ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO DICTA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES PERMISOS O CONCESIONES. Vigente a contar del 01 de Diciembre de 2007

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO DICTA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES PERMISOS O CONCESIONES Vigente a contar del 01 de Diciembre de 2007 Fut

0 downloads 90 Views 118KB Size

Recommend Stories


ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES PERMISOS O CONCESIONES, vigente a contar del 01 de Enero del 2013
ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES PERMISOS O CONCESIONES, vigente a contar del 01 de Enero del 2013. VISTOS : La Facultad que me confiere el Art.

DICTA ORDENANZA COMUNAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS
MODIFICACION INCORPORACION ELIMINA SAN FELIPE, 28 de OCTUBRE DEL 2010.- DICTA ORDENANZA COMUNAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES, PERMISOS, CONCESIONES Y

I. MUNICIPALIDAD DE HIJUELAS APRUEBA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS
1 I. MUNICIPALIDAD DE HIJUELAS APRUEBA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS No 2503. Hijuelas, 29 de Oc

VIGENTE A CONTAR DEL 15 DE OCTUBRE DE
LISTA DE PRECIOS ROCHE CHILE LIMITADA VIGENTE A CONTAR DEL 15 DE OCTUBRE DE 2015 Roche Chile Limitada 1 LINEA ESPECIALIDADES FARMACIAS PRODUCTO B

Story Transcript

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

DICTA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES PERMISOS O CONCESIONES

Vigente a contar del 01 de Diciembre de 2007

Futrono, 29 de Octubre de 2007; VISTOS: lo dispuesto en el Articulo 43º del D.L 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales; las facultades que me confieren los Art. 12º y 13º del Nº 18.695 que establece la Nueva Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, el acuerdo Nº 424 del Concejo Municipal, en sesión ordinaria de fecha

25 de Octubre de 2007 y Decreto

Exento N°3087 de fecha 29 de Octubre de 2007.

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

1/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

ORDENANZA SOBRE DERECHOS POR PERMISOS O CONCESIONES CAPITULO I

Disposiciones Generales ARTICULO 1º: La presente ordenanza tiene por objeto regular el monto y cobro de los derechos municipales que deben pagar las personas naturales o jurídicas, sean de derecho público o privado por las concesiones, permisos o servicios que obtengan de la Municipalidad. Estos derechos regirán a contar de su publicación en el Diario Oficial. Liquidación y pago de los derechos Municipales ARTICULO 2º: Cada departamento municipal confeccionará la liquidación de derechos que proceda según detalla esta Ordenanza, que se notificará al contribuyente, quién deberá enterar su pago en la Tesorería Municipal en el plazo que fije ésta. Devolución de derechos municipales ARTÍCULO 3º La devolución de todo o parte del monto pagado por un derecho municipal cuando proceda, se efectuará por resolución fundada del respectivo departamento, a través de un decreto alcaldicio exento.

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

2/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

CAPITULO II De los derechos municipales TITULO I Transporte – vehículos y otros

ARTICULO 4º Permiso de estacionamiento por unidad en bienes nacionales de uso público y municipal, valor anual cobro por año calendario. a) b) c)

d) e) f)

Automóviles, Statión Wago ns. Vehículos de transporte, pasajeros, carga y otro. Por cada 5 mts. De longitud de espacio destinado a estacionamiento y/o carga o descarga en frontis abierto de acceso público directo, adyacente y contiguo a calzada vía pública, circundando por acera frontis propiedad de 22:00 a 09:00 A.M. Taxi, Radio Taxi cupos existentes en calle Balmaceda Taxi, Radio Taxi cupos existentes otras calles Retiro de vehículos mal estacionado en la vía pública f.1) Menores f.2) Desarmado f.3) Camiones y Buses

400% UTM 400% UTM 200% UTM

150% UTM 140% UTM 50% UTM 200% UTM 400% UTM

Lo anterior previa notificación y plazo de inspector municipal. ARTICULO 5º Los exámenes, anotaciones, otorgamientos de duplicados, certificados y otros.

a) b) c) d) e) f) g) h) i)

Certificaciones varias relativas al Departamento de Tránsito. Certificado que acredite antigüedad como conductor, registrada en el Depto, y otros. Duplicado empadronamiento registrado en carros y remolques. Control de taxímetros. Derechos Duplicados Autoadhesivos (sello Verde) por deterioro del mismo. Cambios características (vehículos, motores, chasis, etc.) Señalizaciones diversas para terceros. (Ej.: No estacionar) Por cambio de nombre permiso de circulación. Duplicado comprobante de pago de circulación desde 1985 adelante (Ley 18.290).

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

5% UTM 5% UTM 5%UTM 10% UTM 5% UTM 5% UTM 300% UTM 5% UTM 5% UTM

3/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

j) k)

l) m)

Otros servicios de documentos. Permiso diario para circular sin Permiso de Circulación Vigente. Solo traslado de vehículos max. 3 días, según Ley de Tránsito Placa provisoria (incluye costo duplicado placa). Certificado de modificación en el Registro (no se cobrarán aquéllos que correspondan a una rectificación de error u omisión administrativa).

5% UTM 10% UTM

5% UTM 10% UTM

ARTICULO 6° Servicios de bodegaje, se pagarán los siguientes derechos diarios no fraccionados a) b) c) d) e)

Motos, motocicletas, motonetas, bicicletas. Automóviles y vehículos de carga hasta 1500 Kg. Vehículos tracción animal de carga hasta 1.500 Kg. Camiones, camionetas de carga, buses o microbús. Otros no calificados.

5% UTM 10% UTM 5% UTM 20% UTM 5% UTM

TITULO II Ejercicios de actividades Lucrativas

ARTICULO 7º ITEM 1: Otorgamiento de permisos para ejercicio de actividades lucrativas, cuando ocupe bienes nacionales de uso público, municipal o particular. Los responsables legales; propietarios o promotoras de cualquier evento, deberán además responder por los destrozos, perjuicios u otros que afecten a la propiedad fiscal, municipal o particular mediante Boleta de Garantía o Vale Vista que asegure a la Ilustre Municipalidad que los daños o perjuicios producidos serán compensados y reparados en forma satisfactoria: a) b) c) d) e) f) g) h) i) k) l) m)

Funcionamiento de circos. (Garantías) Bailes sociales, carreras deportivas, torneos. Ferias de Navidad y otros por expositor. Exposición de promoción y venta de actividad lucrativa. Exposición de promoción y venta de actividad cultural. Otras exposiciones. Muestras costumbristas por expositor. Bailes en locales con patente. Rodeos y Show Comerciales Venta Mayorista (distribuidores al comercio establecido) Ramadas y Fondas Radio Urbano Ramadas y Fondas Radio Rurales

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

DIARIO DIARIO MENSUAL DIARIO DIARIO DIARIO SEMANAL DIARIO DIARIO MENSUAL DIARIO DIARIO

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

100% UTM 35% UTM 25% UTM 100% UTM 5% UTM 5% UTM 10% UTM 100% UTM 100% UTM 35% UTM 100% UTM 50% UTM

4/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

n) Venta de mariscos y pescados (Semana Santa) Con Resolución Sanitaria Aprobada ñ) Venta de Flores y Velas (1ero Noviembre) Fuera del Cementerio Municipal

DIARIO

10% UTM

DIARIO

10% UTM

Por concepto de garantía debe ingresar 3 UTM (Nota: por costo de extracción de basura y limpieza; objetivo asegurar aseo del lugar)

ITEM 2: Ejercicio Act. Comerciales a) Campig b) Uso botadero de lancha

Temporada Unidad

100% UTM 5% UTM

TITULO III Extracción de materiales ARTICULO 8º a) Extracción de arena, ripio u otros materiales pétreos de pozos lastreros de propiedad particular por m3 . b) Extracción arena, ripio u otros materiales desde pozos municipales o bien de uso público, pagarán con autorización de la DOM m3

1% UTM 4% UTM

TITULO IV Urbanización, construcción, demolición y remoción de materiales ARTICULO 9º Servicios, concesiones, o permisos relativos a urbanización, construcción, demolición y remoción de materiales. a)

Ocupación de Bienes Nacionales de Uso Público, hasta su despeje y restitución al Uso Público, mediante: Andamios, cierros, acopio de materiales, instalaciones provisorias de construcciones y maquinarias en general, toda actividad que impida un normal uso público de dichos Bienes Nacionales: 1.

Uso Bien Nacional: Diario por m2

1% UTM

(Se exceptúan de dicho pago a todas las instituciones de carácter religioso, sin fines de lucro, que ocupen un Bien Nacional de Uso Público).

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

5/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

b)

c)

Remoción y Reposición de Pavimentos, hasta la conclusión de la Obra: 1. Obras ejecutadas por particulares: Diario por m2

5% UTM

Casos Especiales: garantía por reposiciones determinada de acuerdo a costo de reposición, determinada por la DOM. Por m2

25% UTM

TIPO DE OBRA DERECHO MUNICIPAL 1.

2.

Subdivisiones, loteos, fusiones y sus Modificaciones: a. b. c.

Subdivisiones Avalúo Fiscal Loteos Avalúo Fiscal Fusión

2% Avaluo Fisc. 2% Avaluo Fisc. 1 cuota ahorro para la Vivienda

d. e.

Modificación Loteos y/o Subdivisiones Aprobación Anteproyecto de Loteos

100% UTM 100% UTM

Obra nueva y ampliación

1.5% Presup. Alteraciones, reparaciones, obras menores y provisorias 1% Presup. Planos tipos autorizados por MINVU 1% Presup. Reconstrucción 1% Presup. Modificaciones de proyectos 0.75% Presup. Demoliciones 0.50% Presup. Aprobación de planos acogidos a la Ley de Copropiedad inmobiliaria por Unidad a vender 5% UTM . 5% UTM. 9. Certificados de número, línea, recepción, venta por piso, etc 10. Certificado de informaciones: 3. 4. 5. 6. 7. 8.

a. b.

5% UTM

Previas Inexpropiabilidad

5% UTM

11. Certificados de dirección de obras municipales a. Certificado de Urbanización y Uso de Suelo b. c.

Certificados Documento de Archivo Otorgamiento Numeración Oficial para nuevos Loteos

12. Viviendas con subsidio rural de construcción nueva, y vivienda de clasificación MINVU E-5 13. Aprobación de anteproyecto según clasificación MINVU

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

5% UTM. 5% UTM. 5% UTM. 1% Presup. 10% Valor permiso

6/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

d)

14. Arriendo Plano Tipo Condiciones Especiales: 1.- El monto que resulte de aplicar las disposiciones de este artículo, de derecho de ocupación de bienes nacionales de uso público, que tengan incidencias en el desarrollo de la ciudad y se realicen con financiamiento del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, podrá disminuirse en un 90%. El mismo, tratándose de obras de infraestructura financiada por otros organismos del Estado, entre una disminución de hasta el 99%. 2.- Las instituciones de carácter religioso, sin fines de lucro, quedan exentas de pago de ocupación de Bienes nacionales de Uso Público, para lo cual solicitarán una oportuna autorización, por un plazo no mayor a 3 días. Deberán garantizar el buen uso y cuidado por medio de una garantía equivalente a 2 UTM

100% UTM

MINIMO 200% UTM

Nota: a) Con el fin de incentivar las canalización subterránea se deja exento de artículo 9 letra a) por una sola vez, sin perjuicio de las garantías.

TITULO V ARTICULO 10º La concesión o el permiso para ocupar e instalarse en bienes nacionales de uso público, previa autorización de la municipalidad a)

b) c)

d) e) f) g) h) i)

Extensiones del comercio establecido: 1.- Bombas de bencina y locales turísticos por m2 MENSUAL Otras instalaciones menores, u otra ocupación del suelo, por m2 ocupado (Restaurant, Cafetería y Gelatería) MENSUAL Ferias libres esporádica u otros similares cada vez que se realicen, en lugar autorizado: - Camiones con carro DIARIO - Camiones DIARIO - Bazares Ropa Usada DIARIO - Horticultores DIARIO Parque de entretenciones y circos SEMANAL Juegos de entretenciones SEMANAL Feria Artesanal. (por local) MENSUAL Derecho a postación Postes en Bien de uso público (por unidad) ANUAL Obj.: desmotiva r la utilización de postes para cableado aéreo Instalación por vía aérea (50 mt.) por unidad, con excepción de

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

25% UTM 25% UTM

50% UTM 25% UTM 5% UTM 1% UTM 50%UTM 50% UTM 30% UTM 50% UTM 15% UTM 20% UTM

7/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

k)

l) ñ) o)

luminarias Canalización subterránea para teléfono, alumbrado Público, etc. Por cada 50 M Lineal. ANUAL Especificaciones :

EXENTO

Profundidad mínima: 50 cm en aceras, 100cm. bajo calzada para todos los casos Ubicación: Agua potable entre acera y solera de ser factible, caso contrario a 40cm. de la solera hacia cierro. Corrientes débiles: separado 30 cm. del sistema Agua Potable Energía Eléctrica: separado 30 cm. del sistema de corrientes débiles Obj.: Motivar el uso Subterráneo Carpas por Unidad en lugar autorizado DIARIO 10% UTM Inscripciones de contratista, para trabajos solicitados por el 50% UTM municipio Kioscos en colegios particulares y subvencionados (con resolución 25% UTM sanitaria, bajo la norma de kiosco saludable) SEMESTRAL

Nota: Queda estrictamente prohibida la exposición de productos de locales comerciales en la vía pública y paredes exteriores de los locales.

EL ALCALDE PODRÁ DEJAR EXENTO DE PAGO A LOS FERIANTES, PREVIO INFORME DEL DEPARTAMENTO SOCIAL.

ARTICULO 11º Toda propaganda que se realice en la vía pública o que sea vista u oída desde la misma, estará afecta al pago de derechos municipales.

a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k)

Esta se regirá por la ordenanza respectiva de letreros y carteles de la municipalidad de Futrono. Letreros, carteles o avisos no luminosos, m2 SEM ESTRAL 10% UTM 2 Letreros, carteles o avisos sector urbano, m SEMESTRAL 15% UTM Letreros, carteles o avisos sector rural, m2 ANUAL 15% UTM Propaganda especial no señalada en letras a, b, y c; DIARIO 50% UTM Propaganda aérea. DIARIO 25% UTM Perifoneo actividades lucrativas. DIARIO 25% UTM Perifoneo y lienzos actividades, no lucrativas. EXENTO DIARIO DE PAGO Lienzo actividades lucrativas. DIARIO 25% UTM Propagand a luminosa (m2 ) y de Neón (ml) 15% UTM SEMESTRAL Distribución de Folletería actividad lucrativa en la vía pública 25% UTM DIARIO Eventos y promociones especiales actividades lucrativas en la Vía Pública por ubicación. DIARIO 100% UTM

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

8/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

l)

m)

Letreros madera y/o mixtos, metal - madera de acuerdo a diseño Municipal m2 SEMESTRAL EXENTO DE PAGO HASTA EL 31.12.2010 Basureros en madera según diseño municipal

0.5% UTM 100% UTM

VIDA ÚTIL DEL BASURERO (MÁXIMO 5 AÑOS) – POR UNIDAD

n)

Contenedores en madera según diseño municipal

300% UTM

VIDA ÚTIL DEL CONTENDOR (MÁXIMO 5 AÑOS) – POR UNIDAD

ñ)

Señalética vial en madera según diseño municipal

300% UTM

VIDA ÚTIL DEL POSTE (MÁXIMO 5 AÑOS) – POR UNIDAD

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

9/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

TITULO VI Derechos Varios ARTICULO 12º a)

Copias de planos de archivos municipales. m2

b)

Cambio de actividad primaria, secundaria o terciaria.

d)

15% UTM

Derechos varios no contemplados. Guías libre de tránsito, estampillas - Por cada vacuno. - Por cada porcino, lanar o caprino

25% UTM MENSUAL

0. 5% UTM 0. 5% UTM

e)

Despliegue listado computacional, varios por registro.

f)

Traslado de establecimientos comerciales.

g)

Certificado o constancia, solicitado por particulares para otras instituciones. Derechos inscripción de sellos y marcas a fuego.

i) j) l)

Fotocopias Permisos Edificación - Hoja Oficio Ejemplar Ordenanzas Municipales

25% UTM

5% UTM 50% UTM

Unidad. Unidad

5% UTM 25% UTM

0.2% UTM 10% UTM

ARTICULO 13º Derecho a corral municipal, por animales sueltos en la vía publica. a)

Vacunos, caballares, porcinos y otros. Por animal (Máximo 3 días)

DIARIOS

15% UTM

SEMESTRAL

5% UTM

ARTICULO 14º Animales domésticos en Zona Urbana a)

Con control sanitario por animal.

b)

SE PROHIBEN LOS ANIMALES Y AVES DE CORRAL EN AREA URBANA.

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

10/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

ARTICULO 15º Extracción de Basura: a)

Por cada 200 litros

MENSUAL

20% UTM

b)

EXENTO

c)

Extracción de Ramas (Mts3). Hasta 1 m3 - Establecimientos - Organizaciones sin fines de lucro sobre 2 m3 Extracción Escombros o Basura (m3 )

d)

Retiro de Publicidad por m2

e)

Retiro de Lienzos fuera de Plazo.

2.5% UTM

f) g) h) i) j) k)

Ingreso al Vertedero por m3 (previa autorización) Extracción de Ramas a particulares Extracción y corte de árboles a particulares de 1 a 10 Mts. Extracción y corte de árboles a particulares de 11 a 15 Mts. Extracción y corte de árboles a particulares de 16 y más Mts. Corte de césped y maleza a particulares por emergencia el m2

40% UTM 20% UTM 50% UTM 70% UTM 100% UTM 1% UTM

5% UTM 20% UTM 5% UTM

Todos los locales comerciales deberán contar con a lo menos un recipiente de metal o plástico; con capacidad de 50 lt. y su correspondiente tapa que asegure la hermeticidad y fácil traslado para ser entregado a camión recolector de Basura. Esto será requisito indispensable para otorgamiento de patente; el que será fiscalizado y rotulado por la municipalidad, en caso de reemplazo deberá informar con el fin de rotular el nuevo receptáculo.

ARTÍCULO 16 Alumbrado Público: a)

Pago de derechos a conexión de Empalmes Provisorios utilizando Energía a Alumbrado Público, Arriendo diario a Contratista en alimentación monofásica: no incluye consumo. 10 (A) 20 (A) 30 (A)

10% UTM

ARTICULO 17º 1.- REBAJESE construcciones:

a) b)

en un 50%

los derechos

municipales para las siguientes

Equipamiento turístico, reservándose el derecho la municipalidad para su clasificación. Edificaciones nuevas con fachadas de acuerdo a lo señalado por plan Regulador y Ordenanza de Fachadas Municipal,

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

11/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

2.-

REBÁJESE en un 99% los derechos municipales:

a) A las obras de remodelación de fachadas en viviendas y comercio en Radio Urbano de Futrono y centros poblados, siempre que se rijan por Arquitectura establecida en la ordenanza respectiva de fachadas.

3.-

REBÁJESE en un 99% los derechos municipales de las siguientes obras:

a)

Casos sociales de viviendas resuelto por el Servicio de Asistencia Técnica del Colegio de Arquitectos y/o asistente Social Municipal.

b)

Casos sociales, mediaguas habitacionales de emergencia (incendios, inundaciones, indigencias, etc.)

c) d)

Construcciones deportivas y religiosas sin fines de lucro Construcciones Municipales

ARTICULO 18º SANCIONES : Al no cumplimiento de las normas y pagos de la presente ordenanza, de acuerdo al Art. 10º de la Ley Nº18.695 se aplicaran sanciones por el juzgado de Policía Local. Que no excedan de las 10 UTM casos Particulares, sin prejuicio de su requización ordenada por el juzgado

a) b) c)

d)

Depósito de basura en Bien de uso Público y/o Privado 300% UTM Rayados en Bienes de uso Público y/o Privados sin autorización. (m2 ) 300% UTM Destrozos Bien de uso Público: i) Aceras (m2 ) 100% UTM ii)

Áreas Verdes Considera multa mínima

(m2 )

100% UTM

iii)

Calzadas

(m2 )

100%UTM

iv)

Otros

Unidad

Lavado vehículo en Bien de uso Público. (Sin desmedro de ITEM anterior) Ejemplo: Los buses o taxis que lavan en la calle

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

100% UTM 100% UTM

12/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

e) f) g)

h) i) j)

Animales de corral en Zona Urbana por unidad Canes en la vía pública (por animal). Canes y felinos en la vía pública o sitios particulares en condiciones higiénicas o nutricionales desfavorables (por animal). Fachadas edificación en estado de deterioro evidente, según lo dispuesto en la ordenanza de fachadas Fachadas edificación con riesgo de accidente, a excepción de los casos sociales. Letreros o señaléticas no acorde a la ordenanza respectiva de letreros, carteles y señalética.

10% UTM 50% UTM 100%UTM

100% UTM 150% UTM 50% UTM

ADEMAS, SE PROCEDERÁ AL RETIRO DEL LETRERO

k) l)

ll) m) o) p)

q) r)

s)

t) u) v)

w)

x) y) z)

Ruidos calificados como molestos y/o peligrosos después de 21 hrs. hasta 08:00 AM DIRARIO Destrozo bien de uso público y/o particular por menores de edad: 1) Multa (m2 ). Beber en vía pública y/o evidente estado de intemperancia. Carros y Remolques no empadronados. Unidad Arrojar aceite quemado en Bien de Uso Público O particular m2 Carpas, campamentos, fogatas y/o consumo de bebidas alcohólicas en Bienes Nacionales de uso público no autorizados (playas, plazas, otros) Vehículo no autorizado en playas Garajes, acopios de material inflamables, materiales contaminantes, terminales sin permisos correspondiente independiente de clausura ordenada por el juzgado. Desde fecha notificación. DIARIO Contaminación de afluentes de aguas. i) 1ª Notificación ii) 2ª Notificación Arrojar aguas servidas a la vía pública (a partir de fecha funcionamiento de Planta de Tratamiento de AASS) Ocupación Bien Nacional de uso público sin autorización por m2 DIARIO Sitios eriazos carentes de mantención y acumulación de escombros, ramas y malezas, sin cierros de protección que impidan la circulación desde y hacia el recinto. 10 días después de la primera Notificación DIARIO Venta o exposición de productos de locales comerciales en la vía pública o paredes exteriores del local. Después de la primera Notificación DIARIO Venta de comercio ambulante urbano y rural Botar basura en lugares no autorizados Musica hacia la vía pública por parte de locales comerciales

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

50% UTM

50%UTM 50% UTM 50% UTM 50%UTM 100% UTM

100% UTM 25% UTM

300% UTM 600% UTM 100% UTM 100% UTM 100% UTM

50% UTM

100% UTM 100% UTM 100% UTM

13/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

z1) Obs. :

Falta a la moral y las buenas costumbres i) ii) iii)

iv)

100% UTM

se pretende evitar y desmotivar crianza a desmedro de perros y gatos. Se pretende evitar crianza de animales de corral en radio urbano. Controlar menores de edad por caso de destrozos y hacer más responsables a los padres y/o apoderados por sus hijos y/o pupilos. Mantener obras ejecutadas en beneficio del común de la gente.

El comercio ambulante será vigilado por carabineros e Inspector Municipal.

ARTICULO 19º CEMENTERIO MUNICIPAL a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l)

Derecho a sepultura temporal grande (adulto) por periodo máximo de dos años Derecho a sepultura temporal chica (niño hasta 15 años) por periodo máximo de dos años Colocación de un marco de madera grande temporal Colocación de un marco de madera chico temporal

40 % UTM

m2 de tierra en el cementerio Municipal Derecho de construcción sepultura normal Derecho de construcción mausoleo Derecho de construcción aéreo (desde 90 cm) Derecho de reparación sepultura normal Derecho de reparación mausoleo Derecho de reparación aéreo (desde 90 cm) Exhumaciones, previa autorización S.N.S. u orden judicial - Adultos - Niños menores de 15 años

80 % UTM 50% UTM 200% UTM 150%UTM 30 % UTM 100 % UTM 30 % UTM

27 % UTM 15 % UTM 8 % UTM

10% UTM 5% UTM

Nota: Las comunidades indígenas de Llifén quedan exentas de pago en el cementerio de Llifén. La comunidad indígena de Isla Huapi queda exenta de pago en el cementerio de Isla Huapi.

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

14/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

ARTICULO 20º USO DE BIENES MUNICIPALES a)

b)

c)

Arriendo de Gimnasio Municipal por hora en actividades deportivas - Nocturnas - Diurna

20% UTM 10% UTM

Exentos de pago: Asemuch, escuelas de la comuna, clubes deportivos municipales, selecciones comunales y clubes deportivos que representen a la comuna en competencias intercomunales Arriendo de gimnasio municipal, por día para espectáculos 1000% UTM con fines de lucro, con garantía documentada por posibles daños y previa autorización de Alcaldía Arriendo de Estadio Municipal, para uso de campeonatos por hora, para organismos privados y con fines de lucro. 50% UTM 20 % UTM

- Nocturnas - Diurna Exentos de pago selecciones que representen a la comuna y sólo en horario diurno Asemuch, escuelas de la comuna, clubes deportivos municipales, selecciones comunales y clubes deportivos que representen a la comuna en competencias intercomunales d)

e)

f)

Arriendo de Estadio Municipal, por día para espectáculos con fines de lucro, con garantía documentada por posibles daños y previa autorización de Alcaldía - Nocturnas 1500% UTM - Diurna 1000% UTM Arriendo Multicancha por hora - Nocturnas 20% UTM - Diurna 10% UTM Exentos de pago: Asemuch, escuelas de la comuna, clubes deportivos municipales, selecciones comunales y clubes deportivos que representen a la comuna en competencias intercomunales Arriendo de camión purinero por estancada

100% UTM

Casos sociales podrán ser evaluados para exención y rebajas con compromisos de pago en tres cuotas mensuales.

g)

Pasaje por persona en Barcaza Huapi, isleño Pasaje por persona en Barcaza Huapi, no isleño Niños hasta 10 años, no isleño

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

$350 $1.000 $500

15/16

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

Valor de transporte oveja y cerdo Valor transporte carga saco hasta 50 kg Valor de transporte de carga, ida y vuelta por tonelada Valor de transporte vehículo pequeño (furgón o auto) Viaje especial de delegaciones, ida y vuelta Viaje especial con carga, ida y vuelta Viaje especial sin carga, ida y vuelta Viaje especial Club Deportivo, no isleño, ida y vuelta Viaje especial Club Deportivo, isleños, ida y vuelta

$1.000 $1.000 $5.000 $4000 $80.000 $100.000 $80.000 $20.000 $10.000

Los valores serán reajustables cada año según variación del IPC Nota: los isleños quedan exentos de pago en el transporte de carga

h) i)

Arriendo de maquinarias (motoniveladora, retroexcavadora, camión, etc.) POR HORA Arriendo de dependencias municipales (Centro de Negocios, sala de reuniones y otras dependencias) por hora: De Lunes a Viernes entre 8:30 y 17:30 hrs. De Lunes a Viernes entre 17:30 y 21:00 hrs. y Sábado entre 9:00 y 18:00 hrs

100% UTM

10% UTM 20% UTM

Estarán exentos de pago, Agrupaciones sin fines de lucro, Organizaciones Productivas y Sociales asesoradas por la municipalidad, cuando estas actividades no contemplen lucro directo, Otras instituciones públicas

ARTICULO 21º Quedan expresamente prohibidos los juegos de azar tipo casino y maquinas de destreza en bienes de uso público y comercio establecido (Según Código Penal art. 275 y 276)

ARTÍCULO TRANSITORIO El Alcalde podrá, en casos debidamente calificados, rebajar mediante Decreto Alcaldicio el pago de los derechos municipales establecidos en la presente Ordenanza.

REBECA JARAMILLO ASENJO Secretario Municipal

ORD. DE DERECHOS MUNICIPALES

JORGE TATTER OÑATE Alcalde

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE FUTRONO

16/16

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.