E.S.E. HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL CIRCASIA QUINDIO
PLIEGO DE CONDICIONESDEFINITIVO
CONCURSO DE MERITOS CM- No. 001 DE 2011
OBJETO: “SELECCIÓN DE UNA ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES PARA AFILIAR AL PERSONAL DE PLANTA Y CONTRATISTA DEL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA”
Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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SELECCIONAR UNA ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES PARA AFILIAR AL PERSONAL DE PLANTA Y PERSONAL VINCULADO POR CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS AL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA
CAPITULO I CONDICIONES GENERALES JUSTIFICACION DE LEY: Dando cumplimiento a lo establecido en el Decreto 2474 de 2008, el HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO, procede a publicar el Pliego de Condiciones, el cual estará a disposición del público en general a través de la página web de la entidad, para la formulación de las observaciones que se estimen pertinentes. CONVOCATORIA A LAS VEEDURÍAS CIUDADANAS: De conformidad con lo ordenado por el artículo, 66 de la ley 1150 de 2007 en concordancia con el Decreto 2170 de 2002, se convoca a las veedurías ciudadanas para realizar el control social al presente proceso de contratación, para lo cual podrán consultar la página web de la entidad. OBJETO: El HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO está interesado en seleccionar una Administradora de Riesgos Profesionales para afiliar el personal de planta y personal contratista del HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan, de conformidad con el Decreto 1295 de 1994, Ley 776 de 2002 y demás Decretos y circulares reglamentarias. CONDICIONES: Debe consultarse los listados de funcionarios tanto de planta como contratista en el anexo respectivo. El hospital cancelara por el personal al cual se encuentre efectivamente vinculado, en el caso de retiros, una vez se realice la comunicación, el hospital no realizará aporte alguno. El personal contratista se afiliara a la misma ARP, pero cada uno de ellos cancelara su respectivo aporte. REGIMEN JURÍDICO APLICABLE MODALIDAD DE SELECCION: De conformidad con lo contemplado en el Artículo 3 de la Ley 1150 de 2007 y su decreto reglamentario, Sección III, Del Concurso de Méritos, para la SELECCIÓN DE UNA ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES PARA AFILIAR AL PERSONAL DE PLANTA DEL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO, se requiere realizar proceso de selección a través de Convocatoria Pública, por medio de la modalidad “Concurso de Méritos SUSTENTO LEGAL: Sistema General de Riesgos Profesionales: La Ley 100 de 1993 en su libro Tercero, consagró el Sistema General de Riesgos Profesionales y facultó al Gobierno Nacional en su artículo 139 numeral 11 para dictar las normas necesarias tendientes a organizar la administración del mismo. Mediante el Decreto 1295 de 1994, se determinó la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales. El artículo 1 del mencionado Decreto, definió el Sistema General de Riesgos Profesionales, como el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan. De conformidad con lo determinado por la Ley 100 de 1993 y el Decreto 1772 de 1994, la selección de las entidades que administran el sistema, es libre y voluntaria por parte Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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del empleador. Una vez efectuada la selección, el empleador deberá adelantar el proceso de vinculación con la respectiva entidad administradora, mediante el diligenciamiento de un formulario. Respecto a la forma de selección de la ARP, es importante destacar que si bien es cierto la norma para efectos de la misma no exige nada diferente al requisito de la voluntad por parte del empleador, también lo es que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, sobre el tema, tratándose de la selección de ARP por parte de empleadores públicos, manifestó lo siguiente: 1. Si bien la selección de la entidad administradora de riesgos profesionales es libre y voluntaria por parte del empleador, no significa, para la entidad estatal, que pueda ser caprichosa o arbitraria, porque el vínculo jurídico que nace entre ellas y que genere obligaciones recíprocas, no puede ser sino contractual. Y como consecuencia ineludible, la selección del contratista en todos los casos, tiene que ser objetiva, es decir, que la escogencia se hará al ofrecimiento más favorable a la entidad estatal y a los fines que ella busca. Por ofrecimiento más favorables se entiende aquel que, teniendo en cuenta un conjunto de factores, tales como cumplimiento, experiencia, organización, equipos, plazo, precio y la ponderación precisa, detallada y concreta de los mismos, resulta ser el más ventajoso para el estado (...) 2. Que, en los términos del artículo 13 del Decreto 1295 de 1994, son afiliados obligatorios al Sistema General de Riesgos Profesionales “los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos”. 3. Que el artículo 3 del Decreto 1772 de 1994 establece que la selección de la entidad administradora de riesgos profesionales es libre y voluntaria por parte del empleador. 4. Que el artículo 21 de la Ley 776 de 2002 consagra: “Los empleadores afiliados al ISS pueden trasladarse voluntariamente después de dos (2) años, contados desde la afiliación inicial o en el último traslado; en las demás administradoras de riesgos profesionales, de acuerdo al Decreto 1595 de 1994 en un (1) año”. 5. Que el artículo 24 de la Ley 1122 del 9 de enero de 2007, Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 313 de 2008, por la cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones, señala: “A partir de la vigencia de la presente ley todas las entidades públicas del orden nacional, departamental, distrital o municipal podrán contratar directamente con la administradora de riesgos profesionales del Instituto de Seguros Sociales, de no ser así, deberán seleccionar su administradora de riesgos profesionales mediante concurso público, al cual se invitará obligatoriamente por lo menos a una administradora de riesgos profesionales de naturaleza pública…”. 6. La norma antes transcrita fue objeto de análisis constitucional y en Sentencia C-289 de 2008, la Corte Constitucional señaló: “Como se ve, la norma está dirigida a todas las entidades públicas del orden nacional, departamental, distrital o municipal y prevé dos reglas para la contratación de ARP: (i) la facultad de estas entidades de contratar directamente con la ARP del Instituto de Seguros Sociales y (ii) en aquellos casos en los que no se haga uso de esta facultad, la obligación de invitar por lo menos una ARP pública al concurso público. En cuanto a la primera regla contenida en la norma, es importante resaltar que se trata de una facultad de contratar directamente con la ARP del ISS, la cual puede ser ejercida o no por las entidades públicas. En todo caso, la contratación directa es un procedimiento regulado para la selección de contratistas que se encuentra sujeto, como toda contratación estatal, a los principios de transparencia, economía y responsabilidad (artículo 23 de la Ley 80 de 1993) y debe cumplir las reglas de la selección objetiva (Ley 1150 de 2007). De otra parte, en aquellos casos en los que la contratación se efectúe a través de concurso público, la disposición acusada simplemente obliga a invitar a una ARP del sector público a participar del proceso del concurso público lo cual significa que esta no está obligada a participar sino simplemente que debe ser invitada. En efecto, la norma crea un trato diferenciado Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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cuando se trata de la contratación de la ARP por parte de las entidades públicas. En primer lugar, un trato diferenciado de la ARP del ISS frente a las ARP privadas, ya que la primera puede ser contratada mediante contratación directa. En segundo lugar, un trato diferenciado de las ARP públicas en general frente a las ARP privadas, ya que al menos una de las primeras debe ser invitada al concurso público convocado por las entidades públicas que no hicieron uso de la facultad de contratación directa.” PUBLICIDAD DE LOS PLIEGOS DEFINITIVOS: Para dar cumplimiento a lo dispuesto por la normatividad que regula la materia, los pliegos de condiciones Definitivos, se encontraran publicados en la página web de la entidad, www.hospitalcircasia.gov.co, desde el día señalado de acuerdo al cronograma de esta convocatoria, FECHA Y HORA LIMITE PARA LA RECEPCION DE PROPUESTAS: Los interesados de participar en el proceso de selección podrán presentar sus propuestas en la oficina de SUBGERENCIA, ubicada en el segundo piso de la sede, carrera 16 No. 5 - 18, de acuerdo al cronograma adjunto. (Hora verificada de conformidad con la Hora Nacional) Las propuestas allegadas con posterioridad a la fecha y hora exacta arriba indicada, NO SERAN RECIBIDAS. El Hospital no aceptará la presentación de propuestas enviadas por correo. ESTIMACION, TIPIFICACION Y ASIGNACION DE LOS RIESGOS PREVISIBLES: De conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, los proponentes, antes de la entrega de las ofertas, deberán pronunciarse sobre la estimación, tipificación y asignación de riesgos previsibles realizada por la Entidad, con el fin de ser revisados y establecer su distribución definitiva, para lo cual, se celebrará una audiencia en la fecha y hora señalada en el cronograma de actividades establecido para el presente concurso. Los riesgos identificados y asignados por la entidad para esta convocatoria, son: ANALISIS DE RIESGO: Para la ejecución del contrato, es necesario tener en cuenta lo siguiente: PLAZO DEL CONTRATO: 12 meses. De conformidad con los artículos 3 y 4 de la Ley 1150 de 2007 y el decreto reglamentario, los riesgos que debe cobijar la garantía única global, de acuerdo con el artículo 7 de la ley 1150 de 2007 deberán ser suficiente para amparar las obligaciones, compromisos a que se ve avocada la entidad pública que celebre el contrato. A continuación se establece los riesgos que pueden existir para el Hospital y a la vez el amparo que se debe tener, así como las vigencias y las cuantías que se deben asegurar: RIESGOS AMPARO DEL RIESGO CUANTIA ASEGURADA VIGENCIA: · Utilización indebida que el Contratista haga de los dineros que se le entreguen durante la ejecución o cumplimiento del contrato. · Precaver los perjuicios derivados del incumplimiento imputable al Contratista (incumplimiento, fraude, infidelidad, retrasos). · Precaver que el Contratista no cumpla con las obligaciones contraídas con el personal que utilice para la debida ejecución del contrato. · Se precave contra el evento de que el servicio no reúna las especificaciones y requisitos mínimos contemplados en el contrato. · Precaver que el Contratista no cumpla con las obligaciones contraídas con las PRESTACIONES ASISTENCIALES, PRESTACIONES ECONÓMICAS, PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN EN SALUD OCUPACIONAL.
*Información errónea o desactualizada suministrada por la Entidad. Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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Entidad. Contratante. *Uso o recolección de información errada. Contratista, salvo que la información errada provenga de la misma Entidad. *Estimación inadecuada de los costos. Contratista *Conceptos errados. En asuntos propios. Contratista. *Uso indebido de la información. Contratista *Entrega tardía del Servicio. Contratista *Servicios adicionales necesarios para la utilidad del objeto contractual. Contratista *Insuficiencia de mano de obra calificada o de profesionales especializados. Contratista *Incumplimiento en el pago de obligaciones laborales y honorarios. Contratista, * Incumplimiento de subcontratistas. Contratista *Daños a terceros. Contratista *Falta de Calidad en el Servicio prestado. Contratista, que debe trasladar parte del riesgo mediante garantía. RIESGOS DERIVADOS DE CIRCUNSTANCIAS ECONÓMICAS O LEGALES TIPIFICACIÓN ASIGNACIÓN *Financiamiento del Contrato. Contratista. *Incremento en impuestos que afectan a todos los contribuyentes y a todas las actividades. Contratista. *Incremento de impuestos que afectan la actividad del contratante, siendo tal actividad objeto del Contrato. Contratista, a quien la entidad podrá llevar a un punto de no érdida, siempre y cuando acredite que el incremento es de tal magnitud que le ha conducido a perdida. *Mora en el pago por parte del Estado. Entidad contratante. *Obtención de seguros u otras garantías. Contratista. *Ausencia de Disponibilidad Presupuestal o de caja. Contratante CALENDARIO DE LA CONVOCATORIA El cronograma contentivo de las fechas en que se adelantara cada actividad aparece como documento anexo. NOTA: * De conformidad con lo establecido en los numerales 4º y 5º del artículo 30 de la ley 80 de 1993, el Hospital podrá prorrogar esta fecha antes de su vencimiento en caso de que lo estime conveniente o cuando lo soliciten las dos terceras partes de las personas que hayan adquirido los pliegos de condiciones. REQUISITOS MINIMOS PARA PARTICIPAR: Podrán participar en el proceso de contratación, las Administradoras de Riesgos Profesionales establecidas en Colombia que cumplan los requisitos de ley y en especial los contenidos en el Decreto 1295 de 1994 y demás normas que complementen, modifiquen o reglamenten y que no estén incursos en las prohibiciones, inhabilidades o incompatibilidades para contratar, señaladas por la Constitución y la Ley y cumplan con las condiciones contenidas en estos PLIEGOS DE CONDICIONES. De igual manera podrán participar CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES, pero no obstante los integrantes de la lista de proponentes que hayan presentado su carta de interés en participar, no se podrá asociar entre si para presentar una propuesta. CONSORCIOS, UNIONES TEMPORALES U OTRAS FORMAS DE ASOCIACIÓN: Se permite la presentación de propuestas a Consorcios, Uniones Temporales u otras formas asociativas, con las mismas exigencias de Ley.
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Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio, Unión Temporal u otra forma asociativa, para lo cual deberán señalar las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos. Tener en cuenta los siguientes aspectos: La responsabilidad de los consorcios será solidaria frente al HOSPITAL, de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. Las Uniones Temporales deberán indicar su porcentaje de participación. En caso de no indicarse en el acta de conformación el porcentaje de participación, se les dará el tratamiento de Consorcios para todos los efectos, en especial la evaluación. Cuando se conformen asociaciones bajo cualquiera de las modalidades previstas en la ley con el único objeto de presentar una propuesta o celebrar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirán por las disposiciones previstas en la ley para los Consorcios. Los Consorcios, Uniones Temporales o cualquier otra forma de asociación deberán designar la persona que para todos los efectos los representará y anexarán el acta mediante la cual se constituyen. El acta de constitución deberá indicar expresamente que el Consorcio, Unión Temporal o la respectiva asociación, no podrá ser disuelto ni liquidado, durante la vigencia o prórrogas del contrato que se suscriban. En caso de ser adjudicatarios los Consorcios, Uniones Temporales u otras formas asociativas deberán cumplir con lo siguiente: Presentar ante EL HOSPITAL el correspondiente NIT dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al acto de adjudicación. De acuerdo con lo preceptuado en el Artículo 66 de la Ley 488 de 1998, las facturas o documentos equivalentes para pago deben ser expedidas directamente por la respectiva forma de asociación, cumpliendo los requisitos establecidos en el Estatuto Tributario y no por cada uno de sus integrantes. Para proceder con su respectivo pago debe indicarse además, el nombre y el NIT de los integrantes del Consorcio y en el caso de Uniones Temporales, indicar además el porcentaje de participación en el mismo. Los posibles proponentes deberán inscribirse enviando carta de intención de participar, en el proceso de selección la cual deberá ser enviada vía fax teléfono 584584 o con carta radicada en las instalaciones en las fechas señaladas en el cronograma de la Convocatoria. NOTA: En el presente proceso de selección NO SE PERMITE LA DOBLE INSCRIPCIÓN / DOBLE POSTULACION/ DOBLE PÀRTICIPACION (esto es cuando el representante legal , suplente o socio de la persona jurídica inscriben su empresa para participar en el proceso y a su vez inscriben su nombre en el mismo proceso para participar como persona natural o para posteriormente conformar un consorcio o unión temporal ). Lo anterior por cuanto de esta manera participarían en el sorteo (si se postularan más de 10 personas jurídicas, o en el evento de postularse menos de 10, quedarían todas habilitadas para presentar propuesta) con doble oportunidad de salir favorecido, circunstancia que riñe con los principios rectores de la contratación estatal, pues dejan en desventaja a los demás postulantes o participantes inscritos para participar en un sorteo / o para presentar propuesta en el proceso de selección; quienes solo cuentan con una (1) sola oportunidad de quedar favorecidos.
CAPITULO II REQUISITOS HABILITANTES Los interesados en participar, deberán allegar a la Entidad, propuesta que tenga en cuenta la información que en este pliego se relaciona: Experiencia: El proponente deberá acreditar como mínimo la ejecución de cinco (5) contratos en los últimos tres (3) años, los cuales deben estar relacionados con el manejo Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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de contratos administrando riesgos profesionales y cuya sumatoria generadas POR CADA CONTRATO y POR VIGENCIA, sea igual o superior DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000.oo). Para certificar la experiencia, el proponente deberá allegar las respectivas certificaciones de contratos con el cumplimiento de los siguientes requisitos para ser tenidos en cuenta y estas certificaciones deben ser de clientes diferentes. Para el caso de tratarse de certificaciones de un mismo cliente, las mismas deberán referirse a contratos distintos. · Nombre o razón social del contratante. · Nombre o razón social del contratista · Objeto del contrato · Valor · Fecha de iniciación y finalización del contrato (día, mes, año) · Ramo · Nombre y Firma del funcionario competente, quien expide la certificación. Capacidad Operacional El interesado deberá indicar la relación de personal (directivo, técnico, administrativo y demás) que tendrá a disposición durante la ejecución del contrato, indicando los siguientes aspectos: - Tipo de Vinculación: Deberá informarse se el vínculo es laboral, no laboral, ocasional o permanente, adjuntando en los casos respectivos, los contratos o certificaciones que acrediten su existencia, sobre el personal ofrecido para el manejo de los programas que ofrece a través de la administración de riesgos profesionales. - Nivel de Formación: (profesional, Universitario, tecnólogo, técnico) Las calidades deberán acreditarse adjuntando fotocopia de los diplomas, certificados y/o tarjeta profesional, del personal ofrecido para el manejo de de los programas que ofrece a través de la administración de riesgos profesionales. Certificación de Inhabilidades e Incompatibilidades: El proponente deberá afirmar bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la presentación de la expresión de interés, que ni él ni la persona jurídica que representa o sus miembros, se hallan incursos en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad y/o prohibición contempladas en la constitución y la Ley y demás normas vigentes. Verificación de los requisitos habilitantes El comité asesor y evaluador verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes establecidos en el numeral 3.2 del presente pliego de condiciones, de conformidad con las exigencias allí establecidas. Producto de la verificación realizada, el comité asesor y evaluador determinará cuáles proponentes no se encuentran habilitados y así lo señalará en el informe correspondiente. La calificación otorgada será de “habilitado” o “no habilitado”. De conformidad con lo establecido en el numeral 2.1 Cronograma del Proceso, se les concederá a los proponentes, un periodo de tiempo para subsanar los requisitos habilitantes. Expirado este término sin hacer uso del mismo, no dará derecho al posible proponente de convalidar y/o subsanar su propuesta en otra oportunidad. El cumplimiento de los requisitos habilitantes podrá ser acreditado en los términos señalados en el requerimiento que en ese sentido formule el comité asesor y evaluador en el informe respectivo. En ejercicio de este derecho los proponentes no podrán subsanar asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni para acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad a la fecha establecida para la presentación de la propuesta.
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FECHAS ESTIMADAS DE EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS: El plazo para la ejecución del contrato que resulte de la presente invitación será de DOCE (12) meses contados a partir del perfeccionamiento del respectivo contrato y el cumplimiento de requisitos de ejecución, se estima que se dé inicio el día 01 de julio de 2011, el plazo podrá prorrogarse por un periodo igual al inicial siempre y cuando medie estudio de necesidad oportunidad y conveniencia por parte de la entidad y se renueven las pólizas a través de su intervención.
LUGAR FISICO Y SITIO ELECTRONICO: Para los efectos establecidos en el PLIEGO DE CONDICIONES se encontrarán publicados en el portal de la entidad, durante el periodo establecido en el cronograma de la convocatoria. Todos los interesados podrán formular observaciones al contenido de este documento a través del portal de la entidad, dentro del término señalado. EL PLIEGO DE CONDICIONES será igualmente publicado, de conformidad con los señalado en el Capítulo I de la presenta convocatoria. Las observaciones recibidas por fuera de término no serán tenidas en cuenta. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Hacen parte del presente proceso de selección: - Los estudios y documentos previos. - El aviso de convocatoria para la contratación. - Este pliego de condiciones, junto con sus anexos y adendas. - Las respuestas de aclaración emitidas por el hospital en los medios dispuestos para ello. - El acta de cierre del término para presentar propuestas. - Las propuestas que sean presentadas. - Las actas de audiencia. - Las solicitudes de aclaración a las propuestas y sus respectivas respuestas. - Los informes de verificación de los requisitos habilitantes y de evaluación de las propuestas técnicas, y las observaciones presentadas en relación a éstos. - Los actos administrativos que se expidan en desarrollo del proceso de selección, entre ellos, el que ordena su apertura, el de suspensión, el de revocatoria del acto que ordena la apertura y aquel por medio del cual se defina el proceso, esto es, de adjudicación o de declaratoria de desierto.
CAPITULO III CONDICIONES ECONOMICAS GASTOS: Todos los costos y/o gastos en que se incurra para la ejecución y presentación de la propuesta así como en relación con la prestación del servicio corren por cuenta del proponente. CALIDAD: Los servicios ofrecidos deben ser de óptima calidad, de conformidad con las especificaciones generales y técnicas solicitadas en los presentes Pliego de Condiciones y de acuerdo con el artículo 4º y 5º de la Ley 80/93. PRECIO: Los precios ofrecidos deberán ajustarse a los lineamientos generales del Decreto - Ley 1295 de 1994, más concretamente a los impartidos en el Decreto 1772 de 1994 en su artículo 3 y a la clasificación de actividades económicas que contemplan el Decreto 1607 de julio 31 de 2002. Artículos 1 y 2. Se deberá determinar el % que corresponde al sector salud, multiplicado por el No. De empleados directos. (planta). VALIDEZ DE LA OFERTA: La validez de la oferta será de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de cierre. Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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FORMA DE PAGO: Se cancelara el valor del contrato teniendo en cuenta lo dispuesto en el CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD CON LA ESE HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASI No. 021 DE 2011, según lo contemplado en la cláusula TERCERA, VALOR Y FORMA DE PAGO, que dispone en el literal a) los aportes patronales, se ejecutarán por el I.S.S.Q., contra su presupuesto sin situación de fondos, estos serán transferidos directamente por el Ministerio de Hacienda a los fondos de cesantías y o entidades de previsión donde se encuentren afiliados los empleados de la ese de acuerdo con el reporte entregado por el Hospital, según lo
determinan los Decretos 1295 y 1772 de 1994. Los valores serán consignados en las cuentas de ahorro o corrientes que el contratista señale para tal fin.
PRORROGA DEL CONTRATO: El contrato podrá prorrogarse, antes de su vencimiento y por escrito, mediante contrato adicional, previa revisión entre las partes del cumplimiento del objeto contractual, los precios y las condiciones de ejecución del contrato. Lo anterior, previa disposición presupuestal. DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL: La invitación se realiza con fundamento en la disponibilidad presupuestal de mayo de 2011, que se imputará a los rubros de riesgos profesionales. PLAZO O DURACION DEL CONTRATO: El plazo para la ejecución del contrato que resulte de la presente invitación será de DOCE (12) meses contados a partir del perfeccionamiento del respectivo contrato y el cumplimiento de requisitos de ejecución el plazo podrá prorrogarse por un periodo igual al inicial siempre y cuando medie estudio de necesidad oportunidad y conveniencia por parte de la entidad y se renueven las pólizas a través de su intervención. La entidad estatal adjudicara a una sola administradora. SUSCRIPCION Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO: Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de adjudicación, el adjudicatario deberá presentarse a suscribir el contrato respectivo con valor cero. Si el adjudicatario no suscribe el contrato en este término, EL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO podrá adjudicar el contrato al proponente calificado en segundo lugar y así sucesivamente, siempre y cuando la propuesta sea igualmente favorable para EL HOSPITAL. El contrato se perfecciona con la firma de las partes y para su ejecución se requiere por parte del hospital la aprobación de la garantía única que contenga el amparo de cumplimiento, constituida por el CONTRATISTA con vigencia igual a la del contrato y cuatro meses más. En caso de prórroga del contrato deberá ampliarse la vigencia del seguro. SUPERVISIÓN: EL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO efectuará la supervisión del contrato que se derive de la presente invitación, a través de la Subgerencia. INFORMACION SUMINISTRADA EN LA PROPUESTA: EL HOSPITAL se reserva el derecho de corroborar la veracidad de la información suministrada por los proponentes en sus ofertas. RECHAZO DE PROPUESTAS: Son causales de rechazo, las siguientes: · La presentación de varias ofertas por parte del mismo proponente para la presente invitación (por sí o por interpuesta persona). · Si el proponente se encuentra incurso en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades señaladas por la Constitución y la ley. Cuando la inhabilidad o Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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incompatibilidad sobrevenga en un proponente, se entenderá que renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos surgidos del mismo. · Cuando se compruebe que los documentos presentados por el proponente contienen información imprecisa, inexacta o que de cualquier manera no correspondan a la realidad e induzcan a EL HOSPITAL a error, para beneficio del proponente. · Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse o cuando no cumplan las calidades o condiciones indicadas en estos Pliego de Condiciones. · Cuando el proponente haya tratado de interferir o influir indebidamente en el análisis de las propuestas, o en el acto de adjudicación del contrato, o de informarse indebidamente del mismo. · Cuando se presenten de tal forma que no permitan realizar la comparación objetiva de las mismas. · Cuando el proponente no reúna los requisitos mínimos de obligatorio cumplimiento establecidos en los presentes términos. · La no presentación de la carta de presentación de propuesta en las condiciones aquí descritas, será causal de RECHAZO de la oferta.
CAPITULO IV PRESENTACION DE LA PROPUESTA MODALIDAD DE PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS: Las propuestas deberán presentarse en forma escrita, en computador, a máquina o letra imprenta, pero en todo caso legible, de acuerdo con el orden y requisitos establecidos en estos PLIEGOS DE CONDICIONES y entregarse en original debidamente foliada y con la indicación: DEPARTAMENTO DEL QUINDÌO, HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA, Carrera 16 No. 5-18 Tel. 7584584 fax 7584583 Las propuestas se deberán presentar en la modalidad de propuesta técnica simplificada. Los futuros proponentes deberán informarse y/o relacionarse con todas las condiciones de tiempo, modo y lugar e información que pueda influir en la propuesta y en la futura prestación de los servicios. Por lo cual no se aceptará como excusa válida para futuras reclamaciones, la carencia de cualquier información en este sentido. ACLARACIÓN DE PROPUESTAS. EL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO se reserva el derecho de solicitar aclaraciones a los proponentes sobre las propuestas presentadas. No se pedirán, ofrecerán, ni permitirán cambios en los aspectos sustanciales de la propuesta. ALTERNATIVAS Y PROPUESTAS PARCIALES. Los proponentes se adaptarán a las exigencias específicas de los Pliegos de Condiciones, por lo tanto no podrán presentar alternativas, ni propuestas parciales. El proponente presentará su oferta para manejar la totalidad del programa de seguros del HOSPITAL. CAPITULO V DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA COMPARACION Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS La oferta constará de los siguientes documentos, los que deben ir foliados y relacionados. CARTA DE PRESENTACIÓN: La OFERTA deberá estar acompañada de carta de presentación firmada por el Representante Legal de la Administradora de Riesgos Profesionales, la cual deberá ser diligenciada según el Formato del Anexo 1. Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL: El OFERENTE deberá presentar un Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio. AUTORIZACIÓN DEL ÓRGANO SOCIAL CORRESPONDIENTE: Cuando el representante legal de la persona jurídica se encuentre limitado para presentar oferta o para contratar o comprometer a la sociedad debe anexar la autorización del órgano social correspondiente que lo autorice para presentar la oferta y suscribir el contrato en el caso que le sea adjudicado. AUTORIZACIÒN ACTUAL POR PARTE DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA PARA PRESTAR EL SERVICIO DE ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES: Este certificado debe haber sido expedido con posterioridad al 1 de junio de 2008. IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA: El oferente debe indicar su identificación tributaria e información sobre el régimen de impuestos al que pertenece. CERTIFICACIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES PARAFISCALES: De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, a la fecha de la presentación de la OFERTA, el oferente si es persona natural deberá certificar el cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA. Cuando se trate de persona jurídica (establecimientos de comercio), se deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas mencionados mediante certificación expedida por el revisor fiscal adjuntando copia de la tarjeta de contador, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal durante un lapso equivalente al que exija el respectivo régimen de contratación para que se hubiera constituido la sociedad, el cual en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del contrato. En el evento en que la sociedad no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. FORMATO ÚNICO DE HOJA DE VIDA: Según sea el caso, el OFERENTE deberá Diligenciar el Formato Único de Hoja de Vida de persona jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública. BALANCE GENERAL, ESTADOS DE RESULTADOS Y NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS: a 31 de Diciembre del año inmediatamente anterior (2010), en original o copia simple, firmado por Contador Público y el Representante Legal. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA (ORIGINAL): La garantía de seriedad se constituye a favor del HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO y por el objeto de la presente Contratación, para responder por el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la invitación, en especial las relacionadas con la suscripción del Contrato, constitución de la garantía única y perfeccionamiento del Contrato, dentro de los términos establecidos. Deberá constituirse como mínimo por el DIEZ POR CIENTO (10%) del valor del presupuesto oficial y una vigencia de 90 días calendario, contados desde el día de cierre de la Contratación. Deberá ser expedida por una compañía de seguros legalmente establecida y autorizada para funcionar en Colombia. FOTOCOPIA DE LA CEDULA DEL REPRESENTANTE LEGAL QUE FIRMA LA PROPUESTA. CERTIFICADOS: La Persona Jurídica debe presentar los siguientes Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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certificados vigentes a la fecha, emitidos por cada ente público y que informen los antecedentes disciplinarios y Responsabilidades Fiscales: 1. Antecedentes Disciplinarios de Inhabilidades, expedidos por la Procuraduría General de la Nación 2. Certificado de no estar incluido en el boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la Nación 3. Certificado de Antecedentes Judiciales expedido por el DAS CAPITULO VI CRITERIOS DE EVALUACION EL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO, previo análisis comparativo de las OFERTAS que se ciñan a los requisitos establecidos en los presentes PLIEGOS DE CONDICIONES, seleccionara el ofrecimiento mas favorable a la Entidad y a los fines que ella busca, teniendo en cuenta para tal efecto lo siguiente:
EVALUACION: Se analizarán cada uno de los servicios establecidos en el Decreto Ley 1295/94 y demás disposiciones reglamentarias concordantes y se tendrán en cuenta los siguientes factores: PRESTACIONES ASISTENCIALES 30 PUNTOS PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN EN SALUD OCUPACIONAL 60 PUNTOS
PRESTACIONES ASISTENCIALES 30 PUNTOS Se otorgara el mayor puntaje a la ARP que ofrezca la red de servicios en la mayor cantidad de ciudades y municipios del eje cafetero, para este primer ítem se asignan 20 puntos, el puntaje se asignara en forma proporcional de cuerdo al mayor ofrecimiento que será el tope, los 10 puntos restantes, corresponderán a los ofrecimientos respecto de apoyos que apunten al fortalecimiento de los riesgos reales y potenciales, tanto en asesoría como en capacitación, para lo cual cada ofrecimiento obtendrá 4 puntos. PRESTACIONES ECONOMICAS 10 PUNTOS La ARP deberá indicar el procedimiento para la presentación de los reportes de accidente de trabajo y enfermedad profesional y demás documentación requerida para la reclamación de las diferentes prestaciones económicas. Incluir ofrecimiento desglosado. El criterio se aplicará en forma proporcional a las demás SERVICIOS DE PROMOCION Y PREVENCION EN SALUD OCUPACIONAL: Se obtendrá un máximo de sesenta (60) puntos, así: 1. DIAGNOSTICO INICIAL EN SALUD OCUPACIONAL, COORDINACION Y MANEJO DEL PROGRAMA (8 PUNTOS): La Administradora de Riesgos Profesionales deberá indicar cuál es la metodología para el diagnóstico inicial y cómo se coordinará permanentemente la realización de actividades y asesorías al Programa de Salud Ocupacional. El mayor puntaje lo obtendrá la A.R.P. que disponga de mayor tiempo en asesoría para la coordinación y manejo del Programa, esta asesoria debe ser prestada por profesional en salud ocupacional.. 2. ACTIVIDADES EN MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO (3 PUNTOS): La Administradora de Riesgos Profesionales deberá indicar las actividades a realizar en fomentos de estilos de vida y trabajo saludables, especificando cobertura y metodología. Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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El mayor puntaje lo obtendrá la A.R.P. que realice dicho programa a nivel nacional, para lo cual debe incluir especialista en medicina laboral; lo anterior, teniendo en cuenta que los funcionarios pueden desplazarse en comisión de servicios u otras figuras a cualquier lugar del país. 3. ACTIVIDADES EN HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL (25 PUNTOS): La Administradora de Riesgos Profesionales deberá indicar en cada actividad la cobertura, metodología y tiempo dedicado por profesional especialista en el tema. ACTIVIDAD PUNTAJE Capacitación a las brigadas 3 Simulacros de evacuación 3 Actualización al plan de emergencias 3 Panoramas de riesgo 3 Asesoría técnica con profesional especialista en el tema 5 Otros ofrecimientos, 8 puntos, cada ofrecimiento sumara 2 puntos hasta el puntaje máximo, 8 puntos El mayor puntaje lo obtendrá la A.R.P. que realice las diferentes actividades a nivel nacional. 3.1 Deberá ofertar el número de profesionales o técnicos con los que se prestará el servicio, informando en un cuadro el número de cedula, nombre y apellidos y perfil, al mayor número de personas se asignará el mayor puntaje, 4 puntos, las demás propuestas, en orden descendente y forma en proporcional. El punto adicional (1), se otorgará al ofrecimiento que cuente con el mayor número de profesionales en el eje cafetero. 4. PROGRAMAS DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA (16 PUNTOS): La Administradora de Riesgos Profesionales deberá indicar en cada programa de vigilancia epidemiológica la cobertura, metodología, tiempo dedicado por profesional especialista en el tema y exámenes a realizar tanto en el medio ambiente como en la persona. PROGRAMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA PUNTAJE P.V.E. EN ERGONOMIA 3 P.V.E. EN RIESGO SICOSOCIAL 3 P.V.E. EN CONSERVACION AUDITIVA 3 P.V.E. EN RIESGO BIOLOGICO 3 P.V.E. EN OTROS OFRECIMIENTOS RELACIONADOS CON LA MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO 2, cada ofrecimiento, 1 punto Adicionalmente se otorgarán 2 puntos a la empresa que en los dos primeros programas dedique el mayor tiempo en asesoría técnica a cada tema. ACTIVIDADES AL COMITÉ DE SALUD OCUPACIONAL (3 PUNTOS) La Administradora de Riesgos Profesionales deberá especificar el tipo de asesoría al Comité de Salud Ocupacional, explicando metodología a utilizar y cobertura a nivel nacional. El mayor puntaje lo obtendrá la A.R.P. que realice la actividad a nivel nacional. Será de exclusiva responsabilidad del proponente los errores y omisiones en que incurra al indicar los precios de su propuesta, debiendo asumir los mayores costos y/o pérdidas que se deriven de dichos errores y omisiones. El proponente deberá incluir una tabla en donde se encuentre desglosado el costo total de los estudios entre las actividades administrativas y técnicas que va a realizar SERVICIO MÍNIMO REQUERIDO: (excluyente) Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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Asesoría, asistencia técnica básica y capacitación para el Diseño y/o actualización del Programa de Salud Ocupacional. Asesoría, asistencia técnica y capacitación en todas las áreas de la institución a nivel nacional. Asistencia técnica en el diseño, elaboración y desarrollo de los programas de vigilancia epidemiológica. Asesoría sobre el correcto registro de información y el cálculo e interpretación del cálculo epidemiológico de accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Asesoría y capacitación para el diseño del programa de higiene y seguridad industrial. Asesoría y capacitación para la actualización de las brigadas de emergencia y primeros auxilios. Asesoría e investigación de los accidentes de trabajo y enfermedad profesional.
CAPITULO VII CRITERIOS DE DESCALIFICACIÓN DE PROPUESTAS: LA ENTIDAD, DESCALIFICARÁ PROPUESTAS, REVISIÓN JURÍDICA. COMPONENTE JURÍDICO: Por las siguientes causas se descalificara la propuesta. • Por las consignadas en el Articulo 8o de la Ley 80-93. • Cuando las Personas Jurídicas o los consorcios y uniones temporales no hayan acreditado la duración de la sociedad, por un plazo igual o superior al del Contrato y UN (1) ano más, o dentro del objeto social no esté incluida la actividad para la cual se presenta. • Cuando haya disolución o liquidación de la sociedad. • Cuando se compruebe que un Proponente presenta o participa en más de una Oferta, es decir, un Oferente solo podrá participar como persona natural o como miembro de una persona jurídica no importando su porcentaje en la empresa, miembro de un Consorcio o Unión Temporal. • Cuando se compruebe que posee antecedentes fiscales la Persona Natural, la Persona Jurídica o los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, en la base de datos de la Contraloría General de la República. • Cuando se compruebe inexactitud de la información suministrada por el proponente o en la contenida en los documentos anexos a la propuesta. • Cuando se presenten dentro de la propuesta documentos que contengan tachaduras, borrones, enmendaduras que den lugar a diferentes interpretaciones o induzcan a error, siempre y cuando tales documentos aludan a factores de selección. • Cuando la propuesta sea presentada extemporáneamente. EL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO, previo análisis comparativo efectuado por parte del Comité, seleccionara de entre las ofertas que se ciñan a los requisitos establecidos en los presentes PLIEGOS DE CONDICIONES, la más favorable al Hospital y a los fines que ella busca. EL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO en calidad de empleador seleccionara la Administradora de Riesgos Profesionales según la OFERTA que obtenga el mayor puntaje de acuerdo con la ponderación de los factores que se establecen en los presentes PLIEGOS DE CONDICIONES, a continuación se expondrán los criterios a evaluar en cada uno de los proponentes. Orden de elegibilidad: El Comité Evaluador ordenara en forma descendente los puntajes totales obtenidos por los Proponentes, el orden así descrito es el orden de elegibilidad. El cual se incluirá dentro del mismo informe de evaluación. CRITERIOS DE DESEMPATE: Si llegare a ocurrir que para el primer lugar resultaren DOS (2) o mas Propuestas primeras con el mismo puntaje, se escogerá entre ellas la más económica, si resultasen igualmente DOS (2) o mas Ofertas con menor valor igual, se efectuará un sorteo mediante el sistema probabilístico de (LANZAMIENTO DE UN DADO GANA EL MAYOR VALOR). Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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DECLARATORIA DE DESIERTA: La presente de la Convocatoria se declarara desierto siempre y cuando existan motivos o causas que impidan la selección objetiva del Contratista, cuando no se presente Propuesta alguna o ninguna Propuesta se ajuste a los Pliegos de Condiciones.
IVAN PALACIO ORTEGA Gerente
CAPITULO VIII F O R M ATOS DE LA PROPUESTA Y ANEXOS FORMATO 1 (Fecha) Doctor IVAN PALACIO ORTEGA HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO Gerente
Ref: Compromiso Anticorrupción Por medio de este documento ___________________________ (nombre o razón social del proponente) (en adelante el) suscribo el Compromiso Anticorrupción con el HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO en los siguientes términos. Me comprometo a apoyar la acción del Estado Colombiano y particularmente del HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO para fortalecer la transparencia y responsabilidad de rendir cuentas y, en este contexto, asumo explícitamente los siguientes compromisos, sin perjuicio de mi obligación de cumplir con las leyes y normas de Colombia: (a) Me comprometo a no ofrecer ni dar sobornos, a ningún funcionario público en relación con mi Propuesta, con el proceso de la convocatoria pública o de contratación, ni con la ejecución del Contrato que pueda celebrarse como resultado de la Propuesta. (b) Me comprometo a no permitir que nadie, bien sea mi empleado o un agente comisionista independiente lo haga en mi nombre. (c) Me compromete a revelar de manera clara y en forma total en mi Propuesta, los nombres de todos los beneficiarios reales de los pagos efectuados en mi nombre, relacionados con cualquier concepto de la Convocatoria, incluyendo tanto los pagos ordinarios ya realizados y por realizar, como los que se proponga hacer si mi Propuesta resulta favorecida. (d) Me comprometo formalmente a impartir instrucciones a todos mis empleados y agentes y a cualquiera otros representantes, exigiéndoles el cumplimiento en todo momento de las leyes de la República de Colombia y, especialmente, de aquellas que regirán que a efecto se convoque y la relación contractual.
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El compromiso que según el presente documento contraigo, lo efecto bajo la gravedad del juramento, el que se entiende prestado por la sola suscripción del presente Compromiso Anticorrupción. Si se conociera mi incumplimiento, el de mis representantes o mis empleados o agentes, a los compromisos antes enunciados, el HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO pondrá en conocimiento de tal hecho ante la Fiscalía General de la Nación para su investigación en el evento en que el incumplimiento identificado constituya delito sancionado por la ley Penal Colombiana. Nombre del proponente _______________________________________ Nombre del Representante Legal _______________________________________ C. C. No. _____________________ de _______________ ___________________________________________________ (Firma del proponente o de su Representante Legal)
ANEXO No.1 CARTA DE PRESENTACION ____________, ____________ de 2011 Señores HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO Ciudad Asunto: SELECCIÓN DE UNA ADMINISTRADORA DE RIESGOS PROFESIONALES PARA AFILIAR AL PERSONAL DE PLANTA Y VINCULADO POR CONTRATOEN EL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO. Los suscritos ____________________________________________________de acuerdo con las condiciones que se estipulan en los términos de referencia, hacemos la siguiente propuesta y en caso de que seamos seleccionados por EL HOSPITAL SAN VICENTE DE PAUL DE CIRCASIA QUINDIO, nos comprometemos a aceptar la orden correspondiente. Declaro así mismo: 1) Que esta oferta y la orden que llegare a impartirse solo compromete a los aquí firmantes. 2) Que ninguna entidad o persona distinta de los firmantes tienen interés comercial en esta propuesta ni en la orden que de ella se derive. 3) Que conocemos la información general y especial y demás documentos de los PLIEGOS DE CONDICIONES. 4) Que no nos hallamos incursos en causal alguna de inhabilidad e incompatibilidad de las señaladas en la ley y la Constitución Política y no nos encontramos en ninguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar. 5) Que la siguiente propuesta consta de____________ (____) folios debidamente numerados. Atentamente, Nombre Representante Legal __________________________________ Cédula de Ciudadanía No. ________________ de__________________ Oferente ___________________ Nit ____________________________ Dirección _______________ Teléfono ______________Fax _________ Correo electrónico ____________________ Ciudad ________________ ANEXO No.2 CRONOGRAMA DE ACTIVIDADS Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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Aviso de la convocatoria Publicación del proyecto de pliego de condiciones y estudios previos Observaciones al proyecto de pliego de condiciones Publicación de las respuestas a las observaciones al proyecto de pliego de condiciones Publicación del pliego de condiciones definitivo Audiencia de aclaración del Proceso y visita técnica a las instalaciones del hospital NOTA: La visita no es obligatoria, dado que muchas empresas conocen la realidad de la ESE. Cierre del proceso y presentación de propuestas Verificación de requisitos habilitantes
Mayo 5 de 2011 Desde mayo 5 de 2011 hasta Mayo 11 de 2011 Desde mayo 5 de 2011 hasta Mayo 11 de 2011, hasta las 6:30 P.M. Mayo 12 de 2011
Junio 1º de 2011 Junio 2 de 2011 a las 10:00 a.m.
Junio 7 de 2011, hasta las 9:00 A.M. Junio 7 de 2011 Junio 8 de 2011
VERIFICACION DE REQUISITOS HABILITANTES, EVALUACION DE LAS PROPUESTAS TECNICAS Y ELABORACION DEL INFORME DE EVALUACION DE LAS PROPUESTAS TECNICAS
Publicación informe de evaluación Presentación de observaciones Adjudicación Suscripción del contrato
Del 10 al 13 de Junio de 2011 Del 10 al 13 de Junio de 2011 Junio 14 de 2011 Junio 15 de 2011
ANEXO No.3 INDICADORES
INDICADOR
CAPITAL DE TRABAJO ÍNDICE DE LIQUIDEZ NIVEL DE ENDEUDAMIENO TOTAL PATRIMONIO
DESCRIPCIÓN
CÁLCULO VALORES EN SMMLV
Activo Corriente – Pasivo Corriente Activo corriente/Pasivo corriente Pasivo total/Activo total PATRIMONIO
Firma Representante Legal ______________________
ANEXO No. 4 MINUTA DEL CONTRATO
Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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Entre los suscritos, IVAN PALACIO ORTEGA, identificado con la Cédula de Ciudadanía numero XXXXXXX de XXXXX, quien obra en representación del Hospital San Vicente de Paul de Circasia, en calidad de Gerente, cargo para el cual fue nombrado mediante Resolución No. Xxx del xx de xxxxx de xxxx, según consta en el acta de posesión xxx del xx de xxxx de xxxx, ante el Alcalde Municipal, quien en adelante se denominará EL HOSPITAL y de la otra, xxxxxxxxxxxxxxx, con Nit. Xxxxxxx, sociedad comercial constituida por medio de Escritura Pública xxxxxxxx, representada legalmente por xxxxxxxxxxxxx, identificado con cédula de ciudadanía No. xxxxxxxxxxxxxxx, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, y quien declara bajo la gravedad de juramento no hallarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para contratar de que tratan los artículos 8, 9 y 10, de la Ley 80 de 1993, la Ley 53 de 1990, artículo 126 de la Ley 136 de 1994, artículo 49 y 84 de la Ley 617 de 2000, la Ley 821 de 2003, la Ley 1148 de 2007 y la Ley 1123 de 2007, hemos convenido en celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicios el cual se especifica en las cláusulas siguientes, previas las siguientes consideraciones: a) Que se adelantó un proceso de concurso de meritos para la selección de la ADMINISTRADORA DE REGIMEN SUBSIDIADO para el personal de planta y contratista que está vinculado con la entidad, a través de convocatoria pública en razón al valor a contratar. b) Que se publicó la convocatoria del proceso de CONCURSO DE MÉRITOS ABIERTO No. ___ DE 2011 en el portal de la entidad. c) Que producto de esta convocatoria se adjudicó el respectivo contrato mediante Resolución No. xxxx del xxxxxxxxxxxxx. d) Que las partes acuerdan suscribir el presente contrato el cual se regirá por lo establecido en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 2474 de 2008, sus demás Decretos Reglamentarios, las normas civiles y comerciales aplicables y en especial por las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA - OBJETO: ------. CLÁUSULA SEGUNDA - LUGAR DE EJECUCIÓN: Departamento del Quindío, y todas los lugares en donde se desplace el personal relacionado en razón de su servicio para la entidad, o según se trate. . CLÁUSULA TERCERA – VALOR: Para todos los efectos fiscales y legales, el valor del presente contrato tiene como punto de partida el 2.436% que corresponde al servicio de salud, multiplicado por el número de empleados en planta atendidos, es decir, el valor mensual podrá fluctuar o no, según la situación que se presente.. CLÁUSULA CUARTA – FORMA DE PAGO: EL HOSPITAL pagará al CONTRATISTA el valor del contrato de la siguiente manera: Pagos por cada mes durante el cual se preste el servicio, es decir, por el termino de duración del contrato. CLÁUSULA QUINTA – IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: El presente Contrato de prestación de servicios estará sujeto al Certificado de Disponibilidad presupuestal No. --------. CLÁUSULA SEXTA – OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: EL CONTRATISTA se obliga para con EL HOSPITAL a: A) Cumplir con el objeto del contrato. B) Pagar los impuestos a los que hubiere lugar con ocasión del contrato. C) Acreditar, junto con el informe de supervisión, su afiliación y pago al Sistema de Seguridad Social en Salud y Pensiones, en los términos y porcentajes establecidos en la Ley, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. D) Cumplir con las siguientes actividades generales: 1. Ejecutar idónea y oportunamente el objeto del contrato de conformidad con la oferta. 2. Obrar con lealtad y buena fe en las distintas etapas contractuales y evitando las dilaciones y entrabamientos que pudieren presentarse. 3. Llevar registros, archivos y controles que se requieran para brindar información oportuna y confiable respecto a los diferentes proyectos a su cargo. 4. Atender los requerimientos hechos por el supervisor y en caso de no ser posible, emitir, por escrito, una explicación que fundamente este hecho. 5. Responder por la calidad de los productos, resultados de la presente contratación. 6. Cumplir con el cronograma de trabajo. 7. Mantener informado al Secretario de Planeación y Ordenamiento Territorial de la Alcaldía Municipal de Soacha de cualquier circunstancia que afecte la debida ejecución del contrato. E) Cumplir con las siguientes actividades específicas: Las que se encuentran estipuladas en los estudios previos, pliego de condiciones y propuesta del oferente del presente proceso de selección. F) Entregar en los términos establecidos los informes solicitados. G) Constituir la garantía de cumplimiento. H) Atender los requerimientos del contratante. I) Todas las demás funciones que el hospital le asigne para el cumplimiento Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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del objeto del contrato. CLÁUSULA SÉPTIMA – PRODUCTOS: EL CONTRATISTA, una vez finalice la ejecución del contrato deberá entregar un informe en el que relacione el servicio prestado. CLÁUSULA OCTAVA - OBLIGACIONES DEL HOSPITAL: EL HOSPITAL se compromete a: 1. Cancelar mes vencido, dentro de los 10 días siguientes a la radicación de la cuenta de cobro o factura, el valor establecido en la cláusula cuarta, en todo caso el pago queda sujeto a las apropiaciones presupuestales que para el efecto se realicen. 2. Supervisar la ejecución y cumplimiento del contrato a través de funcionario designado. 3. Desarrollar la respectiva evaluación del CONTRATISTA cada mes para supervisar la ejecución y cumplimiento del mismo. CLÁUSULA: NOVENA PLAZO DE EJECUCIÓN: El contrato del mismo tendrá un término de ejecución de ---(--) MESES a partir de la fecha del cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución, y en todo caso su ejecución se contará a partir de la fecha de aprobación de la garantía exigida. CLÁUSULA DÉCIMA - VIGENCIA DEL CONTRATO: La vigencia del presente contrato será del período de ejecución del mismo y cuatro (4) meses más. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA – GARANTÍAS: EL CONTRATISTA, se obliga a constituir dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la firma del presente contrato, una garantía única mediante póliza de seguros de una Compañía de Seguros debidamente establecida en el país según póliza matriz que haya sido aprobada por la Superintendencia Financiera, a favor del Hospital San Vicente de Paul de Circasia que ampare los siguientes riesgos: A) Amparo de cumplimiento: Para garantizar el cumplimiento general del contrato, el pago de la sanción penal pecuniaria y demás sanciones que le se le impongan, en cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, por el término de vigencia del contrato y seis (6) más. B) Amparo de pago de salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Por la suma equivalente al veinte (20%) del valor total del respectivo contrato, por un término igual a la vigencia del mismo y tres (3) años más. C) Garantía de calidad: Por una suma equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, por el término de vigencia del contrato y dos (2) años más. PARÁGRAFO PRIMERO: Cuando el contrato se adicione en valor, se suspenda, o en cualquier otro evento en que fuera necesario, EL CONTRATISTA se obliga a modificar las garantías señaladas en este contrato en forma tal que en todo momento se hallen ajustadas en valor y vigencia a lo pactado en el contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO: Deberá mantenerse vigente la garantía hasta la liquidación del contrato. Para efecto de cómputo, de los términos de la vigencia de las pólizas, se contará como fecha de iniciación de la misma aquella en que se suscriba el contrato. Las garantías, los certificados de modificación o anexos de las mismas, deberán someterse a la debida aprobación por parte de la Oficina Asesora Jurídica. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA – RIESGO COMPARTIDO: De acuerdo a lo establecido en el artículo 4º de la Ley 1150 de 2007, los riesgos que se establecen de la suscripción del presente contrato se asumirán de manera compartida entre las partes, dichos riesgos hacen referencia a las siguientes causales: 1. Incumplimiento por parte del contratista por caso fortuito o fuerza mayor. 2. Imposibilidad de desarrollar el objeto del contrato por razones ajenas a la voluntad de las partes. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA - SUPERVISIÓN Y VIGILANCIA: La supervisión del presente contrato estará a cargo de la Subgerencia o quien esta delegue y como tal vigilará la ejecución del objeto contractual, comunicará por escrito mediante certificación el debido desarrollo del mismo y para el cumplimiento de los fines de la contratación, de conformidad con las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley 80 de 1993, serán funciones del supervisor entre otras: 1. Verificar el cumplimiento del objeto del contrato, así como los derechos y obligaciones surgidos del mismo. 2. Controlar la vigencia de la garantía solicitada al contratista. 3. Suministrar en forma oportuna la información solicitada por EL CONTRATISTA de conformidad con los términos del presente contrato. 4. Resolver las peticiones presentadas por EL CONTRATISTA. 5. Suscribir actas relacionadas con la ejecución del contrato. 6. En caso de requerirse alguna modificación o adición al contrato informar por escrito con las justificaciones pertinentes. 7. Informar el incumplimiento del CONTRATISTA. 8. Las demás que busquen el cumplimiento de los fines del contrato y la efectividad de los derechos e intereses de las partes. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA – MULTAS: En caso de mora o incumplimiento de las obligaciones Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
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que en desarrollo de este contrato adquiere EL CONTRATISTA, podrá imponerle mediante resolución motivada en calidad de multas, sanciones pecuniarias equivalentes al uno por ciento (1%) del valor de este contrato, las cuales sumadas entre si no podrán exceder el diez por ciento (10%) de dicho valor, salvo en caso de fuerza mayor o caso fortuito. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA – CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de mora en el cumplimento de las obligaciones por parte del CONTRATISTA la Administración le impondrá como sanción penal pecuniaria el equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presente contrato, independientemente de la indemnización de perjuicios a favor de la Administración Municipal. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA CADUCIDAD: La aplicación de la caducidad estará sujeta a las normas que la regulan, en especial las contempladas por la Ley 80 de 1993, en su artículo 18. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA – CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder la ejecución del objeto contractual a ningún título salvo autorización previa suscrita por el hospital. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA - TERMINACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato se dará por terminado por las siguientes causas: a) Por vencimiento del plazo de ejecución, b) por cumplimiento del objeto contractual, c) por incumplimiento de las obligaciones adquiridas por las partes, d) por mutuo acuerdo y e) según lo previsto en el artículo 17 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA –SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: Los conflictos que se llegaren a presentar en la ejecución del presente contrato, se solucionarán mediante cualquiera de los siguientes mecanismos: Por acuerdo, transacción, conciliación y la amigable composición de que trata la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA VIGÉSIMA - EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL: EL CONTRATISTA, prestará sus servicios con plena autonomía técnica y administrativa, por lo tanto no existirá vinculación alguna de tipo laboral entre este y el HOSPITAL, ni se generará obligación de reconocimiento de prestaciones sociales, ni de otras prestaciones u obligaciones propias de la relación laboral. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA –CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA – RÉGIMEN PRESTACIONAL: En ningún caso este contrato genera relación laboral alguna con el Hospital San Vicente de Paul de Circasia, de conformidad con lo expresado en el artículo 32.3 de la Ley 80 de 1993. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA - RÉGIMEN JURÍDICO: Lo constituyen las cláusulas del contrato, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el Decreto 2474 de 2008 y demás Decretos Reglamentarios vigentes. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA – DOMICILIO CONTRACTUAL: Para todos los efectos contractuales, legales y fiscales atinentes a este compromiso, las partes acuerdan como domicilio contractual el Hospital San Vicente de Paul de Circasia. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA - CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD: EL CONTRATISTA se compromete a respetar el carácter confidencial de cualquier documento, dato u otra información relacionada con el Contrato que hubiese sido suministrado directa o indirectamente por alguna de las partes, y a no dar a conocer dicha información, sin el previo consentimiento escrito del HOSPITAL. Todo ello sin perjuicio de que la información citada hubiese sido provista antes, durante o una vez completada la ejecución del Contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA –REQUISITOS DE PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se considera perfeccionado por la suscripción del mismo por las partes. Para su ejecución se requiere de la expedición del registro presupuestal y de la aprobación de la garantía exigida. Para constancia se firma en el Hospital San Vicente de Paul de Circasia Quindío, a los XXXXXX. EL CONTRATANTE xxxxxxxxxxxxxx EL CONTRATISTA xxxxxxxxxxxxx
ANEXO 5 RELACION DE FUNCIONARIOS DE PLANTA DE PERSONAL
Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
[email protected]
Nº
DEPE NDEN CIA
NOMBRE
CEDULA
CARGO
FECHA INGRESO
ASIGNACION SALARIAL
1 Gerenc IVAN PALACIO ORTEGA ia 2 ARBELAEZ SERNA ANA MILENA
7.525.925 Gerente
01/06/2008
2.710.093
24.604.192 Enfermero
02/09/1996
2.227.942
3
CARDONA OSORIO MARIA ELIZABETH
41.950.560 Subgerente
01/10/2009
2.054.489
4
CALDERON DUQUE JESUS HELI
18.460.899 Tecnico Área Salud
16/03/1987
1.357.789
5
BEDOYA JULIO CESAR
4.408.236 Auxiliar Área Salud
23/01/1992
1.178.317
6
RODRIGUEZ GARCIA ADIELA
24.602.168 Auxiliar Area Salud
07/02/1994
1.178.317
7
RAMOS RIOS ELENA
24.602.038 Auxiliar Area Salud
01/09/1979
1.178.317
8
CASTAÑO CEPEDA ALBA INES
24.603.407 Auxiliar Area Salud
10/08/1987
1.178.317
9
GUZMÁN GUZMÁN GONZALO
7.532.500 Auxiliar Area Salud
01/09/1987
1.178.317
10
24.601.724 Auxiliar Area Salud
15/06/1989
1.178.317
11
RAMIREZ VASQUEZ LUZ MILA MARTINEZ DE PEREZ MARIA DOLORES
24.601.758 Auxiliar Area Salud
01/11/1991
853.464
12
ALCARAZ GUZMAN MARIA IDALIA
24.577.521 Auxiliar Area Salud
07/09/1986
1.005.345
13 Subger ECHEVERRY CASTAÑO IRMA 14 encia HERRERA ORTIZ RUTH EDILMA
24.602.432 Auxiliar Area Salud
16/11/1980
832.123
24.603.925 Auxiliar Area Salud
10/08/1987
832.123
15
MARIN MONTERO RAQUEL
28.903.419 Auxiliar Area Salud
01/08/1986
832.123
16
MÉNDEZ GONZÁLEZ ANA BEIBA
24.805.894 Auxiliar Area Salud
01/07/1978
832.123
17
CASTAÑO PABON EDITH
39.632.584 Auxiliar Area Salud
02/01/1992
832.123
18
PELAEZ SALAZAR DIANA MARIA
25.019.916 Auxiliar Administrativo
01/06/1997
968.051
19
CARVAJAL RUIZ MARTHA ISABEL
41.892.301 Auxiliar Administrativo
01/03/1990
968.051
20
PEÑUELA OSORIO LUIS FERNANDO
18.490.856 Auxiliar Administrativo
01/12/1990
927.777
21
MORENO JHON FREDY
01/11/2005
876.688
22
GIRALDO GALEANO LIBANIEL
30/07/2003
955.360
23
VALENCIA GALVIS AIDE
01/02/1991
811.036
24
FRANCO AMPARO
7.528.040 Conductor Auxiliar Servicios 24.603.706 Generales Auxiliar Servicios 24.601.990 Generales
16/11/1976
811.036
25
GOMEZ HERRERA ALICIA
41.904.384 Odontologo
01/04/1997
2.681.856
DUQUE LONDOÑO ANA MILENA
Profesional Universitario 41.900.592 Area Salud
15/04/1985
2.054.523
Profesional Servicio 9.771.872 Social Obligatorio
21/08/2010
2.012.423
Profesional Servicio 16.078.213 Social Obligatorio
06/10/2010
2.012.423
Laborat orio 26 Asisten cial 27
POLANSKY PELAEZ HOYOS * Asisten cial
28
ALEJANDRO HENAO GIRALDO *
9.892.831 Celador
* Médicos Servicio Social Obligatorio -Vinculados Durante la vigencia
IVAN PALACIO ORTEGA GERENTE
Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
[email protected]
ANEXO 6 RELACION DE CONTRATISTAS
ADMINISTRATIVA
OBJETO CONTRATO
CEDULA
FECHA DE CUMPLE
SALUD
PENSION
GLORIA INES ARIAS
CONTADORA
41.897.585
9 DE MARZO
COOMEVA
PROTECCION
DIANA LORENA TRUJILLO
CONTROL INTERNO
41.928.831
1 DE MAYO
NUEVA EPS
SEG SOCIAL
LINA MARIA MESA
JURIDICO
41.935.851
14 DE DICIEMBRE
COOMEVA
ING
MARIA DEL MAR RAMIERZ
AUXILIAR JURIDICA
24.607.121
26 DE MAYO
COOMEVA
PROTECCION
POLICIANO RUIZ ARCE
9.726.378
1 DE NOVIEMBRE
COMFENALCO
SEG SOCIAL
PAULA ANDREA MONTOYA
AUXILIAR CONTABLE COOR. DE FACTURACION
24.607.126
11 DE OCTUBRE
SALUDCOOP
PORVENIR
MARTHA LUCIA JURADO
ALMACEN
24.816.078
18 DE AGOSTO
COOMEVA
PORVENIR
JHON JAIRO ANGEL
SIAU
18.491.892
27 DE JUNIO
COOMEVA
PORVENIR
JAVIER HENAO
RECEPCION
19.168.151
27 DE OCTUBRE
SOS
SEG SOCIAL
DIEGO FERNANDO MARIN
INGENIERO
4.408.683
27 DE JUNIO
COMFENALCO
PORVENIR
YULIAN ARBOLEDA
TESORERIA
18.491.086
23 DE MAYO
COMFENALCO
PORVENIR
ALEXIA MEEK
AUDITOR
7.513.231
12 DE MAYO
NUEVA EPS
SEG SOCIAL
JOJANA BELTRAN
CONSOLIDACION
41.964.130
28 DE NOVIEMBRE
COOMEVA
PROTECCION
LUZ MARINA
REGENTE DE FARMACIA
32.698.499
7 DE FEBRERO
SURA
PROTECCION
ANGIE KATERINE RAMIREZ
AUX. ADMINISTRATIVA
1.098.308.552
28 DE JULIO
SOS
PROTECCION
ISABEL SOLARTE
TALENTO HUMANO
41.891.582
4 DE FEBRERO
COMFENALCO
HORIZONTE
FACTURADORES
FACTURADORES
PAOLA ARBOLEDA
24.606.269
29 DE ENERO
COMFENALCO
PORVENIR
LEIDY RONCANCIO
24.607.198
8 DE NOVIEMBRE
SALUDCOOP
HORIZONTE
MONICA MONTOYA
24.605.738
27 DE JULIO
COOMEVA
PROTECCION
ARIEL MORALES
4.406.816
17 DE FEBRERO
NUEVA EPS
SEG SOCIAL
JOSE ARLED SOLER
4.406.814
3 DE NOVIEMBRE
SOS
SEG SOCIAL
MAURICIO BOLAÑOS
89.004.799
12 DE MARZO
COOMEVA
SEG SOCIAL
NATALY BURITICA
1.098.308.145
11 DE OCTUBRE
COOMEVA
PROTECCION
DIANA LOAIZA
1.098.307.212
19 DE NOVIEMBRE
COOMEVA
PROTECCION
LILI VALENCIA
1.098.306.908
22 DE JUNIO
COOMEVA
PROTECCION
FABIOLA GONZALEZ
24.478.800
25 DE JULIO
NUEVA EPS
SEG SOCIAL
AMANDA CECILIA GALINDO
26.598.336
4 DE NOVIEMBRE
COOMEVA
PROTECCION
RUBIELA MOTATO
24.605.850
22 DE JULIO
COOMEVA
PORVENIR
HUBER SADY DAVID
18.492.419
23 DE JUNIO
SOS
PORVENIR
OSCAR ANTONIO GIRALDO
4.430.453
31 DE DICIEMBRE
COMFENALCO
SEG. SOCIAL
JOSE ARCILA
18.491.565
6 DE ENERO
SALUDCOOP
PORVENIR
SERVICIOS GENERALES
CONDUCTORES
SERVICIOS G
CONDUCTORES
CONSULTA EXTERNA
CONSULTA
AYDA ESTHER PARADA
ENFERMERA
37.256.604
7 DE MAYO
SANITAS
ING
LUISA FERNANDA VALENCIA
AUX. ENFERMERIA
1.098.308.402
6 DE FEBRERO
COOMEVA
PORVENIR
LEIDY JOHANA ARIAS
AUX. ENFERMERIA
1.098.306.343
4 DE AGOSTO
COOMEVA
PORVENIR
CATALINA MARULANDA
ENFERMERA
42.146.521
7 DE FEBRERO
COOMEVA
HORIZONTE
Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
[email protected]
ADRIANA RAMIREZ
AUX. ENFERMERIA
24.604.725
26 DE NOVIEMBRE
COMFENALCO
ING
CARMEN GLORIA YELA
ENFERMERA
59.828.771
15 DE JUNIO
COOMEVA
PROTECCION
JOHANA PARDO
ENFERMERA
41.950.957
26 DE NOVIEMBRE
COOMEVA
PROTECCION
PAULA ANDREA TORO
FISIOTERAPEUTA
41.935.556
23 DE JULIO
SALUDCOOP
PROTECCION
BERTHA CECILIA NARANJO
PSICOLOGA
41.937.043
24 DE ENERO
COOMEVA
SEG SOCIAL
CARLOS ALBERTO PIÑEROS CALA
RAYOS X
91.436.274
23 DE DICIEMBRE
SANDRA ROBLES
MEDICO
36.641.926
24 DE NOVIEMBRE
COOMEVA
PORVENIR
ALEJANDRA RESTREPO
MEDICO
29.663.692
2 DE ABRIL
SOS
ESKANDIA
MARCELA BUSTOS MONZON
MEDICO
52.264.762
28 DE FEBRERO
COOMEVA
PORVENIR
SANDRA ROBLES
MEDICO
36.641.926
24 DE NOVIEMBRE
COOMEVA
PORVENIR
FRANCIA MOLINA
MEDICO
41.923.841
23 DE ENERO
COOMEVA
ING
DIANA MARCELA ESTRADA
MEDICO
41.945.444
19 DE SEPTIEMBRE
COOMEVA
PORVENIR
NATALIA VALLEJO
BACTERIOLOGA
41.963.321
17 DE NOVIEMBRE
COOMEVA
COLFONDOS
LILIANA MARIA RIOS
AUX. LABORATORIO
24.604.558
20 DE ENERO
COOMEVA
PROTECCION
REGULO BERRIO
COORDINADOR
9.114.644
17 DE FEBRERO
COOMEVA
HORIZONTE
ARACELLY MONCADA
PROMOTORA
24.602.680
29 DE DICIEMBRE
SALUDCOOP
PORVENIR
ALEXANDRA GALLEGO
PROMOTORA
41.942.792
9 DE FEBRERO
COMFENALCO
PORVENIR
KATHERINE GRISALES
AUX ADMINISTRATIVA
1.098.308.879
16 DE MARZO
COMFENALCO
PORVENIR
SANDRA MOTATO
PROMOTORA
24.606.709
14 DE JUNIO
COOMEVA
ING
SANDRA GARCIA
AUX. ADMINISTRATIVA
24.606.189
6 DE OCTUBRE
COMFENALCO
ING
ODONTOLOGIA
ODONTOLOGIA
SANDRA XIMENA ECHEVERRY
25.276.955
14 DE JULIO
COOMEVA
PORVENIR
NATALIA FERRO
41.958.218
12 DE FEBRERO
COOMEVA
PORVENIR
JULIANA ECHEVERRY ALZATE
1.037.581.195
29 DE MAYO
COOMEVA
SEG SOCIAL
MARTHA LUCIA BARRERA
25.017.197
27 DE SEPTIEMBRE
SOS
SEG SOCIAL
DALILA ARBELAEZ
24.602.327
13 DE OCTUBRE
CAFESALUD
SEG SOCIAL
LINA MARIA GOMEZ
24.606.950
26 DE AGOSTO
COMFENALCO
PORVENIR
SANDRA JIMENA ARIAS
24.605.442
23 DE JUNIO
COOMEVA
PORVENIR
URGENCIAS MONICA PATRICIA FERNANDEZ
ENFERMERA
52.503.724
26 DE SEPTIEMBRE
COOMEVA
PORVENIR
JENNIFER CARDONA
AUX. ENFERMERIA
1.098.306.526
26 DE NOVIEMBRE
COMFENALCO
PORVENIR
TATIANA RAMIREZ
AUX. ENFERMERIA
1.094.915.691
22 DE AGOSTO
SALUDCOOP
PORVENIR
MARIA ROSAURA LONDOÑO
AUX. ENFERMERIA
24.627.687
2 DE ABRIL
SOS
YENNIFER LOAIZA
AUX. ENFERMERIA
1.098.308.846
12 DE FEBRERO
NUEVA EPS
PORVENIR SEGURO SOCIAL
JOHANA ZAPATA RAMIREZ
AUX. ENFERMERIA
1.094.931.138
20 DER AGOSTO
AMANDA PARDO
AUX. ENFERMERIA
1.098.308.342
17 DE DICIEMBRE
COOMEVA
PORVENIR
DIANAMARCELA CORREA RINCON
AUX. ENFERMERIA
1.098.307.864
27 DE ABRIL
SOS
PROTECCION
LEIDY PAOLA LONDOÑO
AUX. ENFERMERIA
24.606.663
14 DE JULIO
COOMEVA
PORVENIR
ALEXA IRINA SALAZAR HERNANDEZ
AUX. ENFERMERIA
41.954.501
1 DE JULIO
LUISA LOTERO
AUX. ENFERMERIA
1.098.308.218
15 DE JULIO
COOMEVA
PORVENIR
CARLOS ANDRES URREA VALENCIA
MEDICO
9.727.772
19 DE MAYO
JAIRO ZAMBRANO
MEDICO
8.634.458
24 DE DICIEMBRE
SALUDCOOP
PORVENIR
JORGE GRAJALES
MEDICO
89.001.643
10 DE NOVIEMBRE
SOS
PORVENIR
ILEANA DIACONEASA
MEDICO
41.961.418
30 DE ENERO
Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
[email protected]
JULIANA ESCOBAR
MEDICO
30.239.294
15 DE JUNIO
SANITAS
JAVIER DAVID MIRANDA
MEDICO
7.716.891
3 DE MAYO
SANITAS
TOTAL: 80 CONTRATISTAS
ANEXO 7 CONDICIONES TECNICAS DEL CONCURSO
Además de lo estipulado el concurso cuenta con las siguientes condiciones para desarrollar el objeto del contrato: * La ARP deberá proporcionar los equipos y herramientas informaditas necesarios para el desarrollo de las actividades que requieren sus profesionales asignados para la asesoría, coordinación y ejecución de los diferentes programas y actividades. * El contratista deberá proceder en todas las actuaciones objeto del contrato con la calidad, oportunidad y flexibilidad que exija *El Contratista deberá proceder en todas las actuaciones objeto del contrato con la calidad, oportunidad y flexibilidad que exija o requiera el desarrollo de los diferentes programas y actividades para el control de los riesgos ATEP, cuya coordinación estará a cargo de La E.S.E. • En caso de presentar algún inconveniente en la prestación de la asesoría por parte de los profesionales, La E.S.E. solicitará el cambio de dicha persona y la ARP asignará nuevo profesional • La ARP con la que se celebre el contrato deberá respetar los derechos de autor en todos los estudios e investigaciones que se deriven del objeto del mismo y en tal sentido se compromete a cumplir las condiciones que La E.S.E. establezca para cada caso. • La ARP deberá relacionar las horas-año del profesional que se encargará de coordinar todas las actividades que se desarrollaran en La ESE tales como: Capacitación, actividades de Medicina del Trabajo. Psicología, Higiene y Seguridad, Reconocimiento de accidentes de trabajo, pago de prestaciones económicas y asistenciales, seguimiento y Auditoria a pacientes hospitalizados y/o tratamientos prolongados y/o en procesos de rehabilitación. • La ARP que resulte adjudicada con este contrato, deberá presentar informes mensuales de gestión y al final de la vigencia que contenga: - Actividades realizadas con indicadores gerenciales de cumplimiento y cobertura. - Indicadores de impacto por cada uno de los programas y actividades desarrolladas. Intervenciones colectivas a nivel municipal, ya que la Seccional de salud nos está exigiendo unas actividades de salud ocupacional muy puntuales a desarrollar, en donde la ARP nos puede brindar asesoría y acompañamiento.
Hospital San Vicente de Paul Circasia Quindío Empresa Social del estado E.S.E. Dirección: Cra 16 Calle 5ª Esquina Conmutador: 758 45 84 – 758 45 83 E- mail:
[email protected]
PORVENIR