Formulario MIR premoratoria

Formulario MIR preMoratoria Proyecto de Resolución por la que se adiciona la Cláusula 22bis “Excluyentes de responsabilidad en el extranjero" e

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Formulario MIR preMoratoria

Proyecto de Resolución por la que se adiciona la Cláusula 22bis “Excluyentes de responsabilidad en el extranjero" en los Términos y Condiciones Generales para las Ventas de Primera Mano de Gas Natural

Información General Tipo de MIR:

Archivos que contiene la Regulación

Formulario MIR preMoratoria

Título del anteproyecto:

Proyecto de Resolución por la que se adiciona la Cláusula 22bis “

Dependencia:

Secretaría de Energía

Responsable Oficial:

2620.59.59.1.ProyRes TCGVPM 22bis excluyente resp extranjero (130503).doc Punto de Contacto Nombre :

Maria Fernanda Casanueva De Diego

Cargo : Teléfono :

Estatus del anteproyecto:

Atendido

Ordenamiento Jurídico:

Otro

Correo Electrónico :

Gilda Balvanera Valadez Directora de Area 52831530 [email protected]

Detalles de la MIR D. Si se trata de un anteproyecto que responde a una solicitud de ampliaciones y correcciones por parte de COFEMER, proporcione el número del anteproyecto que sirve como antecedente: El regulador no proporcionó información E. Resumen del anteproyecto (Limítese a 3,500 caracteres): De acuerdo con los artículos 2, fracción V, y 3, fracciones VII y XXII de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, corresponde a la Comisión aprobar los términos y condiciones a que deberán sujetarse las ventas de primera mano de gas natural (TCGVPM). Pemex-Gas y Petroquímica Básica (PGPB), empresa subsidiaria de Petróleos Mexicanos, solicitó a esta Comisión la modificación de los TCGVPM a fin de adicionar los supuestos que pueden constituir excluyente de responsabilidad en el extranjero. PGPB justificó su solicitud considerando que contrata servicios de transporte y almacenamiento en el extranjero para poder importar gas que permita cubrir la demanda nacional, y que algunas de estas importaciones son consideradas gas objeto de ventas de primera mano (vpm) por mezclarse con gas nacional, por lo que es necesario sujetar estas vpm a las condiciones generales del transportista o almacenista en el extranjero. En las cláusulas 1 y 22 de los TCGVPM se establece que las partes podrán invocar como excluyentes de responsabilidad el caso fortuito o fuerza mayor que afecte a los permisionarios involucrados en la entrega y recepción del gas. Con el propósito de dar claridad a los TCGVPM se propone la adición de la cláusula 22bis como un caso adicional a lo mencionado en la cláusula 22 de los TCGVPM a efecto de hacer explicito que PGPB podrá invocar como excluyentes de responsabilidad frente a los Adquirentes los eventos liberatorios de responsabilidad que afectan a los proveedores de servicios d e transporte o almacenamiento en el extranjero con los que PGPB contrata, siempre y cuando efectivamente impidan a la empresa estatal cumplir con sus obligaciones derivadas del Acuerdo Base y de los Contratos de vpm corespondientes. Cabe mencionar que la adición de esta cláusula no da derechos especiales a PGPB, ya que lo estipulado dentro de la cláusula 22bis cumple con los elementos del supuesto general de caso fortuito o fuerza mayor que se describen en la cláusula 22 de los TCGVPM. Fecha Recibido: 15/05/2003

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1. Describa los objetivos regulatorios generales del anteproyecto. (Limítese a 1,500 caracteres): Brindar transparencia en los TCGVPM al especificar aquellos actos que PGPB podrá invocar como excluyentes de responsabilidad en el extranjero 2. Describa la problemática o situación que da origen al anteproyecto y presente la información estadística sobre la existencia de dicha problemática o situación. En caso de regulaciones de salud, trabajo, medio ambiente o protección a los consumidores presente la información estadística sobre los riesgos a atenuar o eliminar con el anteproyecto. (Limítese a 5,000 caracteres) : A fin de satisfacer la demanda de los adquirentes de gas natural en México, en la actualidad PGPB realiza importaciones del energético, lo cual a su vez implica la contratación de distintos servicios en el extranjero, principalmente de transporte de gas. En su mayor parte, el gas importado se mezcla con gas nacional, por lo que desde el punto de vista regulatorio, se considera una venta de primera mano y por lo tanto debe sujetase a los TCGVPM. En razón de lo anterior, PGPB contrata los servicios en apego a lo que señalen las condiciones generales de los proveedores de servicios ubicados en el extranjero, y por otra parte, contrae obligaciones con los adquirentes nacionales en función de lo establecido en las TCGVPM. La cláusula 22 establece que las partes podrán invocar como excluyentes de responsabilidad, el caso fortuito o fuerza mayor que afecten a los permisionarios que realicen la entrega y recepción del gas, siempre y cuando dichos eventos impidan el cumplimiento de sus obligaciones, entendiéndose como “Permisionario” el titular de un permiso otorgado por esta Comisión para la prestación de servicios de transporte, almacenamiento o distribución. De lo anterior pudiera desprenderse que el caso fortuito o fuerza mayor que afecten a proveedores en el extranjero de servicios de transporte o almacenamiento implicados en la entrega del gas, por no tratarse de “Permisionarios”, no podrían ser invocados por PGPB como excluyente de responsabilidad aun cuando ello le impida el cumplimiento de sus obligaciones frente al adquirente derivadas de la vpm. Sin embargo, las eventualidades que afecten a los proveedores de servicios de transporte o almacenamiento en el extranjero con los que PGPB contrata y que efectivamente impidan a la empresa estatal cumplir con sus obligaciones derivadas del Acuerdo Base y de los Contratos de vpm correspondientes pueden considerarse caso fortuito o fuerza mayor. La cláusula 22bis hace explicito que estos eventos son excluyentes de responsabilidad, tomando en cuenta que son congruentes con el supuesto general del caso fortuito o fuerza mayor establecido en la cláusula 22 de los TCGVPM. Cabe mencionar que a fin de dar transparencia y certidumbre en las VPM que realice PGPB cuando ocurra un evento de excluyente de responsabilidad a que alude la cláusula 22bis, PGPB publicará en el Sistema de Información las notificaciones que dichos proveedores de gas o prestadores de servicio hayan hecho respecto de los eventos liberatorios invocados, así como la prueba del derecho extranjero aplicable. 2-bis. Es optativo someter un análisis de riesgo completo sobre la problemática que motiva el anteproyecto. En caso de presentarlo, anexe el texto de dicho análisis en versión electrónica: El regulador no proporcionó información 3. Tipo de ordenamiento jurídico propuesto Tipo de anteproyecto#1: Si

4. ¿Qué otras alternativas al anteproyecto se consideraron durante su elaboración? ¿Se consideraron alternativas que pudieran lograr los objetivos del anteproyecto sin crear nuevas obligaciones para los particulares, tales como un programa basado en incentivos, un programa de información a consumidores o a empresas, una norma mexicana, o simplemente un programa para mejorar el cumplimiento de regulaciones existentes? ¿Por qué se desecharon dichas alternativas? (Limítese a 3,000 caracteres): Se consideró mantener el status quo. Sin embargo, la incorporación de la cláusula 22bis permite hacer explicito que PGPB podrá invocar como excluyentes de responsabilidad frente al Adquirente eventualidades que afecten a los proveedores de servicios de transporte y almacenamiento con los que contrata en el extranjero y que efectivamente le impidan a la empresa paraestatal cumplir las obligaciones Fecha Recibido: 15/05/2003

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derivadas del Acuerdo Base y de los Contratos de VPM. 5. Enumere los ordenamientos legales (tomar en cuenta acuerdos o tratados internacionales) que dan fundamento jurídico al anteproyecto Ordenamiento#1: Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo

Artículos y fracciones#1: 14, fracción I, inciso b)

Ordenamiento#2: Ley de la Comisión Reguladora de Energía

Artículos y fracciones#2: 2, fracción V, 3, fracciones VII, XIII y XVI, 4, 9 y 11

Ordenamiento#3: Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 9 del Reglamento de Gas Natural

Artículos y fracciones#3: 1, 3, 4, 14, 16, fracción X, 19, 35, 39, 57, fracción I, 69-H y relativos

Ordenamiento#4: Directiva sobre la Venta de Primera Mano de Gas Natural DIR- GAS-004-2000

Artículos y fracciones#4: Disposiciones 4.3, 7.1 y relativas

6. Si existen disposiciones jurídicas vigentes directamente aplicables a la problemática materia del anteproyecto, enumérelas y explique por qué son insuficientes para atender la problemática identificada Ordenamiento#1: Cláusula 22 de los Términos y Condiciones Generales para las Ventas de Primera Mano de Gas Natural (TCGVPM)

Razones por las que es insuficiente para atender la problemática identificada#1: Entre el listado de eventos que podrán constituir caso fortuito o fuerza mayor a que hace referencia la cláusula 22 de los TCGVPM no se mencionan casos especiales que pudieran impedir a PGPB el cumplimiento de las obligaciones frente a los adquirentes de gas objeto de vpm. Conviene aclarar que los supuestos establecidos en la cláusula 22bis son excluyentes de responsabilidad para PGPB porque cumplen con los elementos de fuerza mayor o caso fortuito. Fecha Recibido: 15/05/2003

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7. Enumere, en su caso, las disposiciones jurídicas en vigor que el anteproyecto modifica, abroga o deroga Ordenamiento#1: El regulador no proporcionó información

Artículos y fracciones#1: El regulador no proporcionó información

8. Acciones Regulatorias Específicas. Para cada acción regulatoria específica en el anteproyecto: (a) describa la acción; (b) identifique los artículos aplicables; (c) justifique la acción regulatoria escogida y, en su caso, compárela con otras acciones alternativas viables. Explique la manera en que contribuye a solucionar la problemática identificada y lograr los objetivos del anteproyecto Descripción#1: Incorporar una cláusula en los TCGVPM que precise los eventos excluyentes de responsabilidad en el extranjero que pueden ser invocados por PGPB

Artículos aplicables#1: Resolutivo primero del proyecto de Resolución.

Justificación#1: Para satisfacer la demanda nacional de gas de vpm, el suministro que realice PGPB debe ser conforme a lo dispuesto en las condiciones generales para la prestación del servicio de transporte y o almacenista involucrado, por lo que se requiere considerar el caso fortuito o fuerza mayor que afecten a proveedores en el extranjero de estos servicios implicados en la entrega de gas con Pemex. La cláusula 22 no detalla exhaustivamente todas las eventualidades que pudieran ser caso fortuito o fuerza mayor en los TCGVPM (v.gr fallas en el suministro eléctrico o en el suministro de petroquímicos de PGPB) Sin embargo, fuerza mayor o caso fortuito es todo hecho que, en términos generales, satisfaga los elementos siguientes:a)ajeno a la voluntad de las partes;b) previsible o imprevisible, pero inevitable e insuperable en sí o en sus consecuencias;c) que impida a alguna de las partes cumplir con cualquiera de sus obligaciones contractuales, y que no sea resultado de su culpa o negligencia. La cláusula 22bis sólo detalla una situación que puede ser invocada como excluyente de responsabilidad.

9. Indique si se revisó la manera como se regula en otros países la materia objeto del anteproyecto. De ser el caso, explique como afectó dicha revisión la elaboración del anteproyecto, sobre todo si considera que los elementos surgidos de la revisión de la experiencia de otros países dan sustento o justificación al contenido del anteproyecto: Se revisaron condiciones generales para la prestación del servicio de transporte de empresas en el extranjero. Se observó que los eventos excluyentes de responsabilidad que serán adicionados a los TCGVPM son congruentes con los usos comerciales comúnmente aceptados en la industria de gas natural. 10. Identifique si se realizaron los siguientes tipos de consulta en la elaboración del anteproyecto: Formación de grupo de trabajo / comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto#1: Formación de grupo de trabajo / comité técnico para la elaboración conjunta del anteproyecto Fecha Recibido: 15/05/2003

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Circulación del borrador a grupos o personas interesadas y recepción de comentarios#1: Circulación del borrador a grupos o personas interesadas y recepción de comentarios

Seminario/conferencia por invitación#1: Seminario/conferencia por invitación

Seminario/conferencia abierto al público#1: Seminario/conferencia abierto al público

Recepción de comentarios no solicitados#1: Recepción de comentarios no solicitados

Consulta intra-gubernamental#1: Consulta intra-gubernamental

Consulta con autoridades internacionales o de otros países#1: Consulta con autoridades internacionales o de otros países

Otro#1: Otro

Especifique#1: Especifique

No se realizó consulta#1: No se realizó consulta

11. Presente la lista de personas, organizaciones y autoridades consultadas Nombre completo#1: El regulador no proporcionó información

Nombre completo de la organización#1: El regulador no proporcionó información

12. Describa brevemente las propuestas que se incluyeron al anteproyecto como resultado de las consultas identificadas en la pregunta 11. De ser posible, identifique las personas u organizaciones que sometieron dichas propuestas. (Limítese a 3,700 caracteres): Fecha Recibido: 15/05/2003

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El regulador no proporcionó información 13. ¿Qué recursos públicos, ya asignados o adicionales, serán necesarios para asegurar la aplicación del anteproyecto? Si el anteproyecto requiere actividades de inspección, verificación o certificación, justifique que los recursos e infraestructura disponibles (por ejemplo, número de inspectores o unidades de verificación) son suficientes para realizar dichas actividades. (Limítese a 3,700 caracteres): Asegurar y vigilar el cumplimiento de las modificaciones a los TCGVPM objeto de la propuesta no supone un costo adicional al previsto en el presupuesto aprobado a esta Comisión por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 14. Describa el esquema de sanciones contempladas por el anteproyecto. ¿Corresponde la severidad de las sanciones con la gravedad del incumplimiento? (Limítese a 3,000 caracteres): El incumplimiento de las obligaciones previstas en las disposiciones jurídicas aplicables, será sancionado en los términos de las mismas. Indique si su anteproyecto es de alto impacto y, en su caso, anexe en un archivo electrónico el estudio de costo-beneficio correspondiente ¿Sí?#1: El regulador no proporcionó información

Escriba el nombre del archivo electrónico que contiene el estudio de costo-beneficio#1: El regulador no proporcionó información

16. Efectos Generales del Anteproyecto. ¿Cuáles serían los efectos del anteproyecto sobre la competencia en los mercados, y sobre el comercio nacional e internacional? (Limítese a 3,000 caracteres): No debe tener efecto alguno, ya que es una previsión contractual muy generalizada en la industria del gas natural de otros países (Estados Unidos y Canadá). 17. ¿Cuáles serían los efectos del anteproyecto sobre los consumidores? (Limítese a 1,500 caracteres): Bindar transparencia a las partes sobre un evento que puede ser invocado como excluyente de responsabilidad por parte de Pemex. Ello debido a que la ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor que afecten la provisión de los servicios de transporte y almacenamiento que PGPB contrate en el extranjero está fuera de su control. 18. Justifique que es viable para las micro, pequeñas y medianas empresas cumplir con las obligaciones establecidas en el anteproyecto. (Limítese a 1,000 caracteres): La incorporación de la cláusula 22 bis "Excluyentes de responsabilidad en el extranjero" en los Términos y Condiciones Generales para las Ventas de Primera Mano de Gas Natural no crea nuevas obligaciones para los particulares o hace más estrictas las obligaciones existentes. 19. Costos Cuantificables. Identifique cada uno de los grupos o sectores que incurrirían en costos cuantificables a raíz del anteproyecto. Para cada grupo o sector describa el costo incurrido; de ser posible, estime (en pesos por año) el monto y el rango esperados del costo. En la parte del cuadro denominado “cuantificación” describa las principales variables utilizadas y los supuestos subyacentes en el cálculo del monto y rango esperados del costo Descripción#1: Fecha Recibido: 15/05/2003

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El regulador no proporcionó información

Grupo Afectado#1: El regulador no proporcionó información

Cuantificación#1: El regulador no proporcionó información

Costo: Monto Esperado#1: El regulador no proporcionó información

Rango del Costo: Límite Inferior#1: El regulador no proporcionó información

Rango del Costo: Límite Superior#1: El regulador no proporcionó información

20. Costos No Cuantificables: Identifique cada uno de los grupos o sectores que incurrirían en costos no cuantificables a raíz del anteproyecto. Para cada grupo o sector describa el tipo de costo incurrido y señale su importancia relativa. En la parte del cuadro denominada evaluación cualitativa explique las razones que justifican la importancia del costo Descripción#1: El regulador no proporcionó información

Grupo Afectado#1: El regulador no proporcionó información

Evaluación Cualitativa#1: El regulador no proporcionó información

Importancia#1: El regulador no proporcionó información

21. Análisis de Beneficios. Beneficios Cuantificables. Identifique cada uno de los grupos o sectores que recibirían beneficios cuantificables a raíz del anteproyecto. Para cada grupo o sector describa el tipo de beneficio recibido; de ser posible, estime (en pesos por año) el monto y el rango esperados del beneficio. En la parte del cuadro denominado “cuantificación” describa las principales variables utilizadas y los supuestos subyacentes en el cálculo del monto y rango esperados del beneficio Descripción#1: El regulador no proporcionó información Fecha Recibido: 15/05/2003

05:58:00 Folio 2620 Fecha Generado: 15/01/2017

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Grupo Beneficiado#1: El regulador no proporcionó información

Cuantificación#1: El regulador no proporcionó información

Beneficio: Monto Esperado#1: El regulador no proporcionó información

Rango del beneficio: Límite Inferior#1: El regulador no proporcionó información

Rango del beneficio: Límite Superior#1: El regulador no proporcionó información

22. Beneficios No Cuantificables. Identifique cada uno de los grupos o sectores que se beneficiarían con el anteproyecto. Para cada grupo o sector describa el tipo de beneficio recibido y su importancia relativa. En la parte del cuadro denominada evaluación cualitativa explique las razones que justifican la importancia del beneficio Descripción#1: Dar transparencia en los TCGVPM sobre eventos excluyentes de responsabilidad en el extranjero que pueden ser invocados por PGPB

Grupo Beneficiado#1: Pemex-Gas y Petroquímica Básica y los adquirentes de gas natural objeto de vpm

Evaluación Cualitativa#1: La adición de la Cláusula 22bis a los TCGVPM deja en claro que Pemex no incurrirá en incumplimiento de sus obligaciones derivadas de la imposibilidad de cumplir con sus obligaciones de entrega de gas objeto de vpm causadas por caso fortuito o fuerza mayor que afecte a sus proveedores de servicios de transporte y distribución en el extranjero, siempre y cuando efectivamente impidan a PGPB cumplir sus obligaciones derivadas del Acuerdo Base y de los Contratos de VPM correspondientes. Incorporar esta cláusula permite a PGPB invocar explicitamente un excluyente de responsabilidad congruente con los elementos del supuesto general de la fuerza mayor o caso fortuito establecidos en la cláusula 22. Asimismo su aplicación es transparente, ya que en la cláusula 22bis se establece que PGPB publicará en el Sistema de Información las notificaciones que los proveedores de gas o prestadores de servicio hayan hecho respecto de los eventos liberatorios invocados, así como la prueba del derecho extranjero aplicable.

Importancia#1: Si Fecha Recibido: 15/05/2003

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23. Si desea proporcionar información adicional sobre los costos y beneficios esperados del anteproyecto (cuantificables o no cuantificables), tales como gráficos, tablas, modelos, etc. anéxela en un archivo electrónico. Nombre del archivo electrónico con información adicional: El regulador no proporcionó información 24. Identificación y descripción de trámites ¿El anteproyecto elimina trámites?#1: ¿El anteproyecto elimina trámites?

¿El anteproyecto crea trámites?#1: ¿El anteproyecto crea trámites?

¿El anteproyecto modifica trámites?#1: ¿El anteproyecto modifica trámites?

25. En el caso de que el anteproyecto elimine trámites existentes, presente la información requerida en el siguiente cuadro para cada uno de los tramites eliminados Nombre del trámite#1: El regulador no proporcionó información

Homoclave RFTS#1: El regulador no proporcionó información

26. Para cada uno de los trámites nuevos que crea el anteproyecto provea la información requerida en el siguiente cuadro Nombre del trámite#1: El regulador no proporcionó información

Artículos aplicables#1: El regulador no proporcionó información

Casos en los que debe o puede realizarse el trámite:#1: El regulador no proporcionó información

Plazo de resolución#1: El regulador no proporcionó información

Tipo de calendario#1: Fecha Recibido: 15/05/2003

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El regulador no proporcionó información

Efecto de no resolución durante el plazo#1: El regulador no proporcionó información

Requisitos y documentos#1: El regulador no proporcionó información

Fundamento jurídico de los requisitos y documentos#1: El regulador no proporcionó información

Criterios para la resolución de la autoridad#1: El regulador no proporcionó información

Vigencia#1: El regulador no proporcionó información

27. Para cada uno de los trámites en vigor que el anteproyecto modifica provea la información requerida en el siguiente cuadro Nombre del trámite#1: El regulador no proporcionó información

Homoclave RFTS#1: El regulador no proporcionó información

Artículos aplicables#1: El regulador no proporcionó información

Plazo de resolución#1: El regulador no proporcionó información

Nuevo plazo de resolución#1: El regulador no proporcionó información

Tipo de calendario#1: El regulador no proporcionó información

Fecha Recibido: 15/05/2003

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Nuevo tipo de calendario#1: El regulador no proporcionó información

Efecto de no resolución durante el plazo#1: El regulador no proporcionó información

Nuevo efecto de no resolución durante el plazo#1: El regulador no proporcionó información

Requisitos y documentos#1: El regulador no proporcionó información

Nuevos requisitos y documentos#1: El regulador no proporcionó información

Criterios para la resolución de la autoridad#1: El regulador no proporcionó información

Nuevos criterios para resolución por la autoridad#1: El regulador no proporcionó información

Vigencia#1: El regulador no proporcionó información

Nueva Vigencia#1: El regulador no proporcionó información

28. Presente la cita bibliográfica de otros documentos o fuentes de información consultados o elaborados que considere fueron importantes en la elaboración o justificación del anteproyecto o la MIR: El regulador no proporcionó información 29. Anexe las versiones electrónicas de documentos consultados o elaborados que considere fueron importantes en la elaboración o justificación del anteproyecto o la MIR: El regulador no proporcionó información

Fecha Recibido: 15/05/2003

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