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FORMACIÓN PROFESIONAL BASE Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
! Sustituye a los anteriores Programas de
Cualificación Profesional Inicial (PCPI). ! Pasa a formar parte de la Formación profesional
del Sistema Educativo (artículo 39.3.), pero se inscribe dentro de la formación básica. ! Gratuita ! Oferta obligatoria. ! Tendrá una duración de 2 años, pero se podrá
estar en la etapa hasta 4
! Deben responder a un per$il
profesional. ! El per0il profesional, con carácter
general, incluirá unidades de competencia de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cuali$icaciones Profesionales.
(artículo 15)
Haber cursado el primer ciclo de ESO (3º ESO) o, excepcionalmente, haber cursado el 2º curso de ESO .
Para acceder se deben tener 15 años, o cumplirlos en el año natural en curso, y no superar los 17 en el momento de acceso ni durante el año natural en curso. Haber sido propuesto por el equipo docente a los padres, madres o tutores legales para la incorporación a un ciclo de Formación Profesional Básica.
Artículo 28.7 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo
El consejo orientador además de la propuesta del equipo docente, deberá contener: la identi0icación, mediante informe motivado, del grado del logro de los objetivos y de adquisición de las competencias correspondientes que justi0ica la propuesta. Se incluirá en el expediente del alumno o de la alumna junto con el documento de consentimiento de los padres, madres o tutores legales, para que curse estas enseñanzas.
¿Qué son los módulos profesionales de FPB? Areas de conocimiento teórico-prácticas objetivo
la adquisición de las competencias profesionales, personales y sociales y de las competencias del aprendizaje permanente a lo largo de la vida.
2.000 horas
dos cursos académicos a tiempo completo.
Dicha duración podrá ser ampliada a tres cursos académicos en los casos en que los ciclos formativos sean incluidos en programas o proyectos de formación profesional dual, con el objeto de que los alumnos y las alumnas adquieran la totalidad de los resultados de aprendizaje incluidos en el título.
! La misma estructura que el resto de títulos de las
enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, incluyendo además las competencias del aprendizaje permanente. ! Asimismo se indicará, en la estructura de cada título,
los ciclos formativos de grado medio para los que dicho título permite la aplicación de criterios de preferencia en los procedimientos de admisión cuando existan situaciones de concurrencia competitiva.
(artículo 42 LOE)
Garantizarán la adquisición de las competencias del aprendizaje permanente (anexo III) a través de la impartición de enseñanzas organizadas en los siguientes módulos profesionales: •
Asociados a unidades de competencia del catálogo nacional de cualificaciones profesionales.
•
Asociados a bloques comunes: • •
•
Comunicación y Sociedad Ciencias aplicadas
Formación en Centros de trabajo
35% - 40%
12%
Asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cuali$icaciones Profesionales.
Módulo de Comunicación y Sociedad I y II Módulo de Ciencias Aplicadas I y II Módulo de Formación en centros de trabajo
Asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cuali$icaciones Profesionales.
Aportan la formación necesaria para obtener una o más Cualificaciones de nivel 1 del Catálogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.
Módulos asociados a bloques comunes ü Para garantizar la adquisición de las competencias clave del aprendizaje permanente. ü Son módulos profesionales, de oferta obligatoria en 1º y 2º, que tendrán una carga horaria de entre el 35% y el 40% de la duración total del ciclo, reducible a un 22%, para determinados grupos especí0icos.
Módulo de Comunicación y Sociedad I y II 1º) Lengua Castellana 2º) Lengua Extranjera 3º) Ciencias Sociales 4º) En su caso Lengua Coo0icial
Módulo de Ciencias Aplicadas I y II 1º) Matemáticas Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un Campo Profesional. 2º) Ciencias Aplicadas al Contexto Personal y de Aprendizaje en un Campo Profesional.
Módulo de Formación en centros de trabajo
La carga horaria será del 12% del total de ciclo formativo. Podrán realizarse, además de en empresas, en centros educativos e instituciones públicas.
Titulos de FPB 1.º Anexo I: Título PB en Servicios Administrativos. 2.º Anexo II: Título PB en Electricidad y Electrónica. 3.º Anexo III: Título PB en Fabricación y Montaje. 4.º Anexo IV: Título PB en Informática y Comunicaciones. 5.º Anexo V: Título PB en Cocina y Restauración. 6.º Anexo VI: Título PB en Mantenimiento de Vehículos. 7.º Anexo VII: Título PB en Agrojardinería y Composiciones Florales.
Titulos de FPB
8.º Anexo VIII: Título PB en Peluquería y Estética. 9.º Anexo IX: Título PB en Servicios Comerciales. 10.º Anexo X: Título PB en Carpintería y Mueble. 11.º Anexo XI: Título PB en Reforma y Mantenimiento de Edi0icios. 12.º Anexo XII: Título PB en Arreglo y Reparación de Artículos Textiles y de Piel. 13.º Anexo XIII: Título PB en Tapicería y Cortinaje. 14.º Anexo XIV: Título PB en Vidriería y Alfarería.
UNIVERSIDAD
Bachillerato (16-‐18) 1º 2º
FP Grado Superior 1º 2º
4º Enseñanzas Aplicadas
4º Enseñanzas Académicas
2º Ciclo ESO (15-‐16) 4º 1º Ciclo ESO (12-‐15) 1º 2º 3º
FP Grado Medio 1º 2º
Formación Profesional Básica (15-‐17) 1º 2º
Titulación y efectos
TITULO PROFESIONAL BÁSICO
Los alumnos y las alumnas que no obtengan el título profesional básico recibirán la certi$icación académica de los módulos profesionales superados, que tendrá efectos académicos y de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas. Tendrá los mismos efectos laborales que el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el acceso a empleos públicos y privados. Permitirá acceder directamente a la Formación Profesional de Grado Medio (se establecen los ciclos de GM que tienen preferencia para el titulado en FPB en caso de que la demanda de plazas supere a la oferta) Permite presentarse a las evaluaciones $inales de la ESO (reválidas) y, caso de superar alguna de ellas (en relación a las materias troncales), obtener el título de la ESO por la opción correspondiente.
Titulación y efectos
TITULO PROFESIONAL BÁSICO
La primera reválida prevista en la LOMCE se hará en el curso 2017/18 por lo que los primeros titulados de FPB podrían quedarse un año entero sin posibilidad de obtener la titulación ya que tampoco tendrían los 18 años que requiere presentarse a la prueba de obtención de la ESO para adultos. Los mayores de 22 años que tengan ya acreditadas las unidades de competencia incluidas en la titulación, recibirán directamente el título de FPB. Las administraciones educativas podrán establecer programas formativos dirigidos a la obtención del título Profesional Básico para mayores de 17 años.