EL CONCEJO Y LAS COMPETENCIAS MUNICIPALES EN MATERIA DE CULTURA

MATERIAL DE APOYO PARA EL VIERNES DEL CONCEJAL DE Mayo 27/2005 “EL CONCEJO Y LAS COMPETENCIAS MUNICIPALES EN MATERIA DE CULTURA “ Realizado con el ap

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MATERIAL DE APOYO PARA EL VIERNES DEL CONCEJAL DE Mayo 27/2005

“EL CONCEJO Y LAS COMPETENCIAS MUNICIPALES EN MATERIA DE CULTURA “ Realizado con el apoyo del MINISTERIO DE LA CULTURA

El Viernes del Concejal es un Programa de: LA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACION PÚBLICA (ESAP) realizado con asistencia técnica de: UNIVERSIDAD DE GEORGETOWN - PROGRAMA COLOMBIA con apoyo financiero de La Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional - USAID y con el concurso de los PROGRAMAS DEPARTAMENTALES DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LOS CONCEJOS MUNICIPALES en Antioquia, Caldas, Cauca, Caquetá, Chocó, Huila, Nariño, Putumayo, Tolima, y Valle del Cauca

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TABLA DE CONTENIDO Presentación 1. MARCO NORMATIVO DEL SECTOR CULTURAL Y DE LAS POLITICAS CULTURALES 1.1. 1.2. 1.3. 2. 2.1 2.2 2.3 2.4 2.5 2.6 2. 7 2.8

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Constitución Política de 1991 Ley General de Cultura 397 de 1997 Marco Normativo intersectorial

SISTEMA NACIONAL DE CULTURA

Pág. 6

Qué es el Sistema Nacional de Cultura? Quiénes conforman el Sistema Nacional de Cultura? Cuál es la organización institucional en materia de cultura a nivel nacional y a nivel territorial? Cuáles son los Espacios de Participación para la promoción de la cultura? Quiénes conforman los consejos territoriales de cultura? Cuáles son las funciones del Consejo Municipal de Cultura? Cuáles son las responsabilidades de los consejeros municipales de cultura? Cómo se conforma el Consejo Municipal de Cultura?

3. FUENTES DE FINANCIACIÓN EN MATERIA CULTURAL 3.1 Fuentes del Nivel Nacional para los entes territoriales 3.2 Fuentes del Nivel departamental para los entes territoriales 3.3 Recursos generados en los entes territoriales 4. POLITICAS y PROGRMAS NACIONALES Y OFERTA INSTITUCIONAL EN MATERIA CULTURAL

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4.1 Cuál es la Política del actual gobierno en materia cultural? 4.2 A cuáles planes y Programas culturales nacionales pueden acceder los municipios? v Plan Nacional de Lectura y Bibliotecas 2003-2006 v Plan Nacional de Música para la Convivencia v Plan Nacional de Cultura y Convivencia v Programa Recuperación de Centros Históricos v Programa de Dirección de Cinematografía v Museo Nacional De Colombia v Otras Actividades del Ministerio de Cultura 5. EL CONCEJO MUNICIPA L Y SU RELACIÓN CON LAS POLÍTICAS, PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE CULTURA 6. EJERCICIO TALLER CON CONCEJALES 7. Anexos ANEXOS 1 Información Institucional Cultural departamental y municipal ANEXO 2 Información Financiera del Departamento y los Municipios de su jurisdicción Anexo 3 Desarrollo de cada uno de los Planes Nacionales en los municipios. ANEXO 4 Información de los programas nacionales que se adelantan en el departamento

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PRESENTACIÓN La experiencia política de la Ciudadanía que permitió elaborar la Constitución de 1991 legitimó y legalizó la modernización de las entidades del estado, que ya venía produciéndose desde años anteriores, con miras a que estas asuman dentro de principios de eficiencia y calidad nuevas obligaciones en el orden nacional, regional, departamental y municipal. Estas obligaciones se asumen como respuesta al mismo mandato constitucional que señala la obligación de propiciar la descentralización respetando la autonomía regional y local y otorgando espacios de verdadera participación comunitaria. Esa modernización se fundamenta en una nueva forma de relación entre el Estado central y las entes territoriales, así como entre el Estado y los ciudadanos. El Ministerio de Cultura considera que la cultura es el fundamento de la nacionalidad, y que a través de la cultura se puede dar un papel protagónico a las fuerzas sociales que representan un sentimiento de renovación, tolerancia y cambio. En este sentido, se requiere que la institucionalidad cultural a nivel nacional y territorial avance en su capacidad de leer, y reconocer la diversidad cultural como un escenario para crecer como sociedad. Con este módulo sobre “EL CONCEJO Y LAS COMPETENCIAS MUNICIPALES EN MATERIA DE CULTURA“, el Ministerio de Cultura se dirige a los Concejales, aprovechando el programa El Viernes del Concejal de la ESAP y que cuenta con la asesoría técnica de la Universidad de Georgetown (Programa Colombia) y el apoyo financiero de la USAID. Los Concejales tienen una gran responsabilidad en la administración pública territorial, y en particular en la gestión cultural, considerando que es el municipio el ente territorial en donde tienen vida, vigencia y dinámica los procesos culturales. Con este módulo, esperamos brindar la información y la s herramientas necesarias para que los concejales, se comprometan con el desarrollo cultural de sus comunidades, reconociendo en la cultura una dimensión que abre espacios a los procesos de convivencia, estimula la capacidad creativa individual y colectiv a y aporta a la calidad de vida de los ciudadanos. Lo invitamos a que con una lectura pausada de este documento tenga un acercamiento a varios aspectos generales que consideramos estratégicos para una exitosa gestión en lo cultural en su municipio. Una primera sección de este material trata de la Legislación Cultural y del Sistema Nacional de Cultura. En una segunda parte se presentan las políticas Culturales del actual gobierno y en concreto los Planes y Programas Culturales Nacionales y el papel y los compromisos que le corresponden al nivel municipal de acuerdo a sus competencias. En la tercera y cuarta sección se desarrollan aspectos relacionados con el municipio y la cultura. El módulo finaliza con un ejercicio que le permitirá a los concejales conocer la situación en materia de cultura en sus municipios. El Ministerio de Cultura reconoce en las autoridades territoriales y en su institucionalidad a sus mejores aliados para avanzar en la ejecución de planes, programas y proyectos culturales que construyen país y en el que estemos comprometidos todos. El material que se presenta en esta oportunidad para el Programa del Viernes del Concejal contó con la colaboración del Grupo de Gestión de la Dirección de Etnocultura y Fomento Regional del Ministerio del Cultura.

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1. MARCO NORMATIVO DEL SECTOR CULTURAL Y DE LAS POLITICAS CULTURALES 1.1 Constitución Política de Colombia La Constitución Política de 1991 define a Colombia como una nación democrática, participativa y pluralista, y a la cultura en sus diversas manifestaciones como fundamento de nacionalidad, lo que significa el reconocimiento de la diversidad no sólo de los individuos sino de los pueblos, comunidades y colectivos que conviven en un mismo país. Según lo consagrado en los Artículos 1, 7, 8, 10, 70, 95 y 313, el Estado reconoce y protege nuestra diversidad étnica, cultural, natural y patrimonial. Igualmente, la Constitución define las responsabilidades del Estado y los derechos culturales como parte integral de los derechos humanos: Derechos Culturales A la identidad de los diversos pueblos que conviven en el país

A las comunicaciones

De autor Al conocimiento

A la promoción y fomento de la ciencia, la tecnología y la cultura

Características y Artículos en la Constitución Política de 1991 - Derecho de los pueblos y grupos étnicos a ser educados respetando su lengua e identidad cultural (Artículos 10 y 68) y la inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad de sus tierras comunales (artículo 63) - Derecho a tener representatividad en el Congreso (Artículo 176), a gobernarse en sus territorios de acuerdo a su integridad cultural, y a participar en los ingresos corrientes de la nación (Artículos 246, 330 y 357) 1. - Derecho a la protección de la identidad de los nativos del archipiélago de San Andrés y Providencia (Artículo 310). - Libertad de expresión, difusión del pensamiento, información, y fundación de medios masivos de comunicación (Artículo 20) - La protección a la actividad periodística para garantizar su libertad e independencia profesional (Artículo 73) y el acceso a los servicios de comunicación (Artículo 64) Contempla la protección de la propiedad intelectual (Artículo 61) y la regulación de la misma por medio de las leyes (Artículos 150-174) 2. Derecho al acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura (Artículo 67); la libertad de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra (artículo 27) y la búsqueda del conocimiento y la expresión artística (Artículo 71). Contempla la obligación del Estado de promover la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de valores culturales (Artículo 70) y estipula incentivos para instituciones y personas que fomenten la ciencia, la tecnología y demás manifestaciones culturales (Artículo 71).

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La participación en los ingresos corrientes de la nación está reglamentada en la Ley 715 de 2001. Los alcaldes o gobernadores de las entidades territoriales, donde están localizados los resguardos, son los administradores de estos recursos. Cuando los resguardos se erijan como Entidades Territoriales Indígenas, sus autoridades recibirán y administrarán directamente las transferencias de los mismos. 2

Esta regulación se hizo a través de la Ley 23 de 1993 y la Ley 44 de 1993.

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1.2. Ley 397 de 1997 - Ley General de Cultura3

Se estructura en los siguientes títulos: Título I: Principios fundamentales y definiciones; referencia los principios generales que orientan la ley y el papel del Estado en relación con la cultura. Título II: Patrimonio cultural de la nación; define el patrimonio cultural de la nación como los bienes y valores culturales materiales, inmateriales, lingüísticos, históricos, sumergidos o subacuáticos, urbanos, ambientales, y ecológicos; la producción contemporánea y los bienes de interés sonoro, audiovisual y fílmico, y la declaratoria, manejo y régimen de los bienes de interés cultural. Titulo III: Del fomento y los estímulos a la creación, a la investigación y a la actividad artística y cultural; precisa el papel del Estado en cuanto al fomento y estimulo de la creación, la investigación y, en general, de la actividad cultural y su democratización; establece la necesidad de la difusión y promoción nacional e internacional de la producción artística y cultural, de la formación artística y profesional, y de la seguridad social para el artista; así como de la infraestructura cultural, las casas de cultura, las bibliotecas públicas, los museos, los medios de comunicación y el cine; los mecanismos de financiación de la actividad cultural y los impuestos a espectáculos públicos y sus exenciones: de la concertación con entes privados sin animo de lucro. Título IV: De la gestión cultural; aborda la organización institucional para el desarrollo de los contenidos de la ley y la relación entre la institucionalidad pública y privada con la ciudadanía en lo referente al diseño de políticas y planes de cultura, así como a la ejecución y seguimiento a estos y a los proyectos culturales por parte de las entidades públicas y de los entes asesores, los cuales los constituyen los espacios de participación.

1. 3

Marco Normativo Intersectorial4

Básicamente hay dos leyes que establecen las orientaciones generales para articular acciones entre el sector cultural y el educativo y el ambiental. Ley 115 de 1994 o Ley de Educación: Establece el respeto y el reconocimiento a la identidad cultural de los grupos étnicos, la educación y al fomento de actividades de recreación, arte, cultura, deporte y semejantes para los niños, jóvenes, adultos y personas de la tercera edad. Ley 99 de 1993 o Ley de Medio Ambiente: funciones del territorio indígena y participación de los grupos étnicos.

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Los decretos reglamentarios de la Ley general de Cultura 397/97: Decreto 3048 de 1997: composición, las funciones y el régimen de sesiones del Consejo de Monumentos Nacionales; Decreto 1493 de 1998: participación del Ministerio de Cultura en la creación de los Fondos Mixtos para la Promoción de la Cultura y las Artes; Decreto 1494 de 1998: Consejos Nacionales de las Artes y de la Cultura; Decreto 1589 de 1998: Sistema Nacional de Cultura; Decreto 2555 de 1998: Composición de la Comisión de Antigüedades Náufragas; Decreto 358 de 2000: se dictan normas sobre cinematografía; Decreto 1034 de 2000: composición y funcionamiento del Consejo Nacional de Cultura, la elección y designación de algunos de sus miembros; Decreto 1047 de 2000, por el cual se modifica el arancel de aduanas; Ley 594 de 2000:Ley General de Archivos; Ley 666 de 2001: modifica el Artículo 38 de la Ley sobre estampilla procultura; Decreto 833 de 2002: reglamente el patrimonio arqueológico; Ley 814de 2003: reglamenta el Cine y la producción cinematográfica. 4

Ley 115/94 los artículos del 55 al 63 hacen referencia a asuntos relacionados con los grupos étnicos; articulo 23, 24 y 204 hace referencia a la educación formal, no formal e informal y como desde la educación formal debe garantizar infraestructura y la inclusión de formación artística y cultural. En la lay 99/93 de medio ambiente: articulo 67 define las funciones de los territorios indígenas; articulo 76 define la participación de los grupos étnicos.

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2. SISTEMA NACIONAL DE CULTURA 2.1

Qué es el Sistema Nacional de Cultura?

El Sistema Nacional de Cultura es la forma como se relacionan las instituciones culturales, ya sean públicas o privadas, organizaciones y ciudadanos para definir las acciones de la administración pública en los entes territoriales. “Conjunto de instancias, espacios de participación y procesos de desarrollo institucional, planificación e información articulados entre sí, que posibilitan el desarrollo cultural y el acceso de la comunidad a los bienes y servicios culturales ...”(Decreto 1589,articulo 1) 2.2

Quiénes conforman el Sistema Nacional de Cultura? •

Instancias culturales públicas: como lo son el Ministerio, las entidades de cultura departamental y municipal, entre otros.



Instancias privadas: aquellas instituciones u organizaciones civiles o comerciales que desarrollan, financian, fomentan, ejecutan o promueven actividades culturales y artísticas en los ámbitos locales, regionales y nacional (Decreto reglamentario SNCu 1589 de 1998).



Entidades mixtas: son las Instituciones sin ánimo de lucro con personería jurídica constituidas con aportes públicos y privados, cuya administración y contratación está reglamentada por el derecho privado. Dentro del Sistema Nacional de Cultura se encuentran los Fondos Mixtos de Promoción de la Cultura y las Artes, en el nivel departamental y distrital, su función es promover la creación, investigación y difusión de las diversas manifestaciones artísticas y culturales en los entes territoriales a través de la cofinanciación de proyectos.

Las entidades que conforman el Sistema son responsables de promover, divulgar y proteger la creación artística y cultural y la memoria colectiva, los espacios de participación en donde hace presencia las organizaciones culturales para interlocutar con la administración pública y cuyo papel fundamental está en asesorar y participar en los procesos de planeación, vigilar el gasto público en cultura y fortalecer la descentralización en lo cultural; estas instancias y espacios de participación se relacionan a través de los procesos de planeación, formación, información organización, fortalecimiento institucional. 2.3 Cuál es la organización institucional en materia de cultura a nivel nacional y a nivel territorial? A nivel nacional •

Ministerio de Cultura: es la entidad mediadora entre el Estado, las entidades territoriales y la sociedad civil para formular, coordinar y ejecutar la política cultural y garantizar los derechos culturales de la población. Sus competencias están establecidas por la Ley 397/97 y la Ley 715/2001.

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Ley General de Cultura 397/1997 El Ministerio de Cultura, como organismo rector de la cultura, es el encargado de formular, coordinar, ejecutar y vigilar la política del Estado en la materia, en concordancia con los planes y programas de desarrollo, y según los principios de participación contemplados en esta ley (Artículo 66).

Ley del Sistema General de Participaciones 715 de 2001 Corresponden a la nación, además de las funciones señaladas en la Constitución y sin perjuicio de las asignadas en otras normas, las siguientes competencias (Artículo 73): • Formular las políticas y objetivos de desarrollo del país, promoviendo su articulación con las de las entidades territoriales. • Asesorar y prestar asistencia técnica a estas entidades. • Ejercer el seguimiento y la evaluación de los planes, programas y proyectos desarrollados por las entidades territoriales con los recursos del SGP, y publicar los resultados obtenidos para facilitar su control social. • Ejercer labores de inspección y vigilancia de las políticas públicas sectoriales y vigilar su cumplimiento. • Promover los mecanismos de participación ciudadana en todos los niveles de la administración pública. • Dictar las normas científicas, técnicas y administrativas para la organización y la prestación de servicios que son responsabilidad del Estado.

A nivel Departamental •

Los Institutos, secretarías, oficinas, gerencias y unidades de cultura, del nivel departamental ejercen funciones administrativas, de coordinación y complementariedad de la acción municipal, intermediación entre la nación y los municipios. Sus competencias: Ley General de Cultura 397/97

• • •

• • •



Ley del Sistema General de Participaciones 715/01 Declarar y manejar el patrimonio cultural de (Artículo 74): la nación (Artículo 8). • Planificar y orientar las políticas de Crear programas de investigación y desarrollo y prestación de servicios catalogación científica de los bienes muebles públicos en el departamento y coordinar su ejecución con los municipios. de patrimonio (Artículo 50). Fomentar las artes en todas sus expresiones • Coordinar acciones entre los municipios y las demás manifestaciones simbólicas orientadas a desarrollar programas y expresivas, como elementos del diálogo... actividades que permitan fomentar las (Artículo 17). artes en todas sus expresiones y demás Estimular y promocionar la creación, la manifestaciones simbólicas expresivas. actividad artística y cultural y la investigación • Promover, financiar o cofinanciar (Artículo 18). proyectos nacionales, departamentales o Crear, fomentar y fortalecer las bibliotecas municipales de interés departamental. • Promover la armonización en el públicas y mixtas (Artículo 24). Fomentar la formación y capacitación técnica municipio entre ellos y con los otros y cultural del gestor y el administrador niveles de gobierno. cultural (Artículo 29). Convocar, conformar y apoyar el CDCu y desempeñarse como secretaría técnica (Artículo 60).

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A nivel Municipal •

Las Casas de Cultura, Centros Culturales, Institutos o la instancia que determine la administración municipal para dar cumplimiento a las siguientes competencias: Ley General de Cultura 397/97

• •

• •

• •

Manejo del patrimonio cultural y de los bienes de interés cultural de su ámbito (Artículo 8). Las alcaldías municipales, con el apoyo y orientación del Ministerio de Cultura, deberán realizar convenios con instituciones culturales sin ánimo de lucro que fomenten el arte y la cultura; consolidarán las instituciones culturales y contribuirán a profundizar su relación interactuante con la comunidad (Artículo 26). Fomentar las artes en todas sus expresiones y demás manifestaciones simbólicas expresivas (Artículo 17). Los municipios asignarán a las actividades culturales, prioritariamente a las casas de cultura y a las bibliotecas públicas, al menos el 2% de los recursos, regulados en el Artículo 22 del numeral 4 de la Ley 60 de 1993, modificado por la Ley 715 de 2001. El Municipio promoverá, creará, fomentará y fortalecerá las bibliotecas públicas y mixtas (Artículo 24). Fomentar la formación y capacitación técnica y cultural del gestor y del administrador cultural (Artículo 29).

Ley del Sistema General de Participaciones715/01 Artículo 76: • Formular, orientar y ejecutar los planes, programas, proyectos y eventos municipales teniendo como referencia el Plan Decenal de Cultura. • Proteger el patrimonio cultural en sus distintas expresiones y velar por su adecuada incorporación al crecimiento económico y a los procesos de construcción de ciudadanía. • Fomentar el acceso, la innovación, la creación y la producción artística y cultural en el municipio. • Apoyar el desarrollo de las redes de información cultural, bienes y servicios, organización e instituciones culturales. • •

Apoyar la construcción, dotación, sostenimiento y mantenimiento de la infraestructura cultural. Apoyar y fortalecer los procesos de información, investigación, comunicación y formación, y las expresiones multiculturales del municipio.

2.4 Cuáles son los Espacios de Participación para la promoción de la cultura? Los espacios de participación “son el ámbito de encuentro de todos los actores del sistema en donde se concertan las decisiones de la política y planificación cultural nacional o territorial y la vinculación y articulación con los demás sistemas”(decreto 1589, articulo 5). El Sistema Nacional de Cultura (SNCu) en relación a este principio establece en la ley general de cultura la creación de: • Consejos Nacional, Regionales, Departamentales, Distritales y Municipales de Cultura en lo territorial • Areas artísticas en danza, teatro, literatura, plásticas, música, cinematografía y medios ciudadanos, los cuales operan en el nivel departamental y nacional.

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2.5 Quiénes conforman los consejos territoriales de cultura? Sector

Nacional Ministro de Cultura Ministro de Educación Representante Director Planeación o su Delegado Nacional Instituciones Públicas

Educativo Representante de

Departamental Gobernador

Representante del Mincultura Institución Cultural Asociación de Alcaldes Red De Bibliotecas Red De Bibliotecas Asociación Casas de Asociación Casas de Cultura Cultura Junta Nacional de Junta Deptal de Educación JUNE Educación JUDE Academia Colombiana Educación superior de Historia

Comunitario Indígenas representantes Negras de comunidades Representante de Agremiaciones Culturales de discapacitados. los Consejos Nacionales de áreas artísticas, Dos artistas Organizaciones nombrados por el Sociales Presidente de la Representante República s de

Distrital Alcalde

Municipal Alcalde

Institución Cultural

Institución Cultural

Junta Distrital de Junta Municipal Educación Educación JUME Educación superior núcleo educativo

Indígenas

Indígenas Negras cívicas y comunitarias producción de bienes producción de y servicios culturales, bienes y servicios Culturales de Culturales de discapacitados discapacitados. Por los consejos de áreas artísticas áreas artísticas

ONGs con cobertura ONGs Culturales departamental filial de monumentos filial monumentos Asociación de Comunicadores los artesanos los jóvenes

de

personero estudiantil Indígenas Negras cívicas y comunitarias producción de bienes y servicios Culturales de discapacitados áreas artísticas

ONGs Culturales filial de monumentos Asociación de comunicadores los artesanos los jóvenes

Asoc. Antropólogos Asoc. Arqueólogos Asoc. Arquitectos, Subregiones Político Administrativas representantes

Consejos Municipales Consejos Locales Consejos Municipales de cultura de cultura de Cultura

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2.6 Cuáles son las funciones del Consejo Municipal de Cultura? • • • • 2. 7 • •



2.8 •

• • • •

Asesorar a las instituciones públicas culturales del municipio en el diseño y formulación e implementacion tanto de políticas culturales como de planes culturales. Liderar y garantizar la ejecución de los procesos de descentralización de la actividad cultural. Vigilar la ejecución del gasto público invertido en cultura. Nombrar representante al Consejo Municipal de Planeación. Cuáles son las responsabilidades de los consejeros municipales de cultura? El ser miembro del Consejo Municipal de Cultura como representante de un sector u organización, es un reconocimiento explícito al conocimiento y la vocería del sector que representa, el que se constituye en su compromiso. De otra parte el dialogo entre los miembros de este consejo como voceros de su sector amplia el conocimiento de lo cultural en el municipio, por tanto el ser miembro del consejo Municipal de cultura implica la responsabilidad de tener una visión más amplia que la de su sector, es decir, territorial, para que las líneas que se inscriban en los planes respondan a las dinámicas y procesos socioculturales presentes en el Municipio. Los miembros del Consejo Municipal de Cultura participan en el proceso de planeación de la política municipal cultural: la elaboración del diagnóstico, la definición de líneas y posteriormente en la vigilancia a que la inversión pública corresponda a las líneas inscritas en el plan cultural municipal del componente cultural. Cómo se conforma el Consejo Municipal de Cultura?

La secretaria técnica, ejercida por la casa de Cultura o la entidad de mayor jerarquía cultural en el municipio, que cumpla las competencias asignadas a cultura, convoca de manera amplia a las organizaciones culturales y sectores culturales para que de manera pública nombren sus representantes. Elegidos los representantes por cada uno de los sectores, se genera un decreto de creación por parte del Alcalde Municipal. La secretaria técnica convoca a los miembros del consejo Municipal de Cultura para definir tanto reglamento interno como plan de trabajo. Según la ley 397 el Consejo Municipal de Cultura debe reunirse mínimo dos (2) veces al año. y los miembros establecerán la frecuencia de sus reuniones. El Consejo Municipal de Cultura tiene una vigencia de 4 años.

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3.

FUENTES DE FINANCIACIÓN EN MATERIA CULTURAL

Para la ejecución de planes, programas y proyectos culturales, se consideran las siguientes fuentes de financiamiento: 3.1

Fuentes del Nivel Nacional para los entes territoriales



3.2 •

3.3 • •

Las transferencias de los ingresos corrientes de la nación que se hacen a los municipios, reglamentados por la Ley 715 de 2001, según la cual se destina el 3% de las participaciones generales a los programas y proyectos culturales. El Programa Nacional de Concertación: que al igual que los fondos, coofinancia proyectos culturales, pueden participar personas jurídicas públicas y entidades sin ánimo de lucro. Anualmente se abren convocatorias públicas que pueden ser consultadas en la página del Ministerio de Cultura www.mincultura.gov.co Recursos del IVA del 4% por Telefonía Móvil: Estos recursos del sector cultura girados a los Departamentos y Distrito Capital se emplearán principalmente en apropiación social del patrimonio cultural y natural, lo que comprende: • Revitalización y recuperación de sectores históricos, zonas arqueológicas, parques y reservas naturales, poblados de interés patrimonial y Bienes de Interés Cultural • Articulación del patrimonio cultural y natural con el desarrollo socioeconómico y los procesos de construcción ciudadana, para garantizar su sostenibilidad en el tiempo • Realización de actividades de identificación e inventario del patrimonio: Programa Nacional de Inventario • Elaboración de Planes Especiales de Protección: Plan Nacional de Recuperación de Centros His tóricos, PNRCH • Conservación, mantenimiento y restauración de Bienes de Interés Cultural. Fuentes del Nivel departamental para los entes territoriales

Los Fondos Mixtos de Cultura para la promoción de las Artes y la Cultura, que coofinancian los proyectos culturales presentados por los habitantes de los municipios de la jurisdicción departamental. El Fondo Mixto para la Promoción de la cultura y las artes. Cada fondo tiene unos criterios generales y unos específicos, definidos por el Consejo Departamental de Cultura para la aprobación de Proyectos. Los departamentos de Antioquia y Tolima liquidaron el fondo mixto y el departamento de Putumayo está en proceso de Liquidación, Los departamentos de Caldas, Cauca, Caqueta, Choco, Huila, Nariño y Valle del Cauca, cuentan con Fondos Mixtos activos. Recursos generados en los entes territoriales Los recursos propios generados en cada entidad territorial que se traducen en presupuestos anuales de inversión en cultura. La Estampilla Procultura presentada por la institución cultural del ente territorial y aprobada ya sea por la Asamblea Departamental o el Concejo Municipal de Cultura, según jurisdicción.

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4. POLITICAS Y PROGRAMAS NACIONALES Y OFERTA INSTITUCIONAL EN MATERIA CULTURAL 4.1

Cuál es la Política del actual gobierno en materia cultural?

La política cultural del actual gobierno tiene dos soportes que hacen posible su implementación: a. El Plan Nacional de Cultura 2001-2010 “Hacia una Ciudadanía Democrática Cultural”: el cual acoge las distintas demandas, dinámicas y requerimientos de entes territoriales, organizaciones, colectivos, grupos y ciudadanos para la implementacion de la política cultural. b. El Plan Nacional de Desarrollo “Hacia Un Estado Comunitario” 2003-2006 Y Planes Culturales: en donde se inscriben los planes de: Lectura y Bibliotecas, Música para la Convivencia, Cultura y Convivencia y Fortalecimiento institucional. 4.2 A cuáles planes y Programas culturales nacionales pueden acceder los municipios? El Ministerio de Cultura para el presente gobierno ha priorizado los planes Nacionales de: Lectura y Bibliotecas, Música para la convivencia y Cultura y Convivencia, de igual manera existen programas a cargo de las distintas direcciones que se realizan por el campo misional y las competencias asignadas al Ministerio de Cultura: Cinematografia, Museos, Patrimonio, comunicaciones. Los municipios pueden acceder bajo condiciones específicas a cada uno de los planes y programas, los cuales es muy importante que estén articulados a los planes de desarrollo municipal en su componente cultural. Plan Nacional de Lectura y Bibliotecas 2003-2006: busca mejorar los niveles de lectura y fortalecer los servicios prestados por las bibliotecas colombianas, a través de estrategias como: i) ii) iii) iv) v) vi)

el mejoramiento de los niveles de cobertura de las bibliotecas, interviniendo en la ampliación y mejoramiento de las colecciones y la infraestructura física, tecnológica y operativa, el fortalecimiento de las bibliotecas (dotación de colecciones y equipos, mejoramiento de la infraestructura); la promoción y fomento de la lectura (formación de bibliotecarios y maestros) Ampliación de los sistemas de producción y circulación de libros ( Ferias y eventos de promoción del libro, Concursos y premios. Sistema de información, seguimiento y evaluación (Construcción de la infraestructura de la red, diseño y puesta en marcha del sistema de información) Participación de los departamentos y municipios en el Plan Nacional de Lectura y Bibliotecas ( cofinanciación en proyectos de infraestructura)

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Para participar en el Plan Nacional de Bibliotecas: • •

• •

El señor Alcalde debe dirigir una carta a la Gerente del Plan de Lectura y Bibliotecas expresando su interés y compromiso de tener una biblioteca pública municipal funcionando de manera permanente. Enviar el diagnostico de bibliotecas en el municipio a la Institución cultural departamental, para que esta lo consolide, concerte y gestione de manera conjunta el departamento con el Ministerio de Cultura, la demanda existente en el departamento. Garantizar por parte del Municipio, la infraestructura física y el mobiliario. Firmar el señor Alcalde, un convenio y acta de compromiso en donde se comprometa a contratar el bibliotecólogo que ha sido formado por el Ministerio de Cultura, y un plan de funcionamiento con presupuesto asignado.

Plan de Bibliotecas a nivel Nacional Responsable: Catalina Ramírez Teléfono 2430804 – 3416015 Dirección Calle 24 No. 5-60 E-mail [email protected] Plan Nacional de Música para la Convivencia: busca promover vínculos de convivencia pacífica basados en el respeto a la diversidad, el fortalecimiento y la articulación institucional, y el impulso a la participación social mediante la práctica, la comprensión y el disfrute de la música en todas las regiones de Colombia. Esto a través de estrategias como : i) ii) iii)

iv)

v)

Fomento de prácticas musicales colectivas de coros, bandas, orquestas y conjuntos de música popular Ampliar las oportunidades de acceso a instrumentos y materiales, que permitan consolidar los proyectos musicales y lograr una mayor equidad en el desarrollo local. Promover el diseño y la puesta en marcha de un sistema de información que contribuya al reconocimiento de los actores y procesos existentes en las prácticas musicales colectivas, a fin de lograr un mayor impacto, eficiencia y contextualización en la ejecución de políticas y planes. Formación de recurso humano (actualización musical y pedagógica de músicos-docentes de todos los municipios, educación musical continuada de niños y jóvenes a partir de las prácticas musicales en escuelas y centros de formación. Divulgación-Creación ( muestras municipales y departamentales de escuelas y agrupaciones, encuentros departamentales y nacionales de coros, conjuntos de música popular, bandas y orquestas, apoyo a festivales, concursos y encuentros).

Para participar en el Plan Nacional de Música para la Convivencia • • • •

Inclusión del programa de fomento a la música en el plan de desarrollo municipal en el componente cultural. Contratación estable de recurso humano cualificado para que lidere el proceso formativo. Destinación de una sede adecuada para el desarrollo de actividades formativas. Socialización de experiencias formativas con otros municipios, a través de las redes subregionales y los encuentros de trabajo con otras experiencias. 13

• Cofinanciación del músico-docente para desplazarse a los seminarios de actualización. Cofinanciación de la compra de instrumentos. Plan Nacional de Música para la Convivencia Responsable: Alejandro Mantilla Teléfono 3369222 al 26, 3369243 y 3369238 Dirección Calle 9 No. 8-31, Bogotá E-Mail [email protected] Plan Nacional Cultura y Convivencia: busca formular, gestionar y ejecutar proyectos culturales que expresamente promuevan procesos, espacios y prácticas de convivencia. A través de estos proyectos se fomentarán formas no violenta, enriquecedoras y creativas de apreciar las diferencias y de abordar los conflictos. Para participar en el Plan Nacional Cultura y Convivencia • Incluir en los planes de desarrollo departamentales y municipales la línea de cultura y convivencia, de tal forma que se diseñen estrategias de trabajo en el tema de convivencia desde la perspectiva cultural. • Hacer énfasis en sectores poblacionales que no acceden a espacios de visibilización y discusión en el ámbito de lo público, como la infancia, la juventud, la mujer, el indígena y otros grupos y sectores sociales • Articular los procesos de educación formal y no formal - Artística y Cultural, a través de los planes de acción de las secretarías de educación y cultura departamentales. • Impulsar y promover el intercambio de experiencias culturales de convivencia infantiles y juveniles en el ámbito Nacional. • Articular las iniciativas locales de convivencia, a través de los medios ciudadanos y comunitarios, al Plan de Cultura y Convivencia y diseñar autónomamente programas y proyectos de comunicación ciudadana que se inserten en dicho plan. • Promover la creación de una franja de programación semanal sobre cultura y convivencia, que refleje los intereses de los distintos sectores ciudadanos del municipio y el departamento en los canales regionales de televisión y en las emisoras locales ciudadanas y comunitarias. Asimismo, diseñar estrategias de producción de programas de radio y televisión que apoyen el proceso de sensibilización en convivencia. • Articular con las universidades e instituciones de educación formal y no formal procesos de formación avanzada en radio, participación ciudadana y convivencia. Estos procesos deben garantizar el cubrimiento regional en la medida en que esto condiciona la sostenibilidad de los proyectos locales. Plan Nacional Cultura y Convivencia Responsable: Jeanine El´Gazi, Teléfonos 3506546-47, 3500405, 3506197 Email [email protected] Programa Recuperación de Centros Históricos : El Ministerio de Cultura a través de la Dirección de Patrimonio viene adelantando el Plan Nacional de Recuperación de Centros Histórico, como respuesta a la necesidad de recuperar, conservar y actualizar las funciones de los centros históricos de las ciudades y poblaciones. A través de estrategias como el desarrollo de planes especiales de protección y de recuperación de los centros Históricos, con gestión

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participativa y apropiación de la comunidad. A través de este Plan se busca coordinar acciones de Nación, Departamento y Municipio en la conformación de grupos interdisciplinarios para la formulación de los planes. Para participar en el Plan Nacional de Recuperación de - los Centros Históricos PNRCH •

Creación o reformulación de funciones de las dependencias encargadas del manejo del patrimonio tanto a nivel departamental como municipal apoyado por un cuerpo profesional idóneo.



Diagnóstico del estado actual administrativo de los municipios, teniendo en cuenta su tamaño estructura administrativa y calidades del patrimonio existente. Cofinanciar la elaboración de los Planes Especiales de Protección en los municipios de cada departamento con centros históricos declarados Apoyar los procesos de socialización de los planes especiales de protección y recuperación de los centros históricos. Coofinanciación esperada por el Ministerio tanto del Municipio como del Departamento Teniendo en cuenta los recursos provenientes de -la ley de transferencias, estampilla procultura e impuesto de la telefonía celular, se solicita la asignación de recursos para la elaboración del los Planes Especiales de Protección de los centros históricos declarados como Monumento Nacional o Bien de Interés Cultural de Carácter Nacional.

• • • •

Plan de Recuperación de Centros Históricos PNRCH Responsable: Arquitecta Leonor Gómez Teléfonos 3420984 Dirección Calle 9 No. 8-31 Bogotá Email [email protected]

Programa de Dirección de Cinematografía: Desarrolla programas formación para nuevos realizadores a nivel regional: creadores audiovisuales; promueve las salas alternas cuyo propósito es la distribución legal de películas que no pasan por los grandes circuitos de distribución y otorga incentivos a la producción, distribución y exhibición, generados en la Ley del Cine 814/03. Apoyo a Cineclubes y maletas de películas cuyo objetivo es conservar, divulgar y exhibir el patrimonio fílmico. Los municipios pueden participar en las convocatorias que salen publicadas en la pagina web del Ministerio de Cultura. Dirección de Cinematografía Responsable: David Melo Teléfonos 2884797, 2855690 Dirección Calle 35 No. 4-89, Bogotá E-mail [email protected].

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Museo Nacional De Colombia: A través de la Red de Museos establece mecanismos para reunir y relacionar la información contenida en los museos colombianos, realiza seminarios de formación, exposiciones itinerantes. El Municipio participa cuando tiene un museo y lo inscribe en la Red de Museos. Red de Museos Responsable: Liliana González Teléfonos 3348366 ext. 109 Dirección carrera 7 No. 28-66, Bogotá E-mail [email protected]. Otras Actividades del Ministerio para el Nivel Municipal El Ministerio de Cultura realiza acciones de manera coordinada con los municipios orientadas a fortalecer tanto la institucionalidad cultural como los espacios de participación y organización del sector. En referencia al fortalecimiento institucional, el presente gobierno viene adelantando de manera periódica reuniones de coordinación y articulación con los entes culturales departamentales y distritales, para que estos a su vez adelanten actividades de coordinación y articulación con la institucionalidad cultural de los municipios de su jurisdicción para la ejecución de las políticas culturales. En este sentido es importante que cada municipio se informe de manera activa con el nivel Departamental sobre programas e actividades concertadas con el Ministerio de Cultura para el nivel municipal. Igualmente el Ministerio adelanta trabajos de fortalecimiento institucional con las casas de cultura para que se organicen en asociaciones entre las casas de varios munic ipios con el fin de Participar de manera activa y propositiva tanto en los consejo departamental de cultura para ser incluidas en los planes departamentales de cultura, como a nivel nacional en el consejo nacional de cultura para ser incluidas en los políticas culturales. Igualmente desde la Dirección de Etnocultura y Fomento regional se asesora y se coordina según las demandas en la asesoría para la formulación de planes culturales, programas de formación en gestión cultural, financiación de la cultura y asuntos étnicos El Ministerio estimula acompaña y coordina la conformación y fortalecimiento de las redes de museos, bibliotecas para la implementacion de un mejor servicio, procesos de actualización y formación, las coordinaciones de estas redes se encuentran en el nivel departamental y el municipio puede participar inscribiéndose en el departamento, para que pueda participar en los diversos programas impulsados desde el nivel nacional. Existen otras redes como las de Infancia y Juventud ROCIN, de medios ciudadanos, de universidades con programas de formación en gestión cultural y Estudios culturales, esta conformándose la red de música. Responsable: Doris de la Hoz Dirección de Etnocultura y Fomento Regional Teléfonos 3369240 Dirección Calle 9 No. 8-31 E-mail [email protected].

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5. EL CONCEJO MUNICIPAL Y SU RELACIÓN CON LAS POLÍTICAS, PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS DE CULTURA A nivel municipal la infraestructura disponible para prestar servicios culturales es la siguiente: • Casa de Cultura • Biblioteca(s) • Museo(s) • Emisora(s) comunitaria(s) Los concejales a través de sus funciones aprobación del plan de desarrollo Municipal; la asignación de presupuestos anuales; la vigilancia de la inversión y el desempeño de los funcionarios públicos, les corresponde en relación a lo cultural: •

Velar para que se promuevan espacios de articulación y coordinación que respondan a las características socioculturales del contexto.



Garantizar que existan las instituciones requeridas tales como bibliotecas, museos, casas de cultura, emisoras comunitarias, funcionando con personal idóneo y el responsable de la administración y ejecución del componente cultural de los planes de desarrollo municipal.



Evaluar la cobertura y calidad de los servicios prestados acordes a las demandas, requerimientos y procesos socio-culturales del ente territorial.



Propender porque en los presupuestos anules se apropien recursos para inversión en este sector y los asignados por transferencias tengan una adecuada ejecución.



Garantizar que el municipio de manera constante esté informando sobre políticas y programas nacionales y evaluando como puede participar en ellas.



Garantizar que se ha formado Consejo Municipal de Cultura y que se reúna periódicamente para formular hacer seguimiento y evaluar los planes culturales y la inversión de recursos públicos.



Garantizar que las políticas públicas Acojan el principio de respeto por la diversidad, y de inclusión de la diversidad étnica, cultural, poblaciones, generacional, geográfica es decir, que se contemplen programas encaminados a favorecer a todos los grupos que habita en la jurisdicción municipal.



Considerar en los espacios de consulta y participación que se genere en el municipio para los grupos étnicos su particularidad de consejos comunitarios, y consultivas en las comunidades negras y de los consejos regionales, grupos étnicos y organizaciones en los pueblos indígenas.



Velar por la preservación y defensa del patrimonio cultural, que incluye los bienes muebles e inmuebles así como el patrimonio y memoria viva, que constituyen el patrimonio inmaterial.

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Considerar tanto en las instituciones publicas como en las sesiones del concejo jornadas que permitan articular y armonizar los planes de vida formulados por las comunidades indígenas, los planes de manejo formulados por los consejos comunitarios de las comunidades negras y el plan de desarrollo municipal, de tal manera que se avance en el reconocimiento y la generación de estrategias de acercamiento e interculturalidad.

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6. EJERCICIO/ TALLER CON LOS CONCEJALES Es necesario que de manera colectiva se lean los acumulados en cifras del departamento y se realice un análisis sobre la redistribución de los recursos en el departamento. Solicitar a los Concejales que: 1. Complete el cuadro con la cifra del presupuesto del Municipio asignado a cultura, y cuál es el porcentaje de este recurso en relación al transferido por ley 715 o el recaudado por estampilla procultura donde exista? 2. Verificar si los recursos de la 715 se invierten de acuerdo a las líneas expresadas en esta ley. 3. Revisar si los recursos de estampilla procultura son invertidos acordes al proyecto que la generó. 4. Evaluar los compromisos del Alcalde en relación a los pla nes nacionales de: Ø Lectura y Bibliotecas: Ø Garantizar infraestructura adecuada y mobiliario Ø Garantizar el transporte del bibliotecario para que asista a las capacitaciones Ø Contratar al bibliotecario que ha sido formado para el desempeño de este cargo, por parte del Plan Nacional. Ø Elaborar un plan de acción que garantice su operatividad y prestación del servicio. Ø Música para la Convivencia Ø Incluir en el plan de desarrollo la línea de fomento a las áreas artísticas Ø Financiar el transporte de los músicos que están recibiendo capacitación Ø Contratar a los músicos capacitados Ø Consolidar la escuela de formación en música. Ø Cultura y Convivencia: Ø Incluir en el plan de desarrollo, en el componente cultural el programa de cultura y convivencia. Ø Financiar el transporte de los lideres culturales a los procesos de formación para la elaboración del proyecto local. Ø coofinanciar el proyecto local de cultura y convivencia. Qué papel juega el director de la Casa de la Cultura, como responsable en el municipio de lo cultura l en el cumplimiento de los compromisos asumidos por el Alcalde?. ANEXOS ANEXOS 1 Información Institucional Cultural departamental y municipal ANEXO 2 Información Financiera del Departamento y los Municipios de su jurisdicción

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Anexo 3 Desarrollo de cada uno de los Planes Nacionales en los municipios. ANEXO 4 Información de los programas nacionales que se adelantan en el departamento. Teniendo en cuenta el marco normativo, el cual orienta los desarrollos institucionales, programáticos y organizativos del sector cultural y las dinámicas socioculturales de los distintos entes territoriales, a continuación se presentan 4 anexos los cuales contienen información específica sobre: las fuentes de financiación del sector cultural; la institucionalidad cultural tanto del departamento como de los municipios de su jurisdicción, la infraestructura cultural y los avances de los Planes Nacionales de Cultura . En referencia a las mayores dificultades que se detectan en los municipios se tiene que: 1.

2.

El uso inadecuado de los recursos destinados a cultura; las transferencias que recibe el municipio por ley 715/01 y los recursos recaudados por estampilla procultura, a pesar que se tienen una competencias en el municipio en relación a lo cultural y que la estampilla es respaldada por un proyecto para su creación, un alto porcentaje de municipios no cumplen estas competencias. La no coordinación, concurrencia y subsidiariedad entre niveles de gobierno departamental y municipal, hacen que la implementacion de las políticas y programas sea de corto plazo, no respondan a las demandas y este desarticulada de los procesos culturales.

Considerando las atribuciones de los concejales sobre velar por la preservación y defensa del patrimonio cultural y el de ejercer funciones de control, proponemos que con el material suministrado adelanten el un ejercicio ejercicio, como complemento al proceso de formación en el que se encuentran involucrados, para que los conocimientos adquiridos se reviertan en practicas y escenarios político administrativos de los cuales ustedes hacen parte De la información suministrada convalídela o actulícela. Revisar la inversión que su municipio ha realizado en los años 2003 y 2004 con las transferencias por la ley 715, según las asignaciones que en esta ley se establecen. En relación al 2005, revise el plan de acción de la institución cultural municipal y verifique si la inversión que se esta realizando y la que se va a adelantar corresponde a los parámetros planteados en la ley 715, el plan de desarrollo municipal, en su componente cultural . En caso que la inversión de este recurso no corresponda a lo expresado en la ley ¿Qué actividades es necesario adelantar para corresponder a lo planteado en la Ley 715? Analice si las inversiones de los recursos públicos (recursos propios, estampilla procultura, recursos de transferencias) se destinan a programas y proyectos que prestan servicios culturales a la comunidad, a actividades diversas, a proyectos puntuales, y ¿Cuál sería una propuesta para un mejor uso de los recursos públicos? Teniendo en cuenta la inversión y el trabajo de coordinación y articulación entre el nivel nacional y departamental, ¿cuáles son los compromisos de su Municipio para la sostenibilidad, es decir, la permanencia y las garantías para prestar el servicio de biblioteca, de la escuela de música municipal y ejecución proyectos culturales intersectoriales ? 20

BIBLIOGRAFÍA:

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Consejo Municipal de Cultura, Dirección de Etnocultura y Fomento Regional, Ministerio de Cultura. Año 2002 Ley General de Cultura 397/97, versión concordada y complementada con decretos, leyes y jurisprudencias. Año 2000 Ley General de Cultura y Sistema Nacional de Cultura, Dirección de Etnocultura y Fomento Regional, Ministerio de Cultura. Año 2000 Plan Nacional de Cultura 2001-2010 “Hacia una Ciudadanía Democrática y Cultural”. Año 2001. Informes de las Direcciones del Ministerio de Cultura presentados en las reuniones nacionales de directores de instituciones culturales departamentales y distritales realizadas en el 2003 y 2004.

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