SERIES 7700
79-S 2031
U.E.B.Q.NEUROCIRUGIA PL. BAJA "A"
66-111029
EQ RX PORT ARCO C DIGITAL31.12.2007 SIEMENS
ARCADIS AVANTIC
66-111030
EQ RX PORT ARCO C
01.12.2006 SIEMENS
SIREMOBIL COMPACT L 3615/8497
U.E. B.QUIRÚRGICO URGENCIAS
66-111031
EQ RX PORT ARCO C
01.12.2006 SIEMENS
SIREMOBIL COMPACT L 3626/8499
U.E. 2 C B.QUIRÚRGICO TRAUMA PROGRAMADOS
66-111032
EQ RX PORTATIL
30.01.2009 PHILIPS
PRACTIX 300
8562154 URGENCIAS MEDICO-QUIRÚRGICAS
66-111033
EQ RX PORTATIL
30.01.2009 PHILIPS
PRACTIX 300
8562153 U.E. U.C.I. PEDIATRIA-PL. 6ª D
66-111034
EQ RX
01.11.2010 AGFA
DX-D500
66-111036
EQ RX PORT ARCO C
18.09.2012 G.E.
OEC 9900 ELITE
66-111037
EQ RX PORT ARCO C
01.07.2013 G.M. MERATE MTHF-9R
17626 SECCIÓN CORONARIAS PL. 5ª EDIFICIO "A"
2243 U.E. ELECTROFISIOLOGIA - 4ª B 99 B.Q. 5 C TRASPLANTE HEPÁTICO
7561852 URGENCIAS MEDICO-QUIRÚRGICAS
31101 ENDOSCOPIA PRUEBA GASTRO PL. 1ª EDIF. C
1051 URGENCIAS MEDICO-QUIRÚRGICAS E2-2926
U.E. B.QUIRÚRGICO URGENCIAS
66-112003
EQ RX
05.10.1990 GENERAL ELECTRIC MPG 50
ago-28 U.E. PL.0 B - RX - RADIODIAGNOSTICO
66-112006
EQ RX
26.12.1994 MERATE
MGR 50
14016 RADIOLOGIA INFANTIL PL. BAJA EDF. B
66-112007
EQ RX
01.11.1995 SIEMENS
POLYMAT 100
66-112008
EQ RX
13.12.1995 MERATE
MGR 80 HF
66-114010
EQ RX ORTOPANTOMOGRAFO 27.02.1996 SIEMENS
ORTHOPHOS CD
66-114063
EQ RX HEMODINAMICA DIGITAL 26.07.2000 SIEMENS
COROSKOP TOP HIT
66-114064
EQ RX
INDICO 100
66-114065
EQ RX TELEMANDO DIGITAL 30.11.2005 PHILIPS
VELARA RF MAMMOMAT 3000 NOVA
17.01.2005 TOSHIBA
24.04.2007 SIEMENS
1188 U.E. PL.0 B - RX - RADIODIAGNOSTICO 479-GD-92-5
U.E. PL.0 B - RX - RADIODIAGNOSTICO
52451 U.E. PL.0 B - RX - RADIODIAGNOSTICO 2131 SU.E. 4ª A HEMODINÁMICA AM3946L4
SERVICIO RADIOLOGÍA PL.-BAJA EDIF. B
44342 U.E. PL.0 B - RX - RADIODIAGNOSTICO 12184 MAMOGRAFÍA PL. BAJA EDF. B
66-114067
EQ RX MAMOGRAFO
66-114068
EQ RX MESA DE BIOPSIA MAMARIA 15.05.2007 LORAD
66-114069
SCANNER HELICOIDAL
30.04.2007 PHILIPS
BRILLANCE CT 16
66-114070
SCANNER HELICOIDAL
07,06,2007 GE
CT LIGHTSPEED VCT
66-114071
EQ RX DIGITAL TORAX
27.11.2007 KODAK
DIRECTVIEW DR 3000
66-114072
EQ RX TELEMANDO DIGITAL 14.03.2008 G.M.M.
OPERA G800 RFS
66-114074
EQ RX DIGITAL
27.06.2008 SIEMENS
AXIOM ARISTOS FX PLU
66-114075
EQ RX DIGITAL
01.09.2008 SIEMENS
AXIOM ARISTOS FX PLU
66-114077
EQ RX MAMOGRAFO DIGITAL 30.07.2009 GE HEALTHCARE ESSENTIAL
66-114078
EQ RX PORT ARCO C
66-114081 66-114084 66-114085
EQ RX HEMODINAMICA DIGITAL 31.01.2012 PHILIPS
ALLURA FD10
66-114073
SCANNER SIMULADOR
13.06.2008 SIEMENS
SOMATOM SENSATION OPEN
66-114080
PET-TAC
28.12.2009 GE HEALTHCARE DISCOVERY CT 600
66-117020
GAMMACAMARA
31.03.2008 GE HEALTHCARE INFINIA II HAWKEYE 4
66-112010
EQ RX
27.12.1995 MERATE
MGR-50HF
14657 AMBULATORIO LAS ARENAS
66-112011
EQ RX
23.04.1998 MERATE
MGA 50
20083 AMBULATORIO LAS ARENAS
66-112012
EQ RX
13.03.2002 G.M.M.
OPERA G80
19846 CENTRO SALUD MUNGUIA
66-112013
EQ RX
01.02.2002 G.M.M.
OPERA G80
19847 CENTRO SALUD ALGORTA
66-112014
EQ RX
16.04.2002 MERATE
MGR-80-LP (OPERA G80
19589 AMBULATORIO PORTUGALETE
66-112015
EQ RX
01.08.1990 MERATE
TF1000
66-112016
EQ RX
01.01.1978 MERATE
MGA 65
66-112017
EQ RX
23.11.1990 PHILIPS
CP 50
66-112018
EQ RX
06.10.2004 G.M.M.
OPERA G800RAD
AM3376 E4
AMBULATORIO ORTUELLA
66-112019
EQ RX
13.08.2004 G.M.M.
OPERA G800RAD
AM2962B4
AMBULATORIO SANTURTZI
MULTICARE PLATINUM
26.09.2009 SIEMENS
AXIOM ARTIS U
SCANNER HELICOIDAL
01.01.2010 GE
LIGHTSPEED VCT
SCANNER TAC
24.11.2011 MEDTRONIC O-ARM
Pliego UTPR. 2014
31503071541 MAMOGRAFÍA PL. BAJA EDF. B 5317 T.A.C. PL. BAJA EDIF. A 10914YC0
T.A.C. PL. BAJA EDIF. A
1052 U.E. PL.0 B - RX - RADIODIAGNOSTICO AM9605K07
RADIOLOGIA INFANTIL PL. BAJA EDF. B
1220 RADIOLOGÍA URGENCIAS PL.STO.1º EDF. B 1231 RADIOLOGÍA URGENCIAS PL.STO.1º EDF. B 576017BU8
MAMOGRAFÍA PL. BAJA EDF. B
21051 B.Q. 4C - C.CARDIACA 415656CN8
RADIOLOGÍA URGENCIAS PL.STO.1º EDF. B
0332R
Qº NEUROCIRUGÍA 644 SU.E. 4ª A HEMODINÁMICA 49500 U.E. S2 RADIOTERAPIA
198995HM3
U.E. STNO. 2º MEDICINA NUCLEAR
17336 U.E. STNO. 2º MEDICINA NUCLEAR
7986 AMBULATORIO SANTURTZI 20076 AMBULATORIO PORTUGALETE 1222 CENTRO SALUD ZALLA
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