FRANQUICIA TRIBUTARIA POR DONACIONES A PROYECTOS DEPORTIVOS

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FRANQUICIA TRIBUTARIA POR DONACIONES A PROYECTOS DEPORTIVOS

Programa de Seminarios para Difusión del Sistema de Donaciones Deportivas, Año 2013

Contexto Legal Ley del Deporte Nº 19.712

• Crea el Instituto Nacional del Deporte • Establece 5 Instrumentos de Fomento al Deporte • • • •

Fondo Nacional para el Fomento del Deporte Infraestructura Deportiva Subsidio para el Deporte Concesiones

• Donaciones con Fines Deportivos (art. 62 al 68)

“Franquicia e Incentivo tributario para personas naturales y personas jurídicas para que realicen donaciones a proyectos deportivos”

En qué consiste la Franquicia

• Rebajar el 50% o 35% del monto total donado como crédito • A cuenta del Impuesto de Primera Categoría (Personas Jurídicas) • A cuentas del Impuesto Global Complementaria ( Personas Naturales)

• Y…la diferencia que no se pueda utilizar como crédito, se podrá contabilizar como gasto necesario para producir la renta, sin tope.

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Límites o Topes del Crédito

a) 2% de la Renta Líquida Imponible (Personas Jurídicas)

2% de la Renta Neta Global (Personas Naturales)

b) 14.000 UTM ($ 563.000.000)

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Rentabilidad de la Franquicia

% de impuesto que se rebaja como crédito

50%

+ % de impuesto que se rebaja como gasto

10%

= % máximo que se puede rebajar contra el impuesto de primera categoría

60%

Ejemplos Ejemplo Nº 1

Monto Total de la Donación

$ 10.000.000

Monto máximo a rebajar contra el impuesto primera categoría

$ 6.000.000

Desembolso efectivo para Donante

$ 4.000.000

Ejemplo Nº 2 Monto Total de la Donación

$ 200.000.000

Monto máximo a rebajar contra el impuesto primera categoría

$ 120.000.000

Desembolso efectivo para Donante

$ 80.000.000

Requisitos de las Donaciones para que den Derecho al Crédito • Las donaciones se deben realizar solo en dinero • Las donaciones se deben efectuar a proyectos deportivos de las instituciones autorizadas a recibir donaciones y que estén incorporados en el Registro de Proyectos Deportivos del IND

• El beneficiario de la donación debe extender un certificado al Donante acreditando que recibió el dinero • El donante debe ser un contribuyente afecto al impuesto de primera categoría y declare renta efectiva mediante contabilidad completa • La donación no puede hacerse a una organización formada por personas que estén relacionadas con el donante por vínculos patrimoniales o que, mayoritariamente, tengan vínculos de parentesco con el donante INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES. DIVISION DE DESARROLLO. DEPARTAMENTO DE EVALUACION DE PROYECTOS. AÑO 2013

Destino de las Donaciones y Porcentaje del Crédito Destino de las Donaciones Instituto Nacional de Deportes

Organizaciones Deportivas, Corporaciones de Alto Rendimiento y Corporaciones Municipales de Deporte

Porcentaje del Crédito contra el Impuesto de Primera Categoría e Impuesto Global Complementario 50% del monto donado, independiente del monto del proyecto Objetivo del Proyecto destinado a

Costo total del Proyecto es

letras a), b), c) y d) del art. 43 de la Ley 19.712 (actividades deportivas)

Igual o menor a 1.000 UTM

letra e) art. 43 de la Ley 19.712 (infraestructura)

Igual o menor a 8.000 UTM

letras a), b), c) y d) del art. 43 de la Ley 19.712 (actividades deportivas)

Superior a 1.000 UTM

letra e) art. 43 de la Ley 19.712 (infraestructura)

Superior a 8.000 UTM

% Crédito al que tiene derecho

50% del monto donado

35% del monto donado (*)

(*) La ley 19.712, en el inciso 2º del art. 62, otorga una excepción en este caso: “Si el donante destina al menos el 30% del monto donado, a otro proyecto del registro o al Instituto Nacional de Deportes para beneficiar a la Cuota Nacional o a una o más de las Cuotas Regionales del Fondo, tendrá derecho al 50% de crédito del monto total donado.”

Del Registro y Forma de Ingresar • El Registro es un Banco Público de proyectos deportivos susceptibles de donación con derecho a utilizar la franquicia tributaria de la ley del deporte • Es administrado por el Instituto Nacional de Deportes

• Para que un proyecto ingrese al registro debe:  Ser postulado, en un concurso público, por un donatario autorizado en la ley del deporte  Cumplir los requisitos establecidos en las bases del concurso público

Donatario recibirá un certificado de incorporación al Registro…..y desde ese momento el proyecto podrá ser objeto de donaciones con derecho a la franquicia

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Actores del Sistema

• Donantes (quienes efectúan las donaciones) • Donatarios (los beneficiarios de las donaciones) • Instituto Nacional de Deportes • Servicio de Impuestos Internos

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Donante

• Quienes efectúan las donaciones • Roles Principales  Efectuar las donaciones en dinero a proyectos con fines deportivos incorporados en el registro o al Fondo Nacional para el Fomento del Deporte  Suscribir un convenio con el donatario para formalizar la donación  Incorporar en la declaración de impuesto del año correspondiente el crédito por las donaciones con fines deportivos a que tiene derecho INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES. DIVISION DE DESARROLLO. DEPARTAMENTO DE EVALUACION DE PROYECTOS. AÑO 2013

Donantes que no tienen Derecho a Usar la Franquicia

• Que declaren rentas acogidos a un régimen de renta presunta • Que declaren renta mediante contabilidad simplificada o no utilicen ningún registro para determinar la renta • Afectos al impuesto único de primera categoría (inciso 3º Nº 8 art. 17 de la ley de la renta) • Pequeños contribuyentes del art. 22 de la ley de la renta, afectos a un impuesto sustituto • Empresas del Estado y aquellas en las que el Estado, sus organismos o empresas y las Municipalidades, tengan una participación o interés superior al 50% del capital • Donantes con Pérdida Tributaria INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES. DIVISION DE DESARROLLO. DEPARTAMENTO DE EVALUACION DE PROYECTOS. AÑO 2013

Instituto Nacional de Deportes •

Servicio Público funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, que se vincula con el Presidente de la República a través del Ministerio Secretaría General de Gobierno (art. 10 Ley 19.712)

Roles principales  Administrar y regular el funcionamiento del Sistema de Franquicia Tributaria con Fines Deportivos  Llamar a Concurso Público para el ingreso de proyectos al registro público de proyectos deportivos susceptibles de donación  Fiscalizar a los donatarios y supervisar la ejecución de los proyectos  Informar a los donantes y al S.I.I. sobre el resultado de los proyectos  Informar al S.I.I., sobre las donaciones efectuadas para efectos de la declaración renta  Actuar como donatario cuando se reciben donaciones al fondo nacional para el fomento del deporte

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Servicio de Impuestos Internos • Organismo Público que regula la administración y fiscalización de los impuestos Roles principales  Fiscalizar el uso de la Franquicia Tributaria establecida en la ley del deporte  Emitir normas de carácter procedimental, tributario y contable para el control de la Franquicia Tributaria.

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Donatarios • Donatarios autorizados para postular proyectos al Registro • Organizaciones Deportivas • Corporaciones de Alto Rendimiento • Corporaciones Municipales de Deportes

• Roles principales  Postular proyectos al registro público de proyectos deportivos  Suscribir convenios de ejecución con los donantes y remitir copia a la Dirección Regional del IND, respectiva  Otorgar certificados de donación y remitir copia a la Dirección Regional del IND, respectiva  Cumplir con las obligaciones establecidas por el S.I.I. (Circular 81/201)  Dar las facilidades y entregar la información para supervisar el proyecto (Ficha Anexa)  Ejecutar el proyecto y cumplir las exigencias establecidas en el convenio suscrito • Informes de Avance • Informe Final • Otros antecedentes (Listado Beneficiarios) INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES. DIVISION DE DESARROLLO. DEPARTAMENTO DE EVALUACION DE PROYECTOS. AÑO 2013

Formalidades que deben cumplir los Donatarios 1.

Forma de llevar la Contabilidad • Contabilidad Completa que permita acreditar la recepción, destino y uso de las donaciones recibidas. • Las cuentas contables deben permitir con claridad verificar los ingresos y usos de las donaciones. • Llevar libros, debidamente timbrados por el S.I.I. (Diario, Mayor, Balance, etc.). • No obstante lo anterior, si un Donatario tiene escaso movimiento y no requiere de grandes montos para el financiamiento de sus actividades, el S.I.I. lo puede autorizar a llevar Contabilidad Simplificada, con la cual dará cumplimiento a la exigencia establecida.

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Formalidades que deben cumplir los Donatarios 2.

Elaborar Informe de Estado de los Ingresos y Usos de las Donaciones recibidas • El donatario debe elaborar y entregar al S.I.I., hasta el 31 de marzo de cada año, la Declaración Jurada Nº 1828, sobre el Estado de Ingresos y Uso de Donaciones recibidas con fines deportivos. • La Resolución Exenta Nº 204 de 2009, del S.I.I., establece el formato de la Declaración Jurada Nº 1828, las instrucciones de su llenado y la fecha y forma de presentarla.

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Formalidades que deben cumplir los Donatarios 3.

Forma de Acreditar las Donaciones recibidas • El S.I.I., a establecido que los donatarios deben acreditar las donaciones recibidas mediante la emisión de un certificado de donación • Circular N° 81 de 2001 del S.I.I., establece: o El formato o modelo del certificado o El contenido e individualización del certificado  Individualización completa del donante y donatario  Monto y fecha de la donación  Llevar impresa la referencia al art. 62 de la ley 19.712  Destino, proyecto, objetivo y costo de la donación o Debe ser numerado en forma correlativa o Timbrado y registrado por el S.I.I. o La cantidad de copias mínimas, pudiendo el donatario definir más copias según sus necesidades de control. Deben existir al menos copias para el Donante, S.I.I., Dirección Regional IND y Donatario).

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Formalidades que deben cumplir los Donatarios

4.

Registro e Información •

Ley Nº 19.862 sobre Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos exige a donatarios  Inscribirse en la respectiva Dirección Regional del IND en el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos (Art. 1)  Mantener actualizados los datos inscritos (Art. 5)  Caso contrario no pueden postular proyectos

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Comportamiento del Sistema (Donaciones Efectivas a Nivel País) cifras en $

15.239.000.000 12.054.000.000

12.485.000.000

7.849.000.000

Año 2009

Año 2010

Año 2011

“Incremento Sostenido”  Año 2010 53,6%  Año 2011 3,6%  Año 2012 22,1%

Año 2012

Donantes (A Nivel País)

326 281 233 170

Año 2009

Año 2010

Año 2011

Año 2012

“Interés y crecimiento sostenido en los últimos años”  Año 2010 37%  Año 2011 21%  Año 2012 16%

Montos Donados por Categorías Deportivas

Categoría

2009

2010

2011

2012

Totales

Deporte de Competición

3.092.324.516

5.522.270.675

7.433.326.739

8.327.054.570

24.374.976.500

Alto Rendimiento

2.881.424.610

3.739.794.751

2.368.074.819

1.806.295.139

10.795.589.319

Deporte Recreativo

626.485.677

700.712.713

1.152.881.165

976.280.527

3.456.360.082

Formación para el Deporte

819.209.478

1.024.080.161

814.109.804

719.523.952

3.376.923.395

19.675.200

2.505.941.251

2.525.616.451

Deporte Laboral

-

-

Desarrollo Organizaciones Deportivas

335.076.312

301.429.959

530.404.592

540.945.409

1.707.856.272

Infraestructura

94.805.806

765.446.160

166.779.479

356.976.244

1.384.007.689

Capacitación y Difusión Total general

7.849.326.399

12.053.734.419

12.485.251.798

5.500.000 15.238.517.092

5.500.000 47.626.829.708

Montos Donados por Categoría Deportiva Cuatrienio 2009 - 2012

51,2%

22,7%

7,3%

7,1% 5,3%

Deporte de Competición

Alto Rendimiento

Deporte Recreativo

Formación para el Deporte

Deporte Laboral

3,6%

2,9%

Desarrollo Infraestructura Organizaciones Deportivas

0,0%

Capacitación y Difusión

0,0%

Ciencias del Deporte

GRACIAS

Sanciones más Relevantes •

La no presentación de la Declaración Jurada N° 1828 o no llevar libros contables se sanciona con la multa establecida por el art. 97 N° 2 del Código Tributario.



Los Donatarios que otorguen certificados para acreditar donaciones que no cumplan con los requisitos, condiciones y formalidades establecidas o destinen los recursos recibidos a fines distintos a lo indicado en los proyectos o a un proyecto distinto al de la donación, deberán enterar en arcas fiscales el impuesto equivalente al crédito que los donantes utilizaron de buena fe, con los recargos establecidos en el Código Tributario.



La Ley N° 19.885 (contraprestaciones), junto con establecer la restitución de los beneficios tributarios, dispone que donatario sea sancionados con una MULTA del 50% al 300% del impuesto que hubiere dejado de pagar el donante.



El artículo 97 N° 24 del Código Tributario, establece sanciones de presidio específicas para donantes y donatarios frente a las siguientes situaciones:  Donantes que dolosamente reciban contraprestaciones del donatario  Donantes y Donatarios que dolosamente simulen una donación  Donatarios que dolosamente destinen o utilicen las donaciones recibidas para fines distintos a lo que corresponde

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