El primer paso para solucionar los problemas es el optimismo. Creer que se puede hacer algo es tener ya medio camino hecho

ALICANTE · MADRID “ El primer paso para solucionar los problemas es el optimismo. Creer que se puede hacer algo es tener ya medio camino hecho.” John

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ALICANTE · MADRID

“ El primer paso para solucionar los problemas es el optimismo. Creer que se puede hacer algo es tener ya medio camino hecho.” John Baines

Alicante, Marzo de 2016

ASPECTOS LABORALES Y OBLIGACIONES EMPRESARIALES

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ESTRUCTURA GENERAL · ASPECTOS LABORALES 1) GENERALIDADES DE AUTÓNOMO. 2) CONTRATO DE TRABAJO. 3) TRÁMITES EN MATERIA LABORAL. 4) PREVENCION DE RIESGOS LABORALES 5) SISTEMA RED: NOTIFICACIONES ELECTRONICAS.

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1) GENERALIDADES DE AUTÓNOMO 1.

PERSONA FÍSICA, DE FORMA HABITUAL, A TÍTULO LUCRATIVO.

A.

SUJETOS INCLUIDOS:  Mayores de 18 años.  Cónyuges y familiares que no tengan la condición de asalariados.  Escritores de libros.  Trabajadores Autónomos extranjeros.  Trabajadores Autónomos agrícolas.  Aquellos cuya actividad requiera la incorporación a un Colegio Profesional no integrado en el RETA.

B.

QUEDAN EXENTOS:  Socios de sociedades colectivas y socios de sociedades comanditarias.  Socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado. Edad mínima de inclusión 16 años.  Socios de comunidades de bienes y sociedades civiles.  Funciones de dirección y gerencia.

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1) GENERALIDADES DE AUTÓNOMO 1.

PERSONA FÍSICA, DE FORMA HABITUAL, A TÍTULO LUCRATIVO.

BENEFICIOS EN LA COTIZACION A LA SEGURIDAD SOCIAL: 1.

TARIFA PLANA: Mayores de 30 años, alta inicial o que no hayan estado en situación de alta en los últimos cinco años. Durante 18 meses tendrán una bonificación del 80%, 50% y 30% (cuota de 55,78 €, 134,06 € y 186,25 €).

2.

MENORES DE 30 AÑOS: Alta inicial o que no hayan estado en situación de alta en los últimos cinco años. Reducción durante 30 meses de 80%,50% y 30%. Además de un 30% adicional sobre contingencias comunes durante los 12 meses siguientes a los 6 meses iniciales.

3.

Ley 31/2015 del 09 de septiembre: Reducción durante 6 meses de la cuota de Contingencia comunes e incapacidad temporal se pagaran 50 euros si tienen la base mínima.

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1) GENERALIDADES DE AUTÓNOMO 1.

PERSONA FÍSICA, DE FORMA HABITUAL, A TÍTULO LUCRATIVO.

PECULIARIDADES ADMINISTRACIÓN SOCIEDAD a) Al menos la mitad del capital social esté distribuido entre familiares. b) Participación igual o superior a la tercera parte del mismo. c) Participación igual o superior al 25% si tiene funciones de dirección. d) Cuota de autónomos con la base mínima del grupo I de cotización (1067,40), cuota de 319,15 euros.

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución. TIPOS DE CONTRATO Después de la reforma de diciembre 2013, se modifican los diferentes tipos de contratos aunque en realidad existen los mismos. a)

b)

c)

d)

Indefinido a) Bonificado. b) No bonificado. Temporal. a) Bonificado. b) No bonificado. Para la formación y el aprendizaje. a) Bonificado. b) No bonificado. Prácticas. www.grupohob.es [email protected]

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución.

CONTRATO INDEFINIDO 1.

Tiempo ilimitado.

2.

Palabra o escrito.

3.

Tiempo completo o tiempo parcial

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución.

CONTRATO INDEFINIDO DE FIJOS DISCONTINUOS 1. Trabajos que no se repitan en fechas ciertas. 2. Para cubrir procesos de producción en fechas determinadas. 3. A tiempo completo o a tiempo parcial. 4. Por escrito.

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución. CONTRATO INDEFINIDO DE APOYO A EMPRENDEDORES Objetivo: Fomentar la contratación indefinida por parte de autónomos y PYMES.

1. Destinado a empresas de 50 o menos trabajadores. 2. Duración del periodo de prueba de hasta 1 año. 3. Deducción fiscal de 3.000 euros para la primera contratación de un menor de 30 años. 4. Deducción fiscal del 50% de la prestación por desempleo de los trabajadores. 5. El trabajador podrá percibir el 25% de la prestación de desempleo además del salario. 6. Bonificación de hasta 3.600€ a la contratación de jóvenes desempleados de 16-30 años. 7. Bonificación de hasta 4.500€ a la contratación de parados de larga duración > de 45 años.

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución. CONTRATO INDEFINIDO DE UN JÓVEN POR MICROEMPRESAS Y AUTÓNOMOS Objetivo: Fomentar la contratación indefinida por parte de autónomos y PYMES. 1. Destinado a empresas y autónomos de 9 o menos trabajadores.

2. Joven desempleado menor de 30 años. 3. Reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes del 100 % durante un año de contrato.

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución. CONTRATO PARA LA FORMACIÓN: FIN FORMACIÓN A DISTANCIA 31.12.2015 DESDE EL 01-01-2016 ES OBLIGATORIO OBTENER AUTORIZAICON PREVIA DEL SEPE. DESDE EL 01-01-2016 ES OBLIGATORIO CONTAR CON AUTORIZACION PREVIA. 1. 2.

3.

Adquisición de la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo. Requisitos: • Mayor de 16 y menor de 30 años. • Mínimo 1 año y máximo 3 años. • Reducción del 100% de las cuotas de Seguridad Social. • Formación teórica bonificada al 100%. Jornada: • Primer año: 30 horas de trabajo efectivo y 10 horas de formación. • Segundo y tercer año: 34 horas de trabajo efectivo y 6 horas de formación.

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución. CONTRATO EN PRÁCTICAS 1. 2.

3. 4. 5. 6. 7. 8.

Obtención de la práctica profesional. Los requisitos: tener alguna de las titulaciones oficialmente reconocidas y no haber transcurrido más de 5 años desde la terminación de la titulación correspondiente o 7 si es con un trabajador con discapacidad. Deberá permitir la práctica profesional adecuada al nivel de estudios o de formación cursada. Duración: no inferior a 6 meses ni mayor de 2 años. Tiempo completo o tiempo parcial. Por escrito. Retribución no inferior al 60 o 70% durante el primer y segundo año. Incentivos. Si se concierta con un meno de 30 años: Reducción del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante la vigencia del contrato. Si el contrato es por practicas no laborales: reducción del 75 %. www.grupohob.es [email protected]

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución. CONTRATO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO 1.

Obra o servicio determinado con autonomía y sustantividad propia dentro de la actividad de la empresa.

2.

Jornada completa o tiempo parcial.

3.

Duración incierta o determinada.

4.

Por escrito.

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución. CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN 1.

Atiende exigencias circunstanciales del mercado.

2.

Duración.

3.

Tiempo completo o tiempo parcial.

4.

Por escrito.

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución. CONTRATO DE INTERINIDAD 1.

Sustituye a un trabajador con derecho a reserva de puesto.

2.

Duración determinada.

3.

Jornada completa, salvo:  Contrato a tiempo parcial o cobertura temporal de un puesto.  Completar la jornada reducida.

4.

4. Por escrito.

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución. CONTRATO DE SUSTITUCIÓN POR ANTICIPACIÓN DE LA EDAD DE JUBILACIÓN DEROGADO SALVO ALGUNOS ASPECTOS PUNTUALES 1.

Aquellos que se realizan con desempleados para sustituir a trabajadores que anticipen su jubilación.

2.

Requisitos:  Máximo un año para alcanzar la edad ordinaria d jubilación.  Trabajador sustituyente inscrito en la Oficina de Empleo.

3.

Mínimo un año de duración.

4.

Por escrito.

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución. CONTRATO DE RELEVO 1.

Prestación de servicios por un trabajador durante la parte de la jornada dejada vacante por otro trabajador que se jubila parcialmente.

2.

Jornada completa o a tiempo parcial.

3.

Por escrito.

4.

Tiempo indefinido.

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución. CONTRATO A TIEMPO PARCIAL 1.

Prestación de servicios que ocupa menos horas por semana que un trabajo a tiempo completo.

2.

Por tiempo indefinido o duración determinada.

3.

Jornada continuada o partida.

4.

NO podrán realizar horas extraordinarias.

5.

SE Podrá pactar horas complementarias.

6.

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2) CONTRATO DE TRABAJO Acuerdo entre empresario y trabajador por el que éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección a cambio de una retribución. CONTRATO DE TARIFA REDUCIDA 1.

Debe de ser indefinido tanto a tiempo completo como parcial.

2.

Se establece una reducción de la base de cotización de contingencias de 500 euros por contrato a tiempo completo a 250 euros por contrato de jornada de 20h semanales, debiendo de cotizar por el resto de contingencias ( desempleo, FOGASA, formación profesional, etc.).

3.

Se debe de mantener el nivel de empleo y no tener deudas durante 24 o 36 meses desde la contratación, dependiente del tipo de empresa de que se trate.

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3) TRÁMITES EN MATERIA LABORAL A. Inscripción de la empresa en la Seguridad Social. B. Afiliación y número de la Seguridad Social. C. Alta en el Régimen General de la Seguridad Social. D. Comunicación de apertura del centro de trabajo. E. Libros de visitas. F. Calendario laboral.

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3) TRÁMITES EN MATERIA LABORAL A. Inscripción de la empresa en la Seguridad Social. 1. Asignación de un número al empresario para su identificación en el Régimen General de la Seguridad Social. 2. Debe hacerlo el empresario. 3. Presentar el Modelo TA-6. 4. Documentación: 

Modelo oficial.



Documento identificativo.



Documento emitido por el Ministerio de Economía y Hacienda.

5.

Tramitarlo en la Tesorería General de la Seguridad Social.

6.

Plazo: 

Al inicio de la actividad.

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3) TRÁMITES EN MATERIA LABORAL B. Afiliación y número de la Seguridad Social. 1. Acto que reconoce la inclusión en el Sistema de Seguridad Social. 2. Obligatoria para todas las personas incluidas en el Sistema. 3. Única y General para todos los Regímenes. 4. Se extiende a toda la vida de las personas. 5. Es exclusiva. 6. Se formula en el Modelo TA.1 “Solicitud afiliación/número seguridad Social”.

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3) TRÁMITES EN MATERIA LABORAL C.

Alta en el régimen general de la Seguridad Social. 1. Obligatoria para todos los trabajadores. 2. Se presenta antes del inicio de la actividad. 3. Ante la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social o Administración competente. 4. No puede efectuarse antes de los 60 días naturales anteriores a la fecha prevista del inicio de la actividad

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3) TRÁMITES EN MATERIA LABORAL D. Comunicación de apertura del centro de trabajo. 1. Debe efectuarla el empresario. 2. Con carácter previo o dentro de los 30 días siguientes a la apertura de centro de trabajo. 3. Datos:    

Identificación de la empresa. Emplazamiento, clase de centro, plantilla y modalidad de organización preventiva. Datos de producción o almacenamiento. Especificación de trabajo, actividades, operaciones o agentes.

4. En la unidad correspondiente de la Comunidad Autónoma. 5. La no comunicación de la apertura será considerada como infracción leve.

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3) TRÁMITES EN MATERIA LABORAL E.

Libro de visitas. 1. Obligatorio para todas las empresas. ACTUALMENTE YA NO ES OBLIGATORIO. 2. Anotan las diligencias de los inspectores de trabajo. 3. Habrá un libro de visitas por cada centro de trabajo.

F.

Calendario laboral. 1. Se señalarán las fiestas de carácter nacional, autonómicas y locales. 2. Colocado en un lugar visible. 3. A disposición de la Inspección Provincial de Trabajo.

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4) PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

5) SISTEMA RED: NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS

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INFORMACIÓN DE CONTACTO · ALICANTE · Avenida Maisonnave, 19 6º y 7º Izquierda 03003 (Alicante) Tel. 965.26.95.00 [email protected]

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