EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO SERVICIOS ECONOMICOS

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO SERVICIOS ECONOMICOS C/ Autonomía nº 2 46500 Sagunto (Valencia) Teléfono: 96 265 57 26 Fax: 96 266 62 33 CIF.: P 462220

10 downloads 97 Views 162KB Size

Story Transcript

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO SERVICIOS ECONOMICOS C/ Autonomía nº 2 46500 Sagunto (Valencia) Teléfono: 96 265 57 26 Fax: 96 266 62 33 CIF.: P 4622200 F

17.- ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LOS SERVICIOS DE ABASTECIMIENTO DOMICILIARIO DE AGUA POTABLE De conformidad con lo establecido en el art.15.2 y 16.2 en relación con el artículo 60.2 de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, el Excmo. Ayuntamiento de Sagunto, hace uso de las facultades que la Ley le confiere para la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por suministro municipal de agua potable modificándose en los siguientes términos: Artículo 1º.- Naturaleza En uso de las facultades concedidas por los arts. 133.2 y 142 de la CE y por el artículo 106 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y de conformidad con lo dispuesto en los arts 15 al 19 de la Ley 39/88, este Ayuntamiento modifica la tasa que tiene establecida por la prestación del servicio de suministro de agua potable que se regirá por la presente Ordenanza fiscal cuyas normas atienden a lo prevenido en el art. 58 y 20 y siguientes de la citada Ley. La naturaleza de la exacción es la de tasa fiscal por la prestación del servicio dado que se establece la recepción obligatoria del mismo para los ocupantes de viviendas y locales del término municipal por razones de salubridad, estableciendo el art. 86 de la Ley 7/85 que establece reserva legal en favor de las Entidades Locales, entre otras actividades, la de abastecimiento de agua. Artículo 2.- Hecho imponible Constituye el hecho imponible de la presente Ordenanza la prestación del suministro de agua potable que se efectúe a edificios, viviendas, obras, locales, establecimientos industriales, hoteleros y locales en los lugares que se determinen por los servicios técnicos municipales. Asimismo integran el hecho imponible los servicios de instalación, entretenimiento y conservación de contadores que se realizará por el Ayuntamiento o en su caso la empresa concesionaria de dicho servicio y en el ámbito y términos que reglamentariamente se establezca o en el pliego de condiciones que contenga el contrato de adjudicación respectivamente, así como por la instalación de las acometidas a la red principal de abastecimiento de agua. Artículo 3º. Se devenga y nace la obligación de contribuir desde el momento en que se autorice por el Servicio el suministro solicitado y en todo caso desde que se utilicen los servicios o se efectúe la conexión a la red de abastecimiento de agua. Artículo 4º. - Sujeto pasivo 1. Son sujetos pasivos en concepto de contribuyentes las personas físicas y jurídicas y las Entidades a que se refiere el artículo 33 de la Ley General Tributaria que soliciten o que resulten beneficiadas o afectadas de los servicios prestados por este Ayuntamiento.

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO SERVICIOS ECONOMICOS C/ Autonomía nº 2 46500 Sagunto (Valencia) Teléfono: 96 265 57 26 Fax: 96 266 62 33 CIF.: P 4622200 F

2. Son sujetos pasivos en concepto de sustituto del contribuyente los propietarios de los inmuebles, quienes podrán repercutir, en su caso las cuotas sobre los respectivos beneficiarios. Artículo 5º. - Base imponible, cuota y devengo La base de la tarifa se aplicará conforme con los siguientes parámetros: a) El calibre del contador destinado a la medición del agua suministrada al inmueble correspondiente. b) La cantidad de agua medida en metros cúbicos utilizada en la finca dotada de contador en un periodo trimestral. Redacción dada por Acuerdo Plenario de fecha 11 de Noviembre de 2.005 En vigor desde: 01/01/2006 La cuantía de la Tasa será la que se obtenga de la aplicación de la Tarifa. 1.- El importe trimestral de la Tasa será igual a la Cuota del servicio según el calibre del contador más la Cuota de Consumo trimestral TARIFA AGUA POTABLE 1º.- CUOTA DEL SERVICIO Calibre m/m Hasta 13 15 20 25 30 40 50 80 100 2º.- CUOTA DE CONSUMO Bloques M/3 Trimestre 1º Hasta 45 m3 2º > 45 hasta 120 m3. 3º de más de 120 m3. 3º.- DERECHOS DE ENGANCHE Derechos enganche Colocación contadores Importe Alta......

4º.- CUOTA DE ACOMETIDA La cuantía será la siguiente

2006 € Trimestre 5,81 8,72 14,54 20,35 29,08 58,16 87,25 145,41 203,58 € m3 /trimestre 0,26 0,46 0,91 Importe 42,75 25,75 69,50

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE SAGUNTO SERVICIOS ECONOMICOS C/ Autonomía nº 2 46500 Sagunto (Valencia) Teléfono: 96 265 57 26 Fax: 96 266 62 33 CIF.: P 4622200 F

Tipo Terreno ACERA “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ CALZADA “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “ “

Ø Red General DN

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.