Guía para la incorporación. en para las intervenciones el desarrollo. de cooperación. para el desarrollo

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Guía para la incorporación del enfoque basado Guía para en derechos humanos la incorporación en las intervenciones del enfoque basado de cooperación en derechos humanos el desarrollo. en para las intervenciones de cooperación para el desarrollo. Amelia Fernández Juan Carmen Borja Segade Paloma García Varela Richard Hidalgo Lorite

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Agradecimientos. El equipo de investigadores e investigadoras que hemos elaborado esta Guía queremos agradecer el apoyo recibido por Don Guillermo Hoyos Vásquez y Don Francisco Aldecoa Luzárraga, gracias a los cuales fue posible el comienzo de los trabajos de investigación sobre el enfoque basado en derechos humanos durante los años 2005 y 2006. También queremos agradecer el apoyo y la colaboración recibida por el Instituto Universitario de Desarrollo y Cooperación de la Universidad Complutense de Madrid, y muy especialmente a Luis Miguel Puerto Sanz, el cual nos dio toda su confianza e hizo posible el proceso de validación del primer documento de la guía. Reconocemos el apoyo de todas las personas, organizaciones no gubernamentales, organizaciones de base, instituciones gubernamentales y organismos internacionales, que a lo largo de estos cuatro años han colaborado con nosotros haciendo posible este trabajo, tanto en la elaboración del primer borrador como en el proceso de validación. A todas las personas que nos han dedicado con gran generosidad parte de su tiempo, ya que sin ellas no hubiera sido posible esta guía, les agradecemos haber compartido con nosotros momentos de debate y de reflexión de gran interés. A todas las instituciones de cooperación, con la esperanza de que esta guía contribuya a facilitar la incorporación del enfoque basado en derechos humanos en las intervenciones de cooperación para el desarrollo. Esta publicación cuenta con el apoyo de la línea de investigación sobre "La integración de la democracia y los derechos humanos en las políticas de cooperación para el desarrollo" del Instituto Universitario de Desarrollo y Cooperación (IUDC-UCM), puesta en marcha con el apoyo de la Dirección General de Planificación y Evaluación de Políticas de Desarrollo (DGPOLDE) en el marco del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Asuntos Exteriores yde Cooperación y la Universidad Complutense de Madrid.

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Autoras. Equipo de ISI Argonauta Amelia Fernández Juan Carmen Borja Segade Paloma García Varela Richard Hidalgo Lorite © ISI Argonauta C/ Marroquina 67- 6º C 28030 Madrid Tel. 91 3560508 [email protected] © Instituto Universitario de Desarrollo y Cooperación de la Universidad Complutense de Madrid C/ Donoso Cortés 65 - 6º planta 28015 Madrid España Tel. 91 3946409 [email protected] Edición: noviembre 2008 ISSN: 978-84-6920-984-4 Diseño gráfico: Cuatrotintas, S.A.

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Índice de contenido. 7 Presentación. 9 Introducción. 13 1. El Enfoque basado en derechos humanos y la cooperación para el desarrollo. 13 1.1. ¿Qué es el enfoque basado en derechos humanos en la cooperación para el desarrollo? 14 1.2. ¿Cómo surge el enfoque basado en derechos humanos? 16 1.3. ¿Qué elementos aporta el enfoque basado en derechos humanos a la cooperación para el desarrollo? 19 1.4. ¿Cuáles son los retos del EBDH en las intervenciones de cooperación para el desarrollo? 21 2. Pasos para la incorporación del EBDH en las intervenciones de cooperación para el desarrollo. 21 2.1. Metodología para el análisis de la realidad. 25 2.2. Pasos para el diseño de una intervención con EBDH. 25 Paso 1. Identificación del “problema”. 26 Paso 2. Análisis de los derechos humanos según estándares internacionales. 29 Paso 3. Identificación y asignación de roles de los actores según los estándares internacionales. 31 Titulares de derechos. 33 Titulares de obligaciones. 34 Titulares de Responsabilidades. 35 Análisis de las relaciones entre titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades. 36 Paso 4. Análisis de los contextos: Nacional, Regional, Local. 39 Paso 5. Institucionalización jurídica del derecho en el marco nacional. 40 Marco Jurídico Nacional. 41 Política Pública. 41 Marco de exigibilidad. 42 Paso 6. Análisis del grupo objetivo. 43 Caracterización del grupo. 44 Contenido del derecho según el grupo objetivo. 45 Situación del derecho según el grupo objetivo. 47 Análisis de capacidades. 49 Relaciones de poder. 50 Análisis de las percepciones e intereses. 51 Paso 7. Análisis causal de la vulneración del derecho. 54 Paso 8. Identificación y selección de la intervención. 54 Definición de los cambios deseados. 56 Identificación de las posibles intervenciones. 56 Selección de la intervención. 57 Paso 9. Diseño de la intervención. 59 2.3. Fuentes de información. 62 2.4. Herramientas.

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Presentación. En el año 2005, tras la aprobación de un proyecto en el marco de los Programas de Cooperación Interuniversitaria de la AECID, se crea un grupo de investigadores e investigadoras de la Universidad Complutense de Madrid y de la Pontificia Universidad Javeriana de Colombia, cuya génesis se centraba en los debates sobre la eficacia, las formas y las herramientas que se venían utilizando en ese momento en la cooperación para el desarrollo. El propio desarrollo de la investigación, nos permitió conocer la realidad de múltiples intervenciones de cooperación para el desarrollo en distintas regiones de Colombia y plantearnos la necesidad de desarrollar herramientas que facilitaran la incorporación del enfoque basado en derechos humanos (EBDH) en la cooperación para el desarrollo, como forma de mejorar la eficacia a través de la realización de los derechos humanos. Como resultado del debate constante entre los investigadores e investigadoras de ambas universidades, durante los años 2006 y 2007, se elaboró una primera versión de la “Guía para la incorporación del enfoque basado en derechos humanos en el ciclo de gestión de los proyectos de cooperación para el desarrollo”, que pretendía aportar de forma teórica y práctica, herramientas para la incorporación del EBDH. Esta guía incorporaba además, varios ejemplos sobre como trabajar el derecho a la educación, el derecho a la salud, el derecho a la vivienda, el derecho a medios de vida sostenibles, y el derecho al agua, tanto con niños, niñas y jóvenes desplazados por conflicto, como con comunidades indígenas y afrocolombianas. En el año 2007, con el apoyo del Instituto Universitario de Desarrollo y Cooperación de la Universidad Complutense de Madrid (IUDC – UCM) y la Pontificia Universidad Javeriana de Colombia, y con la financiación de la propia Universidad Complutense de Madrid, se realizó un proceso de validación del primer documento. Este proceso de validación se desarrolló con la participación de distintas instituciones, tanto de cooperación para el desarrollo como de derechos humanos, de España y de Colombia, así como la participación de expertos en cooperación para el desarrollo y derechos humanos. El proceso de validación nos proporcionó importantes elementos para incorporar en la Guía y para el enriquecimiento de los debates sobre el EBDH. También nos permitió darnos cuenta de que debíamos continuar trabajando en las herramientas proporcionadas en la Guía, para solventar las dificultades que se daban en la aplicación práctica del EBDH en las intervenciones de cooperación. El equipo de trabajo de ISI ARGONAUTA que hemos formado parte de esta investigación desde sus inicios como parte de la UCM, tuvimos la oportunidad de aplicar la Guía en el proceso de identificación y formulación de varios Convenios financiados por AECID. Esta aplicación práctica ha supuesto un gran aporte al resultado final conseguido. Esta guía que aquí presentamos, es por un lado fruto del trabajo realizado por todos los investigadores e investigadoras de las distintas organizaciones que en estos años han participado, y de la constante labor de las personas que conforman la consultora ISI ARGONAUTA, que llevamos años trabajando en profundizar sobre este enfoque, así como en poder crear las herramientas más adecuadas para su incorporación práctica, que sean útiles a todos aquellos que trabajan en el ámbito de la cooperación para el desarrollo.

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Introducción. La pobreza, la desigualdad, la exclusión social, la falta de desarrollo constituyen una violación de los derechos humanos. La Declaración Universal de los Derechos Humanos en su artículo 28 señala “Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos”. Esto implica un compromiso de todos los Estados y de la comunidad internacional de adoptar las medidas necesarias para que todas las personas se encuentren en una situación económica, social y política en la cual puedan ejercer plenamente todos sus derechos. En el marco de la cooperación para el desarrollo, son muchos los esfuerzos y los recursos que se vienen invirtiendo a lo largo de décadas, en busca de un cambio social que promueva un desarrollo justo para todos los seres humanos. Sin embargo, todavía los datos son muy alarmantes, lo que ha llevado a que los distintos actores de la cooperación para el desarrollo abran un debate sobre el papel de la cooperación, las estrategias de los actores, las formas y las herramientas que se han venido utilizando hasta este momento. En este contexto, surge la propuesta de incorporar el enfoque basado en derechos humanos (EBDH) en la cooperación para el desarrollo, que implica que el objetivo del desarrollo es la plena realización de los derechos humanos de todas las personas. De esta forma, esta cooperación, fomenta un desarrollo basado en normas internacionales de derechos humanos consensuadas hace 60 años. Para muchos esto puede parecer una obviedad o algo poco novedoso, ya que muchas instituciones que trabajan en la cooperación incorporan en sus principios, en sus objetivos, en sus acciones y, sobre todo, en su lenguaje, los derechos humanos. Sin embargo, el EBDH supone un cambio de orientación, no sólo en las acciones, sino en el propio análisis del problema, la identificación de proyectos y en la definición de los mismos. Además, implica un cambio de gran importancia en la orientación de las políticas de cooperación internacional para el desarrollo. El EBDH implica la asunción de roles y la necesidad de fortalecer las capacidades de los distintos actores que participan en las intervenciones de cooperación, distinguiendo entre titulares de derechos que son todos los seres humanos, titulares de obligaciones que son los instituciones del Estado y la comunidad internacional, y los titulares de responsabilidades, que son otros actores sociales como la familia, la comunidad, las organizaciones sociales,... En relación con los titulares de derechos, este enfoque va dirigido a los grupos más discriminados, que no solo tienen vulnerados sus derechos, sino que tampoco tienen posibilidad de hacer oír su voz. Rescata la dignidad del ser humano incluyendo a estas personas, a estos grupos excluidos, en los procesos de desarrollo de la sociedad a la que pertenecen, haciéndoles partícipes de la construcción de su historia. En este sentido, fomenta la participación de todos los ciudadanos y ciudadanas en la toma de decisiones de la política pública. Por otro lado, el EBDH también está dirigido al fortalecimiento de las capacidades de los titulares de obligaciones para que cumplan con dichas obligaciones. Así, apoya a las instituciones del estado en la construcción de unas políticas públicas basadas en los principios y valores de los derechos humanos, para lo cual es necesaria la participación de la ciudadanía sin discriminación ni exclusión alguna. De esta forma, el EBDH promueve la creación de una ciudadanía activa y participativa y el fortalecimiento de unas instituciones estatales que den voz a todos aquellos que no la tienen, para que construyan de forma conjunta unas políticas públicas que promuevan y garanticen los derechos humanos.

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Las personas dejan de ser sujetos de necesidades que, gracias a los recursos de la cooperación para el desarrollo son cubiertas, ya que el estado no cumple con sus obligaciones. Las personas son sujetos de derecho, con capacidades para ser conscientes de su realidad y tomar decisiones sobre su propio desarrollo. Se supera así el enfoque de desarrollo humano basado en necesidades, de forma que las acciones no se dirigen a cubrir la necesidad inmediata, sino a apoyar a las personas que tienen vulnerados sus derechos a desarrollar sus propias capacidades para poder ejercerlos. Por otro lado, el EBDH promueve un desarrollo sostenible en el sentido de que las acciones van dirigidas a crear y desarrollar capacidades en las personas, fortalecer los diálogos y los consensos sociales, favoreciendo la libertad de las personas y de las comunidades en la toma de decisiones sobre su propio desarrollo. Además, supone dar especial importancia a los procesos por los que todas las personas, las comunidades, las sociedades deben pasar a ser ellas mismas dueñas de sus decisiones aunque estén condicionadas por un contexto hostil. Esto choca, en muchas ocasiones, con la dinámica propia de la cooperación y sus actores, en la cual, en un tiempo previsto, hay que realizar unas actividades y conseguir unos resultados concretos. Otra novedad del EBDH es la incorporación de los principios de universalidad, interdependencia e indivisibilidad de los derechos humanos, lo que implica una visión integral del desarrollo y el diseño de acciones integrales. Siendo así que la cooperación para el desarrollo trabaja de forma sectorial esto es uno de los grandes retos del EBDH en la práctica. Para algunos, este enfoque puede ser simplemente un marco teórico deseable, unas buenas intenciones que no pueden ponerse en práctica en la realidad. Sin embargo, son cada vez más las organizaciones que vienen incorporando este enfoque y las experiencias que demuestran la posibilidad de su aplicación en la práctica y en contextos políticamente complicados en los que no es posible hablar de derechos humanos, política pública ni ciudadanía. Para incorporar el EBDH en la cooperación para el desarrollo, es necesario recuperar el concepto y el papel de cooperación para el desarrollo y de los derechos humanos, comprender la implicación y los aportes de esta nueva visión de la cooperación y tener imaginación para aplicarlos en cada caso, siempre siendo conscientes del reto que supone la lucha por la defensa y promoción de los derechos humanos. Desde el ámbito teórico, el desarrollo del enfoque se ha visto fundamentado desde varias organizaciones e instituciones, como NNUU y sus distintas agencias, así como institutos de investigación sobre desarrollo y cooperación. Sin embargo, la incorporación práctica del EBDH en las intervenciones de cooperación para el desarrollo ha sido mucho más difusa. Tanto las ONGD, como los agentes financiadores, están encontrando dificultades en la incorporación práctica del EBDH, por el desconocimiento que aún se tiene del mismo y por la falta de herramientas que faciliten el proceso de incorporación. Con esta Guía pretendemos contribuir a fortalecer el conocimiento sobre el EBDH y facilitar su aplicación en la práctica proporcionando un conjunto de herramientas que impliquen una incorporación real de los valores, principios y normas de los derechos humanos en las intervenciones de la cooperación para el desarrollo. La primera parte de la guía, ofrece un marco teórico, sobre el que se deben sustentar las intervenciones de cooperación para el desarrollo desde el marco de este enfoque, donde se intenta dar respuesta a aquellas preguntas más frecuentes sobre el EBDH y concretar los aportes y retos que entendemos enfrenta tanto desde el marco teórico como desde su incorporación práctica.

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En la segunda parte de la guía, se ha pretendido crear una herramienta metodología para la incorporación práctica del EBDH en las intervenciones de cooperación para el desarrollo, respetando en la medida de lo posible, aquellas prácticas y metodologías que para la identificación y formulación de intervenciones se vienen utilizando hasta el momento. Se proponen así mismo, fuentes de información y herramientas para cada uno de los pasos propuestos en la metodología. De esta forma, en el ejercicio de incorporar todos los elementos del EBDH a la cooperación para el desarrollo, hemos desarrollado está guía, como una de las primeras herramientas que buscan su incorporación en la práctica diaria de la cooperación. Conscientes de los retos que hay por delante, y que no hay recetas únicas para su incorporación, esperamos que la guía sirva para dar empuje a las distintas agencias y organizaciones en su incorporación.

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1. El Enfoque basado en derechos humanos y la cooperación para el desarrollo. 1.1. ¿Qué es el enfoque basado en derechos humanos en la cooperación para el desarrollo? El enfoque basado en derechos humanos es un marco conceptual y metodológico fundamentado en estándares de valores, principios y normas internacionales de derechos humanos, dirigido a promover, proteger y hacer efectivos estos derechos. Integra la normativa, principios y lineamientos del sistema internacional de derechos humanos. Implica un cambio de orientación en la manera de considerar al ser humano, en tanto la persona, deja de ser un sujeto con unas necesidades que tienen que ser cubiertas para ser un sujeto de derechos, con poder jurídico y social para exigir al Estado, ciertos comportamientos y acciones que hacen posible su exigibilidad y cumplimiento. Implica describir las situaciones no en términos de necesidades humanas o de áreas que requieren desarrollo, sino en términos de la obligación de responder a los derechos humanos de las personas. Este enfoque potencia a los grupos vulnerables, para reclamar justicia como un derecho humano y no como obra de caridad. La legitimación de dichos derechos ofrece un contrapeso contra otras fuerzas menos positivas. Centra su atención en los grupos más vulnerables y propone que se tomen medidas para identificar y caracterizar los grupos más desfavorecidos o excluidos en relación con las medidas de política propuestas, y diseñar con base en los instrumentos internacionales de derechos humanos, estrategias de equidad para mitigar las diferencias por etnia, género, edad o por el origen nacional o territorial. El enfoque fundamenta su legitimidad en los estándares internacionales y la legislación internacional desarrollada en el marco de los derechos humanos. En la definición de NNUU se destaca como “un marco conceptual del proceso de desarrollo humano que se basa en los estándares internacionales de derechos humanos y se dirige a la promoción y protección de los derechos humanos. Se trata de integrar las normas, estándares y principios del sistema internacional de derechos humanos en los planes, políticas y procesos de desarrollo. Los elementos de este enfoque son: vinculación con los derechos, rendición de cuentas, empoderamiento, participación y no discriminación y atención a los grupos más vulnerables”. El enfoque implica, además, la participación directa de las personas en las decisiones relativas a su propio desarrollo. A nivel internacional, un enfoque basado en derechos provee a la comunidad de una base moral sólida, a partir de la cual pueda reclamar asistencia y abogar por un orden económico internacional respetuoso de los derechos humanos. Aplicar un enfoque basado en derechos humanos supone una toma de posición moral acerca de las relaciones entre las personas y colectivamente entre los grupos sociales. Alude al conjunto de conceptos de vida o valores que sustentan las normas, usos y costumbres culturalmente reconocidas, algunas de las cuales han cristalizado en normas legales y forman parte del sistema de leyes que gobierna a la sociedad.

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1.2. ¿Cómo surge el enfoque basado en derechos humanos? El enfoque se ha ido configurando en el cruce de las interacciones de las siguientes consideraciones centrales:

DERECHOS HUMANOS SISTEMA DE NACIONES UNIDAS

TEORÍAS DE DESARROLLO

COOPERACIÓN INTERNACIONAL En los párrafos siguientes describiremos el surgimiento de algunas de las características que hacen parte del enfoque basado en derechos humanos. · La evolución de los derechos humanos en la historia a través de la cual, diferentes actores, sectores e instituciones han pretendido una progresiva y continua búsqueda para acceder a mejores formas de convivencia para la población mundial, basados en el principio de dignidad de la vida humana y en el posicionamiento de los derechos humanos como punto de convergencia, en donde los más altos valores éticos, como la paz, la libertad, la justicia y la participación, son el hilo conductor de la acción humana, en tanto son universales, indivisibles e interdependientes. · Los aportes y aprendizajes obtenidos de la puesta en práctica de la diversas teorías acerca del desarrollo, particularmente las que vinculan el progreso en el desarrollo a la acciones y oportunidades que ofrecen bienestar a todas las personas, durante un periodo de tiempo lo suficientemente largo como para poder precisar además, que el avance puede ser soportable y que no va a comprometer los recursos de las generaciones venideras. · El importante papel de la cooperación internacional, en la búsqueda de lograr una mayor eficacia y eficiencia en las intervenciones de cooperación para el desarrollo. · Las organizaciones de la sociedad civil, en su lucha por el cumplimiento de los derechos humanos, y por ver reconocidos ante los Estados como titulares de derechos, reclamando su participación. · Los avances de las organizaciones que hacen parte del Sistema de Naciones Unidas y que impulsan la puesta en marcha de la Declaración y el Programa de Acción de Viena, fortaleciendo la aplicación de los derechos humanos y destacando los vínculos entre el desarrollo, la democracia y la promoción de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales. En éste último aspecto y luego de la expedición de la Carta de las Naciones Unidas, los Estados Miembros se comprometieron a promover y proteger los derechos humanos a nivel nacional y a

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cooperar con tal fin a nivel internacional. En el Programa de Reforma de las Naciones Unidas que se lanzó en 1997, el Secretario General Kofi A. Annan, pidió a todas las entidades del Sistema de las Naciones Unidas que incorporasen la cuestión de los derechos humanos en sus diversos programas y actividades en el marco de sus mandatos respectivos. Desde entonces, varios organismos de las Naciones Unidas han adoptado un enfoque basado en los derechos humanos en su labor de cooperación para el desarrollo y han adquirido experiencia en su puesta en práctica. Cada organismo ha hecho su propia aplicación práctica del enfoque y de la forma en que debe hacerse operativo.

PNUD Informe de Desarrollo Humano

Declaración del Milenio

Enfoque Basado en Derechos Humanos

El programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) recogió en 1990 datos, información y perspectivas de las diversas entidades de las Naciones Unidas con el propósito de generar un informe mundial que reconociera la necesidad de contar con un nuevo modelo de desarrollo, centrado en la persona humana como objetivo final, y plantearse soluciones integrales en materia de desarrollo económico con justicia social. Para este momento las naciones del mundo habían comprendido que no existía un vínculo automático entre desarrollo económico y progreso humano y que se requería una profunda transformación de las estructuras distributivas como “único camino para hacer compatible la democracia con el desarrollo integral, justo y sostenido”.1 Para ese entonces se definió el desarrollo humano como un proceso en el cual se ampliaban las oportunidades del ser humano, siendo consideradas como las más importantes las posibilidades de disfrutar de una vida prolongada y saludable, adquirir conocimientos y acceder a los recursos para lograr un nivel de vida decente. Esta consideración con más de dieciocho años de informes sistemáticos transformó los aportes de algunos de los enfoque imperantes. Desplazó el enfoque de bienestar social, que consideraba a las personas como beneficiarios del proceso de desarrollo y no como participantes activos de su construcción. También renovó el enfoque de necesidades básicas que generalmente se concentraba en el conjunto de bienes y servicios que necesitaban los grupos más desposeídos de la población. En el Informe sobre el Desarrollo Humano 2000, se articuló el desarrollo humano con los derechos humanos: “el desarrollo humano y los derechos humanos se aproximan en cuanto a motivaciones y preocupaciones y aunque son ciertamente diferentes desde el punto de vista de su 1 Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. Informe de Desarrollo Humano 1990. Publicado para PNUD por Tercer Mundo Editores. Bogotá – Colombia 1990-

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concepción y estrategia se complementan entre sí provechosamente”. Ya en ese informe se hacía evidente que tanto los derechos humanos como el desarrollo humano eran referentes conceptuales necesarios para promover el bienestar y la libertad en el mundo, sobre la base de la dignidad y la igualdad inalienables de todas las personas. La Declaración del Milenio de las Naciones Unidas situó explícitamente tanto los compromisos en materia de derechos humanos como los objetivos de desarrollo, en el centro de las prioridades internacionales para el nuevo milenio. En su compromiso, los estados miembros renovaron su responsabilidad respecto a la promoción y la protección de los derechos humanos y acordaron ocho objetivos de desarrollo cuantificados y con plazos precisos: los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Estos objetivos proporcionaron a todos los países del mundo, una dirección a los esfuerzos encaminados a reducir la pobreza y una base común para medir los progresos realizados.

1.3. ¿Qué elementos aporta el enfoque basado en derechos humanos a la cooperación para el desarrollo? Describir los elementos constitutivos de este marco metodológico implica considerar tanto cada uno de los elementos sin los cuales el enfoque perdería identidad y sentido, como el conjunto de relaciones que se pueden producir por la interacción entre los elementos cuando se interviene una realidad con esta propuesta. Valores, principios y normas. El enfoque se fundamenta en los derechos humanos recogidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en otros instrumentos internacionales referidos a los derechos humanos. En ellos se encuentran los valores, principios y normas que sirven como orientación para todas las acciones que se despliegan para su desarrollo. Los principios aluden a la universalidad, la inalienabilidad, la indivisibilidad, la interdependencia, la interrelación, la no-discriminación, la equidad; la participación,la inclusión; la obligación de rendir cuentas y la vigencia de la ley. Los derechos humanos son universales e inalienables y les corresponden a todas las personas del mundo, sin distinciones de edad, género, etnia o lugar de nacimiento. Nadie puede renunciar a ellos, como tampoco puede ser privado de los mismos por otras personas. Los derechos humanos facultan a las personas en opciones y en acciones y distribuyen los ejercicios de poder, dando voz y haciendo visible a aquellos y aquellas que han sido tradicionalmente excluidos y marginados. La mayor precisión en el contenido de los derechos humanos se ha desarrollado a lo largo de décadas y, muchas veces, siglos como fruto de numerosas controversias públicas, debates legislativos y fallos judiciales. En el caso de los derechos económicos, sociales y culturales, aun cuando se han producido avances significativos en las observaciones contenidas en el protocolo, es necesario resaltar que estos se encuentran en medio del proceso de definición del contenido. La fundamentación del enfoque en estas normas y principios va más allá de la mera definición de estándares. Muchos de los convenios claves han establecido órganos responsables de fiscalizar el cumplimiento por parte de los Estados de las obligaciones relacionadas con los derechos humanos proclamados en el convenio en cuestión. Además, los estados miembros de las Naciones Unidas han creado un órgano especial, el Consejo de Derechos Humanos, que monitorea las prácticas de derechos humanos de los Estados en general. Muchos convenios también cuentan con medios que permiten a personas presentar demandas contra su Estado cuando vulnera sus derechos, o acudir al ámbito internacional, cuando no existen

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mecanismos de reclamación en su sistema nacional. Además en el enfoque, los valores, principios y normas se traducen en mecanismos operativos que en el mediano y en el largo plazo, facilitan el avance continuo y sostenido de las personas y de sus procesos de desarrollo. En este enfoque se vinculan las normas con acciones que reflejan derechos garantizados internacionalmente como por ejemplo, salud, educación, alimentación, vivienda, generación de ingresos, administración de justicia, seguridad y participación política, entre otros. Las normas han quedado explícitas y han sido aceptadas por los Estados que las han firmado y ratificado. Dado que el contenido se deriva del derecho mismo, el elemento esencial para el punto de partida que facilita entender y definir el contenido de los derechos, es el estudio de los estándares y documentos internacionales, las constituciones nacionales, así como las interpretaciones y los análisis de tales documentos.2 Participación. Esta característica es esencial en el enfoque basado en derechos humanos para trabajar en procesos de desarrollo. Se requiere la participación activa y documentada de todas las personas en la formulación, aplicación y seguimiento de estrategias y líneas de acción públicas en procurar alcanzar un mayor desarrollo y una mejor calidad de vida. El marco normativo internacional de los derechos humanos establece en este sentido el derecho a participar en la conducción de las actividades públicas y por lo tanto asume que además de ser un derecho humano fundamental y complejo, es una característica del enfoque, que está entrelazada a los principios democráticos fundamentales. Las personas participan en tres dimensiones: · Como titulares del derecho. · Como titulares de responsabilidades, haciendo parte de las estrategias que les permiten acceder a ciertos bienes y servicios, de los que tienen titularidad como ciudadanos. · Como titulares de deberes. La participación eficaz demanda algo más que una buena democracia, pues requiere de mecanismos concretos y de disposiciones detalladas en los distintos niveles decisorios, que ayuden a superar los impedimentos que enfrentan los grupos tradicionalmente excluidos y marginados en general para participar activamente en la vida de la comunidad. El hecho de considerar a todos los seres humanos como ciudadanos y como sujetos de derechos,significa que la participación no es una opción, sino una obligación. Las personas tienen el derecho a una participación activa, libre y significativa, en todas las fases del proceso de desarrollo. La participación no es consulta, ni puede ser obligada; tiene que ofrecer oportunidades reales para hacer parte de la toma de decisiones e influir en la agenda, el proceso y la implementación de las actividades de desarrollo. Desde esta perspectiva se reconoce que existen limitaciones y por consiguiente, se contempla un seguimiento participativo a la realización progresiva de los derechos económicos, sociales y culturales a lo largo de un tiempo determinado y se posibilita el establecimiento de prioridades entre diferentes derechos mientras se concretan los mismos. Al mismo tiempo, se incluyen ciertas condiciones para la realización gradual y para el establecimiento de las prioridades, de modo que la agenda de los derechos humanos no termine siendo simple discurso. Sin embargo en el enfoque basado en derechos se exige que se respeten en todo momento los niveles mínimos de cada uno de los derechos o de las principales obligaciones. 2 El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (CDESC), por ejemplo, ha emitido varias Observaciones Generales muy importantes en relación con algunos derechos específicos que son esenciales para los activistas que participan de dicho proceso.

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La participación requiere que todas las personas e instancias involucradas en las propuestas de desarrollo, amplíen sus formas de ver el mundo y que actúen conforme a ello ejerciendo un mayor control en su vida diaria. Fortalecimiento de capacidades. Se refiere a las formas y maneras con las cuales las personas y grupos se apropian de su situación, fortalecen sus capacidades de interactuar con el Estado y con otros grupos, para tener control de las circunstancias y lograr sus propias metas, con el fin de mejorar su calidad de vida y tener influencia sobre su futuro y contribuir con el de los demás. Con este elemento, las personas desarrollan ejercicios de poder, de confianza y fortalecen sus capacidades y el acceso a los recursos necesarios para hacer frente a la injusticia y a la desigualdad. Es una características del enfoque que parte del reconocimiento de la persona como ciudadano, como socio y actor protagónico de su propio desarrollo y no como beneficiario de una acción asistencialista. En este sentido, las intervenciones de cooperación para el desarrollo diseñados en el marco del enfoque basado en derechos humanos deben contribuir al desarrollo de capacidades para que tanto los titulares de derecho puedan ejercer sus derechos, como los titulares de la obligación y de la responsabilidad puedan cumplir con sus obligaciones y responsabilidades. Rendición de cuentas. El EBDH también se dirige a obligar la rendición de cuentas de los titulares de obligaciones y de responsabilidades, fomentando una mayor toma de conciencia de los derechos y responsabilidades de los diversos actores, mediante el uso del marco legal de la legislación internacional sobre derechos humanos, que contiene normas bien desarrolladas y ampliamente aceptadas (aunque aplicadas en forma muy incompleta). Como involucra también a los titulares de derecho, trabaja sobre la base de la transparencia y su proceso debe ser por lo tanto, accesible al público en todos los momentos y lugares. Abarca a todos los actores involucrados y si bien abre muchos espacios para contribuir, exige responsabilidad de la conducta de cada participante y claridad en los resultados. Los procesos deben ser nítidos para todas las partes involucradas y su divulgación por tanto debe ser amplia y suficiente. Como sabemos existen mecanismos judiciales de responsabilidad en el campo de los derechos humanos, pero no todos los mecanismos son judiciales. Además de promover el uso de los recursos judiciales para examinar los actos o las omisiones de los titulares de obligación, debemos impulsar la valoración y el examen público y administrativo de las acciones y de los resultados que se ejecutan para procurar alcanzar el desarrollo, con la participación de todos los actores e instancias involucradas. Igualdad y no discriminación. Por cuanto significa igualdad de oportunidades basada en las capacidades humanas, la equidad se asocia con la justicia, como base del bien que una sociedad debe garantizar a todos sus miembros. La equidad, no es una característica individual, existe en lo social, y debe guiar la distribución de poder, derechos y opciones, de género e intergeneracional, focalizando sus acciones en los grupos más postergados en la realización y en la exigencia de sus derechos. En el enfoque basado en derechos humanos se priorizan las intervenciones con la participación de los más empobrecidos y excluidos. Se reconoce que todas las personas son iguales, en virtud de la dignidad inherente de todo ser humano. Sin embargo, eso no quiere decir que hay que tratar a todas las personas de la misma manera.

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Equidad implica el reconocimiento de diferencias y el tratamiento de diferentes grupos de diversa manera, para que puedan beneficiarse en las mismas condiciones. Los principios, las normas de derechos humanos, la participación, la rendición de cuentas, el empoderamiento, la equidad y la no discriminación hacen parte entonces de los elementos que caracterizan el enfoque basado en derechos humanos. La complejidad de las relaciones entre los elementos y entre estos y el contexto en el cual se desarrollan las acciones, aporta a esta manera de ver e intervenir las realidades sociales, una condición dinámica, particular, creativa y cambiante. Finalmente, desde nuestra experiencia, consideramos necesario que una propuesta construida desde éste enfoque, incorpore la totalidad o gran parte de los elementos que a continuación relacionamos y que pueden ser cotejados para constatar la correcta aplicación del marco conceptual y metodológico propuesto: Un proyecto de cooperación al desarrollo basado en el enfoque de derechos humanos debe: · Reconocer a las personas como protagonistas principales de su desarrollo y sensibilizarlos a la participación. · Analizar los derechos vulnerados, las demandas de los titulares de derechos y las correspondientes obligaciones de los titulares de deberes, así como las causas inmediatas, subyacentes y estructurales de la no vigencia de los derechos. · Evaluar la capacidad de los titulares de derechos para exigir sus derechos y la de los titulares de la obligación para cumplirlos. · Elaborar estrategias para aumentar la capacidad de los titulares de derechos en la exigibilidad de sus derechos. · Tener en cuenta en los análisis a todas las partes interesadas. · Vigilar y evaluar en los proyectos, tanto los resultados como los procesos orientados por las normas y principios de los derechos humanos. · Asimilar e incorporar las recomendaciones de los organismos y mecanismos internacionales de los derechos humanos. · Considerar la participación un medio y un fin. · Concentrar y priorizar las acciones en los sectores y con los grupos marginados, excluidos o en situación de desventaja social. · Reconocer que el proyecto de desarrollo es de propiedad local, aunque se articule a lo regional, nacional o internacional. · Orientar los procesos a reducir disparidades. · Emplear de manera sinérgica acciones de “arriba hacia abajo” y de “abajo hacia arriba”. · Programar objetivos y metas medibles e incluir indicadores sensibles y adecuados para seguir y evaluar su cumplimiento en los diferentes momentos. · Establecer metas que contribuyan directamente a la realización de uno o de varios derechos humanos. · Establecer y mantener alianzas estratégicas con todos los actores involucrados. · Contemplar la obligación de rendir cuentas a todas las personas interesadas y compartir los resultados con la comunidad internacional en general.

1.4. ¿Cuáles son los retos del EBDH en las intervenciones de cooperación para el desarrollo? En los enunciados y párrafos anteriores hemos revisado cómo el enfoque basado en derechos humanos determina la relación entre los titulares de derechos, titulares de obligaciones y titulares de responsabilidades. El EBDH identifica a los titulares de derechos (y sus beneficios legales y reglamentarios) y a los titulares de obligaciones (y sus obligaciones) y a los titulares de responsabilidades (y sus responsabilidades), y contribuye a fortalecer las capacidades de los titulares de derechos para ejercer sus derechos, así como las de los titulares de obligaciones y responsabilidades a cumplir con sus obligaciones y responsabilidades.

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Este aporte supone afrontar un importante desafío: el pleno cumplimiento de los derechos humanos bien como titular de la obligación o del derechos exige una importante disponibilidad de recursos, de modo que los países menos adelantados se encontrarán con dificultades, en especial por lo que respecta a la consolidación de instituciones nacionales tales como Defensorías o Comisiones Nacionales y Tribunales. El cumplimiento de los derechos también exige disponer de capacidades instaladas y dispuestos para asesorar o acompañar a otros, así como de instancias gubernamentales y no gubernamentales especializadas y capaces de abordar responsablemente las exigencias de seguimiento y evaluación que se derivan de las acciones, objetivos y metas propuestos. Los análisis de situación, el seguimiento y la evaluación en los proyectos de cooperación para el desarrollo fundamentados en el enfoque, deberán describir ampliamente las pretensiones de los titulares de derechos y las obligaciones correspondientes de los titulares de deberes, así como las causas inmediatas, subyacentes y estructurales de la vulneración de los derechos humanos. Es posible evaluar la capacidad de los titulares de derechos a reclamar sus derechos y de los titulares de deberes a cumplir con sus obligaciones. Luego será necesario enfrentar el desafío y desarrollar estrategias e indicadores para acrecentar estas capacidades. Será necesario, como ya se había mencionado, que se identifiquen y valoren ambos resultados y procesos, guiados por los estándares y los principios de derechos humanos. Adicionalmente a lo comentado, se tendrán que diseñar, aplicar y validar nuevos instrumentos y herramientas para la aplicación del enfoque de derechos humanos en los proyectos de cooperación al desarrollo. Estos elementos deben recoger información pertinente y facilitar el análisis para que se incluya a todos los actores y para que sean reconocidos como actores claves en su propio desarrollo en vez de beneficiarios pasivos de productos y servicios; para que tanto procesos como resultados sean controlados y evaluados y divulgados; para que las estrategias propuestas potencien las acciones y no debiliten, para que la participación sea reconocida como un medio y como meta del proceso de desarrollo. Las intervenciones de cooperación para el desarrollo identificadas, formuladas, ejecutadas y evaluadas desde el EBDH, deberán priorizar a los grupos vulnerables, reconocer que el proceso de desarrollo es de propiedad local; que tanto información de arriba – abajo como abajo – arriba implican sinergia y que por tanto serán acotadas; que será necesario concertar alianzas estratégicas intersectoriales e interinstitucionales para superar las causas de los derechos vulnerados y que la meta será transformar las disparidades para lograr un vida digna y en paz.

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2. Pasos para la incorporación del EBDH en las intervenciones de cooperación para el desarrollo. Como ya hemos señalado, el EBDH orienta el desarrollo hacia la plena realización de los derechos humanos, es decir, el objetivo último del desarrollo pasa a ser el pleno ejercicio de los derechos humanos. Para alcanzar este objetivo, se ha considerado necesario construir una ciudadanía participativa, consciente de sus derechos y reivindicativa (titulares de derechos) y de unas instituciones públicas (titulares de obligaciones) transparentes, conscientes de sus obligaciones, respetuosas de los derechos humanos y que desarrollen tanto la legislación necesaria para proteger y garantizar los derechos de la ciudadanía como unas políticas públicas inclusivas, participativas y no corruptas. Así mismo, es fundamental que todas las intervenciones que se diseñen, incluyan los principios de los derechos humanos: participación, igualdad, transparencia y rendición de cuentas, sostenibilidad, universalidad, indivisibilidad e interdependencia. Todo esto supone cambios en nuestra mirada a la realidad y en nuestro diseño de intervenciones de cooperación para el desarrollo. La incorporación del EBDH en las intervenciones de cooperación, no es solo hablar de derechos humanos, de denuncia y de empoderamiento de los grupos más vulnerables. Incorporar el EBDH pasa por cambiar nuestra mirada a la realidad y a las personas con las que trabajamos. Pasa por incorporar nuevos elementos tanto al análisis de realidad como en las intervenciones de cooperación, que hasta ahora no se habían tenido en cuenta. A lo largo de esta sección de la Guía, presentamos una serie de pasos que debemos seguir a la hora de analizar la realidad y diseñar intervenciones con EBDH. En cada uno de los pasos, se señalan los elementos que deben tenerse en cuenta y cómo podemos incorporarlos en nuestro análisis. Debemos tener en cuenta que todos estos pasos y la información que vamos recogiendo está relacionada entre sí, y que debemos tener siempre una mirada holística. Si bien aconsejamos seguir los pasos ordenadamente, habrá casos en los que varié el orden. Sin embargo, si consideramos necesario incorporar todos los elementos de análisis propuestos.

2.1. Metodología para el análisis de la realidad. De forma general, podemos decir, que las intervenciones de cooperación internacional para el desarrollo están dirigidas a promover cambios sobre una realidad que mejore la calidad de vida de las personas. Así, nuestro objeto de análisis será una realidad INTERVENCIONES caracterizada por su complejidad PROMOVER y por la interdependencia de DE COOPERACIÓN CAMBIOS numerosos factores económicos, PARA EL SOBRE LA sociales, políticos y culturales, y por DESARROLLO REALIDAD la participación de actores de distinta naturaleza. Fuente: Elaboración propia.

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Como señalamos anteriormente, el EBDH implica una nueva mirada del desarrollo que supone la incorporación de elementos que hasta ahora no se habían tenido en cuenta, tanto en el análisis de la realidad sobre la que vamos a trabajar, como en el diseño de las intervenciones. Para ambas tareas, será necesaria la utilización de una metodología de análisis que incorpore los principios de los derechos humanos: participación, no discriminación, igualdad, interdependencia, indivisibilidad y universalidad. Así, la metodología se caracterizará por tener una mirada holística3 de la realidad y por utilizar métodos y técnicas participativos que incorporen a todos los actores que forman parte del proceso, sin discriminación y en igualdad. En relación con la primera característica, la metodología utilizada hace un planteamiento holístico del entorno, suprimiendo los análisis sectoriales (salud, educación, género) y favoreciendo el diseño de intervenciones integrales que incorporen múltiples dimensiones. Además, tiene en cuenta a los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades, las relaciones entre ellos y los factores sociales, políticos, económicos, culturales y legales que condicionan dichas relaciones. Por otro lado, en relación con el uso de métodos y técnicas participativos, estas deben promover la participación activa de todos los actores (titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades), sin discriminación alguna y en igualdad de condiciones, tanto en el análisis de la realidad como en el diseño de las intervenciones. La participación de los actores en el análisis de la realidad y en el diseño de la intervención ofrece ventajas al permitirnos: · Comprender mejor la realidad sobre la que vamos a trabajar. · Identificar desde la vivencia de los distintos actores, los problemas y obstáculos existentes. · Conocer el significado que los derechos humanos tienen para cada uno de los actores, así como el grado vulneración de los mismos. · Planificar conjuntamente actividades que mejoren su situación. Además, también tendrá aportes importantes para los actores participantes, facilitando la posibilidad de: · Ser consciente de sus derechos, obligaciones y responsabilidades. · Conocer y apropiarse de la legislación sobre el derecho que se analice y de los mecanismos de exigibilidad para el cumplimiento de éste. · Cambiar el enfoque de las intervenciones de cooperación para el desarrollo, pasando del enfoque de necesidades y su satisfacción por el enfoque basado en derechos humanos y obligaciones. En el análisis de la realidad y en el diseño de las intervenciones deberá incorporarse la participación de los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades, teniendo especialmente en cuenta a todos aquellos que: · Tengan información importante que proporcionar al análisis o de los cuales nos interese conocer la percepción sobre el tema. · Tengan algún tipo de interés sobre la problemática del derecho humano planteada y su posible solución. · Se vean afectados por algún tipo de decisión que se tome. · Puedan participar en el proceso de toma de decisiones. · Tengan influencia en la toma de decisiones o en la ejecución de la intervención. · Faciliten el buen desarrollo de la intervención. Dependiendo del nivel de análisis en el que nos encontremos, la forma de participación de los actores será distinta. Podríamos diferenciar cuatro formas de participación 4: 3 La mirada holística implica una concepción de la realidad como un todo distinto de la suma de las partes que lo componen. 4 Gabriela Tapia. “Análisis de actores involucrados en procesos participativos”. Fundación Cambio Democrático. 2004.

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· Informativa, en la cual los diferentes actores participan en el proceso transmitiendo sus conocimientos sobre lo que está pasando. · Consultiva. En este caso, no sólo se transmite una información sino que se solicita una opinión a los actores acerca de un problema y decisión en la que estén involucrados. · Decisoria. Los actores participan directamente en los procesos de toma de decisiones. · Gestión. En este caso, realizan un ejercicio de poder y responsabilidad en la implementación de políticas, proyectos, obras o servicios. Para el análisis de la realidad, la participación de los actores será principalmente informativa y consultiva. En el diseño de la intervención, además se incluirá la participación de los actores en la toma de decisiones. Existen numerosas técnicas de tipo cualitativo y cuantitativo para la recogida de información, que facilitan y promueven la participación de los actores. La selección y priorización de cuáles se deben utilizar en cada momento, depende en primer lugar del grado de participación de los actores involucrados en el proceso. Entre las principales técnicas están las siguientes: Árbol de problemas: a partir de éstos y en diálogo directo con los distintos actores, podemos reconocer las principales problemáticas que les afectan, sus causas, efectos y posibles soluciones, en el caso que nos atañe, en relación al derecho priorizado. Entrevistas semiestructuradas (individuales o en grupo): partiendo de preguntas orientadoras se entra en un diálogo con personas, informantes clave o un grupo en particular. La ventaja de la pregunta abierta, es que da lugar a reflexiones constantes tanto por parte del entrevistado como de quien entrevista. Técnicas de visualización: a través de esta técnica podemos acceder a los tipos de representación, que los diferentes actores implicados en el proceso tienen acerca de determinados temas, problemáticas y otros aspectos. En el caso del derecho humano elegido, las técnicas de visualización nos permitirán entender, qué piensa, siente y quiere el actor. Observación participativa: a través de esta herramienta es posible la integración con los distintos entornos, camino que se constituye en un punto vital para comprender la complejidad de la realidad. Grupos focales: la utilidad de este instrumento radica en que a través de las discusiones grupales frente a un tema específico, podemos entender los diferentes puntos de vista de los actores sociales. Un grupo focal puede conformarse por personas con intereses específicos, de diferente género y rango de edad, a los cuales se les junta y se les hace una misma pregunta para que den su opinión sobre ella. Diagrama de Benn: nos permite entender el tipo de relación entre los distintos actores presentes en la zona, las percepciones entre ellos y los efectos de las actividades que desarrollan. En el caso del uso de técnicas de carácter cuantitativo se sugiere usar las siguientes: Entrevista estructurada: nos permite a través de preguntas cerradas la obtención de datos que pueden ser cuantificados. Encuestas: tienen por objeto la recogida de información estadística definida. Censo: esta herramienta permite la obtención de datos de mayor complejidad y con una cobertura más amplia que la que permite la encuesta. Como hemos visto, desde el EBDH consideramos imprescindible promover una participación amplia que proporcione una lectura permanente de la realidad y que se nutra del diálogo con los

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EJEMPLO DE GUIÓN DE ENTREVISTA Componente 1

Presentación de los investigadores y del proyecto de investigación Esta presentación es complementaria a la información aportada a través de una carta de presentación enviada por fax a las instituciones.

Componente 2

Cuerpo de la entrevista Constituido por unas preguntas orientadoras y flexibles, a través de las cuales se pretende dar cuenta de los objetivos definidos para el instrumento. Preguntas orientadoras Se adaptarán según el tipo de institución: 1. ¿Cuál es el concepto de la organización sobre salud y sobre educación? 2. ¿Qué criterios utiliza la organización para identificar necesidades de salud y de educación de los menores o de sus familias en situación de desplazamiento? 3. ¿Cuáles han sido las necesidades o problemas que han identificado? 4. ¿Han planteado alternativas de solución para esas necesidades o problemas? 5. ¿Cómo han orientado la puesta en marcha de esas soluciones? 6. ¿Emplea la organización alguna estrategia para garantizar que su asistencia llegue a aquellos con mayor necesidad? ¿Cuál? 7. ¿Ha realizado la organización un diagnóstico de la situación? 8. ¿Es posible acceder a esa información? 9. Si éste fuera el caso, ¿qué herramientas y métodos se utilizaron? 10. ¿Cual es el análisis de la organización sobre las causas fundamentales de la no satisfacción de las necesidades? 11. De todas esas causas fundamentales identificadas, ¿cuáles son las principales que la organización está abordando? 12. ¿Cómo han planeado desarrollar esas acciones? 13. ¿Qué herramientas y métodos utiliza la organización para el seguimiento y la evaluación de las acciones emprendidas? 14. ¿Cuál ha sido el impacto de los proyectos ejecutados? 15. ¿Cuál es el sistema de evaluación utilizado para medir la incidencia del proyecto? 16. ¿Cuáles son los obstáculos que se han presentado tanto en el diseño, como en la puesta en marcha de los proyectos?

Componente 3

Fase final Incluye una pregunta abierta similar a: ¿Hay algo sobre lo que hemos estado hablando que querrían comentar o que no hayamos abordado, que les perece de vital importancia, tener en cuenta? Registro de la información Para garantizar el registro de la información se procedió a solicitar permiso para grabar y desgrabar la conversación. Fuente: Elaboración propia.

diferentes actores. La participación de los actores clave será un proceso constante de trabajo que implica la interacción permanente y el diálogo entre todas las partes. Sin embargo, debemos ser conscientes de que no en todas las realidades esto es posible. De esta forma, existen ciertos límites a la participación: · Contextos de conflicto, en los cuales difícilmente todos los actores implicados están dispuestos a aceptar como interlocutor a una ONG o a cualquier otra institución de la cooperación internacional, y entrar en un proceso de análisis de la realidad o de diseño de una intervención conjunta. · Contextos donde grupos armados son responsables de la vulneración de los derechos humanos de la población como estrategia de control. · Contextos de dictaduras en los cuales la población se encuentra fuertemente reprimida y donde no exista sociedad civil organizada. · Contextos donde las comunidades se encuentren muy separadas entre ellas, tengan difícil acceso y con grandes déficit de comunicación. Será complicado un amplio proceso participativo.

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EJEMPLO DE CUESTIONARIO Nombre Mandato Objetivo Visión Valores Objetivos específicos por área de trabajo Origen Distribución de la financiación Monto de la financiación Mecanismos de identificación de necesidades Qué necesidades se han identificado para la ejecución de proyectos Cobertura

• Territorio. • Población. • Proyectos desarrollados. • Proyectos relacionados con niños desplazados. • Duración de los proyectos. • Resultados obtenidos con los proyectos (¿qué han conseguido cuantitativamente?)

Impacto (cualitativo) o repercusiones

• Población. • Educación. • Salud. • Medio ambiente. • Sostenibilidad.

Capacitación de personal local

SI NO

Infraestructura Sinergias establecidas

• Con otras organizaciones. • Con instituciones del Estado.

Obstáculos y fortalezas Fuente: Elaboración propia.

· Recursos económicos de los actores de la cooperación internacional. En muchos casos no todas las organizaciones cuentan con los recursos económicos y humanos necesarios para hacer procesos participativos de análisis de la realidad y para el diseño de las intervenciones. Es importante señalar que para poder superar estos límites deben utilizarse mecanismos de coordinación entre los distintos agentes de la cooperación para el desarrollo, de forma que se promueva el intercambio de información y el apoyo entre ellas y de esta forma superar los límites señalados.

2.2. Pasos para el diseño de una intervención con EBDH. Paso 1. Identificación del problema - derechos. El primer paso para el diseño de una intervención con EBDH será la identificación del problema y de los derechos vulnerados relacionados con dicha situación.

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IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

DESNUTRICIÓN INFANTIL VULNERACIÓN DEL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN, SALUD, EDUCACIÓN, VIVIENDA...

Fuente: Elaboración propia.

En general, cuando preguntamos a las personas por su situación actual, no recibiremos una contestación relacionada con la vulneración de sus derechos, sino con los problemas y las necesidades que tienen. Por ejemplo, si preguntamos a las madres que viven en las zonas marginales de grandes ciudades como Bogotá o México DF por la situación de sus hijos, nos relatarán una serie de problemas y necesidades que tienen, como enfermedades, falta de alimento, no pueden asistir a la escuela. No encontraremos que muchas de personas nos contesten que el derecho a la salud, a la alimentación, a la educación... de sus hijos se encuentra vulnerado. En este sentido, lo primero que identificaremos serán los problemas de las personas, la desnutrición, el hambre, las enfermedades de los niños, la falta de educación. En nuestro caso, al incorporar del EBDH vamos más allá del problema. Esto supone relacionar los problemas con los derechos humanos. Así, una vez identificamos el problema buscamos aquellos derechos que se encuentran relacionados. Por ejemplo, la desnutrición infantil con el derecho a la alimentación, la falta de escuelas con el derecho a la educación. Sin embargo, aunque identifiquemos un derecho principal que se encuentra vulnerado, esto no implica que sólo debamos tener en cuenta este derecho, sino que siempre debemos tener presente los principios de interdependencia e indivisibilidad de los derechos humanos. De esta forma, aunque nuestro análisis se centre principalmente en un sólo derecho, según profundicemos en la situación inicial, iremos viendo la relación con otros derechos. Por ejemplo, cuando nos hablan de desnutrición infantil lo relacionamos con el derecho a la alimentación. Al profundizar en nuestro análisis y llegar a las causas, nos podemos encontrar que una de ellas sea la vulneración del derecho a la salud. De esta forma, si bien focalizaremos nuestro análisis en un derecho, no debemos centrarnos solo en él, sino mantener una mirada global que nos permita tener en cuenta la indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos.

Paso 2. Análisis de los derechos humanos según estándares internacionales. Una vez relacionado el problema con el derecho, comenzaremos con el análisissegún los estándares internacionales. Así, al comenzar el análisis del derecho humano, consideramos necesario conceptualizarlo primero según los estándares internacionales, para conocer el contenido del derecho humano en el marco internacional.

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El marco conceptual a partir del análisis de los derechos humanos con los que se va a trabajar es fundamental para tener los referentes adecuados con los que poder construir una intervención con EBDH. El que los distintos actores de la cooperación (tanto donantes como ejecutores) cuenten con estos marcos internacionales de referencia, les dota de unas herramientas que les aportan elementos claves en los que fundamentar sus proyectos, para legitimarlos y adecuarlos, y poder trabajar con los distintos actores: titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades. Como punto de partida debemos tener en cuenta que, los derechos humanos son normas, principios y valores universales propios de la dignidad de la persona y se refieren a la vida, libertad, igualdad, seguridad, participación política, bienestar social y cualquier otro aspecto ligado al desarrollo integral de la persona. Los derechos humanos son inherentes, universales, interdependientes, inalienables e indivisibles y se basan en principios de igualdad y no discriminación. Los derechos humanos fundamentales están reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, y desde ese momento se han ido desarrollando los mecanismos de garantía y protección, fundamentándolos en declaraciones y pactos internacionales, así como desarrollando su realización y exigibilidad. Teniendo en cuenta que el EBDH se basa en los estándares internacionales de derechos humanos, todas las intervenciones de cooperación para el desarrollo deben fundamentarse en el marco conceptual internacional que desarrolla y da contenido a estos derechos humanos. Para la elaboración del marco conceptual, lo primero que debemos conocer es el marco normativo internacional que incorpora los principales referentes internacionales que van a guiar nuestra intervenciones. Estos referentes serán los tratados, convenios, declaraciones y pactos internacionales firmados y ratificados por los Estados, que desarrollan el marco jurídico y conceptual de los derechos humanos. Este marco normativo ha ido evolucionando, de forma que ha mejorado el sistema internacional de garantías y protección, a través del reconocimiento y la creación de instrumentos jurídicos de derecho. Los instrumentos internacionales que revisamos como punto de partida son: · La Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948). · El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (1966). · El Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) (1966). En estos tres instrumentos aparecen reconocidos los derechos humanos que posteriormente irán teniendo su propio desarrollo normativo y que debemos tener en cuenta en nuestro análisis. Según el derecho humano con el que trabajemos, habrá unas instituciones internacionales de referencia que serán las que han venido desarrollando todo el marco jurídico y conceptual específico de cada derecho. Así mismo, desde el ámbito de NNUU, y los distintos pactos de derechos humanos, encontraremos el desarrollo jurídico y normativo del derecho humano (pactos, convenios y normas internacionales). Estos documentos serán la base para la elaboración del marco conceptual internacional, que se enmarca en los siguientes principios de los derechos humanos: Universales: los derechos humanos se reconocen a todos los seres humanos por el hecho de

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ser seres humanos. A nadie se le puede negar la calidad de sujeto titular de un derecho humano por su pertenencia a una determinada nacionalidad, religión, profesión, ideología política, grupo cultural, étnico o clase social. En este sentido la Declaración Universal de los Derechos Humanos en su art.1º determina: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y dotados como están de razón y conciencia deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. La Declaración adoptada en Viena el 25 de junio de 1993 por la Conferencia Mundial de los Derechos Humanos proclama el carácter universal de los derechos humanos y de las libertades fundamentales. Agrega que todos los derechos humanos son “universales, indivisibles e interdependientes entre sí” y “que los Estados tienen el deber, sean cuales sean sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales (párrafo 3). Innatos: son inherentes a todo ser humano desde el comienzo de su vida. Consecuentemente son superiores al poder del Estado, cualquiera que fuese su organización política. Irrenunciables: ningún ser humano puede válidamente renunciar a ellos, ni permitir que un Estado, comunidad o sociedad no los respete. Inalienables: pertenecen a la esencia de la persona, a la humanidad de la persona por lo cual no puede apartarse de ellos; por lo tanto es imposible su enajenación, transferencia o transmisión. Imprescriptibles: no se pierden por el transcurso del tiempo o por no ejercerlos. Indivisibles: los derechos humanos dependen unos de otros. Es decir, no se puede suprimir uno sin que se ponga en peligro la validez de los demás. Todos los derechos humanos se complementan y son interdependientes. A partir de la legislación internacional identificada, analizaremos el contenido del derecho, con el fin de conocer su significado, que será nuestro referente fundamental para el trabajo. Si no conocemos su contenido no podremos realizar un análisis de la realidad adecuado que tenga en cuenta todas las variables que afectan a la vulneración del derecho humano. Con el análisis del desarrollo jurídico y normativo del derecho humano internacional, se establecerá un marco conceptual que constituirá los “mínimos comunes” a partir de los estándares internacionales, que serán la base de referencia para los siguientes pasos del análisis y que nos dará el “contenido esencial” y el “contenido mínimo esencial”. El “contenido esencial” del derecho debe incluir las características “universales” a todos los derechos humanos (universalidad, interdependencia, inalienabilidad, igualdad y no discriminación), así como las “específicas” a cada uno de ellos. El “contenido mínimo esencial” de un derecho es la base mínima intangible de cada derecho, que todas las personas en todos los contextos deben tener garantizado. Indica un tope mínimo debajo del cuál no debe actuar ningún gobierno, aún en condiciones desfavorables.5 Para esto debemos tener en cuenta que los derechos humanos tienen varias dimensiones o categorías que nos permitirán tener una visión completa de su contenido. 5 Declaración de Quito, 1998”los derechos económicos, sociales y culturales fijan los límites mínimos que debe cubrir el Estado en materia económica y social para garantizar el funcionamiento de sociedades justas y para legitimar su existencia”.

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CATEGORÍA

PARÁMETROS

Disponibilidad

Número de establecimientos, recursos, insumos, programas, proyectos, bienes o servicios dispuestos para el cumplimiento del derecho.

Accesibilidad

La no – discriminación en la prestación de los servicios y en el sentido físico, de alcance geográfico, cultural, económico o religioso a los servicios.

Aceptabilidad

Si los servicios responden a los valores de los usuarios -se estudia a través de la satisfacción que manifiestan con el servicio y son de su confianza.

Calidad

No sólo calidad técnica valorada por la oportunidad, la integridad y la efectividad de las acciones sino la calidad humana, en tanto satisface las expectativas de quien presta y de quien recibe el servicio.

Sostenibilidad

Permite la continuidad en el tiempo al monitorear la compatibilidad de la estructura y el funcionamiento propuesto en una iniciativa con los valores culturales y éticos del grupo involucrado y de la sociedad, lo que la hace aceptable por esas comunidades, actores u organizaciones.

Participación

Intervención de particulares en actividades públicas en tanto portadores de intereses sociales.

Fuente: Elaboración propia.

Las seis categorías del derecho están interrelacionadas entre sí, no pueden trabajarse de manera individual, ya que el incumplimiento de alguna afecta al cumplimiento del resto de las categorías. Son interdependientes, se apoyan y se necesitan para hacer efectivo el cumplimiento del derecho humano.

DISPONIBILIDAD SOSTENIBILIDAD

ACCESO DERECHO A LA EDUCACIÓN ACEPTABILIDAD

PARTICIPACIÓN CALIDAD Fuente: Elaboración propia.

Paso 3. Identificación y asignación de roles de los actores según los estándares internacionales. En este tercer paso, identificaremos y asignaremos los roles de los actores según los estándares internacionales, quién es titular del derecho, titular de las obligaciones ROLES y titular de la responsabilidad. DERECHOS Una de las características del EBDH es la identificación y asignación de roles a los distintos

ASIGNADOS OBLIGACIONES DERECHOS TITULARIDAD RESPONSABILIDADES HUMANOS Fuente: Elaboración propia.

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agentes del proceso de desarrollo, basándose en el concepto de derechos humanos. De esta forma nos encontraremos distintos tipos de actores a los que asignaremos los siguientes roles: titulares de derechos, titulares de obligaciones y titulares de responsabilidades. La identificación y análisis de los diferentes actores es un proceso que requiere esfuerzo y tiempo de trabajo. Con miras a facilitar el análisis, en un primer momento es imprescindible la identificación de todos aquellos que de manera directa o indirecta tienen relación con el derecho seleccionado y la población priorizada. Posteriormente, estableceremos criterios para seleccionar a nuestro grupo objetivo. En este sentido siempre hay que tomar en consideración aquellos actores que tienen especial influencia en el cumplimiento de los derechos humanos y la población con la que estamos trabajando, sin dejar de lado la incidencia indirecta que algunos actores tienen para el cumplimiento de las obligaciones. Dentro de los pactos y convenios de derechos humanos se identifican y se asignan los roles que debe cumplir cada uno de los actores con relación al derecho que se esta trabajando. Los derechos humanos definen tres roles: Los titulares de derechos: el ser humano pasa de ser un sujeto de necesidades que deben ser cubiertas a ser sujeto de derechos con capacidades para ejercerlas. Es sujeto activo del desarrollo, protagonista de los cambios y transformaciones de su comunidad. Los titulares de obligaciones: desde el propio concepto de los derechos humanos, no existen derechos sino hay alguien que tiene obligación sobre ellos. El Estado, principalmente, pasa a ser el sujeto con obligaciones jurídicas y morales con relación al cumplimiento y desarrollo efectivo de los derechos humanos. Los titulares de responsabilidades: el ser humano, al igual que tiene derechos, tiene responsabilidades relacionadas con el cumplimiento y desarrollo de los derechos humanos por el hecho de formar parte de una sociedad. Los individuos, organizaciones, autoridades locales, sector propio, medios de información, donantes asociados en actividades de desarrollo, instituciones internacionales se identifican como titulares de responsabilidades, adjudicándoles su papel.

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Fuente: manual de trabajo con EBDH – Niñez: Save The Chindren – Perú.

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Titulares de derechos. El EBDH reconoce que los seres humanos son titulares de derechos y determina la relación entre los individuos y grupos con reclamos válidos (titulares de derechos) y los actores estatales y no estatales con obligaciones correlativas (titulares de obligaciones y de responsabilidades). Por el contrario, desde el enfoque de necesidades, los seres humanos son sujetos de necesidades pero no existen mecanismos obligados a satisfacerlas. La Declaración Universal de los Derechos Humanos pone como centro fundamental de los derechos humanos al ser humano, a los individuos . Por otro lado, el artículo 2 expresa y representa la universalidad, siendo uno de los principios fundamentales en los que se apoya la defensa y protección de los derechos humanos. En este sentido, entendemos la universalidad como la no discriminación de ningún ser humano, lo que implica la lucha por la igualdad de todos ellos. Así, podemos afirmar que la Declaración identifica a los seres humanos como sujetos de derechos. Sin embargo, dependiendo del contexto histórico, el concepto de ser humano ha ido cambiando con el tiempo. Como señala Javier de Lucas, “En buena medida, la historia de los derechos humanos ha sido la historia de la lucha por alcanzar ese reconocimiento, por extender la noción de seres humanos más allá del cliché inicial”.6 En el artículo 2 de la Declaración se establecen unos parámetros que definen al ser humano, considerando que éste no puede ser discriminado por raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o por cualquier otra condición. Estos elementos han sido la base de numerosos movimientos sociales por el reconocimiento de sus derechos de los cuales estaban excluidos por no ser considerados “seres humanos”. Por ejemplo, durante mucho tiempo sólo los varones eran considerados sujetos de derecho quedando excluidas las mujeres. También se han producido grandes discriminaciones por diferencias en el color de la piel, las creencias y prácticas religiosas o la clase social a la que se pertenecía. Así, siempre han existido grupos socialmente excluidos que no tienen posibilidad de ejercer sus derechos al quedar fuera de los circuitos considerados “normales” para su ejercicio. La exclusión social es un proceso multidimensional que afecta especialmente a los llamados “grupos vulnerables”. Entendemos por grupos vulnerables aquella población que por distintas circunstancias políticas, sociales o económicas, se encuentran en una situación de mayor riesgo o indefensión para ejercer sus derechos y libertades. La vulnerabilidad genera un debilitamiento del conjunto de garantías y libertades fundamentales de las personas, grupos y comunidades en esta situación, que hace que los derechos estén únicamente a nivel formal, ya que en los hechos no se dan las condiciones necesarias para su ejercicio. Algunos de los factores que influyen en la vulnerabilidad están relacionados con la no aplicación del principio de universalidad de todos los seres humanos: falta de igualdad de oportunidades, desnutrición, enfermedades, incapacidad para satisfacer sus necesidades básicas, marginación, etc. Tradicionalmente, entre estos grupos se encuentran las mujeres, los niños y niñas, los jóvenes, los adultos mayores, poblaciones indígenas, población rural, discapacitados, etc. Así, “esta circunstancia vulnera los derechos de los miembros más débiles de la sociedad y los 6 Javier de Lucas. “Comentarios al artículo 2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos” (página 114) en “La Declaración Universal de los Derechos Humanos. Comentario artículo por artículo” publicado por la Asociación para las Naciones Unidas en España, Editorial Icaria – Atrazyt (1998).

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margina, razón por la cual el Estado tiene la responsabilidad de proteger a estas personas, quienes frecuentemente desconocen cuáles son sus derechos, ignoran los medios para hacerlos valer y carecen de los recursos necesarios para acudir ante los sistemas de justicia”.7 Tanto los derechos humanos como el desarrollo tienen como centro principal la realización de la dignidad y el valor inherente a cada ser humano. Desde el EBDH se prioriza el trabajo con los grupos más empobrecidos y marginados, que se encuentran en un alto grado de vulnerabilidad que les hace no poder ejercer sus derechos. Muchos de estos grupos, además de no encontrarse en condición de ejercer sus derechos desconocen su existencia. Por otro lado, las normas y pactos internacionales de defensa y protección de los derechos humanos, reconoce como titulares de derechos a determinados colectivos, de forma que los individuos, por tener unas características específicas forman parte de una colectividad y son sujetos de unos derechos colectivos específicos. Así, los derechos colectivos se aplican a grupos de personas específicos dentro de la sociedad, no a la sociedad en su conjunto, por lo cual llevan intrínsecamente el valor de la co-responsabilidad. La justificación de estos derechos se vincula al favorecimiento de la dignidad de la persona, de forma que sólo serán sujetos colectivos de derechos aquellos que representen intereses y voluntades de los individuos que los forman. La idea básica para poder hablar de un derecho colectivo y de un sujeto colectivo titular de un derecho colectivo es que sea un instrumento para que el individuo alcance sus fines vinculados a las exigencias de la dignidad. Diversos autores defienden la idea de que los derechos colectivos incluyen derechos humanos individuales en cuanto que los grupos humanos que son sus titulares están formados por individuos y en cuanto crean condiciones para el ejercicio de derechos individuales. Los derechos colectivos son indivisibles, son derechos del grupo o de una comunidad de individuos, y de todos y cada uno de sus miembros individuales, pero nunca de uno solo o algunos de ellos, con abstracción del grupo. Para el pensamiento liberal, los derechos colectivos equivalen a la suma de los derechos individuales del grupo. Para los comunitaristas, el grupo tiene valores colectivos, que se constituyen en bienes jurídicos que tienen que ser protegidos. Cuando hablamos del EBDH, estamos hablando de un enfoque que integra un marco conceptual y metodológico basado normativamente en estándares internacionales de derechos humanos y operativamente dirigido a promover, proteger y hacer efectivos los derechos humanos. Dentro de este marco normativo, debemos tener en cuenta todos los derechos que conforman los derechos humanos, tanto los civiles y políticos, como los económicos, sociales y culturales y los derechos de tercera generación, a los que se integran los derechos colectivos. Así, los sujetos colectivos son titulares de los llamados derechos de tercera generación. Los derechos humanos que se enmarcan dentro de los derechos de tercera generación son los que protegen intereses como el medio ambiente, los consumidores, el derecho de la paz, los derechos del grupo o derechos colectivos, donde se sitúan los derechos de identidad. También, a los derechos de tercera generación se les ha denominado derechos de la solidaridad: el derecho al desarrollo, el derecho a la paz, el derecho a un medio ambiente sano, el derecho a la información y el derecho a la libre determinación. 7 Centro de Estudios Sociales y de Opinión Pública www.diputados.gob.mx/cesop/

Grupos Vulnerables [Actualización: 20 de abril de 2006] en

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Un caso específico de sujeto colectivo de derecho son los pueblos indígenas. Cuando hablamos de derechos colectivos debemos tener en cuenta el derecho de los pueblos dentro de las naciones Estado. Este derecho debe permitir entre otros asuntos, generar condiciones de paridad, reconociendo las diferencias que hasta ese momento se han producido dentro de esa minoría. De esta forma se puede reclamar, afirmar, hacer reconocer y respetar el derecho a la diferencia que tienen los pueblos indígenas, para poder mantener y desarrollar sus culturas y formas de vida específicas en todos los aspectos (idioma, instituciones económicas, prácticas sociales, políticas, jurídicas, religiosas, etc).

Titulares de obligaciones. Los derechos humanos son compromisos ineludibles del Estado, en cuanto que existen instrumentos y mecanismos que los consagran y que sirven para regular el papel del Estado como representante del pueblo y administrador de los bienes de la comunidad. En los tratados internacionales se otorgan los derechos humanos a los individuos y las obligaciones a los Estados, existiendo una asimetría en relación con sus respectivos agentes. Se consideran como actores titulares de obligaciones gubernamentales todas las instituciones, entidades y organizaciones que hacen parte de la estructura del Estado. En cuanto al Estado como titular de obligaciones, de forma general y según los estándares internacionales, tiene tres obligaciones relacionadas con los derechos humanos: · Garantizar, es decir, facilitar oportunidades por medio de medidas positivas, que permitan al individuo el disfrute del derecho, y de proveer directamente los servicios necesarios para satisfacer las necesidades de las personas. Debe prestar especial atención a los titulares de derechos que carecen de los recursos necesarios para el disfrute de sus derechos en razón a un entorno económico o de orden público desfavorable (el titular de derechos no está en condiciones de lograr disfrutarlos). · Respetar estos derechos evitando la adopción de medidas que impidan, obstaculicen o restrinjan su pleno disfrute. · Proteger estos derechos estableciendo los mecanismos y los medios necesarios para impedir que terceros injieran, obstaculicen o impidan el pleno disfrute del derecho. Dichos actores se pueden organizar de la siguiente manera: En virtud de las obligaciones (garantizar, proteger y respetar los derechos humanos) que a los actores se les haya asignado de acuerdo con el ordenamiento político de cada país y de acuerdo con la normatividad jurídica que lo sustente. Un ejemplo, en el caso de Colombia, es la Defensoría del Pueblo. Institución que se crea con el fin de velar por la garantía de los derechos humanos, mientras que la Corte Constitucional tiene como función proteger los derechos humanos. De acuerdo con el nivel político administrativo en el cual actúe. Cada país tiene un tipo de ordenamiento territorial en el que se enmarcan las acciones del Estado y la actuación específica de las instituciones. En el caso de Colombia existe un nivel central (nacional), departamental y municipal y de acuerdo con este tipo de ordenamiento se erige la estructura institucional del sistema estatal de garantías y protección de los derechos humanos. Siguiendo el mismo ejemplo, la Defensoría del Pueblo como tal, es una entidad de carácter nacional que a nivel departamental se encuentra representada por las Defensorías Regionales y a nivel municipal por las defensorías comunitarias. En relación al tipo de población a la cual van dirigidas sus actuaciones. Podemos encontrar instituciones como la Defensoría que tienen una cobertura para todos los ciudadanos, pero otras como el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, cuya función específica es la de proteger a la familia y a la niñez.

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En relación a un sistema específico que se crea o configura con miras a la atención de colectivos particulares y que articula una serie de actores, quienes conservan sus funciones y/o asumen otras. Dicho sistema nos puede servir como referente para una clasificación de los actores. Por ejemplo, en el tema de población desplazada por la violencia en Colombia, existe un sistema específico que es el Sistema Nacional de Atención Integral a la Población desplazada por la violencia, en el cual se articulan una serie de instituciones que desde sus funciones específicas propenden por la garantía de los derechos de dicha población.

Titulares de Responsabilidades. Sin embargo, no solo los Estados tienen obligaciones. Como señala David Beethan, “los Estados no pueden dar cumplimiento a normas no compartidas por sus respectivas sociedades. Es necesario que los ciudadanos y ciudadanas reconozcan la responsabilidad de respetar a la persona, la propiedad o la libertad de los demás si no, por mucha fuerza que ejerza el Estado, no conseguirá salvaguardar los derechos humanos. De este modo, el fundamento de los derechos humanos ha de buscarse en la base normativa de las obligaciones que la gente acepta para con los demás”.8 A diferencia de las obligaciones que solo se dirigen al Estado, la responsabilidad tiene un carácter más moral y ético relacionado con la concepción de ciudadanía y de derecho y todos estos agentes (titulares de responsabilidad) son responsables de conseguir la plena realización de los derechos humanos. Los titulares de responsabilidades son las familias, la comunidad, las organizaciones sociales, las iglesias, las empresas, tanto nacionales como internacionales, y las distintas instituciones formadas por los ciudadanos, que juegan un papel en la sociedad. Este aporte del EBDH implica, que a la hora de realizar la identificación de los actores, los titulares de responsabilidades deben ser incorporados en este rol, ya que tanto sus actuaciones o dejación de sus responsabilidades tiene implicaciones en el ejercicio de los derechos humanos, sobre todo frente a las poblaciones más vulnerables. Los titulares de responsabilidades tienen un papel trasversal dentro de la sociedad al encontrarse dentro de todos los ámbitos, tanto económicos, políticos, culturales y medioambientales, y han venido participando de ellos con una responsabilidad limitada o recortada. A continuación pasamos a señalar algunos ejemplos de titulares de responsabilidades: Organismos internacionales interestatales Son organismos formados por Estados con estructura y organización propia, que persiguen los objetivos concretos para los que se hayan creado. Para su actividad cuentan con trabajadores propios que pertenecen a los distintos Estados miembros y colaboran, apoyan y cooperan a través del desarrollo de programas, planes y proyectos. Por ejemplo, dentro de este grupo se encuentran los distintos organismos, instituciones y programas del Sistema de Naciones Unidas, como el Fondo Monetario Internacional (FMI), el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la Organización Mundial del Trabajo (OIT), entre otros. Empresas transnacionales Desarrollan su actividad dentro de una sociedad pero no se consideran parte de la misma, aunque de su actividades se pueden derivar ciertas consecuencias de carácter negativo para la sociedad, sin que hasta este momento se haya considerado por parte de los otros titulares su responsabilidad y su papel. 8 David Beetham. Artículo “universalidad y diversidad cultural en los derechos humanos” del libro “Derechos Humanos y Diversidad Cultural”, José Vidal – Beneyto. Edit. Icaria, (2006) (página 94 - 96).

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Actores de cooperación para el desarrollo En este grupo identificaremos a todos aquellos actores que forman parte de la cooperación para el desarrollo y que no pertenecen al país sobre el que vamos a desarrollar nuestra actuación, sino que trabajan con actores nacionales de su misma o distinta naturaleza. Organismos gubernamentales de Cooperación Representan y ejecutan la cooperación internacional para el desarrollo de los distintos Estados a través de la ayuda técnica y financiera a otros estados, a organizaciones de la sociedad civil o a través del trabajo directo con las comunidades. Aunque no todos tienen la misma naturaleza, en su mayoría, ejecutan los planes de la cooperación de sus países de origen. Entre ellas podemos distinguir la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID), la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), la Agencia Sueca para el Desarrollo Internacional (ASDI), la Deutsche Gesellschaft für Technische Zusammenarbeit (GTZ), entre otras. Sociedad civil organizada Corresponde a toda colectividad u organización de la sociedad civil de carácter privado, sin ánimo de lucro, que colabora directamente con los actores gubernamentales titulares de obligaciones para garantizar los derechos y/o trabajan directamente con la población que tiene vulnerado o que no puede ejercer plenamente su derecho. Existe una amplia gama de actores en este grupo, como las ONG, las Iglesias, las organizaciones de base, sindicatos, asociaciones, universidades, entre otros. Dentro de este grupo, podemos distinguir organizaciones internacionales, que tienen su sede en otros países y las de carácter nacional. Familia Este actor tiene un papel fundamental de responsabilidad frente a los titulares de derechos que no tienen la capacidad para reivindicar sus derechos frente al resto de titulares, como puede ser el caso de los niños, sujetos de derechos.

Análisis de las relaciones entre titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades. Cada uno de los roles que asignamos a los actores identificados en los derechos humanos que hemos analizado, en su marco normativo internacional, tienen un papel determinado y al mismo tiempo se relacionan con el resto de roles, en función de esa asignación. Es importante en este análisis de relación entre los distintos actores y sus roles, no perder de vista que el cumplimiento o incumplimiento del rol asignado, repercute positiva o negativamente en el resto de actores. No es posible el desempeño de sus respectivos roles, independientemente unos de otros, lo que hace que sea imprescindible conocer sus relaciones con relación al papel que desempeña cada uno. La asignación de roles no significa que el papel de cada uno de los actores se ajuste exclusivamente a un rol, ya que debemos tener en cuenta que algunos de los titulares de responsabilidades pueden ser titulares de derechos y viceversa. El caso de los padres con relación a los hijos, es uno de los ejemplos más empleados para entender esta afirmación. Los padres son titulares de responsabilidades con relación a los hijos. Tienen la responsabilidad de exigir y hacer cumplir el pleno ejercicio de los derechos humanos para sus hijos. Pero al mismo tiempo, ellos mismos son también titulares de derechos y es necesario que se hagan efectivos sus derechos humanos para que ellos puedan cumplir con sus responsabilidades. Si un padre no tiene acceso a trabajo, no dispone de los alimentos, ni de los recursos necesarios para cumplir con sus responsabilidades, difícilmente podrá hacer efectivo los derechos de sus hijos.

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Así podríamos ver las relaciones entre los distintos titulares, como se relacionan e interactúan, como puede ser el caso de la comunidad con relación a los niños. Son titulares de responsabilidades, con relación a contribuir en el pleno ejercicio de los derechos humanos de los niños, pero tienen que tener al mismo tiempo reconocidos una serie de derechos como actor titular de derechos para poder reclamar el poder ejercer los derechos humanos que como actor comunitario le corresponden. TO-TR TD

NIÑOS

PADRES

ESCUELA

Padres

Actitud positiva. No discriminación de las niñas. Ayudar a los niños en los trabajos. Permitir tiempo para el estudio.

Docentes

Estar presentes. Dar una educación de calidad. Establecer un entorno amigable para los niños en la escuela.

Establecer asociaciones de padres y docentes Motivar a los padres a llevar a los niños a la escuela.

Comunidad

No permitir el trabajo infantil. Reconocer el derecho a la educación de los niños.

Motivar la Ayudar a la escolarización. construcción de Explicar a los clases y escuelas. padres por qué Respetar el deben ir importante rol las niñas a la de los docentes escuela. en la escuela. Distribuir libros de texto. Supervisar a los docentes.

Distrito

Gobierno Nacional

COMUNIDAD

DISTRITO

Pagar las tasa de Ayudar a la matrículas. construcción Participar en las comunitaria de actividades las escuelas. convocadas por las Asociaciones de Docentes. Participar en las decisiones comunitarias.

GOBIERNO NACIONAL Traer niños a la escuela.

Asistir a los cursos de formación.

Seguir el currículum establecido. Preparar presupuestos adecuados.

Organizar, asistir y promover campañas educativas.

Asegurar que todos los niños de todas las edades tienen acceso a la escuela.

Asistir a cursos de reciclaje de docentes. Legislar la educación básica obligatoria y gratuita.

Legislar Preparar la exención los currículum. del pago Asegurar de matrículas un salario para las adecuado a familias pobres. los docentes.

Asignar fondos adecuados para la educación. Formar a los docentes Proveer libros de texto.

Fuente: Cuadro tomado del Manual: Human Rights Approach to Development Programming. Urban Jonsson (2003).

Paso 4. Análisis de los contextos: Nacional, Regional, Local. El contexto es el análisis de un conjunto de procesos o fenómenos, en la que se sitúan los derechos humanos y los distintos actores, que influye y/o condiciona su desarrollo, en un espacio geográfico y en un momento determinado. El contexto analiza procesos pasados y presentes, tanto sociales, económicos, políticos y culturales y facilita su comprensión e interrelación dentro de un espacio determinado.

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El análisis del contexto nos permite identificar los grupos y las áreas más vulnerables y su interrelación con los distintos procesos así como su influencia en la dinámica general de la vulneración de los derechos humanos.

FENÓMENOS

F H A E C T C CONTEXTO O H El contexto debe situarnos en la realidad en la que R O vamos a desarrollar la intervención de cooperación E S para el desarrollo y por tanto, debe responder a un S ACONTECIMIENTOS marco de referencia contextualizado. Fuente: Elaboración propia.

¿Qué nos permite conocer el contexto? · Las condiciones en las que se encuentra la población para el ejercicio de sus derechos humanos. La persona como individuo y como parte de la sociedad, se encuentra influenciada y condicionada por un conjunto de hechos de distinta naturaleza y por unas estructuras, normas e instituciones que determinan las relaciones entre el individuo y el Estado, el individuo y la colectividad, y la colectividad y el Estado. En este entorno, el individuo tendrá que ejercer sus derechos y obligaciones. Habrá ocasiones en las cuales el contexto determine al individuo las posibilidades del ejercicio pleno de sus derechos. Por ejemplo, en un país en el cual se da un proceso de descentralización del poder, éste puede ser tomado como un fenómeno político que generará nuevas estructuras, reglas e instituciones, que determinarán y condicionarán nuevas relaciones entre el Estado, la sociedad y el individuo. El desarrollo de este fenómeno de una forma u otra, determinará las posibilidades del pleno ejercicio de los derechos del ciudadano y del pleno ejercicio de las obligaciones de los titulares de obligaciones. Procesos de descentralización del poder que no van acompañados de recursos económicos y humanos, repercuten negativamente en el pleno ejercicio del derecho de los ciudadanos por la falta de capacitación y recursos de las instituciones que deben respetar, proteger, garantizar y promover sus derechos. · Las condiciones en las cuales los actores titulares de las obligaciones de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, tienen que cumplir con dichas obligaciones. Las instituciones del Estado son el principal actor titular de estas obligaciones, y como tales se encuentran condicionadas por un conjunto de hechos que han determinado tanto su origen como su evolución. Así, por ejemplo, fenómenos relacionados con las instituciones del Estado, como la corrupción y el clientelismo, determinarán la eficacia y buen funcionamiento de dichas instituciones. Siguiendo con el ejemplo anterior, el fenómeno de la descentralización lleva a que instituciones del ámbito local deban asumir nuevas responsabilidades frente a los ciudadanos, sin la capacitación y los recursos suficientes. A esto se puede unir fenómenos como la corrupción y el clientelismo, que aumentan la vulneración de los derechos humanos, debido a que el titular de la obligación no tiene las condiciones necesarias para ejercer su obligación. En estos casos el ciudadano ve vulnerados sus derechos humanos desde dos frentes, por una parte el gobierno central que realiza procesos de descentralización ineficaces y por otra parte el gobierno local que no puede asumir nuevas responsabilidades frente a los titulares de derechos. · Las condiciones en las cuales los actores titulares de responsabilidades tienen que cumplir con sus responsabilidades. Si tomamos como a la familia como ejemplo de actor con responsabilidades frente a los derechos de los niños y niñas, debemos analizar todos los fenómenos que condicionan que puedan cumplir con dichas responsabilidades. Por ejemplo, si estamos analizando el grado de cumplimiento de las obligaciones de las familias de desplazados en Colombia en relación con los derechos de los niños y niñas desplazados, tendremos que identificar todos los fenómenos que condicionan el pleno ejercicio de sus responsabilidades. De esta forma,

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fenómenos como la pobreza, la marginalidad o las políticas públicas de asistencia a los desplazados, condicionarán en gran medida que los padres y madres puedan cumplir con sus responsabilidades frente a los derechos de sus hijos. Elementos para el análisis de los contextos. En el análisis de los contextos identificaremos los procesos, fenómenos, hechos, acontecimientos o factores que influyen o van a influir en los distintos actores, titulares de derechos, titulares de obligaciones, titulares de responsabilidades y en los derechos humanos. En ocasiones podemos encontrar ciertas dificultades en clasificar estos fenómenos o procesos por su naturaleza, ya que dicha clasificación dependerá de nuestra propia mirada. Sin embargo, en este punto, no debemos perder de vista que lo importante para el análisis de la realidad es identificar y analizar los fenómenos relacionados con los derechos humanos observados desde la perspectiva de los múltiples actores e instancias participantes y no centrarnos en intentar una clasificación a priori determinista. En el contexto deben analizarse los procesos o fenómenos desde lo más lejano hasta lo más próximo (internacional, nacional, regional y local), para poder conocer e interpretar la realidad ya que, como hemos visto, cada uno de ellos tiene o podrá tener una influencia significativa dentro del ámbito de intervención que se defina. En la mayoría de las ocasiones, estos fenómenos se encuentran articulados a través de la diversidad de relaciones históricas, circulares, de dependencia, subordinación o de causa-efecto. Será preciso por tanto, establecer el tipo de relaciones que subyacen a las situaciones y fenómenos identificados en el ámbito local. A continuación pasamos a señalar algunos de los elementos que deben tenerse en cuenta a la hora de abordar el análisis de los contextos con EBDH. Recogeremos datos generales y los fenómenos demográficos, ambientales, políticos, económicos, culturales y sociales que han ocurrido en el ámbito local, regional y nacional. Situación geográfica: del país, la región o la localidad. Características ambientales y de los recursos naturales con los que cuenta. 9 Aspectos demográficos: número de habitantes; porcentajes de población por edades; porcentajes de población por sexo; porcentaje de población por nivel social; etnias existentes; distribución de la población en el país, la región o la ciudad; tasa de crecimiento; características culturales destacables, etc. Políticos: será relevante conocer el conjunto de prácticas, hechos, instituciones del gobierno y de la sociedad. A través de su análisis será posible comprender las relaciones entre el Estado, los individuos y la sociedad y examinar las capacidades que tienen los diversos actores e instancias para impulsar procesos de desarrollo. En este análisis será necesario identificar las características del sistema político y su funcionamiento, tanto a nivel nacional, como regional y local. Económicos: Nos dan información sobre el conjunto de actividades de la colectividad relativas a la producción, al consumo de riquezas, a la distribución de la renta entre las diversas clases sociales y especialmente, a las diferencias existentes entre los quintiles más ricos y más pobres de la sociedad. La renta, la inversión, el ahorro y el empleo serán factores determinantes que son necesarios indagar. Entre los datos e indicadores útiles para el análisis se encuentran los siguientes: 9 El perfil medio ambiental puede ser un condicionante de gran importancia que obstaculice o favorezca la aparición o desaparición de determinados fenómenos y procesos.

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· Producto Interno Bruto (PIB). · Principales ramas de actividad económica en el área y su participación en el PIB nacional. · Población económicamente activa (por rama de actividad). · Producto Interno Bruto per cápita. · Recaudaciones Fiscales. · Inversión Pública – Gasto social. · Inversión Pública per cápita. · Comercio Exterior (exportaciones, importaciones). · Infraestructura de transportes y comunicaciones. · Ejes y estrategias de desarrollo. Culturales: Nos permite identificar el sistema de prácticas y creencias que tiene como referente un colectivo. En este sentido será necesario indagar sobre: · Normas sociales legitimadas que prohíban o estimulen ciertos comportamientos y creencias. · Sentido y significado que las comunidades y colectivos dan a las relaciones entre ellos, con otros colectivos y con las instituciones. · Roles generacionales y por género legitimados socialmente. · Características identitarias que impliquen diferencias entre uno y otro colectivo. Sociales: Estos procesos o fenómenos son complejos, multicausales e inestables, estando sujetos a cambios. Vienen generados por las interacciones y la convivencia entre los individuos en un contexto geográfico común. Entre los datos fundamentales requeridos se pueden mencionar los siguientes: · Distribución de los asentamientos humanos y de las dinámicas socioeconómicas (incluir todas las subpoblaciones y sus interrelaciones). · Formas particulares de organización social, incluyendo las formas tradicionales. · Condiciones de salud y de acceso a servicios de salud. · Condiciones de educación y de acceso a servicios educativos. · Condiciones de vivienda y de acceso a vivienda digna. · Condiciones de medios de vida sostenible y acceso a los medios. En esta categoría se deben incluir las condiciones de bienestar social, pobreza y exclusión social. Desde EBDH, el concepto de bienestar se relaciona con la política social y como parte del desarrollo sostenido, la sensación de progreso y la satisfacción de necesidades "El bienestar social es considerado como un sistema global de acción social que responde al conjunto de aspiraciones sociales de los pueblos con relación a sus condiciones de vida y convivencia. Para ello se combinan necesidades sociales, recursos materiales, humanos, técnicos, institucionales y financieros aplicables en el transcurso histórico del desarrollo social" 10. Este concepto trasciende el plano de lo económico y debe dar cuenta de los hechos que juegan como elementos determinantes en la configuración de las condiciones de vida. Debe incluir: · Los grupos y personas en condiciones de exclusión social y de pobreza. · Los servicios públicos. · La situación de violencia y de seguridad humana. El análisis de estos elementos nos permitirá identificar en el contexto los procesos y/o fenómenos que están relacionados o que influyen en los grupos que se han demostrado vulnerables con relación al derecho o derechos vulnerados, en las distintas áreas geográficas analizadas y contaremos con parte de la información necesaria para el análisis posterior de capacidades y vulnerabilidades.

Paso 5. Institucionalización jurídica del derecho en el marco nacional. Los derechos humanos se encuentran desarrollados dentro del marco jurídico de los estados, a través de leyes, normas, decretos y políticas públicas. En cada una de ellas, encontramos los 10 ALEMÁN, C. y GARCÉS, J. (Coords.) (1996): Administración Social: Servicios de Bienestar Social, Siglo XXI, Madrid. 805 págs.

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elementos para conocer el marco nacional de referencia de los derechos humanos que debemos tener en cuenta a la hora de armar una intervención con EBDH.

NORMAS, DECRETOS, POLÍTICAS PÚBLICAS LEYES FUNDAMENTALES MARCO JURÍDICO

Fuente: Elaboración propia.

Teniendo en cuenta el marco conceptual internacional y el marco normativo nacional, debemos analizar si el Estado tiene debidamente institucionalizado los derechos humanos en la legislación nacional. Esto significa que se deben cumplir tres requisitos básicos.

INSTITUNALIZACIÓN JURÍDICA DERECHO MARCO DE EXIGIBILIDAD POLÍTICAS PÚBLICAS MARCO JURÍDICONACIONAL

Fuente: Elaboración propia.

Marco Jurídico Nacional. En primer lugar debemos analizar que el derecho se encuentre debidamente consagrado en la Ley Fundamental del país y en la legislación nacional, cumpliendo con los estándares internacionales. Analizando el marco normativo nacional podremos identificar: · Si el derecho o los derechos humanos que estemos analizando se encuentran recogidos en la Ley Fundamental como derecho propiamente dicho o forman parte de otro derecho. El análisis debe realizarse sobre aquellas normas, leyes y decretos que desarrollen y den contenido a los derechos humanos en el país. · Si además, existe una legislación propia que desarrolla el marco normativo específico del derecho en cuestión. · Si está recogido todo el contenido del derecho según el estándar internacional. · Si el Estado en cuestión tiene firmados y ratificados los tratados y normas internacionales y si tienen alguna reserva realizada en su aplicación.

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El análisis de las normas fundamentales que regulan los derechos humanos que estamos analizando nos dará algunas claves necesarias para conocer el punto del partida del derecho humano en el país. Teniendo en cuenta lo señalado anteriormente sobre el “contenido mínimo esencial” del derecho, debemos identificar si el Estado tiene reconocido ese contenido mínimo esencial en la legislación nacional, partiendo del análisis realizado en los estándares internacionales. Este análisis comparativo nos permite tener un punto de partida sobre el contenido del derecho en la legislación nacional frente a los estándares internacionales y saber si el Estado cumple o no estos mínimos. Si el Estado no cumple estos mínimos, en ningún caso los titulares de derecho podrán realizar mínimamente sus derechos y tendríamos una situación de partida de clara vulneración de los derechos humanos en su totalidad. Si el Estado cumple con estos “mínimos esenciales”, entonces el punto de partida será distinto, porque la vulneración no partiría de la legislación sino de su desarrollo por parte del Estado (políticas públicas).

Política Pública. En segundo lugar, debe existir una política pública suficiente que garantice los derechos humanos. La política pública debe entenderse como el marco en el que los gobiernos declaran como deben desarrollarse las distintas intervenciones dirigidas a garantizar cada uno de los derechos humanos. Este marco tiene como referente las normas fundamentales, leyes, decretos, ordenes nacionales, regionales y locales desarrolladas y aprobadas para garantizar el pleno ejercicio de los derechos humanos a todos y todas las ciudadanos de un país. Estas políticas públicas suelen desarrollarse dentro del programa de gobierno de cada país, pero lo que es claro, es que deben ajustarse a los marcos normativos y tender a cumplirlos en su totalidad. Cuando hablamos de políticas públicas debemos de tener en cuenta que estas deben ser incluyentes, transparentes y participativas. Para poder alcanzar de la manera más adecuada posible los objetivos marcados en las políticas públicas, los gobiernos deben asegurar que se den las condiciones necesarias, entre las que se deben incluir, tanto los presupuestos necesarios como los recursos humanos adecuados para garantizar el pleno ejercicio de los derechos humanos. Algunos de los elementos que proponemos para el análisis son: · Estrategias y líneas de acción. Con el fin de evaluar si las acciones implementadas por los gobiernos van dirigidas a cumplir los objetivos definidos. · Objetivos de la política pública. Con el fin de analizar si estos fines se adecúan a las necesidades reales de garantía del derecho. · Presupuesto público: nacional, regional y local. En los presupuestos del Estado se analizarán los recursos financieros disponibles para cubrir las partidas presupuestarías establecidas, siendo de especial relevancia el seguimiento que se haga de la evolución del gasto de la partida destinada a garantizar cada derecho humano.

Marco de exigibilidad. Finalmente, debemos tener en cuenta que exista un escenario adecuado para la exigibilidad del derecho. En este sentido es necesario que existan mecanismos concretos y efectivos, de carácter judicial, que permitan exigir el cumplimiento de los derechos. Se hace necesario identificar:

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· Los mecanismos de exigibilidad existentes. Dentro del sistema jurídico de garantías se encuentran establecidos los mecanismos con los que cuentan los titulares de derechos para poder exigir sus derechos. Estos mecanismos deben estar adecuados a la normativa internacional y ser accesibles a todos los titulares de derechos. · Sus objetivos y forma de funcionamiento. Los objetivos de estos mecanismos deben ir dirigidos a garantizar y proteger los derechos humanos frente a las posibles vulneraciones de derecho humano que puedan cometerse. · El grado de acceso que tienen los ciudadanos y ciudadanas. Deben ser accesibles a todos los titulares de derechos sin ningún tipo de discriminación o barrera. La accesibilidad también tiene que mirarse en los procedimientos que han de realizarse para poder iniciar un proceso de exigibilidad de cumplimiento de un derecho humano, ya que gran parte de los individuos que se encuentran dentro de los grupos vulnerables ven limitado su acceso por desconocimiento y falta de capacidad intelectual. · Las reparaciones establecidas. Todos los sistemas jurídicos de garantías tienen establecidas una serie de reparaciones ante la vulneración de un derecho humano. En este caso habría que revisar si en el marco nacional en el que se va a trabajar existen estas reparaciones, si se adaptan a la normativa internacional y como se están ejecutando. · La eficacia y eficiencia de los mecanismos de exigibilidad existentes. Estos dos parámetros de funcionamiento del sistema jurídico de garantías nacional nos dará el grado de cumplimiento de la garantía y la protección de los derechos humanos dentro del ámbito nacional en el que se va a trabajar. El análisis de todos estos elementos nos permitirá conocer si los derechos humanos con los que estemos trabajando se encuentran debidamente institucionalizados en el país en cuestión cumpliendo así con los estándares internacionales.

Paso 6. Análisis del grupo objetivo. Cuando hablamos de grupo objetivo nos referimos al conjunto de personas titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades que participarán y se verán influidos de forma directa o indirecta en la intervención. La vulneración de sus derechos y el incumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades justifica la intervención. En el marco conceptual internacional identificamos a los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades y definimos sus derechos, obligaciones y responsabilidades según el estándar internacional. Ahora, en el análisis del grupo objetivo, delimitaremos y analizaremos los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades que participarán y formarán parte de nuestra intervención. El análisis del grupo objetivo nos permitirá conocer: · Los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades directa e indirectamente involucrados. · Las principales características de cada uno de ellos. · Los intereses y percepciones de cada uno de ellos. · Las relaciones entre ellos. · Las potencialidades y vulnerabilidades. · El contenido y la situación del derecho o los derechos según cada uno de ellos. · Posibles conflictos entre los distintos actores involucrados. Si bien nuestro análisis se centrará en el grupo que participará y se verá afectado directamente por la intervención, también deberá tenerse en cuenta el grupo de personas que se verá afectado indirectamente y el impacto de la intervención sobre ellos. La delimitación del grupo es un proceso de selección complejo que requiere de unos criterios que vienen definidos tanto por las prioridades identificadas en el marco nacional de referencia como por las prioridades de actuación de las organizaciones. Algunos de los posibles criterios son:

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· Grupos que tienen mayor riesgo de vulneración de sus derechos y que menos capacidad de respuesta tienen. · Comunidades con un mayor grado de vulneración de sus derechos. · Capacidad multiplicadora y dinamizadora para provocar cambios. · Capacidad de influencia en la toma de decisiones que provoquen cambios estructurales. · Disposición a la participación e implicación en la intervención. · Nivel de organización y base social. · Desprotección de sus derechos en la legislación. · Grupos poblacionales situados en áreas geográficas en las cuales no coopera ninguna organización. · Experiencia de la organización con grupos específicos. En todos los casos utilizaremos uno o varios de estos criterios, pero siempre debemos tener en cuenta los principios de igualdad y no discriminación en la selección y delimitación del grupo objetivo. En lo que respecta a los titulares de obligaciones, en una primera aproximación se identificarán las instituciones gubernamentales con las obligaciones de respetar, proteger y garantizar el derecho o los derechos que estemos trabajando. Sin embargo, debemos profundizar identificando el grupo o los grupos de personas dentro de estas instituciones que participarán en la intervención. Por ejemplo, se podrá seleccionar al grupo de personas responsables de la toma de decisiones políticas, al grupo de funcionarios técnicos responsables de la ejecución de la política pública o ambos grupos. Una vez delimitado el grupo objetivo proponemos una serie de elementos que nos ayudarán a conocer más en detalle al grupo seleccionado.

ANÁLISIS DEL GRUPO OBJETIVO CARACTERIZACIÓN CONTENIDO DERECHO GRUPO SITUACIÓN DERECHO GRUPO RELACIONES DE PODER Fuente: Elaboración propia.

ANÁLISIS CAPACIDADES ANÁLISIS PERCEPCIONES E INTERESES

Caracterización del grupo. En este apartado incorporaremos todos aquellos elementos que nos permitan tener un perfil general de los titulares de derecho, obligaciones y responsabilidades que hemos delimitado como grupo objetivo. En relación con los titulares de derecho, muchos de los datos a incorporar en este punto nos lo darán el análisis del contexto local, como por ejemplo:

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· Número de personas. · Estructura poblacional por edades y por género. · Situación económica: Nivel económico, principales fuentes de ingresos, población económicamente activa, recursos naturales con los que cuentan. · Elementos culturales. En lo que respecta a los titulares de obligaciones, dentro de este perfil general, será de interés conocer algunos datos como: · Naturaleza del actor: corresponde al tipo de misión con el que se crea una institución u organización. Su naturaleza: política, económica, social, cultural. Misión, visión, objetivos y metas que persiguen como institución u organización. · Funciones. La actividad particular del actor con relación al derecho y la población con la que se está trabajando. En este sentido nos encontraremos actores cuya función es de asesoramiento, de financiación, de ejecución, etc. · Tiempo de trabajo: temporalmente que tiempo la institución u organización ha trabajado el tema específico a desarrollar. · Rango de acción: si las actividades desarrolladas son de carácter local, regional o nacional. · Cobertura: grupos poblacionales a los que generalmente van dirigido sus proyectos. · Proyectos desarrollados: directamente los relacionados con nuestro tema de interés y otros que indirectamente se relacionen. · Recursos técnicos y humanos con los que cuenta la institución u organización. · Métodos y enfoques de trabajo usados: modelos de trabajo, perspectivas de abordaje de la realidad. · Obligaciones. Cada uno de los actores tiene sus propias obligaciones en relación con el derecho y la población con la que estamos trabajando, como respetar, proteger, cumplir, promover, difundir, exigir y reivindicar los derechos humanos. · Mecanismos para cumplir con sus obligaciones. Se definen como el conjunto de acciones y órganos que utiliza o despliega determinado actor para llevar a cabo sus fines. También los programas y líneas de acción específicas de un actor son considerados mecanismos. · Perfil de los trabajadores: distribución por edades y por género; salario; perfil profesional; estudios realizados (generales y especializaciones); proceso de acceso al puesto de trabajo. Finalmente, en lo que respecta a los titulares de responsabilidades, dependiendo del tipo de actor seleccionaremos unos datos determinados que nos permitan obtener un perfil general del mismo. Por ejemplo, en el caso de la familia: · Número de familias. · Estructura familiar. · Media de hijos por familia. · Ingresos familiares medios. · Principales fuentes de ingreso familiares. Dependiendo del actor que estemos analizando utilizaremos unos datos para nuestro análisis, siempre teniendo en cuenta que nuestro objetivo es conocer los atributos particulares de cada uno de los actores de modo que podamos distinguirlos claramente.

Contenido del derecho según el grupo objetivo. En el marco normativo internacional conocimos la conceptualización o el significa del derecho según los estándares internacionales. En el marco nacional de referencia conocimos el significado del derecho según la legislación nacional. Ahora, en este punto, analizaremos el significado y el contenido del derecho según los titulares de derecho, obligaciones y responsabilidades que forman parte de nuestro grupo objetivo. Esto nos permitirá conocer qué significa y cuáles son las particularidades que desde ellos se debería incorporar al análisis que venimos realizando del derecho o los derechos. Consideramos este punto de especial importancia, ya que incorporaremos las particularidades de nuestro

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grupo objetivo a las categorías de análisis del derecho que venimos trabajando y podremos establecer prioridades entre ellas. Esto nos permitirá contestar principalmente a dos preguntas: ¿Qué significado tiene el derecho para nuestro grupo objetivo? ¿Cuáles son los elementos claves del derecho para nuestro grupo objetivo? Por ejemplo, en el caso de trabajar el derecho a la vivienda tendremos el contenido del derecho según los estándares internacionales y el significado que la propia legislación nacional en un país le da. Sin embargo, no tendrá el mismo significado para un grupo indígena, que para un grupo de nómadas o para un población en un área periférica urbana. Los titulares de obligaciones, en general, tendrán la misma interpretación que la legislación nacional, sin embargo, es importante conocer sí las personas en particular que formarán parte de nuestro grupo objetivo consideran que hay alguna característica específica en su zona e identificar las prioridades que ellos establecen. Así, dependiendo de los titulares de derecho, obligaciones y responsabilidades que formen parte de nuestro grupo objetivo, debemos tener en cuenta unas particularidades que ellos mismos tienen que definir. De está manera, podremos adecuar el derecho a su particularidad, acercarlo a la realidad en la que nos movemos. Existen unos mínimos comunes aplicables a cualquier población, pero serán relevantes las diferencias con relación a un derecho que se da en una población. Además, la participación de la población objetivo implicará un mayor conocimiento de la población sobre el derecho.

Situación del derecho según el grupo objetivo. Otro de los puntos importantes en nuestro análisis del grupo objetivo es conocer la situación del derecho según los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades. Específicamente nos centraremos en conocer en que medida: · Los titulares de derechos tienen vulnerados sus derechos. · Los titulares de obligaciones cumplen con sus obligaciones. · Los titulares de responsabilidades cumplen con sus responsabilidades. Para esto debemos tener en cuenta los estándares internacionales y medir cual es la situación de nuestro grupo en particular. Esta medición la realizaremos utilizando indicadores específicos que nos faciliten la información necesaria para el análisis en cada uno de los casos. Los indicadores de derechos humanos son datos que nos permitirán: · Conocer el grado de vulneración del derecho en todas sus dimensiones o categorías. · Evaluar o conocer el comportamiento del Estado en cuanto al cumplimiento o no con sus obligaciones en materia de derechos humanos. · Evaluar o conocer el comportamiento de los distintos titulares de responsabilidades en cuanto al cumplimiento o no con las responsabilidades que tiene en materia de derechos humanos. La construcción de los indicadores que nos permitan realizar esta medición pasa por dos fases: · La conceptualización, es decir, la definición concreta del objeto que queremos medir. · La operativización, es decir, la definición de los indicadores con los que vamos a medir los elementos definidos en la conceptualización. Para escoger los indicadores debemos tener en cuenta las dificultades para encontrar datos de calidad y fiables. En el caso de la medición del grado de la vulneración del derecho, lo primero que debemos hacer es definir qué elementos vamos a medir del derecho. Como señalamos anteriormente, desde el EBDH se tiene una visión amplia de los derechos humanos, en el sentido de tener en cuenta todas sus dimensiones. Así, debemos conceptualizar en cada caso, las categorías y dimensiones del derecho y, posteriormente, definir los indicadores que vamos a utilizar para medirlos.

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GRADO DE VULNERACIÓN DEL DERECHO CATEGORÍA

PREGUNTAS GENERALES PARA LA CONCEPTUALIZACIÓN

INDICADORES

Disponibilidad ¿Qué bienes y servicios necesito tener disponibles para poder desarrollar acciones relacionadas con el derecho? Accesibilidad

¿Tienen todas las personas acceso a los bienes y servicios necesarios?

Aceptabilidad

¿Son estos bienes y servicios aceptados por la comunidad?

Calidad

¿Los bienes y servicios tienen calidad adecuada?

Participación

¿Participa la población en el diseño, ejecución, gestión y seguimiento de los bienes y servicios?

Sostenibilidad ¿Las acciones que se ejecutan serán sostenibles? Fuente: Elaboración propia.

Para cada uno de los derechos debemos concretar estas preguntas generales, de forma que nos permita identificar todos los elementos relacionados con el derecho que deseamos medir, teniendo en cuenta el contenido del derecho definido en los estándares internacionales. Posteriormente, debemos seleccionar al menos un indicador para cada uno de los elementos definidos. EJEMPLO: DERECHO A LA EDUCACIÓN DISPONIBILIDAD

ACCESO

ACEPTABILIDAD

CALIDAD

PARTICIPACIÓN

SOSTENIBILIDAD

Infraestructura

Infraestructura

Infraestructura

Infraestructura

Infraestructura

Escasos centros.

Materiales

Materiales

Materiales

Mala situación de los centros: aulas sin mobiliario, sin iluminación, sin ventilación.

Alto coste de los materiales.

Algunas comunidades participan directamente en la construcción de las escuelas.

No existe control del gasto público.

Materiales

La educación está centralizada y controlada por el Ministerio de Educación.

Libros de texto poco Alumnos/as adecuados a la realidad. Bajo nivel de los Corrupción en la docentes. venta de libros. Alumnos/as Altos niveles de deserción escolar. No existen espacios Alumnos/as No existen para el estudio: no programas hay bibliotecas, salas El ingreso de los educativos Docentes de estudio ni salas niños al sistema adaptados a las de lectura. educativo es tardío. necesidades de No existen No se garantiza cada grupo. mecanismos de Materiales el acceso a la Falta de supervisión de la educación pública educación cultural. calidad docente. Falta de material, a las personas Escaso rigor Programas tanto para alumnos inmigrantes. educativos poco docente. como para docentes. Escasas becas. flexibles. Compra de título Corrupción en Convivencia de falsos de Alumnos/as el sistema de varios sistemas docentes. Alta tasa de concesión de educativos. analfabetismo, becas. especialmente A pesar de que Docentes en las mujeres. la ley determina Baja cobertura. la gratuidad de enseñanza en Docentes la práctica no se cumple. Pocos docentes. Corrupción en los Bajos salarios. centros para el Falta de formación acceso. profesorado. Docentes Fuente: Elaboración propia.

Los docentes no han participado en la elaboración de los libros de textos. Alumnos/as No existen espacios de participación para los alumnos/as. Docentes No existen espacios de participación para los docentes. No existe un sindicato para el colectivo.

Bajo prepuesto público en educación.

Necesaria una reforma legislativa.

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En el caso de la medición del cumplimiento de las obligaciones del Estado y de los titulares de responsabilidades, debemos conceptualizar las obligaciones y responsabilidades en cada uno de los casos y posteriormente definir los indicadores para su medición. GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL ESTADO OBLIGACIÓN PREGUNTAS GENERALES PARA LA CONCEPTUALIZACIÓN Respetar

INDICADORES

¿El Estado ha adoptado alguna medida que impida u obstaculice a los ciudadanos y ciudadanas ejercer sus derechos? ¿El Estado ha adoptado alguna medida discriminatoria que restringe el ejercicio pleno del derecho a todos sus ciudadanos y ciudadanas?

Proteger

¿El Estado ha adoptado las medidas necesarias para proteger a sus ciudadanos y ciudadanas frente a terceros?

Garantizar

¿El Estado ha adoptado las medidas necesarias para facilitar las oportunidades a todos los individuos para el disfrute de sus derechos? ¿El Estado destina los recursos y medios necesarios para proveer de los servicios adecuados?. ¿El Estado ha adoptado medidas positivas que presten especial atención a los que carecen de recursos? ¿En las medidas adoptadas por el Estado se tienen en cuenta a los grupos más vulnerables?

Fuente: Elaboración propia.

Al igual que en el caso anterior, en cada uno de los derechos debemos concretar las preguntas partiendo de los estándares internacionales. GRADO DE CUMPLIMIENTO DE LAS RESPONSABILIDADES RESPONSABILIDAD PREGUNTAS GENERALES PARA LA CONCEPTUALIZACIÓN

INDICADORES

Familia Comunidad Sociedad civil organizada

¿Cuáles son las responsabilidades específicas derivadas del derecho en cuestión en relación con los otros titulares de responsabilidades y los titulares de derechos? ¿Realizan alguna acción que impida u obstaculice el ejercicio del derecho?

Sector privado Fuente: Elaboración propia.

Análisis de capacidades. Como ya señalamos en los epígrafes anteriores, uno de los presupuestos de los que parte el EBDH es que los derechos humanos se encuentran vulnerados porque los titulares de derechos no tienen las capacidades para exigir sus derechos y que los titulares de obligaciones y responsabilidades no tienen las capacidades para cumplir con sus obligaciones y responsabilidades. De esta forma, uno de los puntos claves para en el análisis del grupo objetivo será conocer la brecha de capacidades de los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades.

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En este sentido, se recoge la teoría de Amartya Sen 11 que concibe al ser humano de forma dinámica y con un potencial. Las capacidades son las aptitudes, las cualidades y los medios de los que dispone una persona para su propio desarrollo así como para ejercer un derecho y el cumplimiento de una obligación. En un sentido amplio, como señala Urban Jonsson 12, la capacidad tiene los cinco componentes: · Responsabilidad/motivación/compromiso/liderazgo: Se refiere al reconocimiento que hace un individuo de que debiera hacer algo sobre un problema específico. Significa aceptación, una interiorización de un deber, asumir una responsabilidad. Este es un paso previo antes de que cualquier individuo desarrolle cualquier acción. · Autoridad: Se refiere a la legitimidad de una acción, es decir, cuando un individuo o grupo siente o sabe que ellos pueden llevar a cabo una acción y que esta es aceptable. En general la legitimidad vendrá dada por las leyes, las normas formales e informales y las reglas, tradiciones, y cultura en gran medida determinan qué es y qué no es permisible. Es importante tener en cuenta que la estructura de la autoridad en una sociedad refleja sus relaciones de poder. · Acceso y control de los recursos: Una vez que un individuo acepta que debería hacer algo sobre un problema específico y lo puede hacer, necesita evaluar si dispone de los recursos necesarios que le permita actuar. Por consiguiente, la capacidad también debe significar que la persona está en una posición para actuar o poder actuar. En general, los recursos disponibles para los individuos, familias, organizaciones y la sociedad como un todo, se pueden clasificar en los tres tipos: · Recursos humanos, incluye el tiempo y las habilidades de las personas para dirigirse al problema. Está estrechamente relacionado con la capacidad de reconocer y comprender el problema. · Recursos económicos que se necesitan para poder actuar o para solucionar un problema. Normalmente, en situaciones de pobreza es el primer tipo de recursos que se toman en consideración. · Recursos organizativos. En general estos recursos se suelen pasar por alto. Sin embargo, es de gran importancia la capacidad de organizarse, ya que el acceso a redes de apoyo formales e informales son un factor determinante en el desarrollo de las capacidades. · Capacidad de comunicación: La capacidad de comunicarse y tener acceso a los sistemas de información y comunicación es de especial importancia para los individuos y los grupos tanto en sus esfuerzos por reclamar sus derechos, como en el cumplimiento de sus responsabilidades. La comunicación también es importante para poner en contacto a personas de especial relevancia de la estructura social en redes funcionales, capaces de tratar temas críticos del desarrollo. · Capacidad para tomar decisiones racionales y aprender: Para tomar decisiones racionales es necesario realizar un análisis lógico de las causas de un problema y basarnos en datos y pruebas objetivas, de forma que las acciones estén basadas en decisiones informadas por el análisis. Posteriormente, se deberá evaluar los resultados y el impacto obtenidos con la acción con el fin de mejorar el análisis y las acciones siguientes. Todo este proceso depende en gran medida de la capacidad de comunicarse. Teniendo en cuenta estos componentes, será necesario conocer la brecha de capacidades de nuestros titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades. La brecha representa la diferencia entre las capacidades con las que cuentan en el momento del análisis y su pontencial. Así, nos permitirá establecer el punto de partida de las capacidades de los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades, en cada uno de sus componentes. 11 Amartya Sen nació en 1933 en la India. En 1959 realizó su doctorado en la Universidad de Cambridge en el Reino Unido y luego fue profesor en la India, el Reino Unido y los Estados Unidos de América. Actualmente enseña en el Trinity College, de la Universidad de Cambridge (Reino Unido). La Real Academía Sueca de Ciencias en 1998 le entregó el Premio Nobel de Ciencias Economicas por sus contribuciones a la investigación del bienestar económico. 12 Urban Jonsson es uno de los gurus del EBDH. Ha desarrollado herramientas y metodologías para la incorporación práctica del EBDH.

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Esto será de gran importancia a la hora de definir la intervenciones. Por ejemplo, si en nuestro análisis nos damos cuenta que nuestros titulares de obligaciones no son conscientes de las obligaciones que tienen, difícilmente podremos plantear acciones que no lleven consigo un proceso de interiorización del problema que les lleve a aceptar y asumir sus obligaciones. EJEMPLO: ANÁLISIS DE CAPACIDADES DE LOS DOCENTES EN RELACIÓN CON EL DERECHO A LA EDUCACIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS DOCENTES CAPACIDADES

NIÑOS

PADRES

COMUNIDAD

AUTORIDADES LOCALES

Compromiso

A menudo se ausenta de la escuela. A veces bebe en la escuela. A veces acosa a las niñas en la escuela.

No siente que los padres tengan la obligación de enviar a sus hijos a la escuela, especialmente a las niñas.

No siente pertenencia a la comunidad.

A menudo piensa que ellos pueden enseñar cuando ellos quieran: no se adhiere a un currículum fijo.

Autoridad

Los niños tienen falta de confianza en sus profesores.

Los padres rechazan lo que escuchan de los docentes.

Algunos docentes son excluidos y marginados.

La Oficina Distrital de Educación toma todas las decisiones.

Recursos

Baja cualificación de los docentes debido a su inadecuada formación.

No controlan el presupuesto de la escuela.

Los docentes no disponen de tiempo para participar en los espacios comunitarios.

La falta de transporte limita a los docentes en la participación de los talleres de trabajo distritales.

Toma de decisiones

No se ve una relación entre el entorno amigable de los niños y los resultados escolares.

No se involucra a los padres en las discusiones relacionadas con la escuela.

Algunos docentes no se sienten capaces de participar en las decisiones de la comunidad.

No tienen conocimiento sobre cómo se preparan los presupuestos distritales.

Comunicación

Usan un aprendizaje memorístico.

Hablan con los padres de forma autoritaria.

Algunos no conocen el idioma local.

No pueden expresar las necesidades específicas de la comunidad.

Fuente: Cuadro tomado del Manual: Human Rights Approach to Development Programming. Urban Jonsson (2003).

Relaciones de poder. En el análisis del marco internacional establecimos las relaciones existentes entre los distintos actores atendiendo a su rol de titulares de derechos, responsabilidades y obligaciones. Ahora, profundizaremos sobre las relaciones entre ellos, analizando aquellos elementos que nos permitan conocer las relaciones de poder existentes entre los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades y los mecanismos de toma de decisiones dentro del grupo. Algunos elementos a tener en cuenta son: · Procesos y mecanismos de toma de decisión. Conocer tanto los organismos y personas que lideran los procesos de toma de decisión como sus mecanismos, es de gran importancia si queremos que el grupo haga suya la intervención desde el primer momento. · Personas concretas que toman las decisiones. · Personas concretas que influyen en la toma de decisiones. · Relaciones entre las instituciones y/o personas involucrados en el proceso de toma de decisiones. · Elementos políticos, económicos, sociales o culturales que influyen en el proceso de toma de decisiones.

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· Participación de los titulares de derechos en la toma de decisiones. · Conflictos que subyacen a la toma de decisiones.

Análisis de las percepciones e intereses. Otro de los elementos a tener en cuenta en el análisis del grupo objetivo son los intereses y las percepciones que los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades tienen sobre la situación del derecho o los derechos que estamos trabajando. La percepción puede ser definida como la visión que los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades mantienen sobre la situación a la que se enfrentan. Así pues, hay que hacer una distinción entre la realidad existente y la realidad percibida, rompiendo con la visión más tradicional de la toma de decisiones como un proceso puramente racional. Por otro lado, debemos tener en cuenta que los seres humanos funcionan creando sus propias percepciones que les sirven de pauta en sus comportamientos y que sólo son cuestionadas, en el mejor de los casos, cuando se reconocen datos que las contradicen. Para poder comprender a los titulares de derecho, obligaciones y responsabilidades que forman parte de nuestro grupo objetivo, debemos intentar entender la manera en la que sienten y piensan, desagregando las percepciones de todos los involucrados y entenderlas. Cuanto mejor comprendamos las preocupaciones y las ideas de nuestro grupo objetivo mejor entenderemos la realidad al apreciar las diferencias entre ellos. Además, conocer las percepciones nos va a permitir: · Tener una visión integral de la dimensión psicológica. · Conocer los conceptos e imágenes sobre los que nuestro grupo objetivo crea sus estrategias y actúan. · Desde la óptica de las motivaciones nos permite valorar el peso de los elementos emocionales en el proceso de toma de decisión. · Nos da una clave para explicar el desarrollo de ciertas imágenes y las consiguientes reacciones asumidas por los actores. Para ello nos interesa conocer las percepciones sobre: · El derecho o los derechos en cuestión. · El disfrute del derecho y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades. · Los demás actores. Los titulares de derechos sobre los de obligaciones y responsabilidades; los titulares de obligaciones sobre los de derecho y responsabilidades; y los titulares de responsabilidades sobre los de obligaciones y derechos. · La utilidad de una posible intervención de cooperación para el desarrollo. Mientras la percepción es un proceso subjetivo, el interés va mediado por la razón y por las interacciones entre el grupo de personas en un momento dado. Así, entendemos por intereses las metas que pretenden conseguir o las aspiraciones de los titulares de derecho, obligaciones y responsabilidades. En relación con el análisis de los intereses debemos tener en cuenta la diferencia entre los intereses declarados por los actores, y la posibilidad de que existan intereses ocultos que no son declarados directamente. Estos últimos sólo podremos identificarlos al contrastar sus intereses declarados con sus actuaciones. Por ejemplo, se puede dar el caso de que un alcalde de un municipio declare que su mayor interés es poder dar cobertura de salud a todos sus habitantes, pero que no puede hacerlo por falta de recursos económicos. Sin embargo, al analizar sus actuaciones podríamos encontrarnos que un alto porcentaje de los recursos económicos dirigidos al área de salud, son desviados al sector de infraestructura ya que eso le asegurará la reelección. En el análisis de los intereses tendremos en cuenta los siguientes elementos:

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· Conocer las metas y aspiraciones sobre la situación del derecho o los derechos que estemos trabajando. · Identificar si hay un interés común entre los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades o si existen distintos intereses. · Identificar los intereses ocultos. · Conocer el interés suscitado por la intervención propuesta. · Conocer los intereses de cada uno de ellos en una posible intervención de cooperación para el desarrollo.

Paso 7. Análisis causal de la vulneración del derecho. Uno de los nuevos elementos que incorpora el análisis de la realidad con EBDH a la cooperación para el desarrollo, es el análisis causal de la vulneración del derecho, identificando las causas inmediatas, subayacentes y estructurales de la vulneración del derecho y estableciendo las relaciones entre ellas.

ANÁLISIS CAUSAL VULNERACIÓN DEL DERECHO

CAUSAS

INMEDIATAS

SUBYACENTES

ESTRUCTURALES Fuente: Elaboración propia.

La incorporación de un análisis causal implica que hay unas causas que producen unos efectos. En nuestro caso, esto supondrá que existen unas causas que provocan la vulneración del derecho y que a su vez, esta vulneración tiene unos efectos negativos sobre las condiciones de vida de las personas. El análisis de las causas de la vulneración del derecho tiene gran importancia, ya que nos permitirá identificar los factores que originaron la vulneración del derecho. Además, todas las acciones que definamos deberán ir dirigidas a las causas identificadas, de forma que si estas desaparecen, desaparecen sus efectos. De forma general podemos definir tres tipos de causas. · Causas inmediatas, son aquellas causas más cercanas, más visibles, las que son más fácilmente percibidas por las personas. · Causas subyacentes, son las que se ocultan sobre las que son más visibles. En muchas ocasiones no son percibidas por las propias personas aunque tengan efectos muy negativos. · Causas estructurales, son las que se encuentran en las bases, en las raíces. Son causas que llevan mucho tiempo y que, al formar parte de la vida de las personas, en ocasiones, pueden no ser identificadas como causas de un problema. Una vez conocemos la situación del derecho según nuestro grupo objetivo estaremos en disposición de pasar a identificar las causas de la vulneración del derecho, para lo cual seguiremos los siguientes pasos:

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· Identificación de las causas inmediatas. · Identificación de las causas subyacentes. · Identificación de las causas estructurales. · Relación entre las causas inmediatas y la vulneración del derecho. · Relación entre las causas inmediatas más relevantes y las causas subyacentes. · Relación entre las causas subyacentes identificadas como claves y las causas estructurales. En todo este proceso es de gran importancia contar con los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades ya que nos permitirá establecer un consenso con ellos sobre las principales causas que se deben abordar para solucionar el problema. Son varias las herramientas utilizadas para representar las relaciones de causas – efecto de forma que nos permita sistematizar la información recogida. La más utiliza en la cooperación para el desarrollo es el árbol de problemas el cual expresa el encadenamiento causa – efecto a partir de un problema definido y está vinculado al sistema del Marco Lógico13. En nuestro caso, si bien no cambia la lógica si cambian los elementos que tenemos en cuenta.

EFECTOS DE LA VULNERACIÓN DEL D E R E C H O

PARTICIPACIÓN

SOSTENIBILIDAD

ACEPTABILIDAD

CALIDAD

DISPONIBILIDAD

ACCESIBILIDAD

VULNERACIÓN DEL D E R E C H O

CAUSAS DE LA VULNERACIÓN DEL DERECHO Fuente: Elaboración propia.

De esta forma, el eje central de nuestro árbol, el problema, será la vulneración del derecho. Por debajo señalaremos las causas inmediatas, subyacentes y estructurales de la vulneración del derecho y en la parte de arriba señalaremos los efectos de dicha vulneración. Por ejemplo, se pueda dar un caso donde el problema identificado sea la desnutrición. Desde el EBDH diríamos que el problema es que el derecho a la alimentación se encuentra vulnerado, colocándolo en el eje central de nuestro árbol. Por debajo identificaríamos todas las causas relacionados con las categorías del derecho y las señalaríamos. Por encima, señalaríamos los efectos que tiene en esa población la vulneración del derecho a la alimentación, como son la desnutrición, muerte, enfermedades... 13 El Sistema del Marco Lógico es una de las principales herramientas utilizadas para el diseñar y planificar proyectos.

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EJEMPLO ÁRBOL DE PROBLEMAS Desnutrición.

Anemia nutricional.

Enfermedades prevalentes de la infancia.

Vulneración del derecho a la alimentación de los niños y niñas entre 0 y 3 años. Baja ingesta de nutrientes en dietas de mujeres gestantes, lactantes y niños y niñas menores de 3 años. Bajo acceso a alimentos de mercados no locales. Escasos ingresos familiares. Producción autoabastecimiento. Cultivos locales escasa entrada

Escasa interiorización de las necesidades reales de una alimentación adecuada. Escasa aceptabilidad alimentos no locales. Costumbres alimentarias.

Falta de higiene ambiental.

Contaminación espacios públicos.

Contaminación fuentes de agua.

Bajas capacidades de las autoridades locales para la ejecución de las políticas públicas. Escasa interiorización del problema. Esacasa legitimidad en la acción. Dificultad acceso y control de recursos. Dificultad acceso información.

Escasa eficacia de las políticas públicas.

Falta de higiene en los alimentos.

Manipulación incorrecta de los alimentos.

Conservación inadecuada alimentos.

Malos hábitos higiene.

Infraestructura de vivienda insalubre.

Escasa interiorización de las implicaciones de salud.

Costumbre.

Difícil acceso a las ayudas alimentarias y económicas nacionales, en lo local. Escasa coordinación y articulación de los programas nacionales. Ayudas asistenciales no dirigidas a las causas del problema.

Fuente: Elaboración propia.

En la práctica, no siempre encontraremos las causas inmediatas de todas las categorías, sino que estás se encontrarán mezcladas y en distintos niveles. Sin embargo, debemos tener en cuenta que nuestra mirada tiene que ser amplia y debemos tener en cuenta el derecho en todo su contenido. Por otro lado, en el análisis causal también encontraremos que otros derechos se pueden ver vulnerados como efecto de la vulneración del derecho principal que estemos analizando, por ejemplo la vulneración del derecho a la alimentación tiene efectos en el derecho a la salud. También podemos encontrar que la vulneración de otro derecho puede ser una causa de la vulneración del derecho en que hemos focalizado el trabajo, por ejemplo la vulneración del derecho a la vivienda puede ser una causa de la vulneración del derecho a la alimentación.

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En cada caso tendremos que definir cuando son causa o efecto, ya que depende de cada contexto.

Paso 8. Identificación y selección de la intervención. Una vez realizado el análisis de la realidad, el análisis de la vulneración del derecho y de nuestro grupo objetivo, estaremos en disposición de identificar las posibles intervenciones y definir la más adecuada para promover un cambio de la situación actual a la situación deseada. De forma general, cuando hablamos de intervención nos referimos al conjunto de actividades o acciones dirigidas al fortalecimiento de los derechos humanos. Para este fin, será necesario establecer un diálogo y llegar a consensos entre los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades y las propias instituciones encargadas de la ejecución de las acciones. De esta forma, será una etapa de negociación entre todas las partes implicadas, en la cual deberán participar todos los actores que forman parte del proceso de desarrollo. En esta fase de definición de la intervención proponemos seguir los siguientes pasos: · Definición de los cambios deseados. · Identificar las distintas alternativas posibles. · Seleccionar o escoger la intervención. A continuación pasamos a detallar cada uno de los pasos propuestos.

Definición de los cambios deseados. Teniendo en cuenta el análisis de las causas de la vulneración del derecho, debemos definir los cambios necesarios que deben darse sobre la situación actual para llegar a la situación deseada. De forma general, el propósito último del EBDH es promover cambios sociales, económicos, políticos y culturales y transformar las relaciones de poder. Una herramienta que nos puede servir de utilidad para identificar estos cambios es hacer un listado detallado de los cambios más significativos que representan los principales elementos del EBDH: · Cambios positivos en la vida de los titulares de derechos (mejor nutrición, disminución mortalidad, mejores condiciones de habitabilidad). · Cambios en las políticas, en las prácticas, en los comportamientos y en la asignación de recursos de los titulares de obligaciones y responsabilidades. · Aumento de la participación de los titulares de derechos en las políticas públicas y en la toma de decisiones. · Cambios en la igualdad, en la inclusión y en la no discriminación. · Fortalecimiento del trabajo conjunto entre organizaciones. Estos cambios generales deben especificarse más dependiendo de cada caso. Por ejemplo, en los cambios en las políticas, en las prácticas, en los comportamientos y en la asignación de recursos de los titulares de obligaciones y responsabilidades, algunos de los cambios más específicos pueden ser: · Cambios en las políticas, en las leyes y en los programas. · Cambios en la política económica que permita el pleno ejercicio de los derechos humanos. · Efectiva aplicación de las leyes de protección de los derechos humanos. · Aumento de la asignación presupuestaria y de los recursos destinados a los grupos más vulnerables para que tengan acceso a los servicios básicos. · Cambios en la conciencia, la actitud, la conducta, las prácticas, las normas y en los valores. · Mejora de la calidad de las instituciones responsables y los servicios. · Aumento de la participación de los titulares de derecho en la toma de decisiones. · Mejora de los sistemas de información para la población.

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La formulación del listado de cambios será necesaria para diseñar nuestra intervención y poder definir los objetivos y resultados concretos. De igual forma que para el análisis causal muchas instituciones utilizan el árbol de problemas, para la identificación de los cambios deseados, una de las herramientas más utilizadas por las instituciones de cooperación para el desarrollo, es el árbol de objetivos. Este árbol se formula a partir del árbol de problemas, convirtiendo el “problema” en un objetivo que expresa su solución y cada una de las causas en un medio para abordarlo. De esta forma, el árbol de objetivos viene a representar los cambios esperados para transformar la situación actual en la situación deseada. EJEMPLO ÁRBOL DE OBJETIVOS Disminuye la desnutrición crónica.

Disminuyen las enfermedades infecciosas.

Disminuye la anemia nutricional.

Disminuyen las tasas de mortandad.

Mejora el ejercicio del derecho a la alimentación de los niños y niñas menores de 3 años. Aumenta la ingesta de nutrientes en la dietas de mujeres gestantes y niños y niñas menores de 3 años.

Aumenta la capacidad de acceso a alimentos de mercados no locales.

Las familias mejoran sus capacidades para mejorar su dieta alimentaria.

Mejora la higiene de los alimentos.

Mejora la higiene ambiental de las familias.

Mejoran las capacidades de las autoridades públicas locales para la gestión de los espacios públicos y la explotación de la biodiversidad.

Las familias manipulan y conservan correctamente los alimentos.

Mejoran los ingresos familiares.

Mejoran las capacidades de las familias para iniciar actividades productivas y de generación de ingresos.

Mejora de la eficacia de las políticas públicas. Fuente: Elaboración propia.

Las familias aumentan sus capacidades para mejorar sus hábitos de higiene personal y la infraestructura de las viviendas.

Mejora del acceso a las ayudas alimentarias y económicas nacionales, en lo local. Mejora la coordinación y articulación de los programas nacionales. Aumenta la participación.

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Identificación de las posibles intervenciones. Una vez definidos los cambios deseados sobre la situación actual, debemos identificar las posibles estrategias o líneas de intervención que deberían realizarse para promover dichos cambios y llegar a la situación deseada. A continuación señalamos algunas de las posibles líneas de intervención para cada uno de los cambios globales identificados en el paso anterior. CAMBIOS EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL • Incidir para modificar leyes discriminatorias y que no promuevan la igualdad. • Promover el reconocimiento y el desarrollo legislativo de derechos que no se encuentren reconocidos. • Promover la firma de Tratados Internacionales y la eliminación de reservas existentes.

CAMBIOS EN LA POLÍTICA ECONÓMICA • Promover cambios en los tratados comerciales para que sean respetuosos con los derechos humanos. • Incidir para que aumente el gasto social de forma que se garantice el acceso a todos los ciudadanos a los servicios públicos básicos.

CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y LAS ESTRUCTURAS,

CAMBIOS EN LAS POLÍTICAS PÚBLICAS • Desarrollar mecanismos de participación ciudadana en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas. • Promover el desarrollo de políticas públicas transparentes, incluyentes y no discriminatorias. • Apoyar el desarrollo de políticas públicas dirigidas a garantizar los derechos de los grupos más vulnerables. • Promover políticas públicas adecuadas a la realidad.

PRESUPUESTO Y RECURSOS • Promover el aumento de recursos dirigidos a garantizar los derechos de los grupos vulnerables. • Promover una distribución más equitativa de los recursos.

SISTEMAS DE INFORMACIÓN

MECANISMOS Y PROCESOS

• Fortalecer los canales para la recogida de datos sobre las violaciones de derechos humanos. • Unificar las fuentes de información. • Crear instituciones con capacidad para la gestión de la información y con legitimidad para vigilar y proteger los derechos humanos.

ACTITUDES, NORMAS, CONDUCTAS Y PRÁCTICAS

PARTICIPACIÓN EN LA EXIGIBILIDAD DE

• Fortalecimiento de las capacidades para la mejora de la calidad de las instituciones. • Desarrollo de mecanismos de rendición de cuentas y transparencia en todas las instituciones. • Desarrollo de espacios de participación ciudadana en las instituciones para los procesos de la toma de decisiones. • Promover y difundir los valores, principios y contenido de los derechos humanos. • Promover cambios en las actitudes, normas, conductas y prácticas que violen los derechos humanos. • Realizar campañas de sensibilización sobre situaciones de vulneración de los derechos humanos y grupos vulnerables.

LOS DERECHOS HUMANOS

• Trabajar con titulares de derechos y de responsabilidades para transformar las relaciones de poder. • Fortalecer las capacidades de los titulares de derechos para exigir sus derechos. • Apoyar a los grupos más vulnerables en la reclamación de sus derechos.

Fuente: Elaboración propia.

Selección de la intervención. Para seleccionar una intervención, debemos evaluar cada una de las estrategias o líneas de intervención identificadas en el paso anterior. Cada organización o institución contará con unos criterios de selección normalmente marcados por su propia experiencia en las distintas áreas de trabajo. Además de estos criterios, será fundamental realizar un estudio de viabilidad de las posibles líneas de actuación, en el cual se valoren las distintas posibilidades tomando en consideración las implicaciones de cada una de ellas.

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En este estudio se tendrán en cuenta todos aquellos factores clave que influyen en la viabilidad de la intervención por ser potencialmente problemáticos. Por lo general, para este estudio se toman en consideración factores socioeconómicos, medioambientales, políticos o culturales que pueden condicionar la intervención propuesta. Además, en este estudio es importante incorporar el análisis de la sostenibilidad de la intervención una vez se de por finalizado el apoyo económico o técnico. De forma general, deberá tenerse en cuenta en la selección de la intervención: · Los intereses del grupo objetivo (titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades). · Los intereses y la experiencia de las organizaciones responsables de la ejecución. · Los recursos económicos disponibles. · Las conclusiones de los estudios realizados. Además, teniendo en cuenta el EBDH, debemos tener en cuenta que la intervención seleccionada debe: · Ir dirigida a promover cambios sobre las causas de la vulneración de los derechos que lleven a la situación deseada de pleno ejercicio de los derechos. · Incorporar a titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades, y fortalecer sus capacidades. · Ser intervenciones integrales que aborden el contenido del derecho que se encuentra vulnerado y los derechos interrelacionados. · Incorporar los principios de los derechos humanos. · Fortalecer procesos que ya se estén dando en la comunidad o bien a impulsar procesos consensuados por todos los actores. En ningún caso es adecuado imponer procesos para los cuales ni los titulares de derecho ni los titulares de obligaciones estén preparados. En todo este proceso será necesario contar con la participación del grupo objetivo de la acción ya que será necesario que la intervención propuesta esté consensuada entre los distintos actores para asegurar el éxito de la misma.

Paso 9. Diseño de la intervención. Una vez seleccionada la línea de intervención para el fortalecimiento del derecho estaremos en disposición de diseñar una intervención para lo cual definiremos unos objetivos, resultados y actividades concretas. Como primer paso definiremos un objetivo general dirigido directamente a promover el respeto y fortalecer el derecho en el que hayamos focalizado el trabajando con nuestro grupo objetivo. Además, en la formulación de este objetivo debe señalarse el principal cambio que se espera conseguir sobre los efectos de la vulneración del derecho, así como el grupo objetivo que directamente se verá afectado. EJEMPLOS DE FORMULACIÓN DE OBJETIVOS GENERALES CON EBDH Objetivo general

Objetivo general con EBDH

Disminuir la desnutrición crónica infantil en los niños y niñas menores de 3 años.

Contribuir a que todos los niños y niñas menores de 3 años puedan ejercer su derecho a la alimentación.

Debemos tener en cuenta que a través de la intervención propuesta no se conseguirá un cambio definitivo sobre la situación inicial ya que, en la mayoría de los casos, para esto se necesitarían cambios profundos estructurales a los cuales difícilmente se puede dar solución a través de la cooperación para el desarrollo. Sin embargo, se podrá “contribuir” a modificar la situación actual y promover ciertos cambios. En nuestro caso contribuiremos al pleno ejercicio de los derechos humanos de un grupo determinado en un área geográfica específica.

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Tras haber formulado nuestro objetivo general pasaremos a definir nuestro objetivo específico. Para esto debemos tener en cuenta tres elementos: la línea estratégica seleccionada; las causas inmediatas que esperamos modificar; y el análisis de brecha de capacidades de los titulares de derecho, obligaciones y responsabilidades. Con estos elementos estaremos en disposición de formular nuestro objetivo específico. Este objetivo debe ser común para los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades, de forma que los cambios que se produzcan tengan repercusión en todos los actores del proceso de desarrollo. Por otro lado, si bien en muchas ocasiones puede resultar más sencillo formular varios objetivos específicos, recomendamos solo incorporar uno y concretar más en el paso siguiente de los resultados. EJEMPLOS DE FORMULACIÓN DE OBJETIVOS ESPECÍFICOS CON EBDH Objetivo específico

Objetivo específico con EBDH

Asegurar una alimentación de calidad con alimentos ricos en micronutrientes y de una dieta balanceada, para los niños y niñas menores de 3 años.

Contribuir a la creación de los mecanismos locales necesarios que aseguren y garanticen la disponibilidad y el acceso a una alimentación de calidad con alimentos ricos en micronutrientes y de una dieta equilibrada, a los niños y niñas menores de tres años.

Llegados a este punto, nos preguntaremos por los cambios concretos que esperamos conseguir en la situación inicial para llegar a conseguir nuestro objetivo específico. Es decir, nos preguntaremos sobre los resultados concretos que esperamos conseguir con la intervención propuesta. En este punto debemos tener en cuenta tanto las causas subyacentes y estructurales como los distintos elementos analizados en el grupo objetivo. Debemos hacer un listado de resultados a través de los cuales conseguiremos nuestro objetivo específico. En este caso podremos distinguir entre resultados o cambios que esperamos conseguir para los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades, así como resultados comunes para los tres. EJEMPLO FORMULACIÓN RESULTADOS CON EBDH TITULARES DERECHOS

TITULARES OBLIGACIONES

TITULARES RESPONSABILIDADES

Los niños y niñas menores de tres años tendrán una alimentación de calidad.

Los gobiernos locales habrán articulado y coordinado las políticas públicas nacionales a nivel municipal, para garantizar el derecho a la alimentación.

Las comunidades locales conocerán las características y la dinámica de los sistemas alimentarios locales. Las comunidades locales estarán capacitadas para elaborar sus propias iniciativas productivas y de generación de ingreso.

COMUNES Todos los actores habrán incorporado en sus agendas todos los elementos del derecho a la alimentación.

Sin embargo, no siempre será necesario o se deberá hacer esta distinción, si no que dependerá de cada caso específico. Finalmente, debemos concretar las actividades que llevar a cabo para conseguir estos resultados. En este sentido nos preguntaremos cómo vamos a conseguir los cambios concretos definidos. En este punto será muy importante tener en cuenta todos los elementos analizados del grupo objetivo, así como el análisis de los contextos.

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Al igual que en el caso anterior, en este punto debemos definir actividades para los titulares de derechos, obligaciones y responsabilidades, y actividades comunes para los tres. Una vez formulados todos estos elementos tendremos el diseño de la intervención prevista. EJEMPLO FORMULACIÓN ACTIVIDADES CON EBDH TITULARES DERECHOS

TITULARES OBLIGACIONES

TITULARES RESPONSABILIDADES

Elaboración de material de difusión sobre la calidad de la alimentación en los niños y niñas menores de tres años. Talleres de apoyo y acompañamiento a familias con mujeres embarazadas y madres menores de 19 años.

Estudio diagnóstico sobre los programas de ayuda nacionales relacionados con el derecho a la alimentación. Taller municipal sobre las Directrices Voluntarias de la FAO.

Estudios comunitarios sobre las características alimenticias de la zona. Estudio comunitario sobre recetas y alimentos tradicionales de la zona. Organización de ferias temáticas sobre alimentos. Curso de formación para la elaboración de iniciativas productivas y de generación de ingresos.

COMUNES Campaña de sensibilización en distintos niveles, sobre el derecho a la alimentación.

2.3. Fuentes de información La complejidad de la realidad que necesitamos conocer implica hacer uso de numerosas fuentes de información, que nos permitan la comparación constante de datos y la búsqueda de su complementariedad. La selección de las fuentes depende directamente de las necesidades de la intervención, de la importancia que se le de a la información recogida y del enfoque utilizado. En el caso de analizar la realidad para diseñar una intervención de cooperación para el desarrollo con EBDH, las fuentes de información de carácter cualitativo se constituyen en una herramienta imprescindible. Pero éstas por sí solas no nos pueden dar una lectura compleja de la realidad y por lo tanto en cada uno de lo puntos del análisis tendremos que seleccionar las fuentes más adecuadas. Por esta razón, sugerimos que la información cualitativa sea constantemente contrastada y complementada con datos de carácter cuantitativo. Un obstáculo en la obtención de información con miras a la construcción del diagnóstico es la falta de fuentes de información fidedignas, debido a que en muchos casos, las instituciones no sistematizan la información o no cuentan con sistemas de medición sobre los derechos humanos adecuados. Por tanto, es necesario recurrir constantemente a fuentes de información alternativas y hacer un esfuerzo por la búsqueda de éstas. Para la selección de las fuentes tendremos que considerar los siguientes criterios: Objetividad: las fuentes usadas nos permiten tener multiplicidad de visiones sobre la realidad, que en algunas ocasiones se contraponen y/o se complementan, y en este sentido es necesario tener una mirada crítica para entender de dónde procede el discurso o la lectura de esa realidad. Veracidad: no existen verdades absolutas sino versiones diversas de un mismo proceso, por lo tanto debemos comparar constantemente la información, con la intención de lograr la unificación de percepciones sobre una realidad.

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Implicación de los beneficiarios en el proceso de obtención: por lo general, en los análisis de la realidad se subestima la opinión de la comunidad, al ser considerados los suyos datos poco objetivos. Sin embargo, la voz, percepción y sentido que le da la comunidad a los procesos, es fuente inagotable e imprescindible de información. Las fuentes se han clasificado de diversa manera en relación con el tipo de intervención que se esté haciendo. Podemos clasificar las fuentes de información para realizar un análisis de la realidad de la siguiente manera: Fuentes Directas. Son aquellas de donde obtenemos la información de forma directa, es decir a partir de la aplicación de herramientas de obtención de información con la comunidad, sujetos en particular e instituciones; así mismo la consulta y análisis de documentos elaborados directamente por los diferentes actores (planes, políticas, normas, proyectos, censos, etc.). Fuentes indirectas. Información ya elaborada y analizada sobre la realidad que estamos abordando. Teniendo en cuenta que el análisis pretende ser una imagen lo más fiel posible de la realidad, tiene que tomarse en consideración el tiempo entre la obtención de datos y el análisis de los mismos, ya que éste no debe ser muy distante con el fin de que los datos no queden obsoletos. En cada uno de los pasos propuestos para realizar el análisis de la realidad en la guía, las fuentes de información con las que contaremos serán diversas. Para documentar la institucionalización de los derechos podemos acudir a las siguientes fuentes: Directas. · Fuentes internacionales del derecho. Los procedimientos y actos de formalización y validación de las normas jurídicas. Entre estas fuentes se destacan las siguientes: el sistema mundial de derechos humanos (ONU), los sistemas regionales (sistema interamericano, europeo y africano), normas de Derecho público 14, normas de Derecho privado 15, la jurisprudencia, 16 la doctrina17 principios generales del derecho18 la costumbre 19, los hábitos 20. El Derecho internacional de los Derechos Humanos es progresivo, funciona por acumulación y por enriquecimiento paulatino. Los Estados que se acogen voluntariamente a sus mandatos (tanto lo estipulado por los tratados como las resoluciones de organismos internacionales de los que forman parte, es decir, la “jurisprudencia” de estos órganos internacionales, como es el caso del comité que vigila el pacto internacional DESC). También existe la costumbre internacional y la opinión jurídica común, cuando, por ejemplo, una resolución o decisión de la ONU se aprueba sin votación y sí por aclamación, se considera de índole general y obligatoria. · Fuentes materiales y reales del derecho. Los contenidos normativos que se incorporan al sistema jurídico. · Fuentes históricas. Todos los documentos o textos de Derecho que ya no son vigentes y que sirven de inspiración o antecedente para la formalización del mismo. 14 Normas que se ocupan de asuntos cuyo interés atiende a la conservación de la cosa pública: Derecho Constitucional, penal, administrativo, procesal, internacional, financiero y aéreo. 15 Normas que atienden a un interés privado o particular como en las relaciones entre particulares o entre particulares y el estado, siempre que el estado actúe sin imperium: Derecho Civil, mercantil, marítimo, bancario y bursátil. 16 Recopilación de principios, criterios y doctrina que se encuentran en los fallos de los jueces o tribunales. La jurisprudencia puede ser considerada creadora de normas únicamente cuando sirve para resolver lagunas en el derecho o declara la inconstitucionalidad de una ley. 17 Estudios análisis y crítica de carácter científico que llevan a cabo los juristas. 18 Valores o criterios que son fuente de inspiración axiológica e ideológica gestada fuera del propio sistema jurídico y que necesariamente condicionan al derecho. 19 Conducta o conductas sociales repetidas en el tiempo (inveterata consuetudo), sobre las que existe consenso respecto a su carácter obligatorio (opinio juris seu necessitatis). La costumbre es fuente supletoria y subordinada a la ley. 20 Acciones que no implican corrección o incorrección moral.

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Indirectas. Informes y documentos interpretativos o de difusión de información elaborados por: organizaciones no gubernamentales tanto nacionales como internacionales de defensa y promoción de los derechos humanos; instituciones y organismos gubernamentales relacionados con los derechos humanos y/o con el derecho al estudio en particular; organismos vinculados al sistema de Naciones Unidas relacionados con el derecho en estudio. Teniendo en cuenta la complejidad del análisis de contenidos de los documentos jurídicos, en muchas ocasiones nos será de mayor utilidad la consulta de las fuentes secundarias que nos permitan obtener la información necesaria para el análisis. Sin embargo, si utilizamos fuentes secundarias interpretativas, debemos hacerlo críticamente, teniendo en cuenta la objetividad de la interpretación, o la ideología que se encuentra detrás de dicha interpretación. Por otro lado, si nuestra intención permanente es la construcción del diagnóstico de manera participativa, debemos entrar en contacto directo con los diferentes actores con miras a obtener la información de primera mano, debido a que la percepción de los actores, su discurso y opiniones frente a lo que se quiere indagar, nos permitirá encontrar puntos de análisis interesantes. Las fuentes que se usan para la recogida de información a través del contacto con los diferentes actores son las siguientes: · Es de especial relevancia la utilización de las fuentes primarias, recogiendo los datos y la información a través de los documentos emitidos directamente por los actores. · Contacto directo con informantes clave, a través de la aplicación de herramientas de recolección de información, como la entrevista estructurada y semiestructurada, la encuesta y los grupos focales. · En caso de que no se facilite el contacto directo con los actores podremos acceder a la información contenida en sus páginas web. · La principal fuente de información para el análisis del grupo objetivo serán los propios titulares de derecho y de obligaciones que forman parte del grupo. En muchas ocasiones las propias ONGD o instituciones de cooperación del Norte no tienen posibilidad de realizar directamente este análisis o no tienen acceso a estos grupos o comunidades. En estos casos, las propias ONGD, las organizaciones de base y otras instituciones que trabajan directamente con las comunidades que van a ser beneficiarias de la intervención, deberán jugar este papel recogiendo la información necesaria y realizando el análisis propuesto. De esta forma, el rol de las instituciones de la sociedad civil del Sur no solo será la gestión de recursos sino que jugarán un papel muy importante facilitando toda la información necesaria sobre el grupo objetivo. También deben tenerse en cuenta los sistemas de información informales creados entre las propias comunidades o entre las organizaciones de la sociedad civil. Además, para muchos de los pasos a realizar, una de las principales fuentes indirectas de información para conocer la situación de los derechos humanos y poder definir nuestros puntos de partida, son los informes especializados de los organismos del Sistema de Naciones Unidas y ONGD que estén trabajando el tema específico, así como los resultados de proyectos ya desarrollados por las mismas organizaciones o instituciones u otras similares. Estas fuentes de información serán de especial importancia para realizar el análisis del derecho según estándares internacionales, la identificación y asignación de roles de los actores y los contextos.

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2.4. Herramientas. Para facilitar cada uno de los pasos propuestos en la guía hemos diseñado una serie de herramientas que permiten identificar, analizar y sistematizar la información necesaria para el diseño de la intervención de cooperación para el desarrollo desde el EBDH. La utilización de estas herramientas debe ser un proceso dinámico, iterativo y participativo, que recoja el conjunto de fuerzas variadas y relacionadas que puedan ejercer una influencia significativa sobre la intervención. Teniendo en cuenta que nuestras fuentes de información ya sean directas o indirectas, serán en su mayoría textos y documentos, la técnica más adecuada para recoger la información serán fichas o matrices que nos permitan registrar los datos obtenidos y que nos ayuden a sistematizar y relacionar la información que deseamos obtener. Esto nos permitirá no desviarnos de los datos que necesitamos para el análisis.

Paso 1. Problemas – Derechos. HERRAMIENTA 1. RELACIÓN ENTRE PROBLEMAS – DERECHOS HUMANOS PROBLEMAS

DERECHOS

Paso 2. Análisis del derecho según estándares internacionales. HERRAMIENTA 2. GRADO DE VULNERACIÓN DEL DERECHO HUMANO CATEGORÍA

PREGUNTAS GENERALES PARA LA CONCEPTUALIZACIÓN

Disponibilidad

¿Qué bienes y servicios necesito tener disponibles para poder desarrollar acciones relacionadas con el derecho?

Accesibilidad

¿Tienen todas las personas acceso a los bienes y servicios necesarios?

Adaptabilidad

¿Son estos bienes y servicios aceptados por la comunidad?

Calidad

¿Los bienes y servicios tienen la calidad adecuada?

Participación

¿Participa la población en el diseño, ejecución, gestión y seguimiento de los bienes y servicios?

Sostenibilidad

¿Las acciones que se ejecutan serán sostenibles?

Paso 3. Identificación y asignación de roles según estándares internacionales. HERRAMIENTA 3. ASIGNACIÓN DE ROLES EN EL MARCO INTERNACIONAL TITULARES

DERECHOS

OBLIGACIONES

RESPONSABILIDADES

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Paso 4. Análisis de los contextos. HERRAMIENTA 4. MATRIZ DE RASGOS GENERALES DATOS Situación Geográfica

Localización Características Ambientales Recursos Naturales

Población

Nº Habitantes % edades % sexo % nivel social % etnias Distribución población Tasa crecimiento Características culturales destacables

Política

Sistema político Divisiones administrativas Grupos políticos Nivel de descentralización

Economía

Sectores de actividad Producto Nacional Bruto Crecimiento Anual Tasa de inflación Inversión extranjera Comercio Exterior Economía Informal

Culturales

Valores Normas Funciones y atributos Roles y relaciones Creencias y tradiciones Diversidad étnica Diversidad cultural

Sociales

Distribución asentamientos humanos Organización social Condiciones de Salud Condiciones de educación Condiciones de vivienda Condiciones de medios de vida sostenibles Bienestar Social Pobreza Exclusión social

PAÍS

REGIÓN LOCALIDAD

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HERRAMIENTA 5. MATRIZ DE FENÓMENOS FENÓMENOS

MUNICIPALES

REGIONALES

NACIONALES

Sociales Políticos Económicos Culturales

Paso 5. Institucionalización del derecho en el marco nacional. HERRAMIENTA 6. ANÁLISIS DE LA LEGISLACIÓN LEY

TITULARES DE DERECHOS

REQUISITOS TITULARES DE DERECHOS

DISCRIMINACIONES NEGATIVAS

DISCRIMINACIÓN POSITIVA

HERRAMIENTA 7. FICHA. POLÍTICAS PÚBLICAS 1. OBJETIVOS 2. ESTRATEGIAS Y LÍNEAS DE ACCIÓN 3. PRESUPUESTO

Paso 6. Análisis del grupo objetivo. HERRAMIENTA 8. MATRIZ ACTORES ACTOR Actor A Actor B Actor C

TIPO DE ACTOR

OBLIGACIONES

MECANISMOS

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HERRAMIENTA 9. MATRIZ ACTORES ACTOR

ORGANISMO

ÁREA TERRITORIAL DE ACTUACIÓN

PROGRAMA

CON QUIÉN SE COORDINA

POBLACIÓN

HERRAMIENTA 10. PREGUNTAS DERECHO – CATEGORÍA SEGÚN GRUPO OBJETIVO DERECHO

PREGUNTAS DERECHO-CATEGORIAS

Disponibilidad Accesibilidad Aceptabilidad Calidad Sostenibilidad Participación

HERRAMIENTA 11. ANÁLISIS DE CAPACIDADES DE LOS ACTORES ACTORES CAPACIDADES Compromiso Autoridad Recursos Toma de decisiones Comunicación

NIÑOS

PADRES

COMUNIDAD

AUTORIDADES LOCALES

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HERRAMIENTA 12. GRUPO OBJETIVO/INTERESES/DERECHO INTERESES TITULARES DE DERECHO

INTERESES TITULARES DE OBLIGACIONES

INTERESES COMUNES

HERRAMIENTA 13. MATRIZ PERCEPCIONES PERCEPCIONES

TITULARES DERECHOS

TITULARES OBLIGACIONES

¿Cómo percibo la situación? ¿Cómo me percibo dentro de ella? ¿Cómo percibo al otro? ¿Cómo percibo una posible solución?

Paso 7. Análisis causal de la vulneración del derecho. HERRAMIENTA 14. MAPA CAUSAL DE LA VULNERACIÓN DEL DERECHO EEFFEEC CTTO OSS EEN N L O SS T I T U L A ARREESS D E D E R E C H O O Vulneración Vulneración del del derecho: derecho: disponibilidad, disponibilidad, accesibilidad, accesibilidad, calidad, calidad, aceptabilidad, aceptabilidad, sostenibilidad, sostenibilidad, participación participación C Ca au ussa ass ddeell ccoonntteexxttoo Causas institucionalización del derecho: Marco jurídico, política pública, marco de exigilidad

Causas Causas capacidades capacidades de de los los titulares titulares de derechos, derechos, obligaciones obligaciones yy responsabilidades responsabilidades

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Paso 8. Identificación y selección de la intervención. HERRAMIENTA 15. MAPA DE CAMBIOS DESEADOS CAMBIOS CAMBIOS EN EN LOS LOS EFECTOS EFECTOS EN EN LOS TITULARES TITULARES DE DERECHO DERECHO Cambios Cambios en en el el ejercicio ejercicio del del derecho: derecho: disponibilidad, disponibilidad, accesibilidad, accesibilidad, calidad, calidad, aceptabilidad, aceptabilidad, sostenibilidad, sostenibilidad, participación participación Cambios Cambios deseados deseados en en los los contextos contextos Cambios en la institucionalización del derecho: Marco jurídico, política pública, marco de exigilidad

Cambios Cambios en en las las capacidades capacidades de de los los titulares titulares de de derechos, derechos, obligaciones obligaciones yy responsabilidades responsabilidades

Paso 9. Diseño de la intervención. HERRAMIENTA 16. MATRIZ DISEÑO DE LA INTERVENCIÓN OBJETIVO GENERAL OBJETIVO ESPECÍFICO TITULARES DE DERECHOS RESULTADOS ACTIVIDADES

TITULARES DE OBLIGACIONES

TITULARES DE RESPONSABILIDADES

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Bibliografía Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Carta de las Naciones Unidas. Asociación para las Naciones Unidas en España. “La Declaración Universal de los Derechos Humanos: Comentario artículo por artículo”. Xavier Pons Rafols (Coord.) Ed.Icaria Antrazyt. Asociación Pro Derechos Humanos de España e ISI Argonauta. “Enfoque basado en DDHH y cooperación internacional para el desarrollo: Documentos para el debate”. I Jornadas Internacionales. Madrid 2008. Berraondo López, M. El enfoque de derechos humanos en la cooperación internacional. ¿Transversal obligada o apuesta política? Revista Pueblos Marzo de 2008. Intermon Oxfam. “Cuaderno temático para el cambio: Introducción al enfoque de Derechos Humanos en el desarrollo”. Guía Conceptual y de recursos para utilizar los derechos humanos en las acciones de desarrollo. Jonsson, Urban. Asesor principal de Programación basada en los Derechos Humanos de UNICEF. “Un enfoque de programación basado en los derechos humanos” (HRBAP). Jonsson, Urban. Human Rights approach to development programming. UNICEF, Abril 2003. Oficina Alto Comisionado de las NNUU para los DDHH (OACDH). “Preguntas frecuentes sobre el enfoque de derechos en la cooperación para el desarrollo”. Nueva York y Ginebra, 2006. Organización de las NNUU para la Educación, la Ciencia y la Cultura. (UNESCO) y UNICEF. “Un enfoque de la educación para todos basado en los derechos humanos”. Marco para hacer realidad el derecho de los niños a la educación y los derechos en la educación. Save the Children. “Programación de los Derechos del Niño. Como aplicar un Enfoque de Derechos en la programación”. Suecia 2005. Theis, Joachim.”Promoting Rights-based approaches”. Expereiences and ideas from Asia and the Pacific. Save the Children Sweden, jochim Theis, 2004. UNDP. “Indicators for Human Rights based approaches to development in UNDP programming: A user’Guide”. March 2006. Vidal-Beneyto, Jose (ed.) “Derechos Humanos y diversidad cultural. Globalización de las culturas y derechos humanos”. Ed. Icaria Antrazyt. Wolf,Maribel (ed.) “Las exigencias de la sociedad civil. La responsabilidad del Estado “(DESC) Ed.Icaria-Antrazyt. Defensoría del pueblo de Colombia. Programa de seguimiento de Políticas Públicas en Derechos Humanos (PROSEDHER). Autor Oscar Parra Vera. El derecho a la Salud. En la constitución, la jurisprudencia y los instrumentos internacionales. Bogota 2004. Oficina del Alto Comisionado para los derechos humanos. Los derechos humanos y la reducción de la pobreza. Un marco conceptual. Naciones Unidas, Nueva York y Ginebra, 2004. Emma Harris-Curtis, Oscar Marleyn and Oliver Bakewell. The implications for northern NGOs of adopting rights-based approaches. International NGO training and research centre. Occasional papers series nº 41. Noviembre 2005.

Guía para la incorporación del enfoque basado en derechos humanos en las intervenciones de cooperación para el desarrollo. ELABORADO POR:

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