Implantación del sistema de Correo Social en Colombia Gestión vigencia 2015

Implantación del sistema de Correo Social en Colombia – Gestión vigencia 2015 1. Antecedentes y justificación El estado colombiano, en virtud de la r

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Implantación del sistema de Correo Social en Colombia – Gestión vigencia 2015 1. Antecedentes y justificación

El estado colombiano, en virtud de la ratificación de las actas de la Unión Postal Universal de Lausana a través de la ley 19 de 1978, y más recientemente la suscripción de las actas de Bucarest 2004 y Beijing de 1999, tiene la obligación, a través de Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de garantizar la prestación de Servicio Postal Universal de correo en el territorio nacional en condiciones de cobertura, accesibilidad, calidad y precio. El servicio Postal Universal (SPU) está contemplado en el artículo 13 del Convenio Postal Universal de la Unión Postal Universal (UPU) aprobado por los representantes plenipotenciarios de los países miembros en el Congreso de Bucarest en 2004. En este artículo “Los países se comprometen a garantizar en su territorio un Servicio Postal Universal que corresponda a una oferta de servicios básicos de calidad, de acuerdo con los términos del Convenio y a incluirlos en la legislación postal nacional, determinando las condiciones de prestación”. Desde 1914, con la ley 76 de 1914, la titularidad de los servicios de correo están en cabeza del Estado con facultades para intervenir a los particulares a través del otorgamiento de concesiones. La ley 72 de 1989 incorporó los Servicios Postales al sector de las comunicaciones y estableció que le corresponde al Gobierno Nacional, por medio del Ministerio de Comunicaciones, la adopción de la política general del sector de comunicaciones y las funciones de planeación, regulación y control de todos los servicios de dicho sector incluyendo a los servicios postales. Posteriormente, el Decreto 1620 de 2003, por el cual se reestructura el Ministerio de Comunicaciones, consagró como funciones del Ministerio de Comunicaciones (hoy Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones), el ejercicio, a nombre de la Nación, la titularidad de los servicios postales, el otorgamiento de concesiones y licencias, y el ejercicio de funciones de vigilancia, inspección y control de dichos servicios.

Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13 Código Postal: 111711. Bogotá, Colombia T: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248 www.mintic.gov.co - www.vivedigital.gov.co

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De otro lado, la ley 80 de 1993 determinó las modalidades q u e conforman los servicios postales y estableció un régimen contractual administrativo específico para cada una de las modalidades: concesión mediante contrato, para el servicio de correo, y licencia para el servicio de mensajería especializada. Especificó, además, que el Gobierno Nacional reglamentará las calidades, condiciones y requisitos para la prestación de los servicios postales y fijará los derechos, tasas y tarifas, de las concesiones y licencias para la prestación de los servicios postales. El Gobierno Nacional expidió el decreto 229 de 1995, el cual define los servicios postales como el servicio público de recepción, clasificación y entrega de envíos de correspondencia y otros objetos postales de hasta dos (2) kilogramos de peso que cursen por las redes postales del servicio de correos y del servicio de mensajería especializada, fija las condiciones para el otorgamiento de los títulos habilitantes, define las competencias del Ministerio de Comunicaciones, fija los cánones que corresponde pagar a los operadores y establece un régimen de libertad de tarifas para la prestación de los servicios, determina las responsabilidades y derechos de los usuarios y se ocupa del régimen sancionatorio. Este mismo Decreto establece que “ …toda concesión para la prestación de servicios de correos deberá incluir la aprobación de una red oficial que garantice la universalidad del servicio”. Así mismo, dispone que el Ministerio de Comunicaciones determinará las zonas y rutas de correo social, rural y urbano, donde no resulte económicamente posible la prestación del servicio. A su vez, el Decreto 1130 de 1999, modificado por el Decreto 2324 de 2000, establece como función del Fondo de TIC el financiar planes y programas de inversión destinados a la instalación, operación y mantenimiento del servicio de Correo Social. La visión del sector postal colombiano, definida en el documento Visión Colombia II Centenario: 2019, propone “Consolidar un sector postal eficiente integrado a la economía global”, que fomente en el largo plazo “el desarrollo de un modelo e f i c i e n t e y sostenible que integre el sector postal c o n e l s e c t o r transporte y las redes de logística existentes, teniendo en cuenta las ventajas operativas y los servicios que estos últimos pueden ofrecer”. En este mismo sentido, la reforma al sector postal iniciado por el Gobierno Nacional, entre o t r o s elementos, h a tenido como carta de navegación el instrumento del Plan Integral de Reforma y Desarrollo Postal - PIDEP desarrollado en Julio de 2006 con la colaboración de la UPU. Este instrumento parte de los estudios existentes que reflejan el contexto de la realidad del sector postal del país, incluye temas como la deficiente regulación, la participación de operadores no regulados, la falta de claridad en la definición de los servicios postales, etc. El PIDEP define dos grandes objetivos: 1) La modernización del sector postal del país, y 2) El establecimiento de las condiciones para la prestación del Servicio Postal Universal en Colombia. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13 Código Postal: 111711. Bogotá, Colombia T: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248 www.mintic.gov.co - www.vivedigital.gov.co

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Normatividad de los Servicios Postales El artículo 365 de la Constitución Política de Colombia consagra el deber del Estado de garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos, estipulando que: “Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.” -

Ley 1151 de 2007

La Ley 1151 “por la cual se adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010” establece: “en el sector postal se continuará con las acciones orientadas a la consolidación del sector, como la reforma al marco normativo y las actividades orientadas a fortalecer la gestión operativa y comercial de este servicio, y el financiamiento de los servicios postales a cargo de la Nación” Esta norma encarga al Ministerio de Comunicaciones promover la ejecución del PIDEP, con el fin de fomentar la competencia entre operadores, promover la prestación de mejores servicios y asegurar la financiación, prestación eficiente y sostenible del servicio postal universal en el país. Así mismo, el Ministerio de Comunicaciones promoverá las acciones tendientes a su fortalecimiento institucional en los asuntos postales y al mejoramiento d e la g e s t i ó n operativa y comercial de los Servicios postales a cargo de la Nación. -

Decreto 2853 de 2006

Por el cual se suprime la Administración Postal Nacional – ADPOSTAL – y se ordena su liquidación. -

Decreto 2854 de 2006

Por el cual se designa el garante de la prestación de Servicio Público Postal a cargo de la Administra ción Postal NacionalADPOSTAL- hoy en liquidación. En su artículo 1º relaciona lo siguiente: “Prestador Servicios Postales. Para los efectos previstos en el Decreto 2853 de 2006 que ordena la supresión y liquidación de la Administración Postal Nacional – ADPOSTAL -, las actividades relacionadas con la prestación de los servicios postales quedarán a cargo de la sociedad Servicios Postales Nacionales S.A.” En este sentido, el aseguramiento de la prestación de los servicios postales con altos estándares de cobertura y calidad, son objetivos fundamentales para potenciar el impacto social de los mismos de acuerdo con los avances tecnológicos disponibles. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13 Código Postal: 111711. Bogotá, Colombia T: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248 www.mintic.gov.co - www.vivedigital.gov.co

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Las acciones del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, tendientes a alcanzar estos objetivos, están enmarcados dentro de uno de los cuatro ejes de política definidos por el Ministerio, específicamente en el eje de Consolidación y modernización institucionales, con lo cual se pretende adaptar la estructura sectorial al desarrollo tecnológico, manifestado principalmente a través de la convergencia tecnológica. Los objetivos de la política postal son los siguientes: 1. Garantizar la prestación del servicio postal universal de calidad, a precio asequibles y adaptado a la evolución de las tecnologías. 2. Promover el desarrollo de un sector postal competitivo y de clase mundial. 3. Mejorar la calidad de los servicios postales. 4. Impulsar el desarrollo de una cultura filatélica a nivel nacional. -

Decreto 1078 de 2015

Antes Decreto 223 de 2014. Establece las condiciones de prestación de los servicios exclusivos del Operador Postal Oficial, así como los servicios pertenecientes al Servicio Postal Universal (SPU), y se fijan entre otras disposiciones las relacionadas con las condiciones técnicas y de calidad. -

Ley 1369 de 2009

Los Servicios Postales están bajo la titularidad del Estado, el cual para su prestación habilita empresas públicas y privadas en los términos de esta Ley. Para cumplir este mandato, e l 30 de diciembre de 2009 se expidió la ley 1369 que señala el régimen general de prestación de los servicios postales y lo pertinente a las entidades encargadas de la r e g u l a c i ó n de estos servicios que son un servicio público en los términos del artículo 365 de la Constitución Política. Su prestación estará sometida a la regulación, vigilancia y control del Estado, con sujeción a los principios de calidad, eficiencia y universalidad, entendida ésta última como el acceso progresivo a la población en todo el Territorio Nacional. El numeral 1 º del artículo 3 de la ley 1369 de 2009, define el Servicio Postal Universal como “el conjunto de servicios postales de calidad, prestados en forma permanente y a precios asequibles que el estado garantiza a todos los habitantes del territorio nacional con independencia de su localización geográfica a través del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo”. El 30 de diciembre de 2009 se expidió la ley 1369. Esta Ley señala el régimen general de prestación de los servicios postales y lo pertinente a las entidades encargadas de la r e g u l a c i ó n de estos servicios que

Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13 Código Postal: 111711. Bogotá, Colombia T: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248 www.mintic.gov.co - www.vivedigital.gov.co

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A su vez el artículo 13 de la Ley 1369 de 2009, define que el Servicio Postal Universal prestado por el Operador Postal Oficial se financiará con los recursos que le transfiera el Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones provenientes de las contraprestaciones estipuladas en el artículo 14 de la presente Ley, así como las apropiaciones incluidas en el Presupuesto General de la Nación de cada vigencia. El artículo 16 de esta ley, establece igualmente las condiciones especiales que debe reunir el Operador Postal Oficial o Concesionario de correo e indica que debe contar con una red postal con cobertura nacional e internacional, en condiciones y plazos que para el efecto defina el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 2. Objetivo General Atender a todos los habitantes del territorio nacional con el Servicio Postal Universal, a través del Operador Postal Oficial, sin distinción de su localización geográfica, condición social u otro elemento de discriminación, garantizando su prestación de manera permanente, a precios asequibles y atendiendo criterios de calidad, la normatividad legal y los acuerdos Internacionales suscritos por Colombia. 3. Objetivos Específicos -

Ampliar la Cobertura Mejorar la calidad

4. Descripción General del Correo Social El Correo Social en Colombia se ha considerado como la prestación del Servicio Postal Universal (SPU) en el territorio nacional, incluyendo las poblaciones más apartadas del país y lugares donde la operación de dicho servicio no es rentable. La necesidad de mantener a la población comunicada, Informada, que puede aprender y actualizarse permanentemente, genera una demanda de tipo social, más allá de las consideraciones eminentemente económicas que refleja, tradicionalmente, un mercado de bienes y servicios. Una de las funciones sociales del estado tiene que ver con la de garantizar que todo el territorio nacional este cubierto por una red de servicios de correo, en sus etapas de admisión, transporte (aéreo y terrestre) y distribución, además de la de capacitar a los agentes encargados de prestar cada uno de los componentes del servicio. Para cumplir este objetivo se desarrolló el proyecto denominado “ Implantación del sistema de correo social en Colombia”. Para la prestación de este servicio se adelantaron anualmente convenios interadministrativos entre el FONDO DE Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13 Código Postal: 111711. Bogotá, Colombia T: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248 www.mintic.gov.co - www.vivedigital.gov.co

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TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y SERVICIOS POSTALES NACIONALES S.A. con el objeto de “Aunar esfuerzos, técnicos, administrativos y financieros para la prestación del Servicio Postal Universal (SPU), a través del Operador Oficial Servicios Postales Nacionales (SPN), quien se obliga a realizar la gestión de operación y mantenimiento del servicio” A continuación se relacionan los convenios suscritos desde 2011: AÑO 2011 2012 2013 2014 2015 2015

No. Convenio 213 437 534 430 440 556 TOTAL

$ $ $ $ $ $ $

Aporta FONDO 14.780.000.000 14.780.000.000 14.750.000.000 10.000.000.000 7.500.000.000 7.440.000.000 69.250.000.000

Para prestar el correo social el Operador Postal Oficial, Servicios Postales Nacionales S.A. (SPN), utiliza su infraestructura operativa, administrativa y financiera con su correspondiente mantenimiento para soportar la prestación del servicio, donde se incluye los procesos de admisión, procesamiento, transporte (terrestre y aéreo) y distribución (en todo el país, incluyendo puntos urbanos de difícil acceso, zonas de difícil acceso topográfico, sitios alejados y con problemas de orden público). Los procesos se realizan en las centrales de clasificación, los centros operativos directos de SPN que sirven como controladores de los expendios de correo social y la red de transporte que intercomunica a estos puntos con los expendios, los funcionarios de la estructura de SPN dedican una parte de sus recursos a la prestación del Servicio, e igualmente destinan los insumos requeridos en la operación postal de manera directa o indirecta en la operación: marbetes, planillas de admisión y entrega, sacas, precintos, piola, pegantes, tintas, estampillas y sellos. Adicionalmente cuenta con un proceso interno perteneciente a la vicepresidencia de operaciones, integrado por un líder nacional de proceso, tres profesionales nacionales, siete supervisores técnicos administrativos y dos asistentes técnicos administrativos, personal que se dedica de manera exclusiva a garantizar la correcta ejecución del proyecto.

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CUBRIMIENTO EN PUNTOS DE ATENCIÓN NACIONAL Centros Puntos Regional Expendios operativos de venta Centro B 3 60 257 Eje cafetero 5 27 48 Noroccidente 3 22 137 Norte 8 15 154 Occidente 7 28 122 Oriente 6 25 152 Sur 4 17 92 36 194 962 Para la operación del servicio SPN dispone de una central de tratamiento, seis (6) centrales de tratamientos regionales, ciento noventa y cuatro (194) oficinas directas y la red de rutas nacionales con las cuales se tiene presencia en las ciudades capitales de departamento y ciudades intermedias, además de cuatrocientas treinta y cuatro (434) líneas de conducción que llevan los envíos a 1.1.02 municipios del país y localidades entre corregimientos, inspecciones de policía y otros, en siete (7) regionales por medio de las cuales se agrupan los departamentos, así: Centro: Cundinamarca, Boyacá, Casanare, Meta, Vichada, Vaupés, Guainía, Guaviare, Amazonas, San Andrés y Providencia. Eje cafetero: Quindío, Risaralda y Caldas. Noroccidente: Antioquia y Choco. Norte: Guajira, Atlántico, Magdalena, Córdoba, Sucre y Bolívar. Occidente: Valle del Cauca, Cauca, Nariño y Putumayo. Oriente: Santander, Norte de Santander, Arauca y Cesar. Sur: Tolima, Huila, Caquetá. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13 Código Postal: 111711. Bogotá, Colombia T: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248 www.mintic.gov.co - www.vivedigital.gov.co

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Cada uno de los 1.102 municipios de acuerdo a su regional está cubierto de la siguiente manera:

Regional

Oficina

Centro Eje cafetero Noroccidente Norte Occidente Oriente Sur

33 23 14 12 22 22 16 142

COBERTURA SPN Correista Agente Expendio móvil agrupado 201 55 48 107 31 152 124 148 1 69 23 649 1 309

No existe localidad

1 1

Total Depto. 289 71 152 164 146 172 108 1102

El Agente Postal es un contratista, persona natural o jurídica, que cuenta con una infraestructura operativa y financiera que le permite prestar de manera independiente, con libertad y autonomía, el servicio público de correo postal, basado en un contrato de prestación de servicios mediante el cual se garantiza la admisión y clasificación del correo normal y certificado a cualquier lugar del territorio nacional e internacional, atendiendo las especificaciones estipuladas por SPN y desarrollando además la gestión de comercialización de la venta de los servicios postales. De igual manera se garantiza la distribución del correo y si es del caso la devolución a SPN de los envíos postales que hayan sido imposibles de entregar. El Correista presta el servicio de transporte del correo, en la línea de conducción pactada y de acuerdo a las normas establecidas para el efecto. Además de lo anterior, SPN garantiza la prestación del servicio de transporte aéreo para destinos que así lo ameritan, para lo cual cuenta con la contratación de aerolíneas que cubren 86 rutas (ida y regreso) con una frecuencia entre un (1) a siete (7) días por semana. 5. Esquema de financiación La prestación del Servicio de Correo Social ha observado el siguiente comportamiento presupuestal:

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AÑO

Recursos asignados

Recursos ejecutados

% ejecutado

2006

$

10.629.920.000

$

10.629.920.000

100%

2007

$

11.379.000.000

$

11.378.817.937

100%

2008

$

11.379.000.000

$

11.378.817.936

100%

2009

$

15.497.000.000

$

13.443.227.000

87%

2010

$

15.023.396.500

$

14.365.537.850

96%

2011

$

14.593.802.780

$

14.593.802.780

100%

2012

$

15.000.000.000

$

15.000.000.000

100%

2013

$

14.750.000.000

$

14.750.000.000

100%

2014

$

20.000.000.000

$

20.000.000.000

100%

2015

$

15.000.000.000

$

15.000.000.000

100%

$

143.252.119.280

$

140.540.123.503

98%

Con los recursos asignados se ha garantizado la prestación del servicio de correo social en la totalidad del territorio nacional, cumpliendo las metas programadas para estas vigencias. De acuerdo con el artículo 34 de la Ley 1341 de 2009, el FONDO DE TIC tiene como objeto “Financiar los planes, programas y proyectos para facilitar prioritariamente el acceso universal, y del servicio universal cuando haya lugar a ello, de todos los habitantes del territorio nacional a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, así como apoyar las actividades del Ministerio y la Agencia Nacional del Espectro, y el mejoramiento de su capacidad administrativa, técnica y operativa para el cumplimiento de sus funciones” El decreto 1 1 3 0 de 1999, modificado p o r el decreto 2324 de 2000, establece como función del Fondo de TIC el financiar planes y programas de inversión destinados a la instalación, operación y mantenimiento del Servicio de Correo Social. Servicios Postales Nacionales S.A., en su calidad de Operador Postal Oficial, destina de manera exclusiva al desarrollo del objeto del proyecto los recursos que el FONDO DE TIC traslada para tal fin y presenta informes periódicos de contenido financiero, de gestión y operativo respecto de la ejecución del mismo.

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El Ministerio, a través de la Subdirección de Vigilancia y control de Asuntos Postales realizó visitas a cada una de las regionales para verificar los diferentes componentes de la prestación del Servicio Postal Universal, de conformidad con los convenios interadministrativos suscritos. 6. Logros y metas De acuerdo con información de SPN, a diciembre de 2015 y frente al indicador de cobertura “Porcentaje de municipios del país con correo social”, el Servicio Postal Universal se presentó en los 1102 municipios del país que se encuentran en DIVIPOLA (incluido Bogotá D.C.), con un cumplimiento del 100%. Gramalote fue atendido con expendio y distribución en la Vereda Valderrama donde se establecieron provisionalmente las instalaciones de la Alcaldía Municipal. Respecto del indicador “Porcentaje de agencias postales con frecuencia diaria de transporte”, de 961 municipios con recursos del SPU, 868 se cubrieron con frecuencia diaria, es decir el 90%, cumpliéndose la meta establecida para esta última vigencia. En 2015 se incorporaron los siguientes indicadores adicionales: -

Porcentaje implementación del Sistema de atención de peticiones, quejas y reclamos para el SPU: Meta 2015: 100%. Cumplimiento: 100% Porcentaje de objetos postales del SPU entregados en buen estado. Meta 2015: 100%. Cumplimiento: 100% Porcentaje de plataforma tecnológica implementada. No. expendios del SPU sistematizados/No. expendios SPU nacionales. Meta 2015: 50%. Cumplimiento: 100% de la meta programada (50%).

Las actividades para verificar y evaluar la calidad del SPU estuvieron a cargo de la Subdirección de Vigilancia y Control de Asuntos Postales del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. 7. Restricciones y limitaciones SPN ha expresado dificultades en la prestación del Servicio de Correo Social en zonas de difícil acceso al igual que de sus limitaciones en infraestructura tecnológica para asegurar la mejora en la prestación del servicio. No obstante, esta organización ha venido recuperando la imagen de Operador Postal Oficial, a pesar de restricciones de tipo presupuestal y operativas que la presentan con desventajas en el mercado frente a empresas privadas que operan principalmente en las grandes ciudades y obtienen los mayores ingresos por concepto de mensajería expresa. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Edificio Murillo Toro, Carrera 8a, entre calles 12 y 13 Código Postal: 111711. Bogotá, Colombia T: +57 (1) 3443460 Fax: 57 (1) 344 2248 www.mintic.gov.co - www.vivedigital.gov.co

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En este mismo sentido, viene implementando procesos relacionados con la mejora de su plataforma tecnológica y logística, al igual que de su estructura administrativa, para lograr mayores índices de satisfacción de los usuarios. De igual manera, viene ampliando sus puntos de atención en el territorio nacional, principalmente en los sitios más apartados del país. 8. Contactos del Proyecto Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones Cra. 8 Calles 12 y 13. Edificio Murillo Toro Piso 3º Teléfono: 3443460 Ext. 3144 Subdirección de Asuntos Postales Servicios Postales Nacionales S.A. Diag. 25G No. 95 A-55 Código Postal: 110911 Tel: 4199292 9. Bibliografía -

Normatividad Postal Convenios Interadministrativos suscritos con SPN para la prestación del SPU Informes de SPN

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